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Análisis de “Derechos humanos y el medio ambiente”
EDUCACIÓN SECUNDARIA
COMUNICACIÓN IV SECCION “A”
CURSO: DELIBERACIÓN Y PARTICIPACIÓN
INTEGRANTES:
- Barrios Reyes Alex Vizconde
- 𝐏𝐞𝐫𝐞𝐳 𝐉𝐢𝐦𝐞𝐧𝐞𝐳 𝐄𝐝𝐢𝐧𝐳𝐨𝐧 𝐆𝐢𝐥𝐝𝐞𝐫
- Portocarrero Tananta Doris Rosanna Doris
- Román Bustillos Irma Francisca
- Rojas Huayta Dina
- Valdivia Gámez Nain Samuel
- Navarro Arango Juan
DOCENTE:
Mg. María Esther Domínguez Soto
2023
LIMA - PERÚ
1. INTRODUCCIÒN
Es fundamental, para entender la importancia de la materia, recordar que el hombre vive en un
medio ambiente natural (el planeta tierra), que es la base de vida y desarrollo para el ser
humano, de tal manera que sean compatibles con el mantenimiento y mejoramiento del
entorno ecológico que lo sustenta y condiciona.
Los componentes esenciales del medio ambiente son: el agua, el aire, la tierra y los seres vivos,
las cuales se hallan en estrecha relación, proporcionando a la Biosfera el equilibrio necesario
para que las distintas formas de vida se mantengan y se desarrollen.
La alteración de tales componentes perjudica dicho equilibrio ecológico y puede ocasionar
graves daños a cualquier forma de vida y en todo caso deteriora la calidad de vida humana,
ciertas alteraciones se han venido produciendo en mayor o menor medida en el medio humano
en las últimas décadas por la aplicación de políticas culturales, sociales y económicas que no
tienen suficientemente en cuenta el “impacto medioambiental” de determinadas formas
abusivas de explotación de los recursos naturales, de la utilización de determinadas sustancias,
industrias y tecnologías potencialmente dañinas y de la preferencia por energía “no limpias”.
Entre los diferentes países del continente no existe uniformidad en cuanto al grado de desarrollo
de sus instrumentos legales y de política ambiental.
En el Perú con la Constitución Política de 1993 se incorpora el derecho "a gozar de un ambiente
equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida".
Por ello analizaremos las acciones del ser humano que provocan ciertas alteraciones al medio
ambiente, para concientizar a la sociedad por medio de este trabajo de investigación y las
practicas positivas para la reconstrucción de un ambiente saludable.
2. DESARROLLO
"El Derecho Ambiental es la rama del Derecho Público Interno o Internacional, cuyas normas
tienen como objetivo el de proteger la salud y calidad de vida individual y colectiva del hombre,
preservando bienes naturales y regulando las actividades humanas susceptibles de contaminar
su entorno o de causar desequilibrios ecológicos". (Leo Field)
El Derecho Ambiental consiste en un grupo de reglas que resuelven problemas relacionados con
la conservación y protección del medio ambiente y de lucha contra la contaminación.
Para el tratadista Raúl BRAÑEZ, se puede definir el Derecho ambiental como "El conjunto de
normas jurídicas que regulan las conductas humanas que pueden influir de una manera relevante
en los procesos de interacción que tienen lugar entre los sistemas de organismos vivos y sus
sistemas de ambiente mediante la generación de efectos de los que se espera una modificación
significativa de las condiciones de existencia de dichos organismos.
El Jurista peruano Carlos Antonio ANDALUZ WESTREICHER, define el Derecho Ambiental como el
conjunto de normas y principios de acatamiento imperativo, elaborados con la finalidad de
regular las conductas humanas para lograr el equilibrio entre las relaciones del hombre y el
ambiente al que pertenece, en el marco de un modelo de desarrollo sostenible.
