1. República de Colombia
IMPRENTA
NACIONAL
DIARIO OFICIAL
Fundado el 30 de abril de 1864
Año CXLIX No. 48.862
Edición de 48 páginas •
Bogotá, D. C., jueves, 25 de julio de 2013 •
MINISTERIO
DE
I S S N 0122-2112
HACIENDA
Y
CRÉDITO PÚBLICO
RESOLUCIONES
RESOLUCIÓN NÚMERO 2365 DE 2013
(julio 24)
por la cual se autoriza a la Nación-Ministerio de Hacienda y Crédito Público y al Departamento Nacional de Planeación para celebrar dos empréstitos externos, uno con el Banco
Interamericano de Desarrollo (BID) hasta por doscientos cincuenta millones de dólares de
los Estados Unidos de América (US$250.000.000) o su equivalente en otras monedas, y otro
con la Agencia Francesa de Desarrollo (AFD), hasta por cuatrocientos millones de dólares
de los Estados Unidos de América (US$400.000.000) o su equivalente en otras monedas.
El Ministro de Hacienda y Crédito Público, en uso de sus facultades legales, en especial
Autorización para celebración de empréstitos externos.
Términos y Condiciones Financieras.
a) BID - Banco Interamericano de Desarrollo
Monto US$
Plazo Total
Amortizaciones
Tasa de interés
Recursos de inspección y vigilancia
Comisión del Crédito
b) AFD - Agencia Francesa para el Desarrollo
Monto US$
Plazo Total
Amortizaciones
Tasa de interés
Comisión inicial
Comisión de compromiso
Otros términos y
Inclusión de la Operación en la Base de Datos y Reporte.
Aplicación de otras normas.
LA IMPRENTA NACIONAL DE COLOMBIA
Informa que como lo dispone el Decreto número 53 de enero 13 de 2012, artículo 3°, del Departamento Nacional de
Planeación, a partir del 1° de junio de 2012 los contratos
estatales no requieren publicación ante la desaparición del
Diario Único de Contratación Pública.
2. 2
DIARIO OFICIAL
Edición 48.862
Jueves, 25 de julio de 2013
D I A R I O OFICIAL
Fundado el 30 de abril de 1864
Por el Presidente Manuel Murillo Toro
Tarifa postal reducida No. 56
DIRECTORA: ADRIANA HERRERA BELTRÁN
MINISTERIO DEL INTERIOR
IMPRENTA NACIONAL DE COLOMBIA
ADRIANA HERRERA BELTRÁN
Gerente General
Carrera 66 No 24-09 (Av. Esperanza-Av. 68) Bogotá, D. C. Colombia
Conmutador: PBX 4578000.
e-mail: correspondencia@imprenta.gov.co
Vigencia.
en el
Francisco Estupiñán Heredia.
(C. F.).
RESOLUCIÓN NÚMERO 000228 DE 2013
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Mauricio Cárdenas Santamaría.
(C. F.)
por la cual se señala el precio de referencia para la liquidación de la Cuota
de Fomento Arrocero.
MINISTERIO DE AGRICULTURA
Y DESARROLLO RURAL
RESOLUCIONES
RESOLUCIÓN NÚMERO 000227 DE 2013
por la cual se señalan los precios de referencia para la liquidación de la Cuota
de Fomento Cerealista y la de Leguminosas de Grano diferentes al Fríjol Soya.
Francisco Estupiñán Heredia.
(C. F.).
RESOLUCIÓN NÚMERO 000229 DE 2013
por la cual se señala el precio de referencia para la liquidación de la Cuota
de Fomento Cacaotero.
3. Edición 48.862
Jueves, 25 de julio de 2013
3
DIARIO OFICIAL
°
Francisco Estupiñán Heredia.
(C. F.).
RESOLUCIÓN NÚMERO 000232 DE 2013
Francisco Estupiñán Heredia.
(C. F.).
RESOLUCIÓN NÚMERO 000230 DE 2013
por la cual se señalan los Precios de Referencia para el Palmiste y el Aceite Crudo
de Palma, para la liquidación de la Cuota de Fomento de la Agroindustria
de la Palma de Aceite.
por la cual se señala el precio de referencia para la liquidación de la Cuota
de Fomento del Fríjol Soya.
Francisco Estupiñán Heredia.
(C. F.).
RESOLUCIÓN NÚMERO 000233 DE 2013
Francisco Estupiñán Heredia.
(C. F.).
RESOLUCIÓN NÚMERO 000231 DE 2013
por la cual se señala el Precio de Referencia para la liquidación de la Cuota
de Fomento Panelero.
por la cual se señala el Precio de Referencia para la liquidación de la Cuota
de Fomento Cauchera.
4. 4
DIARIO OFICIAL
Edición 48.862
Jueves, 25 de julio de 2013
ALIMENTO ADULTERADO.
ALIMENTO ALTERADO.
Francisco Estupiñán Heredia.
(C. F.).
MINISTERIO
DE
SALUD
Y
PROTECCIÓN SOCIAL
ALIMENTO CONTAMINADO.
RESOLUCIONES
RESOLUCIÓN NÚMERO 00002674 DE 2013
(julio 22)
por la cual se reglamenta el artículo 126 del Decreto-ley 019 de 2012
y se dictan otras disposiciones.
ALIMENTO DE MAYOR RIESGO EN SALUD PÚBLICA.
ALIMENTO DE MENOR RIESGO EN SALUD PÚBLICA.
ALIMENTO DERIVADO DE UN ORGANISMO GENÉTICAMENTE MODIFICADO OGM.
ALIMENTO DE RIESGO MEDIO EN SALUD PÚBLICA.
ALIMENTO FRAUDULENTO.
° Objeto.
ALIMENTO PERECEDERO.
AMBIENTE.
Ámbito de aplicación.
AUTORIDADES SANITARIAS COMPETENTES. Son autoridades sanitarias, el
BIOTECNOLOGÍA MODERNA.
BUENAS PRÁCTICAS DE MANUFACTURA.
COMERCIALIZACIÓN.
°
ACTIVIDAD ACUOSA (Aw).
CONCEPTO SANITARIO.
ALIMENTO.
DESINFECCIÓN – DESCONTAMINACIÓN.
in vitro
5. Edición 48.862
Jueves, 25 de julio de 2013
5
DIARIO OFICIAL
PLAGA.
DISEÑO SANITARIO.
PROCESO TECNOLÓGICO. Es la secuencia de etapas u operaciones que se aplican
REGISTRO SANITARIO.
EMBALAJE.
ENVASE PRIMARIO.
RESTAURANTE O ESTABLECIMIENTO GASTRONÓMICO. Es todo estable
SISTEMA DE ANÁLISIS DE PELIGROS Y PUNTOS DE CONTROL CRÍTICO
(HACCP).
ENVASE SECUNDARIO.
SUSTANCIA PELIGROSA.
