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Formación para Personas Adultas
- Graduado en Educación Secundaria -
MUNDO DEL TRABAJO
Amaia Prieto Marín
Equipo Psicopedagógico:
Belinda del Camino Moreno Poré, Joan Lluís Pérez i García, Laura Mollà Cambra, Óscar
Serrano Gallego, Ximo Vila Vilanova.
1º Edición: Junio 2012
Titulo: Mundo del Trabajo
Autor: Amaia Prieto Marín
Equipo psicopedagógico: Belinda del Camino Moreno Poré, Joan Lluís Pérez i García, Laura
Mollà Cambra, Óscar Serrano Gallego, Ximo Vila Vilanova.
Edita: Iniciatives Solidàries.
C/ J.A. Valero de Palma, 2-Bajo.
46018-Valencia.
Ilustración y maquetación de portada: malaGe (Laura Granell Jiménez y Mara Pastor Granell).
Imprenta: Tecnigrafic
C/ Cuenca, 138.
46007-Valencia.
Depósito Legal: V-1768-2012
Licencia de Creative Commons. Se permite copiar, distribuir y comunicar públicamente la obra.
Colabora: Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
Iniciatives Solidàries
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Te presentamos el material educativo de Mundo del Trabajo del Programa de
Formación Básica de la asociación sin ánimo de lucro Iniciatives Solidàries que
interviene contribuyendo al bienestar social de la comunidad previniendo situaciones
de exclusión social mediante la formación integral de las personas. Iniciatives
Solidàries fue galardonada en el año 2010 por el Ministerio de Educación con el Primer
premio Miguel Hernández (dirigido a reconocer la importancia que debe darse a la
eliminación de las desigualdades ante la educación y a la supresión de las
discriminaciones de los grupos desfavorecidos ante la formación básica); además, en
el año 2011 fue candidatura española a los premios internacionales de Alfabetización
de la Unesco.
En este libro puedes encontrar las orientaciones y los contenidos necesarios para
preparar esta asignatura del Graduado en Educación Secundaria en Formación para
Personas Adultas a través de las Pruebas Libres realizadas en la Comunidad
Valenciana.
Los contenidos de esta asignatura están relacionados con la idea de que el trabajo es
una forma de participación ciudadana que ha evolucionado y evoluciona
continuamente.
Por eso adquiriremos competencias básicas y necesarias para entender nuestro
mundo desde la perspectiva de personas ciudadanas que trabajamos o buscamos
trabajo, personas que tenemos derechos y deberes, que formamos parte de un
entramado de servicios y bienes de consumo.
Mundo del trabajo es una materia muy dinámica y está muy vinculada con las cosas
que pasan en la sociedad en la que vivimos, lo que está pasando ahora. Por ello, “estar
al día” es fundamental para entender la asignatura y consolidar los contenidos.
Este material es el resultado de más de 15 años de experiencias educativas
desarrolladas por Iniciatives Solidàries en la educación para personas adultas y surge
como herramienta didáctica, tanto para el alumnado que prepara sus estudios, como
para el profesorado que orienta esta materia. Esperamos que os sea de utilidad.
Desde aquí queremos agradecer los años esfuerzo y dedicación de todas aquellas
personas que lo han hecho posible: profesionales, voluntariado, estudiantes en
prácticas y alumnado. Sin todos/as vosotros/as no hubiésemos llegado hasta aquí.
El equipo educativo
Iniciatives Solidàries
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GUÍA DIDÁCTICA
………………………………………………………………………………………………..página 9
TEMARIO
……………………………………………………………………………………………..página 15
Tema 1: Trabajo y participación social
1. El concepto de trabajo
2. El trabajo en la historia
3. El trabajo desde el enfoque político
4. Autoevaluación
………………………………………………………………………………………..……... página 17
Tema 2: Trabajo y derecho laboral
1. El Derecho Laboral
2. Fuentes del Derecho del Trabajo
3. La jerarquía en las normas jurídicas
4. El Estatuto de los Trabajadores y Trabajadoras
5. Negociación y Convenios Colectivos
6. Autoevaluación
…………………………………………………………………………………………..….. página 29
Tema 3: Trabajo y la relación laboral
1. ¿Qué es un contrato de trabajo? Tipos
2. Modificación del contrato de Trabajo
3. Suspensión y extinción del contrato de trabajo.
4. La nómina
5. Autoevaluación
……………………………………………………………………………………….…….. página 43
Tema 4: Trabajo y representación sindical
1. ¿Qué es un sindicato?
2. La negociación colectiva
3. El Derecho a la huelga
4. Sindicatos en la empresa y en el mundo
5. Autoevaluación
……………………………………………………………………………………………….. página 57
Tema 5: Trabajo, mercado y seguridad social
1. El mercado laboral en España
2. La Seguridad Social en España
3. Financiación de la Seguridad Social
4. Principales Prestaciones de la Seguridad Social
5. Autoevaluación
………………………………………………………………………………..……………....página 69
Iniciatives Solidàries
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Tema 6: Trabajo y economía
1. El proceso productivo
2. La economía en nuestra sociedad
3. El sistema de la Economía de Mercado
4. El Mercado y la Competencia
5. Macroeconomía y Microeconomía
6. Economía Sumergida
7. Autoevaluación
…………………………………………………………………………………………….......página 81
Tema 7: Trabajo, formación e inserción laboral
1. División del trabajo
2. Nuevas exigencias personales
3. Oferta Formativa
4. Para buscar trabajo
5. Autoempleo
6. Autoevaluación
………………………………………………………………………………………….……..página 95
Tema 8: Trabajo y mujer, discriminación positiva
1. Igualdad y discriminación
2. Historia de la lucha por el fin de la discriminación
3. La participación de la mujer
4. Autoevaluación
…………………………………………………………………………………………...... página 113
Tema 9: trabajo y salud laboral
1. El derecho a la salud laboral
2. Riesgos y daños profesionales
3. Organizar la prevención
4. Obligaciones y Responsabilidades de la empresa
5. Cosas que pueden pasar
6. El ocio – necesario para la salud laboral
7. Autoevaluación
…………………………………………………………………………………………….. página 121
Tema 10: Trabajo y formas de consumo
1. El trabajo actualmente
2. El consumo y el consumismo
3. Consumo Responsable y Desarrollo sostenible
4. Derecho de las personas consumidoras
5. Autoevaluación
………………………………………………………………………………….…..…….. página 133
Solucionarios
…………………………………………………………………………………….…….... página 147
Iniciatives Solidàries
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Iniciatives Solidàries
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1. ¿Cómo preparar la asignatura?
2. ¿Con qué materiales cuento?
3. ¿Cómo me organizo con el tiempo?
4. ¿Cómo preparar el examen?
Mundodeltrabajo
GUÍA DIDÁCTICA
Iniciatives Solidàries
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Mundodeltrabajo
1. ¿Cómo preparar la asignatura?
Los contenidos recogidos en la asignatura de Mundo del Trabajo están
actualizados y totalmente relacionados con los exámenes de pruebas libres de los
últimos 10 años.
Para preparar la asignatura es muy importante conocer bien el temario.
Cada tema incluye conceptos que nos permitirán entender cómo se organiza la
sociedad en la que vivimos y cuál es el papel de las personas como parte de la
ciudadanía.
En casi todos los temas habrá conceptos que te suenen o reconozcas
(sindicatos, contrato de trabajo, finiquito, globalización…) porque esta asignatura
está muy en contacto con nuestra realidad económica, social y laboral. De hecho,
casi siempre, los exámenes recogen preguntas sobre temas actualidad, por eso es
fundamental que estemos al tanto de la noticias, ya sea por tele, radio o internet…
Para aprobar el examen es muy importante:
1.- Entender qué es el Estado de Bienestar y cómo hemos llegado a tener este
sistema sociopolítico; también es importante saber en qué momento está
actualmente y cómo influye en el sistema de la Seguridad Social y en el Sistema
Económico.
2.- Conocer los derechos y deberes que tenemos como personas, y estar al tanto de
la forma de ejercitarlos (derecho laboral, prevención de riesgos laborales,
sindicatos…)
3.- Saber que vivimos en un entorno de consumo en el que las desigualdades
sociales son cada vez más grandes y en las que, como personas trabajadoras,
también podemos influir.
4.- Estar al corriente de las exigencias del mercado laboral, de las vías de
formación y capacitación que existen.
GUÍA DIDÁCTICA
Iniciatives Solidàries
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Mundodeltrabajo
2. ¿Con qué materiales cuento?
Los materiales para preparar la asignatura de Mundo del Trabajo han sido
preparados por el profesorado de Iniciatives Solidàries, partiendo de las directrices y
recomendaciones de la Consellería de Educación. Si bien, todos los años se renuevan para
incorporar las novedades derivadas de los exámenes de las convocatorias de junio y
octubre y las aportaciones del alumnado.
2.1 APUNTES
En los apuntes encontrarás los contenidos y actividades necesarias para ir
aprendiendo conceptos.
La asignatura de MUNDO DEL TRABAJO se organiza en 10 temas. Cada uno incluye:
una primera página con índice y un resumen introductorio del tema.
diferentes apartados con la explicación de contenidos teóricos y
actividades prácticas y ejercicios que refuerzan lo que vamos aprendiendo.
Todos los ejercicios y actividades, aparecen en un marco como éste:
Y, cuando hay alguna actividad o contenido que haya salido en exámenes de Pruebas Libres, estará
este símbolo:
al final del tema habrá un espacio para la autoevaluación marcado
con este símbolo
GUÍA DIDÁCTICA
Iniciatives Solidàries
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Mundodeltrabajo2.2 GUÍA DE REPASO
Se trata de un dossier que recoge las preguntas que han aparecido en
exámenes anteriores y el material teórico necesario para contestar adecuadamente
las preguntas. Es un buen instrumento para repasar de cara a los exámenes en
junio y octubre.
2.3 AULA VIRTUAL – BLOG DE LA ASIGNATURA
Aquí, podrás encontrar un espacio interactivo con todos los temas
relacionados con la asignatura y, además, una biblioteca virtual, videos,
diapositivas, curiosidades, mapas, juegos y enlaces relacionados que te ayudarán a
preparar mejor la materia y los exámenes.
3. ¿Cómo me organizo con el tiempo?
*La fecha del examen de junio se sabrá en abril, pero normalmente es el primer viernes de junio.
*En febrero es conveniente hacer una prueba orientativa para conocer el nivel de asimilación de contenidos.
TEMA 1: TRABAJO Y PARTICIPACIÓN SOCIAL 2 SESIONES
TEMA 2: TRABAJO Y DERECHO LABORAL 2 SESIONES
TEMA 3: EL CONTRATO DE TRABAJO 2 SESIONES
TEMA 4: LOS SINDICATOS 2 SESIONES
TEMA 5: TRABAJO Y ECONOMIA 2 SESIONES
TEMA 6: MERCADO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL 2 SESIONES
TEMA 7: TRABAJO Y MUJER 2 SESIONES
TEMA 8: DIVISIÓN DEL TRABAJO, FORMACIÓN E INSERCIÓN LABORAL 2 SESIONES
TEMA 9: EL DERECHO A LA SALUD LABORAL 2 SESIONES
TEMA 10: TRABAJO Y CONSUMO 2 SESIONES
REPASO 4 SESIONES
GUÍA DIDÁCTICA
Iniciatives Solidàries
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Mundodeltrabajo
4. ¿Cómo preparar el examen?:
Los exámenes tienen cuatro partes diferenciadas:
1.- Preguntas de selección de alternativas: normalmente la primera pregunta
contiene 6 preguntitas que se contestan por alternativas (a, b, c, d) relacionadas
con fechas, conceptos, definiciones. Suele haber cuatro alternativas, de las
cuales 2 suelen ser muy fáciles de descartar. Cada pregunta vale 0,5, por lo que
si las resuelves todas bien son 3 puntos.
2.- Preguntas teóricas de desarrollo: normalmente son unas 4 preguntas
relacionadas con la definición de conceptos o la relación de ideas. Cada una
puede valer 1. La recomendación es que siempre escribamos algo.
3.- Casos Prácticos: Suelen poner un caso práctico y es muy importante, todo
indica que se puntúa hasta con 2 puntos. Así pues es muy importante que lo leas
tranquilamente y que escribas sobre él.
4.- Siglas para decir lo que significan: Es la última pregunta del examen. Ponen
4 formadas por siglas y tienes que decir qué significan (por ejemplo, SERVEF –
Servicio Valenciano de Empleo y Formación). Todo indica que esta pregunta vale
1 punto.
Antes del examen
Has de preparar correctamente la asignatura, primero mediante lectura
comprensiva del tema y memorización de los conceptos marcados como
importantes. Hacer las actividades te puede ayudar a ello y, sobre todo, hacer la
GUÍA DE REPASO.
:
1. Antes de empezar pega una leída general a todo el examen y comienza por
las que mejor te sepas.
En el examen:
2. Es importante leer bien todos los enunciados para saber concretamente qué
es lo que nos piden. Así evitaremos dejamos cosas sin contestar porque no
hemos leído bien la pregunta.
3. Ten en cuenta que las preguntas de alternativas no descuentan en la
puntuación final, así que contéstalas todas
4. Con las preguntas de alternativas bien contestadas obtendrías 3 puntos, pero
no el aprobado, así que esmérate en las de desarrollo.
GUÍA DIDÁCTICA
Iniciatives Solidàries
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Mundodeltrabajo5. Intenta no dejarte ninguna pregunta en blanco, ya que da la impresión de no
haber estudiado nada o de haberse esforzado poco en el examen. Piensa que
si te quedas con un 4.5 de nota, cuando intenten ver si puedes aprobar, de
las zonas en blanco no se puede rescatar nada.
6. Antes de entregar el examen, pégale un vistazo general por si se te puede
ocurrir algo más.
7. Para responder las preguntas:
- Cuida el lenguaje y la construcción de las frases
- Es mejor utilizar frases cortas, que son más sencillas de leer, que
largas.
- Utiliza comas para separar ideas y ayudar a la correcta lectura y
comprensión.
- Cuida la letra y la ortografía para que a quien vaya a corregir no le cueste
demasiado entender lo que explicas.
- Cuando hayas acabado de responder, relee siempre la pregunta que te
hacen y tu respuesta, así podrás ver si tiene sentido y se puede
comprender: lo que has escrito, tus ideas, la letra, las faltas de
ortografía…
¡A DISFRUTAR DE APRENDER!
Iniciatives Solidàries
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Mundodeltrabajo
Iniciatives Solidàries
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Iniciatives Solidàries
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1. El concepto de trabajo
2. El trabajo en la historia
3. El trabajo desde el enfoque político
4. Autoevaluación
El trabajo siempre ha sido una actividad muy importante en la vida de los
seres humanos y en la formación y organización de sociedades. El trabajo es
fundamental en el día a día de las personas, a la hora de organizar el tiempo, de
desarrollarse individualmente… y supone un motor de cambio social, económico y
cultural. Es una forma de participación ciudadana.
El concepto de trabajo ha ido evolucionando a lo largo de la historia,
conforme han ido integrándose la tecnología y las formas de relación social y
laboral.
Mundodeltrabajo
Tema 1
Iniciatives Solidàries
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Mundodeltrabajo1. El concepto de trabajo
El trabajo siempre ha sido una actividad muy importante en la vida de los
seres humanos y en la formación y organización de sociedades. El trabajo es
fundamental en el día a día de las personas, a la hora de organizar el tiempo, de
desarrollarse individualmente… y supone un motor de cambio social, económico y
cultural.
El trabajo siempre ha tenido como objetivo la supervivencia de la
especie y de las sociedades humanas. Así pues, TRABAJO se define como
cualquier actividad humana orientada a que las personas obtengan los
medios materiales o económicos para subsistir.
No solo es trabajo cuando recibimos un sueldo, también son trabajo las
tareas de casa, estudiar o arreglarnos para estar guapos y guapas…. Pero, si nos
pagan por hacerlo, se llama EMPLEO.
Cuando realizamos un trabajo para otras personas, cuando somos
“personas empleadas” y se nos paga un salario a cambio de nuestro trabajo,
hablamos de TRABAJO POR CUENTA AJENA o, lo que es lo mismo, TRABAJO
ASALARIADO. Por su parte, el TRABAJO POR CUENTA PROPIA, es cuando la
persona trabajadora dirige y organiza su actividad, cuando es su propio jefe o jefa.
Un ejemplo claro son las personas que trabajan como autónomos/as.
1.- ¿A qué llamamos trabajo?
2.- El trabajo asalariado es:
a. Toda actividad empresarial.
b. Toda actividad remunerada por cuenta ajena.
c. La actividad laboral que realizan los trabajadores del sector primario.
d. La actividad laboral que realizan los trabajadores del sector
secundario.
Tema 1
Iniciatives Solidàries
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Mundodeltrabajo
2. El trabajo en la historia
Desde una perspectiva histórica, el trabajo ha evolucionado a lo largo del
tiempo, tanto en su organización como en sus técnicas y reparto.
 Cuando apareció el ser humano en la tierra
se produjo una de las mayores transformaciones en el
desarrollo de la naturaleza. Poco a poco el ser humano
empezó a crear y utilizar instrumentos y herramientas de
trabajo, eso fue lo que lo diferenció del resto de animales.
Con esas herramientas, el ser humano cazaba y cultivaba
para cubrir sus necesidades y las de su grupo.
3.- Hay muchas actividades que hacemos en el día a día que son trabajos y
que cuando alguien nos paga para que las hagamos se convierten en
empleos. Por ejemplo, si yo pongo la mesa para comer es una tarea de casa,
pero si lo hago en un bar y me pagan, me convierto en camarero o
camarera. Vamos a ver más ejemplos:
TRABAJO EMPLEO
Peinar peluquero/a
Hacer camas, limpiar
Cuidar a un hermano pequeño
Pintar las uñas
Bailar los sábados por la noche
Preparar la comida
Llevar en coche a alguien
Pintar mi habitación
Coser un vestido
Lavar y planchar ropa
Organizar los papeles del banco, facturas….
Tema 1
Iniciatives Solidàries
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Mundodeltrabajo
Entonces, el trabajo se organizaba según la edad que se tuviera y el sexo
(por ejemplo las mujeres y los niños recogían frutas de los árboles y los hombres
cazaban animales con armas rudimentarias).
Cada cual trabajaba para cubrir sus propias necesidades
 Cientos de años después, ya en Europa, las clases sociales más
altas (marqueses, condes, duques…) podían poseer tierras que
trabajaban sus sirvientes mientras ellos las defendían.
Algunas personas trabajaban la tierra para otros, a cambio de
poder vivir y desarrollarse en ellas.
 Poco a poco, fue apareciendo una clase social intermedia
que eran gente dedicada a la artesanía (zapatería, carpintería,
herrería, tejidos…) que elaboraban productos con herramientas cada
vez más especializadas. Antes de que existieran las máquinas, todo
lo que había en el mercado eran productos artesanales, elaborados
por personas especializadas que creaban productos “con arte”.
Es entonces cuando aparece el trueque. Se necesitaban cosas
que no se tenían y para obtenerlas las intercambiaban por cosas que sí tenían. El
TRUEQUE es el intercambio de objetos o servicios por otros objetos o servicios, y
se diferencia de la compraventa en que no aparece dinero.
 Más tarde apareció el dinero con lo que las cosas se
intercambiaban por el dinero y luego el dinero por las cosas.
A partir de la idea de vender productos (comercio) empieza a surgir la sociedad
industrial, que es en la que vivimos ahora.
Algunas personas trabajan en fábricas, donde los empresarios ponen el dinero y
el capital inicial y los/as trabajadores/as ponen la mano de obra.
Los empresarios obtienen beneficios y los/as trabajadores/as un salario.
 Luego, el trabajo, además de diferenciarse por edad y sexo,
empieza a diferenciarse por clases sociales; es entonces cuando
surgió el esclavismo (los esclavos trabajaban para sus amos de
clases sociales más altas).
Unos cuantos trabajan para cubrir las necesidades de otros.
Tema 1
Iniciatives Solidàries
-21-
MundodeltrabajoAsí pues, el trabajo y su manera de organizarse ha sido lo que ha hecho
cambiar/evolucionar las sociedades y las culturas en las que las personas han
vivido. Antes de la revolución industrial, la organización del trabajo era la feudal,
donde unos tenían todo el poder y otros trabajaban y se agrupaban en gremios. A
partir de la revolución industrial, el sistema económico cambia y, por tanto,
cambia el sistema de organización del trabajo.
4.- La palabra artesanía, trabajo manual, deriva de:
a. Artista
b. Artesano
c. Arte
d. Artesa
5. ¿Qué es el trueque?
3. El trabajo desde el enfoque político
El desarrollo del trabajo en la historia está estrechamente relacionado con
la idea de ciudadanía y con la idea de democracia.
En Grecia, hace más de 2500 años, se inventó la democracia que
significaba “gobierno del pueblo”. Se inventó también la palabra política,
que viene de la palabra polis que significa “ciudad-estado”.
Así pues, hacer política era preocuparse por los problemas de la ciudad, del
estado. Se consideraba que un político era un ciudadano: una persona que vive en
la ciudad y se preocupa de las cosas que en ella ocurren.
Tema 1
Iniciatives Solidàries
-22-
MundodeltrabajoPero esta idea griega de participación ciudadana no ha existido siempre. En
sociedades como la sociedad esclavista y la sociedad feudal, se daba el caso que
sólo unos cuantos tenían el poder y el dinero y los demás, la gran mayoría, no
tenían nada y, mucho menos, derechos. En este tipo de sociedades los
campesinos y artesanos, es decir, las personas trabajadoras, eran tratadas como
súbditos sometidos bajo el poder del señor.
A partir de la Revolución Industrial y de
la Revolución Francesa (siglos XVII-
XIX), empezaron a surgir unas
sociedades más igualitarias, tanto a
nivel económico como social. Surgió la
burguesía y se empezó a crear un
sistema político de derechos y
libertades civiles (libertad individual, de
religión, de actividad…) que se plasmó
en la CARTA DE LOS DERECHOS DEL
HOMBRE Y DEL CIUDADANO (1789). Este reconocimiento de derechos sociales
corresponde a la sociedad democrática burguesa.
A finales del siglo XIX y principios del XX, los trabajadores se pudieron
organizar en sindicatos y partidos políticos para poder defender sus derechos,
poder participar de las ganancias y poder avanzar en sus reivindicaciones.
Aunque la condición de ciudadano y la posibilidad de participar, por
ejemplo, a través del voto, no existe en todos los países ni ha existido siempre
igual. En el caso de la mujer, se le permitió votar por primera vez en España con
la Constitución de 1931.
Con la Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948, la
Constitución Española, aprobada en 1978 y la Carta de los Derechos
Fundamentales de la Unión Europea del año 2000, se establecieron los derechos
relacionados con la participación de los ciudadanos y las ciudadanas.
El concepto de CIUDADANO/CIUDADANA se aplica a las personas de una
ciudad antigua o de un Estado Moderno con determinados derechos y deberes.
La idea de CIUDADANÍA supone el reconocimiento de derechos a personas
que, por el hecho de vivir en sociedad, merecen ser tratadas con dignidad:
derecho a la educación, a la libertad de expresión, a la sanidad… También tienen
una serie de deberes u obligaciones: respetar las leyes, contribuir con
impuestos…
Tema 1
Iniciatives Solidàries
-23-
MundodeltrabajoCon todo esto podemos decir que PARTICIPAR
significa colaborar, cooperar, tomar parte en la
comunidad, disfrutar, hacer… Participar se puede entender
como un derecho y como un deber.
