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Q.F. Jesús Medrano Dionicio
D.U. Nº 007-2019
DECRETO DE URGENCIA QUE DECLARA A
LOS MEDICAMENTOS, PRODUCTOS
BIOLÓGICOS Y DISPOSITIVOS MÉDICOS
COMO PARTE ESENCIAL DEL DERECHO A
LA SALUD Y DISPONE MEDIDAS PARA
GARANTIZAR SU DISPONIBILIDAD Y SU
REGLAMENTACIÓN D.S. N°026-2019-SA
L i m a , D i c i e m b r e D e l 2 0 1 9
4° Disposición Complementaria Final
Su implementación en las Farmacias, Boticas
y Servicios de Farmacia del sector privado
El presente Decreto de Urgencia tiene por objeto declarar el acceso a los
medicamentos, productos biológicos y dispositivos médicos como parte esencial
del derecho a la salud, y disponer medidas para garantizar su disponibilidad.
Q.F. Jesús Medrano D.
Aprobar el Listado de Medicamentos esenciales genéricos en Denominación Común
Internacional. conforme al Anexo adjunto que forma parte de la presente R.M.
Los cuales deberán mantenerse disponibles o demostrar su venta en Farmacias, Boticas y
Servicios de Farmacias del sector privado.
Q.F. Jesús Medrano D.
Listado de Medicamentos esenciales genéricos en Denominación Común Internacional
Los cuales deberán mantenerse disponibles o demostrar su venta en Farmacias, Boticas y
Servicios de Farmacias del sector privado.
Q.F. Jesús Medrano D.
La norma tiene por objeto reglamentar el Decreto de Urgencia N° 007-2019, que declara el
acceso a los medicamentos, productos biológicos y dispositivos médicos como parte
esencial del derecho a la salud y dispone medidas con una visión integral en el marco del
Sistema de Salud, para garantizar su disponibilidad en el punto de atención.
Q.F. Jesús Medrano D.
Luego de la marcha blanca, las pequeñas Boticas y Farmacias
serán multadas a partir de marzo del 2020 con hasta 4.200 soles,
mientras que las grandes cadenas con hasta 8.400 soles
Q.F. Jesús Medrano D.
Dudas e interpretación del
Reglamento para su
implementación en la Farmacia
o Botica independiente
REGLAMENTO DEL DECRETO DE
URGENCIA N°007-2019, DECRETO DE
URGENCIA QUE DECLARA A LOS
MEDICAMENTOS, PRODUCTOS
BIOLÓGICOS Y DISPOSITIVOS MÉDICOS
COMO PARTE ESENCIAL DEL DERECHO
A LA SALUD Y DISPONE MEDIDAS PARA
GARANTIZAR SU DISPONIBILIDAD
D.S. 026-2019-SA
Q.F. Jesús Medrano D.
✓Articulo 1º – Objeto
D.S. 026-2019-SA, REGLAMENTO DEL DECRETO DE URGENCIA N°007-2019
La norma tiene por objeto reglamentar el Decreto de Urgencia N° 007-2019, que
declara el acceso a los medicamentos, productos biológicos y dispositivos médicos
como parte esencial del derecho a la salud y dispone medidas con una visión integral en
el marco del Sistema de Salud, para garantizar su disponibilidad en el punto de
atención.
✓Articulo 2º – Finalidad
El presente reglamento tiene como finalidad establecer mecanismos eficientes para
optimizar y garantizar la disponibilidad de los recursos estratégicos en salud del Sector
Salud y el acceso a medicamentos eficaces, seguros, de calidad y asequibles para toda
la población en el punto de atención.
El presente reglamento es de aplicación a las Entidades mencionadas en el Artículo 6
del Decreto de Urgencia N° 007-2019.
En Farmacias, Boticas y Servicios de Farmacias del sector privado.
✓Articulo 3º – Ámbito de Aplicación
Q.F. Jesús Medrano D.
Titulo IV
D.S. 026-2019-SA, REGLAMENTO DEL DECRETO DE URGENCIA N°007-2019
LISTADO DE MEDICAMENTOS ESENCIALES BAJO DENOMINACIÓN
COMÚN INTERNACIONAL EN FARMACIAS, BOTICAS Y SERVICIOS
DE FARMACIAS DEL SECTOR PRIVADO
✓Articulo 18º –
Establecimientos farmacéuticos que deben mantener disponible o demostrar la venta
de medicamentos esenciales genéricos en denominación común internacional.