ENVASE TERCIARIO.
EQUIPO.
VIGILANCIA EPIDEMIOLÓGICA DE LAS ENFERMEDADES TRANSMITIDAS POR ALIMENTOS.
EXPENDIO DE ALIMENTOS.
FÁBRICA DE ALIMENTOS.
°
HIGIENE DE LOS ALIMENTOS.
INOCUIDAD DE LOS ALIMENTOS.
INFESTACIÓN.
CONDICIONES BÁSICAS DE HIGIENE EN LA FABRICACIÓN
DE ALIMENTOS
° Buenas Prácticas de Manufactura.
INGREDIENTES PRIMARIOS.
INGREDIENTES SECUNDARIOS.
° Condiciones generales.
INSUMO.
LIMPIEZA.
LOCALIZACIÓN Y ACCESOS
LOTE.
MANIPULADOR DE ALIMENTOS.
MATERIA PRIMA.
DISEÑO Y CONSTRUCCIÓN
MEDIO DE TRANSPORTE.
NOTIFICACIÓN SANITARIA.
ORGANISMO GENÉTICAMENTE MODIFICADO (OGM).
PERMISO SANITARIO.
6. 6
Edición 48.862
Jueves, 25 de julio de 2013
DIARIO OFICIAL
°
PISOS Y DRENAJES
ABASTECIMIENTO DE AGUA
2
2
PAREDES
TECHOS
DISPOSICIÓN DE RESIDUOS LÍQUIDOS
DISPOSICIÓN DE RESIDUOS SÓLIDOS
VENTANAS Y OTRAS ABERTURAS
PUERTAS
INSTALACIONES SANITARIAS
ESCALERAS, ELEVADORES Y ESTRUCTURAS COMPLEMENTARIAS
(RAMPAS, PLATAFORMAS)
7. Edición 48.862
Jueves, 25 de julio de 2013
7
DIARIO OFICIAL
ILUMINACIÓN
VENTILACIÓN
Personal manipulador de alimentos
Estado de salud.
Equipos y utensilios
° Condiciones generales.
°
liso, no poroso, no absorbente y estar libres de defectos, grietas, intersticios u otras irre
Educación y capacitación.
Plan de capacitación.
Prácticas higiénicas y medidas de protección.
Condiciones de instalación y funcionamiento.
8. 8
Edición 48.862
Jueves, 25 de julio de 2013
DIARIO OFICIAL
Envases y embalajes.
Fabricación.
Requisitos higiénicos de fabricación
Condiciones generales.
Materias primas e insumos.
Envasado y embalado.
9. Edición 48.862
Jueves, 25 de julio de 2013
9
DIARIO OFICIAL
Laboratorios.
Obligatoriedad de profesional o personal técnico.
Prevención de la contaminación cruzada.
Saneamiento
Plan de saneamiento.
Aseguramiento y control de la calidad e inocuidad
Control de la calidad e inocuidad.
Sistema de control.
Almacenamiento, distribución, transporte y comercialización de alimentos
y materias primas para alimentos
Condiciones generales.
Almacenamiento.
10. 10
DIARIO OFICIAL
Edición 48.862
Jueves, 25 de julio de 2013
Restaurantes y establecimientos gastronómicos
Condiciones generales.
Transporte.
rados o congelados deben ser transportados y distribuidos bajo condiciones que aseguren
2
2
Distribución y comercialización.
Expendio de alimentos.
11. Edición 48.862
Jueves, 25 de julio de 2013
11
DIARIO OFICIAL
Requisitos y otras disposiciones
Registro o Permiso Sanitario.
Equipos y utensilios.
Para alimentos nacionales
Operaciones de preparación y servido de los alimentos.
Para alimentos importados
Responsabilidad.
Vigencia y renovación del Registro y del Permiso Sanitario.
Para alimentos nacionales
Sanitaria.
Para alimentos importados
12. 12
Edición 48.862
Jueves, 25 de julio de 2013
DIARIO OFICIAL
Procedimiento para la revisión.
Se
Inspección, vigilancia y control
Inscripción.
Inspección, Vigilancia y Control.
-
Procedimiento Sancionatorio.
tarias.
Transitorio.
Normas para alimentos importados.
Responsabilidad.
Vigencia y derogatorias.
Revisión.
El
Alejandro Gaviria Uribe.
(C. F.).
13. Edición 48.862
Jueves, 25 de julio de 2013
DIARIO OFICIAL
13
Para el caso de recobros por medicamentos importados por la entidad recobrante, en los
RESOLUCIÓN NÚMERO 2729 DE 2013
(julio 24)
-
el número de aceptación de la declaración de importación y la razón social del declarante
autorizado que se haya registrado en la declaración de importación. Igualmente, deberá
allegarse copia de la declaración de importación, de la declaración andina de valor y de
para la nacionalización del producto.
Cuando se evidencien disponibilidades de medicamentos importados por la entidad recomédica y de las causas que originaron tales disponibilidades, situación que para efecto
Para efectos del recobro por medicamentos, servicios médicos o prestaciones de salud
no incluidas en el Plan Obligatorio de Salud (POS), suministradas por las Cajas de Compensación Familiar a sus programas de EPS, la factura deberá contener el nombre o razón
Artículo 2°. Modifícase el literal “c” del artículo 11 de la Resolución número 3099
“c) Copia simple de la factura de venta o documento equivalente, expedida por el
servicio médico o prestación de salud no incluida en el Plan Obligatorio de Salud (POS);
ii) Código, descripción, valor unitario, valor total y cantidad del medicamento, servicio
médico o prestación de salud no incluida en el Plan Obligatorio de Salud (POS);
iii) Documento del proveedor con detalle de cargos, cuando en la factura no esté pormenorizada la atención. En caso de que la entidad recobrante no disponga de dicho detalle,
camento, servicio médico o prestación de salud no incluida en el Plan Obligatorio de Salud
(POS), por cada usuario, cuando la factura incluya el tratamiento de más de un paciente;
recobrante, en la que indique a qué factura imputa el medicamento, servicio médico o
prestación de salud no incluida en el Plan Obligatorio de Salud (POS) y el paciente a
quien le fue suministrado, cuando se realicen compras al por mayor y al proveedor le sea
vi) Constancia de pago. En todo caso, las entidades administradoras de planes de
Garantía (Fosyga), sin dicha constancia, siempre y cuando al momento de radicación de
la solicitud, el proveedor de medicamentos, servicios médicos o prestaciones de salud no
incluidas en el Plan Obligatorio de Salud (POS), se encuentre incluido dentro de/listado
Dirección de Administración de Fondos de la Protección Social, el cual será publicado por
Para el caso de recobros por medicamentos importados por la entidad recobrante, en los
servicio médico o prestación de salud no incluida en el Plan Obligatorio de Salud (POS);
ii) Código, descripción, valor unitario, valor total y cantidad de medicamento, servicio
médico o prestación de salud no incluida en el Plan Obligatorio de Salud (POS);
iii) Documento del proveedor con detalle de cargos, cuando en la factura no esté pormenorizada la atención. En caso de que la entidad recobrante no disponga de dicho detalle,
el número de aceptación de la declaración de importación y la razón social del declarante
autorizado que se haya registrado en la declaración de importación. Igualmente, deberá
allegarse copia de la declaración de importación, de la declaración andina de valor y de
camento, servicio médico o prestación de salud no incluida en el Plan Obligatorio de Salud
(POS), por cada usuario, cuando la factura incluya el tratamiento de más de un paciente;
médica y de las causas que originaron tales disponibilidades, situación que para efecto
recobrante, en la que indique a qué factura imputa el medicamento, servicio médico o
prestación de salud no incluida en el Plan Obligatorio de Salud (POS) y el paciente a
quien le fue suministrado, cuando se realicen compras al por mayor y al proveedor le sea
vi) Constancia de pago. En todo caso, las entidades administradoras de planes de
Garantía (Fosyga), sin dicha constancia, siempre y cuando al momento de radicación de
la solicitud, el proveedor de medicamentos, servicios médicos o prestaciones de salud no
incluidas en el Plan Obligatorio de Salud (POS), se encuentre incluido dentro del listado
Dirección de Administración de Fondos de la Protección Social, el cual será publicado por
para la nacionalización del producto.