La participación ciudadana se puede dar de diferentes
formas y con diferentes niveles de implicación:
- Con el voto en las elecciones municipales, autonómicas, nacionales,
europeas.
- Con el voto en posibles referéndums.
- Como integrantes de una comunidad podemos participar en el ámbito de la
empresa y de los medios de producción.
- Como consumidores podemos participar de campañas a favor o en contra
de productos.
- A través del voluntariado en ONG – Organizaciones No Gubernamentales y
asociaciones.
Cabe destacar, una forma de participación ciudadana llamada INICIATIVA
LEGISLATIVA POPULAR. Con ella, un número determinado de personas, recogen
firmas y apoyo para proponer al parlamento que se tengan en cuenta algunas
cuestiones: cambio de leyes, reformas de artículos… La iniciativa popular está
recogida en la Constitución Española y para que pueda debatirse necesita 500.000
firmas. El movimiento de 15M activó esta recogida de firmas para plantear el
cambio de la Ley Electoral española.
6.- Ciudadano es un término que procede del latín civilis, su sentido actual
es:
a. Ciudadano es toda persona que vive en la ciudad
b. Ciudadano y súbdito
c. Ser ciudadano otorga el reconocimiento de derechos y deberes
d. Ser ciudadano supone el reconocimiento de unos deberes
7. - La participación ciudadana se ejerce por:
a. El voto en las elecciones cada cuatro años
b. A través de la empresa por medio de elecciones sindicales
c. Por medio de referéndum, manifestaciones, protestas
d. La participación ciudadana se ejerce de muchas formas, siendo
válidas y compatibles en un sistema democrático
Tema 1
Iniciatives Solidàries
-24-
Mundodeltrabajo
8.- El reconocimiento de libertades políticas y derechos sociales
corresponden:
a. A las sociedades esclavistas
b. A la sociedad feudal
c. A la sociedad demócrata burguesa
d. A la monarquía absoluta
9.- El derecho al voto para la mujer fue legislado por primera vez en
España:
a. En la Constitución de 1812.
b. En el Estatuto Real de 1834.
c. En la Constitución de 1931.
d. En la Constitución de 1978.
10.- La iniciativa legislativa popular:
a. Es una iniciativa del gobierno para proponer leyes
b. Se convoca cada 4 años
c. Es un sistema propio de los regímenes autoritarios
d. Permite, por medio de la recogida de firmas, elaborar leyes
propuestas por la ciudadanía
11.- Lee el siguiente texto de Eduardo Galeano que te proponemos a
continuación y relaciona su contenido con la participación y ciudadanía.
Escribe un comentario personal sobre lo que Galeano quiere decir:
“Son cosas chiquitas. No acaban con la pobreza, pero quizá desencadenen la alegría
de hacer, y la traduzcan en actos: Y al fin y al cabo, actuar sobre la realidad y
cambiarla, aunque sea un poquito, es la única manera de probar la realidad
transformable”
Tema 1
Iniciatives Solidàries
-25-
MundodeltrabajoEfectivamente, en democracia, una de las formas más habituales de
participación es las elecciones, de hecho en España, desde 1978 se aplica el
SUFRAGIO UNIVERSAL. El sufragio universal consiste en el derecho a voto de
toda la población adulta de un Estado, independientemente de su raza, sexo,
creencias o condición social. El voto se da a partidos políticos.
Cada país tienes su sistema de organización de partidos, de hecho se
puede distinguir entre: multipartidismo, bipartidismo o partido único.
En las formas de gobierno dictatoriales o totalitarias, se puede hablar del
sistema de partido único (como ocurrió con los regímenes fascistas como el de la
China comunista o la Unión Soviética), en el que no se trata de instituciones
propias de un proceso democrático, sino de estructuras para la mantener el
poder.
El bipartidismo (Estados Unidos e Inglaterra, por ejemplo) se tiende a
ubicarlo como resultado de un sistema electoral bajo el principio de mayoría,
mientras que el sistema multipartidista (Alemania, Bélgica, Finlandia, Holanda y
Suiza) se identifica como efecto de un sistema de representación proporcional.
En el caso de España, si bien podemos decir que hay diferentes partidos
(PSOE, PP, IU, UPD…) con lo que hablaríamos de multipartidismo, la realidad es
que sólo están al alcance de conseguir la mayoría dos partidos, con lo que, en la
práctica, nos encontramos con un sistema bipartidista.
Cuando en España hay elecciones, se aplica
la ley D´HONDT con el que no se considera
una persona un voto, si no con el que se
aplican una serie de fórmulas por provincias
que benefician, en última instancia, a los
partidos más votados. A cada circunscripción
le corresponde un número determinado de
representantes por ley, y otros tantos en
función de la población y, según los votos, se
reparten de forma no equitativa.
Tema 1
Iniciatives Solidàries
-26-
MundodeltrabajoEjemplo
Aplicada la Ley D’Hont, el resultado fue el siguiente: PSOE con 6 diputados y PP
con 4 diputados. Los votos que recibieron las otras formaciones no tuvieron
correspondencia alguna en los representantes electos, y se perdieron en el vacío.
: En una provincia andaluza, le correspondió en las pasadas elecciones
de 2012 un total de 10 representantes. Esos representantes se los disputaron un
total de 20 partidos políticos. El PSOE consiguió un 49′72% de los votos, el PP un
36′45%, IU un 6′39%, el PA un 4,40% y las demás formaciones recibieron el resto.
12. Los partidos políticos son un medio para encauzar la participación política
de los ciudadanos. Explica qué se entiende por:
a) Partido único:
b) Bipartidismo
c) Multipartidismo
d) ¿Cuál de estos tres sistemas existe en España?
Tema 1
Iniciatives Solidàries
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Mundodeltrabajo5. Autoevaluación
V F
1 El trabajo y el empleo es lo mismo.
2 El concepto de empleo es más amplio que el de trabajo.
3
Limpiar la casa es una actividad que reúne las características
para ser un trabajo.
4
El trabajo es toda actividad física y/o intelectual que se realiza
con esfuerzo y está aplicada para crear o producir algo.
5
El trabajo además de cubrir las necesidades básicas, también
tiene aspectos positivos.
6 Todas las personas han podido votar siempre.
7 Ciudadano es todo individuo con derechos y deberes.
8
La antigua Grecia era una democracia tal y como la
entendemos ahora.
9 La democracia surgió en la edad media.
10
La actuación de personas como ciudadanos es relativamente
moderna.
Vamos a decir si son Verdaderas (V) o Falsas (F) estas afirmaciones:
Tema 1
Iniciatives Solidàries
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Mundodeltrabajo
Iniciatives Solidàries
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1. El Derecho Laboral
2. Fuentes del Derecho del Trabajo
3. La jerarquía en las normas jurídicas
4. El Estatuto de los Trabajadores y Trabajadoras
5. Negociación y Convenios Colectivos
6. Autoevaluación
Para que la convivencia, la paz y la solidaridad entre hombres y mujeres
que viven en sociedad sean posibles, es necesario que se establezcan una serie
de normas.
Así pues, el DERECHO es el conjunto de normas que regulan la convivencia
social con el fin de que predomine la idea de JUSTICIA.
Como parte del derecho, el DERECHO LABORAL supone el conjunto de
normas y principios jurídicos que se especializan para regular todo aquello que se
relaciona con el trabajo. El DERECHO LABORAL existe para compensar la
desigualdad existente entre empresa y personas trabajadoras.
Mundodeltrabajo
Tema 2
Iniciatives Solidàries
-30-
Mundodeltrabajo
1. El Derecho Laboral
La evolución de las sociedades y de las relaciones laborales hace que sean
necesarias fórmulas para poder regular los derechos y deberes de las personas
trabajadoras y también de las empresas. Al principio, cuando se daba algún tipo
de conflicto, se solucionaba entre la persona trabajadora y la empresa, lo cual era
injusto por la situación de desigualdad existente (siempre “ganaba” la empresa).
Poco a poco empezó también a intervenir el Estado a través de la legislación, del
derecho.
En un momento de la historia, las desigualdades entre quienes trabajaban
y quienes eran poseían las empresas eran muy grandes. Surge entonces el
movimiento obrero (origen de los actuales sindicatos) y el Estado, el gobierno,
empieza a intervenir para equilibrar la situación de debilidad
de los trabajadores y trabajadoras. El derecho laboral
comienza en la época de la Revolución Industrial porque las
relaciones entre propietarios de las fábricas y personas
trabajadoras van siendo cada vez más complejas. En este
momento, el derecho laboral surge para resolver los
conflictos que se pueden dar entre quienes trabajan y
empresarios-empresarias.
Así, para compensar las desigualdades, surge el Derecho Laboral como un
derecho especial con principios y normas propias y diferenciadas. El DERECHO se
constituye de normas y las normas sirven para regular la convivencia, así que el
Derecho Laboral está formado por una serie de normas que sirven para regular
las relaciones entre las personas trabajadoras y las empresas. El derecho laboral
se refiere a las relaciones de trabajo por cuenta ajena; es decir, es un conjunto de
leyes que regula todo lo que tiene que ver con el trabajo
1. personal y voluntario (personas que trabajan porque quieren)
2. retribuido (cobran por desarrollar su trabajo)
3. por cuenta ajena (trabajan para otras personas, no tienen su propio
negocio)
4. y con el trabajo subordinado al poder de dirección y organización de la
empresa (la persona trabajadora tiene que cumplir sus funciones en
base a su categoría profesional y a lo que la dirección de la empresa
establece)
Es decir, el derecho laboral se refiere a personas que cobran por trabajar para
otros y que están bajo la dirección de la empresa.
Tema 2
Iniciatives Solidàries
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Mundodeltrabajo
1.- Completa la siguiente definición de Derecho Laboral con las palabras:
Normas – relaciones – ajena – dependencia – trabajo – principios
El Derecho Laboral es un conjunto de _______________ y _______________
que regulan las _______________ que se crean con ocasión del
____________ libre, personal y remunerado, prestando condiciones de
________________ y por cuenta ________________
2.- Explica los requisitos básicos que debe reunir una relación para ser laboral
y por cuenta ajena.
INICIOS DEL DERECHO LABORAL
Durante el siglo XIX y principio del XX, las relaciones entre quienes poseían
las empresas y trabajadores-trabajadoras se establecían de forma libre; no
intervenía ni mediaba nadie. De alguna forma, eran los dueños y dueñas de las
empresas quienes decidían cómo se trabajaba, cuando se trabajaba, el salario…
Al colectivo de personas trabajadoras sólo le quedaba aceptar el trabajo aunque
fuera en penosas condiciones: bajos salarios, horarios interminables, condiciones
nefastas de seguridad e higiene…
Por esas fechas van aumentando las empresas en cuanto a número y
producción y, por lo tanto, también va aumentando el número de personas
trabajadoras. Estas personas que trabajaban en fábricas tenían que comunicarse
y entenderse para poder desarrollar el trabajo adecuadamente y esto facilitó que
empezaran a coordinarse y se empezaran a alinear para defender algunas
posturas ante la patronal. Así es como aparecen en Inglaterra las TRADE UNIONS
que son pequeñas sociedades obreras que se intentan organizar para conseguir
mejoras en las condiciones de trabajo.
Tema 2
Iniciatives Solidàries
-32-
MundodeltrabajoA lo largo del siglo XIX estas organizaciones empiezan a conseguir
derechos y a concienciar a la sociedad. Poco a poco, por su influencia, el Estado
va asumiendo responsabilidades y fijando algunas normas para regular las
relaciones laborales. Es entonces cuando se prohíbe el trabajo infantil, cuando se
obliga al descanso los domingos, cuando se limita el número de horas trabajadas
al día…
3.- El derecho laboral surge después de:
a. La revolución francesa
b. La revolución industrial
c. La revolución bolchevique
d. La revolución neolítica
4.- ¿Cómo se llaman las primeras sociedades obreras que aparecen en
Inglaterra?
a. Sindicatos
b. Laboral Society
c. Work Liberty
d. Trade Unions
2. Fuentes del Derecho del Trabajo
Para saber qué derechos y qué obligaciones deben aplicarse a una relación
laboral, tenemos que acudir a las FUENTES DEL DERECHO DEL TRABAJO.
Las fuentes de derecho laboral se ordenan según el principio de jerarquía
normativa que quiere decir que existen normas que son superiores a otras; de
forma que las normas inferiores no pueden contradecir a las superiores. Las
normas superiores son las que marcan los mínimos necesarios, y el resto de
normas inferiores tienen que cumplir esos mínimos, pueden mejorarlos pero
nunca empeorarlos.
Por ejemplo, si un Reglamento del Gobierno que es una orden de rango
superior establece que el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) es de 633,30€ brutos
al mes, los convenios colectivos que son normas inferiores, pueden fijar salarios
mayores, pero nunca menores.
Tema 2
Iniciatives Solidàries
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Mundodeltrabajo
El otro principio es el de condición más beneficiosa que establece que, ante
circunstancias diferentes, siempre se aplicará la más beneficiaria al trabajador o
trabajadora.
Es importante tanto para la parte de la empresa como para la parte de
los/as trabajadores/as conocer a que tipo de fuente hay que acudir en caso de
conflicto, duda… y conocer su orden de relevancia.
3. La jerarquía en las normas jurídicas
Existe una jerarquía entre las distintas fuentes del Derecho Laboral, es
decir, unas normas y leyes están por encima de otras. Se puede representar
como una pirámide, en la que cada fuente de derecho respeta lo establecido por
la fuente superior.
Por ejemplo, si en el Estatuto de Trabajadores dice que como mínimo debe haber 30 días de
vacaciones y en el convenio colectivo dicen 45 días, entonces se tiene derecho a 45 días.
Tema 2
Iniciatives Solidàries
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MundodeltrabajoSobre todas las normas, arriba están las DISPOSICIONES
LEGALES Y REGLAMENTARIAS DEL ESTADO que se desarrollan
en el Senado y el Congreso de los Diputados. Aquí es donde se
aprueban las leyes que hay que seguir para que el trabajo sea justo
tanto para quien trabaja, como para la empresa. Estas leyes son las
más importantes y las que más mandan.
La norma española más importante es la Constitución Española de 1978.
En el artículo 35 dice:
El ESTATUTO DE LOS TRABAJADORES es el documento básico que
contiene los derechos y obligaciones de trabajadores y empresarios.
Además de las normas y leyes que se desarrollan a partir de la Constitución
Española, también se recogen las que vienen de organismos internacionales
(Organización Internacional del Trabajo – OIT- y Unión Europea).
Luego más abajo en la pirámide están los CONVENIOS COLECTIVOS, que
son las normas que se establecen según los sectores de trabajo: enseñanza
(profesores/as), hostelería (cocineros/as y camareros/as), servicios sociales
(cuidadores/as de personas mayores), etc.
Los Convenios Colectivos se negocian entre representantes de
empresas y representantes de personas trabajadoras y luego lo
confirma la administración pública (comunidades autónomas…).
1
2
1. “Todos los españoles tienen el deber de trabajar y el derecho al trabajo, a libre elección de
profesión u oficio, a la promoción a través del trabajo y a una remuneración suficiente para
satisfacer sus necesidades y las de su familia, sin que en ningún caso pueda hacerse
discriminación por razón de sexo.”
2. “La ley regulará un estatuto de los trabajadores.”
La Constitución Española, que se aprobó en el año 1978, es donde están los
derechos y obligaciones de todas las personas que viven en el Estado Español. La
Constitución Española garantiza los derechos fundamentales y libertades públicas más
genéricos (igualdad, libertad, ideología, libertad de expresión, honor, Intimidad…) y otros
derechos más específicos (a asociarse, a huelga, al trabajo, a la educación…).
Tema 2
Iniciatives Solidàries
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MundodeltrabajoTras esto, más abajo en la pirámide, se encuentra la el CONTRATO DE
TRABAJO que refleja la voluntad de la persona trabajadora y de la empresa,
lo firma la persona trabajadora y la empresa. Veremos más en el tema 3.
Por último los USOS Y COSTUMBRES locales y profesionales. Son normas
de uso social, se utilizan en una profesión (peluquería) o en una zona
geográfica determinada (comarcas). Son costumbres no escritas que sólo se
aplican si no existe una norma escrita. Por ejemplo, en la Vega Baja (provincia de
Alicante) la costumbre es que las peluquerías cierren los lunes.
Así que, se trabajará como ponga en el contrato. Este contrato deberá
respetar siempre las condiciones del Convenio Colectivo de ese sector, y el
Convenio Colectivo, a su vez, tiene que respetar lo dictado por el Estado (el
Congreso y el Senado), a través del Estatuto de Trabajadores, la Constitución y
cualquier otra legislación. En cualquier caso, según dicen las leyes se aplicará
siempre al trabajador la norma más favorable.
5.- El convenio colectivo es jerárquicamente superior a:
a. La Constitución
b. El Estatuto de Trabajadores
c. El Contrato de Trabajo
d. Las Leyes Internacionales.
6.- ¿Es posible que un contrato establezca una retribución menor a lo que
dice en convenio colectivo? Explícate un poco.
3
4
Tema 2
Iniciatives Solidàries
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Mundodeltrabajo
7.- SUPUESTO PRÁCTICO
Supón que te han hecho un contrato en el que figura que gozarás de 20 días de
vacaciones y, sin embargo, en el Convenio Colectivo del sector
correspondiente aparece que las personas trabajadoras acogidas tendrán
derecho a 35 días de vacaciones pagadas al año.
Ante esta situación, piensas, por un lado, que el contrato es correcto porque
se produjo por el consentimiento de las partes libremente expresado; pero,
por otro lado, dudas, ya que hay representantes legales que te afirman que
este aspecto del contrato es nulo.
¿Cuál es la posición final que tomarías? ¿Aceptarías los 20 días o reclamarías
los 35 del convenio?
4. El Estatuto de los Trabajadores
El Estatuto de los Trabajadores es el documento que contiene los derechos
y obligaciones básicos de trabajadores/as y empresarios/as.
El Estatuto de los Trabajadores se puede aplicar, según dice en
el artículo 1, a: Los trabajadores/as que voluntariamente prestan
sus servicios retribuidos por cuenta ajena (les pagan por
trabajar) y les dirige otra persona que se llama empresario
(dependencia).
Tema 2
Iniciatives Solidàries
-37-
MundodeltrabajoAsí pues, la mayoría de trabajos quedan regulados por el Estatuto de
Trabajadores, sin embargo hay algunos que quedarían excluidos del Estatuto de
Trabajadores:
1. Los funcionarios/as públicos/as. Son las personas contratadas por el
Estado.
2. Los trabajos obligatorios. Por ejemplo estar en una mesa electoral.
3. Los consejeros/as o cargos de administración de las empresas. (Órgano
permanente y colegiado, con poderes ejecutivos, de diferentes tipos de
sociedades… Ayudan en la organización de las empresas)
4. Los trabajos realizados por amistad, buena vecindad o benevolencia.
Por ejemplo el Voluntariado.
5. Los trabajos familiares siempre y cuando quien trabaja depende de la
economía de la unidad familiar. Por ejemplo, trabajar con tu madre en
su tienda cuando hay lío de rebajas o de Navidad.
6. También quedan excluidas otras personas con un cierto tipo de contrato
mercantil.
8.- Armando Jaleo Martínez quiere montar un negocio de TODO A €URO.
Después de asesorarse en una asociación sobre todos los trámites legales
que tiene que hacer para montarlo, le queda un asunto importante, tiene
que informatizar la tienda. Sabe que un ordenador y un programa de
gestión de tiendas pequeñas son caros pero le facilitaría mucho la tarea de
tenerlo todo controlado y poder hacer facturas rápidamente. El problema
es que de ordenadores no sabe casi nada, apenas encenderlo y “chatear”
por internet. Entonces se acuerda de su amiga Matilde Tecla que es
informática le propone que le eche una mano con esto. Ella le dice que en
ratos libres irá a la tienda a instalarle el ordenador y a explicarle como va.
¿La relación entre Armando y Matilde está incluida en los supuestos del
Estatuto de los Trabajadores?, ¿Porqué?
Si se enfadaran, ¿Puede Matilde demandar a Armando?
Tema 2
Iniciatives Solidàries
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Mundodeltrabajo
9.- Se excluye del ámbito regulado por el Estatuto de Trabajadores
a. Las personas trabajadoras de grandes empresas.
b. El funcionariado público.
c. Las personas trabajadoras de pequeñas empresas.
d. Ninguna de las opciones anteriores.
10.- El estatuto de trabajadores es:
a. Un sistema que sólo beneficia a determinados colectivos.
b. Una ley de 1950.
c. Una unión de sindicatos y empresas.
d. La norma que recoge los derechos y las obligaciones de las
personas trabajadoras que prestan sus servicios en una empresa.
11.- Mi padre es empresario, tiene un bar que está situado debajo de
nuestro propio domicilio familiar. Yo vivo en esta unidad familiar, dependo
económicamente de ella y trabajo sin darme de alta en el bar de mi padre.
Mi familia tiene miedo que la inspección les denuncie ¿qué ha de hacer,
contratarme o hay alguna forma legal para seguir así?
5. Negociación y Convenios Colectivos
La Constitución Española reconoce el derecho a la negociación colectiva
entre representantes de trabajadores-trabajadoras y empresarios-empresarias.
Para comenzar la negociación basta con que una de las partes se dirija por
escrito a la otra proponiendo negociar. Es fundamental que ambas partes se
reconozcan como interlocutores válidos
Tema 2
Iniciatives Solidàries
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Mundodeltrabajo
Se trata de la negociación colectiva que es aquella que se realiza entre el
colectivo de personas trabajadoras de una empresa o sector, reunidos a través
de un sindicato o grupo de sindicatos y la empresa o representantes de empresas
del sector. La finalidad de la negociación es llegar a un acuerdo en cuanto a las
condiciones laborales aplicables: salarios, jornada, descansos, vacaciones,
licencias, condiciones de trabajo, capacitación profesional, régimen de despidos,
definición de las categorías profesionales, promociones, etc.
Muchas veces, estos acuerdos se ven reflejado en los
CONVENIOS COLECTIVOS. Los convenios colectivos son normas que
establecen las condiciones de trabajo en una empresa, en una parte
de una empresa o en un sector que agrupa varias empresas. Se crean
a través del acuerdo entre representantes de los trabajadores y de
los empresarios.
Los convenios recogen los siguientes contenidos: ámbito de aplicación,
organización del trabajo, categoría laboral, tipo de contratos, formación, salud
laboral, jornada (descanso, vacaciones, jubilación…), derechos sindicales,
retribución, tabla salarial…
Los convenios colectivos pueden ser:
1. Convenios colectivos supraempresariales
2. Convenios colectivos
(que afectan a empresas del mismo sector).
empresariales
3. Convenios colectivos de
(que afectan a una empresa en particular).
grupo de trabajadores (que afectan a parte de una empresa)
12.-¿Dónde puedes buscar cuántos días de permiso te corresponden por
matrimonio?
13.- ¿Cómo saber cuál es tu jornada de trabajo si en el contrato no dice
nada?
Tema 2
Iniciatives Solidàries
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Mundodeltrabajo
14.- Para que se inicie la negociación de un convenio colectivo se precisa:
a. Que se establezca un calendario de negociación.
b. Que se publique en el Boletín Oficial del Estado.
c. Que se redacte un borrador del Convenio.
d. Que la promueva una de las partes (empresarios o trabajadores)
dirigiéndose a la otra por escrito.
