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Trabajo práctico N° 3
Comisión: Longarini, Fabio.
Integrantes: Cañete, Marta.
Orellana, Natalia.
Materia: Seguridad I
Fecha de presentación: 04-07-2022
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1) ¿Cuálessonlas contingenciasysituacionescubiertasporlaleyde riesgo?
2) ¿de quiénesobligacióngestionarlasprestacionestantodinerariascomoenespecies?
3) ¿Qué son lasART? ¿Cuálessonsusfunciones?
4) ¿Qué significaque el empleadoresautoasegurado?¿qué requisitosdebecumplirpara
poderserlo?
5) ¿Cuándose efectúaa recalificaciónde personal?
1)
CONTINGENCIAS CUBIERTAS
Accidentes de Trabajo: todo acontecimiento súbito o violento ocurrido por el
o hecho o en ocasión del trabajo
Accidente “In Tinere”: ocurrido en trayecto entre el domicilio del trabajador y
o el trabajo, o viceversa, siempre que el damnificado no hubiere interrumpido o
o alterado dicho trayecto por causas ajenas al trabajo.
Enfermedades Profesionales: originadas en el ambiente de trabajo e
o incluidas en listado elaborado por el Poder Ejecutivo.
2)
ASEGURADORA DEL RIESGO DE TRABAJO: entes obligados a otorgar las prestaciones en
dinero y especie a los damnificados.
PRESTACIONES
Existen dos tipos: Dinerarias y Especie
Prestación dineraria: cubre la pérdida de ingreso del trabajador por no poder trabajar
o debido a la discapacidad.
Su cuantía se fija según el grado de discapacidad del trabajador (parcial-leve o grave-
o total) y su carácter (temporal, provisoria o permanente). Ocurrido un siniestro, el
salario será abonado por el empleador durante los primeros diez días y luego se
hará cargo la ART.
PRESTACIONES EN ESPECIE
Recalificación profesional
Asistencia médica y farmacéutica
Prótesis y ortopedia
Rehabilitación
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3)
ART: son empresas privadas con o sin fines de lucro, contratadas por empleadores para
asesorarlos en las medidas de prevencióny para reparar los daños en casos de accidentes
de trabajo o enfermedades profesionales.
Funcionesde laART
Brindartodas las prestacionesque fijalaleytantopreventivascomodinerarias,socialesy
de salud.
Evaluarla verosimilitudde losriesgosque declaraseel empleador.
Realizarlaevaluaciónperiódicade losriesgosexistentesenlasempresasafiliadasysu
evolución.
Efectuarlosexámenesmédicos periódicosparavigilarlasaludde lostrabajadores
expuestosaunagente de riesgodeclaradoporel empleador.
Visitarperiódicamente alosempleadoresparacontrolarel cumplimientode lasnormasde
prevenciónde riesgode trabajo.
PromoverlaprevencióninformandoalaART acerca de losplanesy programasexigidosa
lasempresas.
Mantenerun registrode siniestralidadporel establecimiento.
Informara losafiliadosacercade la composiciónde laentidadde susbalancesy de su
régimende alícuotas.
Controlarla ejecucióndel plande acciónde prevenciónde losempleadoresydenunciar
ante la superintendenciade riesgode trabajolosincumplimientosde dichoplan.
Brindar asesoramiento y asistencia técnica a los empleadores y a sus trabajadores en
materia de prevención de riesgo de trabajo.
4)
Situación en la que una persona, física o jurídica, soporta con su patrimonio las
consecuencias económicas derivadas de sus propios riesgos, sin intervención de ninguna
entidad aseguradora.
Requisitos: solvencia económica financiera para afrontar las prestaciones de esta ley,
garanticen los servicios necesarios para otorgar las prestaciones de asistencias médicas y
las de más previstas en el artículo 20 de la presente ley.
5)
LA RECALIFICACION LABORAL: Es una prestación que debe brindar el empleador auto
asegurado cuando quienes trabajan estuvieronimpedidos para trabajar o realizar tareas
habituales por causa de un accidente de trabajo o por una enfermedad profesional.