MAYO 1 PROYECTO día de la madre el amor más grande
Análisis comparativo Loe - Lomce
1. Educación y Sociedad. Sociología: Práctica 6 Profesor: Ángel Valero
Curso: 2014 – 2015 Facultad de Educación de Toledo – UCLM
Alumno: David Gómez Rosado Grupo: 2B
PRÁCTICA 6: Análisis comparativo LOE – LOMCE
1.- Señala los objetivos y principios sobre los que se articula la LOMCE, de acuerdo con
el preámbulo de la ley.
De acuerdo con lo establecido en la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para
la mejora de la calidad educativa, podemos observar que en el apartado de preámbulos
aparecen los siguientes puntos destacables a modo de objetivos:
- “El aprendizaje en la escuela debe ir dirigido a formar personas autónomas,
críticas, con pensamiento propio”. Aquí se hace referencia también al talento de los
alumnos, como aquello inherente al mismo que debe ser explotado y potenciado, con el
objetivo de encauzar a los alumnos a una trayectoria más adecuada a sus capacidades.
- El objetivo de la reforma legislativa tiene también como meta la transformación,
no sólo del sistema educativo, sino de toda la comunidad, adquiriendo un papel activo.
- Asimismo, según el preámbulo de la citada ley, se tendrán como objetivos cubrir
las demandas del aprendizaje, mejora de las condiciones de los alumnos, crear una
educación personalizada y universal, luchar contra la exclusión y reducir las altas tasas
de abandono escolar. También se luchará contra la injusticia y la degradación social,
teniendo como referentes los principios de equidad y calidad, aparentemente
contradictorios, con el fin de reducir el absentismo escolar.
- En el 4º punto del preámbulo se hace referencia a la educación como clave para
la “transformación hacia una sociedad más abierta, global y participativa (…) mediante
la formación de personas activas con autoconfianza, curiosas, emprendedoras e
innovadoras”.
- El siguiente punto nos habla sobre los índices de escolaridad tras el periodo de
transición, la mejora del índice de homogeneidad de sexos según análisis de la OCDE.
Alude a la necesidad de la reforma educativa debido a los elevados índices de abandono
temprano de la educación y de la formación y el reducido número de estudiantes que
alcanzan la excelencia. También hace alusión a los resultados EUROSTAT (2011)
situando la tasa de abandono escolar en un 26,5 % en 2011, la calificación de PISA
(2009).
- El aumento de la autonomía de los centros es una recomendación reiterada de la
OCDE para mejorar los resultados de los mismos. Esta reforma contribuye también a
reforzar la capacidad de gestión de la dirección de los centros ofreciendo al personal
docente más responsabilidades.
- Otra finalidad está relacionada con la inclusión de las evaluaciones externas,
novedosas en LOMCE, con el objetivo de eliminar barreras educativas.
- “La racionalización de la oferta educativa, reforzando en todas las etapas el
aprendizaje de materias troncales que contribuyan a la adquisición de las competencias
fundamentales para el desarrollo académico de los alumnos y alumnas, es otro objetivo
básico de la reforma”.
- La flexibilización de trayectorias, incorporación generalizada de las TIC,
dominio de una segunda e incluso una tercera lengua extranjera y el desarrollo de la
Formación Profesional son otros de los puntos en los que se centra la LOMCE como
propuestas de mejora.
2. Educación y Sociedad. Sociología: Práctica 6 Profesor: Ángel Valero
Curso: 2014 – 2015 Facultad de Educación de Toledo – UCLM
Alumno: David Gómez Rosado Grupo: 2B
2.1.- Señala las principales diferencias entre LOE y LOMCE en relación a la educación
Primaria.
