SlideShare una empresa de Scribd logo
1 de 13
UNIVERSIDAD TRES CULTURAS
JUICIO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
Procesos seguidos ante Tribunales
Administrativos
Matra: Lic. María Rosales
Alumno: Leonel Benjamin Robles Robles
Juicio contencioso administrativo
Introducción
La Administración Pública está sujeta al orden jurídico existente, constitucional, legal y
reglamentario. En este mismo orden se establecen los medios para que los particulares
afectados por una actividad ilícita o ilegal de la administración, sea prontamente reparada
o exigir responsabilidades. El régimen de impugnación de los actos administrativos forma
un capítulo importante en el estudio del Derecho administrativo.
Por todo ello, debe reconocerse que señalamos como justicia administrativa cuando el
acto administrativo se somete a un órgano jurisdiccional, cuya competencia está
determinada en la legislación administrativa. Se ha considerado como un principio
esencial del derecho administrativo a someter la decisión de todo litigio frente a la
administración a un tercero independiente.
Debemos afirmar, como lo hace la doctrina administrativa, ‘que sólo en cuanto a la
Administración Pública se ajuste en su actividad una norma puede cumplir debidamente
sus cometidos, por una parte, y, por otra de que sólo respetando el ámbito propio de los
ciudadanos puede ofrecer a estos suficientes garantías la acción pública administrativa.
La justicia administrativa opera cuando se han agotado los recursos administrativos que
señalan las leyes, si éstos no establecen dichos recursos o de revisiones de oficio, el
órgano jurisdiccional es competente para llevar a cabo esta importante función pública de
mantener el orden jurídico. Auto tutela y proceso administrativo son importantes factores
de distinción. No debemos olvidar este principio: la administración pública puede obrar
cuando goce de la correspondiente habilitación legal. “Contencioso administrativo y
justicia administrativa, no son locuciones síntomas, ya que, la primera de ellas es más
amplia y comprende fenómenos ajenos a los que quedan abarcados con el rubro de
justicia administrativa”. (1) Lo contencioso administrativo es, estrictamente, la contienda
que nace por el obrar de la Administración pública, tanto en su seno mismo como fuera de
ella. En este sentido dentro de lo contencioso administrativo, debe comprenderse incluso
el procedimiento propio de la Administración activa cuando interviene para decidir un
punto contencioso; el problema de los recursos administrativos, formaría parte del
contencioso administrativo.
Desarrollo
¿Qué es el juicio contencioso administrativo?
La justicia administrativa opera cuando se han agotado los recursos administrativos que
señalan las leyes, si éstos no establecen dichos recursos o de revisiones de oficio, el
órgano jurisdiccional es competente para llevar a cabo esta importante función pública de
mantener el orden jurídico. Auto tutela y proceso administrativo son importantes factores
de distinción. No debemos olvidar este principio: la administración pública puede obrar
cuando goce de la correspondiente habilitación legal. (2)
La jurisdicción de los tribuna! administrativos o el control jurisdiccional de la
Administración, son los encargados de resolver las controversias o reclamaciones entre la
Administración y los particulares, con motivo de la aplicación de una ley administrativa y
se denomina contencioso administrativo o función de control de legalidad de la actividad
de la Administración pública como sujeto de derecho administrativo.
Algunos sistemas adoptan formas mixtas y son aquellos que toman elementos de uno u
otro de los señalados. Además de la jurisdicción contencioso administrativa existen otras
jurisdicciones administrativas.
La jurisdicción contenciosa administrativa, como jurisdicción especial para unos o como
función ordinaria para otros, puede estudiarse desde un punto de vista formal y desde un
punto de vista material.
Formalmente el contencioso administrativo está constituido por el conjunto de los órganos
que tienen competencia para resolver las controversias en los términos antes señalados.
Estos tribunales pueden ser judiciales o administrativos y se sitúan, los primeros en la
competencia del Poder Judicial de la Federación, y los segundos en la del Poder Ejecutivo
Federal.
Materialmente el contencioso-administrativo se caracteriza cuando se origina un litigio o
controversia entre un particular agraviado en sus derechos y la Administración que realiza
el acto lesivo.
El control de los actos de la Administración pública se lleva a cabo por órganos que son
verdaderos tribunales que se denominan “Tribunales administrativos” y parte de la
consideración de que los funcionarios públicos están sujetos a todos los errores y
contingencias humanas, que deben ser corregidos legalmente.
En lo general significa un sistema de garantías que el Estado reconoce a los particulares
en sus relaciones con la Administración.
En lo particular significa el recurso, acción o litigio suscitado entre un p lar y la
Administración, a consecuencia de un derecho violado. Toda una actividad jurisdiccional
encaminada al examen de la legalidad de los actos administrativos, o pretensiones
fundadas en el Derecho Administrativo.
Acto jurisdiccional “es el que ejecuta un órgano del Estado resolviendo sobre una
pretensión jurídica o preparando su resolución definitiva, exclusivamente en interés de la
ley. Su efecto es estatuir una verdad permanente para el caso concreto, dentro del orden
jurídico”. (3)
En contra de qué actos procede el juicio contencioso
El juicio contencioso administrativo (o de nulidad) en materia fiscal procede en contra de
los siguientes resoluciones definitivas y actos:
Dictados por autoridades fiscales federales y organismos fiscales autónomos en que se
determine la existencia de una obligación fiscal, se fije en cantidad líquida o se den las
bases para su liquidación
Las que nieguen la devolución de un ingreso de los regulados por el Código Fiscal de la
Federación, indebidamente percibido por el Estado cuya devolución proceda de
conformidad con las leyes fiscales
Impongan multas fiscales
Las que causen un agravio en materia fiscal distinto al que se refieren las fracciones
anteriores
Las que resuelvan recursos administrativos en contra de resoluciones. (4)
El juicio contencioso administrativo federal, procede contra las resoluciones
administrativas definitivas que establece la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia
Fiscal y Administrativa. Asimismo, procede dicho juicio contra los actos administrativos,
Decretos y Acuerdos de carácter general, diversos a los Reglamentos, cuando sean
autoaplicativos o cuando el interesado los controvierta en unión del primer acto de
aplicación. Las autoridades de la Administración Pública Federal, tendrán acción para
controvertir una resolución administrativa favorable a un particular cuando estime que es
contraria a la ley. (5)
¿Ante qué autoridad se presenta el juicio contencioso administrativo?
El juicio contencioso administrativo se promueve ante el Tribunal Federal de Justicia
Administrativa por el particular afectado por los actos de autoridad que estima emitidos
contrarios a derecho, con el propósito de obtener la nulidad de dichos actos.
¿Quiénes son las partes en el juicio contencioso administrativo?
El demandante
Los demandados que serán:
La autoridad que dictó la resolución impugnada
El particular a quien favorezca la resolución cuya modificación o nulidad pida la autoridad
administrativa (si es el caso)
El jefe del Servicio de Administración Tributaria (SAT) o el titular de la dependencia u
organismo desconcentrado o descentralizado que sea parte en los juicios que se
controviertan resoluciones de autoridades federativas coordinadas
