La incapacidad temporal se produce cuando un trabajador se encuentra temporalmente impedido por una enfermedad o accidente y necesita asistencia sanitaria. Puede durar hasta 12 meses prorrogables a 18 meses, recibiendo el trabajador entre el 60% y el 75% de su base reguladora. El desempleo ocurre cuando una persona pierde su empleo o ve reducida su jornada al menos en una tercera parte, pudiendo acceder a una prestación contributiva por desempleo durante 4 a 18 meses o a un subsidio no contributivo de 6 a 18 meses.
2. TEMA 8
Incapacidad temporalIncapacidad temporal
Situación en la que se encuentra un
trabajador que está imposibilitado
temporalmente por una enfermedad o un
accidente y necesita asistencia sanitaria
Causas de incapacidad:
Enfermedad común o accidente no laboral
Accidente de trabajo y enfermedad laboral
(también para autónomos si lo contratan, salvo in
itinere)
Periodos de observación por enfermedades
profesionales
3. TEMA 8
Incapacitad temporal IIIncapacitad temporal II
Requisitos:
Estar afiliado y en situación de alta o asimilada
al alta en la Seguridad Social
Periodo de carencia de 180 días en los 5 años
anteriores caso de enfermedad común
Duración:
12 meses prorrogables otros 6 si se estima que
en ese periodo puede producirse alta médica
por curación
Posteriormente, procede valorar la posible
invalidez, salvo que se presuma recuperación,
pudiéndose prorrogar la IT hasta un máximo de
30 meses
4. TEMA 8
Incapacidad temporal IIIIncapacidad temporal III
Prestación económica:
IT derivada de EC o AnoL:
Días 1 a 3, sin subsidio
Del 4º al 20º, 60% de la BR
Del 21en adelante, el 75% de la BR
IT derivada de EP o AL:
75% de la BR desde el día siguiente al de la baja
Salario integro el día de la baja a cargo del
empresario
Existe posibilidad de mejora voluntaria por
negociación colectiva
5. TEMA 8
Incapacidad temporal IVIncapacidad temporal IV
Base reguladora:
EC o A no L:
EP o AL:
BCC mes anterior a la baja
30 o nº días cotizados en dicho mes
BCC mes anterior a la baja
30 o nº días cotizados en dicho mes
B AT y EP mes anterior – HE HE año anterior a la baja
nº días cotizados en dicho mes 365 o 360 (salario mensual)
B AT y EP mes anterior – HE HE año anterior a la baja
nº días cotizados en dicho mes 365 o 360 (salario mensual)
+
6. TEMA 8
Presentación de partes médicosPresentación de partes médicos
Parte médico de baja:
3 días
Parte de confirmación de baja:
Al 4º día lo firma el médico
2º Parte de confirmación y sucesivos:
A la semana
Parte médico de alta:
Se entregara en la empresa en 24 horas
7. TEMA 8
DesempleoDesempleo
Situación en la que se encuentra una
persona en la que queriendo y pudiendo
trabajar pierde su empleo o ve reducida su
jornada laboral al menos en una tercera
parte, con la correspondiente pérdida o
reducción de salarios
Desempleo total
Desempleo parcial
Tipos:
Prestación por desempleo (contributiva)
Subsidio por desempleo (asistencial)
8. TEMA 8
Prestación por desempleoPrestación por desempleo
Requisitos:
Afiliado y en situación de alta o asimilada al
alta
Situación legal de desempleo (p ej. no haber
renunciado al trabajo voluntariamente)
Periodo mínimo de cotización de 12 meses en
los 6 años anteriores
No tener cumplida la edad de jubilación salvo
que no se tenga el periodo de cotización
requerido
Ser trabajador por cuenta ajena
9. TEMA 8
Prestación por desempleo IIPrestación por desempleo II
Trámites de solicitud:
Inscribirse como
demandante de empleo
Solicitar la prestación en
el plazo de 15 días hábiles
a partir de la situación
legal de desempleo
Firmar un compromiso de
actividad
10. TEMA 8
Prestación por desempleo IIIPrestación por desempleo III
Base Reguladora:
Cuantía:
Primeros 180 días: 70% BR
A partir del 181: 60% BR
Límites:
Mínimo: 80% IPREM sin hijos o 107% IPREM con
hijos
Máximo: 175% IPREM sin hijos, 200% con 1 hijo,
225% con 2 o más
Suma BC por D últimos 180 días sin HE
180
Suma BC por D últimos 180 días sin HE
180
11. TEMA 8
Prestación por desempleo IVPrestación por desempleo IV
Duración:
DIAS COTIZADOS DURACIÓN
DE 360 A 539 120
DE 540 A719 180
DE 2160 EN
ADELANTE
720
12. TEMA 8
Subsidio por desempleoSubsidio por desempleo
Son beneficiarios las personas que figuren inscritos
como demandantes de empleo durante un mes y
carecen de rentas superiores al 75% del SMI sin
pagas extra y se encuentren en alguna de estas
situaciones:
Haber agotado la prestación por desempleo y tener
responsabilidades familiares salvo
Mayores de 45 años tras desempleo de 1 año
Mayores de 52 años
Ser trabajador emigrante retornado
No tener derecho a desempleo, habiendo cotizado (sin mes
de espera):
Al menos 6 meses sin resp. familiares
Al menos 3 meses con resp. familiares
Liberado de prisión con cárcel superior a 6 meses
Declarado capaz o parcialmente inválido para la profesión
habitual desde una situación de invalidez total o absoluta
13. TEMA 8
Subsidio por desempleo IISubsidio por desempleo II
Cuantía:
80% del Indicador Público de Rentas de Efectos
Múltiples vigente
Duración:
6 meses prorrogables semestralmente hasta 18 salvo
desempleados sin cargas familiares, que sólo son 6
meses
Con responsabilidades familiares:
3 meses cotizados 3 de prestación
4 meses cotizados 4 de prestación
5 meses cotizados 5 de prestación
6 meses cotizados 21 de prestación