VALOR DEL DINERO EN EL TIEMPO - 2024 - SEMINARIO DE FINANZAS
TRIBUTACION
1. UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN ANTONIO ABAD
DEL CUSCO
FACULTAD DE CIENCIAS ADMINISTRATIVAS, CONTABLES ECONÓMICAS Y
TURISMO
ESCUELA PROFESIONAL DE CONTABILIDAD
DOCENTE: Mgt. OMAR GERMAIN ACHAHUANCO CACERES
ALUMNOS:
1. HILARES CARAZAS RONAL
2. RODRÍGUEZ ABRELLA CRISTHIAN DANIEL
3. OCAMPO VILLAFUERTE JENNEFER
4. OSORIO TELLO TAIS ESMERALDA
5. HUAMAN SIERRA ALVARO
6. CHALLCO AYALA ROSSMERY
CUSCO-PERÚ
2021 1
TEMA: COMPARACIÓN DE PRECIOS
2.
3. El presente trabajo abarca todos los procedimientos ordinarios
referidos a la Comparación de Precios en El Reglamento de la
Ley de Contrataciones del Estado, aprobado mediante D.S. N°
350- 2015-EF y el Decreto Supremo N° 344-2018-EF, que
aprueba el Reglamento de la Ley N° 30225 (vigente desde el
30 de enero de 2019) “Disposiciones aplicables a la
comparación de precios” donde se establecieron las
condiciones para el procedimiento de la comparación de
precios en el Titulo V “Métodos de contratación”, Capitulo
VII “Comparación de Precios”, Artículos 98° y 99°,
incluyendo formatos de uso obligatorio.
1
INTRODUCCIÓN
4. • La Ley N°30225, aprobada
mediante D.S N° 082-2019-
EF, que derogo al DL N°1017
y a su modificatoria, ley
N°29873 (donde únicamente
habían los métodos de
selección de licitación
pública, concurso público,
adjudicación directa y
adjudicación de menor
cuantía)
VS
2
BASE LEGAL DE LA COMPARACIÓN DE
PRECIOS
5. • El reglamento de la Ley
N°30225, aprobado
mediante DS N°344-
2018-EF y sus
modificatorias DS
N°377-2019-EF (=<15
UIT) y DS N°168-
2020-EF (Condiciones
para su empleo)
3
6. • La Directiva N°022-2016-
OSCE/CD “Disposiciones
aplicables a la
comparación de precios
mediante D.S N°082-
2019-EF”
4
7. La comparación de precios es un nuevo
método de contratación que fue añadido
con la nueva ley de contrataciones del
estado y posteriormente modificado por el
DL N°1341
11 de Julio del 2014
OJO: Se centra en
una evaluación
basada en el precio
La comparación de precios puede utilizarse
para la contratación de bienes y servicios de
disponibilidad inmediata, distintos a los de
consultoría y a los del “Listado de Bienes y
Servicios Comunes” (SIE)
5
¿QUÉ ES LA COMPARACIÓN DE PRECIOS?
8. Ley N° 30225 Decreto Legislativo Nº 1341
Artículo 25. Comparación de precios
La comparación de precios puede utilizarse para la
contratación de bienes y servicios de disponibilidad
inmediata, distintos a los de consultoría, que no sean
fabricados o prestados siguiendo las
especificaciones o indicaciones del contratante,
siempre que sean fáciles de obtener o que tengan
un estándar establecido en el mercado, conforme a
lo que señale el reglamento. El valor estimado de
dichas contrataciones debe ser inferior a la décima
parte del límite mínimo establecido por la ley de
presupuesto del sector público para la licitación
pública y el concurso público.
Artículo 25. Comparación de precios
La comparación de precios puede utilizarse para la
contratación de bienes y servicios de disponibilidad
inmediata, distintos a los de consultoría, que no sean
fabricados o prestados siguiendo las especificaciones
o indicaciones del contratante, siempre que sean
fáciles de obtener o que tengan un estándar
establecido en el mercado, conforme a lo que señale
el reglamento. El valor estimado de dichas
contrataciones debe ser inferior a la décima parte del
límite mínimo establecido por la ley de presupuesto
del sector público para la licitación pública y el
concurso público.
VIGENTE DESDE EL 03 DE ABRIL DE 2017
6
MODIFICACIÓN ALARTÍCULO 25° DE LA LEY N°30225 POR EL
DL N°1341
10. EL MONTO MÍNIMO
Parte de la aplicación del artículo
5° de la Ley N°30225 –
“Supuestos excluidos del ámbito
de aplicación sujetos a
supervisión”, donde se puede
entender por el inciso a), que el
monto mínimo para iniciar los
métodos de contratación es de
ocho (8) UIT vigente en cada
periodo.
EL MONTO MÁXIMO
Por otra parte el monto máximo
para este método surge de la
modificación al artículo 98° del
Reglamento de la Ley N°30225,
hecho por el DS N°377-2019-EF,
que indica: “El valor estimado
de las contrataciones que se
realicen aplicando este
procedimiento de selección es
igual o menor a quince (15)
UIT”.