Partiendo de que LOMCE es una modificación de LOE y, por tanto, mantiene la mayoría
de sus puntos intactos, procedo en el siguiente apartado a señalar las principales diferencias
existentes entre ambas leyes, aún vigentes, en relación a la etapa Primaria partiendo de la
redacción de los elementos característicos LOE y su equivalencia/cambio en LOMCE:
LOE LOMCE*
*En ROJO, aquellos elementos que incluye
*En AZUL, aquellos elementos que suprime
*En NEGRO, aquellos elementos iguales o similares
Capítulo II:
Ed.
Primaria
Art. 16: Principios generales
1.- La educación primaria es una etapa educativa que
comprende seis cursos académicos, que se cursarán
ordinariamente entre los seis y los doce años de edad.
2.- La finalidad de la educación primaria es
proporcionar a todos los niños y niñas una educación
que permita afianzar su desarrollo personal y su
propio bienestar, adquirir las habilidades culturales
básicas relativas a la expresión y comprensión oral, a
la lectura, a la escritura y al cálculo, así como
desarrollar las habilidades sociales, los hábitos de
trabajo y estudio, el sentido artístico, la creatividad y
la afectividad.
3.- La acción educativa en esta etapa procurará la
integración de las distintas experiencias y
aprendizajes del alumnado y se adaptará a sus ritmos
de trabajo.
Se modifica el apartado 2 del art. 16:
2.- La finalidad de la Educación Primaria es facilitar a los
alumnos y alumnas los aprendizajes de la expresión y
comprensión oral, la lectura, la escritura, el cálculo, la
adquisición de nociones básicas de la cultura, y el hábito de
convivencia así como los de estudio y trabajo, el sentido
artístico, la creatividad y la afectividad, con el fin de
garantizar una formación integral que contribuya al pleno
desarrollo de la personalidad de los alumnos y alumnas y de
prepararlos para cursar con aprovechamiento la Educación
Secundaria Obligatoria.
Capítulo II:
Ed.
Primaria
Art. 17: Objetivos de la educación primaria
La educación primaria contribuirá a desarrollar en
los niños y niñas las capacidades que les permitan:
a) Conocer y apreciar los valores…
b) Desarrollar hábitos de trabajo individual y de
equipo, de esfuerzo y responsabilidad en el estudio,
así como actitudes de confianza en sí mismo, sentido
crítico, iniciativa personal, curiosidad, interés y
creatividad en el aprendizaje.
c) Adquirir habilidades para la prevención y para la
resolución pacífica de conflictos, …
d) Conocer, comprender y respetar las diferentes
culturas…
e) Conocer y utilizar de manera apropiada la lengua
castellana…
f) Adquirir en, al menos, una lengua extranjera…
g) Desarrollar las competencias matemáticas
básicas…
h) Conocer y valorar su entorno natural, social y
cultural, así como las posibilidades de acción y
cuidado del mismo.
i) Iniciarse en la utilización de TIC…
j) Utilizar diferentes representaciones y expresiones
artísticas e iniciarse en la construcción de propuestas
visuales.
k) Valorar la higiene y la salud…
l) Conocer y valorar los animales…
m) Desarrollar sus capacidades afectivas…
n) Fomentar la educación vial…
Se modifican los párrafos b), h) y j) del artículo 17, que
pasa a tener la siguiente redacción:
b) Desarrollar hábitos de trabajo individual y de equipo, de
esfuerzo y de responsabilidad en el estudio, así como
actitudes de confianza en sí mismo, sentido crítico, iniciativa
personal, curiosidad, interés y creatividad en el aprendizaje,
y espíritu emprendedor.
h) Conocer los aspectos fundamentales de las Ciencias de la
Naturaleza, las Ciencias Sociales, la Geografía, la Historia
y la Cultura.
j) Utilizar diferentes representaciones y expresiones
artísticas e iniciarse en la construcción de propuestas
visuales y audiovisuales.
3. Educación y Sociedad. Sociología: Práctica 6 Profesor: Ángel Valero
Curso: 2014 – 2015 Facultad de Educación de Toledo – UCLM
Alumno: David Gómez Rosado Grupo: 2B
Capítulo II:
Ed.
