3. TRANSFORMACIONES DEL ESTADO
1. ESTADO GENDARME
- Estado de policía - Dictadura
- No hay respeto a la Constitución, ni a la soberanía externa ni interna. Tampoco se respeta la
democracia.
2. ESTADO BENEFACTOR
Nace al terminar la Segunda Guerra Mundial (1945) para ponerse en pie y satisfacer las necesidades de
sus ciudadanos: lo primordial es la salud y alimentación.
(Cuando los Estados estaban en guerra no les importaba el bien común, solo la guerra y el poder.)
3. ESTADO SUBSIDIARIO
Un Estado subsidiario es aquel que tiene la mínima intervención en la vida de sus ciudadanos,
es decir, interviene solo cuando es necesario, deja que los particulares manejen su vida y cuando
entre ellos no puedan suplir sus necesidades es cuando el Estado interviene.
3. ESTADO CONSTITUCIONAL
4. El Estado Constitucional significa el paso del sometimiento a la ley, y
por lo tanto a las mayorías legislativas, al sometimiento formal y
material.
El núcleo del ordenamiento jurídico está conformado por la Constitución Política
del Estado, en la que se consagran los derechos fundamentales, se instituye la
limitación de los órganos creados por aquella, se organiza la representación
política y se establece uno de los atributos más importantes en el
constitucionalismo actual.
Se configura una relación entre la constitución, el Estado y el pueblo como titular
de la soberanía: el pueblo en función constituyente crea la norma, que regirá al
Estado y establece los órganos delegados o constituidos, que a su vez quedarán
sometidos a la voluntad del pueblo.
5. FINALIDADES DEL ESTADO
1. BIEN COMÚN: es el bien colectivo. Hay que satisfacer las
necesidades de la población: conocerlas y modificarlas.
¿Qué supone el bien común? El bienestar de la sociedad, se tiene
prioridad sobre las necesidades de la comunidad, su felicidad.
2. JUSTICIA: el Estado garantiza la justicia creando normas para vivir en
armonía normas que regulen la actividad colectiva para garantizar el
bien común.
3. BUEN VIVIR: tener una vida digna, nuevo modelo de vida a través de
un plan (Plan Nacional de Desarrollo).
6. Soberanía
Capacidad de decidir y actuar libremente, para llegar al bien común.
Los ciudadanos tenemos el poder sobre nosotros mismos, poder que delegamos a
una o varias personas.
Hay 2 clases de soberanía:
1. Interna: autodeterminación de los pueblos (nosotros elegimos la manera de cómo
funcionamos administrativamente). Es la capacidad de tomar decisiones y ejecutarlas en su
propio territorio.
1. Externa: respeto que exigimos como Estado y el que debemos dar a los diferentes Estados
(igualdad que debemos exigir entre los Estados). Es la facultad participativa en el ámbito
internacional para mantener relaciones diplomáticas.
7. Administración Pública
La actividad administrativa consiste en organizar,
planear, dirigir, ordenar y controlar los recursos
públicos, los bienes y servicios públicos destinados a
satisfacer necesidades generales, como los servicios
de transporte, alumbrado público, educación,
etcétera.
También se entiende como la entidad integrada por
las áreas del Poder Ejecutivo dotadas de
competencia y recursos para procurar la satisfacción
de los intereses generales.
8. Tipos de Administración
Pública
Centralizada.- Existe subordinación directa con la
autoridad central
Descentralizada.- Asuntos específicos con
determinada independencia del poder central
9. Función ejecutiva
Concepto: Conjunto de reglas relativas a la organización y
funciones de la administración pública en sus cuatro niveles.
Potestades administrativas:
- Potestad disciplinaria
- Potestad de mando
- Potestad reglamentaria
- Potestad sancionadora
10. DERECHO ADMINISTRATIVO
¿Qué es el derecho administrativo?
Es una rama del derecho público que regula el
funcionamiento del Estado.
• El derecho administrativo es el conjunto de normas que regulan la
organización de la administración pública y el funcionamiento del
Estado y el comportamiento, del Estado con los particulares.
• El Derecho Administrativo es el manejo de los bienes; los
servidores púbicos son los responsables del manejo reglado de los
bienes administrativos en base a la Ley.
11. DERECHO ADMINISTRATIVO
Estas normas van a regular como las organizaciones estatales deben
comportarse frente a la sociedad.
Se regula a través de las potestades administrativas.
Una potestad administrativa es el poder que la ley le otorga a la
administración pública; el poder para crear, modificar, extinguir situaciones
jurídicas de manera unilateral.
Entiéndase como administración pública, todos los organismos del sector
público y la potestad de tomar decisiones en favor de la sociedad.
12. POTESTADES DE LA ADMINISTRACIÓN
PÚBLICA
1. Potestad reglamentaria: poder que tienen la administración de expedir normas
secundarias alternas y complementarias a la ley.
2. Potestad de mando: poder que tiene la administración para dictar acciones
jurídicas de manera unilateral, de cumplimiento obligatorio e inmediato por parte
de los administrados.
3. Potestad sancionadora y disciplinaria: poder que tiene la
administración para seguir un proceso administrativo sancionador de
servidores públicos, que no han actuado de conformidad con las reglas
establecidas en el cargo que ocupan.
Todo servidor público tiene derechos y obligaciones. Por ejemplo el servidor
público tiene la obligación de brindar un buen servicio a la ciudadanía. Si
incumple, se lo sanciona.
13. DERECHO ADMINISTRATIVO
El Estado administra, necesidades en base a tres
elementos:
Impuestos
Venta de productos (materia prima o recursos
materiales industrializados) y de servicios
Recursos Humanos
La Administración pública de las cosas es en base al
principio Reglado, es decir de la Ley