2. Normas básicas vigentes
1. Constitución Política del Perú.
2. Ley Nº 28044, Ley General de Educación.
3. Ley Nº 29062, que modifica la Ley del Profesorado en lo
que se refiere a la Carrera Pública Magisterial.
4. D. L. Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación.
5. D. S. Nº 006-2006-ED, Reglamento de Organización y
Funciones del Ministerio de Educación.
6. D. S. 009-2005-ED, Reglamento de la Gestión del Sistema
Educativo.
7. RVM Nº 038-2009-ED, que aprueba los Lineamientos y
Estrategias Generales para la Supervisión Pedagógica.
3. PROBLEMÁTICA DE LA SUPERVISIÓN
PEDAGÓGICA
Aspectos fundamentales:
Enfoque de la supervisión.
Gestión de la supervisión pedagógica.
Ámbito de aplicación de la supervisión.
Perfil de los actores de la supervisión pedagógica.
4. LINEAMIENTOS BÁSICOS DE POLÍTICA
Ejes centrales:
Mejora de la calidad.
Inclusión educativa.
Atención a la diversidad.
5. LINEAMIENTOS BÁSICOS DE POLÍTICA
Resultados:
Recabar información relevante y actualizada sobre la gestión
educativa y sus resultados, e integrar de manera coherente
los datos de los diversos contextos educativos.
Establecer mecanismos que ayuden y estimulen a los
agentes educativos para mejorar su intervención, en función
de los estándares educativos nacionales, a través de su
involucramiento y participación responsable.
Tomar decisiones estratégicas en todas las instancias de
gestión educativa descentralizada orientadas a mejorar la
calidad de la supervisión pedagógica sobre la base de un
mapa integral de los problemas, resultados e impactos de la
labor educativa.
6. RESPONSABILIDADES Y ATRIBUCIONES DE
LAS INSTANCIAS EDUCATIVAS
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
• Organizar el proceso de supervisión, coordinar, asesorar y
articular su desarrollo en las distintas instancias educativas (red
integral de información y comunicación).
• Establecer un marco conceptual para unificar el lenguaje y tener
un mejor manejo de la intencionalidad de la supervisión
pedagógica.
• Establecer un estándar metodológico y procedimental de la
supervisión para integrar los resultados del desempeño escolar
de los estudiantes en las IIEE, para ser consolidados a nivel de
UGEL, DRE y MINEDU.
• Establecer un perfil de formación de los especialistas de la
DRE y UGEL y los directores y subdirectores de las IIEE que
incluya los conocimientos, capacidades y actitudes referentes a
la supervisión pedagógica.
7. RESPONSABILIDADES Y ATRIBUCIONES DE
LAS INSTANCIAS EDUCATIVAS
DIRECCIÓN REGIONAL DE EDUCACIÓN
Adecuar los alcances señalados en los lineamientos del MINEDU
(directivas específicas).
Mantener un diagnóstico actualizado del proceso de ejecución de
la supervisión y elaborar participativamente el Plan Regional
Anual de Supervisión Pedagógica, que integra los planes de
supervisión de cada UGEL (aprobado por Resolución de la DRE).
Desarrollar un proceso de asesoramiento continuo orientado a
las UGEL sobre la supervisión (estimular las buenas prácticas y la
organización, evaluar y recomendar mejoras).
Priorizar las acciones pedagógicas (supervisión) sobre las acciones
administrativas (distribuir tiempos y recursos, estimular y
penalizar los resultados).
8. RESPONSABILIDADES Y ATRIBUCIONES DE
LAS INSTANCIAS EDUCATIVAS
UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL
Establecer el Comité de Supervisión Pedagógica (Director de la
UGEL que lo preside, jefe AGP, jefe AGI y representantes de RED
y del COPALE).
Plantear y ejecutar su plan de supervisión, que debe tener
prioridad sobre las acciones administrativas en la UGEL.