2.2 FUENTES DEL DERECHO AMBIENTAL
Respecto de las Fuentes del Derecho Ambiental, son básicamente dos:
 Fuentes Materiales y fuentes formales
Las Fuentes Materiales del Derecho Ambiental, vendrían a estar constituidas por los procesos de
deterioro/amenaza a ecosistemas y condiciones de vida, así como por las subsecuentes
condiciones o respuestas tecnológicas, políticas y de diversa índole, lo cual en su conjunto sirve
de base para su ulterior formulación jurídica ambiental.
En relación a las Fuentes Formales del Derecho Ambiental, cabe aplicar a la perspectiva jurídico
ambiental los componentes clásicos, como la materia legislativa (o normativa), jurisprudencial,
doctrinaria, contractual, usos y costumbres.
2.3 PRINCIPIOS GENERALES DEL DERECHO AMBIENTAL PERUANO
JAQUENOD, afirma: "Los Principios se trata de postulados fundamentales y universales que la
razón especula y que generalizan mediante la abstracción, las soluciones particulares que se
obtienen partiendo de la justicia y de la equidad social, atendiendo a la naturaleza de las cosas
positivas.
Los principales Principios que inspiran el Derecho Ambiental Peruano; tenemos a los siguientes:
 El disfrute a un medio ambiente sano es un derecho fundamental de cada hombre y
mujer.
 La conservación del medio ambiente es un deber de todas las personas naturales y
jurídicas.
 La prioridad de la prevención frente al peligro de daño grave e irreversible al
medioambiente.
 El derecho de cada ciudadano a tener acceso a la información disponible sobre medio
ambiente)
 La educación ambiental debe tener un enfoque interdisciplinario y sistémico del medio
ambiente, dirigido a todos los sectores sociales y grupos de edades, con especial énfasis
en los tomadores de decisiones y en niños, adolescentes y jóvenes.
 La gestión ambiental debe involucrar a todos los órganos y organismos, sean públicos o
privados, a las organizaciones sociales y los ciudadanos.
 El derecho de todo ciudadano de contar con las posibilidades y mecanismos legales
apropiados que le permitan accionar en la vía jurisdiccional o administrativa para exigir
el cumplimiento de las leyes y demás disposiciones de obligatorio cumplimiento en
materia ambiental.
2.4 DERECHO AMBIENTAL Y SU RELACIÓN CON LOS DERECHOS HUMANOS
TRES GENERACIONES DE DERECHOS HUMANOS:
Derechos Humanos de Primera Generación
 Reclama de los Derechos Civiles y Políticos
Derechos Humanos de Segunda Generación
 Solicita los Derechos Económicos, Sociales y Culturales
Derechos Humanos de Tercera Generación
 Adquiere importancia el Derecho al Desarrollo en un ambiente sano y equilibrado, a
convivir en plaza y a compartir el legado común de la humanidad.
Pero los derechos de 3ra generación se distinguen de los anteriores en un punto fundamental:
por su naturaleza, es imposible asegurar verdaderamente estos derechos si no se los trata
dentro de un marco global y si no se trascienden las fronteras nacionales La única alternativa
que nos queda es adoptar una visión global y un enfoque centrado en los intereses de la
humanidad.
2.5 FACTORES NATURALES PERJUDICIALES Y/O BENEFICIOSOS AL MEDIO AMBIENTE
En la actualidad existen altos niveles de contaminación causados por el hombre, pero no solo el
hombre contamina, sino que también existen algunos factores naturales que, así como
benefician, también pueden perjudicar al medio ambiente. Algunos de estos son:
Organismos vivos: Existen animales de pastoreo que son beneficiosos para la vegetación, como
lo es la vaca que con su feca fertiliza abonando la tierra, también existen animales como el chivo
que con sus pezuñas y su forma de comer erosionan afectando la tierra.
Clima: La lluvia es necesaria para el crecimiento vegetal, pero en exceso provoca el ahogamiento
de las plantas.
El viento: sirve en la dispersión de semillas, proceso beneficioso para la vegetación, pero
lamentablemente, en exceso produce erosión.
