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ESTUDIO DEL
SISTEMA DE
COMPRAS
PUBLICAS DE LA
LEY 19.886 Y SU
REGLAMENTO.
Temas a Tratar
I.- Contexto y Normativa General
II.- Procedimientos de contratación.
III.- Institucionalidad e instrumentos
CONTEXTO
I.- Historia:
Sistema nace en 1999 (Decreto supremo 1312).
Instructivo Presidencial para el Comercio Electrónico
2001.
Ley 19. 886: 30-VII-2003. Reglamento: 09-03-2004.
II.- Objetivos:
-Introducir transparencia, competencia y mejores
procedimientos.
- Ahorro para el Estado, aumento de las oportunidades
de negocios para los privados
Principios esenciales
Uniformidad
Flexibilidad
Transparencia
Virtualidad
Fuentes
PRINCIPALES NORMAS
1.- Normas Constitucionales: Bases de la
Institucionalidad y Derechos Fundamentales.
2.- Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales
de la Administración del Estado
3.- Normas Legales y Reglamentarias
Ley N° 19.886, de Bases Sobre Contratos Administrativos de
Suministro y Prestación de Servicios (“Ley de Compras”).
Reglamento de la Ley N° 19.886 (Decreto N° 250 de 2004)
(“Reglamento”)
Ley 19.880, sobre Bases del Procedimiento Administrativo (sólo en
el procedimiento de contratación, Dictamen N° 9.099-2007).
Fuentes
PRINCIPALES NORMAS
Condiciones de Uso del Sistema (Resolución Exenta 217 B de la
Dirección). Otras circulares y directivas de la Dirección.
Normas de Derecho Público, y en su defecto, Normas de Derecho
Privado
Tratados Internacionales
Normativa interna de cada servicio, ajustada a la Ley de Compras
y su Reglamento
Auto Acordado sobre el Tribunal de Contratación Pública (“Auto
Acordado”, Corte Suprema.)
“Contratos que celebre la Administración
del Estado, a título oneroso, para el
suministro de bienes muebles, y de los
servicios que se requieran para el
desarrollo de sus funciones”
ADMINISTRACION DEL ESTADO, EXCLUIDAS LAS
EMPRESAS PUBLICAS. Servicios de Bienestar (Dictamen
10.318-2007).
CONTRATO DE SUMINISTRO (Definido legalmente, art.2).
CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS
Ambito de Aplicación
.
Exclusiones (artículo 8)
Contrataciones de personal de la Administración del
Estado reguladas por estatutos especiales
Contratos a honorarios con personas naturales.
(Dictamen N° 7.241-2007).
Convenios entre organismos públicos
Contratos siguiendo un procedimiento de un
organismo internacional, asociado a créditos o aportes
Contratos sobre instrumentos financieros
Contratos de obras públicas y obras urbanas y
contratos Serviu ( contraexcepciones).
Ambito de Aplicación
Exclusiones (continuación...)
Contratos sobre material de guerra
Contratos para prevenir riesgos a la seguridad
nacional o seguridad pública
No se aplica a las obras de arte incorporadas a edificios
públicos. ( Dictamen N° 1981-2008).
Los contratos excluidos en general deben
publicarse en el Sistema
Ambito de Aplicación
Principio de libre acceso:
-Acreditar idoneidad técnica y financiera.
- Conducta laboral intachable ( Ley 20.238).
-La existencia de litigios pendientes no impide
acceso.(Dictamen N° 40.100-2007), ni tampoco la
falta de experiencia ( Dictamen N° 7.300-2008).
Inhabilidades (Ley 20.088 )
-Funcionarios Directivos.( Alcances, Dictamen
N°- 37.922-2007)
-Otras autoridades
-Excepción
Requisitos para ofertar
Subcontratación: Regla general y
excepciones.
Cesión del contrato: Reglamento excede la
ley. Situación del Factoring.
Protección a los trabajadores: Ley 20.238
- Deudas laborales
- Condiciones de empleo. (Solo ponderación.
Dictamen N° 13.470-2007).
- Garantías.
Renovación Automática: Límite a la facultad.
(Dictamen N° 9023-2008).
Otras Normas Generales
Convenios Marco
Normativa aplicable
Bases y contrato entre el proveedor y la
Dirección, cuyas cláusulas serán
aceptadas por la Entidad junto con emitir
la orden de compra
Orden de Compra enviada a través del
Sistema
PROCEDIMIENTOS DE
CONTRATACION
Procedimientos de Contratación
Convenios Marco
Licitación Pública
Licitación Privada
Trato Directo
Convenios Marco
Definición
Procedimiento de contratación por medio del cual
las Entidades obtienen suministro de bienes y
servicios con sólo dictar una orden de compra
respecto de los productos ofrecidos en el
Catálogo por proveedores que han sido
seleccionado en una licitación efectuada por la
Dirección
Convenios Marco
Etapas
Proceso de licitación de la Dirección para un
producto o servicio (de oficio o a petición de
las Entidades)
Inclusión del producto o servicio adjudicado
en el Catálogo
Entidad emite una orden de compra
directamente al proveedor a través del
Sistema
Proveedor entrega el bien o provee el servicio
en los términos establecidos en las bases y el
contrato con la Dirección
Convenios Marco
Obligatoriedad
Regla General: Las Entidades están obligadas
a comprar y contratar a través de los
Convenios, si el bien o servicio está incluido
en el Catálogo, sin importar el monto
Excepciones:
“Condiciones más ventajosas”
Municipalidades
Fuerzas Armadas
Convenios Marco
Condiciones más ventajosas
Definición: Situaciones objetivas,
demostrables y sustanciales para la
Entidad (plazo entrega, garantías, calidad,
relación costo/beneficio)
Obligación de la Entidad de informar a
Dirección y mantener antecedentes
Entidad fiscalizadora podrá comprobar
condiciones más ventajosas
Licitación Pública
Definición
Procedimiento administrativo de carácter concursal
mediante el cual la Administración realiza un
llamado público, convocando a los interesados para
que, sujetándose a las bases fijadas, formulen
propuestas, de entre las cuales seleccionará y
aceptará la más conveniente
Licitación Pública
Principios Generales
Régimen normal de compras: licitación pública
Libre concurrencia de los oferentes al llamado (
Art. 9 del DFL 1/19.653)
Incentivo a participación de proponentes
Igualdad ante las Bases (DFL 1/19.653); Trato
igualitario a proponentes. No discriminación
arbitraria (Art. 20 Reglamento).
Licitación Pública
Principios Generales (continuación...)
Sujeción estricta a las Bases (Art. 10 inc. 3 Ley de
Compras): conciliar principio de informalidad Ley
19.880. (ej: documentación existente en el servicio,
Dictamen N° 298-2008)
Publicidad y gratuidad de los documentos de la
licitación (Art. 28 del Reglamento)
Criterios objetivos para la adjudicación
Cautela del patrimonio público
Idoneidad del contratante
Transparencia y publicidad. No procede reserva de
contenido de contrato. (Dictamen N° 52.018-2007)
Licitación Pública
Etapas
Entidad debe buscar el bien/servicio en el
Catálogo
Entidad licitante debe determinar si se incurre
en alguna de las causales para licitación
privada o trato directo
Elaboración de las bases y autorización
presupuestaria.
Llamado
Aclaraciones/modificaciones a las bases
Recepción de las ofertas con sus garantías y
Apertura
Licitación Pública
Etapas (continuación...)
Evaluación de las ofertas
Adjudicación
Celebración del contrato y recepción de las
garantías
Proveedor entrega el bien o provee el servicio
en los términos establecidos en las bases y el
contrato
Licitación Pública
Obligatoriedad
Regla General: Las Entidades están obligadas a
comprar y contratar a través de licitaciones
públicas, superiores a 1000 UTM
Excepciones:
Bien o servicio está incluido en el
Catálogo
Sean casos de licitaciones privadas o
trato directo ( art. 8 Ley y art.10 Reg.)