Adecuar los instrumentos y herramientas diseñadas por el
MED, cuidar que los directores y subdirectores de las IIEE
puedan aplicarlas sin dificultades y de manera efectiva.
Organizar y ejecutar talleres de capacitación permanente para
los directores, subdirectores y los miembros del COPALE así
como asesorar y estimular permanentemente el desarrollo del
proceso supervisor.
Participar activamente en la red integral de información y
comunicación establecida por el MINEDU.
9. “Los lineamientos se constituyen en marcos
de referencia para la identificación y
ejecución de proyectos, acciones y
actividades en los diferentes ámbitos
educativos: Ministerio de
Educación, Direcciones
Regionales, Unidades de Gestión
Educativa Local [incluyendo los CEM] e
Instituciones Educativas”.
MINEDU, 2009.
Lineamientos y estrategias generales
para la supervisión pedagógica.
10. MARCO CONCEPTUAL DE LA SUPERVISIÓN
PEDAGÓGICA
1. Concepción
2. Características
3. Clases
4. Funciones
5. Objetivos
11. CONCEPCIÓN DE LA SUPERVISIÓN PEDAGÓGICA
“Proceso técnico de orientación y
asesoramiento, instituido, para optimizar
las actividades pedagógicas en las
instancias de gestión educativa
descentralizada”.
Incorpora:
monitoreo pedagógico como estrategia de
seguimiento.
acompañamiento pedagógico entendido como
un servicio destinado a ofrecer asesoría.
(MED, 2009. Lineamientos y estrategias generales para la supervisión
pedagógica.)
12. POR LO TANTO, LA
SUPERVISIÓN PEDAGÓGICA
Proceso intencionado y sistemático de carácter técnico, de
verificación, seguimiento y asesoramiento, instituido, para
optimizar las actividades pedagógicas en las instancias
descentralizadas.
Se centra en el mejoramiento continuo de procesos de
aprendizaje, el desempeño profesional de los docentes, y el
ofrecimiento de la oportuna y consistente información, para la
toma de decisiones.
15. Los aspectos en los
que centra su
ejecución:
Supervisión El conocimiento
general. que los
Supervisión supervisados
especializada. tienen sobre su
realización:
Supervisión
notificada.
Supervisión
inopinada.
17. • Verificar el cumplimiento de la normatividad que rige para
las entidades educativas y las funciones de los
profesionales de la educación conducentes a garantizar el
adecuado desarrollo del año escolar.
• Recabar, de manera sistemática y continua, información
relevante y actualizada sobre la calidad del proceso
pedagógico y sus resultados, para tomar decisiones
oportunas de carácter técnico, que aseguren el logro de
resultados, de acuerdo a estándares previstos.
• Ofrecer asesoría
planificada, continua, contextualizada, interactiva y
respetuosa del saber de los actores educativos, para
mejorar la calidad de los aprendizajes de los estudiantes, el
desempeño docente y la gestión de la institución
educativa.
19. MED
Comisión de Supervisión
Pedagógica del MED
(ST: DISDE)
DRE
Comisión Regional de
Supervisión Pedagógica
UGEL
Comité Local de
Supervisión Pedagógica
IIEE
Comité de Supervisión
Pedagógica de la IE
20. El perfil es el conjunto de cualidades
que debe poseer quien desempeña las
funciones de verificar, hacer
seguimiento y asesorar las acciones
pedagógicas que se desarrollan en las
IIEE.
21.
22. •Capacidad de comunicación.
•Aptitud para las relaciones humanas.
•Sinceridad.
•Originalidad y creatividad.
•Confianza en sí mismo.
•Entusiasmo.
23. •Amplia cultura general.
•Sólida cultura pedagógica.
•Suficiente experiencia docente.
•Dominio del currículum y la enseñanza.
•Dominio de la actividad supervisora.
•Capacidad administrativa.
•Habilidades para la dirección.