La nieve: quema las plantas, pero algunos tipos de vegetación como la araucaria requieren de un
golpe de frío para que puedan fructificar.
El calor y la luz del sol: son elementos fundamentales en la fotosíntesis, pero en exceso
producen sequía y la sequía, esterilidad de la tierra.
Relieve: Existen relieves beneficiosos, como son los montes repletos de árboles, pero también
los perjudiciales como son los volcanes que pueden afectar el terreno ya sea por la ceniza o por
el riesgo de explosión magmática.
Deforestación: sin duda la deforestación es un factor que afecta en gran manera la tierra puesto
que los árboles y plantas demoran mucho en volver a crecer y son elementos importantes para
el medio ambiente.
Sobre forestación: Como sabemos, ninguno de los extremos es bueno, por lo tanto, la sobre
forestación también es mala pues al haber mucha vegetación, absorben sus minerales
necesarios para crecer. Una forma de evitar esto es rotar los cultivos.
Incendios forestales: Se le podría llamar un tipo de deforestación con efectos masivos y
duraderos al terreno. La tierra que ha sido expuesta al incendio se demora cientos de años para
volverse a utilizar.
2.6 LA CIUDADANÍA Y SUS DERECHOS PARA EL MEDIO AMBIENTE
Si la lucha por el medio ambiente en estos momentos se valora como la batalla por la vida,
queda claro que los ciudadanos tienen que tener libertad para expresar sus opiniones sobre su
vida, su dignidad, su desarrollo sostenible que está ligado a la posibilidad de ser un hombre más
pleno, capaz y libre de disfrutar su perfeccionamiento personal y comunitario. Los derechos
ciudadanos, los derechos civiles y más aún los humanos, abordan diferentes aspectos de la vida
de los hombres. Atendiendo en la forma que muchas veces inadecuadamente se usa en el plano
internacional, el término de derechos humanos y lo que reviste para el medio ambiente, es que
se analiza su concepción. Garantías estas son:
Universalidad: Todas las personas son titulares de los Derechos Humanos.
Transnacionalidad: Al ser los Derechos Humanos universales e inherentes a todas las personas,
no se pueden argumentar condiciones de nacionalidad para limitarlos.
Estado de Derecho: El ejercicio del poder debe estar sujeto a ciertas reglas que implican
mecanismos de protección y garantía de los derechos.
Irreversibilidad: Cuando un derecho ha sido reconocido formalmente como inherente a la
persona este "queda definitiva e irrevocablemente integrado a la categoría de aquellos derechos
cuya inviolabilidad debe ser respetada y garantizada.
"Progresividad: Siempre es posible la incorporación de nuevos derechos que anteriormente no
gozaban de esa condición.
Indivisibilidad, integralidad e interdependencia: La plena realización humana no puede
desarrollarse a partir de derechos aislados e inconexos. Vistos en forma conjunta estos deben
atender al ser humano desde una dimensión integral.
Derechos personalísimos. Cubre toda la dimensión del respeto a la vida, la integridad física, el
reconocimiento de la personalidad jurídica, el honor, la fama, la libertad de conciencia,
pensamiento y expresión.
Derechos cívicos políticos. Facilitan el desarrollo democrático, el control del poder, la seguridad
jurídica y la posibilidad de un proceso legal dotado de garantías.
Derechos económicos, sociales y culturales. Además de garantizar la vida y la participación
social, permiten darle calidad que potencien el desarrollo pleno de la persona: el derecho al
trabajo, a la educación, a la seguridad social desde una dimensión integral, el derecho a la huelga
y el derecho a participar de los bienes culturales en su amplio sentido.
Derechos de solidaridad de los pueblos. Abordan derechos con una dimensión colectiva que
abarcan: al desarrollo; a la paz; a la libre determinación de los pueblos.