Contrataciones menores de 100 UTM
Licitación Pública
Responsabilidades funcionarias
Contravención al principio de la probidad
administrativa (Art. 62 nº7 DFL 1/19.653)
Medidas disciplinarias (Art. 119 de Estatuto
Administrativo) . Procedencia de
Destitución , Dictamen N° 178-2007.
Bases
Definición:
Documentos aprobados por la autoridad
competente que contienen el conjunto de
requisitos, condiciones y especificaciones,
establecidos por la Entidad Licitante, que
describen los bienes y servicios a contratar
y regulan el Proceso de Compras y el
contrato definitivo
Elementos Bases Técnicas
Bases Administrativas
Licitación Pública
Bases (continuación)
Aprobación: por acto administrativo de la
entidad licitante
Condiciones Combinación más
ventajosa entre beneficios
y costos
No atender sólo al precio
Formularios Elaborados por Dirección
Modificables por Entidades
Licitación Pública
Bases (continuación)
Contenidos Mínimos
Requisitos y condiciones de Oferentes para
que ofertas sean aceptadas
Especificaciones de bienes/servicios a
contratar (sin exigir marcas específicas)
Etapas/plazos de licitación
Modalidad de pago
Plazo entrega bien/servicio
Naturaleza/monto de las garantías
Criterios objetivos de adjudicación
Individualización de Funcionario de Entidad
licitante
Licitación Pública
Bases (continuación)
Contenidos adicionales
Comisión evaluadora
Prohibición de subcontratar
Puntajes o ponderaciones por
materias de alto impacto social
Otras materias que no contradigan la
Ley de Compras y el Reglamento
Modificaciones
Antes del cierre de recepción de
ofertas
Plazo prudencial para adecuar oferta
Licitación Pública
Llamado
Contenidos mínimos
Descripción del bien/servicio
Nombre Entidad Licitante
Modalidades y fechas
aclaraciones
Fecha recepción y apertura
ofertas
Monto y modalidad garantías
Nombre funcionario
encargado
Licitación Pública
Llamado (continuación)
Lugar de publicación
Obligatorio: www.chilecompra.cl
Voluntario: avisos en medios de
circulación internacional, nacional
o regional
Plazos mínimos entre llamado y apertura
20 días corridos (> = UTM 1.000)
10 días corridos (< UTM 1.000)
Excepción: Normas particulares
en tratados comerciales (30 a 40
días)
Licitación Pública
Aclaraciones
Si las bases lo establecen
A través del Sistema
Entidad pondrá preguntas en
conocimiento del resto de los
licitantes, sin indicar autor
Entidad responderá en plazo
No habrán contactos con licitantes
salvo a través de los mecanismos
establecidos en las bases
Licitación Pública
Recepción de Ofertas
Las ofertas deberán ser enviadas a través
del Sistema
Excepción: ofertas soporte papel (artículo
62 del Reglamento)
Licitación Pública
Garantía de Seriedad
Puede ser vale vista, póliza de seguro,
depósito a plazo u otra forma de garantía
Puede otorgarse física o electrónicamente
Puede ser en pesos, UF o moneda extranjera
Es obligatoria para licitaciones sobre 1.000
UTM
La garantía debe ser la misma para todos los
oferentes
No se puede desincentivar la participación
Licitación Pública
Apertura de Ofertas
Apertura electrónica: liberación automática de
las ofertas recibidas a través del Sistema en el
día y hora establecido
Oferentes conocerán al menos las ofertas del
resto en (i) individualización de oferentes, (ii)
descripción del bien/servicio, (iii) precio unitario y
total, (iv) individualización garantía seriedad
Proponentes podrán efectuar observaciones
dentro de las 24 hrs. siguientes a la apertura
Distinción licitación en una o dos etapas y
mecanismos de preselección
Excepción ofertas soporte papel
Licitación Pública
Evaluación de ofertas
Entidad rechazará ofertas que no cumplan con
los requisitos mínimos establecidos en las bases
Luego Entidad evaluará las ofertas y asignará
puntajes de acuerdo a los criterios y
ponderaciones de las Bases
Posibles criterios de evaluación: precio;
experiencia; calidad técnica; asistencia y soporte;
servicio de post venta, plazo entrega, costo fletes
y cualquier otro relevante
Licitación Pública
Evaluación de ofertas (continuación)
No podrá haber contacto entre los proponentes
y la Entidad licitante, salvo en caso de solicitud de
aclaraciones y pruebas requeridas.
La Entidad podrá solicitar a los oferentes que
salven errores/omisiones formales, siempre que
no se altere el principio de sujeción a las bases y
de igualdad de oferentes, y se informe de la
solicitud al resto de los oferentes por el Sistema
Licitación Pública
Adjudicación
A quién adjudicar:
Entidad Licitante aceptará la propuesta más
ventajosa, considerando los criterios de evaluación
y sus puntajes y ponderaciones
Cómo:
Acto administrativo publicado en el Sistema
No se adjudicará Ofertas que no cumplan con
las condiciones y requisitos de
las Bases
Oferentes inhabilitados
Ofertas efectuadas por
persona sin mandato
Licitación Pública
Adjudicación (continuación)
Licitación desierta cuando no se presenten
ofertas
cuando ofertas no resulten
convenientes a la entidad
licitante (abortada)
Ofertas temerarias: ampliación de garantías
Si el precio de una oferta es menor al 50% del
precio de la que sigue, y se verifica que oferta es
inconsistente, la Entidad puede adjudicar la
primera solicitándole una ampliación de garantías
por la diferencia de precios
Licitación Pública
Definición:
Procedimiento administrativo de carácter
concursal, previa resolución fundada que lo
disponga, mediante el cual la Administración
invita a determinadas personas para que,
sujetándose a las bases fijadas, formulen
propuestas, de entre la cuales seleccionará y
aceptará la más conveniente
Licitación Privada
¿Cuándo procede?
Naturaleza excepcional y voluntaria
Sólo procede en casos Art. 8 de la Ley de
Compras y Art. 10 del Reglamento (se verán en
Trato Directo)
Resolución fundada:
Se requiere resolución fundada que la declare,
publicada en www.chilecompra.cl.
Licitación Privada
Invitación:
Mínimo de tres invitaciones
Proveedores registrados en el Sistema
Invitados deben tener negocios de naturaleza
similar y deben tener cierta expectativa de recibir
respuestas
Preferencia por proveedores inscritos
Normas aplicables:
Las normas aplicables a la licitación pública se
aplicarán, en lo que por su naturaleza sea
procedente
Licitación Privada
Definición:
Procedimiento de contratación que, por la
naturaleza de la negociación que conlleva, debe
efectuarse sin la concurrencia de los requisitos
señalados para la licitación pública o privada
Trato Directo
¿Cuándo procede?
Naturaleza excepcional y voluntaria
Sólo procede en casos Art. 8 de la Ley de
Compras y Art. 10 del Reglamento
a) No se presentan interesados a una licitación
pública/privada
b) Se termina o resuelve anticipadamente un
contrato, siempre que el remanente no supere
las 1.000 UTM
c) Emergencia, urgencia o imprevisto (sanción al
jefe de servicio; determinar responsabilidades
en caso de expiración de contrato pendiente
licitación, Dictamen Nº 52.018-2007).