15.- Cuando un convenio colectivo afecta a la totalidad de trabajadores de
la empresa, decimos que dicho convenio es:
a. De empresa
b. De centro
c. Total
d. Estatal
16.-¿Cómo se llama a los convenios colectivos que sólo afectan a un grupo de
trabajadores? ¿Y los que afectan a todas las empresas del sector?
17.- ¿A qué llamamos negociación colectiva laboral? ¿Qué contenidos tiene
dicha negociación?
Tema 2
Iniciatives Solidàries
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Mundodeltrabajo
18.- El instrumento básico de negociación que fija las condiciones de trabajo
entre trabajadores y empresarios se denomina:
a. Convenio colectivo.
b. Contrato de trabajo.
c. Estatuto de los trabajadores.
d. Estatuto de Autonomía
19.- Cuando se establece un convenio en un sector, éste afecta a las personas
trabajadoras y todas las empresas del mismo:
 V  F
20.- Define que es un convenio colectivo:
21.- Los convenios colectivos se negocian, de modo general:
a. Entre el patrono o asociación de empresarios/as y delegados/as de
personal, los comités de empresa o las representaciones sindicales.
b. Entre el patronal y trabajadores-trabajadoras.
c. Por una comisión negociadora constituida por las asociaciones de
empresarios-empresarias.
d. Por una comisión negociadora constituida por las representaciones
sindicales.
Tema 2
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Mundodeltrabajo
6. Autoevaluación
V F
1. El artículo 53 de la Constitución Española hace referencia al
trabajo.
2. TRLET significa Texto Refundido de la Ley del Estatuto de
Trabajadores.
3. El ámbito de aplicación del TRLET es el conjunto de todos los
trabajadores por cuenta propia.
4. Quedan excluidos del ámbito del TRLET los trabajos
familiares.
5. También quedan excluidas algún tipo de operaciones
mercantiles.
6. También los trabajos realizados por amistad o buena vecindad.
7. Únicamente la ajenidad y la retribución son características del
trabajo objeto del Derecho Laboral.
8. La Constitución garantiza además de derechos y libertades
fundamentales, otros derechos específicos (a sindicarse, al
trabajo …)
9. El conjunto de principios y normas que se aplican para regular
las relaciones laborales surgen de las Fuentes del Derecho
Laboral
10. Todas las fuentes tienen la misma jerarquía.
11. Una norma de rango inferior no puede contradecir a otra de
rango superior aunque si puede mejorarla.
12. Si el Estatuto regula 30 días de vacaciones, el convenio
colectivo cita 35 y el contrato 32, la persona trabajadora deberá
gozar de 35 días naturales por el principio de norma más
favorable.
13. Un contrato de trabajo puede mejorar el salario de cada uno
de los grupos o categorías del convenio colectivo.
Vamos a decir si son Verdaderas (V) o Falsas (F) estas afirmaciones:
Iniciatives Solidàries
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1. ¿Qué es un contrato de trabajo? Tipos
2. Modificación del contrato de Trabajo
3. Suspensión y extinción del contrato de trabajo.
4. La nómina
5. Autoevaluación
Cuando una persona empieza a trabajar en una empresa, se compromete a
asumir una serie de obligaciones pero también a que, por parte de la empresa, se
cumplan una serie de condiciones. Esto es algo que se pacta y que, normalmente,
viene reflejado en un contrato de trabajo.
Los tipos de contrato de trabajo dependen de las políticas de empleo. En
los últimos años, las diferentes reformas laborales han ido modificando los tipos
de contratos y las causas de su modificación.
Mundodeltrabajo
Tema 3
Iniciatives Solidàries
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Mundodeltrabajo
1. ¿Qué es un contrato de trabajo?
Un contrato de trabajo es un acuerdo voluntario entre
trabajador/a y empresario/a.
Con este acuerdo, la persona trabajadora tiene que prestar
determinados servicios a la empresa, a cambio de una retribución
(un sueldo normalmente).
Todos los contratos de trabajo tienen que recoger lo que viene
establecido en el Estatuto de Trabajadores y en los convenios colectivos. Tienen
que coger los derechos y deberes de quienes trabajan y quienes contratan.
Algunos ejemplos son:
DERECHOS DEBERES
EMPRESA
- A dirigir y organizar
- A marcar una disciplina: sanciones,
despidos, normas…
- Pagar el salario
- Dar de alta en la seguridad social
- Cumplir con las normativas de
Prevención de Riesgos laborales
PERSONA
TRABAJADORA
- Cobrar Puntualmente
- Exigir el contrato por escrito
- Descansos diarios, semanales y
vacaciones anuales
- Disfrutar de los permisos pagados
establecidos por la ley (bajas,
maternidad…)
- Formación y promoción
- No realizar horas extraordinarias que
son voluntarias
- Realizar el trabajo y prestar los
servicios pactados
- Obedecer las órdenes por parte de
la empresa siempre que no afecten
a ningún derecho de la persona
trabajadora.
- Cumplir con la jornada y los
horarios
Para poder firmar un contrato tienes que tener más de 18 años; si tienes
entre 16 y 18 años, y no tienes la emancipación, tiene que firmar alguien por ti
(padre/madre/tutor/tutora). Los menores de 16 son personas que no pueden ser
contratadas, salvo en casos muy concretos, como actores o actrices.
Hay muchas modalidades de contratos, aquí veremos los más comunes.
Normalmente los contratos se clasifican por su duración y la jornada de
trabajo.
Tema 3
Iniciatives Solidàries
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MundodeltrabajoCRITERIOS TIPOS DE CONTRATOS
POR SU
DURACIÓN
1. Contratos de duración indefinida.
2. Contratos de
duración determinada.
De obra o servicio determinado.
Eventual o por circunstancias de la
producción.
Por Interinidad.
De sustitución por anticipación de la edad de
jubilación.
POR LA
JORNADA
1. Contratos a tiempo completo.
2. Contratos a tiempo parcial.
El tipo de contrato más común entre las personas jóvenes es el de
formación. Con este tipo de contrato se pretende facilitar la inserción profesional
de personas no tituladas. Es para personas de entre 16 y 21 años sin titulación.
En todo contrato se establece un periodo de prueba. El periodo de prueba
es un espacio de tiempo cuya duración queda plasmada en el contrato y que sirve
para que la empresa pruebe que el rendimiento de la persona trabajadora sea
satisfactorio; pero también sirve para que la persona trabajadora decida si esa
empresa cumple con lo pactado y se ajusta a sus expectativas. Durante el
periodo de prueba tanto la persona trabajadora como la empresa pueden
finalizar la relación laboral sin tener que dar explicaciones ni indemnización a
nadie. La duración del periodo de prueba se establece en el Convenio Colectivo.
La duración del periodo de prueba es un aspecto que puede traer conflicto
entre representantes de las personas trabajadoras y de la empresa. Por
ejemplo, en la reforma laboral de 2012, se da el caso que para contratos
indefinidos, el periodo de prueba es de 12 meses. Algunos sectores de la
sociedad piensan que esto sólo beneficia a la empresa porque puede tener
mucho tiempo trabajando a alguien y luego despedirle (dentro de estos 12
meses) sin necesidad de pagar indemnización.
1.- ¿Qué es un contrato? Cita algunos tipos de contratación.
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Tema 3
Iniciatives Solidàries
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Mundodeltrabajo
2.- Se prohíbe la admisión en el trabajo a los menores de:
a. 17 años
b. 16 años
c. 18 años
d. 19 años
3.- El contrato a tiempo parcial es el que:
a. Se hace para los trabajos peligrosos.
b. Se hace para trabajar por turnos.
c. Se realiza para trabajar durante un número de horas al día, a la
semana, al mes…
d. Se hace solo para trabajar en verano
4.- Un contrato de trabajo es:
a. Un acuerdo de voluntades entre la empresa y la persona trabajadora
por la que se establecen obligaciones y derechos recíprocos
b. El documento que debe presentar la persona trabajadora cada mes
ante la autoridad laboral para que le deduzcan las cotizaciones a la
seguridad social.
c. Un documento único para toda la vida.
d. Lo poseen tanto quien trabaja por cuenta ajena como quien trabaja por
cuenta propia.
5.- El periodo de prueba en el contrato de trabajo que da lugar a una
indemnización:
a.- En cualquier circunstancia
b.- Siempre y cuando dure más de 15 días
c.- No da lugar a indemnización
d.- Siempre y cuando dure menos de 12 meses
6.- ¿Qué es el periodo de prueba?
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Tema 3
Iniciatives Solidàries
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Mundodeltrabajo
2. Modificación del contrato de Trabajo.
Durante un contrato de trabajo puede haber cambios. Es decir, pueden
modificarse las condiciones de una persona trabajadora. Aunque la persona
trabajadora tiene derecho a que se cumplan las circunstancias del contrato de
trabajo, a veces, pueden ser modificadas por diferentes motivos:
- MOVILIDAD FUNCIONAL (ASCENDENTE Y DESCENDENTE). A veces, las empresas
necesitan modificar las funciones y tareas de las personas que trabajan en
ella. Una persona es contratada para realizar un trabajo determinado (oficial
de segunda) pero, por determinadas circunstancias, es mejor que haga otras
cosas (peón, oficial de primera…), entonces eso supone un cambio en las
condiciones de su contrato. Así pues, la movilidad funcional se refiere al
cambio de funciones que se le proponen a la persona trabajadora: se le puede
mandar a una persona trabajadora a hacer cosas que, en principio no
corresponden con la categoría profesional que aparece en el contrato. Este
cambio puede ser:
 Ascendente: consiste en un cambio de trabajo
a una categoría superior; la persona
trabajadora tendría un sueldo mayor y la
posibilidad de quedarse en esa categoría si
pasan más de 6 meses en un año.
 Descendente: consiste en el cambio a un
puesto de trabajo de inferior categoría; sólo
por un tiempo y la persona mantendría su
salario.
- MOVILIDAD GEOGRÁFICA. Se da cuando a una persona trabajadora le cambian
de lugar de trabajo, lo que supone un cambio de residencia. Este cambio
puede deberse a razones económicas, técnicas o de organización de la
empresa.
 Desplazamiento: cuando la persona trabajadora es destinada a otro lugar
para 12 meses o menos durante 3 años. En este caso, la persona
trabajadora tiene derecho a que le paguen dietas y a un permiso de 4 días
cada 3 meses.
 Traslado: Cuando un trabajador es destinado a otro centro de
trabajo de la misma empresa definitivamente. Cuando hay un
traslado, la persona tiene derecho a que le paguen el
transporte de la familia y los costes de la mudanza.
Tema 3
Iniciatives Solidàries
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Mundodeltrabajo
- MODIFICACIONES SUSTANCIALES DE LAS CONDICIONES DE TRABAJO Se permite
a las empresas, si lo justifican por razones económicas y organizativas,
cambiar las condiciones iniciales del contrato para, con ello, mejorar la
competitividad o para ajustarse a nuevas exigencias del mercado. Puede
afectar a la jornada de trabajo, el horario, los turnos, la remuneración, el
sistema de trabajo y rendimiento…
Cualquier persona trabajadora, ante estas situaciones puede:
1. ACEPTAR
2. ACEPTAR e IMPUGNAR. Puede ser que la persona acepte y luego
cambie de parecer por problemas de adaptación. En tal caso puede acudir
al Juzgado de lo social a plantear el caso
3. NEGARSE. La negativa puede suponer la extinción de la relación
laboral, el despido. En tal caso, la persona trabajadora podrá cobrar una
indemnización.
7. -Se define como traslado:
a. Cuando a una persona trabajadora se le exigen desplazamientos
cuya duración, en un periodo de tres años, sean inferiores a 12
meses.
b. Un desplazamiento que no exija cambio de la residencia habitual.
c. Cualquier tipo de traslado o desplazamiento de la persona
trabajadora a otro centro de trabajo.
d. Cuando quien trabaja es destinado a otro centro de trabajo de la
misma empresa que exige un cambio de residencia definitivo.
8.- Jorge PM trabaja desde hace 6 años en una factoría de coches de
Valladolid. Ahora la dirección de la multinacional quiere que, temporalmente,
durante 9 meses, Jorge trabaje en la otra factoría que la misma empresa tiene
en Palencia, distante 50 km de su domicilio, para atender la producción de la
fábrica. Informa a Jorge sobre sus derechos.
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3. Suspensión y extinción del contrato de trabajo.
A. La suspensión del contrato de trabajo es la interrupción temporal de la
obligación de la persona trabajadora de prestar sus servicios y de la empresa
de remunerarlos. Es decir, el contrato sigue existiendo pero la persona
trabajadora deja de trabajar durante un tiempo y la empresa deja de pagar el
sueldo. Puede ser por:
- Causas Voluntarias
-
: huelga, mutuo acuerdo, suspensión de empleo y
sueldo, ejercicio de cargo público representativo, excedencias…
Causas Involuntarias: incapacidad temporal (enfermedad), maternidad,
paternidad, fuerza mayor temporal… (esto lo paga la seguridad social)
*La Excedencia: Es cuando la persona trabajadora pide una suspensión de
empleo por diferentes motivos. En tal caso, la persona trabajadora puede
recuperar su puesto de trabajo, aunque pueden variar sus condiciones
laborales iniciales.
Excedencia forzosa: Puede solicitarla una persona que ha sido elegida o designada por la
autoridad competente para ocupar un cargo de carácter
político…
Excedencia voluntaria: Puede solicitarla cualquier
persona que tenga un año de antigüedad en la empresa;
puede pedir la excedencia voluntaria por un plazo de
cuatro meses a cinco años.
Excedencia por cuidado de hijos: Se puede pedir para
cuidar de hijos. Su duración máxima es de 3 años desde el
nacimiento.
Excedencia por cuidado de familiares: Se solicita para el
cuidado de un familiar que no pueda valerse por sí mismo y no desempeñe actividad
retribuida. Su duración máxima es de 2 años.
B. La extinción es la anulación, finalización, interrupción definitiva de la relación
entre la persona trabajadora y la empresa: desaparece el contrato. La
extinción puede ser por:
- Causas voluntarias
-
: dimisión por parte de la persona trabajadora,
incumplimiento del/la empresario/a, despido disciplinario…
Causas involuntarias: muerte o jubilación tanto de la persona que trabaja
como de la empresaria, fuerza mayor, causas económicas…
Tema 3
Iniciatives Solidàries
-50-
MundodeltrabajoLas razones más destacadas para la extinción de un contrato son: la
dimisión y el despido:
- DIMISIÓN (baja voluntaria): cuando es la persona trabajadora la que decide
marchase de la empresa por propia voluntad. En el caso de la dimisión, la
persona trabajadora no tiene derecho a indemnización y pierde el derecho de la
prestación por desempleo. Para que se formalice la dimisión, la persona
trabajadora tiene que hacerlo dentro de un plazo de preaviso a través de una
carta; si no, se trataría de un abandono.
- DESPIDO: cuando es la empresa quien decide romper el contrato en vigor.
Cuando se da un despido, la empresa tiene la obligación de entregar un
documento a la persona trabajadora que es la CARTA DE DESPIDO y en ella se
detallaran los motivos.
Los despidos pueden ser por:
• DESPIDOS POR CAUSAS OBJETIVAS
relacionadas con la empresa
(falta de adaptación al puesto,
ineptitud, faltas justificadas de
asistencia, necesidad de
amortizar los puestos de trabajo
–despidos colectivos). En este
caso la empresa tiene que avisar
con 30 días hábiles y tiene que
indemnizar 20 días por año
trabajado.
: existe el despido porque algo impide
que la persona trabajadora aporte lo que se esperaba de ella, pero no
porque lo haga a propósito o mal, si no por circunstancias ajenas a ella y
• DESPIDOS DISCIPLINARIOS: desaparece el contrato de trabajo por voluntad
unilateral de la empresa y se basa en un incumplimiento por parte de la
persona trabajadora. Los motivos pueden ser faltas de asistencias
injustificadas, ofensas verbales o físicas, disminución de la productividad…
 Si la persona no está de acuerdo con este despido disciplinario, puede
acudir al juzgado y reclamar. Entonces podrá declararse el despido
PROCEDENTE O IMPROCEDENTE. Será procedente cuando se le dé la razón
a la empresa y será improcedente cuando no se le da la razón a la empresa.
Si resulta improcedente, pueden ocurrir dos cosas: que la persona
trabajadora vuelva a su puesto de trabajo o que se le indemnice (45 días por
año trabajado).
Tema 3
Iniciatives Solidàries
-51-
MundodeltrabajoCuando hay un despido, sea del tipo que sea, la empresa tiene que notificarlo
por escrito, con una CARTA DE DESPIDO. Además, al terminar el contrato, sea por
el motivo que sea, la empresa deberá entregar a la persona trabajadora un
documento de liquidación con las cantidades que se le deben hasta la fecha. En
este papel llamado FINIQUITO estará las cantidades que se han de liquidar:
• El salario correspondiente a los días trabajados y no cobrados del mes en curso.
• La parte proporcional de las vacaciones no disfrutadas.
• La parte proporcional que corresponda de las pagas extraordinarias.
• La indemnización por compensación, según el tipo de despido.
La firma del finiquito representa la finalización de la relación laboral y la
liquidación de todas las obligaciones pendientes. El finiquito habrá de firmarse
por ambas partes. En caso de que la persona trabajadora no esté de acuerdo con
lo fijado en el finiquito podrá no firmarlo o firmarlo haciendo constar su
desacuerdo mediante la expresión: «recibí no conforme».
Así pues, diríamos que el finiquito es el acto/documento por el cual una
persona trabajadora y una empresa confirman que una relación laboral se ha
acabado. Cuando se firma el finiquito, se hace la liquidación que es el pago de las
cantidades a las que se tiene derecho por los servicios prestados (salarios no
pagados, pagas extras, vacaciones no disfrutadas…) y que quedan pendientes al
finalizar el contrato.
9.- ¿Qué debe ocurrir cuando se extingue una relación laboral,
independientemente de la causa que la haya originado?
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10.- Clasifica como extinción o suspensión las siguientes causas de
finalización de un contrato: MUERTE, DIMISIÓN, INVALIDEZ PROVISIONAL
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Tema 3
Iniciatives Solidàries
-52-
Mundodeltrabajo
11.- Une con flechas
12.- El finiquito es:
a. La prima por desplazamiento que cobra la persona trabajadora.
b. El documento que presenta quien trabaja cada mes ante la autoridad
laboral para que le deduzcan las cotizaciones de la Seguridad Social.
c. El reconocimiento de la extinción laboral.
d. La parte proporcional de las pagas extraordinarias.
13.- La indemnización es:
a. El abono de las cantidades extras a las que se tiene derecho por la
decisión de la empresa.
b. El reconocimiento de la extinción de la relación laboral.
c. La unión de la liquidación y la indemnización.
d. La cantidad que se recibe en la compensación por la decisión de la
empresa.
1 La extinción a
Cuando es la empresa quien decide romper el contrato
en vigor
2 Dimisión b
Se trata de una cantidad que se recibe en compensación
por el despido. Se calcula según los años trabajados en
la empresa.
3 Suspensión c
Es la interrupción temporal de la obligación del
trabajador/a de prestar sus servicios y del/la
empresario/a de remunerarlos
4 Liquidación d
Es la anulación del contrato
5 Despido e
Acto por el cual una persona trabajadora y una empresa
confirman que una relación laboral se ha acabado.
6 Finiquito f
Cuando es la persona trabajadora la que decide
marchase de la empresa por propia voluntad
7 Indemnización g
Se trata del pago de las cantidades a las que se tiene
derecho por los servicios prestados
Tema 3
Iniciatives Solidàries
-53-
Mundodeltrabajo14.- La interrupción temporal de las obligaciones contractuales se
denomina:
a. Extinción del contrato de trabajo.
b. Suspensión del contrato.
c. Cuota sindical.
d. Finiquito.
15.- Explica qué diferencia hay entre un contrato laboral indefinido y uno
temporal. ¿Un trabajador con un contrato indefinido o fijo puede perder su
puesto de trabajo? Indica en qué circunstancia.
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4. La nómina
La nómina o recibo salarial es un documento que el trabajador tiene derecho a
recibir mensualmente. En cualquier nómina tienen que aparecer siempre:
1.-
• Nombre o razón social
Los datos de identificación de la empresa
• Domicilio de la empresa y/o centro de trabajo
• Código de Identificación Fiscal (CIF)
• Número de cuenta de la seguridad social
2.-
• Nombre y apellidos
Datos de identificación de la persona contratada
• Numero de Identificación Fiscal (NIF)
• Número en el Libro de Matrícula de la empresa
• Número de afiliación a la Seguridad Social
• Puesto de trabajo que ocupa el trabajador
• Categoría profesional
• Grupo de cotización al que pertenece.
Tema 3
Iniciatives Solidàries
-54-
Mundodeltrabajo3.- Periodo de liquidación: Refleja los días trabajados del mes, incluyendo los
festivos. Si la persona trabajadora pertenece a un grupo de cotización de
retribución mensual, siempre el total de días siempre será 30, aunque el mes sea
de 28, 29 o 31 días.
4.- Los devengos
- Las percepciones salariales: salario base + complementos
: Son las cantidades que la persona trabajadora recibe por el
periodo de tiempo trabajado. Aquí se incluyen:
- Las percepciones no salariales: dietas, plus distancia, transporte, etc.
El TOTAL DEVENGADO (o salario BRUTO) es la suma de todas las percepciones
que recibe la persona trabajadora.
5.- Las deducciones
- La cuota a la Seguridad Social, que se calcula aplicando % de cotización
correspondiente sobre la base de cotización.
: Son las cantidades que se restan al total devengado.
Algunas de las deducciones más comunes son:
- El pago del IRPF.
El TOTAL A DEDUCIR es la suma de todas las deducciones aplicables a la
persona trabajadora.
El LÍQUIDO TOTAL a percibir es la diferencia entre el TOTAL DEVENGADO y el
TOTAL A DEDUCIR, en definitiva, la cantidad total que recibe la persona
trabajadora. También se le llama SALARIO NETO.
* La nómina debe de ir con el sello de la empresa y la firma de la persona trabajadora. La
empresa se quedará con una copia y la persona trabajadora otra.
Una persona, nunca podrá recibir menos dinero por su
trabajo que el que se estipule en el SALARIO MÍNIMO
INTERPROFESIONAL. El SMI establece la cuantía mínima que
debe recibir una persona trabajadora en la jornada legal de
trabajo, sin distinción de sexo o edad, sean fijos, eventuales o
temporeros.
El valor que toma el SMI se fija cada año por el Gobierno, mediante la
publicación de un Real Decreto y de acuerdo con los agentes sociales (sindicatos y
empresas). Y para la determinación del mismo se tienen en cuenta factores como
el IPC, la productividad media nacional alcanzada o el incremento de la
participación del trabajo en la renta nacional. En 2012 está en: 641,40 euros al
mes/21,38 euros al día.
Tema 3
Iniciatives Solidàries
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16- Cuando en una nómina aparece en el apartado de sueldo a percibir
según convenio ¿qué quiere decir?
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17.- ¿Qué diferencia hay entre salario BRUTO y salario NETO?
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18.- ¿Cuál es la cantidad final que recibimos y que influye en nuestra
nómina?:
a. El salario bruto.
b. Los descuentos más los gastos sanitarios.
c. Los descuentos menos el IRPF y las cotizaciones.
d. Los descuentos menos el pago de la hipoteca.
19.- El salario mínimo interprofesional:
a. Se fija por el Gobierno de la nación y obliga a todas las empresas.
b. Es la nómina de una persona trabajadora veterana.
c. Lo establece cada empresa.
d. Lo regulan los sindicatos.
