1. Bogotá, D. C., 2 de enero de 2015
Señores:
Administradores; Consejos de Administración; Contadores; Revisores y Usuarios en general
Conjuntos Residenciales; Mixtos; Centros Comerciales (Propiedad Horizontal)
ASUNTO: NOVEDADES LABORALES, TRIBUTARIAS Y OTRAS AÑO GRAVABLE 2015
Para su conocimiento y aplicación inmediata, informo algunos datos tributarios y laborales de
interés. Por favor léalos cuidadosamente; consúltelos permanentemente y esté atento a modificaciones:
1. Salario mínimo mensual (Diario $21.478,33 – Incremento 4.6% sobre $616.000) $644.350.00
2. Subsidio de transporte (A quienes tengan derecho – Diario $2.467.00) $74.000.00
3. Índice de precios al consumidor - IPC o Inflación Enero a Noviembre/2014 3.4 %
4. Cotización para pensiones Patrono: 12.00%; Trabajador: 4.00%. Total: 16.00%
APORTES PARAFISCALES PARA LAS ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO, COMO LA P. H., QUE TENGAN PERSONAL DIRECTO:
5. Aportes a salud (EPS) 8.5% a cargo del patrón y 4% del trabajador; Total: 12.5%
6. Aportes parafiscales Sena 2%; ICBF 3%; Caja de Comp. Fliar. 4% TOTAL 9%
7. Carga prestacional mensual Cesantías 8.33%; Prima legal 8.33%; Vacaciones 4.17%;
Intereses sobre las cesantías 1%. T o t a l ….. 21.83%
8. Plazo para pagar intereses a las cesantías Viernes, 30 de enero de 2015
9. Plazo para consignar cesantías en los fondos. Viernes, 13 de febrero de 2015
10. Dotación a trabajadores (vestido y calzado). Abril 30; Agosto 31 y Diciembre 20
11. Unidad de Valor Tributario 2015. Para efecto de retención en la fuente sobre salarios y
otros cálculos tributarios. $28.279
12. Retención enlafuentesobreanticiposde obras, contratos o compras. Debe practicarse
sobre el valor del contrato o proporcional al abono, si se emite factura o cuenta definitiva.
13. Retención en la fuente por honorarios personas naturales declarantes Cualquier monto: 10%
APLICAR DECRETO 1070/2013 PARA INDEPENDIENTES Y EMPLEADOS – IMAN E IMAS – EXIGIR CERTIFICACIÓN ANTES DE MARZO 31.
14. Retención en la fuente por honorarios a personas jurídicas Cualquier monto 11%
15. Retención en la fuente por servicios generales a personas naturales que no declaran
renta (régimen simplificado), desde $113.000.00, el... 6%
16. Retención en la fuente por servicios generales a personas jurídicas y personas
naturales declarantes de renta (régimen común), desde $113.000.00, el ... 4%
17. Retención en la fuente a empresas de aseo y vigilancia desde $113.000.00, Sobre AIU 2%
18. Retefuenteaempresas de serviciostemporales desde $113.000.00, Sobre AIU: 1%
19. Rete fuente a servicios integrales de Salud, prestados por IPS, base $113.000: 2%
20. Rete fuente en construcción, urbanización y confección obra material bien inmueble,
desde $1.00 (Diferente a las reparaciones locativas, pintura y similares: 4% o 6%) … 2%
21. Retefuente en arrendamiento de bienes muebles, desde $1.00 4%
2. 22. Rete fuente arrendamiento bien inmueble, base $764.000.00 Declarante y NO declarante: 2.5% y 3.5%
23. Compra producto agrícola o pecuario sin proceso industrial, base $2.602.000: 1.5%
24. Retención en la fuente por compras para declarantes, Base $764.000, el… 2.5%
Excepto para los conceptos indicados en el numeral siguiente.
25. Retención en la fuente por compras para No declarantes, Base $764.000, el… 3.5%
Aplica también a Restaurantes, Hoteles y Arrendamiento de Inmuebles, sean o no declarantes.
