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Escuela de Derecho
Lapso 2015/B
SAIA
Yennibel Canela de Acosta
LEY ESPECIAL CONTRA LOS DELITOS INFORMÁTICOS
¿Qué son Delitos
Informáticos?
Son conductas
ilícitas
Sancionadas
por el Derecho
Penal
Donde se hace
un uso
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LEY ESPECIAL CONTRA LOS DELITOS INFORMÁTICOS
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LEY ESPECIAL CONTRA LOS DELITOS INFORMÁTICOS
Delitos contra los
sistemas que
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Delitos contra la
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Delitos contra los
niños, niñas y
adolescenteDelitos contra el
orden económico.
Tipos de
Delitos
Informático
s
LEY ESPECIAL CONTRA LOS DELITOS INFORMÁTICOS
a) El acceso indebido a un sistema, penado con prisión de uno a
cinco años y multa de 10 a 50 unidades tributarias (UT)
b) El sabotaje o daño a sistemas, incluyendo cualquier acto que altere su
funcionamiento, penado con prisión de cuatro a ocho años y multa de 400 a 800 UT,
que aumentará a prisión de cinco a diez años y multa de 500 a 1.000 UT si para su
comisión se utiliza un virus o medio análogo. Si se trata de sabotaje o daño culposo,
la pena se reduce entre la mitad y dos tercios. Si se trata de sabotaje o acceso
indebido a sistemas protegidos, la pena aumenta entre la tercera parte y la mitad;
c) La posesión de equipos o prestación de servicios para actividades de
sabotaje, penado con prisión de tres a seis años y multa de 300 a 600 UT;
d) El espionaje informático, que incluye la obtención, difusión y revelación de
información, hechos o conceptos contenidos en un sistema, penado con prisión de
tres a seis años y multa de 300 a 600 UT. Si el delito se comete para procurar un
beneficio para sí o para otro, la pena aumenta entre un tercio y la mitad. El aumento
será de la mitad a dos tercios si se pone en peligro la seguridad del Estado, la
confiabilidad de la operación de las personas afectadas o si como resultado de la
revelación alguna persona sufre un daño; y
e) La falsificación de documentos mediante el uso de tecnologías de
información o la creación, modificación o alteración de datos en un
documento, penado con prisión de tres a seis años y multa de 300 a 600 UT.
Si el delito se comete para procurar un beneficio para sí o para otro, la pena
aumenta entre un tercio y la mitad. Si el hecho resulta en un perjuicio para
otro, el aumento será de la mitad a dos tercios
Delitos contra los
sistemas que
utilizan
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LEY ESPECIAL CONTRA LOS DELITOS INFORMÁTICOS
a) El hurto, apropiación indebida de un bien, sustrayéndolo a su
tenedor mediante el acceso, interceptación, interferencia,
manipulación o uso de un sistema que utilice tecnologías de
información, penado con prisión de dos a seis años y multa de 200 a
600 UT;
b) El fraude realizado mediante el uso indebido de tecnologías de
información, penado con prisión de tres a siete años y multa de 300 a
700 UT;
c) La obtención indebida de bienes o servicios mediante el uso de
tarjetas inteligentes, penado con prisión de dos a seis años y multa de
200 a 600 UT;
d) El manejo fraudulento de tarjetas inteligentes, o la creación,
duplicación o incorporación indebida de datos a registros, listas de
consumo o similares, penado con prisión de cinco a diez años y multa de
500 a 1.000 UT.
e) La apropiación indebida de tarjetas inteligentes, penado con prisión de
uno a cinco años y multa de 10 a 50 UT. La misma pena se impondrá a
quien reciba o adquiera dichas tarjeta
f) Provisión indebida de bienes o servicios utilizando una tarjeta
inteligente, a sabiendas de que dicho instrumento ha sido falsificado, está
vencido o ha sido alterado, penado con prisión de dos a seis años y
multa de 200 a 600 UT; y
g) La posesión de equipos para falsificaciones, penado con prisión de
tres a seis años y multa de 300 a 600 UT.