8
11. Artículo 18. Valor estimado y
valor referencial
La Entidad debe establecer el valor estimado
de las contrataciones de bienes y servicios y el
valor referencial en el caso de consultorías y
ejecución de obras, con el fin de establecer la
aplicación de la presente Ley y el tipo de
procedimiento de selección, en los casos que
corresponda, así como gestionar la asignación
de recursos presupuestales necesarios, siendo
de su exclusiva responsabilidad dicha
determinación, así como su actualización.
Artículo 18. Valor Referencial
La Entidad debe establecer el valor estimado El
órgano encargado de las contrataciones en cada
Entidad determina el Valor Referencial para efectos
del proceso de bienes y servicios y el valor
referencial en el caso de consultoría y ejecución
de obras, contratación con el fin de establecer la
aplicación de la presente Ley y el tipo de
procedimiento de selección en los casos que
corresponda, así como correspondiente y gestionar
la asignación de los recursos presupuestales
necesarios, siendo de su exclusiva responsabilidad
dicha determinación, así como su actualización.
MODIFICACIÓN DELART. 18º DE LA LEY DE
CONTRATACIONES DEL ESTADO
9
12. CONDICIONES PARA EL EMPLEO DE
LA COMPARACIÓN DE PRECIOS
REGLAMENTO DE LA LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO
Disponibilidad Inmediata.
Fáciles de obtener en el mercado
Se comercialicen bajo una oferta
estándar establecida por el
mercado.
El Órgano Encargado de las
Contrataciones (OEC)
10
Artículo 98° COMPARACIÓN DE PRECIOS
13. Artículo 99° PROCEDIMIENTO
EMITIDO EL
INFORME
FAVORABLE
Un mínimo de tres (3) cotizaciones de forma física o
electrónica
Declaraciones juradas de no encontrarse impedidos para
contratar con el Estado
El OEC de la Entidad otorga la buena pro a la cotización
de menor precio.
11
14. ¿CÓMO SE PARTICIPA?
El ofertante del bien o servicio adquiere las Fichas
Técnicas para conocer para conocer los requerimientos
detallados:
• Características
• Condiciones de entrega,
• Tiempo de entrega, normas y
• Requisitos para participar.
Estas Fichas Técnicas están disponibles en la oficina
de Compras de la DGII, se pueden descargar de esta
página o en la página de la Dirección General de
Contrataciones públicas.
12
15. ¿QUIÉNES PARTICIPAN?
Todos los suplidores formalmente constituidos,
al día en sus compromisos fiscales y que estén
inscritos en el Registro Nacional de
Proveedores (RNP)
13
16. REQUISITOS PARA PARTICIPAR EN LA
COMPARACIÓN DE PRECIOS
Los proveedores que deseen participar en un
proceso de Comparación de Precios deben
cumplir con los siguientes requisitos:
1. Contar con
inscripción vigente
en el Registro
Nacional de
Proveedores (RNP).
2. No encontrarse
inhabilitado o
suspendido por la ley
para contratar con el
Estado.
3. Contar con El
código de cuenta
interbancaria (CCI)
y/o cuenta de
detracciones.
14
17. ASPECTOS IMPORTANTES
• La inclusión en el PAC no es requisito para el
inicio de este procedimiento.
• No se convoca a través del SEACE.
• No existe etapa de registro de participantes.
• Esta cargo del OEC (Órgano Encargado de las
Contrataciones)
• Se ingresa al SEACE la solicitud de cotización,
las cotizaciones y la Buena Pro al final del
procedimiento.
15
19. • Precisar y uniformizar los
criterios que deben seguir
las entidades para la
ejecución y procedimiento
de Comparación de
Precios.
• Orientar a las entidades y
proveedores mediante el
establecimiento de reglas
complementarias para la
ejecución del
procedimiento de
Comparación de Precios,
para la contratación de
bienes y servicios en
general, que contribuya a
la transparencia en la
contratación pública y en
la rendición de cuentas.
• La presente directiva es de
cumplimiento obligatorio
para las entidades que se
encuentran dentro del
ámbito de aplicación de la
normativa de
contrataciones del Estado
conforme al articulo 3 de
la ley N° 30225, Ley de
Contrataciones del Estado,
así como para los
proveedores que
participen en
procedimientos de
Comparación de Precios.
17
FINALIDAD OBJETO ALCANCE
20. DISPOSICIONES GENERALES DE LA
DIRECTIVA N° 022-2016-OSCE/CD
A) CONDICIONES PARA EMPLEAR
LA COMPARACIÓN DE PRECIOS
Para aplicar el
procedimiento de
selección de comparación
de precios, la entidad
debe verificar que los
bienes y/o servicios en
general objeto de la
contratación sean de:
Disponibilidad
inmediata
Fáciles de obtener en
el mercado
Precio estándar
establecida por el
mercado
Los incluidos en el Listado de
Bienes Comunes de la Subasta
Electrónica y en el Catálogo
Electrónico del acuerdo Marco
no podrán ser contratados
mediante la Comparación de
Precios.