Primaria
Art. 18: Organización
1. La etapa de educación primaria comprende tres
ciclos de dos años académicos cada uno y se organiza
en áreas, que tendrán un carácter global e integrador.
2. Las áreas de esta etapa educativa son las
siguientes: - Conocimiento del medio natural, social y
cultural.
- Educación artística.
- Educación física.
- Lengua castellana y literatura y, si la hubiere,
lengua cooficial y literatura.
- Lengua extranjera.
- Matemáticas.
3. En uno de los cursos del tercer ciclo de la etapa, a
las áreas incluidas en el apartado anterior se añadirá
la de educación para la ciudadanía y los derechos
humanos, en la que se prestará especial atención a la
igualdad entre hombres y mujeres.
4. En el tercer ciclo de la etapa, las Administraciones
educativas podrán añadir una segunda lengua
extranjera.
5. Las áreas que tengan carácter instrumental para la
adquisición de otros conocimientos recibirán especial
consideración.
6. En el conjunto de la etapa, la acción tutorial
orientará el proceso educativo individual y colectivo
del alumnado.
Modificaciones en art.18:
1. La etapa de Educación Primaria comprende seis cursos y
se organiza en áreas, que tendrán un carácter global e
integrador.
2. Los alumnos y alumnas deben cursar las siguientes áreas
del bloque de asignaturas troncales en cada uno de los
cursos:
- Ciencias de la Naturaleza.
- Ciencias Sociales.
- Lengua Castellana y Literatura.
- Matemáticas.
- Primera Lengua Extranjera.
3. Los alumnos y alumnas deben cursar las siguientes áreas
del bloque de asignaturas específicas en cada uno de los
cursos:
a) Educación Física.
b) Religión, o Valores Sociales y Cívicos, a elección de los
padres, madres o tutores legales.
c) En función de la regulación y de la programación de la
oferta educativa que establezca cada Administración
educativa y, en su caso, de la oferta de los centros docentes,
al menos una de las siguientes áreas del bloque de
asignaturas específicas:
1.- Educación Artística.
2.- Segunda Lengua Extranjera.
3.- Religión, sólo si los padres, madres o tutores legales no
la han escogido en la elección indicada en el apartado 3.b).
4.- Valores Sociales y Cívicos, sólo si los padres, madres o
tutores legales no la han escogido en la elección indicada en
el apartado 3.b).
Capítulo II:
Ed.
Primaria
Art. 19: Principios pedagógicos
1. En esta etapa se pondrá especial énfasis en la
atención a la diversidad del alumnado, en la atención
individualizada, en la prevención de las dificultades
de aprendizaje y en la puesta en práctica de
mecanismos de refuerzo tan pronto como se detecten
estas dificultades.
2. Sin perjuicio de su tratamiento específico en
algunas de las áreas de la etapa, la comprensión
lectora, la expresión oral y escrita, la comunicación
audiovisual, las tecnologías de la información y la
comunicación y la educación en valores se trabajarán
en todas las áreas.
3. A fin de fomentar el hábito de la lectura se dedicará
un tiempo diario a la misma.
Se suprime el apartado 2 del artículo 19
Se añade un apartado 4 al artículo 19, con la siguiente
redacción:
4. La lengua castellana o la lengua cooficial sólo se
utilizarán como apoyo en el proceso de aprendizaje de la
lengua extranjera. Se priorizarán la comprensión y la
expresión oral. Se establecerán medidas de flexibilización y
alternativas metodológicas en la enseñanza y evaluación de
la lengua extranjera para el alumnado con discapacidad, en
especial para aquél que presenta dificultades en su
expresión oral. Estas adaptaciones en ningún caso se
tendrán en cuenta para minorar las calificaciones obtenidas.
4. Educación y Sociedad. Sociología: Práctica 6 Profesor: Ángel Valero
Curso: 2014 – 2015 Facultad de Educación de Toledo – UCLM
Alumno: David Gómez Rosado Grupo: 2B
Capítulo II:
Ed.
