Programa de prevención de accidentes y enfermedades ocupacionales
1. PROGRAMA DE PREVENCIÓN DE ACCIDENTES Y
ENFERMEDADES PROFESIONALES
María Laura Sánchez
CI: 26.800.480
Universidad Fermín Toro
Vice Rectorado Académico
Decanato de Facultad Ciencias Económicas y Sociales
Escuela de Relaciones Industriales
2. Es un conjunto de medidas y acciones encaminadas a evitar los accidentes en un lugar
específico, mejorando las condiciones de trabajo, de seguridad e higiene.
PROGRAMA DE PREVENCIÓN DE ACCIDENTES Y
ENFERMEDADES OCUPACIONALES
¿PARA QUÉ SE REALIZA?
Se realiza con el fin de reducir al mínimo la posibilidad de
sufrir un accidente en el lugar de trabajo para lo cual es
necesario establecer un conjunto de actividades que
permitan recopilar toda la información adecuada para
detectar las áreas, así como las condiciones que rodean a
los trabajadores en esa zona con el fin de poder
emprender las acciones correspondientes necesarias.
3. OBJETIVOS DEL PROGRAMA
Detectar factores que provocan accidentes.
Determinar condiciones de trabajo que generan riesgos,
para su corrección con acciones administrativas.
Enseñar a los trabajadores una cultura preventiva de
accidentes del trabajo mediante un adecuado uso de sus
herramientas de trabajo.
Cumplir con el marco legal establecido.
4. ¿Qué estrategias se deben llevar a cabo al realizar un
programa?
4) Evaluar periódicamente los resultados
respecto a la prevención
1) Enseñar a todos los trabajadores lo concerniente a la seguridad laboral.
2) Realizar inspecciones en todas las áreas de trabajo
3) Estimular a todos los trabajadores la importancia de su participación
en el programa de prevención de accidentes
5. NORMAS QUE LO RIGEN
LOPCYMAT
El artículo 80 establece que toda empresa, establecimiento, faena, cooperativa y otras formas de
asociación debe diseñar una política y elaborar e implementar un Programa de Seguridad y
Salud en el Trabajo específico y adecuado a los procesos de trabajo realizado por el centro de
trabajo.
El artículo 81 del Reglamento de la LOPCYMAT refiere que el proyecto o propuesta del Programa de
Seguridad y Salud en el Trabajo deberá ser elaborado por el Servicio de Seguridad y Salud en el
Trabajo de la empresa. Dicho proyecto luego sería sometido a consideración por el Comité de
Seguridad y Salud en el Trabajo el cual lo aprobará o solicitará su revisión. Finalmente, dicho deberá
ser aprobado por el INPSASEL
El artículo 82 del Reglamento Parcial de la LOPCYMAT establece parámetros acerca del contenido del
Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo. Dicho programa deberá contener los siguientes
aspectos:
•Política de compromiso del patrono sobre el cumplimiento del programa.
•Descripción de los procesos de trabajo, ya sean de producción o de servicios
•Identificación y evaluación de los riesgos y procesos peligrosos