Tema 3
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5. Autoevaluación
V F
1 El Salario Mínimo Interprofesional es orientativo pero no obliga.
2 En la nómina aparece lo que cobras pero no lo que te deducen.
3 Los despidos siempre son objetivos.
4
Cuando te despiden en el periodo de prueba te tienen que pagar una
indemnización.
5 Sólo hay un tipo de contrato de trabajo.
6
Los contratos de trabajo nunca pueden modificar sus condiciones, son
inamovibles.
7
El finiquito es un papel en donde se especifica las condiciones de
finalización del trabajo y la liquidación económica.
8 Todos los despidos tienen asociada una indemnización.
9
La Excedencia voluntaria se puede coger si llevas un año trabajando en
la misma empresa.
10 SALARIO NETO= SALARIO DEVENGADO - DEDUCCIONES
Vamos a decir si son Verdaderas (V) o Falsas (F) estas afirmaciones:
Iniciatives Solidàries
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1. ¿Qué es un sindicato?
2. La negociación colectiva
3. El Derecho a la huelga
4. Sindicatos en la empresa y en el mundo
5. Autoevaluación
Un sindicato es una organización creada para la defensa y promoción de los
intereses sociales, económicos y profesionales de las personas trabajadoras.
Los sindicatos protagonizan la negociación colectiva con las empresas y la
administración pública.
Una herramienta fundamental de lucha y presión sindical es la HUELGA, si
bien diariamente hay personas implicadas en el movimiento sindical en las
empresas.
Mundodeltrabajo
Tema 4
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-58-
Mundodeltrabajo1. ¿Qué es un sindicato?
Un sindicato es una asociación de trabajadores y trabajadoras para la
defensa de sus intereses comunes: económicos y sociales.
En el artículo 7 de la Constitución Española se dice: “Los sindicatos de
trabajadores y las asociaciones empresariales contribuyen a la defensa y
promoción de los intereses económicos y sociales que les son propios…”
Los sindicatos nacieron como sociedades de ayuda mutua entre quienes
trabajan para la industria inglesa durante el siglo XIX. En España la tradición
sindical arranca con la CNT (CONFEDERACIÓN NACIONAL DEL TRABAJO) y con la
UGT (UNIÓN GENERAL DE TRABAJADORES).
Tras la Guerra Civil (1936/1939), durante la dictadura, se disolvieron los
sindicatos, fueron confiscadas sus posesiones y sus militantes fueron
perseguidos, encarcelados y fusilados. Se prohibieron los derechos de huelga, de
libertad de expresión, reunión y manifestación. Al mismo tiempo se crearon los
SINDICATOS VERTICALES, a los que todo el mundo tenía que afiliarse
obligatoriamente. Estos sindicatos Verticales, creados por Franco, existieron
hasta 1977.
Un SINDICATO VERTICAL es un sindicato único,
controlado por el poder político y los poderes
económicos. En este caso, personas trabajadoras y
empresas forman parte de una misma organización. Es
el sindicato de la dictadura. Por otra parte, están los
SINDICATOS DE CLASE, que son los que defienden los
intereses globales de las personas trabajadoras. Son los
sindicatos de la democracia, los que existen
actualmente.
Actualmente, uno de los principios jurídicos fundamentales en que se basa
el actual sistema de relaciones laborales en España es el contenido en el artículo
28.1 de la Constitución Española de 1978, el cual reconoce el derecho a la libertad
sindical como un derecho fundamental de todos a sindicarse libremente.
Todas las personas trabajadoras por cuenta ajena y por cuenta propia
tienen derecho a pertenecer a un sindicato; exceptuando los miembros de las
Fuerzas e Institutos Armados de carácter militar, así como los jueces,
magistrados y fiscales, mientras se hallen en activo.
Tema 4
Iniciatives Solidàries
-59-
MundodeltrabajoLos principales sindicatos actualmente son:
- UGT: Unión General de Trabajadores. Fundada en 1888
- CC.OO: Comisiones Obreras. Creado en 1958
- USO: Unión Sindical Obrera. Fundada en 1960
- CSIF: Confederación de Sindicatos Independientes de Funcionarios
- CGT: Confederación General del Trabajo. Fundada en 1911.
Por parte de las empresas está la CEOE es la Confederación Española de
Organizaciones Empresariales. Aglutina a cerca de un millón de empresas,
públicas y privadas, de todos los sectores. Representa a las empresas cuando
tiene que relacionarse con la Administración Pública, con los sindicatos…
1.- La Constitución Española dice que los sindicatos se encargan de:
a. La defensa y promoción de los puestos de trabajo.
b. La defensa de los intereses económicos de las personas trabajadoras.
c. La defensa de los intereses económicos y sociales de trabajadores/as.
d. Cuantos intereses consideren propios las personas trabajadoras.
2.- Los sindicatos verticales son:
a. Los propios de la democracia
b. Los propios de la dictadura
c. El resultado de una confederación de sindicatos
d. Ninguno de ellos
3.- ¿Qué es un sindicato? Cita dos ejemplos
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Tema 4
Iniciatives Solidàries
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Mundodeltrabajo4.- ¿Cuál de los siguientes grupos no goza de libertad sindical?
a. Los miembros de Fuerzas o Institutos Armados.
b. Los autónomos.
c. Los estudiantes.
d. Los controladores aéreos.
5.- Los sindicatos son agrupaciones formadas para defender:
a. Los intereses del SERVEF.
b. A la mujer y a los jóvenes.
c. Los intereses económicos y sociales de trabajadores y trabajadoras.
d. Los intereses de la banca.
6.- Di qué significan estas siglas:
UGT:
CC.OO:
CSIF:
CGT:
CEOE:
2. La negociación colectiva
La negociación colectiva laboral es un instrumento para dialogar y acordar
criterios sobre las condiciones de trabajo de empresarios/as y trabajadores/as.
Por medio de las negociaciones, representantes de las personas trabajadoras y
de las empresas fijan de mutuo acuerdo las condiciones del trabajo en diferentes
temas:
- Higiene y seguridad, el ambiente en el trabajo.
- Organización y Jerarquía (normas, tareas…).
- Duración del trabajo (jornada semanal, horarios…).
- Sistemas de remuneración.
- Formación profesional, formación continua…
- Entorno de la empresa (alojamiento, transporte…).
La negociación colectiva siempre se ha visto como un medio de acción
sindical, aunque actualmente, la empresa también se beneficia de esta acción.
Tema 4
Iniciatives Solidàries
-61-
Mundodeltrabajo
Las centrales sindicales, las asociaciones de empresas y el gobierno
suelen firmar una serie de pactos políticos que afectan a la vida social, económica
y laboral de la nación. Un ejemplo es el acuerdo Tripartito para la Formación
Continua.
Otro ejemplo bastante actual de la negociación colectiva son todas las
políticas de empleo ante la crisis y las posibles soluciones, generales y
particulares. Por ejemplo, los ERE.
Un ERE es un EXPEDIENTE DE REGULACIÓN DE EMPLEO. Se trata de un
procedimiento mediante el cual una empresa en crisis obtiene autorización para
suspender o despedir trabajadores y trabajadoras. Cuando se tramita un ERE se
pretende que las empresas en crisis “no se ahoguen más” y que las personas que
trabajan en empresas en crisis puedan cobrar la indemnización por despido y
tramitar los papeles del paro.
Un ERE puede ser por:
oDespido colectivo o suspensión en base a causas económicas, técnicas,
organizativas o de producción.
oExtinción de la relación laboral por desaparición de la personalidad jurídica
del contratante (desaparece la empresa)
oSuspensión o extinción de la relación laboral por fuerza mayor (incendio)
Los ERES los solicitan normalmente las empresas cuando no pueden
soportar la situación de tener tantas personas trabajando. Aunque, puede darse
el caso de que lo soliciten los sindicatos.
Si el expediente se solicita por causas de fuerza mayor, basta con informar a
los representantes legales de las personas trabajadoras y esperar la resolución
de la Autoridad Laboral. En el resto de casos, se abre un período de consultas y
de negociación entre empresa y trabajadores/as. Si no se llega a un acuerdo, la
Autoridad Laboral decide si se acepta o no la regulación de empleo.
Cuando la empresa propone un ERE cada
trabajador tiene derecho a recibir una indemnización
de 20 días por año trabajado, con un máximo de 12
mensualidades. Sin embargo, se puede optar por
encontrar una salida más armoniosa: que las personas
trabajen una parte de la jornada y el resto lo cobren del
paro, por ejemplo.
Tema 4
Iniciatives Solidàries
-62-
MundodeltrabajoEn el caso de que la empresa haga un despido por causas objetivas
(económicas, técnicas, organizativas o productivas), el 40% de la indemnización
del trabajador correrá a cargo del FOGASA: FONDO DE GARANTÍA SALARIAL.
El FOGASA es un organismo que depende del Ministerio de Trabajo y que
garantiza que las personas trabajadoras puedan cobrar parte de sus salarios,
indemnizaciones por despido o pagos pendientes cuando la empresa con la que
han finalizado su relación laboral se declare insolvente.
El dinero del FOGASA, que es un organismo público, sale de:
• Las cotizaciones de las empresas tanto públicas como privadas.
• Las cantidades obtenidas por subrogación, puesto que el FOGASA
asume las acciones que corresponden a “denunciar y solicitar las
indemnizaciones de la empresa”.
• Por las rentas o frutos del patrimonio del Fondo de Garantía Salarial
o del Patrimonio del Estado adscrito al Fondo.
• Por otras aportaciones que estén previstas en las leyes.
7.- ¿Qué es un ERE?
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8.- ¿Qué es la negociación colectiva?:
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Tema 4
Iniciatives Solidàries
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Mundodeltrabajo3. Derecho a la Huelga
En España, el derecho a la huelga viene en la Constitución (art. 28.2. Según
la Organización Internacional del Trabajo (OIT), el derecho de huelga es uno de
los medios legítimos fundamentales de que disponen los trabajadores y sus
organizaciones, los sindicatos, para defender sus intereses económicos y
sociales. Sobre todo, se da cuando las empresas o los gobiernos sobrepasan
límites: no se respeta la negociación colectiva, se recortan los derechos
laborales, se disminuye la inversión social…
Una huelga se da cuando, consciente y coordinadamente, la mayoría de
personas trabajadoras, interrumpen, suspenden su actividad laboral para
presionar a las empresas con el fin de alcanzar mayores sueldos, menor carga
laboral u otras reivindicaciones.
Quienes convocan la huelga deben avisar, con antelación, la declaración de
la huelga a las empresas afectadas y a la autoridad laboral. Este preaviso debe
ser notificado por escrito por parte de los representantes de las personas
trabajadoras con una antelación mínima de 5 días a la fecha de la convocatoria.
Cuando la huelga es de ámbito nacional, como es el
caso de la huelga general, es suficiente con realizar
un preaviso a los órganos centrales del Ministerio de
Trabajo y a las Comunidades, así como a las
asociaciones más representativas de las empresas.
Las repercusiones de una huelga son de efecto inmediato y bilateral, ya
que las empresas sufren pérdidas de ingresos y de competitividad y quien
secunda la huelga no cobra el sueldo de ese día ni cotiza en la Seguridad Social.
Términos relacionados:
1. Esquirol: popularmente se utiliza para llamar a quien se niega a hacer
huelga. Tiene un sentido despectivo.
2. Piquete: grupo de huelguistas que intentan que los demás hagan huelga,
presionando al resto de personas, pacíficamente o no. A los piquetes
pacíficos se les suele denominar piquetes informativos.
3. Servicios mínimos: se entiende que son los servicios esenciales necesarios
para que, en caso de huelga, la vida de las personas y de la propia
comunidad pueda estar atendida (ámbito sanitario, por ejemplo). Los
proponen los sindicatos pero el Gobierno puede aumentarlo si lo ve
oportuno. Normalmente son motivos de conflicto, por ejemplo, cuando se
establecen los servicios mínimos de transporte.
Tema 4
Iniciatives Solidàries
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Mundodeltrabajo9.- Dime lo que sepas del Derecho a la huelga
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4. Sindicatos en la empresa y en el mundo
Puede existir representación de personas trabajadoras en una empresa
para poder negociar las condiciones laborales de quienes trabajan en dicha
empresa. La representación de las personas trabajadoras se realiza por el
sistema de elecciones sindicales.
El Comité de Empresa está integrado por personas trabajadoras elegidas
libremente por sus compañeros y compañeras de trabajo. A estas personas se les
llama "delegados/as del personal" o “representantes sindicales” en la empresa.
Desempeñan un papel esencial en la organización sindical, tanto porque son
quienes están en contacto directo con el resto de personas trabajadoras, como
porque están ubicados en el interior de las empresas con pleno conocimiento del
proceso productivo.
Según el número de gente trabajadora, en la empresa puede haber:
- Delegados/as de personal: cuando los centros de trabajo tienes de 10 a 50
trabajadores/as pueden tener personas que les representen. En las
empresas de 30 personas trabajadoras, pueden tener 1 delegado; de 31 a
49 personas trabajando, 2 delegados.
- Comité de empresa: en empresas de más de 50 personas empleadas
puede haber un comité de empresa compuesto por diferentes miembros..
De 50 a 100 personas trabajadoras  5 miembros
De 101 a 250 personas trabajadoras  9 miembros
De 251 a 500 personas trabajadoras  13 miembros
De 501 a 750 personas trabajadoras  17 miembros
De 751 a 1.000 personas trabajadoras  21 miembros
De más de 1000  hasta un máximo de 75 miembros
* También puede haber delegados/as de sección en empresas de más de 250
personas trabajadoras.
Tema 4
Iniciatives Solidàries
-65-
MundodeltrabajoLas personas que ejercen como delegados/as o representantes del comité
de empresa tienen una serie de competencias:
- COMPETENCIAS DE INFORMACIÓN: Recibir información por parte de la
empresa sobre la situación de la producción y las ventas, sobre la
evolución del empleo en la propia empresa…
- COMPETENCIAS DE VIGILANCIA Y CONTROL: Vigilan que en la empresa se
cumpla con las normas laborales y seguridad social.
- COMPETENCIAS DE GESTIÓN Y COLABORACIÓN: Colaboran en las medidas
que pone en práctica la empresa para favorecer la situación de las
personas trabajadoras.
- COMPETENCIA DE NEGOCIACIÓN Y CONFLCITO: Negociación de convenios,
reparto de turnos, horas extras, huelgas…
Las garantías de las personas que ejercen como delegados/as o
representantes del comité de empresa son:
- Prioridad de permanencia en la
empresa en caso de suspensión o
extinción por causas económicas o
tecnológicas.
- No recibir sanciones por ejercer como
representante de trabajadores/as.
- Expresarse libremente.
- Disponer de horario para desarrollar
sus funciones de representación.
10.- En una empresa con 80 personas trabajadoras, tendrán representación
por:
a. La empresa
b. 2 personas libreadas sindicales.
c. Un comité de empresa formado por 5 componentes.
d. Alguien delegado del SERVEF.
11.- En una empresa con 150 personas trabajadoras, estarán
representadas por:
a. La empresa.
b. Un comité de empresa formado por 9 componentes.
c. Un comité de empresa formado por 5 componentes.
d. Un delegado del SERVEF.
Tema 4
Iniciatives Solidàries
-66-
Mundodeltrabajo
12.- En una empresa con 600 personas trabajadoras, estarán
representados por:
a. La empresa.
b. Un comité de empresa formado por 9 componentes.
c. Un comité de empresa formado por 17 componentes.
d. Un delegado del SERVEF.
13.- Explica que es un comité de empresa:
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14.- Las elecciones sindicales en la empresa son promovidas por:
a) Representantes de la directiva empresarial.
b) Personas que trabajan en el centro por acuerdo mayoritario,
delegados/as de personal y comités de empresa o las organizaciones
sindicales representativas.
c) El gobierno
d) Los jurados de empresas
Los sindicatos, además de prestar una serie de servicios a las personas
afiliadas, también están para promover derechos de la ciudadanía. En muchas
ocasiones es precisa una coordinación internacional en este sentido.
Algunas organizaciones internacionales son: CES (Confederación Europea
de Sindicatos) y CIOLS (Confederación Internacional de Organizaciones Sindicales
Libres).
Algunas de las propuestas a nivel internacional tienen que ver con:
Tema 4
Iniciatives Solidàries
-67-
Mundodeltrabajo- Reformar instituciones económicas y comerciales de ámbito internacional
(FMI, Banco Mundial…) para que la economía esté al servicio de las
personas y no de las grandes empresas.
- Articular mecanismos para que se garantice el respeto de los derechos
fundamentales en todo el mundo.
- Abolición de la deuda externa de los países del sur.
- Promover el comercio justo.
- Luchar contra la explotación laboral infantil.
5. Autoevaluación
V F
1 Los sindicatos verticales son propios de la democracia.
2 UGT: UNIÓN GENERAL DE TRABAJADORES.
3 CCOO: COMISIONES OPERERAS
4
Los sindicatos defienden los derechos sociales y laborales
de las personas trabajadoras.
5 Hacer huelga es un delito porque perjudica a las empresas.
6
La huelga sólo hace peder poder adquisitivo a las empresas,
pero no a las personas trabajadoras que las secundan.
7
El Comité de Empresa lo forman diferentes personas que
son “delegados o delegadas sindicales”.
8 Un ERE es un EXPEDIENTE DE REGULACIÓN DE EMPLEO.
9
El FOGASA – Fondo de Garantía Salarial, paga parte del
dinero que la empresa en crisis que nos ha despedido no
puede pagar.
10 Hay movilizaciones sindicales a nivel europeo.
Vamos a decir si son Verdaderas (V) o Falsas (F) estas afirmaciones:
Tema 4
Iniciatives Solidàries
-68-
Mundodeltrabajo
Iniciatives Solidàries
-69-
1. El mercado laboral en España
2. La Seguridad Social en España
3. Financiación de la Seguridad Social
4. Principales Prestaciones de la Seguridad Social
5. Autoevaluación
En España, hasta ahora, el sistema socioeconómico vinculante es el
ESTADO DE BIENESTAR. El gobierno se encarga que las personas que residan en
España puedan tener acceso a la sanidad, la educación, los servicios sociales… de
forma gratuita e igualitaria. Para que el Estado de Bienestar se sostenga es
importante que las personas que trabajan, las empresas y las personas que
poseen fortunas, aporten dinero a las arcas públicas, a través de impuestos y
cotizaciones a la seguridad social.
Mundodeltrabajo
Tema 5
Iniciatives Solidàries
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Mundodeltrabajo1. El Mercado Laboral en España
A mediados del siglo XX, se consiguen la mayoría de libertades políticas,
sociales y laborales (derecho a un salario digno, vacaciones, prestaciones,
sanidad, jubilación…). Las sociedades en donde están en vigor todos estos
derechos se relacionan con el ESTADO DE BIENESTAR.
El Estado de Bienestar es un modelo de organización social y política
que se desarrolla en Europa y que garantiza a los ciudadanos que sus
necesidades básicas estén cubiertas. En los países donde funciona el
estado de Bienestar Social, las personas pueden recibir educación de
forma gratuita, pueden recibir asistencia sanitaria de forma gratuita,
quienes se quedan sin trabajo pueden cobrar subsidios…
En estos casos, el Estado (el gobierno) apuesta por que puedan existir libertades
políticas (libertad de expresión, de partidos políticos…) y derechos sociales
(derecho a la educación y a la asistencia sanitaria gratuitas…).
Así pues, con el Estado de Bienestar se busca una
vida digna para todas las personas, tanto en derechos
políticos como económicos y sociales: derecho a salario
digno, vacaciones, derecho a educación y sanidad
universales, prestaciones por jubilación y desempleo,
derecho a vivienda digna…
Actualmente, las sociedades del Bienestar están entrando en crisis: hay
quien piensa que es necesario que el estado intervenga para ayudar a quien
menos tiene y hay quien piensa que, tal y como están las cosas, cada cual tiene
que pensar en lo suyo.
1.- ¿Qué mejoras introdujo el Estado de Bienestar y qué repercusiones tuvo
para la ciudadanía?
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Tema 5
Iniciatives Solidàries
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Mundodeltrabajo
Uno de los motivos por los que se
pone en duda el Estado de Bienestar Social
es que, cada vez, hay menos personas
trabajando y más gastos por parte del
estado. El mercado laboral es donde se
produce la interacción entre la oferta y la
demanda de trabajo, donde se establecen
las contrataciones, los índices de empleo, el
paro, la productividad de las empresas, los
yacimientos de empleo…
Dentro del mercado laboral hay dos elementos claros: LAS EMPRESAS y
LAS PERSONAS QUE TRABAJAN. Según la relación que se establece entre estos
dos elementos y las normativas del derecho laboral, hablamos de:
- POBLACIÓN EN EDAD DE TRABAJAR: las personas mayores de 16 años
- POBLACIÓN ACTIVA: las personas que trabajan y las personas que
quieren trabajar y buscan trabajo
o Población ocupada: la que desarrolla un trabajo, ya sea por
cuenta ajena (en una empresa o en la administración pública) o
por cuenta propia (en su propia empresa)
o Población desempleada: son las personas que tienen capacidad y
voluntad de trabajar pero no están trabajando, o porque buscan
su primer empleo o porque han perdido el trabajo en el que
estaban.
- POBLACIÓN INACTIVA: las personas que, aún teniendo edad de trabajar,
no pertenecen al grupo de población activa porque son personas
jubiladas, amas de casa, estudiantes, personas con discapacidad que no
pueden desarrollar ningún trabajo.
2.- Escribe cada término donde corresponda:
POBLACIÓN EN EDAD DE TRABAJAR, POBLACIÓN DESEMPLEADA, POBLACIÓN
OCUPADA, POBLACIÓN ACTIVA, POBLACIÓN INACTIVA,
A. El conjunto de personas mayores de 16 
B. Aquella población que desarrolla un trabajo 
C. Aquellas personas con capacidad de trabajar pero que ahora no disponen de
empleo y lo buscan activamente 
D.Personas jubiladas, amas de casa, estudiantes, personas con discapacidad que
no pueden desarrollar ningún trabajo…
E. Personas que están trabajando o buscando empleo 
Tema 5
Iniciatives Solidàries
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Mundodeltrabajo
Como el mercado laboral funciona a través de las relaciones entre la oferta
y la demanda, cuando hay ofertas por parte de las empresas la población ocupada
será mayor que la desempleada; si las empresas entraran en crisis, la población
desempleada sería mayor.
EL DESEMPLEO se define como la tasa de personas que estando dentro de
la población activa, buscan trabajo y no encuentran. Es uno de los mayores
desequilibrios que pueden darse en el mercado laboral.
En enero de 2012, en España, la tasa de desempleo ha sido del 22,9 %,
suponiendo un total de 4.599.829 personas que, queriendo trabajar, no trabajan.
En la Comunidad Valenciana, la tasa de desempleo es de un 24,4%, suponiendo un
total de 617.300 personas. Una de cada 4 personas quiere trabajar y no encuentra
empleo en la Comunidad Valenciana.
En ocasiones, podemos distinguir entre
PARO ESTACIONAL (el que se produce como
consecuencia de las vacaciones o porque son
trabajos sólo de temporada) y PARO
ESTRUCTURAL (que se produce por la forma en
como se organiza el mercado de trabajo. El
problema en época de crisis es que el paro
estacional, se convierta en estructural y cueste
mucho mejorar las cifras de desempleo.
2. La Seguridad Social en España
En España las movilizaciones obreras y reformistas se dieron hacia 1.900.