La Secretaría de Hacienda y Crédito Público podrá apersonarse como parte en los juicios
en que se controvierta el interés fiscal de la federación.
El tercero que tenga un derecho incompatible con la pretensión del demandante. (5)
Tribunal de Justicia Administrativa de la Ciudad de México
P R E S E N T E , con capacidad jurídica en términos de los artículo 9° del Código de
Procedimiento y Justicia Administrativa para la Ciudad de México; señalando como
domicilio para recibir notificaciones el ubicado calle Manzanas, col. López Portillo, en la
alcaldía Miguel Hidalgo, de la Ciudad de México. y/o la dirección electrónica
@cdmx.gob.mx.; asimismo autorizo en los términos amplios del segundo párrafo del
artículo 10 del Código de Procedimiento y Justicia Administrativa para la Ciudad de
México, así como para oír y recibir toda clase de documentos al C. Lic. Leonel Benjamin
Robles Robles; ante Usted, respetuosamente comparezco para exponer: Acudo a
promover por este medio Demanda de Nulidad, con fundamento en los artículos 256 y
263 del Código de Procedimiento y Justicia Administrativa para la Ciudad de México.
Asimismo, señalo lo siguiente para dar cabal cumplimiento al artículo 265 del precepto
legal en comento:
I. El nombre del actor o quien promueve a su nombre; así como el domicilio para recibir
notificaciones en el lugar de residencia del tribunal, o la dirección de correo electrónico y,
en su caso, los autorizados para oír y recibir notificaciones: Datos que ya han quedado
establecidos en el proemio del presente ocurso, por lo que solicito se me tengan por
reproducidos íntegramente para dar por cumplida esta fracción.
II. El acto o resolución que se impugna, y en su caso, la fecha de su notificación o en la
que se haya ostentado sabedor del mismo: Los actos impugnados lo constituyen: a) El
acta de infracción con número de folio 56788900, de la cual tuve conocimiento y no a la
vista el día 28 del mes de mayo de 2023.
III. Las autoridades demandadas: Señalo como tal a: Al Agente de la ciudad de México de
quien desconozco su nombre, que se encontraba de turno el día sábado 28 de mayo a
las 18:00 horas en la Ave. Paseos de Taxqueña en un operativo, el cual elaboró dicha
infracción de folio y de quien solicito sea requerido en la Dirección General de Transito,
Movilidad y Trasporte de la Ciudad de México, para que sea emplazado al proceso.
Quien puede ser legalmente emplazado en el domicilio ubicado en el Fraccionamiento
Villas del Tepeyac, Calle San Isidro S/N de la CdMx.
IV. El nombre y el domicilio del tercero que tenga un derecho incompatible con la
pretención del actor: Versión Pública TJA 1. La Tesorería de la Ciudad de México. Por ser
ésta quien debe de reintegrar la cantidad indebidamente erogada, una vez que sea
decretada la nulidad de la boleta de infracción combatida. Autoridad que puede ser
emplazada en el domicilio ubicado en Calle Plaza de la Paz 12 de la Colonia Centro, de la
Ciudad de México. Depósito de vehículos Accidentados o retenidos, quien debe reintegrar
la cantidad indebidamente erogada, en cuanto se decrete la nulidad de la boleta de
infracción combatida. Dicho Depósito de vehículos puede ser emplazado en La Ciudad de
México.
V. La pretensión intentada en los términos del art. 255 del Códigp de procedimiento y
justicia administrativa para la ciudad de México: a) Con fundamento en los artículos 255
fracción I y 300 fracción III del vigente Código de Procedimiento y Justicia Administrativa
para nuestra entidad federativa, solicito se decrete La nulidad total de los actos
combativos, al no haber sido emitidos conforme a derecho, atento a los argumentos
jurídicos contenidos en los conceptos de impugnación que se formulan en el capítulo
correspondiente; b) Con fundamento en los artículos 255, fracción II y 300, fracción III y V
del vigente Código de Procedimiento y Justicia Administrativa para nuestra entidad
federativa; 1°, 14 y 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;
vengo a solicitar en vía de reconocimiento de derecho para que una vez decretada la
nulidad de la boleta de infracción y su consecuente calificación, con fundamento en lo
dispuesto por los artículos 52 y 53 segundo párrafo de la Ley de Hacienda para la Ciudad
de México se reconozca mi derecho para que la autoridad demandada me reintegre la
cantidad de $5000.00 ; además, solicito se reconozca mi derecho para que la autoridad se
abstenga de inscribir cualquier tipo de registro negativo o perjudicial a nombre de la que
suscribe, en el libro de sanciones administrativas de la Ciudad de México., con el fin de
que no se me tenga considerado como reincidente. Solo para el caso de que ya se haya
realizado alguna anotación de carácter negativo en relación con la supuesta conducta
imputada, solicito que se ordene a las autoridades demandadas que se elimine o cancele,
por ser una consecuencia derivada de un acto viciado. c) Con fundamento en los artículos
255 fracción III y 300 fracción VI del vigente Código de Procedimiento y Justicia
Administrativa para nuestra entidad federativa; solicito se imponga en forma clara y
precisa la condena a la autoridad denunciada, por lo que deberá adoptar las medidas
necesarias para el pleno restablecimiento de los derechos violentados en términos de las
normas invocadas y precisiones descritas anteriormente, fijándolo en el sentido de que la
resolución ponga fin al juicio, sea en favor del suscrito.
HECHOS QUE DEN MOTIVO A LA DEMANDA:
1. El día 5 del mes de mayo de 2023, el agente de Tránsito Municipal que es mencionado
a supra líneas me elaboró una boleta de infracción, supuestamente por circular en estado
de ebriedad; situación que desde este momento niego lisa y llanamente; lo
verdaderamente cierto es que el suscrito me encontraba estacionado dentro de un
vehículo de motor con mis intermitentes encendidas sobre la Avenida Paseos de
Taxqueña a la altura de la Colonia Bosques de Taxqueña, cuando de repente fui
abordado por un oficial de tránsito quien no se identificó, solo sé que trabaja en dicha
corporación ya que se encontraba uniformado y me manifestó que tenía que pasar un
examen de alcohol ya que me encontraba dentro de mi vehículo y que me iba a detener y
a remitir a los separos de la alcaldía Coyoacán asimismo retener el vehículo; lo que así
ocurrió luego de que el agente llamara a elementos de seguridad Ciudadana y me
obligaran a hacer la prueba de alcohol de manera ilegal y vulnerando mi derechos
humanos, así como llamar a la grúa para recoger el vehículo.
2. El día 15 del mes mayo del año 2023, acudí a la Caja 8 ocho de la Recaudadora de la
Tesorería Municipal que se encuentra ubicada dentro de las oficinas de Transito,
Movilidad y Trasporte, con domicilio en Avenida Las Palmas No. 342, Col. Héroes y
Mártires en la Alcaldía Coyoacán a efecto de que me fuera calificada la multa con número
de folio 342235 número que nunca tuve en mis manos y solo se me entrego el recibo con
folio número 342235 , por concepto del pago de la infracción por la cantidad de $5000.00;
liquidé la infracción y con este pago me entregaron un documento que autoriza la
liberación del mismo, situación que no implica consentimiento de mi parte, pues lo realicé
con la finalidad de recuperar el vehículo y evitarme inconvenientes. No estoy conforme
con la actuación de la autoridad, lo que es la razón por la cual me veo obligado a
demandar el presente juicio de nulidad.
3. Así las cosas, el día 25 del mes mayo del año 2023 , acudí a las oficinas de Depósito
de vehículos Accidentados o retenidos, dicho depósito de vehículos se localiza en Calle
Mares 34 col. Paseos de Taxqueña, Alcaldía Coyoacán de la ciudad de México con la
documentación necesaria para solicitar la liberación del vehículo;, en donde tuve que
realizar otro pago de $2500.00 del cual solo me dieron un recibo simple indicando no