3. CONCLUSIONES
3.1 Durante las últimas décadas la preocupación por el medio ambiente ha despertado interés
en los diferentes sectores debido a que el deterioro y degradación del
ambiente demuestra serios impactos sobre la naturaleza, el bienestar de las personas y
sobre el desarrollo sostenible en general.
Una de las bases que sustentan el desarrollo son los recursos naturales el suelo, el agua, los
bosques y la biodiversidad, la cual proporcionan beneficios en calidad ambiental y el
bienestar del hombre por ello debemos hacer un buen uso de ellos y de su buen manejo.
También ayuda al desarrollo económico.
3.2. El desconocimiento del valor económico de los recursos naturales ha contribuido a su
deterioro, por lo cual una valoración adecuada de los beneficios ofrecidos por los recursos
naturales como bienes no ambientales con precio y mercado, así como de los
bienes ambientales sin precio, sin mercado y no transables, facilita el diseño e
implementación de políticas acordes a las necesidades de la población urbana y rural,
salvaguardando la naturaleza y los sistemas productivos que posibilitan el desarrollo.
3.3. Este trabajo está orientado a destacar la importancia de los recursos naturales para el
desarrollo sostenible y la relación entre éstos y los beneficios ambientales.
Así las cosas, el estado actual del Derecho Ambiental, se encuentra en mora de desarrollar
un proceso propio de la especialidad, ya que las múltiples controversias del mundo
globalizado de hoy, ameritan la ejecución de leyes operantes y eficaces al momento de su
aplicación; con base en la capacidad jurídica de cada estado, que le permita de algún modo
conservar la existencia del hombre en el planeta.
4. BIBLIOGRAFÍA
- Fonseca Tapia, C. A. (2010). Manual de derecho ambiental. Arequipa, Perú: Adrus
https://archivos.juridicas.unam.mx/www/bjv/libros/4/1514/12.pdf
- Buñuel Gonzalez, M. (2004). Modelo De Código Tributario Ambiental Para América
Latina. 04510, México: Universidad Nacional Autónoma de México
- CARMONA LARA, M. C. Derechos en relación con el medio ambiente.
- FOY VALENCIA P. (2003). Derecho Internacional Ambiental. Perú: Pontificia Universidad
Católica del Perú.

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  • 1. Análisis de “Derechos humanos y el medio ambiente” EDUCACIÓN SECUNDARIA COMUNICACIÓN IV SECCION “A” CURSO: DELIBERACIÓN Y PARTICIPACIÓN INTEGRANTES: - Barrios Reyes Alex Vizconde - 𝐏𝐞𝐫𝐞𝐳 𝐉𝐢𝐦𝐞𝐧𝐞𝐳 𝐄𝐝𝐢𝐧𝐳𝐨𝐧 𝐆𝐢𝐥𝐝𝐞𝐫 - Portocarrero Tananta Doris Rosanna Doris - Román Bustillos Irma Francisca - Rojas Huayta Dina - Valdivia Gámez Nain Samuel - Navarro Arango Juan DOCENTE: Mg. María Esther Domínguez Soto 2023 LIMA - PERÚ 1. INTRODUCCIÒN
  • 2. Es fundamental, para entender la importancia de la materia, recordar que el hombre vive en un medio ambiente natural (el planeta tierra), que es la base de vida y desarrollo para el ser humano, de tal manera que sean compatibles con el mantenimiento y mejoramiento del entorno ecológico que lo sustenta y condiciona. Los componentes esenciales del medio ambiente son: el agua, el aire, la tierra y los seres vivos, las cuales se hallan en estrecha relación, proporcionando a la Biosfera el equilibrio necesario para que las distintas formas de vida se mantengan y se desarrollen. La alteración de tales componentes perjudica dicho equilibrio ecológico y puede ocasionar graves daños a cualquier forma de vida y en todo caso deteriora la calidad de vida humana, ciertas alteraciones se han venido produciendo en mayor o menor medida en el medio humano en las últimas décadas por la aplicación de políticas culturales, sociales y económicas que no tienen suficientemente en cuenta el “impacto medioambiental” de determinadas formas abusivas de explotación de los recursos naturales, de la utilización de determinadas sustancias, industrias y tecnologías potencialmente dañinas y de la preferencia por energía “no limpias”. Entre los diferentes países del continente no existe uniformidad en cuanto al grado de desarrollo de sus instrumentos legales y de política ambiental. En el Perú con la Constitución Política de 1993 se incorpora el derecho "a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida". Por ello analizaremos las acciones del ser humano que provocan ciertas alteraciones al medio ambiente, para concientizar a la sociedad por medio de este trabajo de investigación y las practicas positivas para la reconstrucción de un ambiente saludable. 2. DESARROLLO "El Derecho Ambiental es la rama del Derecho Público Interno o Internacional, cuyas normas tienen como objetivo el de proteger la salud y calidad de vida individual y colectiva del hombre, preservando bienes naturales y regulando las actividades humanas susceptibles de contaminar su entorno o de causar desequilibrios ecológicos". (Leo Field) El Derecho Ambiental consiste en un grupo de reglas que resuelven problemas relacionados con la conservación y protección del medio ambiente y de lucha contra la contaminación.