Cuando se evidencien disponibilidades de medicamentos importados por la entidad reco-
Para efectos del recobro por medicamentos, servicios médicos o prestaciones de salud
no incluidas en el Plan Obligatorio de Salud (POS), suministradas por las Cajas de Compensación Familiar a sus programas de EPS, la factura deberá contener el nombre o razón
° Procedencia de giro a proveedores de tecnologías en salud no incluidas
en el Plan Obligatorio de Salud (POS).
14. 14
Edición 48.862
Jueves, 25 de julio de 2013
DIARIO OFICIAL
°
°
Las solicitudes de
recobro ante el Fondo de Solidaridad y Garantía (Fosyga) por concepto de medicamentos,
servicio médico o prestación de servicios de salud NO POS autorizados por Comité Técnicocódigos que se señalan a
a) Cuando fueren presentadas en forma extemporánea de conformidad con el artículo
12 y 14 de la presente resolución. (Código 1-01);
b) Cuando el medicamento, servicio médico o prestación de salud objeto de la solicitud
de recobro no corresponda a lo ordenado por el fallo de tutela o al autorizado por el Comité
c) Cuando los valores objeto de recobro ya hayan sido pagados por el Fondo de Solid) Cuando no se anexe al recobro la factura del proveedor o prestador del servicio, o
documento equivalente y la constancia de pago (Código 1-04).
Esta causal no será aplicable cuando se trate de las solicitudes de recobro objeto de
la excepción de constancia de pago, conforme lo previsto en la presente resolución y lo
dispuesto en el ordinal vi) del literal c) de los artículos 10 y 11 de la Resolución número
° Anexo técnico.
e) Cuando al recobro no se adjunta copia del fallo o fallos de tutela (Código 1-05);
CAMPO
g) Cuando el usuario reportado en el recobro pertenezca al Régimen Subsidiado o al
régimen de excepción y no haya fallo de tutela que autorice el recobro ante el Fondo de
DESCRIPCIÓN
RANGO DE VALOR
TIPO
TAMAÑO
OBLIGATORIEDAD
2
Indica si la factura, o
de pago
fue pagada o no al pro
salud No POS
h) Cuando las prestaciones objeto del recobro hayan sido recobradas y pagadas con
i) Cuando las prestaciones objeto del recobro sean consecuencia de una enfermedad
profesional o accidente de trabajo (Código 1-09);
j) Cuando el servicio prestado corresponda a una consecuencia de accidente de tránsito
y no se hayan agotado los topes SOAT (Código 1-10);
k) Cuando las prestaciones de salud objeto del recobro se deriven de la atención de
las contenidas en el artículo 54 de
en salud No
POS
en salud No POS
Términos y formatos.
Vigencia
Las causales previstas en los literales e) y f), no serán aplicables cuando
se trate de recobros por prestaciones sucesivas y dichos documentos fueron aportados en
° Giro previo al proceso de auditoría integral.
Alejandro Gaviria Uribe.
(C. F.).
MINISTERIO DE COMERCIO,
INDUSTRIA Y TURISMO
RESOLUCIONES
RESOLUCIÓN NÚMERO 0167 DE 2013
por la cual se adopta la determinación preliminar en la investigación administrativa
15. Edición 48.862
Jueves, 25 de julio de 2013
15
DIARIO OFICIAL
1.2. Descripción del producto objeto de la investigación
, publicada en el
Código
, publicada en el Diario
ia
1.3. Similaridad
1. ASPECTOS GENERALES Y DE PROCEDIMIENTO
1.1. Representatividad
Descripción
16. 16
DIARIO OFICIAL
Edición 48.862
Jueves, 25 de julio de 2013
EVALUACIÓN TÉCNICA PARA LA DETERMINACIÓN PRELIMINAR DE LA
INVESTIGACIÓN A LAS IMPORTACIONES DE LÁMINA LISA GALVANIZADA,
DE LA REPÚBLICA POPULAR CHINA
2.1. Metodología evaluación preliminar del dumping
“...el período
de recopilación de datos para las investigaciones de la existencia de dumping deberá ser
normalmente de 12 meses, y en ningún caso de menos de 6 meses, y terminará en la fecha
galvanizada
2.2.1. Determinación del valor normal República Popular China – Tercer país Brasil
ú
en
17. Edición 48.862
Jueves, 25 de julio de 2013
DIARIO OFICIAL
17
de tarifas publicada en
2.2.2. Determinación del precio de exportación República Popular China
2.2.3.
República Popular China
pecto al período previo
19. Edición 48.862
Jueves, 25 de julio de 2013
DIARIO OFICIAL
Margen de utilidad bruta
Margen de utilidad operaciona
aparente
19
20. 20
DIARIO OFICIAL
Edición 48.862
Jueves, 25 de julio de 2013
2.6. Relación Causal
2.6.1. Comportamiento del consumo nacional aparente durante el período del
dumping -segundo semestre de 2012 y primer semestre de 2013
semestre de 2012 y primero de 2013
2.6.2. Composición de las variaciones del Consumo Nacional Aparente (CNA)
pecto al período previo
21. Edición 48.862
Jueves, 25 de julio de 2013
DIARIO OFICIAL
2.6.6. Comparación de precios en el mismo nivel de comercialización
CONCLUSIÓN GENERAL
2.8. Conclusión
2.8.1.
