3. Individuo
• El término individuo significa aquello que no
se puede dividir, es indivisible.
• Un individuo es un conjunto de pensamientos
y acciones que se consideran como una
entidad.
4. Sociedad
• La sociedad es el conjunto de individuos que
comparten una cultura, y que se relacionan
interactuando entre
sí, cooperativamente, para formar un grupo o
una comunidad.
5. Estado
1. En un determinado
espacio
geográfico, totalmente
delimitado
2. Formado por un
conglomerado social
6. El Estado:
• Es el sistema que cada país o nación tiene
para organizarse y mantener su unidad.
• Nos ayuda a vivir y entendernos en
sociedad, a través de un conjunto de
organismos que sirven para administrar su
territorio y gobernar a sus ciudadanos.
7. Poder Constituyente
• La teoría del Poder Constituyente nació en Francia, en
la época de la Revolución Francesa por el abate
Emmanuel Sieyés.
• Según Linares Quintana: “el espíritu de Sieyés fue el
espíritu de la Revolución”.
• “Es la soberanía originaria, extraordinaria, suprema y
directa en cuyo ejercicio la sociedad política se
identifica con el estado, para darle nacimiento y
personalidad, y para crearle sus órganos de expresión
necesaria y contínua”. Sánchez Viamonte
8. ¿Por qué?
ORIGINARIA
EXTRAORDINARIA
Es su primera
manifestación de
soberanía y da
origen al orden
jurídico.
A diferencia de los
poderes de
gobierno, que son
ordinarios y
permanentes, el
Poder
Constituyente sólo
actúa cuando es
necesario dictar
una constitución o
reformarla y cesa
cuando ha llenado
su cometido.
SUPREMA
DIRECTA
Es superior a toda
manifestación de
autoridad, desde
que la crea o
constituye (poder
constituido),
determina su
naturaleza, organiza
su funcionamiento
y fija sus límites.
Según la doctrina
que inspiró su
creación, su
ejercicio requiere la
intervención directa
del pueblo.
9. Puede ser:
ORIGINARIO
Es espontáneo y no
está sujeto al
Derecho
positivo, pues es el
pueblo el que da su
estructura y
organización iniciales.
CONSTITUIDO O
DERIVADO
Presupone la
existencia del Estado
de Derecho y por lo
mismo está sujeto a
un régimen legal
vigente.
PODER
CONSTITUYENTE
10. Diferencias entre los Poderes
Constituyentes Originario y Constituido
PODER CONSTITUYENTE
PODERES CONSTITUIDOS
1. Es un poder originario en sí.
1. Son poderes derivados de la
Constitución.
2. Es un poder creador de todo el orden
jurídico.
2. Son poderes creados por el
constituyente.
3. En un principio es un poder ilimitado.
3. Están completamente limitados. No
pueden actuar más allá de su
competencia.
4. Es poder de una sola función: darse su
constitución.
4. Tienen múltiples funciones.
5. No gobierna.
5. Fueron precisamente creados para
gobernar.
Raúl Isaías Baduel
11. Estado de Derecho y Democracia
Estado de Derecho
Estado
Como forma de
organización
política
Derecho
Como conjunto
de las normas
que rigen el
funcionamiento
de una sociedad
El poder del Estado se encuentra limitado por el derecho.
12. El Estado de Derecho:
• Surge por oposición al Estado absolutista.
• Supone que el poder surge del pueblo, quien
elige a sus representantes para el gobierno.
• Aparece la división de poderes.
• En un Estado la fuente legítima de la
autoridad y la única forma de relación con los
ciudadanos es la norma jurídica.
13. Concepto:
• “Es aquel en el cual sobre el poder político y la
burocracia predominan absolutamente las
leyes democráticamente
adoptadas, publicadas y conocidas de
antemano”. Fabián Corral
• “En estricto sentido es el Derecho de la
Constitución orientado al amparo de la
libertad del individuo, que se logra mediante
la sumisión de éste y del Estado mismo al
Derecho”. Adolfo Posada
14. Presupuestos esenciales del Estado de
Derecho:
1. Buena calidad de las normas legales.
2. Coherencia del ordenamiento jurídico.
3. Funciones estatales que entiendan las reglas
en la sociedad y su importancia en lo privado
y en lo público.
4. Efectiva vigencia de la ley.
5. Limitación del poder.
15. Principios básicos del Estado de
Derecho:
• Separación de funciones y los sistemas de
balances y controles entre ellas.
• La independencia judicial.
• El sometimiento a la legalidad.
• La seguridad jurídica.
• La responsabilidad objetiva del Estado.
• La tipicidad penal.
16. • La irretroactividad de las leyes.
• Las garantías del debido proceso.
• La impugnabilidad de los actos de la
administración.
• Unidad jurisdiccional.
17. El imperio de la ley:
Informe del Congreso Internacional de Juristas
1. El principio de legalidad.
2. El Derecho se funda en un principio superior
a la ley: el respeta a la persona.
3. El congreso y las asambleas de todo orden
deben estar sometidos a límites.
4. El Ejecutivo está sometido a una red de
controles legales.
18. 5. Todo derecho que implique sanciones debe
estar tipificado.
6. Existencia de una Magistratura
independiente.
7. Los jueces no pueden estar sometidos a
ningún tipo de presiones.
20. • Es otro concepto relacionado con el Estado de
Derecho.
• Supone que el pueblo tiene el poder y lo
ejerce mediante las elecciones, cuando elige a
sus representantes.
• La primera democracia existió hace más de
2.500 años en Atenas.
21. • Hace 300 llega a Inglaterra, Francia y Estados
Unidos.
• En América Latina surge en el siglo
XIX, cuando los países se independizan.
• La democracia no implica que exista un
verdadero Estado de Derecho.
• Lo contrario a democracia es una dictadura.