2. Christine de Pisan (Venecia 1364- Seine-et-Oise 1430) considerada la
primera escritora profesional en la Historia.
Querelle des femmes “QUIJEN DI FAM” es
el nombre por el que se conoce al debate
literario y académico que tuvo lugar a lo
largo de varios siglos abarcando desde
finales del siglo XIV, en la Europa
medieval, hasta la revolución francesa en
el siglo XVIII. integrado por un conjunto de
mujeres, casi todas ilustradas, letradas y
de clase superior, que escribieron y se
opusieron con las armas del intelecto a la
profunda corriente misógina.
Liderizado este movimiento literario por
LAS HIJAS DE LOS HOMBRES
ACAUDALADOS Christine de Pisan, Mary
Astell, Mary de Gournay, o Josefa Amar.
3. Ferdinand-Victor-Eugène Delacroix
La Libertad guiando al pueblo es un cuadro pintado en 1830
Las artes comienzan a reforzar la
imagen de la mujer tal y como se
expresa con La figura de la Libertad
en Francia que es conocida con el
nombre de Marianne. Por lo que la
libertad se representa con una
Marianne vibrante, energética y
rebelde que, con sus pechos
descubiertos, abre camino por sobre
los caídos guiando al pueblo hacia la
victoria. Marianne es la
representación simbólica de la madre
patria fogosa, guerrera, pacífica,
alimentadora y protectora.
La efigie de Marianne es
representativa también de la corriente
de Masonería liberal conocida como
Gran Oriente de Francia y la mas fe.
4. APROBADA POR LA ASAMBLEA CONSTITUYENTE FRANCESA EL 26 DE
AGOSTO DE 1789
Las mujeres animadas por el discurso
político de la Revolución Francesa que se
basaba en el paradigma universal de la
igualdad natural y política. Sin embargo,
los debates de la Asamblea Nacional
durante la Revolución negaron el acceso
de las mujeres a la soberanía política; era,
en definitiva, la exclusión de éstas de unos
derechos supuestamente universales. Una
revolucionaria, Olimpia de Gouges publicó
una Declaración de derechos de la Mujer y
la ciudadana (1791) en la que se
denunciaba la exclusión de las mujeres de
la representación política y reclamaba, con
insistencia, la ciudadanía de las mujeres.
De hecho, la Declaración era un calco del
Contrato Social de Rousseau y de la
Declaración de Derechos del Hombre de
1789.
5. • Marie Gouze
• Olimpia de Gouges,
Sus trabajos fueron profundamente feministas
incluyendo la igualdad con el hombre en el derecho
a voto, en el acceso al trabajo público, a hablar en
público de temas políticos, a acceder a la vida
política, a poseer y controlar propiedades, a formar
parte del ejército; incluso a la igualdad fiscal así
como el derecho a la educación y a la igualdad de
poder en el ámbito familiar y eclesiástico.
Asimismo realizó planteamientos sobre la supresión
del matrimonio y la instauración del divorcio, la idea
de un contrato anual renovable firmado entre
concubinos y militó por el reconocimiento paterno
de los niños nacidos fuera de matrimonio.
Precursora de la protección de la infancia y a los
desfavorecidos, al concebir en grandes líneas, un
sistema de protección materno-infantil (creación de
maternidades) y recomendar la creación de talleres
nacionales para los parados y de hogares para
mendigos
6. (27 de abril de 1759-10 de
septiembre de 1797) la pionera de
los Derechos de la Mujer en el
Reino Unido, fue una filósofa y
escritora inglesa. Considerada una
de las grandiosas figuras del mundo
moderno, escribió novelas, cuentos,
ensayos, tratados, un relato de viaje
y un libro de literatura infantil. Como
mujer del siglo XVIII, fue capaz de
establecerse como escritora
profesional e independiente en
Londres, algo inusual para la época.
Es una de las figuras fundacionales de la filosofía feminista y los feministas
la citan a menudo como una influencia importante tanto por su vida como
por su obra.
7. Vindicación de los derechos de la mujer
(1792), cuyo título original en inglés es "A
Vindication of the Rights of Woman: with
Strictures on Political and Moral Subjects", es
una de las primeras obras de la literatura y
filosofía feministas. En ella, Wollstonecraft
rebate la postura sostenida por los teóricos
políticos y educacionales del siglo XVIII de que
las mujeres no debían tener acceso a la
educación. Argumenta que las mujeres
deberían recibir una educación acorde a su
posición en la sociedad ya que, según la
escritora, son esenciales para la nación
porque son ellas las que educan a los hijos y
porque podrían ser consideradas no sólo
meras esposas, sino pares de sus maridos.
decía en su libro “como el poder persigue la
obediencia ciega, los tiranos y los libertinos
están en lo cierto cuando tratan de mantener a
la mujer en la oscuridad, porque los primeros
solo desean esclavos y los últimos juguetes”.