tenían facturas, el pago de dicha cantidad fue por los conceptos de 10 diez días de
pensión y una grúa de ingreso, cantidad que también solicito me sea devuelta ya que la
misma fue originada por la retención ilegal de mi vehículo.
II. LOS CONCEPTOS DE IMPUGNACIÓN DEL ACTO O RESOLUCIÓN QUE SE
COMBATE:
PRIMERO. El acto que se impugna es ilegal, ya que no cumplió con los elementos de
validez previstos en el artículo 302 del Código de Procedimiento y Justicia Administrativa
para la Ciudad de México.
Con fundamento en el artículo 302 párrafo segundo del Código de Procedimiento y
Justicia Administrativa para la Ciudad de México, solicito a este Juzgado Administrativo
que analice de oficio la Omisión de los requisitos formales exigidos en las leyes, inclusive
por la ausencia de fundamentación o motivación en su caso ya que aunado a esto nunca
se informó las causas de la detención de la persona así como del vehículo y en ningún
momento se entregó documentos que indicaran la infracción cometida, falta administrativa
o Versión Pública TJA artículos del bando de policía y buen gobiernos de la Ciudad de
México que se infringieron ya que al fundamentar dicha infracción con los Art.
291,292,293,294 y 295 del Reglamento de Movilidad para la Ciudad de México se viola el
Código Nacional de Procedimientos Penales en su Art. 252 Actos de Investigación que
requieren autorización previa de un juez, que a la letra dice en su fracc. IV en relación a
los actos de toma de muestras y fluidos corporales, extracción de sangre u otros sin
consentimiento tienen que ser con una orden judicial, fracc V, toma pericial del examen
físico de una persona cuando esta se niegue a ser examinada requiere orden de un juez,
así mismo se vilo dicho Reglamento de Movilidad para la Ciudad de México en su Art. 292
en su fracción II, al no identificarse debida y plenamente como policía Vial ante un
ciudadano.
Aunado a las manifestaciones anteriores y en correlación con la boleta de infracción no
entregada y pagada impugnada así como el pago de la Pensión , manifiesto que me
genera evidente perjuicio y vulnera mis derechos como gobernado, el acto de autoridad
consistente en la calificación de la multicitada boleta de infracción por la cantidad de $
5000.00, más los $2500.00 por los conceptos del pago de 10 diez días de pensión y una
grúa de ingreso; ya que el hecho de que el acta de infracción esté viciada de nulidad por
no haber sido motivada así como exhibida al de la voz, tiene como consecuencia que la
calificación de dicha infracción y los pagos derivados de la misma sean también nulos, al
ser fruto de un acto viciado de origen.
EXHIBICIÓN DEL ACTO IMPUGNADO. En cumplimiento y alcance al artículo 266,
fracción II, del código que rige los requisitos que debe reunir este tipo de demanda, anexo
original del oficio de fecha de del año , donde se solicita la Dirección de Tránsito,
Movilidad y Transporte de la ciudad de México una copia simple del Acta de Infracción
con número de folio dando como referencia el recibo de pago con folio , dicha acta de
infracción se anexara al expediente en cuanto se de contestación a dicho oficio por parte
de la autoridad competente (ANEXO I). Con fundamento en lo dispuesto por artículo 50
del Código de Procedimiento y Justicia Administrativa para el Estado y los Municipios de
Guanajuato, solicito a este Juzgado que vía jurisdiccional se requiera a la autoridad
demandada para que exhiba copia debidamente certificada de la boleta de infracción
recurrida así como el documento que indique la prueba de alcoholemia obtenida de forma
ilegal y vulnerando los derechos humanos. Lo anterior, por ser necesario para el
conocimiento de la verdad y por tener relación con de los puntos controvertidos.
VIII. Las pruebas que se ofrezcan: Documentales públicas y privadas. Versión Pública
TJA 1. Original del recibo de pago expedido por la Tesorería de la Ciudad de México
Municipal, por la cantidad de $5000.00 , con el objeto de acreditar la cantidad que erogué
por concepto de infracción. 2. Original del recibo de pago expedido por la cantidad de
$2500.00, con el objeto de acreditar la cantidad que erogué por concepto pensión y grúa.
(ANEXO III) 3. Copia simple de la tarjeta de circulación del vehículo de marca
Volkswagen, Tipo Vento , 2022 , con número de serie 696960888843, con placas LZN234
(ANEXO IV) Por último, solicito que los datos personales No sean publicados o
entregados para el supuesto de que exista alguna petición en materia de acceso a la
información pública por parte de algún ciudadano interesado en el proceso que ahora se
desarrolla. Por lo anteriormente expuesto y fundado, atentamente solicito: Primero.- Se
admita la presente demanda, en los términos planteados. Segundo.- Se emplace a las
autoridades demandadas, corriéndoles traslado en los términos del Código de
Procedimiento y Justicia Administrativa para la Ciudad de México.
Tercero.- Se resuelva favorablemente mi solicitud, a efecto de que se tenga por ilegales
y/o nulos todos y cada uno de los actos administrativos, disposiciones legales y
resoluciones atacadas mediante la presente demanda, dejando sin efecto alguno la boleta
de infracción de folio número , que se emitió ilegalmente mediante normas administrativas
violatorias de mis derechos constitucionales.
Protesto lo necesario, Ciudad de México, 30 de junio de 2023
Conclusión
La evolución del contencioso-administrativo en México, en sus setenta y cinco años de
existencia, no sólo ha ocurrido respecto de su organización y del procedimiento que se
sigue para resolver las controversias que se someten a su consideración, sino también en
cuanto a su competencia material. Un tribunal que nació con una competencia restringida,
únicamente respecto de la materia fiscal federal, ahora la tiene más amplia.
En la doctrina del derecho administrativo tradicionalmente se ha concebido al contencioso
administrativo, como formando parte de la teoría general del derecho administrativo; sin
embargo esa opinión ha sido enjuiciada por los técnicos del derecho procesal que
mantienen una profunda discrepancia con los administrativistas sosteniendo, que el
contencioso administrativo realiza los fines que al derecho procesal se le asignan en lo
general; no obstante la teoría administrativa rechaza esta idea porque el derecho
administrativo y el contencioso administrativo cumplen ambos los mismos propósitos,
esforzándose en ambos casos para que los fines de la administración pública se cumplan
íntegramente, pues la finalidad del derecho procesal administrativo es la de mantener la
vigencia del orden jurídico, que al quebrantarse por la administración pública da paso a la
pretensión del particular. En esas condiciones se ha buscado la armonía entre el derecho
procesal en general y el contencioso administrativo para que su conciliación permita
alcanzar la eficacia esperada de este último, y en efecto las corrientes de ambas
tendencias se han fundido para alcanzar convicciones similares que nos permiten
desentrañar la esencia del contencioso administrativo, sin perder de vista que sus
formalidades legales en gran medida han sido tomadas del procedimiento civil y han
servido de inspiración para substanciar y resolver los juicios de naturaleza administrativa.
(7)
Bibliografía
1 Ed. Porrúa, S. A., 1939. Carrillo Flores A.
2 Manuel J. Argañaras E. Argentina, 1955.
3 Ignacio Medina Jr. Rey. E. de Jur. Junio-diciembre 1940, núm. 7, pág. 325.
4. Art. 2° de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo.
https://www.profeco.gob.mx/juridico/pdf/l_fprd_con_adm.pdf
5. https://mexico.justia.com/derecho-fiscal/juicio-contencioso-administrativo/preguntas-y-
respuestas-sobre-juicio-contencios-aministrativo
6 Art. 3° de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo.
7.http://paginaspersonales.unam.mx/app/webroot/files/1719/EL_JUICIO_CONTENCIOSO_ADMINI
STRATIVO.pdf