21
22. 22
Edición 48.862
Jueves, 25 de julio de 2013
DIARIO OFICIAL
NARIÑO
CLASE
ESTACIÓN
MUNICIPIO
FRECUENCIA (MHz)
Anterior
FRECUENCIA
(MHz)
Actual
POTENCIA
(kW)
ESTADO
CANAL
ESTADO
CANAL
FRECUENCIA
DE ENLACE
(MHz)
Anterior
FRECUENCIA
DE ENLACE
(MHz)
Actual
DISTINTIVO
C
SANTANDER
Diario
ia
CLASE
ESTACIÓN
MUNICIPIO
FRECUENCIA
(MHz)
POTENCIA
(kW)
DISTINTIVO
C
Luis Fernando Fuentes Ibarra.
(C. F.)
MINISTERIO
INFORMACIÓN
TECNOLOGÍAS DE LA
LAS COMUNICACIONES
DE
Y
SANTANDER
CLASE
ESTACIÓN
C
FRECUENCIA (MHz)
POTENCIA (kW)
ESTADO
CANAL
DISTINTIVO
Anterior
DISTINTIVO
Actual
MUNICIPIO
FRECUENCIA (MHz)
POTENCIA
(kW)
ESTADO
CANAL
Anterior
ESTADO
CANAL
Actual
DISTINTIVO
MUNICIPIO
FRECUENCIA (MHz)
POTENCIA (kW)
ESTADO
CANAL
Anterior
ESTADO
CANAL
Actual
DISTINTIVO
MUNICIPIO
FRECUENCIA (MHz)
POTENCIA (kW)
ESTADO
CANAL
Anterior
ESTADO
CANAL
Actual
DISTINTIVO
MUNICIPIO
FRECUENCIA (MHz)
POTENCIA (kW)
ESTADO
CANAL
Anterior
ESTADO
CANAL
Actual
DISTINTIVO
MUNICIPIO
FRECUENCIA (MHz)
POTENCIA (kW)
ESTADO
CANAL
Anterior
ESTADO
CANAL
Actual
DISTINTIVO
MUNICIPIO
FRECUENCIA (MHz)
POTENCIA (kW)
ESTADO
CANAL
Anterior
ESTADO
CANAL
Actual
DISTINTIVO
MUNICIPIO
FRECUENCIA (MHz)
POTENCIA (kW)
ESTADO
CANAL
Anterior
ESTADO
CANAL
Actual
DISTINTIVO
FRECUENCIA (MHz)
POTENCIA (kW)
ESTADO
CANAL
Anterior
ESTADO
CANAL
Actual
DISTINTIVO
FRECUENCIA (MHz)
POTENCIA (kW)
ESTADO
CANAL
Anterior
ESTADO
CANAL
Actual
DISTINTIVO
MUNICIPIO
ANTIOQUIA
RESOLUCIONES
RESOLUCIÓN NÚMERO 002373 DE 2013
(julio 22)
por la cual se adoptan medidas en materia de ordenación técnica del espectro radioeléctrico atribuido a la Radiodifusión Sonora en Amplitud Modulada (A. M.) y Frecuencia
Modulada (F. M.).
CLASE
ESTACIÓN
C
ARAUCA
CLASE
ESTACIÓN
C
BOLÍVAR
CLASE
ESTACIÓN
B
Intervención del Estado en el
sector de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones. En desarrollo de los
principios de intervención contenidos en la Constitución Política, el Estado intervendrá
en el sector de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones para lograr los
co, así como la reorganización del mismo, respetando el principio de protección a la
inversión, asociada al uso del espectro. Los proveedores de redes y servicios de telecomunicaciones responderán jurídica y económicamente por los daños causados a las
infraestructuras
C
BOYACÁ
CLASE
ESTACIÓN
C
CALDAS
CLASE
ESTACIÓN
C
el pluralismo informativo, el acceso no discriminatorio y evitar prácticas monopolísticas,
sin perjuicio de las funciones que sobre los servicios de televisión estén asignadas a otras
entidades.
C
C
CESAR
CLASE
ESTACIÓN
C
CHOCÓ
CLASE
ESTACIÓN
C
CÓRDOBA
CLASE
ESTACIÓN
MUNICIPIO
C
CUNDINAMARCA
CLASE
ESTACIÓN
C
MUNICIPIO
23. Edición 48.862
Jueves, 25 de julio de 2013
GUAINÍA
CLASE
ESTACIÓN
23
DIARIO OFICIAL
QUINDÍO
MUNICIPIO
FRECUENCIA (MHz)
POTENCIA (kW)
ESTADO
CANAL
Anterior
ESTADO
CANAL
Actual
DISTINTIVO
B
CLASE
ESTACIÓN
MUNICIPIO
FRECUENCIA
(MHz)
Anterior
FRECUENCIA
(MHz)
Actual
POTENCIA
(kW.)
h (m.)
ESTADO
CANAL
DISTINTIVO
FRECUENCIA
(MHz)
POTENCIA
(kW)
h anterior (m.)
h actual (m.)
ESTADO
CANAL
DISTINTIVO
C
GUAVIARE
CLASE
ESTACIÓN
MUNICIPIO
FRECUENCIA (MHz)
POTENCIA (kW)
ESTADO
CANAL
Anterior
ESTADO
CANAL
Actual
ESTADO
CANAL
Anterior
ESTADO
CANAL
Actual
DISTINTIVO
LA GUAJIRA
CLASE
ESTACIÓN
ANTIOQUIA
CLASE
ESTACIÓN
C
MUNICIPIO
C
MUNICIPIO
FRECUENCIA (MHz)
POTENCIA (kW)
DISTINTIVO
C
C
C
444
ATLÁNTICO
MAGDALENA
CLASE
ESTACIÓN
MUNICIPIO
FRECUENCIA (MHz)
CLASE
ESTACIÓN
POTENCIA (kW)
ESTADO
CANAL
Anterior
ESTADO
CANAL
Actual
ESTADO
CANAL
Anterior
ESTADO
CANAL
Actual
DISTINTIVO
FRECUENCIA
(MHz)
POTENCIA
(kW)
h anterior (m.)
h actual (m.)
ESTADO
CANAL
DISTINTIVO
FRECUENCIA
(MHz)
POTENCIA
(kW)
h anterior (m.)
h actual (m.)
ESTADO
CANAL
DISTINTIVO
FRECUENCIA
(MHz)
POTENCIA
(kW)
h anterior (m.)
h actual (m.)
ESTADO
CANAL
DISTINTIVO
FRECUENCIA
(MHz)
POTENCIA
(kW)
h anterior (m.)
h actual (m.)
ESTADO
CANAL
DISTINTIVO
POTENCIA
(kW)
h anterior (m.)
h actual (m.)