Trato Directo
¿Cuándo procede? (continación...)
d) Sólo existe un proveedor
e) Convenios con personas jurídicas
extranjeras sobre servicios que deban
ejecutarse fuera de Chile
f) Servicios confidenciales, de seguridad o con
interés nacional, según decreto supremo
Trato Directo
¡Cuándo procede? (continación...)
g) La naturaleza de la negociación
a) Prórroga de un contrato
b) Gastos de representación
c) Seguridad e integridad de
autoridades
d) Consultorías con un proveedor
especial (la experiencia no basta,
Dictamen N° 34.004-2007)
e) Proveedor amparado por propiedad
intelectual
f) Proveedor da confianza o seguridad
g) Equipamiento compatible con
modelo
h) Riesgo por conocimiento público
h) Contrataciones iguales o inferiores a 100
UTM
Trato Directo
¿Cuándo procede? (continación...)
Tres cotizaciones:
Siempre se requiere un mínimo de tres
cotizaciones, salvo letras c), d), f) y g) de este
artículo
Trato Directo
Régimen de contrataciones menores a
100 UTM (cotizaciones)
Cotización deberá efectuarse a través del
Sistema
Fundamento de resolución se referirá sólo al
monto de la contratación
Invitación debe ser abierta ( 3 proveedores).
Plazo mínimo de 5 días (48 horas) entre solicitud
de cotización y recepción de ofertas.
Trato Directo
Resolución fundada:
Se requiere resolución fundada que la declare
que explicite circunstancias de hecho.
Se requiere que resolución sea publicada en
Sistema dentro de 24 horas (salvo servicios
confidenciales o seguridad nacional)
Hay que acreditar concurrencia de causal en
forma específica y, eventualmente, documentada.
(Dictamen Nº 18.355-2007).
Trato Directo
Contrato de Suministro y Servicio
Obligatoriedad
Regla general: todas las contrataciones deben
traducirse en la firma de un contrato/orden de
compra
Excepción: contratos menores a 100 UTM
-Orden de compra/aceptación
-Plazo de validez: bases o 40 días
-Responsabilidad del proveedor por no
cumplimiento de oferta
Contrato de Suministro y Servicio
Contenido
Individualización del contratista
Características del bien y/o servicio
Precio
Plazo de duración
Garantías
Causales de término
Otras establecidas en las bases
Contrato de Suministro y Servicio
Plazo y forma de Suscripción
Dentro del plazo establecido en las bases, o 30
días si nada se dice
Debe publicarse en el Sistema
Puede ser suscrito por medios electrónicos
Ordenes de compra deben efectuarse por el
Sistema
Contrato de Suministro y Servicio
Requisitos para contratar
No estar afecto a alguna inhabilidad o
incompatibilidad
Hay que acreditar situación financiera y técnica
Oferentes inscritos: a través de la inscripción en
el Registo
Oferentes no inscritos: a través de documentos
establecidos en las bases
Entidades podrán exigir a adjudicatarios su
inscripción en el Registro para suscribir
contratos
Entidad podrá exigir que el adjudicatario
otorgue mandato o constituya sociedad o
agencia chilena
Contrato de Suministro y Servicio
Garantía de fiel y oportuno
cumplimiento
De acuerdo a lo establecido en las bases
Entre un 5% y un 30% del precio del contrato,
salvo situación del 42 y 69 del Reglamento
Física o electrónica
Pagadera a la vista e irrevocable
Vale vista, póliza de seguro, depósito a plazo o
cualquier otra forma que asegure el pago
Obligatorio para contrataciones de sobre 1000
UTM. (Municipios).
Contrato de Suministro y Servicio
Garantía de fiel y oportuno
cumplimiento (continuación...)
Vigencia: la del contrato más 60 días, o la de
las bases
Entrega: con la suscripción del contrato
Cobro: por incumplimiento de obligaciones del
contrato, sin perjuicio de demanda por
resolución o cumplimiento forzado
Anticipos requieren estar garantizados en 100%
Contrato de Suministro y Servicio
Modificaciones y Término anticipado
Causales:
Mutuo acuerdo
Incumplimiento grave de obligaciones
del contratante
Notoria insolvencia del contratante, a
menos que mejore sus cauciones
Interés público o seguridad nacional
Demás causales de las Bases
Contrato de Suministro y Servicio
Indeminizaciones
Según las bases para casos especiales de
término anticipado contemplado en ellas
Resoluciones o Decretos
Fundados y publicarse en el Sistema, dentro de
las 24 hrs de dictadas, salvo casos de
licitaciones en soporte papel
INSTITUCIONALIDAD E INSTRUMENTOS
Obligatoriedad en el uso del Sistema
Cuaquiera sea el proceso de compra y respecto
de todos los actos, documentos y resoluciones
relacionados directa o indirectamente con dicho
proceso
Entidades no podrán adjudicar ofertas que no
hayan sido recibidas por el Sistema
Sistema de Información
Exclusiones del Sistema
Contratación por menos de 3 UTM
Contrataciones inferiores a 100 UTM con cargo
a caja chica
Contrataciones financiadas con gastos de
representación
Compras secretas, reservadas o confidenciales
Sistema de Información
Licitaciones en Soporte Papel
Proveedores no cuentan con medios tecnológicos
Indisponibilidad técnica del Sistema
Caso fortuito y fuerza mayor no permiten uso del
Sistema
La comuna no tiene conectividad
Contrataciones secretas, reservadas o
confidenciales
Documentos que no estén disponibles en formato
digital pueden formar parte de la licitación, de
acuerdo a las bases( facultad excepcional, Dictamen
N° 17.272-2007).
Sistema de Información
Operación del Sistema
Uno o más contratistas externos
Dirección lo podrá operar en situaciones
excepcionales
Principios Rectores
Neutralidad, seguridad, consistencia,
confidencialidad y no repudiabilidad.
Acceso público y gratuito.
Sistema de Información
Información incluida en el Sistema
Convenios
Orden de compra
Licitación Pública
Llamado
Bases y sus anexos
Respuestas a preguntas de proveedores, sin
individualizar al proveedor
Recepción y cuadro de ofertas
Resolución sobre adjudicación
Contrato definitivo/orden de compra
Sistema de Información
Información incluida en el Sistema
(continuación...)
Licitación Privada
Resolución que la autoriza
Invitación
Bases y sus anexos
Respuestas a preguntas de proveedores, sin
individualizar al proveedor
Recepción y cuadro de ofertas
Resolución sobre adjudicación
Contrato definitivo/orden de compra
Sistema de Información
Información incluida en el Sistema
(continuación...)
Trato Directo
Resolución que la autoriza
Términos de Referencia
Recepción y cuadro de ofertas
Resolución sobre adjudicación
Plan Anual
Formulario completo
Modificaciones al formulario
Sistema de Información
Información incluida en el Sistema
(continuación...)
Organos excluidos de la Ley de Compras
Llamado
Bases y/o términos de referencia
Respuestas a proveedores
Modificaciones a las bases
Recepción y cuadro de ofertas
Resolución sobre adjudicación
Contrato definitivo
Sistema de Información
Registro de Proveedores
Definición
Registro electrónico oficial de proveedores de la
Administración, a cargo de la Dirección, en donde
se registren personas naturales y jurídicas,
chilenas o extranjeras para acreditar
antecedentes, historial de contratación, situación
legal y financiera, idoneidad técnica y causales de
inhabilidad
Este es un registro público respecto a la nómina
de proveedores inscritos, a pesar de que la
información legal y económica sólo podrá ser
conocida por las entidades
Registro de Proveedores
Otros Registros
Podrán existir otros registros, pero deberán ser
incorporados y actualizados en el Registro de
Proveedores
Inscripción
Proveedores interesados deberán completar
formulario y adjuntar documentación requerida
Cualquier error, omisión o inexactitud es causal de
rechazo a la inscripción
Registro de Proveedores
Evaluación
Busca determinar en forma objetiva y rápida si
concurre alguna causal de inhabilidad, acreditar
veracidad de los antecedentes y la situación legal y
financiera de los postulantes
El postulante deberá indicar las categorías en que
desea ser inscrito, y podrá inscribirse en más de una
categoría
Efectuada por la Dirección o terceros
Resultado: informes estandarizados
Registro de Proveedores
Aprobación o rechazo
El proceso de evaluación concluye con la
aprobación o rechazo de la solicitud, a través de una
resolución de la Dirección
Se rechazará la inscripción si hay una causal de
inhabilidad
El proceso de inscripción no podrá prolongarse
por más de 30 días desde la tramitación de la
solicitud
Vigencia de inscripción
Según la categoría de inscripción
Hay posibilidad de renovar la inscripción
Registro de Proveedores
Ficha de proveedores
Antecedentes básicos (nombre, rut, etc.)