  • 3. Para el tratadista Raúl BRAÑEZ, se puede definir el Derecho ambiental como "El conjunto de normas jurídicas que regulan las conductas humanas que pueden influir de una manera relevante en los procesos de interacción que tienen lugar entre los sistemas de organismos vivos y sus sistemas de ambiente mediante la generación de efectos de los que se espera una modificación significativa de las condiciones de existencia de dichos organismos. El Jurista peruano Carlos Antonio ANDALUZ WESTREICHER, define el Derecho Ambiental como el conjunto de normas y principios de acatamiento imperativo, elaborados con la finalidad de regular las conductas humanas para lograr el equilibrio entre las relaciones del hombre y el ambiente al que pertenece, en el marco de un modelo de desarrollo sostenible. 2.2 FUENTES DEL DERECHO AMBIENTAL Respecto de las Fuentes del Derecho Ambiental, son básicamente dos:  Fuentes Materiales y fuentes formales Las Fuentes Materiales del Derecho Ambiental, vendrían a estar constituidas por los procesos de deterioro/amenaza a ecosistemas y condiciones de vida, así como por las subsecuentes condiciones o respuestas tecnológicas, políticas y de diversa índole, lo cual en su conjunto sirve de base para su ulterior formulación jurídica ambiental. En relación a las Fuentes Formales del Derecho Ambiental, cabe aplicar a la perspectiva jurídico ambiental los componentes clásicos, como la materia legislativa (o normativa), jurisprudencial, doctrinaria, contractual, usos y costumbres. 2.3 PRINCIPIOS GENERALES DEL DERECHO AMBIENTAL PERUANO JAQUENOD, afirma: "Los Principios se trata de postulados fundamentales y universales que la razón especula y que generalizan mediante la abstracción, las soluciones particulares que se obtienen partiendo de la justicia y de la equidad social, atendiendo a la naturaleza de las cosas positivas. Los principales Principios que inspiran el Derecho Ambiental Peruano; tenemos a los siguientes:  El disfrute a un medio ambiente sano es un derecho fundamental de cada hombre y mujer.
