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TRABAJO DE DEONTOLOGÍA-UNIVERSIDAD YACAMBÚ
1. República Bolivariana de Venezuela
Ministerio del Poder Popular para la Educación Superior
Universidad Yacambú
Cátedra: Deontología
Lara-Barquisimeto
Estudios Virtuales
Autores: JENIFER RORAIMA FARIAS DÍAZ
Expediente: ACP-133-00062V
JOSÉ GABRIEL RODRÍGUEZ VIEIRA
Expediente Nº: CJP-101-00026V
GREGORY JOSÉ TORÍN ZERPA
Expediente N° CJP-13100007V
2. HETERÓNOMA: Consiste en
que la norma es dictada por un
sujeto distinto al que debe
acatarla.
AUTONOMIA: En este supuesto el
individuo actúa conforme a su libre
albedrío, es decir, la conducta con la
que obra el sujeto es de acuerdo con
su voluntad.
UNILATERALIDAD: Se refiere
a que frente al sujeto que
está obligado al
cumplimiento de la norma
no existe otro que le exija el
acatamiento de ésta.
BILATERALIDAD: En este caso
se imponen deberes y se
conceden facultades por lo que
existen dos o más partes.
INTERIORIDAD: Es la que
regula la conducta interior
de las personas conforme
a la voluntad de ésta, es
decir, la intención de la
persona.
EXTERIORIDAD: Es la que corresponde
a la conducta que manifiesta el sujeto
de manera exterior.
INCOERCIBILIDAD: En ella
no se aplica la fuerza para
su cumplimiento.
COERCIBILIDAD: Se caracteriza
por tener la posibilidad de
aplicar la fuerza para su
cumplimiento.
AUTORA: JENIFER FARIAS
4. ACEPTAR, RESPETAR Y
CONSIDERAR A SUS
COLEGAS.
INDEPENDENCIA
DE CRITERIOS.
CONFIDENCIALIDAD
EN SUS ACTOS.
CUMPLIR FIELMENTE
LAS LEYES QUE DERIVAN
DE SU PROFESIÓN.
EXALTAR LA
DIGNIDAD,
PRESTIGIO Y HONOR
DE LA PROFESIÓN.
RESPONSABILIDAD
ANTE LAS EMPRESAS Y
LA SOCIEDAD.
FORMACIÓN
CONTÍNUA.
PRESENTAR
INFORMACIÓN
FINANCIERA EN FORMA
COMPLETA, HONESTA Y
PROFESIONAL.
AUTORA: JENIFER FARIAS
5. Utilizar la razón , se basa en la Fe.
Trata el mismo tema que la ética: la valoración moral de los actos humanos.
• Disciplina que estudia los actos humanos, y en esto se parece a la Ética.
Ciencia que nos hace comprender al hombre en sus estructura interna.
Estudia los fenómenos humanos tales como se producen de hecho
La Ética, solo le interesan las normas de derecho
• La ética es una disciplina filosófica, es decir, una rama de la filosofía.
• La compresión científica de la moral exige que la ética se apoye en disciplinas
filosóficas como la lógica, la epistemología y la filosofía de lenguaje
• La ética se considera una rama de la filosofía, porque estudia los problemas
fundamentales en el campo moral.
• La ética como una rama de la filosofía tiene como objetivo investigar los
fenómenos del campo de la moral, que acontecen en la vida del hombre como
ser social.
• Disciplina que trata de hechos y presta gran utilidad a la Ética desde el momento en que
nos proporciona datos reales sobre el comportamiento humano en diferentes épocas.
• La ética no puede prescindir del conocimiento objetivo de las estructuras sociales, de
sus relaciones e instituciones.
AUTOR: JOSÉ RODRIGUEZ
6. • Ambas se refieren a leyes que rigen el comportamiento humano, se diferencian en que
la ética se refiere a normas de derecho y con carácter obligatorio, caso contrario a la
economía que trata el comportamiento humano de forma voluntaria.