ESTADO
CANAL
DISTINTIVO
DISTINTIVO
POTENCIA (kW)
MUNICIPIO
C
NORTE DE SANTANDER
CLASE
ESTACIÓN
MUNICIPIO
FRECUENCIA (MHz)
C
CLASE
ESTACIÓN
C
C
C
C
PUTUMAYO
CLASE
ESTACIÓN
MUNICIPIO
FRECUENCIA (MHz)
POTENCIA (kW)
ESTADO
CANAL
Anterior
ESTADO
CANAL
Actual
DISTINTIVO
SANTANDER
MUNICIPIO
FRECUENCIA (MHz)
ESTADO
CANAL
Actual
DISTINTIVO
POTENCIA (kW)
ESTADO
CANAL
Anterior
ESTADO
CANAL
Actual
DISTINTIVO
POTENCIA (kW)
ESTADO
CANAL
Anterior
ESTADO
CANAL
Actual
C
TOLIMA
CLASE
ESTACIÓN
CLASE
ESTACIÓN
C
MUNICIPIO
CUNDINAMARCA
MUNICIPIO
FRECUENCIA (MHz)
C
C
VALLE
CLASE ESTACIÓN
MUNICIPIO
CÓRDOBA
ESTADO
CANAL
Anterior
POTENCIA (kW)
MUNICIPIO
CAUCA
CLASE
ESTACIÓN
C
C
CLASE
ESTACIÓN
BOYACÁ
MUNICIPIO
FRECUENCIA (MHz)
CLASE
ESTACIÓN
C
C
C
MUNICIPIO
FRECUENCIA
(MHz)
4
DISTRITO CAPITAL
DISTINTIVO
CLASE
ESTACIÓN
FRECUENCIA
(MHz)
POTENCIA
(kW)
h anterior (m.)
h actual (m.)
ESTADO
CANAL
DISTINTIVO
FRECUENCIA
(MHz)
POTENCIA
(kW)
h anterior (m.)
h actual (m.)
ESTADO
CANAL
DISTINTIVO
MUNICIPIO
FRECUENCIA
(MHz)
POTENCIA
(kW)
h anterior (m.)
h actual (m.)
ESTADO
CANAL
DISTINTIVO
MUNICIPIO
FRECUENCIA
(MHz)
POTENCIA
(kW)
h anterior (m.)
h actual (m.)
ESTADO
CANAL
DISTINTIVO
FRECUENCIA
(MHz)
POTENCIA
(kW)
h anterior (m.)
h actual (m.)
ESTADO
CANAL
DISTINTIVO
MUNICIPIO
C
C
C
HUILA
MUNICIPIO
CLASE
ESTACIÓN
C
C
ALTURA
m.s.n.m.
DEPARTAMENTO
MUNICIPIO
LA GUAJIRA
CLASE
ESTACIÓN
C
META
CLASE
ESTACIÓN
C
C
NARIÑO
ANTIOQUIA
CLASE
ESTACIÓN
C
MUNICIPIO
FRECUENCIA
(MHz)
Anterior
FRECUENCIA
(MHz)
Actual
POTENCIA
(kW)
h (m.)
ESTADO
CANAL
DISTINTIVO
CLASE
ESTACIÓN
B
MUNICIPIO
24. 24
Edición 48.862
Jueves, 25 de julio de 2013
DIARIO OFICIAL
PUTUMAYO
CLASE
ESTACIÓN
C
MUNICIPIO
CHOCÓ
FRECUENCIA
(MHz)
POTENCIA
(kW)
h anterior (m.)
FRECUENCIA
(MHz)
POTENCIA
(kW)
h anterior (m.)
h actual (m.)
ESTADO
CANAL
DISTINTIVO
ESTADO
CANAL
DISTINTIVO
CLASE
ESTACIÓN
MUNICIPIO
FRECUENCIA
(MHz)
POTENCIA
(kW)
ESTADO CANAL
FRECUENCIA
DE ENLACE
(MHz)
Anterior
FRECUENCIA
DE ENLACE
(MHz)
Actual
DISTINTIVO
FRECUENCIA
(MHz)
POTENCIA
(kW)
ESTADO CANAL
FRECUENCIA
DE ENLACE
(MHz)
Anterior
FRECUENCIA
DE ENLACE
(MHz)
Actual
DISTINTIVO
FRECUENCIA (MHz)
POTENCIA
(kW)
ESTADO CANAL
FRECUENCIA
DE ENLACE
(MHz)
Anterior
FRECUENCIA
DE ENLACE
(MHz)
Actual
DISTINTIVO
FRECUENCIA (MHz)
POTENCIA
(kW)
ESTADO CANAL
FRECUENCIA
DE ENLACE
(MHz)
Anterior
FRECUENCIA
DE ENLACE
(MHz)
Actual
DISTINTIVO
RISARALDA
CLASE
ESTACIÓN
B
MUNICIPIO
h actual (m.)
C
HUILA
C
CLASE
ESTACIÓN
SANTANDER
CLASE
ESTACIÓN
C
B
MUNICIPIO
FRECUENCIA
(MHz)
POTENCIA
(kW)
h anterior (m.)
h actual (m.)
ESTADO
CANAL
DISTINTIVO
MUNICIPIO
C
SUCRE
CLASE
ESTACIÓN
C
MUNICIPIO
C
C
B
VALLE
TOLIMA
CLASE
ESTACIÓN
C
MUNICIPIO
FRECUENCIA
(MHz)
POTENCIA
(kW)
h
anterior (m.)
h actual (m.)
ESTADO
CANAL
DISTINTIVO
FRECUENCIA
(MHz)
POTENCIA
(kW)
h anterior (m.)
h actual (m.)
ESTADO
CANAL
DISTINTIVO
VALLE
CLASE
ESTACIÓN
MUNICIPIO
CLASE
ESTACIÓN
MUNICIPIO
C
AMAZONAS
C
CLASE
ESTACIÓN
C
C
C
FRECUENCIA
(MHz)
POTENCIA
(kW)
ESTADO CANAL
Anterior
ESTADO CANAL
Actual
DISTINTIVO
FRECUENCIA
(MHz)
POTENCIA
(kW)
ESTADO CANAL
Anterior
ESTADO CANAL
Actual
DISTINTIVO
FRECUENCIA
(MHz)
POTENCIA
(kW)
ESTADO CANAL
Anterior
ESTADO CANAL
Actual
DISTINTIVO
FRECUENCIA
(MHz)
POTENCIA
(kW)
ESTADO CANAL
Anterior
ESTADO CANAL
Actual
DISTINTIVO
FRECUENCIA
(MHz)
POTENCIA
(kW)
ESTADO CANAL
Anterior
ESTADO CANAL
Actual
DISTINTIVO
MUNICIPIO
FRECUENCIA
(MHz)
POTENCIA
(kW)
ESTADO CANAL
Anterior
ESTADO CANAL
Actual
DISTINTIVO
MUNICIPIO
FRECUENCIA
(MHz)
POTENCIA
(kW)
ESTADO CANAL
Anterior
ESTADO CANAL
Actual
DISTINTIVO
MUNICIPIO
FRECUENCIA
(MHz)
POTENCIA
(kW)
ESTADO CANAL
Anterior
ESTADO CANAL
Actual
DISTINTIVO
MUNICIPIO
FRECUENCIA
(MHz)
POTENCIA
(kW)
ESTADO CANAL
Anterior
ESTADO CANAL
Actual
DISTINTIVO
FRECUENCIA
(MHz)
POTENCIA
(kW)
ESTADO CANAL
Anterior
ESTADO CANAL
Actual
DISTINTIVO
MUNICIPIO
ANTIOQUIA
BOLÍVAR
CLASE
ESTACIÓN
C
MUNICIPIO
FRECUENCIA
(MHz)
POTENCIA
Anterior (kW)
POTENCIA
Actual (kW)
h (m.)