En esa época se regularon los accidentes de trabajo, el trabajo de las mujeres y
los menores, se creó la inspección de trabajo, se gestionaron los primeros
seguros para la vejez, de maternidad, de enfermedades…
Con la dictadura (1939-1975) la cosa se paraliza, aunque se consiguen
logros como el seguro de desempleo.
En 1974 se aprueba el Texto Refundido de la Ley General e la Seguridad
Social que es fundamental para conseguir los derechos que tenemos ahora.
En 1977 se acuerdan LOS PACTOS DE LA MONCLOA entre los partidos
políticos y el gobierno para mejorar la Seguridad Social. Estos pactos fueron
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  • 1.
  • 2. Formación para Personas Adultas - Graduado en Educación Secundaria - MUNDO DEL TRABAJO Amaia Prieto Marín Equipo Psicopedagógico: Belinda del Camino Moreno Poré, Joan Lluís Pérez i García, Laura Mollà Cambra, Óscar Serrano Gallego, Ximo Vila Vilanova.
  • 3. 1º Edición: Junio 2012 Titulo: Mundo del Trabajo Autor: Amaia Prieto Marín Equipo psicopedagógico: Belinda del Camino Moreno Poré, Joan Lluís Pérez i García, Laura Mollà Cambra, Óscar Serrano Gallego, Ximo Vila Vilanova. Edita: Iniciatives Solidàries. C/ J.A. Valero de Palma, 2-Bajo. 46018-Valencia. Ilustración y maquetación de portada: malaGe (Laura Granell Jiménez y Mara Pastor Granell). Imprenta: Tecnigrafic C/ Cuenca, 138. 46007-Valencia. Depósito Legal: V-1768-2012 Licencia de Creative Commons. Se permite copiar, distribuir y comunicar públicamente la obra. Colabora: Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
  • 4. Iniciatives Solidàries -5- Te presentamos el material educativo de Mundo del Trabajo del Programa de Formación Básica de la asociación sin ánimo de lucro Iniciatives Solidàries que interviene contribuyendo al bienestar social de la comunidad previniendo situaciones de exclusión social mediante la formación integral de las personas. Iniciatives Solidàries fue galardonada en el año 2010 por el Ministerio de Educación con el Primer premio Miguel Hernández (dirigido a reconocer la importancia que debe darse a la eliminación de las desigualdades ante la educación y a la supresión de las discriminaciones de los grupos desfavorecidos ante la formación básica); además, en el año 2011 fue candidatura española a los premios internacionales de Alfabetización de la Unesco. En este libro puedes encontrar las orientaciones y los contenidos necesarios para preparar esta asignatura del Graduado en Educación Secundaria en Formación para Personas Adultas a través de las Pruebas Libres realizadas en la Comunidad Valenciana. Los contenidos de esta asignatura están relacionados con la idea de que el trabajo es una forma de participación ciudadana que ha evolucionado y evoluciona continuamente. Por eso adquiriremos competencias básicas y necesarias para entender nuestro mundo desde la perspectiva de personas ciudadanas que trabajamos o buscamos trabajo, personas que tenemos derechos y deberes, que formamos parte de un entramado de servicios y bienes de consumo. Mundo del trabajo es una materia muy dinámica y está muy vinculada con las cosas que pasan en la sociedad en la que vivimos, lo que está pasando ahora. Por ello, “estar al día” es fundamental para entender la asignatura y consolidar los contenidos. Este material es el resultado de más de 15 años de experiencias educativas desarrolladas por Iniciatives Solidàries en la educación para personas adultas y surge como herramienta didáctica, tanto para el alumnado que prepara sus estudios, como para el profesorado que orienta esta materia. Esperamos que os sea de utilidad. Desde aquí queremos agradecer los años esfuerzo y dedicación de todas aquellas personas que lo han hecho posible: profesionales, voluntariado, estudiantes en prácticas y alumnado. Sin todos/as vosotros/as no hubiésemos llegado hasta aquí. El equipo educativo
  • 5. Iniciatives Solidàries -6- GUÍA DIDÁCTICA ………………………………………………………………………………………………..página 9 TEMARIO ……………………………………………………………………………………………..página 15 Tema 1: Trabajo y participación social 1. El concepto de trabajo 2. El trabajo en la historia 3. El trabajo desde el enfoque político 4. Autoevaluación ………………………………………………………………………………………..……... página 17 Tema 2: Trabajo y derecho laboral 1. El Derecho Laboral 2. Fuentes del Derecho del Trabajo 3. La jerarquía en las normas jurídicas 4. El Estatuto de los Trabajadores y Trabajadoras 5. Negociación y Convenios Colectivos 6. Autoevaluación …………………………………………………………………………………………..….. página 29 Tema 3: Trabajo y la relación laboral 1. ¿Qué es un contrato de trabajo? Tipos 2. Modificación del contrato de Trabajo 3. Suspensión y extinción del contrato de trabajo. 4. La nómina 5. Autoevaluación ……………………………………………………………………………………….…….. página 43 Tema 4: Trabajo y representación sindical 1. ¿Qué es un sindicato? 2. La negociación colectiva 3. El Derecho a la huelga 4. Sindicatos en la empresa y en el mundo 5. Autoevaluación ……………………………………………………………………………………………….. página 57 Tema 5: Trabajo, mercado y seguridad social 1. El mercado laboral en España 2. La Seguridad Social en España 3. Financiación de la Seguridad Social 4. Principales Prestaciones de la Seguridad Social 5. Autoevaluación ………………………………………………………………………………..……………....página 69
  • 6. Iniciatives Solidàries -7- Tema 6: Trabajo y economía 1. El proceso productivo 2. La economía en nuestra sociedad 3. El sistema de la Economía de Mercado 4. El Mercado y la Competencia 5. Macroeconomía y Microeconomía 6. Economía Sumergida 7. Autoevaluación …………………………………………………………………………………………….......página 81 Tema 7: Trabajo, formación e inserción laboral 1. División del trabajo 2. Nuevas exigencias personales 3. Oferta Formativa 4. Para buscar trabajo 5. Autoempleo 6. Autoevaluación ………………………………………………………………………………………….……..página 95 Tema 8: Trabajo y mujer, discriminación positiva 1. Igualdad y discriminación 2. Historia de la lucha por el fin de la discriminación 3. La participación de la mujer 4. Autoevaluación …………………………………………………………………………………………...... página 113 Tema 9: trabajo y salud laboral 1. El derecho a la salud laboral 2. Riesgos y daños profesionales 3. Organizar la prevención 4. Obligaciones y Responsabilidades de la empresa 5. Cosas que pueden pasar 6. El ocio – necesario para la salud laboral 7. Autoevaluación …………………………………………………………………………………………….. página 121 Tema 10: Trabajo y formas de consumo 1. El trabajo actualmente 2. El consumo y el consumismo 3. Consumo Responsable y Desarrollo sostenible 4. Derecho de las personas consumidoras 5. Autoevaluación ………………………………………………………………………………….…..…….. página 133 Solucionarios …………………………………………………………………………………….…….... página 147
  • 8. Iniciatives Solidàries -9- 1. ¿Cómo preparar la asignatura? 2. ¿Con qué materiales cuento? 3. ¿Cómo me organizo con el tiempo? 4. ¿Cómo preparar el examen? Mundodeltrabajo
  • 9. GUÍA DIDÁCTICA Iniciatives Solidàries -10- Mundodeltrabajo 1. ¿Cómo preparar la asignatura? Los contenidos recogidos en la asignatura de Mundo del Trabajo están actualizados y totalmente relacionados con los exámenes de pruebas libres de los últimos 10 años. Para preparar la asignatura es muy importante conocer bien el temario. Cada tema incluye conceptos que nos permitirán entender cómo se organiza la sociedad en la que vivimos y cuál es el papel de las personas como parte de la ciudadanía. En casi todos los temas habrá conceptos que te suenen o reconozcas (sindicatos, contrato de trabajo, finiquito, globalización…) porque esta asignatura está muy en contacto con nuestra realidad económica, social y laboral. De hecho, casi siempre, los exámenes recogen preguntas sobre temas actualidad, por eso es fundamental que estemos al tanto de la noticias, ya sea por tele, radio o internet… Para aprobar el examen es muy importante: 1.- Entender qué es el Estado de Bienestar y cómo hemos llegado a tener este sistema sociopolítico; también es importante saber en qué momento está actualmente y cómo influye en el sistema de la Seguridad Social y en el Sistema Económico. 2.- Conocer los derechos y deberes que tenemos como personas, y estar al tanto de la forma de ejercitarlos (derecho laboral, prevención de riesgos laborales, sindicatos…) 3.- Saber que vivimos en un entorno de consumo en el que las desigualdades sociales son cada vez más grandes y en las que, como personas trabajadoras, también podemos influir. 4.- Estar al corriente de las exigencias del mercado laboral, de las vías de formación y capacitación que existen.
  • 10. GUÍA DIDÁCTICA Iniciatives Solidàries -11- Mundodeltrabajo 2. ¿Con qué materiales cuento? Los materiales para preparar la asignatura de Mundo del Trabajo han sido preparados por el profesorado de Iniciatives Solidàries, partiendo de las directrices y recomendaciones de la Consellería de Educación. Si bien, todos los años se renuevan para incorporar las novedades derivadas de los exámenes de las convocatorias de junio y octubre y las aportaciones del alumnado. 2.1 APUNTES En los apuntes encontrarás los contenidos y actividades necesarias para ir aprendiendo conceptos. La asignatura de MUNDO DEL TRABAJO se organiza en 10 temas. Cada uno incluye: una primera página con índice y un resumen introductorio del tema. diferentes apartados con la explicación de contenidos teóricos y actividades prácticas y ejercicios que refuerzan lo que vamos aprendiendo. Todos los ejercicios y actividades, aparecen en un marco como éste: Y, cuando hay alguna actividad o contenido que haya salido en exámenes de Pruebas Libres, estará este símbolo: al final del tema habrá un espacio para la autoevaluación marcado con este símbolo
  • 11. GUÍA DIDÁCTICA Iniciatives Solidàries -12- Mundodeltrabajo2.2 GUÍA DE REPASO Se trata de un dossier que recoge las preguntas que han aparecido en exámenes anteriores y el material teórico necesario para contestar adecuadamente las preguntas. Es un buen instrumento para repasar de cara a los exámenes en junio y octubre. 2.3 AULA VIRTUAL – BLOG DE LA ASIGNATURA Aquí, podrás encontrar un espacio interactivo con todos los temas relacionados con la asignatura y, además, una biblioteca virtual, videos, diapositivas, curiosidades, mapas, juegos y enlaces relacionados que te ayudarán a preparar mejor la materia y los exámenes. 3. ¿Cómo me organizo con el tiempo? *La fecha del examen de junio se sabrá en abril, pero normalmente es el primer viernes de junio. *En febrero es conveniente hacer una prueba orientativa para conocer el nivel de asimilación de contenidos. TEMA 1: TRABAJO Y PARTICIPACIÓN SOCIAL 2 SESIONES TEMA 2: TRABAJO Y DERECHO LABORAL 2 SESIONES TEMA 3: EL CONTRATO DE TRABAJO 2 SESIONES TEMA 4: LOS SINDICATOS 2 SESIONES TEMA 5: TRABAJO Y ECONOMIA 2 SESIONES TEMA 6: MERCADO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL 2 SESIONES TEMA 7: TRABAJO Y MUJER 2 SESIONES TEMA 8: DIVISIÓN DEL TRABAJO, FORMACIÓN E INSERCIÓN LABORAL 2 SESIONES TEMA 9: EL DERECHO A LA SALUD LABORAL 2 SESIONES TEMA 10: TRABAJO Y CONSUMO 2 SESIONES REPASO 4 SESIONES
  • 12. GUÍA DIDÁCTICA Iniciatives Solidàries -13- Mundodeltrabajo 4. ¿Cómo preparar el examen?: Los exámenes tienen cuatro partes diferenciadas: 1.- Preguntas de selección de alternativas: normalmente la primera pregunta contiene 6 preguntitas que se contestan por alternativas (a, b, c, d) relacionadas con fechas, conceptos, definiciones. Suele haber cuatro alternativas, de las cuales 2 suelen ser muy fáciles de descartar. Cada pregunta vale 0,5, por lo que si las resuelves todas bien son 3 puntos. 2.- Preguntas teóricas de desarrollo: normalmente son unas 4 preguntas relacionadas con la definición de conceptos o la relación de ideas. Cada una puede valer 1. La recomendación es que siempre escribamos algo. 3.- Casos Prácticos: Suelen poner un caso práctico y es muy importante, todo indica que se puntúa hasta con 2 puntos. Así pues es muy importante que lo leas tranquilamente y que escribas sobre él. 4.- Siglas para decir lo que significan: Es la última pregunta del examen. Ponen 4 formadas por siglas y tienes que decir qué significan (por ejemplo, SERVEF – Servicio Valenciano de Empleo y Formación). Todo indica que esta pregunta vale 1 punto. Antes del examen Has de preparar correctamente la asignatura, primero mediante lectura comprensiva del tema y memorización de los conceptos marcados como importantes. Hacer las actividades te puede ayudar a ello y, sobre todo, hacer la GUÍA DE REPASO. : 1. Antes de empezar pega una leída general a todo el examen y comienza por las que mejor te sepas. En el examen: 2. Es importante leer bien todos los enunciados para saber concretamente qué es lo que nos piden. Así evitaremos dejamos cosas sin contestar porque no hemos leído bien la pregunta. 3. Ten en cuenta que las preguntas de alternativas no descuentan en la puntuación final, así que contéstalas todas 4. Con las preguntas de alternativas bien contestadas obtendrías 3 puntos, pero no el aprobado, así que esmérate en las de desarrollo.
  • 13. GUÍA DIDÁCTICA Iniciatives Solidàries -14- Mundodeltrabajo5. Intenta no dejarte ninguna pregunta en blanco, ya que da la impresión de no haber estudiado nada o de haberse esforzado poco en el examen. Piensa que si te quedas con un 4.5 de nota, cuando intenten ver si puedes aprobar, de las zonas en blanco no se puede rescatar nada. 6. Antes de entregar el examen, pégale un vistazo general por si se te puede ocurrir algo más. 7. Para responder las preguntas: - Cuida el lenguaje y la construcción de las frases - Es mejor utilizar frases cortas, que son más sencillas de leer, que largas. - Utiliza comas para separar ideas y ayudar a la correcta lectura y comprensión. - Cuida la letra y la ortografía para que a quien vaya a corregir no le cueste demasiado entender lo que explicas. - Cuando hayas acabado de responder, relee siempre la pregunta que te hacen y tu respuesta, así podrás ver si tiene sentido y se puede comprender: lo que has escrito, tus ideas, la letra, las faltas de ortografía… ¡A DISFRUTAR DE APRENDER!
  • 16. Iniciatives Solidàries -17- 1. El concepto de trabajo 2. El trabajo en la historia 3. El trabajo desde el enfoque político 4. Autoevaluación El trabajo siempre ha sido una actividad muy importante en la vida de los seres humanos y en la formación y organización de sociedades. El trabajo es fundamental en el día a día de las personas, a la hora de organizar el tiempo, de desarrollarse individualmente… y supone un motor de cambio social, económico y cultural. Es una forma de participación ciudadana. El concepto de trabajo ha ido evolucionando a lo largo de la historia, conforme han ido integrándose la tecnología y las formas de relación social y laboral. Mundodeltrabajo
  • 17. Tema 1 Iniciatives Solidàries -18- Mundodeltrabajo1. El concepto de trabajo El trabajo siempre ha sido una actividad muy importante en la vida de los seres humanos y en la formación y organización de sociedades. El trabajo es fundamental en el día a día de las personas, a la hora de organizar el tiempo, de desarrollarse individualmente… y supone un motor de cambio social, económico y cultural. El trabajo siempre ha tenido como objetivo la supervivencia de la especie y de las sociedades humanas. Así pues, TRABAJO se define como cualquier actividad humana orientada a que las personas obtengan los medios materiales o económicos para subsistir. No solo es trabajo cuando recibimos un sueldo, también son trabajo las tareas de casa, estudiar o arreglarnos para estar guapos y guapas…. Pero, si nos pagan por hacerlo, se llama EMPLEO. Cuando realizamos un trabajo para otras personas, cuando somos “personas empleadas” y se nos paga un salario a cambio de nuestro trabajo, hablamos de TRABAJO POR CUENTA AJENA o, lo que es lo mismo, TRABAJO ASALARIADO. Por su parte, el TRABAJO POR CUENTA PROPIA, es cuando la persona trabajadora dirige y organiza su actividad, cuando es su propio jefe o jefa. Un ejemplo claro son las personas que trabajan como autónomos/as. 1.- ¿A qué llamamos trabajo? 2.- El trabajo asalariado es: a. Toda actividad empresarial. b. Toda actividad remunerada por cuenta ajena. c. La actividad laboral que realizan los trabajadores del sector primario. d. La actividad laboral que realizan los trabajadores del sector secundario.
  • 18. Tema 1 Iniciatives Solidàries -19- Mundodeltrabajo 2. El trabajo en la historia Desde una perspectiva histórica, el trabajo ha evolucionado a lo largo del tiempo, tanto en su organización como en sus técnicas y reparto.  Cuando apareció el ser humano en la tierra se produjo una de las mayores transformaciones en el desarrollo de la naturaleza. Poco a poco el ser humano empezó a crear y utilizar instrumentos y herramientas de trabajo, eso fue lo que lo diferenció del resto de animales. Con esas herramientas, el ser humano cazaba y cultivaba para cubrir sus necesidades y las de su grupo. 3.- Hay muchas actividades que hacemos en el día a día que son trabajos y que cuando alguien nos paga para que las hagamos se convierten en empleos. Por ejemplo, si yo pongo la mesa para comer es una tarea de casa, pero si lo hago en un bar y me pagan, me convierto en camarero o camarera. Vamos a ver más ejemplos: TRABAJO EMPLEO Peinar peluquero/a Hacer camas, limpiar Cuidar a un hermano pequeño Pintar las uñas Bailar los sábados por la noche Preparar la comida Llevar en coche a alguien Pintar mi habitación Coser un vestido Lavar y planchar ropa Organizar los papeles del banco, facturas….
  • 19. Tema 1 Iniciatives Solidàries -20- Mundodeltrabajo Entonces, el trabajo se organizaba según la edad que se tuviera y el sexo (por ejemplo las mujeres y los niños recogían frutas de los árboles y los hombres cazaban animales con armas rudimentarias). Cada cual trabajaba para cubrir sus propias necesidades  Cientos de años después, ya en Europa, las clases sociales más altas (marqueses, condes, duques…) podían poseer tierras que trabajaban sus sirvientes mientras ellos las defendían. Algunas personas trabajaban la tierra para otros, a cambio de poder vivir y desarrollarse en ellas.  Poco a poco, fue apareciendo una clase social intermedia que eran gente dedicada a la artesanía (zapatería, carpintería, herrería, tejidos…) que elaboraban productos con herramientas cada vez más especializadas. Antes de que existieran las máquinas, todo lo que había en el mercado eran productos artesanales, elaborados por personas especializadas que creaban productos “con arte”. Es entonces cuando aparece el trueque. Se necesitaban cosas que no se tenían y para obtenerlas las intercambiaban por cosas que sí tenían. El TRUEQUE es el intercambio de objetos o servicios por otros objetos o servicios, y se diferencia de la compraventa en que no aparece dinero.  Más tarde apareció el dinero con lo que las cosas se intercambiaban por el dinero y luego el dinero por las cosas. A partir de la idea de vender productos (comercio) empieza a surgir la sociedad industrial, que es en la que vivimos ahora. Algunas personas trabajan en fábricas, donde los empresarios ponen el dinero y el capital inicial y los/as trabajadores/as ponen la mano de obra. Los empresarios obtienen beneficios y los/as trabajadores/as un salario.  Luego, el trabajo, además de diferenciarse por edad y sexo, empieza a diferenciarse por clases sociales; es entonces cuando surgió el esclavismo (los esclavos trabajaban para sus amos de clases sociales más altas). Unos cuantos trabajan para cubrir las necesidades de otros.
  • 20. Tema 1 Iniciatives Solidàries -21- MundodeltrabajoAsí pues, el trabajo y su manera de organizarse ha sido lo que ha hecho cambiar/evolucionar las sociedades y las culturas en las que las personas han vivido. Antes de la revolución industrial, la organización del trabajo era la feudal, donde unos tenían todo el poder y otros trabajaban y se agrupaban en gremios. A partir de la revolución industrial, el sistema económico cambia y, por tanto, cambia el sistema de organización del trabajo. 4.- La palabra artesanía, trabajo manual, deriva de: a. Artista b. Artesano c. Arte d. Artesa 5. ¿Qué es el trueque? 3. El trabajo desde el enfoque político El desarrollo del trabajo en la historia está estrechamente relacionado con la idea de ciudadanía y con la idea de democracia. En Grecia, hace más de 2500 años, se inventó la democracia que significaba “gobierno del pueblo”. Se inventó también la palabra política, que viene de la palabra polis que significa “ciudad-estado”. Así pues, hacer política era preocuparse por los problemas de la ciudad, del estado. Se consideraba que un político era un ciudadano: una persona que vive en la ciudad y se preocupa de las cosas que en ella ocurren.