8. Apoya a la francesa Olimpia de Gouges y
la inglesa Mary Wollstonecraft quienes a
través de sus Libros y acciones
inauguraron una época que se ha llamado
el “feminismo ilustrado”. Es uno de los
Precursores o Iniciadores de la “Cultura de
Respeto a los Derechos Humanos de la
Mujer en el mundo. Francisco de Miranda
escribe a Jérôme Pétion acusando recibo
de la invitación extendida por el gobierno
revolucionario francés para discutir los
pormenores de un posible ataque contra
España y sus colonias. Informa de la buena
marcha de la situación militar en Bélgica y
da su punto de vista sobre la actualidad
política. Se alegra de la pérdida de
popularidad de Robespierre y solicita que
se le otorgue el derecho al voto a las
mujeres.
Su nombre está unido a los grandes filósofos del siglo XVII, pioneros en
solicitar las reivindicaciones femeninas como lo fueron; Francois Poulain de
la Barrey el Marqués de Condorcet.
9. En 1903 fundó la Unión Social y Política de
Mujeres, organización consagrada a
conseguir el voto para las mujeres en Gran
Bretaña. Sus militantes rompían cristales e
incendiaban edificios deshabitados para
llamar la atención sobre su causa.
Encarcelada por primera vez en 1908,
Pankhurst mantuvo una huelga de hambre
como protesta en éste y posteriores
periodos que pasó en prisión. En 1999 la
revista Time nombró a Pankhurst como una
de las 100 personas más importantes del
siglo XX, afirmando: "ella moldeó una idea
de mujeres para nuestra época; impulsó a
la sociedad hacia una nueva estructura de
la cual ya no podía haber vuelta atrás
Emmeline fue una activista política británica y líder del movimiento
sufragista.
10. • https://losojosdehipatia.com.es/cultura/historia/el-movimiento-obrero-femenino-en-la-francia-de-la-gran-
guerra/+
En 1917. En Francia es importante
destacar la labor del ministro socialista de
armamentos, Albert Thomas, que creó un
Comité de Trabajo Femenino encargado
de proteger a las mujeres, estableciendo
normas sobre el descanso, organizando
guarderías, tiempos para que las madres
pudieran amamantar. Se puede considerar
que el propio hecho de necesitar a las
mujeres, además de la peligrosidad en
determinados trabajos como los
relacionados con los explosivos, provocó
que la enorme brecha entre los salarios de
hombres y mujeres se redujera en relación
con los tiempos previos a la contienda.
11. El movimiento reivindicativo de las mujeres nace
con el libro de Simone de Beauvoir EL SEGUNDO
SEXO (1949)., analiza la percepción y tratamiento
de las mujeres a través de la historia y fue tan
polémico que el Vaticano lo puso en la lista de los
libros prohibidos. Así como LA MÍSTICA DE LA
FEMINIDAD (1963) de Betty Friedan que
denunciaba el malestar cultural de las mujeres
estadounidenses. Una y otra destacarán cómo el
control social informal había sido muy eficaz al
hegemonizar un modelo de género que identifica a
la mujer como madre y esposa; este modelo
cercena toda posibilidad de realización personal y
culpabiliza a aquellas que no son felices en ese
proyecto de vida.
Los años 60 en toda Europa puso en evidencia a
un sistema político y social que tiene su
legitimación en la universalidad de sus principios
pero que es sexista, racista e imperialista. El
neofeminismo nace precisamente en ese marco
Simone de Beauvoir fue una escritora, profesora y filósofa francesa defensora
de los derechos humanos y feminista. Escribió novelas, ensayos, biografías y
monográficos sobre temas políticos, sociales y filosóficos
12. Los Instrumentos Jurídicos Internacionales conforman “LA JUSTICIA GLOBAL
DE GENERO”.
En 1988 en su condición de Delegada Titular
de Venezuela con rango de Embajadora ante
la Comisión Interamericana de Mujeres de la
Organización de Estados Americanos (OEA).
lideró el proceso de la” Convención
Interamericana para Prevenir, Sancionar y
Erradicar la Violencia contra la Mujer”,
aprobada el 9 de Junio de 1994, en Belem do
Pará, durante la celebración de la XXIV
Asamblea General de la OEA.. Hoy cuenta con
32 Ratificaciones. Esta legislación promovió la
creación de una Justicia de Genero traducida
en novísimas leyes nacionales, Políticas de
Estado, Tribunales, Fiscalías y Defensorías
Especiales y una nueva organización
administrativa para la protección en las
Américas, de las víctimas de violencia contra la
mujer.
15. Desde sus inicios en 1945, las Naciones Unidas ha
promovido la cooperación internacional en la solución de
los problemas, sin distinción por motivos de raza, sexo,
idioma o religión». por lo que a raíz de este ESTUDIO DE
COSTOS DE LA VIOLENCIA CONTRA LA MUJER, se
desprendieron una serie de proyectos tanto dentro y fuera
de la Organización tales como El Fondo Fiduciario de la
ONU para Eliminar la Violencia contra la Mujer (Fondo
Fiduciario de la ONU). Asì como la EIGE que opera en el
marco de las políticas e iniciativas de la Unión Europea.