Primaria
Art. 20: Evaluación
1. La evaluación de los procesos de aprendizaje del
alumnado será continua y global y tendrá en cuenta
su progreso en el conjunto de las áreas.
2. El alumnado accederá al ciclo educativo o etapa
siguiente siempre que se considere que ha alcanzado
las competencias básicas correspondientes y el
adecuado grado de madurez.
3. No obstante lo señalado en el apartado anterior, el
alumnado que no haya alcanzado alguno de los
objetivos de las áreas podrán pasar al ciclo o etapa
siguiente siempre que esa circunstancia no les impida
seguir con aprovechamiento el nuevo curso. En este
caso recibirán los apoyos necesarios para recuperar
dichos objetivos.
4. En el supuesto de que un alumno no haya alcanzado
las competencias básicas, podrá permanecer un curso
más en el mismo ciclo. Esta medida podrá adoptarse
una sola vez a lo largo de la educación primaria y con
un plan específico de refuerzo o recuperación de sus
competencias básicas.
5. Con el fin de garantizar la continuidad del proceso
de formación del alumnado, cada alumno dispondrá
al finalizar la etapa de un informe sobre su
aprendizaje, los objetivos alcanzados y las
competencias básicas adquiridas, según dispongan
las Administraciones educativas. Asimismo las
Administraciones educativas establecerán los
pertinentes mecanismos de coordinación.
El art. 20 queda redactado de la siguiente manera:
1. La evaluación de los procesos de aprendizaje del
alumnado será continua y global y tendrá en cuenta su
progreso en el conjunto de las áreas. Se establecerán las
medidas más adecuadas para que las condiciones de
realización de las evaluaciones se adapten a las necesidades
del alumnado con necesidades educativas especiales.
2. El alumno o alumna accederá al curso o etapa siguiente
siempre que se considere que ha logrado los objetivos y ha
alcanzado el grado de adquisición de las competencias
correspondientes. De no ser así, podrá repetir una sola vez
durante la etapa, con un plan específico de refuerzo o
recuperación. Se atenderá especialmente a los resultados de
la evaluación individualizada al finalizar el tercer curso de
Educación Primaria y de final de Educación Primaria. 3.
Los centros docentes realizarán una evaluación
individualizada a todos los alumnos y alumnas al finalizar el
tercer curso de Educación Primaria, según dispongan las
Administraciones educativas, en la que se comprobará el
grado de dominio de las destrezas, capacidades y
habilidades en expresión y comprensión oral y escrita,
cálculo y resolución de problemas en relación con el grado
de adquisición de la competencia en comunicación
lingüística y de la competencia matemática. De resultar
desfavorable esta evaluación, el equipo docente deberá
adoptar las medidas ordinarias o extraordinarias más
adecuadas.
4. Se prestará especial atención durante la etapa a la
atención personalizada de los alumnos y alumnas, la
realización de diagnósticos precoces y el establecimiento de
mecanismos de refuerzo para lograr el éxito escolar.
5. En aquellas Comunidades Autónomas que posean, junto
al castellano, otra lengua oficial de acuerdo con sus
Estatutos, los alumnos y alumnas podrán estar exentos de
realizar la evaluación del área Lengua Cooficial y
Literatura según la normativa autonómica correspondiente.
Capítulo II:
Ed.
Primaria
Art. 21: Evaluación de diagnóstico
Al finalizar el segundo ciclo de la educación primaria
todos los centros realizarán una evaluación de
diagnóstico de las competencias básicas alcanzadas
por sus alumnos. Esta evaluación, competencia de las
Administraciones educativas, tendrá carácter
formativo y orientador para los centros e informativo
para las familias y para el conjunto de la comunidad
educativa. Estas evaluaciones tendrán como marco de
referencia las evaluaciones generales de diagnóstico
que se establecen en el artículo 144.1 de esta Ley.
