1. LEYES EDUCATIVAS
La Constitución de 1812 fue el primer documento del liberalismo español.
Pretendió eliminar los pilares del Antigua Régimen. Esta Constitución apenas pudo
aplicarse debido a que Fernando VII pronto restableció el absolutismo.
Respecto a la educación, con esta Constitución se pretendió mejorar la situación
educativa de los españoles. Se crearon escuelas en los pueblos para enseñar a leer,
escribir y contar. También pretendían crear Universidades. La Educación que se
pretende dar en los centros tiene como objetivo reducir el analfabetismo del país
mediante la ideología liberal.
En la Ley Moyano se percibe un solo currículo. Este currículo tiene cambios
según el sexo: para las niñas se cambian las asignaturas de agricultura, industria y
comercio, geometría, dibujo lineal y nociones de física e historia natural por labores
propias del sexo, elementos de dibujo aplicados a estas labores, y ligeras nociones de
higiene doméstica.
Aunque la Ley Moyano no fue una ley innovadora, con ella se implementaron
los grandes principios del moderantismo histórico, como la gratuidad relativa para
enseñanza primaria, centralización, uniformidad, secularización y libertad de enseñanza
limitada.
En 1931 se proclamó la II República. En esta época se consiguieron muchos
avances en educación. La Constitución republicana proclama la escuela única, gratuita y
obligatoria de la enseñanza primaria. La educación era mixta y se suprimieron las
diferencias de clases. Se construyeron alrededor de 7000 escuelas y se invirtió mucho en
la Escuela Pública.
Comparando los artículos 49 y 50 de la Constitución de la II República con la
actual, respecto al 49 vemos que durante la II República era el Estado quién concedía
los títulos académicos, mientras que en la actualidad es el Rey y el Ministerio de
Educación. Respecto al 50 no hay mucha diferencia, ya que la lengua oficial sigue
siendo el castellano.
En cuanto a las competencias, en la II República no había unas competencias
como tal puesto que se quería implantar una escuela libre de enseñanza en la que se
llevaban a cabo unos principios pedagógicos. Actualmente existen competencias como
tal. Son 8. En el caso de Castilla La Mancha son 9.
2. Las características más relevantes de la LGE fueron: generalización de la
educación de los 6 a los 14 años para toda la población, preocupación por la calidad de
la enseñanza, fin del principio de subsidiariedad, presencia notable de la enseñanza
privada en los niveles no universitarios, preocupación por establecer relaciones entre el
sistema educativo y el mundo del trabajo, creación de un tronco común, elevó la carrera
de Magisterio al rango universitario, estableció un sistema de becas para lograr la
igualdad de oportunidades e introduce el concepto de evaluación continua.
En el artículo 27 de la Constitución de 1978 se habla sobre el derecho a la
educación y la libertad de enseñanza. Todos tienen derecho a la educación. La
educación tiene como objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana, es
obligatoria y gratuita, se reconoce la autonomía de la Universidades y los poderes
públicos ayudarán a los centros docentes que reúnan los requisitos que la ley establezca.
La LOGSE puso en marcha un sistema educativo basado en los principios de la
Constitución de 1978 e inició una gestión democrática de los centros. Permitió que las
comunidades autónomas redactas en gran porcentaje de los contenidos curriculares
además de gestionar los centros educativos, lo que convertiría la enseñanza española en
un sistema descentralizado. También se optó por potenciar un sistema de enseñanza
constructivista, un currículo mucho más abierto y flexible con diferentes niveles
concreciones.
Respecto a la LOMCE, los cambios que se producen son: Pruebas de evaluación
final para obtener el título de Graduado en ESO y el título de Bachiller, se ofrecen dos
opciones en 4º de ESO, mayor importancia de las asignaturas troncales diseñadas por el
Gobierno, obligatoriedad de la oferta de enseñanzas cuya lengua vehicular sea el
castellano, educación plurilingüe, validez académica de la asignatura de religión, nuevas
modalidades de FP, ampliación de las competencias del director en detrimento del
Consejo Escolar, posibilidad de construir y gestionar colegios privados concertados
sobre suelo público, conciertos con los colegios que separan por sexos, etc.