18
21. B) NO CORRESPONDE UTILIZAR
LA COMPARACIÓN DE PRECIOS
Para la contratación de bienes y servicios que son fabricados o prestados
siguiendo la descripción particular o instrucciones de la Entidad, tales como:
Mantenimiento de carreteras
Contratación de profesionales
o personal especializado
Adquisición de vehículos
Servicio de recolección y disposición
final de residuos sólidos
Suministro periódico de bienes o los
servicios de ejecución periódica tales
como la mensajería
19
22. BIENES Y SERVICIOS QUE SE PUEDEN
CONTRATAR MEDIANTE LA
COMPARACIÓN DE PRECIOS
20
28. RESPONSABILIDAD
DEL OEC
Preservar
Ordenar
Archivar Información
Desde la formulación
del requerimiento
Hasta el cumplimiento
de las obligaciones
contractuales.
Remitirlo para su aprobación
C) EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN
DISPOSICIONES GENERALES DE LA DIRECTIVA
N° 022-2016-OSCE/CD
Tiene a su cargo la custodia del
expediente de contratación
26
29. Requerimiento.
La fórmula de reajuste, de ser el caso.
La declaratoria de viabilidad y verificación de viabilidad.
En el caso de obras contratadas bajo la modalidad llave en mano que cuenten
con equipamiento, las especificaciones técnicas de los equipos requeridos.
Informe técnico de evaluación de software, cuando corresponda.
Documento que aprueba proceso de estandarización, de corresponder.
Indagaciones del mercado, y su actualización cuando corresponda.
C) EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN
CONTENIDO DEL EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN
27
30. Valor referencial o valor estimado.
Opción de realizar la contratación por paquete, lote y
tramo, cuando corresponda.
Certificación del crédito presupuestario o previsión
presupuestal.
Resumen ejecutivo.
Procedimiento de selección, sistema de contratación y
modalidad de contratación.
CONTENIDO DEL EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN
28
31. El procedimiento queda
desierto cuando no se
recibieron ofertas o
cuando no exista ninguna
oferta válida.
Cuando un procedimiento de selección es declarado desierto
total o parcialmente
El Órgano Encargado de las Contrataciones
emite un informe al Titular de la Entidad o al funcionario a
quien haya delegado la facultad de aprobación del expediente
de contratación.
en el que justifique y evalúe las causas que no permitieron la
conclusión del procedimiento, debiéndose adoptar las medidas
correctivas antes de convocar nuevamente.
DECLARACIÓN DE DESIERTO 29
32. OJO
Cuando un procedimiento de selección sea declarado desierto, la
siguiente convocatoria requiere contar con una nueva aprobación
del expediente de contratación, solo cuando el informe de
evaluación dé las razones que motivaron la declaratoria de
desierto advierta que el requerimiento corresponde ser ajustado.
30
33. BENEFICIOS PARA LAS ENTIDADES PÚBLICAS
1. Agiliza la formulación de requerimientos y
simplifica el proceso de contratación.
2. Permite que la formalización contractual pueda
efectuarse en periodo corto de tiempo pues en un
máximo de 2 días ya se tienen listas las solicitudes de
cotización.
3. Reduce los costos vinculados con la realización de
procedimientos de selección pues todo puede realizarse
de forma 100% electrónica.
4. La entidad puede empezar este procedimiento de
selección para requerir bienes y/o servicios sin que estos
se encuentren incluidos en el Plan Anual de
Contrataciones.
31
34. BENEFICIOS PARA LOS PROVEEDORES
Facilita el acceso a las micro y pequeñas empresas para
que contraten con las entidades públicas.
Cualquier proveedor puede proporcionar los bienes o
servicios a contratar pues estos no siguen una descripción
específica de la entidad y ya tienen una oferta estándar en el
mercado.
Reduce el tiempo y costos vinculados con la
participación en este método de contratación, todo se
puede hacer en forma 100% electrónica.
32
35. FUNCIONARIOS Y DEPENDENCIAS Y ORGANOS
ENCARGADOS DE LAS CONTRATACIONES
Es la más alta autoridad
ejecutiva, de conformidad
con sus normas de
organización, que ejerce
las funciones previstas en
la Ley y su reglamento
para la aprobación,
autorización y supervisión
de los procesos de
contratación de bienes,
servicios y obras.
EL TITULAR DE
LA ENTIDAD
ÁREA USUARIA
ÓRGANO
ENCARGADO DE
LAS
CONTRATACIONES
Son aquellos órganos y
unidades orgánicas de las
entidades públicas cuyas
necesidades pretenden ser
atendidas con determinada
contratación.
Es el órgano o unidad
orgánica que realiza las
actividades relativas a la
gestión del abastecimiento
de la Entidad, incluida la
gestión administrativa de
los contratos. La Entidad
puede conformar un
comité de selección según
determinada contratación.
BASE LEGAL: ART 8 TUO DE LA LEY N° 30225, LEY DE
CONTRATACIONES DEL ESTADO
33
36. Según indica el artículo 8° de la Ley N°30225, el OEC es: El órgano o unidad
orgánica que realiza las actividades relativas a la gestión del abastecimiento de la
Entidad, incluida la gestión administrativa de los contratos.