✓Articulo 19º –
Límites mínimos de los medicamentos del listado
✓Articulo 20º –
Límites mínimos de la disponibilidad de los medicamentos del listado
✓Articulo 21º –
Gradualidad de las sanciones
✓Articulo 22º –
Autoridades encargadas del control y vigilancia sanitaria
Q.F. Jesús Medrano D.
Titulo IV
D.S. 026-2019-SA, REGLAMENTO DEL DECRETO DE URGENCIA N°007-2019
LISTADO DE MEDICAMENTOS ESENCIALES BAJO DENOMINACIÓN
COMÚN INTERNACIONAL EN FARMACIAS, BOTICAS Y SERVICIOS
DE FARMACIAS DEL SECTOR PRIVADO
✓Articulo 23º –
Inspecciones
✓Articulo 24º –
Creación de la comisión multisectorial de naturaleza temporal
✓Disposiciones Complementarias Finales
✓Anexo°–
Escala de infracciones y sanciones
Q.F. Jesús Medrano D.
ESCALA DE INFRACCIONES Y SANCIONES
Q.F. Jesús Medrano D.
ESCALA DE INFRACCIONES Y SANCIONES
Q.F. Jesús Medrano D.
PREGUNTAS
D.S. 026-2019-SA, REGLAMENTO DEL DECRETO DE URGENCIA N°007-2019
Dudas sobre su
implementación en la
Farmacia o Botica
independiente
Q.F. Jesús Medrano D.
D.S. 026-2019-SA, REGLAMENTO DEL DECRETO DE URGENCIA N°007-2019
1) ¿El D.U. Nº 007-2019, refiere que los EEFF (Farmacias,
Boticas y Farmacias de Establecimientos de Salud del
sector privado) deben implementar un Listado de 31
Principios Activos / Medicamentos esenciales genéricos en
DCI?
Si son 31 Principios Activos /
Medicamentos Esenciales
genéricos, en total son 44
Productos / Presentaciones
y/o Formas Farmacéuticas.
Q.F. Jesús Medrano D.
D.S. 026-2019-SA, REGLAMENTO DEL DECRETO DE URGENCIA N°007-2019
2) ¿Desde cuándo entra en vigencia el D.U. 007-2019?
Su aplicación es del día siguiente de la
Publicación del Reglamento en el Diario
Oficial “El Peruano”, es decir desde el 06
DE DICIEMBRE DEL 2019 *.
Dicha Normativa, vence el 31 de
DICIEMBRE del 2020, en esta fecha SE
RATIFICA O SE RETIFICA*.
* Art. 2.- D.S. 026-2019-SA
* Cuarta Dispoción Complementaria Final.- D.U. 007-2019
Q.F. Jesús Medrano D.
D.S. 026-2019-SA, REGLAMENTO DEL DECRETO DE URGENCIA N°007-2019
3) ¿Cuáles son las ventajas de los EEFF que están en
REMYPE?
La normativa, refiere que los EEFF que están en
REMYPE, manejaran el 80 % del Listado, las
que no están inscritas en REMYPE el 100 % del
Listado*.
Para reflexionar, se evidencia que 10.000 EEFF
de las 15.500 EEFF independientes en el país no
están inscritas al Registro Nacional de la Micro y
Pequeña Empresa (REMYPE), el cual es
requisito indispensable para acogerse a la
diferenciación de sanciones y stock obligatorio
* Art. 19.- D.S. 026-2019-SA
Q.F. Jesús Medrano D.
D.S. 026-2019-SA, REGLAMENTO DEL DECRETO DE URGENCIA N°007-2019
4) ¿La duda es, si el 80% se refiere al 80% de los 31
Principios Activos/M.E.G o al 80% de los 44
Productos?
Se refiere al 80% del Listado, en total son 44
Productos /FF. (Para el caso de estar REMYPE)
* Art. 19.- D.S. 026-2019-SA
❑ Son 31 Principios Activos / M.E.G. a
implementar de forma obligatoria.
❑ En total son 44 Productos / FF
❑ Entonces de forma opcional puedo excluir 09
Productos/ FF y aquí puedo optar por los 05
productos Psicotrópicos de la Lista IVB (que
son 04 Principios Activos).
Q.F. Jesús Medrano D.
D.S. 026-2019-SA, REGLAMENTO DEL DECRETO DE URGENCIA N°007-2019
5) ¿Cuáles son las cantidades ó límites mínimos de la
disponibilidad de los medicamentos del listado?.