  • 4.  La conservación del medio ambiente es un deber de todas las personas naturales y jurídicas.  La prioridad de la prevención frente al peligro de daño grave e irreversible al medioambiente.  El derecho de cada ciudadano a tener acceso a la información disponible sobre medio ambiente)  La educación ambiental debe tener un enfoque interdisciplinario y sistémico del medio ambiente, dirigido a todos los sectores sociales y grupos de edades, con especial énfasis en los tomadores de decisiones y en niños, adolescentes y jóvenes.  La gestión ambiental debe involucrar a todos los órganos y organismos, sean públicos o privados, a las organizaciones sociales y los ciudadanos.  El derecho de todo ciudadano de contar con las posibilidades y mecanismos legales apropiados que le permitan accionar en la vía jurisdiccional o administrativa para exigir el cumplimiento de las leyes y demás disposiciones de obligatorio cumplimiento en materia ambiental. 2.4 DERECHO AMBIENTAL Y SU RELACIÓN CON LOS DERECHOS HUMANOS TRES GENERACIONES DE DERECHOS HUMANOS: Derechos Humanos de Primera Generación  Reclama de los Derechos Civiles y Políticos Derechos Humanos de Segunda Generación  Solicita los Derechos Económicos, Sociales y Culturales Derechos Humanos de Tercera Generación  Adquiere importancia el Derecho al Desarrollo en un ambiente sano y equilibrado, a convivir en plaza y a compartir el legado común de la humanidad. Pero los derechos de 3ra generación se distinguen de los anteriores en un punto fundamental: por su naturaleza, es imposible asegurar verdaderamente estos derechos si no se los trata dentro de un marco global y si no se trascienden las fronteras nacionales La única alternativa
  • 5. que nos queda es adoptar una visión global y un enfoque centrado en los intereses de la humanidad. 2.5 FACTORES NATURALES PERJUDICIALES Y/O BENEFICIOSOS AL MEDIO AMBIENTE En la actualidad existen altos niveles de contaminación causados por el hombre, pero no solo el hombre contamina, sino que también existen algunos factores naturales que, así como benefician, también pueden perjudicar al medio ambiente. Algunos de estos son: Organismos vivos: Existen animales de pastoreo que son beneficiosos para la vegetación, como lo es la vaca que con su feca fertiliza abonando la tierra, también existen animales como el chivo que con sus pezuñas y su forma de comer erosionan afectando la tierra. Clima: La lluvia es necesaria para el crecimiento vegetal, pero en exceso provoca el ahogamiento de las plantas. El viento: sirve en la dispersión de semillas, proceso beneficioso para la vegetación, pero lamentablemente, en exceso produce erosión. La nieve: quema las plantas, pero algunos tipos de vegetación como la araucaria requieren de un golpe de frío para que puedan fructificar. El calor y la luz del sol: son elementos fundamentales en la fotosíntesis, pero en exceso producen sequía y la sequía, esterilidad de la tierra. Relieve: Existen relieves beneficiosos, como son los montes repletos de árboles, pero también los perjudiciales como son los volcanes que pueden afectar el terreno ya sea por la ceniza o por el riesgo de explosión magmática. Deforestación: sin duda la deforestación es un factor que afecta en gran manera la tierra puesto que los árboles y plantas demoran mucho en volver a crecer y son elementos importantes para el medio ambiente. Sobre forestación: Como sabemos, ninguno de los extremos es bueno, por lo tanto, la sobre forestación también es mala pues al haber mucha vegetación, absorben sus minerales necesarios para crecer. Una forma de evitar esto es rotar los cultivos.