Adicionalmente
se puede tener
comités de
selección
Por su parte el artículo 5° del Reglamento de
la misma Ley, indica que cada Entidad
definirá en su Reglamento de Organización y
Funciones (ROF) al órgano encargado de las
contrataciones; cuya función es la gestión
administrativa del contrato
34
EL ÓRGANO ENCARGADO DE LAS
CONTRATACIONES (OEC)
37. Adicionalmente, el artículo 5 del Reglamento de
la Ley establece que los funcionarios y
servidores del órgano encargado de las
contrataciones de la Entidad que, deberán ser
profesionales y/o técnicos debidamente
certificados, debiendo reunir como mínimo los
siguientes requisitos:
• Capacitación técnica en
contrataciones públicas o gestión
logística en general, no menor a
ochenta (80) horas lectivas
• Experiencia laboral en general,
no menor a tres (3) años
• Experiencia laboral en materia de
contrataciones públicas o en
logística privada, no menor de un
(1) año
35
38. Es un sistema integral, compuesto por políticas,
procedimientos, normas y software basado en el uso del
internet, con el fin de dar transparencia, optimizar,
modernizar y generar ahorros en las contrataciones
públicas del Perú.
Revela información de las 3
fases de las contrataciones:
actos preparatorios,
selección y la ejecución
contractual
36
SISTEMA ELECTRÓNICO DE ADQUISICIONES Y
CONTRATACIONES DEL ESTADO (SEACE)
39. Para la sociedad civil, el SEACE es
accesible como un portal web de
consultas, que se alimenta de la
información provista por el OSCE
(Organismo Supervisor de
Contrataciones del Estado), las
entidades públicas, y los proveedores.
Donde se da la realización de
transacciones electrónicas
Herramienta de información
especializada para la
realización y/o publicación de
las diferentes fases y etapas
del procedimiento de
contratación pública
La versión vigente es
el SEACE 3.0, pero en
el SEACE 2.0 se sigue
suministrando
información de los
contratos realizados en
esta versión
37
40. DOCUMENTOS DEL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN
DOCUMENTOS
Expresión de Interés
Bases
• Licitación Pública
• Concurso Público
• Adjudicación
Simplificada
• Subasta Inversa
Electrónica
• Consultores
Individuales
Solicitudes de Cotización
• Comparación de
Precios
FUENTE: ART 47 REGLAMENTO DE LA LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO
38
41. PROCEDIMIENTO DE LA COMPARACIÓN DE
PRECIOS
La Comparación de Precios tiene un procedimiento diferente respecto a los
demás métodos de contratación. No cuenta con las etapas de convocatoria,
registro de participantes, consultas y observaciones.
Por ello, la Entidad del Estado publica en el SEACE todos los documentos
cuando culmina el procedimiento.
39
42. PROCEDIMIENTO DE LA COMPARACIÓN DE
PRECIOS
1. REQUERIMIENTO
2. INFORME DEL OEC
3. SOLICITUD DE COTIZACIONES U OBTENCIÓN
DE INFORMACIÓN DIRECTA DEL MERCADO
4. IDENTIFICAR EL MENOR PRECIO
5. ADJUDICACIÓN DE LA BUENA PRO
40
43. 1. ELABORACIÓN DEL REQUERIMIENTO
Documento es elaborado por el Área
usuaria y señala la finalidad pública,
las características técnicas y las
condiciones que deben cumplir.
DONDE
Incluye bienes y
servicios
Los requerimientos
deben ser >8 UIT y <=
15 UIT
Es formulado por el
OEC
No se puede elaborar siguiendo
ciertas especificaciones
Si la entidad
contrata estantes,
carpetas, mesas,
etc. no debe
especificar
medidas o
dimensiones
(altura
,centímetros,etc
ejemplo
41
45. 2. INFORMES DEL OEC
Es el órgano encargado de las
contrataciones
Comparación de
precios
Se encarga de conducir
Elabora un informe
Utilizando el
formato anexo Nº
1de la directiva
“Informe
sustentatorio
para emplear
la
Comparación
de Precios”.
43
46. Instrucciones para el llenado del formato del anexo N° 1
Campo Información a consignar
1
Registrar el número y fecha de emisión del Informe sustentatorio para emplear la
comparación de precios. De ser necesario, combinar letras y números para una mejor
identificación del documento.
2
Indicar si el objeto de contratación corresponde a bienes o servicios, describiendo además
el objeto de la contratación.
3 Registrar los antecedentes que la Entidad considere conveniente.
4
Analizar el cumplimiento de cada una de las condiciones para emplear la comparación de
precios. En tal sentido, la Entidad debe indicar si cumple o no cumple cada una de dichas
condiciones y, de ser afirmativa la respuesta, consignar el análisis desarrollado para
sustentar el cumplimiento de cada una de las condiciones.
Para tales efectos, la Entidad debe tomar en cuenta las definiciones consignadas en el
numeral 6.1 de la Directiva, así como el listado de supuestos en que no corresponde
emplear la comparación de precios mencionados en el numeral 6.2 de la Directiva.
5 Registrar las observaciones que la Entidad estime conveniente.
6
Precisar el nombre, firma y sello del funcionario responsable del órgano encargado de las
contrataciones
44
47. CONDICIONES
Informe sustentatorio para emplear la comparación de precios
1 Datos del documento Número de informe
Fecha de informe
2 Objeto de la
contratación
Objeto de la contratación
Bi
e
n
es
Servicios
Descripción del objeto de la
contratación
3 Antecedentes
4 Verificación del cumplimiento de las condiciones en los
bienes y/o servicios en general
¿Cumple con la condición?