ESTADO
CANAL
DISTINTIVO
MUNICIPIO
FRECUENCIA
(MHz)
POTENCIA
Anterior (kW)
4
POTENCIA
Actual (kW)
FRECUENCIA
(MHz)
POTENCIA
Anterior (kW)
POTENCIA
Actual (kW)
h (m.)
ESTADO
CANAL
h (m.)
ESTADO
CANAL
DISTINTIVO
HUILA
CLASE
ESTACIÓN
MUNICIPIO
DISTINTIVO
C
MUNICIPIO
FRECUENCIA
(MHz)
POTENCIA
Anterior (kW)
POTENCIA
Actual (kW)
h (m.)
ESTADO
CANAL
DISTINTIVO
VALLE
FRECUENCIA
(MHz)
POTENCIA
Anterior (kW)
POTENCIA
Actual (kW)
h (m.)
ESTADO
CANAL
DISTINTIVO
MUNICIPIO
FRECUENCIA
(MHz)
POTENCIA
(kW)
ESTADO
CANAL
FRECUENCIA
DE ENLACE
(MHz)
Anterior
FRECUENCIA
DE ENLACE
(MHz)
Actual
DISTINTIVO
FRECUENCIA
(MHz)
POTENCIA
(kW)
ESTADO CANAL
FRECUENCIA
DE ENLACE
(MHz)
Anterior
FRECUENCIA
DE ENLACE
(MHz)
Actual
POTENCIA
(kW)
FRECUENCIA
DE ENLACE
ESTADO CANAL
(MHz)
Anterior
FRECUENCIA
DE ENLACE
(MHz)
Actual
BOLÍVAR
C
C
MUNICIPIO
(Malagana)
MUNICIPIO
CLASE
ESTACIÓN
C
C
C
META
DISTINTIVO
C
CLASE
ESTACIÓN
CLASE
ESTACIÓN
C
CLASE
ESTACIÓN
C
ARAUCA
MUNICIPIO
CLASE
ESTACIÓN
C
LA GUAJIRA
C
B
CLASE
ESTACIÓN
MUNICIPIO
HUILA
ANTIOQUIA
CLASE
ESTACIÓN
CLASE
ESTACIÓN
C
CUNDINAMARCA
24
MUNICIPIO
MUNICIPIO
CASANARE
C
CLASE
ESTACIÓN
C
CLASE
ESTACIÓN
C
C
CALDAS
NARIÑO
CLASE
ESTACIÓN
C
MUNICIPIO
BOYACÁ
CUNDINAMARCA
CLASE
ESTACIÓN
C
CLASE
ESTACIÓN
C
CLASE
ESTACIÓN
C
NARIÑO
FRECUENCIA
(MHz)
DISTINTIVO
CLASE
ESTACIÓN
C
C
C
MUNICIPIO
25. Edición 48.862
Jueves, 25 de julio de 2013
RISARALDA
CLASE
ESTACIÓN
B
B
CUNDINAMARCA
FRECUENCIA
(MHz)
MUNICIPIO
POTENCIA
(kW)
ESTADO CANAL
Anterior
ESTADO CANAL
Actual
DISTINTIVO
CLASE
ESTACIÓN
FRECUENCIA
(MHz)
POTENCIA (kW)
h anterior
(m.)
h actual
(m.)
ESTADO
CANAL
DISTINTIVO
FRECUENCIA (MHz)
POTENCIA (kW)
h anterior
(m.)
h actual
(m.)
ESTADO
CANAL
DISTINTIVO
FRECUENCIA (MHz)
MUNICIPIO
POTENCIA (kW)
h anterior
(m.)
h actual
(m.)
ESTADO
CANAL
DISTINTIVO
HUILA
SANTANDER
CLASE
ESTACIÓN
B
C
FRECUENCIA
(MHz)
MUNICIPIO
POTENCIA
(kW)
ESTADO CANAL
Anterior
ESTADO CANAL
Actual
DISTINTIVO
CLASE
ESTACIÓN
MUNICIPIO
RISARALDA
SUCRE
CLASE
ESTACIÓN
C
25
DIARIO OFICIAL
FRECUENCIA
(MHz)
POTENCIA
(kW)
ESTADO CANAL
Anterior
ESTADO CANAL
Actual
DISTINTIVO
FRECUENCIA
(MHz)
MUNICIPIO
POTENCIA
(kW)
ESTADO CANAL
Anterior
ESTADO CANAL
Actual
CLASE
ESTACIÓN
MUNICIPIO
DISTINTIVO
TOLIMA
CLASE ESTACIÓN
C
MUNICIPIO
ATLÁNTICO
CLASE
ESTACIÓN
MUNICIPIO
FRECUENCIA POTENCIA
(MHz)
(kW)
ESTADO
CANAL
FRECUENCIA DE
ENLACE (MHz)
Anterior
FRECUENCIA DE
ENLACE (MHz)
Actual
DISTINTIVO
FRECUENCIA POTENCIA
(MHz)
(kW)
ESTADO
CANAL
FRECUENCIA DE
ENLACE (MHz)
Anterior
FRECUENCIA DE
ENLACE (MHz)
Actual
DISTINTIVO
FRECUENCIA POTENCIA
(MHz)
(kW)
ESTADO
CANAL
FRECUENCIA DE
ENLACE (MHz)
Anterior
FRECUENCIA DE
ENLACE (MHz)
Actual
DISTINTIVO
FRECUENCIA POTENCIA
(MHz)
(kW)
ESTADO
CANAL
FRECUENCIA DE
ENLACE (MHz)
Anterior
FRECUENCIA DE
ENLACE (MHz)
Actual
DISTINTIVO
FRECUENCIA POTENCIA
(MHz)
(kW)
ESTADO
CANAL
FRECUENCIA DE
ENLACE (MHz)
Anterior
FRECUENCIA DE
ENLACE (MHz)
Actual
DISTINTIVO
FRECUENCIA POTENCIA
(MHz)
(kW)
ESTADO
CANAL
FRECUENCIA DE
ENLACE (MHz)
Anterior
FRECUENCIA DE
ENLACE (MHz)
Actual
DISTINTIVO
BOYACÁ
CLASE
ESTACIÓN
MUNICIPIO
BOYACÁ
CLASE
ESTACIÓN
C
MUNICIPIO
FRECUENCIA
(MHz)
POTENCIA
(kW)
h (m.)