Si el EEFF esta inscrito en REMYPE, debe
implementar el 80% del Listado, que seria 35
Productos /FF*.
Para los EEFF que no están inscritos en
REMYPE, debe implementar el 100% del
Listado, que seria 44 Productos /FF*.
* Art. 19.- D.S. 026-2019-SA❑ IMPORTANTE.
Los EEFF autorizadas por la autoridad competente
correspondiente como oficina farmacéutica especializada, y
que durante la inspección se verifique que el EEFF se
especializa en la comercialización solo de algún tipo de
productos farmacéuticos o dispositivo médico especializado,
según clasificación terapéutica, se encuentran excluidos.
Q.F. Jesús Medrano D.
D.S. 026-2019-SA, REGLAMENTO DEL DECRETO DE URGENCIA N°007-2019
6) ¿Cuáles son límites mínimos de la disponibilidad
de los medicamentos del listado?.
Los EEFF del sector privado deben mantener
disponibles para la dispensación o expendio
esquemas de tratamiento completos de cada
uno de los medicamentos del Listado*.
El esquema de tratamiento forma parte del
Listado que aprueba el Ministerio de Salud.
Sin perjuicio de ello, la cantidad de esquemas de
tratamiento es definida por cada EEFF privado en
función a la demanda de atención de sus
usuarios.
* Art. 20.- D.S. 026-2019-SA
Q.F. Jesús Medrano D.
D.S. 026-2019-SA, REGLAMENTO DEL DECRETO DE URGENCIA N°007-2019
7) ¿Sobre las Inspecciones, para verificar el
Cumplimiento del D.U. 007-2019?.
Al respecto, se iniciará con un periodo
de marcha blanca de 3 meses,
aproximadamente hasta febrero del otro año,
para que los EEFF se adecúen a la normativa y
puedan abastecerse correctamente*.
Este periodo de fiscalización será orientadora
por parte del Minsa no será sancionador.
Pero a partir del cuarto mes (marzo 2020)
comenzará a regir las multas escalonadas y
diferenciadoras de acuerdo al tamaño de las
Farmacias, Boticas o Servicios de Farmacia”*.
* Art. 21.- D.S. 026-2019-SA
Q.F. Jesús Medrano D.
D.S. 026-2019-SA, REGLAMENTO DEL DECRETO DE URGENCIA N°007-2019
8) ¿Cuánto es la Multa/Sanción por el incumplimiento al
D.U. 007-2019?
Por no demostrar la disponibilidad, o demostrar la
venta de estos 31 medicamentos esenciales genéricos
en DCI de la lista, se procederá:
* Art. 21.- D.S. 026-2019-SA Q.F. Jesús Medrano D.
❑ Primera inspección solo recibirán una amonestación; es
decir, una llamada de atención.
❑ Segunda inspección comienzan a regir las multas monetarias.
se les impondrá una multa de 1 UIT (S/ 4,200.00 soles).
❑ Tercera inspección se aplicará 2 UIT (S/ 8,400.00 soles),
❑ Cuarta inspección se aplicará y 2 UIT (S/ 8,400.00 soles).
Para los EEFF en general (NO REMYPE), se les
impondrá una multa, por el incumplimiento:
D.S. 026-2019-SA, REGLAMENTO DEL DECRETO DE URGENCIA N°007-2019
9) ¿Cuánto es la Multa/Sanción por el incumplimiento al
D.U. 007-2019?
Por no demostrar la disponibilidad, o demostrar la
venta de estos 31 medicamentos esenciales genéricos
en DCI de la lista, se procederá:
* Art. 21.- D.S. 026-2019-SA Q.F. Jesús Medrano D.
❑ Primera inspección solo recibirán una amonestación; es
decir, una llamada de atención.
❑ Segunda inspección comienzan a regir las multas monetarias.
se les impondrá una multa de 0.25 UIT (S/1,050.00 soles),
❑ Tercera inspección se aplicará 0.5 UIT (S/ 2,100.00 soles),
❑ Cuarta inspección se aplicará y 1 UIT (S/ 4,200.00 soles).
Para los EEFF y catalogadas como REMYPES, se les
impondrá una multa, por el incumplimiento:
D.S. 026-2019-SA, REGLAMENTO DEL DECRETO DE URGENCIA N°007-2019
10) ¿Cómo proceder los EEFF, que optaron por no
comercializar productos Psicotrópicos Lista IVB?