Antecedentes técnicos, de especialidades y
certificaciones
Antecedentes legales y financieros
-Existencia legal y validez de poderes
- Situación financiera que hagan prever cumplimiento
de compromisos
Antecedentes históricos
Registro de Proveedores
Actualizaciones
Los Proveedores inscritos están obligados a
informar y actualizar su información de acuerdo
a políticas y condiciones de uso de la Dirección
Tarifas
La Dirección podrá fijar tarifas que deberán
pagar los contratistas para financiar el costo de
registro, siempre que no impidan el libre e
igualitario acceso al registro
Registro de Proveedores
Causales de Inhabilidad e
incompatibilidad
1. Condenado más de 2 veces con multa por
infracción a ley antimonopolios, a menos que
hayan transcurrido 3 años
2. Condenado como consecuencia de un
incumplimiento de un contrato celebrado con
alguna Entidad regida por la Ley de Compra, a
menos que hayan transcurrido 2 años
3. Registrar deudas tributarias de cualquier
naturaleza por más de un año, a menos que
exista un convenio de pago vigente
Registro de Proveedores
5. Registrar deudas previsionales y de salud o
reclamos pendientes en materia laboral por más
de un año
6. Estar suspendido o haber sido eliminado del
Registro de Proveedores
Si a un proveedor le sobreviene una causal
inhabilidad con posterioridad a la inscripción,
ésta será dejada sin efecto.
Registro de Proveedores
Causales de suspensión
La Dirección podrá suspender por un período
máximo de 2 años si:
1. el proveedor no ha actualizado algún
antecedente
2. el proveedor es condenado por
incumplimiento contractual y siempre que la
Entidad solicite la suspensión
Registro de Proveedores
Causales de eliminación
La Dirección podrá eliminar en forma permanente
a los proveedores inscritos si :
1. los antecedentes presentados son
maliciosamente falsos, han sido enmendados o
tergiversados o inducen a error
2. el proveedor es condenado reiteradamente por
incumplimiento contractual y la Entidad solicita la
eliminación
3. Cuando concurra de manera sobreviniente
alguna de las causales de inhabilidades
Dirección de Compras
Servicio público descentralizado sometido a la
supervigilancia del Presidente de la República a
través del Ministerio de Hacienda
Dirigido por Director, cargo de exclusiva
confianza del Presidente de la República
Dirección de Compras
Principales funciones:
• Asesorar en la planificación y gestión de
procesos de compra
• Licitar la operación del Sistema de
Información
• Recabar información para el Registro
• Efectuar las licitaciones para los Convenios
Marco
• Representar o actuar como mandatario de
compradores
• Administrar, actualizar y licitar el Registro
• Promover competencia
• Establecer las políticas y condiciones de uso
del Sistema
Dirección de Compras
Políticas y Condiciones de Uso:
• Dirección no es responsable por errores,
omisiones o caídas temporales del Sistema
• Dirección no garantiza tiempos de
respuestas
• Dirección no es responsable de los
contratos que se suscriban a través del
Sistema
• Dirección no es responsable de seriedad de
las ofertas de los proveedores ni de los
resultados de los procesos de compras
Plan Anual
Contenido
Lista de bienes y servicios por mes
Cantidad y valor
Proceso de licitación
Fecha del llamado
Naturaleza
No obliga a las entidades
Puede ser modificado en cualquier
momento, en forma fundada
Debe ser publicado en el sistema
Manual de Procedimientos de
Adquisiciones
• Debe publicarse en el sistema, y también se
publicará sus modificaciones
CONTENIDO MINIMO:
Planificación de Compras, Selección de
Procedimientos de Compra, Formulación de
Bases y Términos de Referencia, Criterios y
Mecanismos de Evaluación, Gestión de
Contratos y Proveedores, Recepción de Bienes
y Servicios, etc.. (art. 3 Reglamento).
Integración
Tres abogados
Designados por el Presidente de la República por
ternas hechas por la Corte Suprema
Asiento en Santiago
Duración cargos: 5 años
Tribunal de Contratación
Competencia
Acción de impugnación contra actos u
omisiones ilegales o arbitrarios, que tenga
lugar entre la aprobación de las bases y la
adjudicación
Reclamaciones sobre rechazos o
aprobaciones de inscripciones en el Registro
Tribunal de Contratación
Procedimiento
Esquema
Tribunal de Contratación
Demanda
Informe
Servicio
Recurso
Reclamación
Sentencia
Fallo
Acto ilegal
o arbitrario
5
10
10
Admisible
Inadmisible
Correccione
s
Término
Probatorio
Citación Oir
Sentencia
10
10
10
5
Procedimiento
Demanda
• ¿Quién?: Demanda es interpuesta por cualquier
persona con un interés actualmente
comprometido en un procedimiento administrativo
de contratación
• ¿Contenido de la Demanda?: hechos, normas
legales o reglamentarias y peticiones concretas
• ¿Cúando?: Demanda debe interponerse en 10
días hábiles desde conocimiento del acto
impugnado
• ¿Dónde?: Ante Tribunal o en Intendencias
regionales o gobernaciones provinciales
Tribunal de Contratación
Procedimiento (continuación...)
Informe Entidad
Entidad deberá informar en 10 días hábiles
sobre impugnación y demás materias que el
Tribunal consulte
Prueba
Sólo si hay controversia sobre hechos
substanciales y pertinentes, se recibirá la
causa a prueba
Término probatorio de 10 días hábiles
Lista de testigos dentro del 2 día del término
probatorio
Tribunal de Contratación
Procedimiento (continuación...)
Citación Oir Sentencia
Una vez vencido el término probatorio
No se admitirán nuevos escritos o pruebas
Se podrán decretar medidas para mejor
resolver desde recepción de la causa a
prueba
Incidentes
No suspenden procedimiento
Se substancian en ramo separado
Tribunal de Contratación
Procedimiento (continuación...)
Sentencia Definitiva
Dentro de 10 días hábiles desde citación para
oír sentencia
Se pronunciará sobre legalidad o
arbitrariedad del acto y ordenará medidas
para restablecer el imperio del derecho
Tribunal de Contratación
Procedimiento (continuación...)
Recurso de Reclamación
Dentro de 5 días hábiles
Ante Corte de Apelaciones de Santiago
Sólo efecto devolutivo
En cuentas, sin oir alegatos, salvo que Corte
acuerde oirlos.
Agregada a la tabla en forma extraordinaria
Corte puede dictar orden de no innovar
Fallo se dictará en 10 días
Tribunal de Contratación
Procedimiento (continuación...)
Normas supletorias
Disposiciones comunes a todo procedimiento
del CPC
Normas del juicio ordinario civil de mayor
cuantía del CPC
Tribunal de Contratación
Auto Acordado sobre Funcionamiento del
Tribunal de Contratación Pública de 20
de octubre de 2003
Sede: recinto habilitado por Dirección
Audiencias: martes y jueves
Comparecencia: abogado habilitado
Notificaciones: Estado Diario/carta certificada
y Cédula
Tribunal de Contratación
Estadísticas ( al 2° semestre 2007):
- 82% de las demandas han sido rechazadas.
- 58% de las impugnaciones relativas a contratos
de suminstro, un 32% a contratos de prestación
de servicios , y un 10% relativa a la competencia
adicional.
