1. NOM 007-SSA-2016 Para la atención de la mujer durante el
embarazo, parto y puerperio, y de la persona recién nacida
Establece un conjunto de criterios mínimos para la atención médica de
las mujeres en el embarazo, parto y puerperio y de las personas recién
nacidas con el fin de homologar los procedimientos y evitar prácticas
que les pongan en riesgo o que no respondan a los más altos estándares
de calidad.
4. NOM 004-SSA3-2012, Del expediente clínico
Establece los criterios para la elaboración, integración y
confidencialidad de los registros médicos, herramienta fundamental
para proteger la salud e incluso la vida de las usuarias de servicios de
salud.
5. Disposiciones más relevantes
El personal médico tiene la obligación de brindar información verbal tanto a la usuaria como a
sus familiares.
Las notas médicas y reportes deben contener: fecha, hora, nombre completo de quien elabora y
firma; nombre completo de la usuaria, edad, sexo, número de cama y expediente.
Los documentos que integran el expediente clínico constituyen información confidencial.
6. La correcta elaboración e
integración de los registros
médicos permite conocer la
atención recibida por la usuaria.
En el expediente deben detallarse
los padecimientos, el diagnóstico
y el tratamiento ofrecido, además
del consentimiento informado de
la usuaria sobre las
intervenciones realizadas.