26. IVA en aseo, vigilancia y servicios temporales (Sobre el AIU, q será mínimo el 10% del total) 16%
27. IVA en servicio de parqueaderos comunes (Copropiedad comercial o Mixta) 16%
LA LEY 1607/12, ART. 47, ESTABLECE EL IVA EN PARQUEADEROS; EL ART. 86 CONVIERTE EN CONTRIBUYENTES DEL RÉGIMEN ESPECIAL A LAS
P.H. QUE PERCIBAN RENTA SOBRE BIENES O ÁREAS COMUNES, PERDIENDO LA CALIDAD DE NO CONTRIBUYENTES DADA POR EL ART. 33, LEY
675/01. EXCLUYE COPROPIEDADES RESIDENCIALES, así que éstas no están obligadas a cobrar IVA sobre los ingresos de parqueaderos. Las
copropiedades comerciales y mixtas deberán cumplir las obligaciones complementarias, como: Actualizar RUT; facturar; aplicar Rete Iva del 15%
al R. Simplificado (antes 50%); presentar declaraciones de Iva y Renta (Ingresos y Patrimonio); expedir las certificaciones bimestrales, etc.
28. Sanción mínima por declaraciones extemporáneas o con errores $283.000
29. Tasa de interés corriente certificada por la Superintendencia Financiera por los meses
de enero-marzo/2015, para calcular el interés de mora en las cuotas de administración,
hasta 1½ veces este valor: 19.21%. Así las cosas, la tasa moratoria es 28.82% anual y
2.402% mensual. Actualización trimestral, consultando página Web: www.superfinanciera.gov.co.
30. Obligación de exigir el RUT. Para contratar cualquier obra, servicio o compra de bienes
o servicios, así sea por caja menor, se debe exigir al proveedor que informe por escrito
el RUT (Régimen simplificado), o expedir la factura legal (Régimen común). Sin éste, no
podrá realizar pagos al beneficiario, so pena de ser sancionados los administradores por
parte de la DIAN, como responsables solidarios por complicidad o evasión pasiva.
31. Tarifas mínimas de vigilancia servicio 24 horas. Consulte Decreto 4950 Dic.27/2007.
Las Facturas deben cumplir los requisitos de las Circulares 016 y 019/12 Super Vigilancia.
32. Plazo expedir certificados ingresos y retención en la fuente. Viernes, marzo 20/2015
33. Plazos para declarar y pagar la retención en la fuente por renta año 2015 Publique este
calendario en lugar visible y resalte la fila correspondiente al último dígito del Nit (No es el de verificación):
34. CALENDARIO TRIBUTARIO 2015 – DECLARACIÓN MENSUAL DE RETENCIÓN EN LA FUENTE
Diciembre de 2014
Ultimo
Dígito
Retenciones efectuadas en
Diciembre de 2014, pagar y
declarar hasta el día:
1 14 de Enero de 2015
2 15 de Enero de 2015
3 16 de Enero de 2015
4 19 de Enero de 2015
5 20 de Enero de 2015
6 21 de Enero de 2015
7 22 de Enero de 2015
8 23 de Enero de 2015
9 26 de Enero de 2015
0 27 de Enero de 2015
Retención en la Fuente Año 2015 (Decreto 2623 - Dic. 17/2014)
NIT Si el
último
dígito es
Enero
2015
Feb. Marzo Abril Mayo Junio Julio Ago Sep Oct Nov
Dic.
2015
PLAZO PARA DECLARAR Y PAGAR HASTA EL DIA:
Febrero Marzo Abril Mayo Junio Julio Ago. Sep. Oct. Nov. Dic. Ene/2016
1 10 10 14 12 10 8 11 8 8 10 9 13
2 11 11 15 13 11 9 12 9 9 11 10 14
3 12 12 16 14 12 10 13 10 13 12 11 15
4 13 13 17 15 16 13 14 11 14 13 14 18
5 16 16 20 19 17 14 18 14 15 17 15 19
6 17 17 21 20 18 15 19 15 16 18 16 20
7 18 18 22 21 19 16 20 16 19 19 17 21
8 19 19 23 22 22 17 21 17 20 20 18 22
9 20 20 24 25 23 21 24 18 21 23 21 25
0 23 24 27 26 24 22 25 21 22 24 22 26
Cordial saludo,
SEVERO CONTROL PULIDO
Revisor Fiscal
NOTA: La presente información constituye una orientación, que no exime a los usuarios de la responsabilidad de realizar su validación
y estar atentos a eventuales correcciones, complementos, modificaciones y actualizaciones, a lo largo del año.