  • 21. Tema 1 Iniciatives Solidàries -22- MundodeltrabajoPero esta idea griega de participación ciudadana no ha existido siempre. En sociedades como la sociedad esclavista y la sociedad feudal, se daba el caso que sólo unos cuantos tenían el poder y el dinero y los demás, la gran mayoría, no tenían nada y, mucho menos, derechos. En este tipo de sociedades los campesinos y artesanos, es decir, las personas trabajadoras, eran tratadas como súbditos sometidos bajo el poder del señor. A partir de la Revolución Industrial y de la Revolución Francesa (siglos XVII- XIX), empezaron a surgir unas sociedades más igualitarias, tanto a nivel económico como social. Surgió la burguesía y se empezó a crear un sistema político de derechos y libertades civiles (libertad individual, de religión, de actividad…) que se plasmó en la CARTA DE LOS DERECHOS DEL HOMBRE Y DEL CIUDADANO (1789). Este reconocimiento de derechos sociales corresponde a la sociedad democrática burguesa. A finales del siglo XIX y principios del XX, los trabajadores se pudieron organizar en sindicatos y partidos políticos para poder defender sus derechos, poder participar de las ganancias y poder avanzar en sus reivindicaciones. Aunque la condición de ciudadano y la posibilidad de participar, por ejemplo, a través del voto, no existe en todos los países ni ha existido siempre igual. En el caso de la mujer, se le permitió votar por primera vez en España con la Constitución de 1931. Con la Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948, la Constitución Española, aprobada en 1978 y la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea del año 2000, se establecieron los derechos relacionados con la participación de los ciudadanos y las ciudadanas. El concepto de CIUDADANO/CIUDADANA se aplica a las personas de una ciudad antigua o de un Estado Moderno con determinados derechos y deberes. La idea de CIUDADANÍA supone el reconocimiento de derechos a personas que, por el hecho de vivir en sociedad, merecen ser tratadas con dignidad: derecho a la educación, a la libertad de expresión, a la sanidad… También tienen una serie de deberes u obligaciones: respetar las leyes, contribuir con impuestos…
  • 22. Tema 1 Iniciatives Solidàries -23- MundodeltrabajoCon todo esto podemos decir que PARTICIPAR significa colaborar, cooperar, tomar parte en la comunidad, disfrutar, hacer… Participar se puede entender como un derecho y como un deber. La participación ciudadana se puede dar de diferentes formas y con diferentes niveles de implicación: - Con el voto en las elecciones municipales, autonómicas, nacionales, europeas. - Con el voto en posibles referéndums. - Como integrantes de una comunidad podemos participar en el ámbito de la empresa y de los medios de producción. - Como consumidores podemos participar de campañas a favor o en contra de productos. - A través del voluntariado en ONG – Organizaciones No Gubernamentales y asociaciones. Cabe destacar, una forma de participación ciudadana llamada INICIATIVA LEGISLATIVA POPULAR. Con ella, un número determinado de personas, recogen firmas y apoyo para proponer al parlamento que se tengan en cuenta algunas cuestiones: cambio de leyes, reformas de artículos… La iniciativa popular está recogida en la Constitución Española y para que pueda debatirse necesita 500.000 firmas. El movimiento de 15M activó esta recogida de firmas para plantear el cambio de la Ley Electoral española. 6.- Ciudadano es un término que procede del latín civilis, su sentido actual es: a. Ciudadano es toda persona que vive en la ciudad b. Ciudadano y súbdito c. Ser ciudadano otorga el reconocimiento de derechos y deberes d. Ser ciudadano supone el reconocimiento de unos deberes 7. - La participación ciudadana se ejerce por: a. El voto en las elecciones cada cuatro años b. A través de la empresa por medio de elecciones sindicales c. Por medio de referéndum, manifestaciones, protestas d. La participación ciudadana se ejerce de muchas formas, siendo válidas y compatibles en un sistema democrático
  • 23. Tema 1 Iniciatives Solidàries -24- Mundodeltrabajo 8.- El reconocimiento de libertades políticas y derechos sociales corresponden: a. A las sociedades esclavistas b. A la sociedad feudal c. A la sociedad demócrata burguesa d. A la monarquía absoluta 9.- El derecho al voto para la mujer fue legislado por primera vez en España: a. En la Constitución de 1812. b. En el Estatuto Real de 1834. c. En la Constitución de 1931. d. En la Constitución de 1978. 10.- La iniciativa legislativa popular: a. Es una iniciativa del gobierno para proponer leyes b. Se convoca cada 4 años c. Es un sistema propio de los regímenes autoritarios d. Permite, por medio de la recogida de firmas, elaborar leyes propuestas por la ciudadanía 11.- Lee el siguiente texto de Eduardo Galeano que te proponemos a continuación y relaciona su contenido con la participación y ciudadanía. Escribe un comentario personal sobre lo que Galeano quiere decir: “Son cosas chiquitas. No acaban con la pobreza, pero quizá desencadenen la alegría de hacer, y la traduzcan en actos: Y al fin y al cabo, actuar sobre la realidad y cambiarla, aunque sea un poquito, es la única manera de probar la realidad transformable”
  • 24. Tema 1 Iniciatives Solidàries -25- MundodeltrabajoEfectivamente, en democracia, una de las formas más habituales de participación es las elecciones, de hecho en España, desde 1978 se aplica el SUFRAGIO UNIVERSAL. El sufragio universal consiste en el derecho a voto de toda la población adulta de un Estado, independientemente de su raza, sexo, creencias o condición social. El voto se da a partidos políticos. Cada país tienes su sistema de organización de partidos, de hecho se puede distinguir entre: multipartidismo, bipartidismo o partido único. En las formas de gobierno dictatoriales o totalitarias, se puede hablar del sistema de partido único (como ocurrió con los regímenes fascistas como el de la China comunista o la Unión Soviética), en el que no se trata de instituciones propias de un proceso democrático, sino de estructuras para la mantener el poder. El bipartidismo (Estados Unidos e Inglaterra, por ejemplo) se tiende a ubicarlo como resultado de un sistema electoral bajo el principio de mayoría, mientras que el sistema multipartidista (Alemania, Bélgica, Finlandia, Holanda y Suiza) se identifica como efecto de un sistema de representación proporcional. En el caso de España, si bien podemos decir que hay diferentes partidos (PSOE, PP, IU, UPD…) con lo que hablaríamos de multipartidismo, la realidad es que sólo están al alcance de conseguir la mayoría dos partidos, con lo que, en la práctica, nos encontramos con un sistema bipartidista. Cuando en España hay elecciones, se aplica la ley D´HONDT con el que no se considera una persona un voto, si no con el que se aplican una serie de fórmulas por provincias que benefician, en última instancia, a los partidos más votados. A cada circunscripción le corresponde un número determinado de representantes por ley, y otros tantos en función de la población y, según los votos, se reparten de forma no equitativa.
  • 25. Tema 1 Iniciatives Solidàries -26- MundodeltrabajoEjemplo Aplicada la Ley D’Hont, el resultado fue el siguiente: PSOE con 6 diputados y PP con 4 diputados. Los votos que recibieron las otras formaciones no tuvieron correspondencia alguna en los representantes electos, y se perdieron en el vacío. : En una provincia andaluza, le correspondió en las pasadas elecciones de 2012 un total de 10 representantes. Esos representantes se los disputaron un total de 20 partidos políticos. El PSOE consiguió un 49′72% de los votos, el PP un 36′45%, IU un 6′39%, el PA un 4,40% y las demás formaciones recibieron el resto. 12. Los partidos políticos son un medio para encauzar la participación política de los ciudadanos. Explica qué se entiende por: a) Partido único: b) Bipartidismo c) Multipartidismo d) ¿Cuál de estos tres sistemas existe en España?
  • 26. Tema 1 Iniciatives Solidàries -27- Mundodeltrabajo5. Autoevaluación V F 1 El trabajo y el empleo es lo mismo. 2 El concepto de empleo es más amplio que el de trabajo. 3 Limpiar la casa es una actividad que reúne las características para ser un trabajo. 4 El trabajo es toda actividad física y/o intelectual que se realiza con esfuerzo y está aplicada para crear o producir algo. 5 El trabajo además de cubrir las necesidades básicas, también tiene aspectos positivos. 6 Todas las personas han podido votar siempre. 7 Ciudadano es todo individuo con derechos y deberes. 8 La antigua Grecia era una democracia tal y como la entendemos ahora. 9 La democracia surgió en la edad media. 10 La actuación de personas como ciudadanos es relativamente moderna. Vamos a decir si son Verdaderas (V) o Falsas (F) estas afirmaciones:
  • 28. Iniciatives Solidàries -29- 1. El Derecho Laboral 2. Fuentes del Derecho del Trabajo 3. La jerarquía en las normas jurídicas 4. El Estatuto de los Trabajadores y Trabajadoras 5. Negociación y Convenios Colectivos 6. Autoevaluación Para que la convivencia, la paz y la solidaridad entre hombres y mujeres que viven en sociedad sean posibles, es necesario que se establezcan una serie de normas. Así pues, el DERECHO es el conjunto de normas que regulan la convivencia social con el fin de que predomine la idea de JUSTICIA. Como parte del derecho, el DERECHO LABORAL supone el conjunto de normas y principios jurídicos que se especializan para regular todo aquello que se relaciona con el trabajo. El DERECHO LABORAL existe para compensar la desigualdad existente entre empresa y personas trabajadoras. Mundodeltrabajo
  • 29. Tema 2 Iniciatives Solidàries -30- Mundodeltrabajo 1. El Derecho Laboral La evolución de las sociedades y de las relaciones laborales hace que sean necesarias fórmulas para poder regular los derechos y deberes de las personas trabajadoras y también de las empresas. Al principio, cuando se daba algún tipo de conflicto, se solucionaba entre la persona trabajadora y la empresa, lo cual era injusto por la situación de desigualdad existente (siempre “ganaba” la empresa). Poco a poco empezó también a intervenir el Estado a través de la legislación, del derecho. En un momento de la historia, las desigualdades entre quienes trabajaban y quienes eran poseían las empresas eran muy grandes. Surge entonces el movimiento obrero (origen de los actuales sindicatos) y el Estado, el gobierno, empieza a intervenir para equilibrar la situación de debilidad de los trabajadores y trabajadoras. El derecho laboral comienza en la época de la Revolución Industrial porque las relaciones entre propietarios de las fábricas y personas trabajadoras van siendo cada vez más complejas. En este momento, el derecho laboral surge para resolver los conflictos que se pueden dar entre quienes trabajan y empresarios-empresarias. Así, para compensar las desigualdades, surge el Derecho Laboral como un derecho especial con principios y normas propias y diferenciadas. El DERECHO se constituye de normas y las normas sirven para regular la convivencia, así que el Derecho Laboral está formado por una serie de normas que sirven para regular las relaciones entre las personas trabajadoras y las empresas. El derecho laboral se refiere a las relaciones de trabajo por cuenta ajena; es decir, es un conjunto de leyes que regula todo lo que tiene que ver con el trabajo 1. personal y voluntario (personas que trabajan porque quieren) 2. retribuido (cobran por desarrollar su trabajo) 3. por cuenta ajena (trabajan para otras personas, no tienen su propio negocio) 4. y con el trabajo subordinado al poder de dirección y organización de la empresa (la persona trabajadora tiene que cumplir sus funciones en base a su categoría profesional y a lo que la dirección de la empresa establece) Es decir, el derecho laboral se refiere a personas que cobran por trabajar para otros y que están bajo la dirección de la empresa.
  • 30. Tema 2 Iniciatives Solidàries -31- Mundodeltrabajo 1.- Completa la siguiente definición de Derecho Laboral con las palabras: Normas – relaciones – ajena – dependencia – trabajo – principios El Derecho Laboral es un conjunto de _______________ y _______________ que regulan las _______________ que se crean con ocasión del ____________ libre, personal y remunerado, prestando condiciones de ________________ y por cuenta ________________ 2.- Explica los requisitos básicos que debe reunir una relación para ser laboral y por cuenta ajena. INICIOS DEL DERECHO LABORAL Durante el siglo XIX y principio del XX, las relaciones entre quienes poseían las empresas y trabajadores-trabajadoras se establecían de forma libre; no intervenía ni mediaba nadie. De alguna forma, eran los dueños y dueñas de las empresas quienes decidían cómo se trabajaba, cuando se trabajaba, el salario… Al colectivo de personas trabajadoras sólo le quedaba aceptar el trabajo aunque fuera en penosas condiciones: bajos salarios, horarios interminables, condiciones nefastas de seguridad e higiene… Por esas fechas van aumentando las empresas en cuanto a número y producción y, por lo tanto, también va aumentando el número de personas trabajadoras. Estas personas que trabajaban en fábricas tenían que comunicarse y entenderse para poder desarrollar el trabajo adecuadamente y esto facilitó que empezaran a coordinarse y se empezaran a alinear para defender algunas posturas ante la patronal. Así es como aparecen en Inglaterra las TRADE UNIONS que son pequeñas sociedades obreras que se intentan organizar para conseguir mejoras en las condiciones de trabajo.
  • 31. Tema 2 Iniciatives Solidàries -32- MundodeltrabajoA lo largo del siglo XIX estas organizaciones empiezan a conseguir derechos y a concienciar a la sociedad. Poco a poco, por su influencia, el Estado va asumiendo responsabilidades y fijando algunas normas para regular las relaciones laborales. Es entonces cuando se prohíbe el trabajo infantil, cuando se obliga al descanso los domingos, cuando se limita el número de horas trabajadas al día… 3.- El derecho laboral surge después de: a. La revolución francesa b. La revolución industrial c. La revolución bolchevique d. La revolución neolítica 4.- ¿Cómo se llaman las primeras sociedades obreras que aparecen en Inglaterra? a. Sindicatos b. Laboral Society c. Work Liberty d. Trade Unions 2. Fuentes del Derecho del Trabajo Para saber qué derechos y qué obligaciones deben aplicarse a una relación laboral, tenemos que acudir a las FUENTES DEL DERECHO DEL TRABAJO. Las fuentes de derecho laboral se ordenan según el principio de jerarquía normativa que quiere decir que existen normas que son superiores a otras; de forma que las normas inferiores no pueden contradecir a las superiores. Las normas superiores son las que marcan los mínimos necesarios, y el resto de normas inferiores tienen que cumplir esos mínimos, pueden mejorarlos pero nunca empeorarlos. Por ejemplo, si un Reglamento del Gobierno que es una orden de rango superior establece que el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) es de 633,30€ brutos al mes, los convenios colectivos que son normas inferiores, pueden fijar salarios mayores, pero nunca menores.
  • 32. Tema 2 Iniciatives Solidàries -33- Mundodeltrabajo El otro principio es el de condición más beneficiosa que establece que, ante circunstancias diferentes, siempre se aplicará la más beneficiaria al trabajador o trabajadora. Es importante tanto para la parte de la empresa como para la parte de los/as trabajadores/as conocer a que tipo de fuente hay que acudir en caso de conflicto, duda… y conocer su orden de relevancia. 3. La jerarquía en las normas jurídicas Existe una jerarquía entre las distintas fuentes del Derecho Laboral, es decir, unas normas y leyes están por encima de otras. Se puede representar como una pirámide, en la que cada fuente de derecho respeta lo establecido por la fuente superior. Por ejemplo, si en el Estatuto de Trabajadores dice que como mínimo debe haber 30 días de vacaciones y en el convenio colectivo dicen 45 días, entonces se tiene derecho a 45 días.
  • 33. Tema 2 Iniciatives Solidàries -34- MundodeltrabajoSobre todas las normas, arriba están las DISPOSICIONES LEGALES Y REGLAMENTARIAS DEL ESTADO que se desarrollan en el Senado y el Congreso de los Diputados. Aquí es donde se aprueban las leyes que hay que seguir para que el trabajo sea justo tanto para quien trabaja, como para la empresa. Estas leyes son las más importantes y las que más mandan. La norma española más importante es la Constitución Española de 1978. En el artículo 35 dice: El ESTATUTO DE LOS TRABAJADORES es el documento básico que contiene los derechos y obligaciones de trabajadores y empresarios. Además de las normas y leyes que se desarrollan a partir de la Constitución Española, también se recogen las que vienen de organismos internacionales (Organización Internacional del Trabajo – OIT- y Unión Europea). Luego más abajo en la pirámide están los CONVENIOS COLECTIVOS, que son las normas que se establecen según los sectores de trabajo: enseñanza (profesores/as), hostelería (cocineros/as y camareros/as), servicios sociales (cuidadores/as de personas mayores), etc. Los Convenios Colectivos se negocian entre representantes de empresas y representantes de personas trabajadoras y luego lo confirma la administración pública (comunidades autónomas…). 1 2 1. “Todos los españoles tienen el deber de trabajar y el derecho al trabajo, a libre elección de profesión u oficio, a la promoción a través del trabajo y a una remuneración suficiente para satisfacer sus necesidades y las de su familia, sin que en ningún caso pueda hacerse discriminación por razón de sexo.” 2. “La ley regulará un estatuto de los trabajadores.” La Constitución Española, que se aprobó en el año 1978, es donde están los derechos y obligaciones de todas las personas que viven en el Estado Español. La Constitución Española garantiza los derechos fundamentales y libertades públicas más genéricos (igualdad, libertad, ideología, libertad de expresión, honor, Intimidad…) y otros derechos más específicos (a asociarse, a huelga, al trabajo, a la educación…).
  • 34. Tema 2 Iniciatives Solidàries -35- MundodeltrabajoTras esto, más abajo en la pirámide, se encuentra la el CONTRATO DE TRABAJO que refleja la voluntad de la persona trabajadora y de la empresa, lo firma la persona trabajadora y la empresa. Veremos más en el tema 3. Por último los USOS Y COSTUMBRES locales y profesionales. Son normas de uso social, se utilizan en una profesión (peluquería) o en una zona geográfica determinada (comarcas). Son costumbres no escritas que sólo se aplican si no existe una norma escrita. Por ejemplo, en la Vega Baja (provincia de Alicante) la costumbre es que las peluquerías cierren los lunes. Así que, se trabajará como ponga en el contrato. Este contrato deberá respetar siempre las condiciones del Convenio Colectivo de ese sector, y el Convenio Colectivo, a su vez, tiene que respetar lo dictado por el Estado (el Congreso y el Senado), a través del Estatuto de Trabajadores, la Constitución y cualquier otra legislación. En cualquier caso, según dicen las leyes se aplicará siempre al trabajador la norma más favorable. 5.- El convenio colectivo es jerárquicamente superior a: a. La Constitución b. El Estatuto de Trabajadores c. El Contrato de Trabajo d. Las Leyes Internacionales. 6.- ¿Es posible que un contrato establezca una retribución menor a lo que dice en convenio colectivo? Explícate un poco. 3 4
  • 35. Tema 2 Iniciatives Solidàries -36- Mundodeltrabajo 7.- SUPUESTO PRÁCTICO Supón que te han hecho un contrato en el que figura que gozarás de 20 días de vacaciones y, sin embargo, en el Convenio Colectivo del sector correspondiente aparece que las personas trabajadoras acogidas tendrán derecho a 35 días de vacaciones pagadas al año. Ante esta situación, piensas, por un lado, que el contrato es correcto porque se produjo por el consentimiento de las partes libremente expresado; pero, por otro lado, dudas, ya que hay representantes legales que te afirman que este aspecto del contrato es nulo. ¿Cuál es la posición final que tomarías? ¿Aceptarías los 20 días o reclamarías los 35 del convenio? 4. El Estatuto de los Trabajadores El Estatuto de los Trabajadores es el documento que contiene los derechos y obligaciones básicos de trabajadores/as y empresarios/as. El Estatuto de los Trabajadores se puede aplicar, según dice en el artículo 1, a: Los trabajadores/as que voluntariamente prestan sus servicios retribuidos por cuenta ajena (les pagan por trabajar) y les dirige otra persona que se llama empresario (dependencia).
  • 36. Tema 2 Iniciatives Solidàries -37- MundodeltrabajoAsí pues, la mayoría de trabajos quedan regulados por el Estatuto de Trabajadores, sin embargo hay algunos que quedarían excluidos del Estatuto de Trabajadores: 1. Los funcionarios/as públicos/as. Son las personas contratadas por el Estado. 2. Los trabajos obligatorios. Por ejemplo estar en una mesa electoral. 3. Los consejeros/as o cargos de administración de las empresas. (Órgano permanente y colegiado, con poderes ejecutivos, de diferentes tipos de sociedades… Ayudan en la organización de las empresas) 4. Los trabajos realizados por amistad, buena vecindad o benevolencia. Por ejemplo el Voluntariado. 5. Los trabajos familiares siempre y cuando quien trabaja depende de la economía de la unidad familiar. Por ejemplo, trabajar con tu madre en su tienda cuando hay lío de rebajas o de Navidad. 6. También quedan excluidas otras personas con un cierto tipo de contrato mercantil. 8.- Armando Jaleo Martínez quiere montar un negocio de TODO A €URO. Después de asesorarse en una asociación sobre todos los trámites legales que tiene que hacer para montarlo, le queda un asunto importante, tiene que informatizar la tienda. Sabe que un ordenador y un programa de gestión de tiendas pequeñas son caros pero le facilitaría mucho la tarea de tenerlo todo controlado y poder hacer facturas rápidamente. El problema es que de ordenadores no sabe casi nada, apenas encenderlo y “chatear” por internet. Entonces se acuerda de su amiga Matilde Tecla que es informática le propone que le eche una mano con esto. Ella le dice que en ratos libres irá a la tienda a instalarle el ordenador y a explicarle como va. ¿La relación entre Armando y Matilde está incluida en los supuestos del Estatuto de los Trabajadores?, ¿Porqué? Si se enfadaran, ¿Puede Matilde demandar a Armando?
  • 37. Tema 2 Iniciatives Solidàries -38- Mundodeltrabajo 9.- Se excluye del ámbito regulado por el Estatuto de Trabajadores a. Las personas trabajadoras de grandes empresas. b. El funcionariado público. c. Las personas trabajadoras de pequeñas empresas. d. Ninguna de las opciones anteriores. 10.- El estatuto de trabajadores es: a. Un sistema que sólo beneficia a determinados colectivos. b. Una ley de 1950. c. Una unión de sindicatos y empresas. d. La norma que recoge los derechos y las obligaciones de las personas trabajadoras que prestan sus servicios en una empresa. 11.- Mi padre es empresario, tiene un bar que está situado debajo de nuestro propio domicilio familiar. Yo vivo en esta unidad familiar, dependo económicamente de ella y trabajo sin darme de alta en el bar de mi padre. Mi familia tiene miedo que la inspección les denuncie ¿qué ha de hacer, contratarme o hay alguna forma legal para seguir así? 5. Negociación y Convenios Colectivos La Constitución Española reconoce el derecho a la negociación colectiva entre representantes de trabajadores-trabajadoras y empresarios-empresarias. Para comenzar la negociación basta con que una de las partes se dirija por escrito a la otra proponiendo negociar. Es fundamental que ambas partes se reconozcan como interlocutores válidos
  • 38. Tema 2 Iniciatives Solidàries -39- Mundodeltrabajo Se trata de la negociación colectiva que es aquella que se realiza entre el colectivo de personas trabajadoras de una empresa o sector, reunidos a través de un sindicato o grupo de sindicatos y la empresa o representantes de empresas del sector. La finalidad de la negociación es llegar a un acuerdo en cuanto a las condiciones laborales aplicables: salarios, jornada, descansos, vacaciones, licencias, condiciones de trabajo, capacitación profesional, régimen de despidos, definición de las categorías profesionales, promociones, etc. Muchas veces, estos acuerdos se ven reflejado en los CONVENIOS COLECTIVOS. Los convenios colectivos son normas que establecen las condiciones de trabajo en una empresa, en una parte de una empresa o en un sector que agrupa varias empresas. Se crean a través del acuerdo entre representantes de los trabajadores y de los empresarios. Los convenios recogen los siguientes contenidos: ámbito de aplicación, organización del trabajo, categoría laboral, tipo de contratos, formación, salud laboral, jornada (descanso, vacaciones, jubilación…), derechos sindicales, retribución, tabla salarial… Los convenios colectivos pueden ser: 1. Convenios colectivos supraempresariales 2. Convenios colectivos (que afectan a empresas del mismo sector). empresariales 3. Convenios colectivos de (que afectan a una empresa en particular). grupo de trabajadores (que afectan a parte de una empresa) 12.-¿Dónde puedes buscar cuántos días de permiso te corresponden por matrimonio? 13.- ¿Cómo saber cuál es tu jornada de trabajo si en el contrato no dice nada?
  • 39. Tema 2 Iniciatives Solidàries -40- Mundodeltrabajo 14.- Para que se inicie la negociación de un convenio colectivo se precisa: a. Que se establezca un calendario de negociación. b. Que se publique en el Boletín Oficial del Estado. c. Que se redacte un borrador del Convenio. d. Que la promueva una de las partes (empresarios o trabajadores) dirigiéndose a la otra por escrito. 15.- Cuando un convenio colectivo afecta a la totalidad de trabajadores de la empresa, decimos que dicho convenio es: a. De empresa b. De centro c. Total d. Estatal 16.-¿Cómo se llama a los convenios colectivos que sólo afectan a un grupo de trabajadores? ¿Y los que afectan a todas las empresas del sector? 17.- ¿A qué llamamos negociación colectiva laboral? ¿Qué contenidos tiene dicha negociación?
  • 40. Tema 2 Iniciatives Solidàries -41- Mundodeltrabajo 18.- El instrumento básico de negociación que fija las condiciones de trabajo entre trabajadores y empresarios se denomina: a. Convenio colectivo. b. Contrato de trabajo. c. Estatuto de los trabajadores. d. Estatuto de Autonomía 19.- Cuando se establece un convenio en un sector, éste afecta a las personas trabajadoras y todas las empresas del mismo:  V  F 20.- Define que es un convenio colectivo: 21.- Los convenios colectivos se negocian, de modo general: a. Entre el patrono o asociación de empresarios/as y delegados/as de personal, los comités de empresa o las representaciones sindicales. b. Entre el patronal y trabajadores-trabajadoras. c. Por una comisión negociadora constituida por las asociaciones de empresarios-empresarias. d. Por una comisión negociadora constituida por las representaciones sindicales.