ESTADO CANAL
FRECUENCIA
ENLACE (MHz)
MAGDALENA
DISTINTIVO
CLASE
ESTACIÓN
MUNICIPIO
BOLÍVAR
CLASE
ESTACIÓN
C
MUNICIPIO
FRECUENCIA
(MHz)
POTENCIA
(kW)
h (m.)
ESTADO CANAL
FRECUENCIA
ENLACE (MHz)
DISTINTIVO
META
CHOCÓ
CLASE
ESTACIÓN
MUNICIPIO
FRECUENCIA
(MHz)
POTENCIA
(kW)
h (m.)
ESTADO CANAL
FRECUENCIA
ENLACE (MHz)
CLASE
ESTACIÓN
DISTINTIVO
NARIÑO
C
CLASE
ESTACIÓN
CUNDINAMARCA
CLASE
ESTACIÓN
C
MUNICIPIO
MUNICIPIO
FRECUENCIA
(MHz)
POTENCIA
(kW)
h (m.)
ESTADO CANAL
FRECUENCIA
ENLACE (MHz)
MUNICIPIO
DISTINTIVO
TOLIMA
C
CLASE
ESTACIÓN
MUNICIPIO
BOYACÁ
CLASE
ESTACIÓN
MUNICIPIO
FRECUENCIA
(MHz)
POTENCIA
(kW)
ESTADO CANAL
Anterior
ESTADO CANAL
Actual
DISTINTIVO
FRECUENCIA
(MHz)
POTENCIA
(kW)
ESTADO CANAL
Anterior
ESTADO CANAL
Actual
DISTINTIVO
FRECUENCIA
(MHz)
POTENCIA
(kW)
ESTADO CANAL
Anterior
ESTADO CANAL
Actual
DISTINTIVO
FRECUENCIA
(MHz)
POTENCIA
(kW)
ESTADO CANAL
Anterior
ESTADO CANAL
Actual
DISTINTIVO
FRECUENCIA
(MHz)
POTENCIA
(kW)
ESTADO CANAL
Anterior
ESTADO CANAL
Actual
DISTINTIVO
CALDAS
CLASE
ESTACIÓN
MUNICIPIO
FRECUENCIA (MHz) FRECUENCIA (MHz) POTENCIA
Anterior
Actual
(kW)
CUNDINAMARCA
h (m.)
ESTADO CANAL
DISTINTIVO
CLASE
ESTACIÓN
MUNICIPIO
BOLÍVAR
CLASE
ESTACIÓN
MUNICIPIO
FRECUENCIA (MHz)
POTENCIA (kW)
h anterior
(m.)
h actual
(m.)
ESTADO CANAL
DISTINTIVO
BOYACÁ
CLASE
ESTACIÓN
MUNICIPIO
GUAVIARE
CLASE
ESTACIÓN
FRECUENCIA (MHz)
POTENCIA (kW)
h anterior
(m.)
h actual
(m.)
ESTADO CANAL
DISTINTIVO
MUNICIPIO
MAGDALENA
CLASE
ESTACIÓN
MUNICIPIO
CALDAS
CLASE
ESTACIÓN
MUNICIPIO
FRECUENCIA (MHz)
POTENCIA (kW)
h anterior
(m.)
h actual
(m.)
ESTADO
CANAL
DISTINTIVO
NARIÑO
CLASE
ESTACIÓN
MUNICIPIO
26. 26
NORTE DE SANTANDER
CLASE
ESTACIÓN
Edición 48.862
Jueves, 25 de julio de 2013
DIARIO OFICIAL
MUNICIPIO
FRECUENCIA
(MHz)
POTENCIA
(kW)
ESTADO CANAL
Anterior
ESTADO CANAL
Actual
UNIDADES ADMINISTRATIVAS ESPECIALES
DISTINTIVO
Unidad Administrativa Especial Migración Colombia
RESOLUCIONES
RESOLUCIÓN NÚMERO 00925 DE 2013
por la cual se delega una función.
El Ministro de
I
C
Diego Molano Vega.
(C. F.).
SUPERINTENDENCIAS
Superintendencia de Puertos y Transporte
CIRCULARES
EXTERNAS
“por medio de la cual se dictan disposiciones y se
CIRCULAR EXTERNA NÚMERO 00000029 DE 2013
(julio 24)
“por el cual se reglamentan los
CENTROS DE RECONOCIMIENTO A CONDUCTORES
SUPERINTENDENTE DELEGADO DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE TERRESTRE AUTOMOTOR
REQUERIMIENTO DE INFORMACIÓN CORRESPONDIENTE A
NÚMERO DE USUARIOS ATENDIDOS Y COSTOS ESTABLECIDOS
2012-2013
Delegación
2012,
Deber de informar.
Vigencia
Sergio Bueno Aguirre.
(C. F.).
inspección
RESOLUCIÓN NÚMERO 01017 DE 2013
del “Acuerdo sobre Residencia para Nacionales de los Estados Partes del Mercosur, BoChile y Ecuador.
Acuerdo sobre residencia para nacionales de los Estados
Daniel Ortega Dávila.
(C. F.).
Acuerdo sobre residencia para nacionales de
27. Edición 48.862
Jueves, 25 de julio de 2013
27
DIARIO OFICIAL
Acuerdo sobre residencia para nacionales de los
ia ara a ori ar a o
i
o
r io
i r o
r a
ia
ro
rri orio a io a
ao
r i
a
i a
i i rio
o i r o a io a
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rior
or
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ra a
i or o r
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i ai o i ar i i
o i io a i a or ar
a or
o i io a
(…) “
o
ia
a a i a i
a rir a Acuerdo sobre residencia para nacionales de los Estados
a io
rior
Partes del Mercosur, Bolivia y Chile’ or
a a or a i i ra
a
a or r
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a ra r i a r o i r o
or o i i
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a
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i
(…) or o i i
i i
a
or
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i i ra i a
ia i ra i
o o ia a a Dir i
o o
ar
r i io a i a a o o
ro i o
a
i a
ro a a a a ar
a
io
o
a aa i a i
o i r
o i r a io a
(…)
Que el Ministerio de Relaciones Exteriores- Dirección de Asuntos Migratorios, Consu-
Aplicación de la exoneración.
a o
ra
Acuerdo
Procedimiento
Acuerdo
de 2012, informa al Gobierno de Argentina en referencia al acuerdo de residencia de los
Estados parte del Mercosur y asociados, que los ciudadanos de dicha nacionalidad pueden
Que el Ministerio de Relaciones Exteriores - Dirección de Asuntos Migratorios, Condiciembre de 2012, informa al Gobierno de Bolivia en referencia al acuerdo de residencia
de los Estados parte del Mercosur y asociados, que los ciudadanos de dicha nacionalidad
pueden aplicar al mencionado acuerdo;
Que el Ministerio de Relaciones Exteriores - Dirección de Asuntos Migratorios, Conoctubre de 2012, informa al Gobierno Brasileño en referencia al acuerdo de residencia
de los Estados parte del Mercosur y asociados, que los ciudadanos de dicha nacionalidad
Que el Ministerio de Relaciones Exteriores- Dirección de Asuntos Migratorios, ConsuAcuerdo sobre residencia para nacionales de los Estados Partes
parte del Mercosur y asociados, que los ciudadanos de dicha nacionalidad pueden aplicar
Que el Ministerio de Relaciones Exteriores - Dirección de Asuntos Migratorios, ConsuVigencia
Estados parte del Mercosur y asociados, que los ciudadanos de dicha nacionalidad pueden
aplicar al mencionado acuerdo a partir del 20 de mayo del presente año.