Sí Cumple No Cumple
a
.
Disponibilidad inmediata
De ser afirmativa, detallar el análisis desarrollado para sustentar el cumplimiento de la condición.
b
.
Fáciles de obtener en el mercado
De ser afirmativa, detallar el análisis desarrollado para sustentar el cumplimiento de la condición.
c
.
Se comercialicen bajo una oferta estándar establecida
por el mercado
De ser afirmativa, detallar el análisis desarrollado para sustentar el cumplimiento de la condición.
d
.
Que no se fabrican, producen, suministran o prestan
siguiendo la descripción particular o instrucciones
dadas por la Entidad contratante
De ser afirmativa, detallar el análisis desarrollado para sustentar el cumplimiento de la condición.
Nota: De no cumplir con una de las condiciones señaladas, no procede emplear la comparación de
precios.
5 Observaciones
6
Nombre, firma y sello del funcionario responsable del órgano encargado de las contrataciones
ANEXO 1
45
48. 3.SOLICITUD DE COTIZACIONES U OBTENCIÓN DE
INFORMACIÓN DIRECTA DEL MERCADO
3.1 SOLICITUD DE COTIZACIONES
Si el Informe es favorable:
El OEC solicita las cotizaciones de forma física o
electrónica.
Los proveedores que deseen participar deben
enviar sus cotizaciones acompañadas de la
declaración jurada de no estar impedido para
contratar con el Estado.
Cada cotización debe estar firmada por el
representante legal de la empresa proveedora.
El OEC debe obtener como mínimo tres
cotizaciones que cumplan con los requisitos
establecidos en el requerimiento.
OPCION 1
46
49. INSTRUCCIONES PARA EL LLENADO DEL FORMATO DEL ANEXO N° 2
Campo Información a consignar
1
Registrar el número y fecha de emisión de la solicitud de cotización. De ser necesario, combinar
letras y números para una mejor identificación del documento.
2
Registrar los datos de la Entidad (denominación completa de la entidad contratante, su número
de RUC, así como el número de teléfono, correo electrónico y persona de contacto, con los que
el proveedor podrá comunicarse).
3
Registrar los datos del proveedor al que se remitirá la cotización (nombre o razón social del
proveedor, su número de RUC, así como el número de teléfono, correo electrónico y nombre del
representante o persona de contacto).
4
Indicar si el objeto de contratación corresponde a bienes o servicios; describir el objeto de la
contratación, precisando asimismo si se adjuntan las especificaciones en el caso de bienes o los
términos de referencia en el caso de servicios.
5
Detallar la información complementaria que la Entidad crea conveniente. Debe indicarse
asimismo que se adjunta el formato de Cotización y Declaración Jurada (Anexo N° 3), para dar
respuesta a la solicitud.
6
Precisar el nombre, firma y sello del funcionario responsable del órgano encargado de las
contrataciones
Luego, el OEC procede a solicitar la cotización a las empresas, usando el formato
incluido en el Anexo N° 2 de la Directiva “Solicitud de cotización”.
47
50. Solicitud de cotización
1 Número y fecha
del documento
Número
Fecha
2 Datos de la
Entidad
Nombre de la Entidad
RUC
Dirección
Teléfono(s)
Correo electrónico
Persona de contacto
3 Datos del
proveedor
Nombre o razón social
RUC
Dirección
Teléfono(s)
Correo electrónico
Representante o persona
de contacto
4 Objeto de la
contratación
Objeto de la contratación Bienes Servicios
Descripción del objeto de
la contratación
Se adjunta
Especificaciones
técnicas
Términos de
referencia
5 Información complementaria
Se adjunta el formato de Cotización y Declaración Jurada (Anexo N° 3), para dar respuesta a este documento.
6
Nombre, firma y sello del funcionario responsable del órgano encargado de las contrataciones
48
ANEXO 2
51. 3. SOLICITUD DE COTIZACIONES U OBTENCIÓN
DE INFORMACIÓN DIRECTA DEL MERCADO
3.1 SOLICITUD DE COTIZACIONES
Si el Informe es favorable:
El OEC solicita las cotizaciones de forma física o
electrónica.
Los proveedores que deseen participar deben enviar sus
cotizaciones acompañadas de la declaración jurada de no
estar impedido para contratar con el Estado.
Cada cotización debe estar firmada por el representante
legal de la empresa proveedora.
El OEC debe obtener como mínimo tres cotizaciones que
cumplan con los requisitos establecidos en el
requerimiento.
OPCIÓN 1
49
52. INSTRUCCIONES PARA EL LLENADO DEL FORMATO DEL ANEXO N° 2
CAMPO INFORMACIÓN A CONSIGNAR
1
Registrar el número y fecha de emisión de la solicitud de cotización. De ser necesario, combinar
letras y números para una mejor identificación del documento.
2
Registrar los datos de la Entidad (denominación completa de la entidad contratante, su número
de RUC, así como el número de teléfono, correo electrónico y persona de contacto, con los que el
proveedor podrá comunicarse).