  • 41. Tema 2 Iniciatives Solidàries -42- Mundodeltrabajo 6. Autoevaluación V F 1. El artículo 53 de la Constitución Española hace referencia al trabajo. 2. TRLET significa Texto Refundido de la Ley del Estatuto de Trabajadores. 3. El ámbito de aplicación del TRLET es el conjunto de todos los trabajadores por cuenta propia. 4. Quedan excluidos del ámbito del TRLET los trabajos familiares. 5. También quedan excluidas algún tipo de operaciones mercantiles. 6. También los trabajos realizados por amistad o buena vecindad. 7. Únicamente la ajenidad y la retribución son características del trabajo objeto del Derecho Laboral. 8. La Constitución garantiza además de derechos y libertades fundamentales, otros derechos específicos (a sindicarse, al trabajo …) 9. El conjunto de principios y normas que se aplican para regular las relaciones laborales surgen de las Fuentes del Derecho Laboral 10. Todas las fuentes tienen la misma jerarquía. 11. Una norma de rango inferior no puede contradecir a otra de rango superior aunque si puede mejorarla. 12. Si el Estatuto regula 30 días de vacaciones, el convenio colectivo cita 35 y el contrato 32, la persona trabajadora deberá gozar de 35 días naturales por el principio de norma más favorable. 13. Un contrato de trabajo puede mejorar el salario de cada uno de los grupos o categorías del convenio colectivo. Vamos a decir si son Verdaderas (V) o Falsas (F) estas afirmaciones:
  • 42. Iniciatives Solidàries -43- 1. ¿Qué es un contrato de trabajo? Tipos 2. Modificación del contrato de Trabajo 3. Suspensión y extinción del contrato de trabajo. 4. La nómina 5. Autoevaluación Cuando una persona empieza a trabajar en una empresa, se compromete a asumir una serie de obligaciones pero también a que, por parte de la empresa, se cumplan una serie de condiciones. Esto es algo que se pacta y que, normalmente, viene reflejado en un contrato de trabajo. Los tipos de contrato de trabajo dependen de las políticas de empleo. En los últimos años, las diferentes reformas laborales han ido modificando los tipos de contratos y las causas de su modificación. Mundodeltrabajo
  • 43. Tema 3 Iniciatives Solidàries -44- Mundodeltrabajo 1. ¿Qué es un contrato de trabajo? Un contrato de trabajo es un acuerdo voluntario entre trabajador/a y empresario/a. Con este acuerdo, la persona trabajadora tiene que prestar determinados servicios a la empresa, a cambio de una retribución (un sueldo normalmente). Todos los contratos de trabajo tienen que recoger lo que viene establecido en el Estatuto de Trabajadores y en los convenios colectivos. Tienen que coger los derechos y deberes de quienes trabajan y quienes contratan. Algunos ejemplos son: DERECHOS DEBERES EMPRESA - A dirigir y organizar - A marcar una disciplina: sanciones, despidos, normas… - Pagar el salario - Dar de alta en la seguridad social - Cumplir con las normativas de Prevención de Riesgos laborales PERSONA TRABAJADORA - Cobrar Puntualmente - Exigir el contrato por escrito - Descansos diarios, semanales y vacaciones anuales - Disfrutar de los permisos pagados establecidos por la ley (bajas, maternidad…) - Formación y promoción - No realizar horas extraordinarias que son voluntarias - Realizar el trabajo y prestar los servicios pactados - Obedecer las órdenes por parte de la empresa siempre que no afecten a ningún derecho de la persona trabajadora. - Cumplir con la jornada y los horarios Para poder firmar un contrato tienes que tener más de 18 años; si tienes entre 16 y 18 años, y no tienes la emancipación, tiene que firmar alguien por ti (padre/madre/tutor/tutora). Los menores de 16 son personas que no pueden ser contratadas, salvo en casos muy concretos, como actores o actrices. Hay muchas modalidades de contratos, aquí veremos los más comunes. Normalmente los contratos se clasifican por su duración y la jornada de trabajo.
  • 44. Tema 3 Iniciatives Solidàries -45- MundodeltrabajoCRITERIOS TIPOS DE CONTRATOS POR SU DURACIÓN 1. Contratos de duración indefinida. 2. Contratos de duración determinada. De obra o servicio determinado. Eventual o por circunstancias de la producción. Por Interinidad. De sustitución por anticipación de la edad de jubilación. POR LA JORNADA 1. Contratos a tiempo completo. 2. Contratos a tiempo parcial. El tipo de contrato más común entre las personas jóvenes es el de formación. Con este tipo de contrato se pretende facilitar la inserción profesional de personas no tituladas. Es para personas de entre 16 y 21 años sin titulación. En todo contrato se establece un periodo de prueba. El periodo de prueba es un espacio de tiempo cuya duración queda plasmada en el contrato y que sirve para que la empresa pruebe que el rendimiento de la persona trabajadora sea satisfactorio; pero también sirve para que la persona trabajadora decida si esa empresa cumple con lo pactado y se ajusta a sus expectativas. Durante el periodo de prueba tanto la persona trabajadora como la empresa pueden finalizar la relación laboral sin tener que dar explicaciones ni indemnización a nadie. La duración del periodo de prueba se establece en el Convenio Colectivo. La duración del periodo de prueba es un aspecto que puede traer conflicto entre representantes de las personas trabajadoras y de la empresa. Por ejemplo, en la reforma laboral de 2012, se da el caso que para contratos indefinidos, el periodo de prueba es de 12 meses. Algunos sectores de la sociedad piensan que esto sólo beneficia a la empresa porque puede tener mucho tiempo trabajando a alguien y luego despedirle (dentro de estos 12 meses) sin necesidad de pagar indemnización. 1.- ¿Qué es un contrato? Cita algunos tipos de contratación. _____________________________________________ _____________________________________________ _____________________________________________ _____________________________________________ _____________________________________________
  • 45. Tema 3 Iniciatives Solidàries -46- Mundodeltrabajo 2.- Se prohíbe la admisión en el trabajo a los menores de: a. 17 años b. 16 años c. 18 años d. 19 años 3.- El contrato a tiempo parcial es el que: a. Se hace para los trabajos peligrosos. b. Se hace para trabajar por turnos. c. Se realiza para trabajar durante un número de horas al día, a la semana, al mes… d. Se hace solo para trabajar en verano 4.- Un contrato de trabajo es: a. Un acuerdo de voluntades entre la empresa y la persona trabajadora por la que se establecen obligaciones y derechos recíprocos b. El documento que debe presentar la persona trabajadora cada mes ante la autoridad laboral para que le deduzcan las cotizaciones a la seguridad social. c. Un documento único para toda la vida. d. Lo poseen tanto quien trabaja por cuenta ajena como quien trabaja por cuenta propia. 5.- El periodo de prueba en el contrato de trabajo que da lugar a una indemnización: a.- En cualquier circunstancia b.- Siempre y cuando dure más de 15 días c.- No da lugar a indemnización d.- Siempre y cuando dure menos de 12 meses 6.- ¿Qué es el periodo de prueba? ______________________________________________ ______________________________________________ ______________________________________________ ______________________________________________ ______________________________________________ ______________________________________________
  • 46. Tema 3 Iniciatives Solidàries -47- Mundodeltrabajo 2. Modificación del contrato de Trabajo. Durante un contrato de trabajo puede haber cambios. Es decir, pueden modificarse las condiciones de una persona trabajadora. Aunque la persona trabajadora tiene derecho a que se cumplan las circunstancias del contrato de trabajo, a veces, pueden ser modificadas por diferentes motivos: - MOVILIDAD FUNCIONAL (ASCENDENTE Y DESCENDENTE). A veces, las empresas necesitan modificar las funciones y tareas de las personas que trabajan en ella. Una persona es contratada para realizar un trabajo determinado (oficial de segunda) pero, por determinadas circunstancias, es mejor que haga otras cosas (peón, oficial de primera…), entonces eso supone un cambio en las condiciones de su contrato. Así pues, la movilidad funcional se refiere al cambio de funciones que se le proponen a la persona trabajadora: se le puede mandar a una persona trabajadora a hacer cosas que, en principio no corresponden con la categoría profesional que aparece en el contrato. Este cambio puede ser:  Ascendente: consiste en un cambio de trabajo a una categoría superior; la persona trabajadora tendría un sueldo mayor y la posibilidad de quedarse en esa categoría si pasan más de 6 meses en un año.  Descendente: consiste en el cambio a un puesto de trabajo de inferior categoría; sólo por un tiempo y la persona mantendría su salario. - MOVILIDAD GEOGRÁFICA. Se da cuando a una persona trabajadora le cambian de lugar de trabajo, lo que supone un cambio de residencia. Este cambio puede deberse a razones económicas, técnicas o de organización de la empresa.  Desplazamiento: cuando la persona trabajadora es destinada a otro lugar para 12 meses o menos durante 3 años. En este caso, la persona trabajadora tiene derecho a que le paguen dietas y a un permiso de 4 días cada 3 meses.  Traslado: Cuando un trabajador es destinado a otro centro de trabajo de la misma empresa definitivamente. Cuando hay un traslado, la persona tiene derecho a que le paguen el transporte de la familia y los costes de la mudanza.
  • 47. Tema 3 Iniciatives Solidàries -48- Mundodeltrabajo - MODIFICACIONES SUSTANCIALES DE LAS CONDICIONES DE TRABAJO Se permite a las empresas, si lo justifican por razones económicas y organizativas, cambiar las condiciones iniciales del contrato para, con ello, mejorar la competitividad o para ajustarse a nuevas exigencias del mercado. Puede afectar a la jornada de trabajo, el horario, los turnos, la remuneración, el sistema de trabajo y rendimiento… Cualquier persona trabajadora, ante estas situaciones puede: 1. ACEPTAR 2. ACEPTAR e IMPUGNAR. Puede ser que la persona acepte y luego cambie de parecer por problemas de adaptación. En tal caso puede acudir al Juzgado de lo social a plantear el caso 3. NEGARSE. La negativa puede suponer la extinción de la relación laboral, el despido. En tal caso, la persona trabajadora podrá cobrar una indemnización. 7. -Se define como traslado: a. Cuando a una persona trabajadora se le exigen desplazamientos cuya duración, en un periodo de tres años, sean inferiores a 12 meses. b. Un desplazamiento que no exija cambio de la residencia habitual. c. Cualquier tipo de traslado o desplazamiento de la persona trabajadora a otro centro de trabajo. d. Cuando quien trabaja es destinado a otro centro de trabajo de la misma empresa que exige un cambio de residencia definitivo. 8.- Jorge PM trabaja desde hace 6 años en una factoría de coches de Valladolid. Ahora la dirección de la multinacional quiere que, temporalmente, durante 9 meses, Jorge trabaje en la otra factoría que la misma empresa tiene en Palencia, distante 50 km de su domicilio, para atender la producción de la fábrica. Informa a Jorge sobre sus derechos. ________________________________________________ ________________________________________________ ________________________________________________ ________________________________________________ ________________________________________________ ________________________________________________
  • 48. Tema 3 Iniciatives Solidàries -49- Mundodeltrabajo 3. Suspensión y extinción del contrato de trabajo. A. La suspensión del contrato de trabajo es la interrupción temporal de la obligación de la persona trabajadora de prestar sus servicios y de la empresa de remunerarlos. Es decir, el contrato sigue existiendo pero la persona trabajadora deja de trabajar durante un tiempo y la empresa deja de pagar el sueldo. Puede ser por: - Causas Voluntarias - : huelga, mutuo acuerdo, suspensión de empleo y sueldo, ejercicio de cargo público representativo, excedencias… Causas Involuntarias: incapacidad temporal (enfermedad), maternidad, paternidad, fuerza mayor temporal… (esto lo paga la seguridad social) *La Excedencia: Es cuando la persona trabajadora pide una suspensión de empleo por diferentes motivos. En tal caso, la persona trabajadora puede recuperar su puesto de trabajo, aunque pueden variar sus condiciones laborales iniciales. Excedencia forzosa: Puede solicitarla una persona que ha sido elegida o designada por la autoridad competente para ocupar un cargo de carácter político… Excedencia voluntaria: Puede solicitarla cualquier persona que tenga un año de antigüedad en la empresa; puede pedir la excedencia voluntaria por un plazo de cuatro meses a cinco años. Excedencia por cuidado de hijos: Se puede pedir para cuidar de hijos. Su duración máxima es de 3 años desde el nacimiento. Excedencia por cuidado de familiares: Se solicita para el cuidado de un familiar que no pueda valerse por sí mismo y no desempeñe actividad retribuida. Su duración máxima es de 2 años. B. La extinción es la anulación, finalización, interrupción definitiva de la relación entre la persona trabajadora y la empresa: desaparece el contrato. La extinción puede ser por: - Causas voluntarias - : dimisión por parte de la persona trabajadora, incumplimiento del/la empresario/a, despido disciplinario… Causas involuntarias: muerte o jubilación tanto de la persona que trabaja como de la empresaria, fuerza mayor, causas económicas…
  • 49. Tema 3 Iniciatives Solidàries -50- MundodeltrabajoLas razones más destacadas para la extinción de un contrato son: la dimisión y el despido: - DIMISIÓN (baja voluntaria): cuando es la persona trabajadora la que decide marchase de la empresa por propia voluntad. En el caso de la dimisión, la persona trabajadora no tiene derecho a indemnización y pierde el derecho de la prestación por desempleo. Para que se formalice la dimisión, la persona trabajadora tiene que hacerlo dentro de un plazo de preaviso a través de una carta; si no, se trataría de un abandono. - DESPIDO: cuando es la empresa quien decide romper el contrato en vigor. Cuando se da un despido, la empresa tiene la obligación de entregar un documento a la persona trabajadora que es la CARTA DE DESPIDO y en ella se detallaran los motivos. Los despidos pueden ser por: • DESPIDOS POR CAUSAS OBJETIVAS relacionadas con la empresa (falta de adaptación al puesto, ineptitud, faltas justificadas de asistencia, necesidad de amortizar los puestos de trabajo –despidos colectivos). En este caso la empresa tiene que avisar con 30 días hábiles y tiene que indemnizar 20 días por año trabajado. : existe el despido porque algo impide que la persona trabajadora aporte lo que se esperaba de ella, pero no porque lo haga a propósito o mal, si no por circunstancias ajenas a ella y • DESPIDOS DISCIPLINARIOS: desaparece el contrato de trabajo por voluntad unilateral de la empresa y se basa en un incumplimiento por parte de la persona trabajadora. Los motivos pueden ser faltas de asistencias injustificadas, ofensas verbales o físicas, disminución de la productividad…  Si la persona no está de acuerdo con este despido disciplinario, puede acudir al juzgado y reclamar. Entonces podrá declararse el despido PROCEDENTE O IMPROCEDENTE. Será procedente cuando se le dé la razón a la empresa y será improcedente cuando no se le da la razón a la empresa. Si resulta improcedente, pueden ocurrir dos cosas: que la persona trabajadora vuelva a su puesto de trabajo o que se le indemnice (45 días por año trabajado).
  • 50. Tema 3 Iniciatives Solidàries -51- MundodeltrabajoCuando hay un despido, sea del tipo que sea, la empresa tiene que notificarlo por escrito, con una CARTA DE DESPIDO. Además, al terminar el contrato, sea por el motivo que sea, la empresa deberá entregar a la persona trabajadora un documento de liquidación con las cantidades que se le deben hasta la fecha. En este papel llamado FINIQUITO estará las cantidades que se han de liquidar: • El salario correspondiente a los días trabajados y no cobrados del mes en curso. • La parte proporcional de las vacaciones no disfrutadas. • La parte proporcional que corresponda de las pagas extraordinarias. • La indemnización por compensación, según el tipo de despido. La firma del finiquito representa la finalización de la relación laboral y la liquidación de todas las obligaciones pendientes. El finiquito habrá de firmarse por ambas partes. En caso de que la persona trabajadora no esté de acuerdo con lo fijado en el finiquito podrá no firmarlo o firmarlo haciendo constar su desacuerdo mediante la expresión: «recibí no conforme». Así pues, diríamos que el finiquito es el acto/documento por el cual una persona trabajadora y una empresa confirman que una relación laboral se ha acabado. Cuando se firma el finiquito, se hace la liquidación que es el pago de las cantidades a las que se tiene derecho por los servicios prestados (salarios no pagados, pagas extras, vacaciones no disfrutadas…) y que quedan pendientes al finalizar el contrato. 9.- ¿Qué debe ocurrir cuando se extingue una relación laboral, independientemente de la causa que la haya originado? ___________________________________________ ___________________________________________ ___________________________________________ ___________________________________________ ___________________________________________ ___________________________________________ 10.- Clasifica como extinción o suspensión las siguientes causas de finalización de un contrato: MUERTE, DIMISIÓN, INVALIDEZ PROVISIONAL ___________________________________________ ___________________________________________ ___________________________________________
  • 51. Tema 3 Iniciatives Solidàries -52- Mundodeltrabajo 11.- Une con flechas 12.- El finiquito es: a. La prima por desplazamiento que cobra la persona trabajadora. b. El documento que presenta quien trabaja cada mes ante la autoridad laboral para que le deduzcan las cotizaciones de la Seguridad Social. c. El reconocimiento de la extinción laboral. d. La parte proporcional de las pagas extraordinarias. 13.- La indemnización es: a. El abono de las cantidades extras a las que se tiene derecho por la decisión de la empresa. b. El reconocimiento de la extinción de la relación laboral. c. La unión de la liquidación y la indemnización. d. La cantidad que se recibe en la compensación por la decisión de la empresa. 1 La extinción a Cuando es la empresa quien decide romper el contrato en vigor 2 Dimisión b Se trata de una cantidad que se recibe en compensación por el despido. Se calcula según los años trabajados en la empresa. 3 Suspensión c Es la interrupción temporal de la obligación del trabajador/a de prestar sus servicios y del/la empresario/a de remunerarlos 4 Liquidación d Es la anulación del contrato 5 Despido e Acto por el cual una persona trabajadora y una empresa confirman que una relación laboral se ha acabado. 6 Finiquito f Cuando es la persona trabajadora la que decide marchase de la empresa por propia voluntad 7 Indemnización g Se trata del pago de las cantidades a las que se tiene derecho por los servicios prestados
  • 52. Tema 3 Iniciatives Solidàries -53- Mundodeltrabajo14.- La interrupción temporal de las obligaciones contractuales se denomina: a. Extinción del contrato de trabajo. b. Suspensión del contrato. c. Cuota sindical. d. Finiquito. 15.- Explica qué diferencia hay entre un contrato laboral indefinido y uno temporal. ¿Un trabajador con un contrato indefinido o fijo puede perder su puesto de trabajo? Indica en qué circunstancia. _________________________________________________ _________________________________________________ _________________________________________________ _________________________________________________ _________________________________________________ 4. La nómina La nómina o recibo salarial es un documento que el trabajador tiene derecho a recibir mensualmente. En cualquier nómina tienen que aparecer siempre: 1.- • Nombre o razón social Los datos de identificación de la empresa • Domicilio de la empresa y/o centro de trabajo • Código de Identificación Fiscal (CIF) • Número de cuenta de la seguridad social 2.- • Nombre y apellidos Datos de identificación de la persona contratada • Numero de Identificación Fiscal (NIF) • Número en el Libro de Matrícula de la empresa • Número de afiliación a la Seguridad Social • Puesto de trabajo que ocupa el trabajador • Categoría profesional • Grupo de cotización al que pertenece.
  • 53. Tema 3 Iniciatives Solidàries -54- Mundodeltrabajo3.- Periodo de liquidación: Refleja los días trabajados del mes, incluyendo los festivos. Si la persona trabajadora pertenece a un grupo de cotización de retribución mensual, siempre el total de días siempre será 30, aunque el mes sea de 28, 29 o 31 días. 4.- Los devengos - Las percepciones salariales: salario base + complementos : Son las cantidades que la persona trabajadora recibe por el periodo de tiempo trabajado. Aquí se incluyen: - Las percepciones no salariales: dietas, plus distancia, transporte, etc. El TOTAL DEVENGADO (o salario BRUTO) es la suma de todas las percepciones que recibe la persona trabajadora. 5.- Las deducciones - La cuota a la Seguridad Social, que se calcula aplicando % de cotización correspondiente sobre la base de cotización. : Son las cantidades que se restan al total devengado. Algunas de las deducciones más comunes son: - El pago del IRPF. El TOTAL A DEDUCIR es la suma de todas las deducciones aplicables a la persona trabajadora. El LÍQUIDO TOTAL a percibir es la diferencia entre el TOTAL DEVENGADO y el TOTAL A DEDUCIR, en definitiva, la cantidad total que recibe la persona trabajadora. También se le llama SALARIO NETO. * La nómina debe de ir con el sello de la empresa y la firma de la persona trabajadora. La empresa se quedará con una copia y la persona trabajadora otra. Una persona, nunca podrá recibir menos dinero por su trabajo que el que se estipule en el SALARIO MÍNIMO INTERPROFESIONAL. El SMI establece la cuantía mínima que debe recibir una persona trabajadora en la jornada legal de trabajo, sin distinción de sexo o edad, sean fijos, eventuales o temporeros. El valor que toma el SMI se fija cada año por el Gobierno, mediante la publicación de un Real Decreto y de acuerdo con los agentes sociales (sindicatos y empresas). Y para la determinación del mismo se tienen en cuenta factores como el IPC, la productividad media nacional alcanzada o el incremento de la participación del trabajo en la renta nacional. En 2012 está en: 641,40 euros al mes/21,38 euros al día.
  • 54. Tema 3 Iniciatives Solidàries -55- Mundodeltrabajo 16- Cuando en una nómina aparece en el apartado de sueldo a percibir según convenio ¿qué quiere decir? _____________________________________________ _____________________________________________ _____________________________________________ _____________________________________________ _____________________________________________ _____________________________________________ _____________________________________________ 17.- ¿Qué diferencia hay entre salario BRUTO y salario NETO? _____________________________________________ _____________________________________________ _____________________________________________ _____________________________________________ _____________________________________________ _____________________________________________ _____________________________________________ 18.- ¿Cuál es la cantidad final que recibimos y que influye en nuestra nómina?: a. El salario bruto. b. Los descuentos más los gastos sanitarios. c. Los descuentos menos el IRPF y las cotizaciones. d. Los descuentos menos el pago de la hipoteca. 19.- El salario mínimo interprofesional: a. Se fija por el Gobierno de la nación y obliga a todas las empresas. b. Es la nómina de una persona trabajadora veterana. c. Lo establece cada empresa. d. Lo regulan los sindicatos.