En el listado hay 04 Principios Activos / Medicamentos
Esenciales genéricos de la Lista IVB
* Art. 21.- D.S. 026-2019-SA ... APLICA PARA EEFF INSCRITOS EN REMYPE
Q.F. Jesús Medrano D.
❑ Son 31 Principios Activos / M.E.G. a implementar
de forma obligatoria.
❑ En total son 44 Productos / FF
❑ Entonces de forma opcional puedo excluir 09
Productos/ FF y aquí puedo optar por los 05
productos Psicotrópicos de la Lista IVB (que
son 04 Principios Activos)*.
* Amitriptilina clorhidrato * Clonazepam
* Fluoxetina * Sertralina
D.S. 026-2019-SA, REGLAMENTO DEL DECRETO DE URGENCIA N°007-2019
10) ¿Cómo proceder los EEFF, que optaron por no
comercializar productos Psicotrópicos Lista IVB?
En el listado hay 04 Principios Activos / Medicamentos
Esenciales genéricos de la Lista IVB
PARA EL CASO DE LOS EEFF QUE NO ESTAN INSCRITOS EN REMYPE
Q.F. Jesús Medrano D.
❑ Deben implementar de forma obligatoria, estos
medicamentos del Listado IVB.
❑ Para ello, deberán visar el “Libro de Psicotrópicos
IVB”, en la DIRIS correspondiente.
❑ El tramite de visado es gratuito.
❑ No se presenta balance trimestral.
* Amitriptilina clorhidrato * Clonazepam
* Fluoxetina * Sertralina
D.S. 026-2019-SA, REGLAMENTO DEL DECRETO DE URGENCIA N°007-2019
11) Como realizo la inscripción al Registro Nacional de la Micro
y Pequeña Empresa (REMYPE), y cual es el requisito?
Q.F. Jesús Medrano D.
❑ Para acogerse a la diferenciación de sanciones y
stock obligatorio (80% del Listado), los EEFF del
sector privado deben estar inscritos en REMYPE.
❑ ¿Dónde inscribirse? en la página Web del
Ministerio de Trabajo.
Necesito mi Nro RUC, Usuario y Clave sol
❑ Aplica para las Micro y Pequeñas Empresas cuya
venta Anual máximo 150 UIT (S/ 630, 000.00) ,
Mensual (S/ 52,000.00) y diario aprox. (S/ 1,730.00)
❑ Pueden ser Persona Natural o Jurídica.
D.S. 026-2019-SA, REGLAMENTO DEL DECRETO DE URGENCIA N°007-2019
12) ¿Quién es la Autoridad encargada para el control y
vigilancia? ¿ Inspecciones?
* Art. 22 y 23.- D.S. 026-2019-SA
Q.F. Jesús Medrano D.
❑ En Lima, las DIRIS.
❑ INSPECCIONES, los procedimientos y
facultades del inspector se encuentran
establecidos en el D.S. 014-2011-SA
El MINSA, a través de la DIGEMID, podrá solicitar
al INDECOPI las quejas y reclamos por la falta de
disponibilidad o venta de los medicamentos
esenciales genéricos en denominación común
internacional contenidas en el Listado que se
hayan reportado en las farmacias, boticas y
servicios de farmacia del sector privado.
D.S. 026-2019-SA, REGLAMENTO DEL DECRETO DE URGENCIA N°007-2019
BAJO LA LUPA
Q.F. Jesús Medrano D.
❑ Si bien el Decreto de Urgencia N°007-2019, tiene como fin hacer
frente al desabastecimiento de medicamentos genéricos en el país,
sabemos que con 31 medicamentos, no se va solucionar el problema.
❑ Para garantizar la accesibilidad de medicamentos, el Gobierno debe
asegurar que los Medicamentos Genéricos sean de “calidad, seguras y
eficaces”, lo que se podría lograrse mediante la implementación del
reglamento de bioequivalencias (determinar que los genéricos tengan
los mismos ingredientes activos de los medicamentos de marca).
❑ Con esta medida, se le carga la responsabilidad a los establecimientos
farmacéuticos privados, solucionar un problema que es del Estado,
encima bajo amenaza de ser sancionado/multado.
❑ Las grandes Empresas “Cadenas de Boticas”, al no haber regulación de
precios de los medicamentos, comercializaran los medicamentos
genéricos al precio que mejor les parezca; y/o mandaran a maquilar sus
propios genéricos, igual ganan de 300% a 500% por cada producto.