Delitos
contra la
propiedad
LEY ESPECIAL CONTRA LOS DELITOS INFORMÁTICOS
a) La violación de la privacidad de la data o información de
carácter personal que se encuentre en un sistema que use
tecnologías de información, penado con prisión de dos a seis
años y multa de 200 a 600 UT. Esta pena se aumentara de un
tercio a la mitad si como consecuencia del delito descrito
resulta un perjuicio para el titular de la información o para un
tercero;
b) La violación de la privacidad de las comunicaciones,
penado con prisión de dos a seis años de prisión y una multa
de 200 a 600 UT; y
c) La revelación indebida de datos o información obtenidos
por los medios descritos en los literales a) o b) anteriores,
penado con prisión de dos a seis años y multa de 200 a 600
UT. Esta pena se aumentara de un tercio a la mitad si el delito
se cometió con fines de lucro o si resulta en un perjuicio para
otro.
Delitos contra
la privacidad de
las personas y
de las
comunicacione
s
Delitos contra los
niños, niñas y
adolescente
LEY ESPECIAL CONTRA LOS DELITOS INFORMÁTICOS
La difusión o exhibición de
material pornográfico sin la
debida advertencia para que se
restrinja el acceso a menores de
edad, penado con prisión de
dos a seis años y multa de 200
a 600 UT; y b) La exhibición
pornográfica de niños o
adolescentes, penado con
prisión de cuatro a ocho años y
multa de 400 a 800 UT.
LEY ESPECIAL CONTRA LOS DELITOS INFORMÁTICOS
a) La apropiación indebida de
propiedad intelectual mediante la
reproducción, divulgación,
modificación o copia de un
software, penado con prisión de
uno a cinco años y multa de 100
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b) La oferta engañosa de
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años y multa de 100 a 500
UT, sin perjuicio de la
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Delitos contra
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económico.
LEY ESPECIAL CONTRA LOS DELITOS INFORMÁTICOSPenas
Accesorias El decomiso de equipos, dispositivos, instrumentos, materiales, útiles,
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los delitos previstos en los artículos 10 y 19 de la Ley (posesión de equipos o
prestación de servicios de sabotaje y posesión de equipos para falsificaciones).
Trabajo comunitario por el término de hasta tres años en los casos de los delitos
previstos los artículos 6 y 8 de la Ley (acceso indebido y favorecimiento culposo
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La inhabilitación para el ejercicio de funciones o empleos públicos; para el ejercicio de la
profesión, arte o industria; o para laborar en instituciones o empresas del ramo por un período
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haya cometido con abuso de la posición de acceso a data o información reservadas, o al
conocimiento privilegiado de contraseñas, en razón del ejercicio de un cargo o función público,
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cargos directivos y de representación de personas jurídicas vinculadas con el uso
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cumplida o conmutada la sanción principal, si para cometer el delito el agente se
valió de o hizo figurar a una persona jurídica.
Además, el tribunal podrá disponer la publicación o
difusión de la sentencia condenatoria por el medio
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Establece
principios
generales
diferentes a los
establecidos en
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No tutela el uso
debido de
Internet
Tutela los
sistemas de
información sin
referirse a su
contenido ni sus
aplicaciones
LEY ESPECIAL CONTRA LOS DELITOS INFORMÁTICOS
Deficiencias y
Problemas de la Ley
Repite delitos ya
existentes en el
Código Penal y
en otras leyes
penales
No tipifica delito
alguno relativo a
la seguridad e
integridad de la
firma electrónica
y a su registro
Utiliza términos
en el idioma
inglés
Disposiciones generales:
Son armas, en general todos los instrumentos propios
para maltratar o herir. Su regulación se encuentra
primeramente en el capítulo VIII, título V de los Delitos
Contra el Orden Público en los artículos 272 al 282 del
Código Penal Venezolano
Objeto.
Artículo 1°.-Se consideran
delictuosos la introducción,
fabricación, comercio, detención,
porte y ocultamiento de armas y
explosivos que se efectúen en
contravención de las
disposiciones del Código Penal y
de la presente Ley.
Ámbito y competencia de la
ley:
Para los efectos de la
presente Ley, sólo se
consideran como armas las
que en ella se indican.
LEY SOBRE
ARMAS Y
EXPLOSIVO
S
Son armas de guerra todas las que se usen o puedan
usarse en el Ejército, la Guardia Nacional y demás
Cuerpos de Seguridad, para la defensa de la Nación y
resguardo del orden público.
