1. ¿En ausencia de norma aplicable a
un caso particular y concreto, cual
es la jerarquía u orden de aplicación
normativa?
2. VACÍO LEGAL O LAGUNA JURIDICA
Para Valencia Zea tienen 3 sentidos:
1. En el Código Civil, se aplican ciertos principios
generales sin enunciarlos. De ahí la necesidad
de reconstruir el principio para aplicarlo a todas
las hipótesis.
2. Ley calle totalmente, Ya sea:
• No fue previsto el problema social.
• Se presentó una Evolución relaciones sociales y
económicas.
3. Texto jurídico NO es Claro o es Contradictorio
con otro.
3. Marco legal
LEY 153 de 1887 que reformo las leyes:
61 de 1887 (organización y atribuciones del
Poder Judicial y el Ministerio Público y algunos
procedimientos especiales).
57 de 1887
4. .
LEY DE REFORMA A LOS CODIGOS
ART 48: Los jueces o magistrados que rehusaren
juzgar pretextando silencio, oscuridad o
insuficiencia de la ley, incurrirán en
responsabilidad por denegación de justicia.
Art. 8: Cuando no hay ley exactamente aplicable al
caso controvertido, se aplicarán las leyes que
regulen casos o materias semejantes, y en su
defecto, la doctrina constitucional y las reglas
generales de derecho.
5. Sentencia C-284/2015:
Cuando la autoridad judicial recurre a la analogía
en realidad esta aplica la “ley”. No está
acudiendo a una nueva fuente.
sentencia C-083/95
La analogía es la aplicación de la ley a situaciones
no contempladas expresamente en ella, pero
que sólo difieren de las que sí lo están en
aspectos jurídicamente irrelevantes, es decir,
ajenos a aquéllos que explican y fundamentan la
ratio juris o razón de ser de la norma.
6. La Consagración positiva de la analogía halla su
justificación en el principio de igualdad, base
a la vez de la justicia, pues, en función de ésta,
los seres y las situaciones iguales deben
recibir un tratamiento igual.
7. El Auto 232/2001
El principio de la analogía consagrado en nuestro
ordenamiento jurídico, supone la presencia de tres (3)
elementos para su configuración:
1. Ausencia de norma exactamente aplicable al caso en
cuestión;
2. Que el caso previsto por la norma sea similar o
semejante al asunto carente de norma o previsión por
el legislador.
3. Que exista la misma razón, motivo o fundamento
para aplicar al caso no previsto el precepto
normativo.
8. Sentencia. C-083/1995
ANALOGIA LEGIS Cuando el juez aplica la ley a una
situación no contemplada explícitamente en ella,
pero esencialmente igual, para los efectos de su
regulación jurídica, a la que sí lo está.
ANALOGIA JURIS en la cual, a partir de diversas
disposiciones del ordenamiento, se extraen los
principios generales que las informan, por una
suerte de inducción, y se aplican a casos o
situaciones no previstas de modo expreso en una
norma determinada