Decreto Urgencia 007-2019 Listado de Medicamentos esenciales genéricos
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Decreto Urgencia 007-2019 Listado de Medicamentos esenciales genéricos

  • 1. Q.F. Jesús Medrano Dionicio D.U. Nº 007-2019 DECRETO DE URGENCIA QUE DECLARA A LOS MEDICAMENTOS, PRODUCTOS BIOLÓGICOS Y DISPOSITIVOS MÉDICOS COMO PARTE ESENCIAL DEL DERECHO A LA SALUD Y DISPONE MEDIDAS PARA GARANTIZAR SU DISPONIBILIDAD Y SU REGLAMENTACIÓN D.S. N°026-2019-SA L i m a , D i c i e m b r e D e l 2 0 1 9 4° Disposición Complementaria Final Su implementación en las Farmacias, Boticas y Servicios de Farmacia del sector privado
  • 2. El presente Decreto de Urgencia tiene por objeto declarar el acceso a los medicamentos, productos biológicos y dispositivos médicos como parte esencial del derecho a la salud, y disponer medidas para garantizar su disponibilidad. Q.F. Jesús Medrano D.
  • 3. Aprobar el Listado de Medicamentos esenciales genéricos en Denominación Común Internacional. conforme al Anexo adjunto que forma parte de la presente R.M. Los cuales deberán mantenerse disponibles o demostrar su venta en Farmacias, Boticas y Servicios de Farmacias del sector privado. Q.F. Jesús Medrano D.
  • 4. Listado de Medicamentos esenciales genéricos en Denominación Común Internacional Los cuales deberán mantenerse disponibles o demostrar su venta en Farmacias, Boticas y Servicios de Farmacias del sector privado. Q.F. Jesús Medrano D.
  • 5.
  • 6.
  • 7. La norma tiene por objeto reglamentar el Decreto de Urgencia N° 007-2019, que declara el acceso a los medicamentos, productos biológicos y dispositivos médicos como parte esencial del derecho a la salud y dispone medidas con una visión integral en el marco del Sistema de Salud, para garantizar su disponibilidad en el punto de atención. Q.F. Jesús Medrano D.
  • 8. Luego de la marcha blanca, las pequeñas Boticas y Farmacias serán multadas a partir de marzo del 2020 con hasta 4.200 soles, mientras que las grandes cadenas con hasta 8.400 soles Q.F. Jesús Medrano D.
  • 9. Dudas e interpretación del Reglamento para su implementación en la Farmacia o Botica independiente REGLAMENTO DEL DECRETO DE URGENCIA N°007-2019, DECRETO DE URGENCIA QUE DECLARA A LOS MEDICAMENTOS, PRODUCTOS BIOLÓGICOS Y DISPOSITIVOS MÉDICOS COMO PARTE ESENCIAL DEL DERECHO A LA SALUD Y DISPONE MEDIDAS PARA GARANTIZAR SU DISPONIBILIDAD D.S. 026-2019-SA Q.F. Jesús Medrano D.
  • 10. ✓Articulo 1º – Objeto D.S. 026-2019-SA, REGLAMENTO DEL DECRETO DE URGENCIA N°007-2019 La norma tiene por objeto reglamentar el Decreto de Urgencia N° 007-2019, que declara el acceso a los medicamentos, productos biológicos y dispositivos médicos como parte esencial del derecho a la salud y dispone medidas con una visión integral en el marco del Sistema de Salud, para garantizar su disponibilidad en el punto de atención. ✓Articulo 2º – Finalidad El presente reglamento tiene como finalidad establecer mecanismos eficientes para optimizar y garantizar la disponibilidad de los recursos estratégicos en salud del Sector Salud y el acceso a medicamentos eficaces, seguros, de calidad y asequibles para toda la población en el punto de atención. El presente reglamento es de aplicación a las Entidades mencionadas en el Artículo 6 del Decreto de Urgencia N° 007-2019. En Farmacias, Boticas y Servicios de Farmacias del sector privado. ✓Articulo 3º – Ámbito de Aplicación Q.F. Jesús Medrano D.