En cuanto a la clasificación de las armas, municiones,
explosivos, químicos y afines, se encuentran previstas en
el Reglamento de la Ley sobre Armas y explosivos
específicamente en los art. del 1 al 13.
LEY SOBRE ARMAS Y EXPLOSIVOS
LEY SOBRE ARMAS Y EXPLOSIVOS
a) Las escopetas de uno o más cañones rayados para usar
balas rasas.
b) Revólveres y pistolas de toda clase y calibre. A excepción
de aquellos previamente autorizados
c) Los rifles de cacería de cañón rayado, de largo alcance y
bala blindada de calibre 22 o 5 milímetros en adelante.
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armas de fuego.
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de pistolas, revólveres y rifles de cañón rayado.
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industrial o agrícola.
Armas de
prohibida
importació
n
fabricación,
comercio,
porte y
detención
En cuanto al Uso Ilícito de armas, armas de guerra y otras armas;
se encuentran previstos en el art. 76, 77 y 78 de la Ley
respectivamente
Los
Explosivos
Es toda
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líquida o
mezcla de
ambas que, por
reacción
química
Emite gases a altas
temperatura, presión y
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gran cantidad de
energía calórica que
impacta físicamente su
entorno.
Se
Clasifica
en:
militares,
industriales,
comerciales,
pirotécnico
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improvisado
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LEY SOBRE ARMAS Y EXPLOSIVOS
Sanciones.
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ocultamiento de las armas se
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Ley contra delitos informáticos y Ley sobre armas y explosivos

  • 1. Universidad Fermín Toro Escuela de Derecho Lapso 2015/B SAIA Yennibel Canela de Acosta
  • 2. LEY ESPECIAL CONTRA LOS DELITOS INFORMÁTICOS ¿Qué son Delitos Informáticos? Son conductas ilícitas Sancionadas por el Derecho Penal Donde se hace un uso indebido de «cualquier» medio informático
  • 3. LEY ESPECIAL CONTRA LOS DELITOS INFORMÁTICOS OBJETO Protección integral de los sistemas que utilicen tecnologías de información Prevención y sanción de los delitos informáticos Prevención y sanción de delitos cometidos mediante con el uso de dichas tecnologías Protección contra tales sistemas o cualquiera de sus componentes Base legal contenida en el Art. 1 de la Ley.
  • 4. LEY ESPECIAL CONTRA LOS DELITOS INFORMÁTICOS Delitos contra los sistemas que utilizan tecnologías de información Delitos contra la propieda d Delitos contra la privacidad de las personas y de las comunicaciones Delitos contra los niños, niñas y adolescenteDelitos contra el orden económico. Tipos de Delitos Informático s
  • 5. LEY ESPECIAL CONTRA LOS DELITOS INFORMÁTICOS a) El acceso indebido a un sistema, penado con prisión de uno a cinco años y multa de 10 a 50 unidades tributarias (UT) b) El sabotaje o daño a sistemas, incluyendo cualquier acto que altere su funcionamiento, penado con prisión de cuatro a ocho años y multa de 400 a 800 UT, que aumentará a prisión de cinco a diez años y multa de 500 a 1.000 UT si para su comisión se utiliza un virus o medio análogo. Si se trata de sabotaje o daño culposo, la pena se reduce entre la mitad y dos tercios. Si se trata de sabotaje o acceso indebido a sistemas protegidos, la pena aumenta entre la tercera parte y la mitad; c) La posesión de equipos o prestación de servicios para actividades de sabotaje, penado con prisión de tres a seis años y multa de 300 a 600 UT; d) El espionaje informático, que incluye la obtención, difusión y revelación de información, hechos o conceptos contenidos en un sistema, penado con prisión de tres a seis años y multa de 300 a 600 UT. Si el delito se comete para procurar un beneficio para sí o para otro, la pena aumenta entre un tercio y la mitad. El aumento será de la mitad a dos tercios si se