TEMA: LA DEMANDA , LA OFERTA Y EL PUNTO DE EQUILIBRIO.pdf
Retencion en la fuente
1. La retención en la fuente no es un
impuesto, sino un mecanismo de
cobro anticipado de un impuesto
en el momento en que sucede el
hecho generador.
Se puede aplicar sobre:
• RENTA
• IVA
• ICA
OBJETIVOS DE LA RETEFUENTE
Acelera y asegura el recaudo de los
impuestos.
Da liquidez al estado, consiguiendo que el
impuesto en lo posible, sea recaudado en
el mismo ejercicio gravable en el cual se
cause.
Mecanismo de Control y Cruce de
información.
Previene la Evasión.
Da presencia del estado en muchos
lugares.
2. Constituye un anticipo del
impuesto a la renta.
Aplicable en pagos o
abonos en cuenta en el
momento de realizarse la
operación.
Conceptos:
• Salarios e ingresos laborales
• Servicios
• Honorarios y comisiones
• Arrendamientos
• Compras y otros ingresos
gravables.
3. Se aplicará a los trabajadores que cumplan con los requisitos, de
acuerdo a una tabla que es actualizada anualmente.
Para el año gravable 2014 se aplicará sobre salarios superiores a 95
UVT ($27.485),después de realizada la correspondiente depuración de
la base gravable.
4. Aplicable a toda actividad, labor o trabajo prestado por una persona
natural o jurídica sin relación de dependencia laboral, que contenga
una obligación de hacer, en la que predomina el factor manual,
material o mecánico y no el intelectual.
6% si es una persona natural, o 4% si es una persona jurídica
sobre valores superiores a $110.000 .
5. • Remuneración al trabajo
prestado por una persona
natural o jurídica, sin
vínculo laboral, donde
predomina el factor
intelectual, la creatividad
o el ingenio sobre el
trabajo manual o
material.
• Tasa del 11% para
personas jurídicas y 10%
para no declarantes.
.
6. Retribución que se
hace a quien realiza
un negocio o encargo
por cuenta ajena,
pero sin vínculo
laboral, con la
promesa de pagarle
un valor fijo o
porcentaje de la
transacción
7. •Se debe aplicar sea sobre bienes muebles o inmuebles.
•Para bienes inmuebles por valores superiores a $742.000 a una
tarifa del 3,5%; para bienes muebles a una tarifa del 4% .
8. En general se aplica sobre valores
superiores a $742.000 a una tarifa del 3,5%
a no declarantes y 2,5% a declarantes.
9. Entidades de derecho público, notarios y
oficinas de transito, emisoras de tarjetas de
crédito, la nación, los departamentos y las
entidades del estado, entre otras.
Las personas jurídicas y sociedades de
hecho.
Las personas naturales que tengan la calidad
de comerciantes y que al año
inmediatamente anterior hayan tenido un
patrimonio bruto o ingresos superiores a
30.000 UVT (Unidades de Valor Tributario,
para el 2014 $27.485)
10. Para contabilizar la retención en la fuente
se utilizan dos tipos de cuentas:
• Cuando la empresa retiene, acredita la cuenta de
pasivo 2365, denominada Retención en la fuente.
• Cuando a la empresa le retienen, debita la cuenta
1355, denominada Anticipo de impuestos y
contribuciones o saldos a favor.
11. Mecanismo de recaudo anticipado,
establecido en cada municipio, por el cual
las personas responsables del impuesto
de industria y comercio deben efectuar la
retención por todos los pagos o abonos
en cuenta, en la compra de bienes y
servicios que estén sometidos al
Impuesto de Industria y Comercio de
acuerdo con las tarifas establecidas por el
Concejo Municipal.
12. Se conoce comúnmente como Reteiva.
Consiste en que el comprador, al momento
de causar o pagar la compra, retiene al
vendedor el 15% del valor del IVA
Se practica siempre y cuando el hecho u
operación económica supere la base
mínima, que para servicios es de 4 UVT y
para compras es de 27 UVT. ($27.485)
14. NORMATIVIDAD
Decretos-Leyes 1651 de 1961 en los cuales se establecieron retenciones,
pero sólo en lo referente a los pagos o abonos de dividendos o títulos al
portador para inversionistas extranjeros sin domicilio en el país, en todas las
sociedades anónimas o en comandita por acciones
DECRETO 624 DE 1989 EST POR EL CUAL SE ESTABLECE EL ESTATUTO
TRIBUTARIO LIBRO II, TITULO 1 RETENCION EN LA FUENTE
DECRETO 408 DE 1995: Por el cual se reglamentan los artículos 365,
366, 366-1, 392 y 401 del Estatuto Tributario.
Ley 1607 de 2012: Nueva reforma tributaria
DECRETO 2014 DE 2014 Ultimas modificaciones realizadas a la
retencion en la fuente
15. RANGOS EN UVT TARIFA
MARGINAL
IMPUESTO
DESDE HASTA
>0 95 0% 0
>95 150 19% (Ingreso laboral gravado
expresado en UVT menos 95
UVT)*19%
>150 360 28% (Ingreso laboral gravado
expresado en UVT menos 150
UVT)*28% más 10 UVT
>360 En adelante 33% (Ingreso laboral gravado
expresado en UVT menos 360
UVT)*33% más 69 UVT
ARTICULO 383 ESTATUTO TRIBUTARIO
TABLA DE RETENCIÓN EN LA FUENTE PARA INGRESOS
LABORALES GRAVADOS
16. GRACIAS
DIOS LES BENDIGA ABUNDANTEMENTE
Y RECUERDEN QUE
“EL OBJETIVO DE LA VIDA ES SER FELIZ, EL LUGAR PARA SER
FELIZ ES DONDE ESTES Y EL MOMENTO PARA SER FELIZ ES
YA”