- De las sentencias que han acogido las
demandas, un 43% han revocado actos y
ordenan retrotraer el procedimiento.
Tribunal de Contratación
- “La Contratación Administrativa”; Claudio Moraga
Klenner; Editorial Jurídica de Chile, 2007.
- Curso “Chile Compras”, Dirección de Compras
Públicas, Noviembre de 2004, Santiago.
- “La Contratación Pública”; Eva Tocol, Tesis para
Optar al Grado de Licenciada en Ciencias
Jurídicas, Facultad de Derecho, Universidad de
Concepción, 2007.
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Sistema de contratación pública francisco santibañez

  • 1. ESTUDIO DEL SISTEMA DE COMPRAS PUBLICAS DE LA LEY 19.886 Y SU REGLAMENTO.
  • 2. Temas a Tratar I.- Contexto y Normativa General II.- Procedimientos de contratación. III.- Institucionalidad e instrumentos
  • 3. CONTEXTO I.- Historia: Sistema nace en 1999 (Decreto supremo 1312). Instructivo Presidencial para el Comercio Electrónico 2001. Ley 19. 886: 30-VII-2003. Reglamento: 09-03-2004. II.- Objetivos: -Introducir transparencia, competencia y mejores procedimientos. - Ahorro para el Estado, aumento de las oportunidades de negocios para los privados
  • 5. Fuentes PRINCIPALES NORMAS 1.- Normas Constitucionales: Bases de la Institucionalidad y Derechos Fundamentales. 2.- Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado 3.- Normas Legales y Reglamentarias Ley N° 19.886, de Bases Sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios (“Ley de Compras”). Reglamento de la Ley N° 19.886 (Decreto N° 250 de 2004) (“Reglamento”) Ley 19.880, sobre Bases del Procedimiento Administrativo (sólo en el procedimiento de contratación, Dictamen N° 9.099-2007).
  • 6. Fuentes PRINCIPALES NORMAS Condiciones de Uso del Sistema (Resolución Exenta 217 B de la Dirección). Otras circulares y directivas de la Dirección. Normas de Derecho Público, y en su defecto, Normas de Derecho Privado Tratados Internacionales Normativa interna de cada servicio, ajustada a la Ley de Compras y su Reglamento Auto Acordado sobre el Tribunal de Contratación Pública (“Auto Acordado”, Corte Suprema.)
  • 7. “Contratos que celebre la Administración del Estado, a título oneroso, para el suministro de bienes muebles, y de los servicios que se requieran para el desarrollo de sus funciones” ADMINISTRACION DEL ESTADO, EXCLUIDAS LAS EMPRESAS PUBLICAS. Servicios de Bienestar (Dictamen 10.318-2007). CONTRATO DE SUMINISTRO (Definido legalmente, art.2). CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS Ambito de Aplicación .
  • 8. Exclusiones (artículo 8) Contrataciones de personal de la Administración del Estado reguladas por estatutos especiales Contratos a honorarios con personas naturales. (Dictamen N° 7.241-2007). Convenios entre organismos públicos Contratos siguiendo un procedimiento de un organismo internacional, asociado a créditos o aportes Contratos sobre instrumentos financieros Contratos de obras públicas y obras urbanas y contratos Serviu ( contraexcepciones). Ambito de Aplicación
  • 9. Exclusiones (continuación...) Contratos sobre material de guerra Contratos para prevenir riesgos a la seguridad nacional o seguridad pública No se aplica a las obras de arte incorporadas a edificios públicos. ( Dictamen N° 1981-2008). Los contratos excluidos en general deben publicarse en el Sistema Ambito de Aplicación
  • 10. Principio de libre acceso: -Acreditar idoneidad técnica y financiera. - Conducta laboral intachable ( Ley 20.238). -La existencia de litigios pendientes no impide acceso.(Dictamen N° 40.100-2007), ni tampoco la falta de experiencia ( Dictamen N° 7.300-2008). Inhabilidades (Ley 20.088 ) -Funcionarios Directivos.( Alcances, Dictamen N°- 37.922-2007) -Otras autoridades -Excepción Requisitos para ofertar
  • 11. Subcontratación: Regla general y excepciones. Cesión del contrato: Reglamento excede la ley. Situación del Factoring. Protección a los trabajadores: Ley 20.238 - Deudas laborales - Condiciones de empleo. (Solo ponderación. Dictamen N° 13.470-2007). - Garantías. Renovación Automática: Límite a la facultad. (Dictamen N° 9023-2008). Otras Normas Generales
  • 12. Convenios Marco Normativa aplicable Bases y contrato entre el proveedor y la Dirección, cuyas cláusulas serán aceptadas por la Entidad junto con emitir la orden de compra Orden de Compra enviada a través del Sistema
  • 14. Procedimientos de Contratación Convenios Marco Licitación Pública Licitación Privada Trato Directo
  • 15. Convenios Marco Definición Procedimiento de contratación por medio del cual las Entidades obtienen suministro de bienes y servicios con sólo dictar una orden de compra respecto de los productos ofrecidos en el Catálogo por proveedores que han sido seleccionado en una licitación efectuada por la Dirección
  • 16. Convenios Marco Etapas Proceso de licitación de la Dirección para un producto o servicio (de oficio o a petición de las Entidades) Inclusión del producto o servicio adjudicado en el Catálogo Entidad emite una orden de compra directamente al proveedor a través del Sistema Proveedor entrega el bien o provee el servicio en los términos establecidos en las bases y el contrato con la Dirección
  • 17. Convenios Marco Obligatoriedad Regla General: Las Entidades están obligadas a comprar y contratar a través de los Convenios, si el bien o servicio está incluido en el Catálogo, sin importar el monto Excepciones: “Condiciones más ventajosas” Municipalidades Fuerzas Armadas
  • 18. Convenios Marco Condiciones más ventajosas Definición: Situaciones objetivas, demostrables y sustanciales para la Entidad (plazo entrega, garantías, calidad, relación costo/beneficio) Obligación de la Entidad de informar a Dirección y mantener antecedentes Entidad fiscalizadora podrá comprobar condiciones más ventajosas
  • 19. Licitación Pública Definición Procedimiento administrativo de carácter concursal mediante el cual la Administración realiza un llamado público, convocando a los interesados para que, sujetándose a las bases fijadas, formulen propuestas, de entre las cuales seleccionará y aceptará la más conveniente
  • 20. Licitación Pública Principios Generales Régimen normal de compras: licitación pública Libre concurrencia de los oferentes al llamado ( Art. 9 del DFL 1/19.653) Incentivo a participación de proponentes Igualdad ante las Bases (DFL 1/19.653); Trato igualitario a proponentes. No discriminación arbitraria (Art. 20 Reglamento).
  • 21. Licitación Pública Principios Generales (continuación...) Sujeción estricta a las Bases (Art. 10 inc. 3 Ley de Compras): conciliar principio de informalidad Ley 19.880. (ej: documentación existente en el servicio, Dictamen N° 298-2008) Publicidad y gratuidad de los documentos de la licitación (Art. 28 del Reglamento) Criterios objetivos para la adjudicación Cautela del patrimonio público Idoneidad del contratante Transparencia y publicidad. No procede reserva de contenido de contrato. (Dictamen N° 52.018-2007)
  • 22. Licitación Pública Etapas Entidad debe buscar el bien/servicio en el Catálogo Entidad licitante debe determinar si se incurre en alguna de las causales para licitación privada o trato directo Elaboración de las bases y autorización presupuestaria. Llamado Aclaraciones/modificaciones a las bases Recepción de las ofertas con sus garantías y Apertura
  • 23. Licitación Pública Etapas (continuación...) Evaluación de las ofertas Adjudicación Celebración del contrato y recepción de las garantías Proveedor entrega el bien o provee el servicio en los términos establecidos en las bases y el contrato
  • 24. Licitación Pública Obligatoriedad Regla General: Las Entidades están obligadas a comprar y contratar a través de licitaciones públicas, superiores a 1000 UTM Excepciones: Bien o servicio está incluido en el Catálogo Sean casos de licitaciones privadas o trato directo ( art. 8 Ley y art.10 Reg.) Contrataciones menores de 100 UTM
  • 25. Licitación Pública Responsabilidades funcionarias Contravención al principio de la probidad administrativa (Art. 62 nº7 DFL 1/19.653) Medidas disciplinarias (Art. 119 de Estatuto Administrativo) . Procedencia de Destitución , Dictamen N° 178-2007.