Más contenido relacionado

Similar a TFJ.docx

LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO - GACETA JURÍDICA - EL DERECHO - BOLIVIA - DIAR...
LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO - GACETA JURÍDICA - EL DERECHO - BOLIVIA - DIAR...LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO - GACETA JURÍDICA - EL DERECHO - BOLIVIA - DIAR...
LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO - GACETA JURÍDICA - EL DERECHO - BOLIVIA - DIAR...Corporación Hiram Servicios Legales
 
Requisitos de validez del acto administrativo
Requisitos de validez del acto administrativo Requisitos de validez del acto administrativo
Requisitos de validez del acto administrativo jhonger Garcia
 
Contencioso administrativo
Contencioso administrativoContencioso administrativo
Contencioso administrativojosegoyo4
 
Deradvo2 tema 4.4.1 complementaria
Deradvo2 tema 4.4.1 complementariaDeradvo2 tema 4.4.1 complementaria
Deradvo2 tema 4.4.1 complementarialiclinea11
 
Trabajo contencioso
Trabajo contenciosoTrabajo contencioso
Trabajo contenciosoYELVER
 
Contencioso administrativo laboral
Contencioso administrativo laboralContencioso administrativo laboral
Contencioso administrativo laboralJulioCesarChuecosPar
 
06. silencio aministrativo
06. silencio aministrativo06. silencio aministrativo
06. silencio aministrativoChipilis15
 
Análisis de Juicio Contencioso Administrativo Ecuador
Análisis de Juicio Contencioso Administrativo EcuadorAnálisis de Juicio Contencioso Administrativo Ecuador
Análisis de Juicio Contencioso Administrativo EcuadorHENRRY PAUL CHANALUISA VIERA
 
Ensayo req.forma y fondo acto. adm. tania martin
Ensayo req.forma y fondo acto. adm. tania martinEnsayo req.forma y fondo acto. adm. tania martin
Ensayo req.forma y fondo acto. adm. tania martinTania martin
 
Jurisdiccion contencioso administrativo
Jurisdiccion contencioso administrativoJurisdiccion contencioso administrativo
Jurisdiccion contencioso administrativocarlos jose arocha
 
Recursos administrativos
Recursos administrativos Recursos administrativos
Recursos administrativos DargeSamira
 
Cuadro Explicativo : El Acto Administrativo
Cuadro Explicativo : El Acto AdministrativoCuadro Explicativo : El Acto Administrativo
Cuadro Explicativo : El Acto AdministrativoEvelyn Perdomo
 
Procedimiento Contencioso Funcionarial Desde Distintas Perspectivas.
Procedimiento Contencioso Funcionarial Desde Distintas Perspectivas.Procedimiento Contencioso Funcionarial Desde Distintas Perspectivas.
Procedimiento Contencioso Funcionarial Desde Distintas Perspectivas.Universidad Fermin Toro
 
Contencioso administrativo concepto, objeto, evolución histórica, principios ...
Contencioso administrativo concepto, objeto, evolución histórica, principios ...Contencioso administrativo concepto, objeto, evolución histórica, principios ...
Contencioso administrativo concepto, objeto, evolución histórica, principios ...yenny mar g
 

Similar a TFJ.docx (20)

LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO - GACETA JURÍDICA - EL DERECHO - BOLIVIA - DIAR...
LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO - GACETA JURÍDICA - EL DERECHO - BOLIVIA - DIAR...LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO - GACETA JURÍDICA - EL DERECHO - BOLIVIA - DIAR...
LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO - GACETA JURÍDICA - EL DERECHO - BOLIVIA - DIAR...
 
Requisitos de validez del acto administrativo
Requisitos de validez del acto administrativo Requisitos de validez del acto administrativo
Requisitos de validez del acto administrativo
 
Actos y procedimientos administrativos Sara Perozo
Actos y procedimientos administrativos  Sara PerozoActos y procedimientos administrativos  Sara Perozo
Actos y procedimientos administrativos Sara Perozo
 
Contencioso administrativo
Contencioso administrativoContencioso administrativo
Contencioso administrativo
 
Deradvo2 tema 4.4.1 complementaria
Deradvo2 tema 4.4.1 complementariaDeradvo2 tema 4.4.1 complementaria
Deradvo2 tema 4.4.1 complementaria
 
Trabajo contencioso
Trabajo contenciosoTrabajo contencioso
Trabajo contencioso
 
Contencioso administrativo laboral
Contencioso administrativo laboralContencioso administrativo laboral
Contencioso administrativo laboral
 
06. silencio aministrativo
06. silencio aministrativo06. silencio aministrativo
06. silencio aministrativo
 
Justicia administrativa (1).pptx
Justicia administrativa (1).pptxJusticia administrativa (1).pptx
Justicia administrativa (1).pptx
 
Análisis de Juicio Contencioso Administrativo Ecuador
Análisis de Juicio Contencioso Administrativo EcuadorAnálisis de Juicio Contencioso Administrativo Ecuador
Análisis de Juicio Contencioso Administrativo Ecuador
 
Recursos
RecursosRecursos
Recursos
 
Recursos
RecursosRecursos
Recursos
 
Proceso Contencioso Administrativo Elac Part001
Proceso Contencioso Administrativo Elac Part001Proceso Contencioso Administrativo Elac Part001
Proceso Contencioso Administrativo Elac Part001
 
Ensayo req.forma y fondo acto. adm. tania martin
Ensayo req.forma y fondo acto. adm. tania martinEnsayo req.forma y fondo acto. adm. tania martin
Ensayo req.forma y fondo acto. adm. tania martin
 
Jurisdiccion contencioso administrativo
Jurisdiccion contencioso administrativoJurisdiccion contencioso administrativo
Jurisdiccion contencioso administrativo
 
Recursos administrativos
Recursos administrativos Recursos administrativos
Recursos administrativos
 
Cuadro Explicativo : El Acto Administrativo
Cuadro Explicativo : El Acto AdministrativoCuadro Explicativo : El Acto Administrativo
Cuadro Explicativo : El Acto Administrativo
 
Procedimiento Contencioso Funcionarial Desde Distintas Perspectivas.
Procedimiento Contencioso Funcionarial Desde Distintas Perspectivas.Procedimiento Contencioso Funcionarial Desde Distintas Perspectivas.
Procedimiento Contencioso Funcionarial Desde Distintas Perspectivas.
 
Defensa fiscal de las empresas
Defensa fiscal de las empresasDefensa fiscal de las empresas
Defensa fiscal de las empresas
 
Contencioso administrativo concepto, objeto, evolución histórica, principios ...
Contencioso administrativo concepto, objeto, evolución histórica, principios ...Contencioso administrativo concepto, objeto, evolución histórica, principios ...
Contencioso administrativo concepto, objeto, evolución histórica, principios ...
 

Último

Heinsohn Privacidad y Ciberseguridad para el sector educativo
Heinsohn Privacidad y Ciberseguridad para el sector educativoHeinsohn Privacidad y Ciberseguridad para el sector educativo
Heinsohn Privacidad y Ciberseguridad para el sector educativoFundación YOD YOD
 
Introducción:Los objetivos de Desarrollo Sostenible
Introducción:Los objetivos de Desarrollo SostenibleIntroducción:Los objetivos de Desarrollo Sostenible
Introducción:Los objetivos de Desarrollo SostenibleJonathanCovena1
 
Lecciones 04 Esc. Sabática. Defendamos la verdad
Lecciones 04 Esc. Sabática. Defendamos la verdadLecciones 04 Esc. Sabática. Defendamos la verdad
Lecciones 04 Esc. Sabática. Defendamos la verdadAlejandrino Halire Ccahuana
 
Día de la Madre Tierra-1.pdf día mundial
Día de la Madre Tierra-1.pdf día mundialDía de la Madre Tierra-1.pdf día mundial
Día de la Madre Tierra-1.pdf día mundialpatriciaines1993
 