Art. 21: Evaluación final de Educación Primaria
1. Al finalizar el sexto curso de Educación Primaria, se
realizará una evaluación individualizada a todos los
alumnos y alumnas, en la que se comprobará el grado de
adquisición de la competencia en comunicación lingüística,
de la competencia matemática y de las competencias básicas
en ciencia y tecnología, así como el logro de los objetivos de
la etapa.
2. El Gobierno, previa consulta a las Comunidades
Autónomas, establecerá los criterios de evaluación y las
características generales de las pruebas para todo el
Sistema Educativo Español con el fin de asegurar unos
criterios y características de evaluación comunes a todo el
territorio.
3. El resultado de la evaluación se expresará en niveles. El
nivel obtenido por cada alumno o alumna se hará constar en
un informe, que será entregado a los padres, madres o
tutores legales y que tendrá carácter informativo y
orientador para los centros en los que los alumnos y alumnas
hayan cursado sexto curso de Educación Primaria y para
aquellos en los que cursen el siguiente curso escolar, así
como para los equipos docentes, los padres, madres o
tutores legales y los alumnos y alumnas. (…)
5. Educación y Sociedad. Sociología: Práctica 6 Profesor: Ángel Valero
Curso: 2014 – 2015 Facultad de Educación de Toledo – UCLM
Alumno: David Gómez Rosado Grupo: 2B
2.2.- Diferencias entre competencias LOE y LOMCE en relación a la Educación Primaria.
LOE LOMCE
COMPETENCIAS BÁSICAS
D. 68/2007 D. 54/2014
a. Competencia en comunicación lingüística.
b. Competencia matemática.
c. Competencia en conocimiento e interacción con
el mundo físico.
d. Competencia digital y de tratamiento de la
información.
e. Competencia social y ciudadana.
f. Competencia cultural y artística.
g. Competencia para aprender a aprender.
h. Competencia en autonomía e iniciativa personal.
i. Competencia emocional.
a. Competencia en comunicación lingüística.
b. Competencia matemática y competencias
básicas en ciencia y tecnología.
c. Competencia digital.
d. Competencia para aprender a aprender.
e. Competencias sociales y cívicas.
f. Competencia en sentido de iniciativa y
espíritu emprendedor.
g. Competencia en conciencia y expresiones
culturales.
3.- Valoración crítica de los formatos anteriores.
Como ya he afirmado en los puntos anteriores, LOMCE surge como una necesidad
(¿sociopolítica?) promovida por la situación imperante en nuestro sistema educativo. Ésta
situación viene impuesta por los resultados obtenidos por España en los Informes PISA
de la OCDE, a la cual se le atribuyen unos resultados por debajo de la media de los países
que conforman la OCDE, aunque no tan malos como nos hacen creer los medios.
Otro punto a tener en cuenta, algo más significativo, son las tasas de abandono
escolar temprano y continuidad en el sistema educativo, también analizado por la OCDE,
en el cual los datos son más alarmantes. Éste “fracaso escolar” es uno de los objetivos de
esta reforma educativa.
Evidentemente, el logro de las competencias sigue siendo un factor fundamental,
pilar de la Educación Primaria. No obstante, se hace hincapié en el espíritu emprendedor
como nueva competencia a tener en cuenta, quizás promovido por un interés externo; es
aquí donde podemos apreciar el carácter economicista de la educación.
Otros puntos a considerar son la mayor responsabilidad de los centros docentes.
Espero no equivocarme cuando digo que esta modificación se produce únicamente sobre
el papel. También cabe mencionar otros aspectos como el paso de áreas de conocimiento
a asignaturas y la inclusión de las evaluaciones de diagnóstico. Todos estos cambios
deberían permitir al alumno la continuidad en el sistema educativo en su etapa obligatoria
y postobligatoria.
OBSERVACIÓN: Algunos de los datos de este documento están obtenidos
directamente de:
- Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad
educativa.
- LEY ORGÁNICA 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.