  • 11. Titulo IV D.S. 026-2019-SA, REGLAMENTO DEL DECRETO DE URGENCIA N°007-2019 LISTADO DE MEDICAMENTOS ESENCIALES BAJO DENOMINACIÓN COMÚN INTERNACIONAL EN FARMACIAS, BOTICAS Y SERVICIOS DE FARMACIAS DEL SECTOR PRIVADO ✓Articulo 18º – Establecimientos farmacéuticos que deben mantener disponible o demostrar la venta de medicamentos esenciales genéricos en denominación común internacional. ✓Articulo 19º – Límites mínimos de los medicamentos del listado ✓Articulo 20º – Límites mínimos de la disponibilidad de los medicamentos del listado ✓Articulo 21º – Gradualidad de las sanciones ✓Articulo 22º – Autoridades encargadas del control y vigilancia sanitaria Q.F. Jesús Medrano D.
  • 12. Titulo IV D.S. 026-2019-SA, REGLAMENTO DEL DECRETO DE URGENCIA N°007-2019 LISTADO DE MEDICAMENTOS ESENCIALES BAJO DENOMINACIÓN COMÚN INTERNACIONAL EN FARMACIAS, BOTICAS Y SERVICIOS DE FARMACIAS DEL SECTOR PRIVADO ✓Articulo 23º – Inspecciones ✓Articulo 24º – Creación de la comisión multisectorial de naturaleza temporal ✓Disposiciones Complementarias Finales ✓Anexo°– Escala de infracciones y sanciones Q.F. Jesús Medrano D.
  • 13. ESCALA DE INFRACCIONES Y SANCIONES Q.F. Jesús Medrano D.
  • 14. ESCALA DE INFRACCIONES Y SANCIONES Q.F. Jesús Medrano D.
  • 15. PREGUNTAS D.S. 026-2019-SA, REGLAMENTO DEL DECRETO DE URGENCIA N°007-2019 Dudas sobre su implementación en la Farmacia o Botica independiente Q.F. Jesús Medrano D.
  • 16. D.S. 026-2019-SA, REGLAMENTO DEL DECRETO DE URGENCIA N°007-2019 1) ¿El D.U. Nº 007-2019, refiere que los EEFF (Farmacias, Boticas y Farmacias de Establecimientos de Salud del sector privado) deben implementar un Listado de 31 Principios Activos / Medicamentos esenciales genéricos en DCI? Si son 31 Principios Activos / Medicamentos Esenciales genéricos, en total son 44 Productos / Presentaciones y/o Formas Farmacéuticas. Q.F. Jesús Medrano D.
  • 17. D.S. 026-2019-SA, REGLAMENTO DEL DECRETO DE URGENCIA N°007-2019 2) ¿Desde cuándo entra en vigencia el D.U. 007-2019? Su aplicación es del día siguiente de la Publicación del Reglamento en el Diario Oficial “El Peruano”, es decir desde el 06 DE DICIEMBRE DEL 2019 *. Dicha Normativa, vence el 31 de DICIEMBRE del 2020, en esta fecha SE RATIFICA O SE RETIFICA*. * Art. 2.- D.S. 026-2019-SA * Cuarta Dispoción Complementaria Final.- D.U. 007-2019 Q.F. Jesús Medrano D.
  • 18. D.S. 026-2019-SA, REGLAMENTO DEL DECRETO DE URGENCIA N°007-2019 3) ¿Cuáles son las ventajas de los EEFF que están en REMYPE? La normativa, refiere que los EEFF que están en REMYPE, manejaran el 80 % del Listado, las que no están inscritas en REMYPE el 100 % del Listado*. Para reflexionar, se evidencia que 10.000 EEFF de las 15.500 EEFF independientes en el país no están inscritas al Registro Nacional de la Micro y Pequeña Empresa (REMYPE), el cual es requisito indispensable para acogerse a la diferenciación de sanciones y stock obligatorio * Art. 19.- D.S. 026-2019-SA Q.F. Jesús Medrano D.
  • 19. D.S. 026-2019-SA, REGLAMENTO DEL DECRETO DE URGENCIA N°007-2019 4) ¿La duda es, si el 80% se refiere al 80% de los 31 Principios Activos/M.E.G o al 80% de los 44 Productos? Se refiere al 80% del Listado, en total son 44 Productos /FF. (Para el caso de estar REMYPE) * Art. 19.- D.S. 026-2019-SA ❑ Son 31 Principios Activos / M.E.G. a implementar de forma obligatoria. ❑ En total son 44 Productos / FF ❑ Entonces de forma opcional puedo excluir 09 Productos/ FF y aquí puedo optar por los 05 productos Psicotrópicos de la Lista IVB (que son 04 Principios Activos). Q.F. Jesús Medrano D.