RAIZ CUADRADA Y CUBICA PARA NIÑOS DE PRIMARIA
RAIZ CUADRADA Y CUBICA PARA NIÑOS DE PRIMARIARAIZ CUADRADA Y CUBICA PARA NIÑOS DE PRIMARIA
RAIZ CUADRADA Y CUBICA PARA NIÑOS DE PRIMARIACarlos Campaña Montenegro
 
Plan Año Escolar Año Escolar 2023-2024. MPPE
Plan Año Escolar Año Escolar 2023-2024. MPPEPlan Año Escolar Año Escolar 2023-2024. MPPE
Plan Año Escolar Año Escolar 2023-2024. MPPELaura Chacón
 
Informatica Generalidades - Conceptos Básicos
Informatica Generalidades - Conceptos BásicosInformatica Generalidades - Conceptos Básicos
Informatica Generalidades - Conceptos BásicosCesarFernandez937857
 
NARRACIONES SOBRE LA VIDA DEL GENERAL ELOY ALFARO
NARRACIONES SOBRE LA VIDA DEL GENERAL ELOY ALFARONARRACIONES SOBRE LA VIDA DEL GENERAL ELOY ALFARO
NARRACIONES SOBRE LA VIDA DEL GENERAL ELOY ALFAROJosé Luis Palma
 
LA ECUACIÓN DEL NÚMERO PI EN LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE PARÍS. Por JAVIER SOLIS ...
LA ECUACIÓN DEL NÚMERO PI EN LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE PARÍS. Por JAVIER SOLIS ...LA ECUACIÓN DEL NÚMERO PI EN LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE PARÍS. Por JAVIER SOLIS ...
LA ECUACIÓN DEL NÚMERO PI EN LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE PARÍS. Por JAVIER SOLIS ...JAVIER SOLIS NOYOLA
 
Estrategia de Enseñanza y Aprendizaje.pdf
Estrategia de Enseñanza y Aprendizaje.pdfEstrategia de Enseñanza y Aprendizaje.pdf
Estrategia de Enseñanza y Aprendizaje.pdfromanmillans
 
Clasificaciones, modalidades y tendencias de investigación educativa.
Clasificaciones, modalidades y tendencias de investigación educativa.Clasificaciones, modalidades y tendencias de investigación educativa.
Clasificaciones, modalidades y tendencias de investigación educativa.José Luis Palma
 
Marketing y servicios 2ºBTP Cocina DGETP
Marketing y servicios 2ºBTP Cocina DGETPMarketing y servicios 2ºBTP Cocina DGETP
Marketing y servicios 2ºBTP Cocina DGETPANEP - DETP
 
Identificación de componentes Hardware del PC
Identificación de componentes Hardware del PCIdentificación de componentes Hardware del PC
Identificación de componentes Hardware del PCCesarFernandez937857
 
DE LAS OLIMPIADAS GRIEGAS A LAS DEL MUNDO MODERNO.ppt
DE LAS OLIMPIADAS GRIEGAS A LAS DEL MUNDO MODERNO.pptDE LAS OLIMPIADAS GRIEGAS A LAS DEL MUNDO MODERNO.ppt
DE LAS OLIMPIADAS GRIEGAS A LAS DEL MUNDO MODERNO.pptELENA GALLARDO PAÚLS
 

Último (20)

Unidad 3 | Teorías de la Comunicación | MCDI
Unidad 3 | Teorías de la Comunicación | MCDIUnidad 3 | Teorías de la Comunicación | MCDI
Unidad 3 | Teorías de la Comunicación | MCDI
 
Heinsohn Privacidad y Ciberseguridad para el sector educativo
Heinsohn Privacidad y Ciberseguridad para el sector educativoHeinsohn Privacidad y Ciberseguridad para el sector educativo
Heinsohn Privacidad y Ciberseguridad para el sector educativo
 
Introducción:Los objetivos de Desarrollo Sostenible
Introducción:Los objetivos de Desarrollo SostenibleIntroducción:Los objetivos de Desarrollo Sostenible
Introducción:Los objetivos de Desarrollo Sostenible
 
Lecciones 04 Esc. Sabática. Defendamos la verdad
Lecciones 04 Esc. Sabática. Defendamos la verdadLecciones 04 Esc. Sabática. Defendamos la verdad
Lecciones 04 Esc. Sabática. Defendamos la verdad
 
Día de la Madre Tierra-1.pdf día mundial
Día de la Madre Tierra-1.pdf día mundialDía de la Madre Tierra-1.pdf día mundial
Día de la Madre Tierra-1.pdf día mundial
 
RAIZ CUADRADA Y CUBICA PARA NIÑOS DE PRIMARIA
RAIZ CUADRADA Y CUBICA PARA NIÑOS DE PRIMARIARAIZ CUADRADA Y CUBICA PARA NIÑOS DE PRIMARIA
RAIZ CUADRADA Y CUBICA PARA NIÑOS DE PRIMARIA
 
Defendamos la verdad. La defensa es importante.
Defendamos la verdad. La defensa es importante.Defendamos la verdad. La defensa es importante.
Defendamos la verdad. La defensa es importante.
 
Plan Año Escolar Año Escolar 2023-2024. MPPE
Plan Año Escolar Año Escolar 2023-2024. MPPEPlan Año Escolar Año Escolar 2023-2024. MPPE
Plan Año Escolar Año Escolar 2023-2024. MPPE
 
Informatica Generalidades - Conceptos Básicos
Informatica Generalidades - Conceptos BásicosInformatica Generalidades - Conceptos Básicos
Informatica Generalidades - Conceptos Básicos
 
NARRACIONES SOBRE LA VIDA DEL GENERAL ELOY ALFARO
NARRACIONES SOBRE LA VIDA DEL GENERAL ELOY ALFARONARRACIONES SOBRE LA VIDA DEL GENERAL ELOY ALFARO
NARRACIONES SOBRE LA VIDA DEL GENERAL ELOY ALFARO
 
LA ECUACIÓN DEL NÚMERO PI EN LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE PARÍS. Por JAVIER SOLIS ...
LA ECUACIÓN DEL NÚMERO PI EN LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE PARÍS. Por JAVIER SOLIS ...LA ECUACIÓN DEL NÚMERO PI EN LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE PARÍS. Por JAVIER SOLIS ...
LA ECUACIÓN DEL NÚMERO PI EN LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE PARÍS. Por JAVIER SOLIS ...
 
Estrategia de Enseñanza y Aprendizaje.pdf
Estrategia de Enseñanza y Aprendizaje.pdfEstrategia de Enseñanza y Aprendizaje.pdf
Estrategia de Enseñanza y Aprendizaje.pdf
 
Clasificaciones, modalidades y tendencias de investigación educativa.
Clasificaciones, modalidades y tendencias de investigación educativa.Clasificaciones, modalidades y tendencias de investigación educativa.
Clasificaciones, modalidades y tendencias de investigación educativa.
 
