1. REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN
UNIVERSITARIA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA
UNIVERSIDAD POLITÉCNICA TERRITORIAL DEL ESTADO MÉRIDA
“KLÉBER RAMÍREZ” - CONVENIO ULAC-CSF
PATRIMONIO CULTURAL
Nombre de la asignatura
Patrimonio Cultural
Autor:
Álvarez Núñez, Menfis
CI. V- 10.784.470
Caracas, octubre de 2019
2. PATRIMONIO CULTURAL
La Teoría de los Bienes Culturales de Massimo S. Giannini.
De acuerdo Alegre Ávila, Juan ( 1994), fue Massimo Giannnini (1976),
integrante de la comisión Franceschini, quien, dos décadas después de que
finalizaran los trabajos de las misma, elaboro la llamada “teoría de los bienes
culturales”, construcción dogmática que se “inserto en el bagaje doctrinal y
dogmático de los autores que han tratado el tema de los bienes culturales” y que
incluso ha llegado ser admitida por el legislador ordinario, incluyendo dicha
terminología en el texto de diversas normativas.
Giannini, respeto a sus expresiones “historia de la civilización” y “testimonio
material dotado de valor de civilización” considera que por civilización se han de
entender la acepción amplia a las ciencias del hombre: conjunto de modos de
pensar, sentir y vivir de los grupos sociales en el tiempo y espacio y entiende que
no se está haciendo referencia al grado de evolución de la civilización. Entiende
que, para el jurista, se trata de un concepto abierto cuyo contenido viene dado por
teóricos de otras disciplinas o por categorías de objetos, por ello, el concepto de
bien cultural como testimonio material de los valores de la civilización puede ser
asumido como un concepto jurídico valido, aunque es un concepto previo, ya que
no será la normativa jurídica la que le dará contenido propio, sino que operan
mediante el reenvió de otras disciplinas no jurídicas.
El concepto de bien cultural siempre ha estado ligado a la historia y en cada
época han existidos concepciones propias sobre que se entendía por bienes
culturales, por ello, la definición de bien cultural como testimonio de los valores de
la civilización permite aglutinar en este concepto toda clase de cosas del pasado
y del presente (cualquier cosa de uso corriente pude convertirse en un bien
cultural en tanto que testimonio de los valores de la civilización). El elemento
clave se sitúa en constituir “testimonio”, y ser representativo de un momento
determinado de una civilización durante su historia, independientemente de su
valía artística.
3. -1-
En cuantos a los bienes del patrimonio bibliográfico, Giannini afirma que los
órganos de la Administración han empleado juicios amplios a la hora de decidir
que bienes culturales lo integran. Respecto a los bienes de patrimonio
documental, el juicio de valor se producía a la hora del de los documentos de los
archivos administrativos, cuando intervenían las comisiones para el material que
se deposita del que puede ser destruido. En cuanto a los documentos de archivos
privados, el juicio de valor era el mismo que para los bienes de patrimonio
documental.
La clasificación de patrimonio de la Organización de las Naciones Unidas para
la Educación, la Ciencia y la Cultura, conocida como la UNESCO. Pero antes de
empezar qué es el patrimonio cultural:
En los pueblos, las obras de sus artistas, arquitectos, músicos, escritores y
sabios, así como las creaciones anónimas, surgidas del alma popular, y el
conjunto de valores que dan sentido a la vida, es decir, las obras materiales y no
materiales que expresan la creatividad de ese pueblo; la lengua, los ritos, las
creencias, los lugares y monumentos históricos, la literatura, las obras de arte y
los archivos y bibliotecas (UNESCO, 1982).
El conjunto de bienes culturales y naturales, tangibles e intangibles, generados
localmente, y que una generación hereda / transmite a la siguiente con el
propósito de preservar, continuar y acrecentar dicha herencia. (De Carli, 2006)
Por tanto, el patrimonio cultural puede ser tangible e intangible. No se limita a
monumentos y colecciones de objetos, sino que comprende también tradiciones o
expresiones vivas heredadas y transmitidas a otras generaciones. Dentro de lo
tangible se puede clasificar del tipo «bienes muebles», es decir, todos aquellos
que se pueden trasladar. O lo «bienes inmuebles», aquellos que no se pueden
trasladar de su lugar ya que perderían parte de su contenido y valor.
4. -2-
Acorde la UNESCO, el Patrimonio se sub-clasifica, en diversos patrimonios
con la finalidad de agrupar los distintos tipos de bienes y facilitar su estudio y
tratamiento, de acuerdo a la fundación ILAM como se presenta en el siguiente
diagrama:
Sin embargo -aceptando la anterior clasificación-, para una mayor claridad,
funcionalidad en el uso y aplicación de estos 'patrimonios', en ILAM proponemos
la siguiente clasificación, que consiste principalmente en la división del Patrimonio
Cultural en tres patrimonios de igual jerarquía, y se mantienen los otros dos
patrimonios – Natural y Cultural-Natural- según fueron establecidos:
- el Patrimonio Cultural (enfocado en las colecciones culturales muebles),
- el Patrimonio Construído (enfocado en los bienes culturales inmuebles)
- el Patrimonio Intangible (enfocado en expresiones culturales intangibles)
- el Patrimonio Cultural-Natural