• La economía es así la ciencia que se encarga del estudio de la producción, distribución y
consumo de los bienes materiales; sus contenidos son el trabajo, el capital, la
mercancía, entre otros.
• La ética está presente en los problemas derivados de la determinación de precios, la
calidad de los productos, los márgenes de utilidad, el pago de impuestos.
• La antropología social estudia, las sociedades primitivas o desaparecidas, sin
preocuparse de su inserción en un proceso histórico de cambio y sucesión.
• Dentro del estudio de la conducta de esas comunidades, entra también el análisis de su
conducta moral.
• La antropología nos demuestra que todos los pueblos han tenido unidad moral.
Ambas disciplinas abordan el comportamiento humano sujeto a normas, aunque en el terreno
del Derecho se trata de normas que se imponen con una obligatoriedad extrema e incluso
coercitiva, mientras que en la Ética las normas tienen obligatoria pero no se imponen
coercitivamente.
Las normas de la ética rigen aspectos internos del individuo, en tanto que las normas del
derecho rigen los aspectos externos.
Ambas se refieren a lo que se debe hacer, pero la ética solo muestra y demuestra lo que se
debe hacer y la educación en cambio logra que la persona actué conforme a lo que debe
hacer por su propio convencimiento.
.
AUTOR: JOSÉ RODRÍGUEZ
7. ÉTICA
El concepto proviene del
griego ethikos, que
significa carácter”.
Estudia y determina
cómo deben actuar los
integrantes de una
sociedad
CÓDIGO DE ÉTICA
Normativa interna
de cumplimiento
obligatorio.
Fija normas que regulan los
comportamientos de las
personas dentro de una
empresa u organización.
AUTOR: GREGORY TORIN
8. * Un profesional cuyo trabajo es pedir justicia para los demás: eso es un
abogado. Ésta profesión es instrumento en la garantía de toda una serie de
bienes fundamentales de la persona constituidas en el derecho.
* Esto nos conduce a una breve reflexión sobre la ética del ejercicio profesional
del derecho, en el sentido de principios de la ética concreta aplicada a la vida
profesional. Nos referiremos a la permanencia de unas líneas maestras que han
sido fundamentales en la concepción de la Deontología del ejercicio del Derecho.
* El comportamiento incorrecto de un letrado daña al cliente y produce un claro
perjuicio en los abogados honestos, dañando su imagen. El abogado tiene una
responsabilidad social y la sociedad no perdona las actuaciones negligentes e
irresponsables.
* Lograr que un abogado sea un buen profesional depende de muchos factores: lo
procesos de formación teórica deben mejorar en un mundo tan cambiante como
nuestra sociedad, así como los Colegios deben implicarse más en el
cumplimiento por parte de los colegiados de las normas deontológicas. La
enseñanza de normas éticas, requieren una implicación profunda por parte de
los letrados pues sin su acción las normas deontológicas caerían en terreno
estéril y no darían fruto alguno.
AUTORES: JOSÉ RODRÍGUEZ, GREGORY TORIN
9. Aftalion, Enrique (1994). Introducción del Derecho. (4ª ed.). Buenos Aires
Juan Luis Lorda (1994), "Moral. El arte de vivir«. Editorial: Palabra.
Menéndez, Aquiles. (1967) Ética Profesional. Editorial Herrero Hermanos, México.
Quintana, J. Ethikos. (1994) .Sistemas éticos y problemas modernos. Edit. Techne.
San Juan, PR..
.
Ley del Ejercicio de la Contaduría Pública.
Reglamento De La Ley del Ejercicio de Contaduría Pública.
Código de Ética del Contador Público Venezolano.
La Ley de Abogados.
definicionlegal.blogspot.com/2011/06/norma-social.html
http://es.wikipedia.org/wiki/Norma_jur%C3%ADdica
http://www.monografias.com/trabajos82/analisis-ley-ejercicio-contaduria-
publica/analisis-ley-ejercicio-contaduria-publica2.shtml#ixzz383DKrdcK
http://www.monografias.com/trabajos65/deontologia-juridica/deontologia-
juridica.shtml