  • 20. D.S. 026-2019-SA, REGLAMENTO DEL DECRETO DE URGENCIA N°007-2019 5) ¿Cuáles son las cantidades ó límites mínimos de la disponibilidad de los medicamentos del listado?. Si el EEFF esta inscrito en REMYPE, debe implementar el 80% del Listado, que seria 35 Productos /FF*. Para los EEFF que no están inscritos en REMYPE, debe implementar el 100% del Listado, que seria 44 Productos /FF*. * Art. 19.- D.S. 026-2019-SA❑ IMPORTANTE. Los EEFF autorizadas por la autoridad competente correspondiente como oficina farmacéutica especializada, y que durante la inspección se verifique que el EEFF se especializa en la comercialización solo de algún tipo de productos farmacéuticos o dispositivo médico especializado, según clasificación terapéutica, se encuentran excluidos. Q.F. Jesús Medrano D.
  • 21. D.S. 026-2019-SA, REGLAMENTO DEL DECRETO DE URGENCIA N°007-2019 6) ¿Cuáles son límites mínimos de la disponibilidad de los medicamentos del listado?. Los EEFF del sector privado deben mantener disponibles para la dispensación o expendio esquemas de tratamiento completos de cada uno de los medicamentos del Listado*. El esquema de tratamiento forma parte del Listado que aprueba el Ministerio de Salud. Sin perjuicio de ello, la cantidad de esquemas de tratamiento es definida por cada EEFF privado en función a la demanda de atención de sus usuarios. * Art. 20.- D.S. 026-2019-SA Q.F. Jesús Medrano D.
  • 22. D.S. 026-2019-SA, REGLAMENTO DEL DECRETO DE URGENCIA N°007-2019 7) ¿Sobre las Inspecciones, para verificar el Cumplimiento del D.U. 007-2019?. Al respecto, se iniciará con un periodo de marcha blanca de 3 meses, aproximadamente hasta febrero del otro año, para que los EEFF se adecúen a la normativa y puedan abastecerse correctamente*. Este periodo de fiscalización será orientadora por parte del Minsa no será sancionador. Pero a partir del cuarto mes (marzo 2020) comenzará a regir las multas escalonadas y diferenciadoras de acuerdo al tamaño de las Farmacias, Boticas o Servicios de Farmacia”*. * Art. 21.- D.S. 026-2019-SA Q.F. Jesús Medrano D.
  • 23. D.S. 026-2019-SA, REGLAMENTO DEL DECRETO DE URGENCIA N°007-2019 8) ¿Cuánto es la Multa/Sanción por el incumplimiento al D.U. 007-2019? Por no demostrar la disponibilidad, o demostrar la venta de estos 31 medicamentos esenciales genéricos en DCI de la lista, se procederá: * Art. 21.- D.S. 026-2019-SA Q.F. Jesús Medrano D. ❑ Primera inspección solo recibirán una amonestación; es decir, una llamada de atención. ❑ Segunda inspección comienzan a regir las multas monetarias. se les impondrá una multa de 1 UIT (S/ 4,200.00 soles). ❑ Tercera inspección se aplicará 2 UIT (S/ 8,400.00 soles), ❑ Cuarta inspección se aplicará y 2 UIT (S/ 8,400.00 soles). Para los EEFF en general (NO REMYPE), se les impondrá una multa, por el incumplimiento:
  • 24. D.S. 026-2019-SA, REGLAMENTO DEL DECRETO DE URGENCIA N°007-2019 9) ¿Cuánto es la Multa/Sanción por el incumplimiento al D.U. 007-2019? Por no demostrar la disponibilidad, o demostrar la venta de estos 31 medicamentos esenciales genéricos en DCI de la lista, se procederá: * Art. 21.- D.S. 026-2019-SA Q.F. Jesús Medrano D. ❑ Primera inspección solo recibirán una amonestación; es decir, una llamada de atención. ❑ Segunda inspección comienzan a regir las multas monetarias. se les impondrá una multa de 0.25 UIT (S/1,050.00 soles), ❑ Tercera inspección se aplicará 0.5 UIT (S/ 2,100.00 soles), ❑ Cuarta inspección se aplicará y 1 UIT (S/ 4,200.00 soles). Para los EEFF y catalogadas como REMYPES, se les impondrá una multa, por el incumplimiento:
  • 25. D.S. 026-2019-SA, REGLAMENTO DEL DECRETO DE URGENCIA N°007-2019 10) ¿Cómo proceder los EEFF, que optaron por no comercializar productos Psicotrópicos Lista IVB? En el listado hay 04 Principios Activos / Medicamentos Esenciales genéricos de la Lista IVB * Art. 21.- D.S. 026-2019-SA ... APLICA PARA EEFF INSCRITOS EN REMYPE Q.F. Jesús Medrano D. ❑ Son 31 Principios Activos / M.E.G. a implementar de forma obligatoria. ❑ En total son 44 Productos / FF ❑ Entonces de forma opcional puedo excluir 09 Productos/ FF y aquí puedo optar por los 05 productos Psicotrópicos de la Lista IVB (que son 04 Principios Activos)*. * Amitriptilina clorhidrato * Clonazepam * Fluoxetina * Sertralina
  • 26. D.S. 026-2019-SA, REGLAMENTO DEL DECRETO DE URGENCIA N°007-2019 10) ¿Cómo proceder los EEFF, que optaron por no comercializar productos Psicotrópicos Lista IVB? En el listado hay 04 Principios Activos / Medicamentos Esenciales genéricos de la Lista IVB PARA EL CASO DE LOS EEFF QUE NO ESTAN INSCRITOS EN REMYPE Q.F. Jesús Medrano D. ❑ Deben implementar de forma obligatoria, estos medicamentos del Listado IVB. ❑ Para ello, deberán visar el “Libro de Psicotrópicos IVB”, en la DIRIS correspondiente. ❑ El tramite de visado es gratuito. ❑ No se presenta balance trimestral. * Amitriptilina clorhidrato * Clonazepam * Fluoxetina * Sertralina
  • 27. D.S. 026-2019-SA, REGLAMENTO DEL DECRETO DE URGENCIA N°007-2019 11) Como realizo la inscripción al Registro Nacional de la Micro y Pequeña Empresa (REMYPE), y cual es el requisito? Q.F. Jesús Medrano D. ❑ Para acogerse a la diferenciación de sanciones y stock obligatorio (80% del Listado), los EEFF del sector privado deben estar inscritos en REMYPE. ❑ ¿Dónde inscribirse? en la página Web del Ministerio de Trabajo. Necesito mi Nro RUC, Usuario y Clave sol ❑ Aplica para las Micro y Pequeñas Empresas cuya venta Anual máximo 150 UIT (S/ 630, 000.00) , Mensual (S/ 52,000.00) y diario aprox. (S/ 1,730.00) ❑ Pueden ser Persona Natural o Jurídica.
  • 28. D.S. 026-2019-SA, REGLAMENTO DEL DECRETO DE URGENCIA N°007-2019 12) ¿Quién es la Autoridad encargada para el control y vigilancia? ¿ Inspecciones? * Art. 22 y 23.- D.S. 026-2019-SA Q.F. Jesús Medrano D. ❑ En Lima, las DIRIS. ❑ INSPECCIONES, los procedimientos y facultades del inspector se encuentran establecidos en el D.S. 014-2011-SA El MINSA, a través de la DIGEMID, podrá solicitar al INDECOPI las quejas y reclamos por la falta de disponibilidad o venta de los medicamentos esenciales genéricos en denominación común internacional contenidas en el Listado que se hayan reportado en las farmacias, boticas y servicios de farmacia del sector privado.
  • 29. D.S. 026-2019-SA, REGLAMENTO DEL DECRETO DE URGENCIA N°007-2019 BAJO LA LUPA Q.F. Jesús Medrano D. ❑ Si bien el Decreto de Urgencia N°007-2019, tiene como fin hacer frente al desabastecimiento de medicamentos genéricos en el país, sabemos que con 31 medicamentos, no se va solucionar el problema. ❑ Para garantizar la accesibilidad de medicamentos, el Gobierno debe asegurar que los Medicamentos Genéricos sean de “calidad, seguras y eficaces”, lo que se podría lograrse mediante la implementación del reglamento de bioequivalencias (determinar que los genéricos tengan los mismos ingredientes activos de los medicamentos de marca). ❑ Con esta medida, se le carga la responsabilidad a los establecimientos farmacéuticos privados, solucionar un problema que es del Estado, encima bajo amenaza de ser sancionado/multado. ❑ Las grandes Empresas “Cadenas de Boticas”, al no haber regulación de precios de los medicamentos, comercializaran los medicamentos genéricos al precio que mejor les parezca; y/o mandaran a maquilar sus propios genéricos, igual ganan de 300% a 500% por cada producto.