pone en peligro la seguridad del Estado, la confiabilidad de la operación de las personas afectadas o si como resultado de la revelación alguna persona sufre un daño; y e) La falsificación de documentos mediante el uso de tecnologías de información o la creación, modificación o alteración de datos en un documento, penado con prisión de tres a seis años y multa de 300 a 600 UT. Si el delito se comete para procurar un beneficio para sí o para otro, la pena aumenta entre un tercio y la mitad. Si el hecho resulta en un perjuicio para otro, el aumento será de la mitad a dos tercios Delitos contra los sistemas que utilizan tecnologías de información
  • 6. LEY ESPECIAL CONTRA LOS DELITOS INFORMÁTICOS a) El hurto, apropiación indebida de un bien, sustrayéndolo a su tenedor mediante el acceso, interceptación, interferencia, manipulación o uso de un sistema que utilice tecnologías de información, penado con prisión de dos a seis años y multa de 200 a 600 UT; b) El fraude realizado mediante el uso indebido de tecnologías de información, penado con prisión de tres a siete años y multa de 300 a 700 UT; c) La obtención indebida de bienes o servicios mediante el uso de tarjetas inteligentes, penado con prisión de dos a seis años y multa de 200 a 600 UT; d) El manejo fraudulento de tarjetas inteligentes, o la creación, duplicación o incorporación indebida de datos a registros, listas de consumo o similares, penado con prisión de cinco a diez años y multa de 500 a 1.000 UT. e) La apropiación indebida de tarjetas inteligentes, penado con prisión de uno a cinco años y multa de 10 a 50 UT. La misma pena se impondrá a quien reciba o adquiera dichas tarjeta f) Provisión indebida de bienes o servicios utilizando una tarjeta inteligente, a sabiendas de que dicho instrumento ha sido falsificado, está vencido o ha sido alterado, penado con prisión de dos a seis años y multa de 200 a 600 UT; y g) La posesión de equipos para falsificaciones, penado con prisión de tres a seis años y multa de 300 a 600 UT. Delitos contra la propiedad
  • 7. LEY ESPECIAL CONTRA LOS DELITOS INFORMÁTICOS a) La violación de la privacidad de la data o información de carácter personal que se encuentre en un sistema que use tecnologías de información, penado con prisión de dos a seis años y multa de 200 a 600 UT. Esta pena se aumentara de un tercio a la mitad si como consecuencia del delito descrito resulta un perjuicio para el titular de la información o para un tercero; b) La violación de la privacidad de las comunicaciones, penado con prisión de dos a seis años de prisión y una multa de 200 a 600 UT; y c) La revelación indebida de datos o información obtenidos por los medios descritos en los literales a) o b) anteriores, penado con prisión de dos a seis años y multa de 200 a 600 UT. Esta pena se aumentara de un tercio a la mitad si el delito se cometió con fines de lucro o si resulta en un perjuicio para otro. Delitos contra la privacidad de las personas y de las comunicacione s
  • 8. Delitos contra los niños, niñas y adolescente LEY ESPECIAL CONTRA LOS DELITOS INFORMÁTICOS La difusión o exhibición de material pornográfico sin la debida advertencia para que se restrinja el acceso a menores de edad, penado con prisión de dos a seis años y multa de 200 a 600 UT; y b) La exhibición pornográfica de niños o adolescentes, penado con prisión de cuatro a ocho años y multa de 400 a 800 UT.
  • 9. LEY ESPECIAL CONTRA LOS DELITOS INFORMÁTICOS a) La apropiación indebida de propiedad intelectual mediante la reproducción, divulgación, modificación o copia de un software, penado con prisión de uno a cinco años y multa de 100 a 500 UT; y b) La oferta engañosa de bienes o servicios mediante la utilización de tecnologías de la información, penado con prisión de uno a cinco años y multa de 100 a 500 UT, sin perjuicio de la comisión de un delito más grave. Delitos contra el orden económico.
