2. DE LAS SANCIONES
La sanción es un término, en Derecho, que tiene varias
acepciones.
En primer lugar, se denomina sanción a la
consecuencia o efecto de una conducta que constituye
infracción de una norma jurídica (ley o reglamento).
Dependiendo del tipo de norma incumplida o violada,
puede haber sanciones penales o penas; sanciones
civiles y sanciones administrativas.
Sin embargo, habitualmente la referencia a una sanción
se hace como sinónimo de pena pecuniaria, es decir,
una multa o, al menos, para penas leves (por ejemplo,
prohibiciones para ejercer cargos). Por el mismo
motivo, comúnmente se suele relacionar la expresión
sanción con la Administración pública (sanciones
administrativas) y el término pena se deja para el
ámbito del Derecho penal.