  • 6. Incendios forestales: Se le podría llamar un tipo de deforestación con efectos masivos y duraderos al terreno. La tierra que ha sido expuesta al incendio se demora cientos de años para volverse a utilizar. 2.6 LA CIUDADANÍA Y SUS DERECHOS PARA EL MEDIO AMBIENTE Si la lucha por el medio ambiente en estos momentos se valora como la batalla por la vida, queda claro que los ciudadanos tienen que tener libertad para expresar sus opiniones sobre su vida, su dignidad, su desarrollo sostenible que está ligado a la posibilidad de ser un hombre más pleno, capaz y libre de disfrutar su perfeccionamiento personal y comunitario. Los derechos ciudadanos, los derechos civiles y más aún los humanos, abordan diferentes aspectos de la vida de los hombres. Atendiendo en la forma que muchas veces inadecuadamente se usa en el plano internacional, el término de derechos humanos y lo que reviste para el medio ambiente, es que se analiza su concepción. Garantías estas son: Universalidad: Todas las personas son titulares de los Derechos Humanos. Transnacionalidad: Al ser los Derechos Humanos universales e inherentes a todas las personas, no se pueden argumentar condiciones de nacionalidad para limitarlos. Estado de Derecho: El ejercicio del poder debe estar sujeto a ciertas reglas que implican mecanismos de protección y garantía de los derechos. Irreversibilidad: Cuando un derecho ha sido reconocido formalmente como inherente a la persona este "queda definitiva e irrevocablemente integrado a la categoría de aquellos derechos cuya inviolabilidad debe ser respetada y garantizada. "Progresividad: Siempre es posible la incorporación de nuevos derechos que anteriormente no gozaban de esa condición. Indivisibilidad, integralidad e interdependencia: La plena realización humana no puede desarrollarse a partir de derechos aislados e inconexos. Vistos en forma conjunta estos deben atender al ser humano desde una dimensión integral. Derechos personalísimos. Cubre toda la dimensión del respeto a la vida, la integridad física, el reconocimiento de la personalidad jurídica, el honor, la fama, la libertad de conciencia, pensamiento y expresión.
  • 7. Derechos cívicos políticos. Facilitan el desarrollo democrático, el control del poder, la seguridad jurídica y la posibilidad de un proceso legal dotado de garantías. Derechos económicos, sociales y culturales. Además de garantizar la vida y la participación social, permiten darle calidad que potencien el desarrollo pleno de la persona: el derecho al trabajo, a la educación, a la seguridad social desde una dimensión integral, el derecho a la huelga y el derecho a participar de los bienes culturales en su amplio sentido. Derechos de solidaridad de los pueblos. Abordan derechos con una dimensión colectiva que abarcan: al desarrollo; a la paz; a la libre determinación de los pueblos. 3. CONCLUSIONES 3.1 Durante las últimas décadas la preocupación por el medio ambiente ha despertado interés en los diferentes sectores debido a que el deterioro y degradación del ambiente demuestra serios impactos sobre la naturaleza, el bienestar de las personas y sobre el desarrollo sostenible en general. Una de las bases que sustentan el desarrollo son los recursos naturales el suelo, el agua, los bosques y la biodiversidad, la cual proporcionan beneficios en calidad ambiental y el bienestar del hombre por ello debemos hacer un buen uso de ellos y de su buen manejo. También ayuda al desarrollo económico. 3.2. El desconocimiento del valor económico de los recursos naturales ha contribuido a su deterioro, por lo cual una valoración adecuada de los beneficios ofrecidos por los recursos naturales como bienes no ambientales con precio y mercado, así como de los bienes ambientales sin precio, sin mercado y no transables, facilita el diseño e implementación de políticas acordes a las necesidades de la población urbana y rural, salvaguardando la naturaleza y los sistemas productivos que posibilitan el desarrollo. 3.3. Este trabajo está orientado a destacar la importancia de los recursos naturales para el desarrollo sostenible y la relación entre éstos y los beneficios ambientales. Así las cosas, el estado actual del Derecho Ambiental, se encuentra en mora de desarrollar un proceso propio de la especialidad, ya que las múltiples controversias del mundo globalizado de hoy, ameritan la ejecución de leyes operantes y eficaces al momento de su aplicación; con base en la capacidad jurídica de cada estado, que le permita de algún modo conservar la existencia del hombre en el planeta.
  • 8. 4. BIBLIOGRAFÍA - Fonseca Tapia, C. A. (2010). Manual de derecho ambiental. Arequipa, Perú: Adrus https://archivos.juridicas.unam.mx/www/bjv/libros/4/1514/12.pdf - Buñuel Gonzalez, M. (2004). Modelo De Código Tributario Ambiental Para América Latina. 04510, México: Universidad Nacional Autónoma de México - CARMONA LARA, M. C. Derechos en relación con el medio ambiente. - FOY VALENCIA P. (2003). Derecho Internacional Ambiental. Perú: Pontificia Universidad Católica del Perú.