  • 26. Bases Definición: Documentos aprobados por la autoridad competente que contienen el conjunto de requisitos, condiciones y especificaciones, establecidos por la Entidad Licitante, que describen los bienes y servicios a contratar y regulan el Proceso de Compras y el contrato definitivo Elementos Bases Técnicas Bases Administrativas Licitación Pública
  • 27. Bases (continuación) Aprobación: por acto administrativo de la entidad licitante Condiciones Combinación más ventajosa entre beneficios y costos No atender sólo al precio Formularios Elaborados por Dirección Modificables por Entidades Licitación Pública
  • 28. Bases (continuación) Contenidos Mínimos Requisitos y condiciones de Oferentes para que ofertas sean aceptadas Especificaciones de bienes/servicios a contratar (sin exigir marcas específicas) Etapas/plazos de licitación Modalidad de pago Plazo entrega bien/servicio Naturaleza/monto de las garantías Criterios objetivos de adjudicación Individualización de Funcionario de Entidad licitante Licitación Pública
  • 29. Bases (continuación) Contenidos adicionales Comisión evaluadora Prohibición de subcontratar Puntajes o ponderaciones por materias de alto impacto social Otras materias que no contradigan la Ley de Compras y el Reglamento Modificaciones Antes del cierre de recepción de ofertas Plazo prudencial para adecuar oferta Licitación Pública
  • 30. Llamado Contenidos mínimos Descripción del bien/servicio Nombre Entidad Licitante Modalidades y fechas aclaraciones Fecha recepción y apertura ofertas Monto y modalidad garantías Nombre funcionario encargado Licitación Pública
  • 31. Llamado (continuación) Lugar de publicación Obligatorio: www.chilecompra.cl Voluntario: avisos en medios de circulación internacional, nacional o regional Plazos mínimos entre llamado y apertura 20 días corridos (> = UTM 1.000) 10 días corridos (< UTM 1.000) Excepción: Normas particulares en tratados comerciales (30 a 40 días) Licitación Pública
  • 32. Aclaraciones Si las bases lo establecen A través del Sistema Entidad pondrá preguntas en conocimiento del resto de los licitantes, sin indicar autor Entidad responderá en plazo No habrán contactos con licitantes salvo a través de los mecanismos establecidos en las bases Licitación Pública
  • 33. Recepción de Ofertas Las ofertas deberán ser enviadas a través del Sistema Excepción: ofertas soporte papel (artículo 62 del Reglamento) Licitación Pública
  • 34. Garantía de Seriedad Puede ser vale vista, póliza de seguro, depósito a plazo u otra forma de garantía Puede otorgarse física o electrónicamente Puede ser en pesos, UF o moneda extranjera Es obligatoria para licitaciones sobre 1.000 UTM La garantía debe ser la misma para todos los oferentes No se puede desincentivar la participación Licitación Pública
  • 35. Apertura de Ofertas Apertura electrónica: liberación automática de las ofertas recibidas a través del Sistema en el día y hora establecido Oferentes conocerán al menos las ofertas del resto en (i) individualización de oferentes, (ii) descripción del bien/servicio, (iii) precio unitario y total, (iv) individualización garantía seriedad Proponentes podrán efectuar observaciones dentro de las 24 hrs. siguientes a la apertura Distinción licitación en una o dos etapas y mecanismos de preselección Excepción ofertas soporte papel Licitación Pública
  • 36. Evaluación de ofertas Entidad rechazará ofertas que no cumplan con los requisitos mínimos establecidos en las bases Luego Entidad evaluará las ofertas y asignará puntajes de acuerdo a los criterios y ponderaciones de las Bases Posibles criterios de evaluación: precio; experiencia; calidad técnica; asistencia y soporte; servicio de post venta, plazo entrega, costo fletes y cualquier otro relevante Licitación Pública
  • 37. Evaluación de ofertas (continuación) No podrá haber contacto entre los proponentes y la Entidad licitante, salvo en caso de solicitud de aclaraciones y pruebas requeridas. La Entidad podrá solicitar a los oferentes que salven errores/omisiones formales, siempre que no se altere el principio de sujeción a las bases y de igualdad de oferentes, y se informe de la solicitud al resto de los oferentes por el Sistema Licitación Pública
  • 38. Adjudicación A quién adjudicar: Entidad Licitante aceptará la propuesta más ventajosa, considerando los criterios de evaluación y sus puntajes y ponderaciones Cómo: Acto administrativo publicado en el Sistema No se adjudicará Ofertas que no cumplan con las condiciones y requisitos de las Bases Oferentes inhabilitados Ofertas efectuadas por persona sin mandato Licitación Pública
  • 39. Adjudicación (continuación) Licitación desierta cuando no se presenten ofertas cuando ofertas no resulten convenientes a la entidad licitante (abortada) Ofertas temerarias: ampliación de garantías Si el precio de una oferta es menor al 50% del precio de la que sigue, y se verifica que oferta es inconsistente, la Entidad puede adjudicar la primera solicitándole una ampliación de garantías por la diferencia de precios Licitación Pública
  • 40. Definición: Procedimiento administrativo de carácter concursal, previa resolución fundada que lo disponga, mediante el cual la Administración invita a determinadas personas para que, sujetándose a las bases fijadas, formulen propuestas, de entre la cuales seleccionará y aceptará la más conveniente Licitación Privada
  • 41. ¿Cuándo procede? Naturaleza excepcional y voluntaria Sólo procede en casos Art. 8 de la Ley de Compras y Art. 10 del Reglamento (se verán en Trato Directo) Resolución fundada: Se requiere resolución fundada que la declare, publicada en www.chilecompra.cl. Licitación Privada
  • 42. Invitación: Mínimo de tres invitaciones Proveedores registrados en el Sistema Invitados deben tener negocios de naturaleza similar y deben tener cierta expectativa de recibir respuestas Preferencia por proveedores inscritos Normas aplicables: Las normas aplicables a la licitación pública se aplicarán, en lo que por su naturaleza sea procedente Licitación Privada
  • 43. Definición: Procedimiento de contratación que, por la naturaleza de la negociación que conlleva, debe efectuarse sin la concurrencia de los requisitos señalados para la licitación pública o privada Trato Directo
  • 44. ¿Cuándo procede? Naturaleza excepcional y voluntaria Sólo procede en casos Art. 8 de la Ley de Compras y Art. 10 del Reglamento a) No se presentan interesados a una licitación pública/privada b) Se termina o resuelve anticipadamente un contrato, siempre que el remanente no supere las 1.000 UTM c) Emergencia, urgencia o imprevisto (sanción al jefe de servicio; determinar responsabilidades en caso de expiración de contrato pendiente licitación, Dictamen Nº 52.018-2007). Trato Directo
  • 45. ¿Cuándo procede? (continación...) d) Sólo existe un proveedor e) Convenios con personas jurídicas extranjeras sobre servicios que deban ejecutarse fuera de Chile f) Servicios confidenciales, de seguridad o con interés nacional, según decreto supremo Trato Directo
  • 46. ¡Cuándo procede? (continación...) g) La naturaleza de la negociación a) Prórroga de un contrato b) Gastos de representación c) Seguridad e integridad de autoridades d) Consultorías con un proveedor especial (la experiencia no basta, Dictamen N° 34.004-2007) e) Proveedor amparado por propiedad intelectual f) Proveedor da confianza o seguridad g) Equipamiento compatible con modelo h) Riesgo por conocimiento público h) Contrataciones iguales o inferiores a 100 UTM Trato Directo
  • 47. ¿Cuándo procede? (continación...) Tres cotizaciones: Siempre se requiere un mínimo de tres cotizaciones, salvo letras c), d), f) y g) de este artículo Trato Directo
  • 48. Régimen de contrataciones menores a 100 UTM (cotizaciones) Cotización deberá efectuarse a través del Sistema Fundamento de resolución se referirá sólo al monto de la contratación Invitación debe ser abierta ( 3 proveedores). Plazo mínimo de 5 días (48 horas) entre solicitud de cotización y recepción de ofertas. Trato Directo
  • 49. Resolución fundada: Se requiere resolución fundada que la declare que explicite circunstancias de hecho. Se requiere que resolución sea publicada en Sistema dentro de 24 horas (salvo servicios confidenciales o seguridad nacional) Hay que acreditar concurrencia de causal en forma específica y, eventualmente, documentada. (Dictamen Nº 18.355-2007). Trato Directo