3
Registrar los datos del proveedor al que se remitirá la cotización (nombre o razón social del
proveedor, su número de RUC, así como el número de teléfono, correo electrónico y nombre del
representante o persona de contacto).
4
Indicar si el objeto de contratación corresponde a bienes o servicios; describir el objeto de la
contratación, precisando asimismo si se adjuntan las especificaciones en el caso de bienes o los
términos de referencia en el caso de servicios.
5
Detallar la información complementaria que la Entidad crea conveniente. Debe indicarse
asimismo que se adjunta el formato de Cotización y Declaración Jurada (Anexo N° 3), para dar
respuesta a la solicitud.
6
Precisar el nombre, firma y sello del funcionario responsable del órgano encargado de las
contrataciones
Luego, el OEC procede a solicitar la cotización a las empresas, usando el
formato incluido en el Anexo N° 2 de la Directiva “Solicitud de
cotización”.
50
53. Solicitud de cotización
1 Número y fecha
del documento
Número
Fecha
2 Datos de la
Entidad
Nombre de la Entidad
RUC
Dirección
Teléfono(s)
Correo electrónico
Persona de contacto
3 Datos del
proveedor
Nombre o razón social
RUC
Dirección
Teléfono(s)
Correo electrónico
Representante o persona de
contacto
4 Objeto de la
contratación
Objeto de la contratación Bienes Servicios
Descripción del objeto de
la contratación
Se adjunta
Especificaciones
técnicas
Términos de
referencia
5 Información complementaria
Se adjunta el formato de Cotización y Declaración Jurada (Anexo N° 3), para dar respuesta a este documento.
6
51
54. OBTENER INFORMACIÓN
DIRECTA DEL MERCADO
Cuando el mecanismo utilizado
no sea la solicitud de cotización, el
OEC puede optar por obtener
información de manera directa del
mercado
Para obtener una información directa del mercado podemos
utilizarlos siguientes medios , cuando no se opte por una solicitud
decotización
Mediante la consulta a
portales electrónicos Otros medios
52
OPCIÓN 2
55. Al enviar la solicitud de cotización la entidad debe recordar al proveedor
que para remitir su cotización debe utilizar el formato incluido en el anexo
N°3 “cotización y declaración jurada del proveedor ”.
Instrucciones para el llenado del formato del anexo N° 3
CAMPO INFORMACIÓN A CONSIGNAR
1
Registrar la fecha de emisión de la cotización y declaración jurada del
proveedor.
2
La Entidad debe describir el objeto de la contratación. Por otra parte, el
proveedor debe señalar si cumple o no cumple las especificaciones técnicas
en el caso o términos de referencia en el caso de servicios; registrar el
monto total que se cotiza así como detallar la documentación que se adjunta,
cotización detallada, folletos, catálogos, entre otros, de ser el caso.
3 El texto de la declaración jurada del proveedor no debe ser modificado.
4 Precisar el nombre, firma y sello del proveedor
53
56. Cotización y declaración jurada del proveedor
1 Fecha del documento
2 Cotización
2.1
Descripción del objeto de la
contratación
2.2
Cumplimiento de las
especificaciones técnicas o términos
de referencia, según corresponda
Si cumple
No cumple
2.3 Monto total cotizado
2.4
Detallar documentación adjunta, de
ser el caso
3 Declaración jurada del proveedor
Acepto y me comprometo a mantener vigente esta oferta y a perfeccionar el contrato, en caso resultara
favorecido con la buena pro, así como a cumplir con las especificaciones técnicas o términos de referencia
del bien o servicio a contratar.
Asimismo, declaro no encontrarme impedido para postular en el procedimiento de selección ni contratar
con el Estado, conforme al artículo 11 de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, así como
que conozco las sanciones contenidas en dicha Ley, su Reglamento y la Ley N° 27444, Ley del
Procedimiento Administrativo General.
4
54
57. 4. IDENTIFICAR CUÁL ES EL PROVEEDOR QUE OFRECE EL
MENOR PRECIO
Sobre la base de las cotizaciones obtenidas que cumplen con las
especificaciones técnicas, o con la información obtenida de manera del
mercado, el OEC debe Identificar al proveedor que ofrece el menor precio.
55
58. El OEC otorga la buena pro al proveedor que ofrezca el precio más
bajo. El otorgamiento de la buena pro se realiza mediante su
publicación en el SEACE.
El OEC realizará un sorteo entre los proveedores empatados.
El otorgamiento de Buena Pro será aceptado por el proveedor
desde el día de su notificación.
El consentimiento y/o la apelación contra el otorgamiento de la
buena pro o contra los actos dictados con anterioridad a ello debe
interponerse dentro de los 5 días hábiles de la notificación del
otorgamiento la buena pro
5. OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO
CARACTERÍSTICAS
56
59. 4.OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO
Si se optó por solicitar cotizaciones, se
registrará lo siguiente:
• La información de los actos preparatorios
requerida por el SEACE.
• Informe en el que conste el cumplimiento de
las condiciones para el empleo de la
Comparación de Precios.
• Las solicitudes de cotización remitidas a los
proveedores.