Para respaldar la formulación de políticas mejor
informadas, EIGE contribuye a la promoción de la
igualdad de género en Europa mediante el suministro de
expertos de alto nivel a la Comisión Europea, el
Parlamento Europeo, los Estados miembros y los países
de la ampliación.
18. • a) asumir la dirección de la coordinación y la formación de
alianzas
• estratégicas dentro del sistema de la UE de manera más
eficaz y eficiente, y desempeñar la función de centro de
conocimientos sobre la igualdad entre los géneros y el
empoderamiento de las mujeres;
• b) forjar una sólida cultura de aprendizaje fundada en la
gestión basada en resultados, la presentación de informes y la
gestión y evaluación de los conocimientos;
• c) aumentar la eficacia institucional con una sólida capacidad
a nivel de los países, las regiones y las instituciones;
• y d) movilizar y obtener un monto considerablemente mayor
de recursos a favor de la igualdad entre los géneros y el
empoderamiento de las mujeres.
19. • Existen muchas formas diferentes de violencia contra la
mujer: física, sexual, psicológica y económica. Algunas
cobran más importancia, mientras que otras las van
perdiendo a medida que las sociedades experimentan
cambios demográficos, reestructuración económica y
transformaciones sociales y culturales.
• Por ejemplo, las nuevas tecnologías pueden generar
nuevas formas de violencia, como el acoso por internet o
por teléfonos móviles. Algunas formas, como la trata
internacional y la violencia contra las trabajadoras
migratorias, trascienden las fronteras nacionales.
20. En sus relaciones exteriores, a
través del Plan de Acción de la
UE en materia de género 2016-
2020, la Comisión se centrará
especialmente en la ayuda a las
mujeres y a las niñas en todo el
mundo que hayan sido excluidas
de la educación, de un acceso en
igualdad de condiciones a la
salud y los servicios de
planificación familiar, al mercado
laboral y a la vida política,
además de sufrir normas y leyes
discriminatorias en materia de
herencia, ciudadanía o propiedad.
23. • Convención sobre la eliminación de todas las
formas de discriminación contra la mujer
• Protocolo Facultativo de la Convención sobre
la eliminación de todas las formas de
discriminación contra la mujer
• Declaración sobre la protección de la mujer y
el niño en estados de emergencia o de conflicto
armado
• Declaración sobre la eliminación de la
violencia contra la mujer
24. I. EL ACERVO COMUNITARIO EN RELACIÓN CON LA
IGUALDAD DE TRATO Y DE LA IGUALDAD DE
OPORTUNIDADES
• El principio de igualdad de trato fue propugnado por primera
vez por el artículo 119 del Tratado CEE como el derecho a
una igual retribución para un mismo trabajo. Esta disposición,
aunque de alcance limitado, fue evolucionando
progresivamente en una serie de instrumentos comunitarios
para la salvaguarda de los principios de igualdad de acceso al
empleo, a la formación profesional y a las promociones, y a
las condiciones laborales y de vida, hasta llegar por último al
principio de no discriminación por razones de sexo u
orientación sexual, propuesto en la Conferencia
Intergubernamental para la reforma de la Unión Europea y del
Tratado
25. • 1. El Tratado de Amsterdam
• artículo 2: consecución de la igualdad entre hombres y mujeres, como
uno de los objetivos comunitarios;
• artículo 3, apartado 2: eliminación de las desigualdades en todas las
estrategias de empleo y acciones comunitarias;
• artículo 13 (antiguo artículo 6A): lucha contra la discriminación por
razones de sexo u orientación sexual;
• artículo 137 (antiguo artículo 118): fomento de la igualdad entre
hombres y mujeres en relación con las oportunidades en el mercado
laboral y con el trato en el lugar de trabajo;
• artículo 141 (antiguo artículo 119): aplicación del principio de igual
retribución para hombres y mujeres para un mismo trabajo o un trabajo
equivalente; igual retribución sin lugar a discriminaciones por razón de
sexo e introducción de "medidas que ofrezcan ventajas concretas
destinadas a facilitar al sexo menos representado el ejercicio de
actividades profesionales o a evitar o compensar desventajas en sus
carreras profesionales"
26. • 2. Directivas y otros instrumentos
• Desde 1975, la Comunidad Europea ha adoptado una
serie de Directivas( 2) para favorecer la situación de la
mujer en los mercados de trabajo. Asimismo, la Unión
Europea ha aplicado desde 1982 cuatro Programas de
acción destinados a promocionar la igualdad de
oportunidades,
• La UE ha aprobado diversos documentos para una mejor
conciliación de la vida familiar y laboral por parte de la
mujer, mediante el reparto de la carga de
responsabilidades con los hombres. incluye una serie de
iniciativas de apoyo a las medidas de los Estados
miembros en materia de desarrollo de políticas sobre el
cuidado de niños con vista a la conciliación de la vida
laboral y familiar.