Earth Day Everyday 2024 54th anniversary
Earth Day Everyday 2024 54th anniversaryEarth Day Everyday 2024 54th anniversary
Earth Day Everyday 2024 54th anniversary
 
Marketing y servicios 2ºBTP Cocina DGETP
Marketing y servicios 2ºBTP Cocina DGETPMarketing y servicios 2ºBTP Cocina DGETP
Marketing y servicios 2ºBTP Cocina DGETP
 
Identificación de componentes Hardware del PC
Identificación de componentes Hardware del PCIdentificación de componentes Hardware del PC
Identificación de componentes Hardware del PC
 
La Trampa De La Felicidad. Russ-Harris.pdf
La Trampa De La Felicidad. Russ-Harris.pdfLa Trampa De La Felicidad. Russ-Harris.pdf
La Trampa De La Felicidad. Russ-Harris.pdf
 
Tema 7.- E-COMMERCE SISTEMAS DE INFORMACION.pdf
Tema 7.- E-COMMERCE SISTEMAS DE INFORMACION.pdfTema 7.- E-COMMERCE SISTEMAS DE INFORMACION.pdf
Tema 7.- E-COMMERCE SISTEMAS DE INFORMACION.pdf
 
Repaso Pruebas CRECE PR 2024. Ciencia General
Repaso Pruebas CRECE PR 2024. Ciencia GeneralRepaso Pruebas CRECE PR 2024. Ciencia General
Repaso Pruebas CRECE PR 2024. Ciencia General
 
DE LAS OLIMPIADAS GRIEGAS A LAS DEL MUNDO MODERNO.ppt
DE LAS OLIMPIADAS GRIEGAS A LAS DEL MUNDO MODERNO.pptDE LAS OLIMPIADAS GRIEGAS A LAS DEL MUNDO MODERNO.ppt
DE LAS OLIMPIADAS GRIEGAS A LAS DEL MUNDO MODERNO.ppt
 