• El nombre de los tres (3) proveedores que
remitieron cotización y declaración jurada.
• Las tres (3) cotizaciones y declaraciones
juradas recibidas por las empresas.
• El Acta de otorgamiento de buena pro.
57
60. RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
CAUSALES DE
LA RESOLUCIÓN
DE CONTRATO
BASE LEGAL: ART 164
REGLAMENTO DE LA LEY DE
CONTRATACIONES DEL ESTADO 58
Cualquiera de las partes
puede resolver el contrato,
por caso fortuito o fuerza
mayor que imposibilite de
manera definitiva la
continuación del contrato La
Entidad puede resolver el
contrato en los casos en que el
contratista:
a) Incumpla injustificadamente obligaciones
contractuales, legales o reglamentarias a su
cargo, pese a haber sido requerido para ello
b)Haya llegado a acumular el monto
máximo de la penalidad por mora o el
monto máximo para otras penalidades, en la
ejecución de la prestación a su cargo.
c) Paralice o reduzca injustificadamente la
ejecución de la prestación, pese a haber sido
requerido para corregir tal situación.
61. Incumplimiento por alguna de las causales de la resolución del contrato
Primera carta
Notarial
(Apercibimiento)
Segunda Carta
Notarial
(Resolución total o
parcial del pleno
derecho)
Si después del primer plazo no hay respuesta la
entidad resuelve el contrato mediante el envió de la
segunda carta notarial
>5 DÍAS
HÁBILES
> 15 DÍAS
HÁBILES
BASE LEGAL: ART 165 REGLAMENTO DE LA LEY
DE CONTRATACIONES DEL ESTADO
59
PROCEDIMIENTO DE LA RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
62. BASE LEGAL: ART 64 REGLAMENTO DE LA LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO
60
IMPORTANTE
OTORGAMIENTO
BUENA PRO
Órgano encargado de
las contrataciones
La buena
pro
La verificación de la
oferta presentada por
el postor ganador
Inexactitud
o falsedad
Declaraciones
Información
Documentación
La nulidad del otorgamiento de
la buena pro o del contrato
Entidad comunica al Tribunal para que inicie el procedimiento administrativo
sancionador y al Ministerio Público para que interponga la acción penal
correspondiente.
Órgano de la Entidad
63. CÓDIGO PENAL
TÍTULO XIX: Delitos Contra la Fe Pública
Artículo 427.-Falsificación de documentos
El que hace, en todo o en parte, un documento falso o adultera
uno verdadero que pueda dar origen a derecho u obligación o
servir para probar un hecho, será reprimido, con pena privativa
de libertad no menor de dos ni mayor de diez años y con
treinta a noventa días-multa si se trata de un documento
público, registro público, título auténtico o cualquier otro
trasmisible por endoso o al portador y con pena privativa de
libertad no menor de dos ni mayor de cuatro años, y con ciento
ochenta a trescientos sesenta y cinco días-multa, si se trata de
un documento privado.
DELITO COMETIDO 61
65. ENTIDAD
VR ≤ 50 UIT
La presentación de los Recursos de Apelación deben registrarse en el
SEACE el mismo día de haber sido interpuestos, bajo responsabilidad.
RECURSO DE APELACIÓN - COMPETENCIA
SE PRESENTA ANTE
VR ˃ 50 UIT
PROCEDIMIENTO PARA
CATÁLOGO ACUERDO
MARCO
TRIBUNAL
63
66. EFECTOS DE LA
INTERPOSICIÓN
Son nulos los actos que lo infrinjan
NO SUSPENDE PROCEDIMIENTO PARA
ACUERDO MARCO
Incorporación o extensión de vigencia
La Entidad como el Tribunal, deben informar de la interposición el mismo día en el
SEACE
RECURSO DE APELACIÓN – EFECTOS
SUSPENDE EL PROCEDIMIENTO DE
SELECCIÓN
64
67. • Adjudicación Simplificada.
• Comparación de precios.
• Subasta inversa electrónica.
• Selección de consultores individuales
5
DÍAS
• Licitación pública.
• Concurso público.
• SIE cuyo VR corresponda a una licitación o
concurso.
• Procedimientos para Catálogo de Acuerdo marco.
8
DÍAS
RECURSO DE APELACIÓN – PLAZOS PARA LA PRESENTACIÓN
65
68. Si el Tribunal o la Entidad no resuelve y notifica la resolución sobre el recurso de
apelación, se debe asumir que el mismo fue desestimado, operando la denegatoria ficta.
ENTIDAD
Resuelve y notifica el recurso en el
SEACE, en no más de 10 días hábiles
desde el día siguiente de su presentación.
TRIBUNAL
Resuelve en no más de 5 días hábiles
desde el día siguiente de que se declara
el expediente listo para resolver,
Lo notifica máximo al día siguiente en el
SEACE
Este hecho genera responsabilidad funcional, debiendo procederse al deslinde respectivo al interior
del Tribunal o de la Entidad, según corresponda.
RESOLUCIÓN 66
69. MEDIANTE ACUERDO DE SALA PLENA
El Tribunal interpreta las normas establecidas en la Ley y el Reglamento, los cuales
constituyen precedentes de observancia obligatoria que permiten al Tribunal mantener la
coherencia de sus decisiones en casos análogos.