  • 10. LEY ESPECIAL CONTRA LOS DELITOS INFORMÁTICOSPenas Accesorias El decomiso de equipos, dispositivos, instrumentos, materiales, útiles, herramientas y cualquier otro objeto que haya sido utilizado para la comisión de los delitos previstos en los artículos 10 y 19 de la Ley (posesión de equipos o prestación de servicios de sabotaje y posesión de equipos para falsificaciones). Trabajo comunitario por el término de hasta tres años en los casos de los delitos previstos los artículos 6 y 8 de la Ley (acceso indebido y favorecimiento culposo del sabotaje o daño). La inhabilitación para el ejercicio de funciones o empleos públicos; para el ejercicio de la profesión, arte o industria; o para laborar en instituciones o empresas del ramo por un período de hasta tres años después de cumplida o conmutada la sanción principal, cuando el delito se haya cometido con abuso de la posición de acceso a data o información reservadas, o al conocimiento privilegiado de contraseñas, en razón del ejercicio de un cargo o función público, del ejercicio privado de una profesión u oficio, o del desempeño en una institución o empresa privada. La suspensión del permiso, registro o autorización para operar o para ejercer cargos directivos y de representación de personas jurídicas vinculadas con el uso de tecnologías de información, hasta por el período de tres años después de cumplida o conmutada la sanción principal, si para cometer el delito el agente se valió de o hizo figurar a una persona jurídica. Además, el tribunal podrá disponer la publicación o difusión de la sentencia condenatoria por el medio que considere más idóneo.
  • 11. Establece principios generales diferentes a los establecidos en el libro primero del Código Penal No tutela el uso debido de Internet Tutela los sistemas de información sin referirse a su contenido ni sus aplicaciones LEY ESPECIAL CONTRA LOS DELITOS INFORMÁTICOS Deficiencias y Problemas de la Ley Repite delitos ya existentes en el Código Penal y en otras leyes penales No tipifica delito alguno relativo a la seguridad e integridad de la firma electrónica y a su registro Utiliza términos en el idioma inglés
  • 12. Disposiciones generales: Son armas, en general todos los instrumentos propios para maltratar o herir. Su regulación se encuentra primeramente en el capítulo VIII, título V de los Delitos Contra el Orden Público en los artículos 272 al 282 del Código Penal Venezolano Objeto. Artículo 1°.-Se consideran delictuosos la introducción, fabricación, comercio, detención, porte y ocultamiento de armas y explosivos que se efectúen en contravención de las disposiciones del Código Penal y de la presente Ley. Ámbito y competencia de la ley: Para los efectos de la presente Ley, sólo se consideran como armas las que en ella se indican. LEY SOBRE ARMAS Y EXPLOSIVO S
  • 13. Son armas de guerra todas las que se usen o puedan usarse en el Ejército, la Guardia Nacional y demás Cuerpos de Seguridad, para la defensa de la Nación y resguardo del orden público. En cuanto a la clasificación de las armas, municiones, explosivos, químicos y afines, se encuentran previstas en el Reglamento de la Ley sobre Armas y explosivos específicamente en los art. del 1 al 13. LEY SOBRE ARMAS Y EXPLOSIVOS
  • 14. LEY SOBRE ARMAS Y EXPLOSIVOS a) Las escopetas de uno o más cañones rayados para usar balas rasas. b) Revólveres y pistolas de toda clase y calibre. A excepción de aquellos previamente autorizados c) Los rifles de cacería de cañón rayado, de largo alcance y bala blindada de calibre 22 o 5 milímetros en adelante. d) Los bastones pistolas, puñales, dagas y estoques. e) Los cartuchos correspondientes a las mencionadas armas de fuego. f) Las pólvoras piróxiladas para las cargas de los cartuchos de pistolas, revólveres y rifles de cañón rayado. g) Los cuchillos y machetes que no sean de uso doméstico, industrial o agrícola. Armas de prohibida importació n fabricación, comercio, porte y detención En cuanto al Uso Ilícito de armas, armas de guerra y otras armas; se encuentran previstos en el art. 76, 77 y 78 de la Ley respectivamente
  • 15. Los Explosivos Es toda materia sólida, líquida o mezcla de ambas que, por reacción química Emite gases a altas temperatura, presión y velocidad, desplegando gran cantidad de energía calórica que impacta físicamente su entorno. Se Clasifica en: militares, industriales, comerciales, pirotécnico caseros e improvisado s LEY SOBRE ARMAS Y EXPLOSIVOS
  • 16. LEY SOBRE ARMAS Y EXPLOSIVOS Sanciones. El porte, la detentación o el ocultamiento de las armas se castigarán con pena de prisión de 3 a 5 años; de conformidad con lo establecido en el art. 277 del Código Penal Venezolano. Gracias por su atención…!!!