TFJ.docx

  • 1. UNIVERSIDAD TRES CULTURAS JUICIO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Procesos seguidos ante Tribunales Administrativos Matra: Lic. María Rosales Alumno: Leonel Benjamin Robles Robles
  • 2. Juicio contencioso administrativo Introducción La Administración Pública está sujeta al orden jurídico existente, constitucional, legal y reglamentario. En este mismo orden se establecen los medios para que los particulares afectados por una actividad ilícita o ilegal de la administración, sea prontamente reparada o exigir responsabilidades. El régimen de impugnación de los actos administrativos forma un capítulo importante en el estudio del Derecho administrativo. Por todo ello, debe reconocerse que señalamos como justicia administrativa cuando el acto administrativo se somete a un órgano jurisdiccional, cuya competencia está determinada en la legislación administrativa. Se ha considerado como un principio esencial del derecho administrativo a someter la decisión de todo litigio frente a la administración a un tercero independiente. Debemos afirmar, como lo hace la doctrina administrativa, ‘que sólo en cuanto a la Administración Pública se ajuste en su actividad una norma puede cumplir debidamente sus cometidos, por una parte, y, por otra de que sólo respetando el ámbito propio de los ciudadanos puede ofrecer a estos suficientes garantías la acción pública administrativa. La justicia administrativa opera cuando se han agotado los recursos administrativos que señalan las leyes, si éstos no establecen dichos recursos o de revisiones de oficio, el órgano jurisdiccional es competente para llevar a cabo esta importante función pública de mantener el orden jurídico. Auto tutela y proceso administrativo son importantes factores de distinción. No debemos olvidar este principio: la administración pública puede obrar cuando goce de la correspondiente habilitación legal. “Contencioso administrativo y justicia administrativa, no son locuciones síntomas, ya que, la primera de ellas es más amplia y comprende fenómenos ajenos a los que quedan abarcados con el rubro de justicia administrativa”. (1) Lo contencioso administrativo es, estrictamente, la contienda que nace por el obrar de la Administración pública, tanto en su seno mismo como fuera de ella. En este sentido dentro de lo contencioso administrativo, debe comprenderse incluso el procedimiento propio de la Administración activa cuando interviene para decidir un
  • 3. punto contencioso; el problema de los recursos administrativos, formaría parte del contencioso administrativo. Desarrollo ¿Qué es el juicio contencioso administrativo? La justicia administrativa opera cuando se han agotado los recursos administrativos que señalan las leyes, si éstos no establecen dichos recursos o de revisiones de oficio, el órgano jurisdiccional es competente para llevar a cabo esta importante función pública de mantener el orden jurídico. Auto tutela y proceso administrativo son importantes factores de distinción. No debemos olvidar este principio: la administración pública puede obrar cuando goce de la correspondiente habilitación legal. (2) La jurisdicción de los tribuna! administrativos o el control jurisdiccional de la Administración, son los encargados de resolver las controversias o reclamaciones entre la Administración y los particulares, con motivo de la aplicación de una ley administrativa y se denomina contencioso administrativo o función de control de legalidad de la actividad de la Administración pública como sujeto de derecho administrativo. Algunos sistemas adoptan formas mixtas y son aquellos que toman elementos de uno u otro de los señalados. Además de la jurisdicción contencioso administrativa existen otras jurisdicciones administrativas. La jurisdicción contenciosa administrativa, como jurisdicción especial para unos o como función ordinaria para otros, puede estudiarse desde un punto de vista formal y desde un punto de vista material. Formalmente el contencioso administrativo está constituido por el conjunto de los órganos que tienen competencia para resolver las controversias en los términos antes señalados. Estos tribunales pueden ser judiciales o administrativos y se sitúan, los primeros en la competencia del Poder Judicial de la Federación, y los segundos en la del Poder Ejecutivo Federal.
  • 4. Materialmente el contencioso-administrativo se caracteriza cuando se origina un litigio o controversia entre un particular agraviado en sus derechos y la Administración que realiza el acto lesivo. El control de los actos de la Administración pública se lleva a cabo por órganos que son verdaderos tribunales que se denominan “Tribunales administrativos” y parte de la consideración de que los funcionarios públicos están sujetos a todos los errores y contingencias humanas, que deben ser corregidos legalmente. En lo general significa un sistema de garantías que el Estado reconoce a los particulares en sus relaciones con la Administración. En lo particular significa el recurso, acción o litigio suscitado entre un p lar y la Administración, a consecuencia de un derecho violado. Toda una actividad jurisdiccional encaminada al examen de la legalidad de los actos administrativos, o pretensiones fundadas en el Derecho Administrativo. Acto jurisdiccional “es el que ejecuta un órgano del Estado resolviendo sobre una pretensión jurídica o preparando su resolución definitiva, exclusivamente en interés de la ley. Su efecto es estatuir una verdad permanente para el caso concreto, dentro del orden jurídico”. (3) En contra de qué actos procede el juicio contencioso El juicio contencioso administrativo (o de nulidad) en materia fiscal procede en contra de los siguientes resoluciones definitivas y actos: Dictados por autoridades fiscales federales y organismos fiscales autónomos en que se determine la existencia de una obligación fiscal, se fije en cantidad líquida o se den las bases para su liquidación Las que nieguen la devolución de un ingreso de los regulados por el Código Fiscal de la Federación, indebidamente percibido por el Estado cuya devolución proceda de conformidad con las leyes fiscales Impongan multas fiscales Las que causen un agravio en materia fiscal distinto al que se refieren las fracciones anteriores
  • 5. Las que resuelvan recursos administrativos en contra de resoluciones. (4) El juicio contencioso administrativo federal, procede contra las resoluciones administrativas definitivas que establece la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa. Asimismo, procede dicho juicio contra los actos administrativos, Decretos y Acuerdos de carácter general, diversos a los Reglamentos, cuando sean autoaplicativos o cuando el interesado los controvierta en unión del primer acto de aplicación. Las autoridades de la Administración Pública Federal, tendrán acción para controvertir una resolución administrativa favorable a un particular cuando estime que es contraria a la ley. (5) ¿Ante qué autoridad se presenta el juicio contencioso administrativo? El juicio contencioso administrativo se promueve ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa por el particular afectado por los actos de autoridad que estima emitidos contrarios a derecho, con el propósito de obtener la nulidad de dichos actos. ¿Quiénes son las partes en el juicio contencioso administrativo? El demandante Los demandados que serán: La autoridad que dictó la resolución impugnada El particular a quien favorezca la resolución cuya modificación o nulidad pida la autoridad administrativa (si es el caso) El jefe del Servicio de Administración Tributaria (SAT) o el titular de la dependencia u organismo desconcentrado o descentralizado que sea parte en los juicios que se controviertan resoluciones de autoridades federativas coordinadas La Secretaría de Hacienda y Crédito Público podrá apersonarse como parte en los juicios en que se controvierta el interés fiscal de la federación. El tercero que tenga un derecho incompatible con la pretensión del demandante. (5)
  • 6. Tribunal de Justicia Administrativa de la Ciudad de México P R E S E N T E , con capacidad jurídica en términos de los artículo 9° del Código de Procedimiento y Justicia Administrativa para la Ciudad de México; señalando como domicilio para recibir notificaciones el ubicado calle Manzanas, col. López Portillo, en la alcaldía Miguel Hidalgo, de la Ciudad de México. y/o la dirección electrónica @cdmx.gob.mx.; asimismo autorizo en los términos amplios del segundo párrafo del artículo 10 del Código de Procedimiento y Justicia Administrativa para la Ciudad de México, así como para oír y recibir toda clase de documentos al C. Lic. Leonel Benjamin Robles Robles; ante Usted, respetuosamente comparezco para exponer: Acudo a promover por este medio Demanda de Nulidad, con fundamento en los artículos 256 y 263 del Código de Procedimiento y Justicia Administrativa para la Ciudad de México. Asimismo, señalo lo siguiente para dar cabal cumplimiento al artículo 265 del precepto legal en comento: I. El nombre del actor o quien promueve a su nombre; así como el domicilio para recibir notificaciones en el lugar de residencia del tribunal, o la dirección de correo electrónico y, en su caso, los autorizados para oír y recibir notificaciones: Datos que ya han quedado establecidos en el proemio del presente ocurso, por lo que solicito se me tengan por reproducidos íntegramente para dar por cumplida esta fracción. II. El acto o resolución que se impugna, y en su caso, la fecha de su notificación o en la que se haya ostentado sabedor del mismo: Los actos impugnados lo constituyen: a) El acta de infracción con número de folio 56788900, de la cual tuve conocimiento y no a la vista el día 28 del mes de mayo de 2023. III. Las autoridades demandadas: Señalo como tal a: Al Agente de la ciudad de México de quien desconozco su nombre, que se encontraba de turno el día sábado 28 de mayo a las 18:00 horas en la Ave. Paseos de Taxqueña en un operativo, el cual elaboró dicha infracción de folio y de quien solicito sea requerido en la Dirección General de Transito, Movilidad y Trasporte de la Ciudad de México, para que sea emplazado al proceso. Quien puede ser legalmente emplazado en el domicilio ubicado en el Fraccionamiento Villas del Tepeyac, Calle San Isidro S/N de la CdMx.
  • 7. IV. El nombre y el domicilio del tercero que tenga un derecho incompatible con la pretención del actor: Versión Pública TJA 1. La Tesorería de la Ciudad de México. Por ser ésta quien debe de reintegrar la cantidad indebidamente erogada, una vez que sea decretada la nulidad de la boleta de infracción combatida. Autoridad que puede ser emplazada en el domicilio ubicado en Calle Plaza de la Paz 12 de la Colonia Centro, de la Ciudad de México. Depósito de vehículos Accidentados o retenidos, quien debe reintegrar la cantidad indebidamente erogada, en cuanto se decrete la nulidad de la boleta de infracción combatida. Dicho Depósito de vehículos puede ser emplazado en La Ciudad de México. V. La pretensión intentada en los términos del art. 255 del Códigp de procedimiento y justicia administrativa para la ciudad de México: a) Con fundamento en los artículos 255 fracción I y 300 fracción III del vigente Código de Procedimiento y Justicia Administrativa para nuestra entidad federativa, solicito se decrete La nulidad total de los actos combativos, al no haber sido emitidos conforme a derecho, atento a los argumentos jurídicos contenidos en los conceptos de impugnación que se formulan en el capítulo correspondiente; b) Con fundamento en los artículos 255, fracción II y 300, fracción III y V del vigente Código de Procedimiento y Justicia Administrativa para nuestra entidad federativa; 1°, 14 y 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; vengo a solicitar en vía de reconocimiento de derecho para que una vez decretada la nulidad de la boleta de infracción y su consecuente calificación, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 52 y 53 segundo párrafo de la Ley de Hacienda para la Ciudad de México se reconozca mi derecho para que la autoridad demandada me reintegre la cantidad de $5000.00 ; además, solicito se reconozca mi derecho para que la autoridad se abstenga de inscribir cualquier tipo de registro negativo o perjudicial a nombre de la que suscribe, en el libro de sanciones administrativas de la Ciudad de México., con el fin de que no se me tenga considerado como reincidente. Solo para el caso de que ya se haya realizado alguna anotación de carácter negativo en relación con la supuesta conducta imputada, solicito que se ordene a las autoridades demandadas que se elimine o cancele, por ser una consecuencia derivada de un acto viciado. c) Con fundamento en los artículos 255 fracción III y 300 fracción VI del vigente Código de Procedimiento y Justicia Administrativa para nuestra entidad federativa; solicito se imponga en forma clara y precisa la condena a la autoridad denunciada, por lo que deberá adoptar las medidas necesarias para el pleno restablecimiento de los derechos violentados en términos de las