Los acuerdos se publican en el Diario Oficial El Peruano y en el portal institucional del OSCE
debidamente sistematizados.
PRECEDENTE DE OBSERVANCIA OBLIGATORIA 67
70. CONTRATACIÓN DE DECRETOS DE DIFERENTES
COLORES Y MEDIDAS PARA LA META 031
"MEJORAMIENTO DEL CEMENTERIO CENTRAL DEL
DISTRITO DE SAN SEBASTIAN - CUSCO - CUSCO“
68
CASO PRACTICO Nº1
71. Con la fecha 30 de diciembre del 2020 La Municipalidad Provincial del Cusco a través de
la Oficina de Ejecución de Obras solicita la contratación de “FILTROS PARA MERCESDE
BENZ ZXOR META (006) RECOLECCIÓN Y TRANSPORTE DE RESIDUOS SOLIDOS
MUNICIPALES”
Por lo tanto dicha oficina será el responsable de la adecuada formulación del requerimiento y
deberá asegurar la calidad técnica y reducir la necesidad de su reformulación por errores o
deficiencias técnicas que repercutan en el proceso de contratación.
PASO 1. ELABORACIÓN DEL REQUERIMIENTO 69
73. PASO 2. INFORME DE LA OEC
En este punto el OEC de la Municipalidad Provincial del Cusco debe verificar
que los filtros que se desea adquirir cumplen íntegramente con las condiciones
para emplear la Comparación de Precios.
El OEC verificará que los equipos requeridos no están incluidos en el Catálogo
Electrónico de Acuerdos Marco ni en el listado de Bienes y Servicios
Comunes de la Subasta Inversa Electrónica
Para lo cual elabora un informe sustentando el cumplimiento de las condiciones
para el empleo de la Comparación de Precios, utilizando el Anexo N° 1 de la
Directiva “Informe sustentatorio para emplear la Comparación de Precios”.
71
75. PASO 3: SOLICITAR COTIZACIONES U OBTENER
INFORMACIÓN DIRECTA DEL MERCADO
La OEC optó por emplear Solicitudes de cotización para este procedimiento de
Comparación de Precios, y para ello requirió de forma física o electrónica, un
mínimo de tres (3) cotizaciones que cumplan con lo previsto en la Solicitud de
cotización.
Por lo tanto, el OEC procede a solicitar la cotización a las empresas, usando el
formato incluido en el Anexo N° 2 de la Directiva “Solicitud de cotización”.
Los tres (3) proveedores a quienes se les solicitó la
cotización fueron los siguientes:
PEREZ BARRIO DE MENDOZA NANCY ELEANA
J & N MUNDO RUEDAS EMPRESA INDIVIDUAL
DE RESPONSABILIDAD LIMITADA
MULTISERVICIOS J.R. NEUMATICVILLACAR
S.R.L.
• RNP
• No están inhabilitados de
contratar con el Estado.
73
79. PASO 4 : IDENTIFICAR CUÁL ES EL PROVEEDOR QUE
OFRECE EL MENOR PRECIO
Sobre la base de las cotizaciones obtenidas que cumplen con las especificaciones
técnicas, el OEC de la Municipalidad Provincial del Cusco debe identificar al
proveedor que ofrece el menor precio.
Como se puede observar en el siguiente cuadro comparativo de las cotizaciones
obtenidas de los proveedores, el proveedor con el menor precio es J Y N MUNDO
RUEDAS. Por lo tanto a dicha empresa se le correspondería adjudicar la buena pro:
El precio
más bajo
77
82. CASO PRACTICO Nº2
CONTRATACIÓN DE MATERIALES ELÉCTRICOS META
(0076) MANTENIMIENTO RUTINARIO DE LOCALES
MUNICIPALES DEL DISTRITO DEL CUSCO-CUSCO-CUSCO
80
83. INFORMACIÓN GENERAL
Nomenclatura: COMPRE-SM-16-2020-OEC-1
N° Convocatoria 1
Normativa Aplicable Ley N° 30225 - Ley de Contrataciones del Estado
Entidad Convocante MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO
Identificador de Convocatoria: 686228
Objeto de Contratación: Bien
Valor Estimado / Valor Referencial 63,850.00 Soles
Fecha y Hora Publicación: 30/12/2020 16:37
https://prodapp2.seace.gob.pe/seacebus-uiwd-pub/fichaSeleccion/fichaSeleccion.xhtml?ptoRetorno=LOCAL
81
85. 1. ELABORACIÓN DEL REQUERIMIENTO
La Oficina de Infraestructura de la Municipalidad Provincial del CUSCO requiere
adquirir MATERIALES ELECTRICOS META (0076) MANTENIMIENTO
RUTINARIO DE LOCALES MUNICIPALES DEL DISTRITO DEL CUSCO-
CUSCO-CUSCO
Por lo tanto dicha oficina será el responsable de la adecuada formulación del
requerimiento y deberá asegurar la calidad técnica y reducir la necesidad de su
reformulación por errores o deficiencias técnicas que repercutan en el proceso de
contratación.
83