  • 55. Tema 3 Iniciatives Solidàries -56- Mundodeltrabajo 5. Autoevaluación V F 1 El Salario Mínimo Interprofesional es orientativo pero no obliga. 2 En la nómina aparece lo que cobras pero no lo que te deducen. 3 Los despidos siempre son objetivos. 4 Cuando te despiden en el periodo de prueba te tienen que pagar una indemnización. 5 Sólo hay un tipo de contrato de trabajo. 6 Los contratos de trabajo nunca pueden modificar sus condiciones, son inamovibles. 7 El finiquito es un papel en donde se especifica las condiciones de finalización del trabajo y la liquidación económica. 8 Todos los despidos tienen asociada una indemnización. 9 La Excedencia voluntaria se puede coger si llevas un año trabajando en la misma empresa. 10 SALARIO NETO= SALARIO DEVENGADO - DEDUCCIONES Vamos a decir si son Verdaderas (V) o Falsas (F) estas afirmaciones:
  • 56. Iniciatives Solidàries -57- 1. ¿Qué es un sindicato? 2. La negociación colectiva 3. El Derecho a la huelga 4. Sindicatos en la empresa y en el mundo 5. Autoevaluación Un sindicato es una organización creada para la defensa y promoción de los intereses sociales, económicos y profesionales de las personas trabajadoras. Los sindicatos protagonizan la negociación colectiva con las empresas y la administración pública. Una herramienta fundamental de lucha y presión sindical es la HUELGA, si bien diariamente hay personas implicadas en el movimiento sindical en las empresas. Mundodeltrabajo
  • 57. Tema 4 Iniciatives Solidàries -58- Mundodeltrabajo1. ¿Qué es un sindicato? Un sindicato es una asociación de trabajadores y trabajadoras para la defensa de sus intereses comunes: económicos y sociales. En el artículo 7 de la Constitución Española se dice: “Los sindicatos de trabajadores y las asociaciones empresariales contribuyen a la defensa y promoción de los intereses económicos y sociales que les son propios…” Los sindicatos nacieron como sociedades de ayuda mutua entre quienes trabajan para la industria inglesa durante el siglo XIX. En España la tradición sindical arranca con la CNT (CONFEDERACIÓN NACIONAL DEL TRABAJO) y con la UGT (UNIÓN GENERAL DE TRABAJADORES). Tras la Guerra Civil (1936/1939), durante la dictadura, se disolvieron los sindicatos, fueron confiscadas sus posesiones y sus militantes fueron perseguidos, encarcelados y fusilados. Se prohibieron los derechos de huelga, de libertad de expresión, reunión y manifestación. Al mismo tiempo se crearon los SINDICATOS VERTICALES, a los que todo el mundo tenía que afiliarse obligatoriamente. Estos sindicatos Verticales, creados por Franco, existieron hasta 1977. Un SINDICATO VERTICAL es un sindicato único, controlado por el poder político y los poderes económicos. En este caso, personas trabajadoras y empresas forman parte de una misma organización. Es el sindicato de la dictadura. Por otra parte, están los SINDICATOS DE CLASE, que son los que defienden los intereses globales de las personas trabajadoras. Son los sindicatos de la democracia, los que existen actualmente. Actualmente, uno de los principios jurídicos fundamentales en que se basa el actual sistema de relaciones laborales en España es el contenido en el artículo 28.1 de la Constitución Española de 1978, el cual reconoce el derecho a la libertad sindical como un derecho fundamental de todos a sindicarse libremente. Todas las personas trabajadoras por cuenta ajena y por cuenta propia tienen derecho a pertenecer a un sindicato; exceptuando los miembros de las Fuerzas e Institutos Armados de carácter militar, así como los jueces, magistrados y fiscales, mientras se hallen en activo.
  • 58. Tema 4 Iniciatives Solidàries -59- MundodeltrabajoLos principales sindicatos actualmente son: - UGT: Unión General de Trabajadores. Fundada en 1888 - CC.OO: Comisiones Obreras. Creado en 1958 - USO: Unión Sindical Obrera. Fundada en 1960 - CSIF: Confederación de Sindicatos Independientes de Funcionarios - CGT: Confederación General del Trabajo. Fundada en 1911. Por parte de las empresas está la CEOE es la Confederación Española de Organizaciones Empresariales. Aglutina a cerca de un millón de empresas, públicas y privadas, de todos los sectores. Representa a las empresas cuando tiene que relacionarse con la Administración Pública, con los sindicatos… 1.- La Constitución Española dice que los sindicatos se encargan de: a. La defensa y promoción de los puestos de trabajo. b. La defensa de los intereses económicos de las personas trabajadoras. c. La defensa de los intereses económicos y sociales de trabajadores/as. d. Cuantos intereses consideren propios las personas trabajadoras. 2.- Los sindicatos verticales son: a. Los propios de la democracia b. Los propios de la dictadura c. El resultado de una confederación de sindicatos d. Ninguno de ellos 3.- ¿Qué es un sindicato? Cita dos ejemplos _______________________________________________ _______________________________________________ _______________________________________________ _______________________________________________ _______________________________________________
  • 59. Tema 4 Iniciatives Solidàries -60- Mundodeltrabajo4.- ¿Cuál de los siguientes grupos no goza de libertad sindical? a. Los miembros de Fuerzas o Institutos Armados. b. Los autónomos. c. Los estudiantes. d. Los controladores aéreos. 5.- Los sindicatos son agrupaciones formadas para defender: a. Los intereses del SERVEF. b. A la mujer y a los jóvenes. c. Los intereses económicos y sociales de trabajadores y trabajadoras. d. Los intereses de la banca. 6.- Di qué significan estas siglas: UGT: CC.OO: CSIF: CGT: CEOE: 2. La negociación colectiva La negociación colectiva laboral es un instrumento para dialogar y acordar criterios sobre las condiciones de trabajo de empresarios/as y trabajadores/as. Por medio de las negociaciones, representantes de las personas trabajadoras y de las empresas fijan de mutuo acuerdo las condiciones del trabajo en diferentes temas: - Higiene y seguridad, el ambiente en el trabajo. - Organización y Jerarquía (normas, tareas…). - Duración del trabajo (jornada semanal, horarios…). - Sistemas de remuneración. - Formación profesional, formación continua… - Entorno de la empresa (alojamiento, transporte…). La negociación colectiva siempre se ha visto como un medio de acción sindical, aunque actualmente, la empresa también se beneficia de esta acción.
  • 60. Tema 4 Iniciatives Solidàries -61- Mundodeltrabajo Las centrales sindicales, las asociaciones de empresas y el gobierno suelen firmar una serie de pactos políticos que afectan a la vida social, económica y laboral de la nación. Un ejemplo es el acuerdo Tripartito para la Formación Continua. Otro ejemplo bastante actual de la negociación colectiva son todas las políticas de empleo ante la crisis y las posibles soluciones, generales y particulares. Por ejemplo, los ERE. Un ERE es un EXPEDIENTE DE REGULACIÓN DE EMPLEO. Se trata de un procedimiento mediante el cual una empresa en crisis obtiene autorización para suspender o despedir trabajadores y trabajadoras. Cuando se tramita un ERE se pretende que las empresas en crisis “no se ahoguen más” y que las personas que trabajan en empresas en crisis puedan cobrar la indemnización por despido y tramitar los papeles del paro. Un ERE puede ser por: oDespido colectivo o suspensión en base a causas económicas, técnicas, organizativas o de producción. oExtinción de la relación laboral por desaparición de la personalidad jurídica del contratante (desaparece la empresa) oSuspensión o extinción de la relación laboral por fuerza mayor (incendio) Los ERES los solicitan normalmente las empresas cuando no pueden soportar la situación de tener tantas personas trabajando. Aunque, puede darse el caso de que lo soliciten los sindicatos. Si el expediente se solicita por causas de fuerza mayor, basta con informar a los representantes legales de las personas trabajadoras y esperar la resolución de la Autoridad Laboral. En el resto de casos, se abre un período de consultas y de negociación entre empresa y trabajadores/as. Si no se llega a un acuerdo, la Autoridad Laboral decide si se acepta o no la regulación de empleo. Cuando la empresa propone un ERE cada trabajador tiene derecho a recibir una indemnización de 20 días por año trabajado, con un máximo de 12 mensualidades. Sin embargo, se puede optar por encontrar una salida más armoniosa: que las personas trabajen una parte de la jornada y el resto lo cobren del paro, por ejemplo.
  • 61. Tema 4 Iniciatives Solidàries -62- MundodeltrabajoEn el caso de que la empresa haga un despido por causas objetivas (económicas, técnicas, organizativas o productivas), el 40% de la indemnización del trabajador correrá a cargo del FOGASA: FONDO DE GARANTÍA SALARIAL. El FOGASA es un organismo que depende del Ministerio de Trabajo y que garantiza que las personas trabajadoras puedan cobrar parte de sus salarios, indemnizaciones por despido o pagos pendientes cuando la empresa con la que han finalizado su relación laboral se declare insolvente. El dinero del FOGASA, que es un organismo público, sale de: • Las cotizaciones de las empresas tanto públicas como privadas. • Las cantidades obtenidas por subrogación, puesto que el FOGASA asume las acciones que corresponden a “denunciar y solicitar las indemnizaciones de la empresa”. • Por las rentas o frutos del patrimonio del Fondo de Garantía Salarial o del Patrimonio del Estado adscrito al Fondo. • Por otras aportaciones que estén previstas en las leyes. 7.- ¿Qué es un ERE? _____________________________________________ _____________________________________________ _____________________________________________ _____________________________________________ _____________________________________________ _____________________________________________ 8.- ¿Qué es la negociación colectiva?: _____________________________________________ _____________________________________________ _____________________________________________ _____________________________________________ _____________________________________________ _____________________________________________
  • 62. Tema 4 Iniciatives Solidàries -63- Mundodeltrabajo3. Derecho a la Huelga En España, el derecho a la huelga viene en la Constitución (art. 28.2. Según la Organización Internacional del Trabajo (OIT), el derecho de huelga es uno de los medios legítimos fundamentales de que disponen los trabajadores y sus organizaciones, los sindicatos, para defender sus intereses económicos y sociales. Sobre todo, se da cuando las empresas o los gobiernos sobrepasan límites: no se respeta la negociación colectiva, se recortan los derechos laborales, se disminuye la inversión social… Una huelga se da cuando, consciente y coordinadamente, la mayoría de personas trabajadoras, interrumpen, suspenden su actividad laboral para presionar a las empresas con el fin de alcanzar mayores sueldos, menor carga laboral u otras reivindicaciones. Quienes convocan la huelga deben avisar, con antelación, la declaración de la huelga a las empresas afectadas y a la autoridad laboral. Este preaviso debe ser notificado por escrito por parte de los representantes de las personas trabajadoras con una antelación mínima de 5 días a la fecha de la convocatoria. Cuando la huelga es de ámbito nacional, como es el caso de la huelga general, es suficiente con realizar un preaviso a los órganos centrales del Ministerio de Trabajo y a las Comunidades, así como a las asociaciones más representativas de las empresas. Las repercusiones de una huelga son de efecto inmediato y bilateral, ya que las empresas sufren pérdidas de ingresos y de competitividad y quien secunda la huelga no cobra el sueldo de ese día ni cotiza en la Seguridad Social. Términos relacionados: 1. Esquirol: popularmente se utiliza para llamar a quien se niega a hacer huelga. Tiene un sentido despectivo. 2. Piquete: grupo de huelguistas que intentan que los demás hagan huelga, presionando al resto de personas, pacíficamente o no. A los piquetes pacíficos se les suele denominar piquetes informativos. 3. Servicios mínimos: se entiende que son los servicios esenciales necesarios para que, en caso de huelga, la vida de las personas y de la propia comunidad pueda estar atendida (ámbito sanitario, por ejemplo). Los proponen los sindicatos pero el Gobierno puede aumentarlo si lo ve oportuno. Normalmente son motivos de conflicto, por ejemplo, cuando se establecen los servicios mínimos de transporte.
  • 63. Tema 4 Iniciatives Solidàries -64- Mundodeltrabajo9.- Dime lo que sepas del Derecho a la huelga _____________________________________________ _____________________________________________ _____________________________________________ _____________________________________________ _____________________________________________ _____________________________________________ 4. Sindicatos en la empresa y en el mundo Puede existir representación de personas trabajadoras en una empresa para poder negociar las condiciones laborales de quienes trabajan en dicha empresa. La representación de las personas trabajadoras se realiza por el sistema de elecciones sindicales. El Comité de Empresa está integrado por personas trabajadoras elegidas libremente por sus compañeros y compañeras de trabajo. A estas personas se les llama "delegados/as del personal" o “representantes sindicales” en la empresa. Desempeñan un papel esencial en la organización sindical, tanto porque son quienes están en contacto directo con el resto de personas trabajadoras, como porque están ubicados en el interior de las empresas con pleno conocimiento del proceso productivo. Según el número de gente trabajadora, en la empresa puede haber: - Delegados/as de personal: cuando los centros de trabajo tienes de 10 a 50 trabajadores/as pueden tener personas que les representen. En las empresas de 30 personas trabajadoras, pueden tener 1 delegado; de 31 a 49 personas trabajando, 2 delegados. - Comité de empresa: en empresas de más de 50 personas empleadas puede haber un comité de empresa compuesto por diferentes miembros.. De 50 a 100 personas trabajadoras  5 miembros De 101 a 250 personas trabajadoras  9 miembros De 251 a 500 personas trabajadoras  13 miembros De 501 a 750 personas trabajadoras  17 miembros De 751 a 1.000 personas trabajadoras  21 miembros De más de 1000  hasta un máximo de 75 miembros * También puede haber delegados/as de sección en empresas de más de 250 personas trabajadoras.
  • 64. Tema 4 Iniciatives Solidàries -65- MundodeltrabajoLas personas que ejercen como delegados/as o representantes del comité de empresa tienen una serie de competencias: - COMPETENCIAS DE INFORMACIÓN: Recibir información por parte de la empresa sobre la situación de la producción y las ventas, sobre la evolución del empleo en la propia empresa… - COMPETENCIAS DE VIGILANCIA Y CONTROL: Vigilan que en la empresa se cumpla con las normas laborales y seguridad social. - COMPETENCIAS DE GESTIÓN Y COLABORACIÓN: Colaboran en las medidas que pone en práctica la empresa para favorecer la situación de las personas trabajadoras. - COMPETENCIA DE NEGOCIACIÓN Y CONFLCITO: Negociación de convenios, reparto de turnos, horas extras, huelgas… Las garantías de las personas que ejercen como delegados/as o representantes del comité de empresa son: - Prioridad de permanencia en la empresa en caso de suspensión o extinción por causas económicas o tecnológicas. - No recibir sanciones por ejercer como representante de trabajadores/as. - Expresarse libremente. - Disponer de horario para desarrollar sus funciones de representación. 10.- En una empresa con 80 personas trabajadoras, tendrán representación por: a. La empresa b. 2 personas libreadas sindicales. c. Un comité de empresa formado por 5 componentes. d. Alguien delegado del SERVEF. 11.- En una empresa con 150 personas trabajadoras, estarán representadas por: a. La empresa. b. Un comité de empresa formado por 9 componentes. c. Un comité de empresa formado por 5 componentes. d. Un delegado del SERVEF.
  • 65. Tema 4 Iniciatives Solidàries -66- Mundodeltrabajo 12.- En una empresa con 600 personas trabajadoras, estarán representados por: a. La empresa. b. Un comité de empresa formado por 9 componentes. c. Un comité de empresa formado por 17 componentes. d. Un delegado del SERVEF. 13.- Explica que es un comité de empresa: _____________________________________________ _____________________________________________ _____________________________________________ _____________________________________________ _____________________________________________ _____________________________________________ 14.- Las elecciones sindicales en la empresa son promovidas por: a) Representantes de la directiva empresarial. b) Personas que trabajan en el centro por acuerdo mayoritario, delegados/as de personal y comités de empresa o las organizaciones sindicales representativas. c) El gobierno d) Los jurados de empresas Los sindicatos, además de prestar una serie de servicios a las personas afiliadas, también están para promover derechos de la ciudadanía. En muchas ocasiones es precisa una coordinación internacional en este sentido. Algunas organizaciones internacionales son: CES (Confederación Europea de Sindicatos) y CIOLS (Confederación Internacional de Organizaciones Sindicales Libres). Algunas de las propuestas a nivel internacional tienen que ver con:
  • 66. Tema 4 Iniciatives Solidàries -67- Mundodeltrabajo- Reformar instituciones económicas y comerciales de ámbito internacional (FMI, Banco Mundial…) para que la economía esté al servicio de las personas y no de las grandes empresas. - Articular mecanismos para que se garantice el respeto de los derechos fundamentales en todo el mundo. - Abolición de la deuda externa de los países del sur. - Promover el comercio justo. - Luchar contra la explotación laboral infantil. 5. Autoevaluación V F 1 Los sindicatos verticales son propios de la democracia. 2 UGT: UNIÓN GENERAL DE TRABAJADORES. 3 CCOO: COMISIONES OPERERAS 4 Los sindicatos defienden los derechos sociales y laborales de las personas trabajadoras. 5 Hacer huelga es un delito porque perjudica a las empresas. 6 La huelga sólo hace peder poder adquisitivo a las empresas, pero no a las personas trabajadoras que las secundan. 7 El Comité de Empresa lo forman diferentes personas que son “delegados o delegadas sindicales”. 8 Un ERE es un EXPEDIENTE DE REGULACIÓN DE EMPLEO. 9 El FOGASA – Fondo de Garantía Salarial, paga parte del dinero que la empresa en crisis que nos ha despedido no puede pagar. 10 Hay movilizaciones sindicales a nivel europeo. Vamos a decir si son Verdaderas (V) o Falsas (F) estas afirmaciones:
  • 68. Iniciatives Solidàries -69- 1. El mercado laboral en España 2. La Seguridad Social en España 3. Financiación de la Seguridad Social 4. Principales Prestaciones de la Seguridad Social 5. Autoevaluación En España, hasta ahora, el sistema socioeconómico vinculante es el ESTADO DE BIENESTAR. El gobierno se encarga que las personas que residan en España puedan tener acceso a la sanidad, la educación, los servicios sociales… de forma gratuita e igualitaria. Para que el Estado de Bienestar se sostenga es importante que las personas que trabajan, las empresas y las personas que poseen fortunas, aporten dinero a las arcas públicas, a través de impuestos y cotizaciones a la seguridad social. Mundodeltrabajo
  • 69. Tema 5 Iniciatives Solidàries -70- Mundodeltrabajo1. El Mercado Laboral en España A mediados del siglo XX, se consiguen la mayoría de libertades políticas, sociales y laborales (derecho a un salario digno, vacaciones, prestaciones, sanidad, jubilación…). Las sociedades en donde están en vigor todos estos derechos se relacionan con el ESTADO DE BIENESTAR. El Estado de Bienestar es un modelo de organización social y política que se desarrolla en Europa y que garantiza a los ciudadanos que sus necesidades básicas estén cubiertas. En los países donde funciona el estado de Bienestar Social, las personas pueden recibir educación de forma gratuita, pueden recibir asistencia sanitaria de forma gratuita, quienes se quedan sin trabajo pueden cobrar subsidios… En estos casos, el Estado (el gobierno) apuesta por que puedan existir libertades políticas (libertad de expresión, de partidos políticos…) y derechos sociales (derecho a la educación y a la asistencia sanitaria gratuitas…). Así pues, con el Estado de Bienestar se busca una vida digna para todas las personas, tanto en derechos políticos como económicos y sociales: derecho a salario digno, vacaciones, derecho a educación y sanidad universales, prestaciones por jubilación y desempleo, derecho a vivienda digna… Actualmente, las sociedades del Bienestar están entrando en crisis: hay quien piensa que es necesario que el estado intervenga para ayudar a quien menos tiene y hay quien piensa que, tal y como están las cosas, cada cual tiene que pensar en lo suyo. 1.- ¿Qué mejoras introdujo el Estado de Bienestar y qué repercusiones tuvo para la ciudadanía? ___________________________________________ ___________________________________________ ___________________________________________ ___________________________________________ ___________________________________________ ___________________________________________
  • 70. Tema 5 Iniciatives Solidàries -71- Mundodeltrabajo Uno de los motivos por los que se pone en duda el Estado de Bienestar Social es que, cada vez, hay menos personas trabajando y más gastos por parte del estado. El mercado laboral es donde se produce la interacción entre la oferta y la demanda de trabajo, donde se establecen las contrataciones, los índices de empleo, el paro, la productividad de las empresas, los yacimientos de empleo… Dentro del mercado laboral hay dos elementos claros: LAS EMPRESAS y LAS PERSONAS QUE TRABAJAN. Según la relación que se establece entre estos dos elementos y las normativas del derecho laboral, hablamos de: - POBLACIÓN EN EDAD DE TRABAJAR: las personas mayores de 16 años - POBLACIÓN ACTIVA: las personas que trabajan y las personas que quieren trabajar y buscan trabajo o Población ocupada: la que desarrolla un trabajo, ya sea por cuenta ajena (en una empresa o en la administración pública) o por cuenta propia (en su propia empresa) o Población desempleada: son las personas que tienen capacidad y voluntad de trabajar pero no están trabajando, o porque buscan su primer empleo o porque han perdido el trabajo en el que estaban. - POBLACIÓN INACTIVA: las personas que, aún teniendo edad de trabajar, no pertenecen al grupo de población activa porque son personas jubiladas, amas de casa, estudiantes, personas con discapacidad que no pueden desarrollar ningún trabajo. 2.- Escribe cada término donde corresponda: POBLACIÓN EN EDAD DE TRABAJAR, POBLACIÓN DESEMPLEADA, POBLACIÓN OCUPADA, POBLACIÓN ACTIVA, POBLACIÓN INACTIVA, A. El conjunto de personas mayores de 16  B. Aquella población que desarrolla un trabajo  C. Aquellas personas con capacidad de trabajar pero que ahora no disponen de empleo y lo buscan activamente  D.Personas jubiladas, amas de casa, estudiantes, personas con discapacidad que no pueden desarrollar ningún trabajo… E. Personas que están trabajando o buscando empleo 
  • 71. Tema 5 Iniciatives Solidàries -72- Mundodeltrabajo Como el mercado laboral funciona a través de las relaciones entre la oferta y la demanda, cuando hay ofertas por parte de las empresas la población ocupada será mayor que la desempleada; si las empresas entraran en crisis, la población desempleada sería mayor. EL DESEMPLEO se define como la tasa de personas que estando dentro de la población activa, buscan trabajo y no encuentran. Es uno de los mayores desequilibrios que pueden darse en el mercado laboral. En enero de 2012, en España, la tasa de desempleo ha sido del 22,9 %, suponiendo un total de 4.599.829 personas que, queriendo trabajar, no trabajan. En la Comunidad Valenciana, la tasa de desempleo es de un 24,4%, suponiendo un total de 617.300 personas. Una de cada 4 personas quiere trabajar y no encuentra empleo en la Comunidad Valenciana. En ocasiones, podemos distinguir entre PARO ESTACIONAL (el que se produce como consecuencia de las vacaciones o porque son trabajos sólo de temporada) y PARO ESTRUCTURAL (que se produce por la forma en como se organiza el mercado de trabajo. El problema en época de crisis es que el paro estacional, se convierta en estructural y cueste mucho mejorar las cifras de desempleo. 2. La Seguridad Social en España En España las movilizaciones obreras y reformistas se dieron hacia 1.900. En esa época se regularon los accidentes de trabajo, el trabajo de las mujeres y los menores, se creó la inspección de trabajo, se gestionaron los primeros seguros para la vejez, de maternidad, de enfermedades… Con la dictadura (1939-1975) la cosa se paraliza, aunque se consiguen logros como el seguro de desempleo. En 1974 se aprueba el Texto Refundido de la Ley General e la Seguridad Social que es fundamental para conseguir los derechos que tenemos ahora. En 1977 se acuerdan LOS PACTOS DE LA MONCLOA entre los partidos políticos y el gobierno para mejorar la Seguridad Social. Estos pactos fueron