  • 50. Contrato de Suministro y Servicio Obligatoriedad Regla general: todas las contrataciones deben traducirse en la firma de un contrato/orden de compra Excepción: contratos menores a 100 UTM -Orden de compra/aceptación -Plazo de validez: bases o 40 días -Responsabilidad del proveedor por no cumplimiento de oferta
  • 51. Contrato de Suministro y Servicio Contenido Individualización del contratista Características del bien y/o servicio Precio Plazo de duración Garantías Causales de término Otras establecidas en las bases
  • 52. Contrato de Suministro y Servicio Plazo y forma de Suscripción Dentro del plazo establecido en las bases, o 30 días si nada se dice Debe publicarse en el Sistema Puede ser suscrito por medios electrónicos Ordenes de compra deben efectuarse por el Sistema
  • 53. Contrato de Suministro y Servicio Requisitos para contratar No estar afecto a alguna inhabilidad o incompatibilidad Hay que acreditar situación financiera y técnica Oferentes inscritos: a través de la inscripción en el Registo Oferentes no inscritos: a través de documentos establecidos en las bases Entidades podrán exigir a adjudicatarios su inscripción en el Registro para suscribir contratos Entidad podrá exigir que el adjudicatario otorgue mandato o constituya sociedad o agencia chilena
  • 54. Contrato de Suministro y Servicio Garantía de fiel y oportuno cumplimiento De acuerdo a lo establecido en las bases Entre un 5% y un 30% del precio del contrato, salvo situación del 42 y 69 del Reglamento Física o electrónica Pagadera a la vista e irrevocable Vale vista, póliza de seguro, depósito a plazo o cualquier otra forma que asegure el pago Obligatorio para contrataciones de sobre 1000 UTM. (Municipios).
  • 55. Contrato de Suministro y Servicio Garantía de fiel y oportuno cumplimiento (continuación...) Vigencia: la del contrato más 60 días, o la de las bases Entrega: con la suscripción del contrato Cobro: por incumplimiento de obligaciones del contrato, sin perjuicio de demanda por resolución o cumplimiento forzado Anticipos requieren estar garantizados en 100%
  • 56. Contrato de Suministro y Servicio Modificaciones y Término anticipado Causales: Mutuo acuerdo Incumplimiento grave de obligaciones del contratante Notoria insolvencia del contratante, a menos que mejore sus cauciones Interés público o seguridad nacional Demás causales de las Bases
  • 57. Contrato de Suministro y Servicio Indeminizaciones Según las bases para casos especiales de término anticipado contemplado en ellas Resoluciones o Decretos Fundados y publicarse en el Sistema, dentro de las 24 hrs de dictadas, salvo casos de licitaciones en soporte papel
  • 59. Obligatoriedad en el uso del Sistema Cuaquiera sea el proceso de compra y respecto de todos los actos, documentos y resoluciones relacionados directa o indirectamente con dicho proceso Entidades no podrán adjudicar ofertas que no hayan sido recibidas por el Sistema Sistema de Información
  • 60. Exclusiones del Sistema Contratación por menos de 3 UTM Contrataciones inferiores a 100 UTM con cargo a caja chica Contrataciones financiadas con gastos de representación Compras secretas, reservadas o confidenciales Sistema de Información
  • 61. Licitaciones en Soporte Papel Proveedores no cuentan con medios tecnológicos Indisponibilidad técnica del Sistema Caso fortuito y fuerza mayor no permiten uso del Sistema La comuna no tiene conectividad Contrataciones secretas, reservadas o confidenciales Documentos que no estén disponibles en formato digital pueden formar parte de la licitación, de acuerdo a las bases( facultad excepcional, Dictamen N° 17.272-2007). Sistema de Información
  • 62. Operación del Sistema Uno o más contratistas externos Dirección lo podrá operar en situaciones excepcionales Principios Rectores Neutralidad, seguridad, consistencia, confidencialidad y no repudiabilidad. Acceso público y gratuito. Sistema de Información
  • 63. Información incluida en el Sistema Convenios Orden de compra Licitación Pública Llamado Bases y sus anexos Respuestas a preguntas de proveedores, sin individualizar al proveedor Recepción y cuadro de ofertas Resolución sobre adjudicación Contrato definitivo/orden de compra Sistema de Información
  • 64. Información incluida en el Sistema (continuación...) Licitación Privada Resolución que la autoriza Invitación Bases y sus anexos Respuestas a preguntas de proveedores, sin individualizar al proveedor Recepción y cuadro de ofertas Resolución sobre adjudicación Contrato definitivo/orden de compra Sistema de Información
  • 65. Información incluida en el Sistema (continuación...) Trato Directo Resolución que la autoriza Términos de Referencia Recepción y cuadro de ofertas Resolución sobre adjudicación Plan Anual Formulario completo Modificaciones al formulario Sistema de Información
  • 66. Información incluida en el Sistema (continuación...) Organos excluidos de la Ley de Compras Llamado Bases y/o términos de referencia Respuestas a proveedores Modificaciones a las bases Recepción y cuadro de ofertas Resolución sobre adjudicación Contrato definitivo Sistema de Información
  • 67. Registro de Proveedores Definición Registro electrónico oficial de proveedores de la Administración, a cargo de la Dirección, en donde se registren personas naturales y jurídicas, chilenas o extranjeras para acreditar antecedentes, historial de contratación, situación legal y financiera, idoneidad técnica y causales de inhabilidad Este es un registro público respecto a la nómina de proveedores inscritos, a pesar de que la información legal y económica sólo podrá ser conocida por las entidades
  • 68. Registro de Proveedores Otros Registros Podrán existir otros registros, pero deberán ser incorporados y actualizados en el Registro de Proveedores Inscripción Proveedores interesados deberán completar formulario y adjuntar documentación requerida Cualquier error, omisión o inexactitud es causal de rechazo a la inscripción
  • 69. Registro de Proveedores Evaluación Busca determinar en forma objetiva y rápida si concurre alguna causal de inhabilidad, acreditar veracidad de los antecedentes y la situación legal y financiera de los postulantes El postulante deberá indicar las categorías en que desea ser inscrito, y podrá inscribirse en más de una categoría Efectuada por la Dirección o terceros Resultado: informes estandarizados
  • 70. Registro de Proveedores Aprobación o rechazo El proceso de evaluación concluye con la aprobación o rechazo de la solicitud, a través de una resolución de la Dirección Se rechazará la inscripción si hay una causal de inhabilidad El proceso de inscripción no podrá prolongarse por más de 30 días desde la tramitación de la solicitud Vigencia de inscripción Según la categoría de inscripción Hay posibilidad de renovar la inscripción
  • 71. Registro de Proveedores Ficha de proveedores Antecedentes básicos (nombre, rut, etc.) Antecedentes técnicos, de especialidades y certificaciones Antecedentes legales y financieros -Existencia legal y validez de poderes - Situación financiera que hagan prever cumplimiento de compromisos Antecedentes históricos
  • 72. Registro de Proveedores Actualizaciones Los Proveedores inscritos están obligados a informar y actualizar su información de acuerdo a políticas y condiciones de uso de la Dirección Tarifas La Dirección podrá fijar tarifas que deberán pagar los contratistas para financiar el costo de registro, siempre que no impidan el libre e igualitario acceso al registro
  • 73. Registro de Proveedores Causales de Inhabilidad e incompatibilidad 1. Condenado más de 2 veces con multa por infracción a ley antimonopolios, a menos que hayan transcurrido 3 años 2. Condenado como consecuencia de un incumplimiento de un contrato celebrado con alguna Entidad regida por la Ley de Compra, a menos que hayan transcurrido 2 años 3. Registrar deudas tributarias de cualquier naturaleza por más de un año, a menos que exista un convenio de pago vigente
  • 74. Registro de Proveedores 5. Registrar deudas previsionales y de salud o reclamos pendientes en materia laboral por más de un año 6. Estar suspendido o haber sido eliminado del Registro de Proveedores Si a un proveedor le sobreviene una causal inhabilidad con posterioridad a la inscripción, ésta será dejada sin efecto.
