La ley contra delitos informáticos de Venezuela tiene como objetivo proteger los sistemas que utilizan tecnologías de información y prevenir y sancionar delitos contra estos sistemas o mediante el uso de estas tecnologías. La ley clasifica los delitos en tres categorías (contra los sistemas de información, contra la propiedad y contra la privacidad) y establece penas de prisión y multas. El documento también sugiere que la ley debería tipificar delitos relacionados con la seguridad e integridad de la firma electrónica
Mapa Conceptual de Rosa Agüero. Derecho Procesal Penal
Analisis de la ley contra delitos informaticos
1. REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA
EDUCACION SUPERIOR
UNIVERSIDAD BICENTENARIA DE ARAGUA
SAN JOAQUIN DE TURMERO
María Antonieta Sánchez
2. LEY CONTRA DELITOS INFORMATICOS
Esta Ley contra Delitos Informáticos, aprobada a finales del año
2001, significa un gran avance en materia penal, visto que
permitirá la protección de la tecnología de la información,
persiguiendo todas aquellas conductas antijurídicas que se
realicen en este campo.
3. OBJETO DE LA LEY CONTRA DELITOS INFORMATICOS
Artículo 1. “La presente ley tiene por objeto la protección de los sistemas que
utilicen tecnologías de información, así como la prevención y sanción de los
delitos cometidos contra tales sistemas o cualquiera de sus componentes o los
cometidos mediante el uso de dichas tecnologías, en los términos previstos en
esta ley.”
OBJETIVOS PRINCIPALES
• Protección de los sistemas
de tecnologías de
información.
• Prevención y sanción de los
delitos cometidos contra
tales sistema.
4. Pena privativa de libertad
Pena pecuniaria
Penas accesorias (Decomiso
de equipos, trabajo
comunitario, divulgación de
la sentencia condenatoria)
SANCIONES
5. Delitos contra los
sistemas que
utilizan tecnologías
de Información
• Acceso indebido.
(Pena: Prisión de 4 a 8
años y multa de 400 a
800 Unidades
Tributarias).
• Sabotaje o daño a
sistemas. (Pena:
Prisión de 4 a 8 años y
multa de 400 a 800
Unidades
Tributarias).
• Espionaje
informático. (Pena:
prisión de 4 a 8 años y
multa de 400 a 800
Unidades
Tributarias).
• Falsificación de
documentos. (Pena:
prisión de 3 a 6 años y
multa de 300 a 600
Unidades
Tributarias).
Delitos contra
la propiedad
• Hurto. (Pena: prisión
de 2 a 6 años y multa
200 a 600 Unidades
Tributarias).
• Manejo fraudulento
de tarjetas
inteligentes o
instrumentos
análogos. (Pena:
prisión 5 a 10 años y
multa de 500 a 1000
Unidades
Tributarias).
• Fraude. (Pena: prisión
de 3 a 7 años y multa
de 300 a 700 Unidades
Tributarias).
• Posesión de equipo
para falsificaciones.
(Pena: prisión de 3 a 6
años y multa de 300 a
600 Unidades
Tributarias).
Delitos contra la
privacidad de las
personas y de las
comunicaciones.
• Violación de la
privacidad de la data
o información de
carácter
personal.(Pena:
prisión de 2 a 6 años y
multa de 200 a 600
Unidades
Tributarias).
• Revelación indebida
de data o información
de carácter personal.
(Pena: prisión de 2 a 6
años y multa de 200 a
600 Unidades
Tributarias).
• Violación de la
privacidad de las
comunicaciones.
(Pena: prisión de 2 a 6
años y multa de 200 a
600 Unidades
Tributarias).
CLASIFICACION DE LOS DELITOS
6. PROPUESTA DE UN ARTÍCULO NUEVO O
LA REFORMA DE UN ARTÍCULO
EXISTENTE
Se sabe que la Ley Publicada sobre Delitos Informáticos está fundamentada en
proteger los sistemas que utilicen tecnologías de información, en particular
pienso que presenta algunas deficiencias ya que no tipifica delito alguno relativo a
la seguridad e integridad de la firma electrónica y a su registro; y en cuanto al
delito de Exhibición pornográfica de niños o adolescentes pienso que no debería
haber pena pecuniaria, solo pena privativa de libertar al igual que los delitos
contra la propiedad, específicamente en el de manejo fraudulento de tarjetas
inteligentes o instrumentos análogos.