  • 8. normas invocadas y precisiones descritas anteriormente, fijándolo en el sentido de que la resolución ponga fin al juicio, sea en favor del suscrito. HECHOS QUE DEN MOTIVO A LA DEMANDA: 1. El día 5 del mes de mayo de 2023, el agente de Tránsito Municipal que es mencionado a supra líneas me elaboró una boleta de infracción, supuestamente por circular en estado de ebriedad; situación que desde este momento niego lisa y llanamente; lo verdaderamente cierto es que el suscrito me encontraba estacionado dentro de un vehículo de motor con mis intermitentes encendidas sobre la Avenida Paseos de Taxqueña a la altura de la Colonia Bosques de Taxqueña, cuando de repente fui abordado por un oficial de tránsito quien no se identificó, solo sé que trabaja en dicha corporación ya que se encontraba uniformado y me manifestó que tenía que pasar un examen de alcohol ya que me encontraba dentro de mi vehículo y que me iba a detener y a remitir a los separos de la alcaldía Coyoacán asimismo retener el vehículo; lo que así ocurrió luego de que el agente llamara a elementos de seguridad Ciudadana y me obligaran a hacer la prueba de alcohol de manera ilegal y vulnerando mi derechos humanos, así como llamar a la grúa para recoger el vehículo. 2. El día 15 del mes mayo del año 2023, acudí a la Caja 8 ocho de la Recaudadora de la Tesorería Municipal que se encuentra ubicada dentro de las oficinas de Transito, Movilidad y Trasporte, con domicilio en Avenida Las Palmas No. 342, Col. Héroes y Mártires en la Alcaldía Coyoacán a efecto de que me fuera calificada la multa con número de folio 342235 número que nunca tuve en mis manos y solo se me entrego el recibo con folio número 342235 , por concepto del pago de la infracción por la cantidad de $5000.00; liquidé la infracción y con este pago me entregaron un documento que autoriza la liberación del mismo, situación que no implica consentimiento de mi parte, pues lo realicé con la finalidad de recuperar el vehículo y evitarme inconvenientes. No estoy conforme con la actuación de la autoridad, lo que es la razón por la cual me veo obligado a demandar el presente juicio de nulidad. 3. Así las cosas, el día 25 del mes mayo del año 2023 , acudí a las oficinas de Depósito de vehículos Accidentados o retenidos, dicho depósito de vehículos se localiza en Calle Mares 34 col. Paseos de Taxqueña, Alcaldía Coyoacán de la ciudad de México con la documentación necesaria para solicitar la liberación del vehículo;, en donde tuve que realizar otro pago de $2500.00 del cual solo me dieron un recibo simple indicando no
  • 9. tenían facturas, el pago de dicha cantidad fue por los conceptos de 10 diez días de pensión y una grúa de ingreso, cantidad que también solicito me sea devuelta ya que la misma fue originada por la retención ilegal de mi vehículo. II. LOS CONCEPTOS DE IMPUGNACIÓN DEL ACTO O RESOLUCIÓN QUE SE COMBATE: PRIMERO. El acto que se impugna es ilegal, ya que no cumplió con los elementos de validez previstos en el artículo 302 del Código de Procedimiento y Justicia Administrativa para la Ciudad de México. Con fundamento en el artículo 302 párrafo segundo del Código de Procedimiento y Justicia Administrativa para la Ciudad de México, solicito a este Juzgado Administrativo que analice de oficio la Omisión de los requisitos formales exigidos en las leyes, inclusive por la ausencia de fundamentación o motivación en su caso ya que aunado a esto nunca se informó las causas de la detención de la persona así como del vehículo y en ningún momento se entregó documentos que indicaran la infracción cometida, falta administrativa o Versión Pública TJA artículos del bando de policía y buen gobiernos de la Ciudad de México que se infringieron ya que al fundamentar dicha infracción con los Art. 291,292,293,294 y 295 del Reglamento de Movilidad para la Ciudad de México se viola el Código Nacional de Procedimientos Penales en su Art. 252 Actos de Investigación que requieren autorización previa de un juez, que a la letra dice en su fracc. IV en relación a los actos de toma de muestras y fluidos corporales, extracción de sangre u otros sin consentimiento tienen que ser con una orden judicial, fracc V, toma pericial del examen físico de una persona cuando esta se niegue a ser examinada requiere orden de un juez, así mismo se vilo dicho Reglamento de Movilidad para la Ciudad de México en su Art. 292 en su fracción II, al no identificarse debida y plenamente como policía Vial ante un ciudadano. Aunado a las manifestaciones anteriores y en correlación con la boleta de infracción no entregada y pagada impugnada así como el pago de la Pensión , manifiesto que me genera evidente perjuicio y vulnera mis derechos como gobernado, el acto de autoridad consistente en la calificación de la multicitada boleta de infracción por la cantidad de $ 5000.00, más los $2500.00 por los conceptos del pago de 10 diez días de pensión y una grúa de ingreso; ya que el hecho de que el acta de infracción esté viciada de nulidad por no haber sido motivada así como exhibida al de la voz, tiene como consecuencia que la
  • 10. calificación de dicha infracción y los pagos derivados de la misma sean también nulos, al ser fruto de un acto viciado de origen. EXHIBICIÓN DEL ACTO IMPUGNADO. En cumplimiento y alcance al artículo 266, fracción II, del código que rige los requisitos que debe reunir este tipo de demanda, anexo original del oficio de fecha de del año , donde se solicita la Dirección de Tránsito, Movilidad y Transporte de la ciudad de México una copia simple del Acta de Infracción con número de folio dando como referencia el recibo de pago con folio , dicha acta de infracción se anexara al expediente en cuanto se de contestación a dicho oficio por parte de la autoridad competente (ANEXO I). Con fundamento en lo dispuesto por artículo 50 del Código de Procedimiento y Justicia Administrativa para el Estado y los Municipios de Guanajuato, solicito a este Juzgado que vía jurisdiccional se requiera a la autoridad demandada para que exhiba copia debidamente certificada de la boleta de infracción recurrida así como el documento que indique la prueba de alcoholemia obtenida de forma ilegal y vulnerando los derechos humanos. Lo anterior, por ser necesario para el conocimiento de la verdad y por tener relación con de los puntos controvertidos. VIII. Las pruebas que se ofrezcan: Documentales públicas y privadas. Versión Pública TJA 1. Original del recibo de pago expedido por la Tesorería de la Ciudad de México Municipal, por la cantidad de $5000.00 , con el objeto de acreditar la cantidad que erogué por concepto de infracción. 2. Original del recibo de pago expedido por la cantidad de $2500.00, con el objeto de acreditar la cantidad que erogué por concepto pensión y grúa. (ANEXO III) 3. Copia simple de la tarjeta de circulación del vehículo de marca Volkswagen, Tipo Vento , 2022 , con número de serie 696960888843, con placas LZN234 (ANEXO IV) Por último, solicito que los datos personales No sean publicados o entregados para el supuesto de que exista alguna petición en materia de acceso a la información pública por parte de algún ciudadano interesado en el proceso que ahora se desarrolla. Por lo anteriormente expuesto y fundado, atentamente solicito: Primero.- Se admita la presente demanda, en los términos planteados. Segundo.- Se emplace a las autoridades demandadas, corriéndoles traslado en los términos del Código de Procedimiento y Justicia Administrativa para la Ciudad de México. Tercero.- Se resuelva favorablemente mi solicitud, a efecto de que se tenga por ilegales y/o nulos todos y cada uno de los actos administrativos, disposiciones legales y resoluciones atacadas mediante la presente demanda, dejando sin efecto alguno la boleta
  • 11. de infracción de folio número , que se emitió ilegalmente mediante normas administrativas violatorias de mis derechos constitucionales. Protesto lo necesario, Ciudad de México, 30 de junio de 2023
  • 12. Conclusión La evolución del contencioso-administrativo en México, en sus setenta y cinco años de existencia, no sólo ha ocurrido respecto de su organización y del procedimiento que se sigue para resolver las controversias que se someten a su consideración, sino también en cuanto a su competencia material. Un tribunal que nació con una competencia restringida, únicamente respecto de la materia fiscal federal, ahora la tiene más amplia. En la doctrina del derecho administrativo tradicionalmente se ha concebido al contencioso administrativo, como formando parte de la teoría general del derecho administrativo; sin embargo esa opinión ha sido enjuiciada por los técnicos del derecho procesal que mantienen una profunda discrepancia con los administrativistas sosteniendo, que el contencioso administrativo realiza los fines que al derecho procesal se le asignan en lo general; no obstante la teoría administrativa rechaza esta idea porque el derecho administrativo y el contencioso administrativo cumplen ambos los mismos propósitos, esforzándose en ambos casos para que los fines de la administración pública se cumplan íntegramente, pues la finalidad del derecho procesal administrativo es la de mantener la vigencia del orden jurídico, que al quebrantarse por la administración pública da paso a la pretensión del particular. En esas condiciones se ha buscado la armonía entre el derecho procesal en general y el contencioso administrativo para que su conciliación permita alcanzar la eficacia esperada de este último, y en efecto las corrientes de ambas tendencias se han fundido para alcanzar convicciones similares que nos permiten desentrañar la esencia del contencioso administrativo, sin perder de vista que sus formalidades legales en gran medida han sido tomadas del procedimiento civil y han servido de inspiración para substanciar y resolver los juicios de naturaleza administrativa. (7)
  • 13. Bibliografía 1 Ed. Porrúa, S. A., 1939. Carrillo Flores A. 2 Manuel J. Argañaras E. Argentina, 1955. 3 Ignacio Medina Jr. Rey. E. de Jur. Junio-diciembre 1940, núm. 7, pág. 325. 4. Art. 2° de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo. https://www.profeco.gob.mx/juridico/pdf/l_fprd_con_adm.pdf 5. https://mexico.justia.com/derecho-fiscal/juicio-contencioso-administrativo/preguntas-y- respuestas-sobre-juicio-contencios-aministrativo 6 Art. 3° de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo. 7.http://paginaspersonales.unam.mx/app/webroot/files/1719/EL_JUICIO_CONTENCIOSO_ADMINI STRATIVO.pdf