  • 75. Registro de Proveedores Causales de suspensión La Dirección podrá suspender por un período máximo de 2 años si: 1. el proveedor no ha actualizado algún antecedente 2. el proveedor es condenado por incumplimiento contractual y siempre que la Entidad solicite la suspensión
  • 76. Registro de Proveedores Causales de eliminación La Dirección podrá eliminar en forma permanente a los proveedores inscritos si : 1. los antecedentes presentados son maliciosamente falsos, han sido enmendados o tergiversados o inducen a error 2. el proveedor es condenado reiteradamente por incumplimiento contractual y la Entidad solicita la eliminación 3. Cuando concurra de manera sobreviniente alguna de las causales de inhabilidades
  • 77. Dirección de Compras Servicio público descentralizado sometido a la supervigilancia del Presidente de la República a través del Ministerio de Hacienda Dirigido por Director, cargo de exclusiva confianza del Presidente de la República
  • 78. Dirección de Compras Principales funciones: • Asesorar en la planificación y gestión de procesos de compra • Licitar la operación del Sistema de Información • Recabar información para el Registro • Efectuar las licitaciones para los Convenios Marco • Representar o actuar como mandatario de compradores • Administrar, actualizar y licitar el Registro • Promover competencia • Establecer las políticas y condiciones de uso del Sistema
  • 79. Dirección de Compras Políticas y Condiciones de Uso: • Dirección no es responsable por errores, omisiones o caídas temporales del Sistema • Dirección no garantiza tiempos de respuestas • Dirección no es responsable de los contratos que se suscriban a través del Sistema • Dirección no es responsable de seriedad de las ofertas de los proveedores ni de los resultados de los procesos de compras
  • 80. Plan Anual Contenido Lista de bienes y servicios por mes Cantidad y valor Proceso de licitación Fecha del llamado Naturaleza No obliga a las entidades Puede ser modificado en cualquier momento, en forma fundada Debe ser publicado en el sistema
  • 81. Manual de Procedimientos de Adquisiciones • Debe publicarse en el sistema, y también se publicará sus modificaciones CONTENIDO MINIMO: Planificación de Compras, Selección de Procedimientos de Compra, Formulación de Bases y Términos de Referencia, Criterios y Mecanismos de Evaluación, Gestión de Contratos y Proveedores, Recepción de Bienes y Servicios, etc.. (art. 3 Reglamento).
  • 82. Integración Tres abogados Designados por el Presidente de la República por ternas hechas por la Corte Suprema Asiento en Santiago Duración cargos: 5 años Tribunal de Contratación
  • 83. Competencia Acción de impugnación contra actos u omisiones ilegales o arbitrarios, que tenga lugar entre la aprobación de las bases y la adjudicación Reclamaciones sobre rechazos o aprobaciones de inscripciones en el Registro Tribunal de Contratación
  • 84. Procedimiento Esquema Tribunal de Contratación Demanda Informe Servicio Recurso Reclamación Sentencia Fallo Acto ilegal o arbitrario 5 10 10 Admisible Inadmisible Correccione s Término Probatorio Citación Oir Sentencia 10 10 10 5
  • 85. Procedimiento Demanda • ¿Quién?: Demanda es interpuesta por cualquier persona con un interés actualmente comprometido en un procedimiento administrativo de contratación • ¿Contenido de la Demanda?: hechos, normas legales o reglamentarias y peticiones concretas • ¿Cúando?: Demanda debe interponerse en 10 días hábiles desde conocimiento del acto impugnado • ¿Dónde?: Ante Tribunal o en Intendencias regionales o gobernaciones provinciales Tribunal de Contratación
  • 86. Procedimiento (continuación...) Informe Entidad Entidad deberá informar en 10 días hábiles sobre impugnación y demás materias que el Tribunal consulte Prueba Sólo si hay controversia sobre hechos substanciales y pertinentes, se recibirá la causa a prueba Término probatorio de 10 días hábiles Lista de testigos dentro del 2 día del término probatorio Tribunal de Contratación
  • 87. Procedimiento (continuación...) Citación Oir Sentencia Una vez vencido el término probatorio No se admitirán nuevos escritos o pruebas Se podrán decretar medidas para mejor resolver desde recepción de la causa a prueba Incidentes No suspenden procedimiento Se substancian en ramo separado Tribunal de Contratación
  • 88. Procedimiento (continuación...) Sentencia Definitiva Dentro de 10 días hábiles desde citación para oír sentencia Se pronunciará sobre legalidad o arbitrariedad del acto y ordenará medidas para restablecer el imperio del derecho Tribunal de Contratación
  • 89. Procedimiento (continuación...) Recurso de Reclamación Dentro de 5 días hábiles Ante Corte de Apelaciones de Santiago Sólo efecto devolutivo En cuentas, sin oir alegatos, salvo que Corte acuerde oirlos. Agregada a la tabla en forma extraordinaria Corte puede dictar orden de no innovar Fallo se dictará en 10 días Tribunal de Contratación
  • 90. Procedimiento (continuación...) Normas supletorias Disposiciones comunes a todo procedimiento del CPC Normas del juicio ordinario civil de mayor cuantía del CPC Tribunal de Contratación
  • 91. Auto Acordado sobre Funcionamiento del Tribunal de Contratación Pública de 20 de octubre de 2003 Sede: recinto habilitado por Dirección Audiencias: martes y jueves Comparecencia: abogado habilitado Notificaciones: Estado Diario/carta certificada y Cédula Tribunal de Contratación
  • 92. Estadísticas ( al 2° semestre 2007): - 82% de las demandas han sido rechazadas. - 58% de las impugnaciones relativas a contratos de suminstro, un 32% a contratos de prestación de servicios , y un 10% relativa a la competencia adicional. - De las sentencias que han acogido las demandas, un 43% han revocado actos y ordenan retrotraer el procedimiento. Tribunal de Contratación
  • 93. - “La Contratación Administrativa”; Claudio Moraga Klenner; Editorial Jurídica de Chile, 2007. - Curso “Chile Compras”, Dirección de Compras Públicas, Noviembre de 2004, Santiago. - “La Contratación Pública”; Eva Tocol, Tesis para Optar al Grado de Licenciada en Ciencias Jurídicas, Facultad de Derecho, Universidad de Concepción, 2007. BIBLIOGRAFIA