De conformidad con lo anterior, los ciudadanos que requieran adelantar dicho trámite
de Bogotá o en la dependencia que el Ministerio de Relaciones Exteriores designe para
Sergio Bueno Aguirre.
(C. F.).
Acuerdo sobre residencia
RESOLUCIÓN NÚMERO 1112 DE 2013
Especial Migración Colombia.
Nacionales de una Parte, que deseen establecerse en el territorio de la otra, y que
presenten ante la sede consular respectiva su solicitud de ingreso al país y la documentación
que se determina en el articulado siguiente.
Nacionales de una Parte, que se encuentren en el territorio de otra Parte deseando
establecerse en el mismo, y que presenten ante los servicios de migración su solicitud de
regularización y la documentación que se determina en el articulado siguiente.
El procedimiento previsto en el párrafo 2 se aplicará con independencia de la condición
migratoria con la que hubiera ingresado el peticionante al territorio del país de recepción,
e implicará la exención del pago de multas u otras sanciones más gravosas;
Acuerdo sobre residencia para nacionales de
29. Edición 48.862
Jueves, 25 de julio de 2013
DIARIO OFICIAL
29
Parágrafo. A solicitud del Ministerio de Relaciones Exteriores y describiendo el motivo,
la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia podrá autorizar el ingreso a un
extranjero que requiera visa, solamente con el uso de alguno de los permisos de que trata
el presente decreto;
[los particulares], a su vez, tienen el deber de respetar y obedecer a las
ridades tienen a su disposición medios coercitivos cuyo empleo debe ser proporcional a la
transgresión. En materia contravencional, la autoridad administrativa está facultada para
imponer multas al término de un procedimiento, el cual debe tener por objeto garantizar
Irrespetar
o amenazar a los funcionarios de la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia
30. 30
Edición 48.862
Jueves, 25 de julio de 2013
DIARIO OFICIAL
Que es necesario establecer los requisitos que se deben acreditar para otorgar los per
PGT,
.
PIP8
31. Edición 48.862
Jueves, 25 de julio de 2013
DIARIO OFICIAL
Establece las conductas que se entienden como irrespeto o amenaza
a los funcionarios de la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia
Conductas irrespetuosas o amenazantes.
creto
Medida administrativa de inadmisión.
cuando se incurra en alguna de las causales establecidas en el
31
32. 32
Edición 48.862
Jueves, 25 de julio de 2013
DIARIO OFICIAL
Registro Manual.
Contenido del Registro.
Activación de cuenta para acceder al Sistema de Control Hotelero. El
banner SCH, link reg
,
Documentos que deben adjuntarse a la Solicitud de Acceso al Sistema de
Control Hotelero.
Reporte a través del Sistema de Control Hotelero.
Reporte a través de un medio diferente al SCH
Asistencia para la Inscripción o Ingreso al Sistema de Control Hotelero.
Tiempos de Reporte.
Formalización de la inscripción.
Confrontación de la Información.
33. Edición 48.862
Jueves, 25 de julio de 2013
33
DIARIO OFICIAL
Deber de Reportar.
Se reglamenta la terminación y cancelación de visas y permisos por parte
de la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia
Causales de la cancelación de visas.
Procedimiento.
Salvoconducto
Terminación de Visas.
rrencia del hecho podrá solicitar nueva visa sin necesidad de salir del territorio nacional
Causales
Procedimiento.
en colegios o consejos profesionales,
Salvoconducto
Sello de cancelación o terminación
Registro
34. 34
Edición 48.862
Jueves, 25 de julio de 2013
DIARIO OFICIAL
Clase Visa/
Permiso
Comunicación al Ministerio de Relaciones Exteriores. Por tratarse de un
Categoría
(1) Inicio Actividad,
Ocupación, Labor
o Cargo
No aplica
(2) Ingreso al país
No aplica
Otros Reportes de Vinculación.
Continuidad en la Vinculación.
Se reglamentan las obligaciones que obedecen a los sujetos de control relacionados
Reporte de vinculación.
Reporte por el cambio generado.
Clase Visa/
Permiso
Categoría
(1) Inicio Actividad,
Ocupación, Labor
o Cargo
(2) Ingreso al país
(3) Expedición Visa
en Colombia o PTP-6
Reporte de desvinculación.
Solicitud de cancelación de permiso.
No aplica
corresponda con la re
soporte, cuando la labor corres
ponda o sea resultado del ingre
corresponda con la re
No aplica
Cumplimiento de disposiciones.
No aplica
soporte, cuando la labor corres
ponda o sea resultado del ingre
corresponda con la re
soporte, cuando la labor corres
ponda o sea resultado del ingre
corresponda con la re
salarial
Negocios
Referencia Normativa.
soporte, cuando la labor corres
ponda o sea resultado del ingre
salarial
corresponda con la re
(3) Expedición Visa
en Colombia o PTP-6
No aplica
No aplica
35. Edición 48.862
Jueves, 25 de julio de 2013
35
DIARIO OFICIAL
Reporte de inicio actividades académicas.
Acta de Apertura e inscripción en el Sistema de Información para el Reporte de Extranjeros.
Sistema de Información para el Reporte de Extranjeros.
Reporte de terminación actividades académicas
Activación de cuenta para acceder al Sistema de Información para el Reporte de Extranjeros.
Reporte por actividades religiosas
reg
Reporte de espectáculos artísticos, culturales o deportivos
Reporte por actividades de cooperante o voluntario
Documentos que deben adjuntarse a la Solicitud de Acceso al Sistema
de Información para el Reporte de Extranjeros.
reg
•
Registro manual.
•
Asistencia para la Inscripción o Ingreso al Sistema de Información para el
Reporte de Extranjeros.
Contenido del registro.
Reporte por medio físico.
Información del Reporte.
Reporte a través del Sistema de Información para el Reporte de Extranjeros.
Reporte a Migración Colombia.
Información historia del extranjero
36. 36
Edición 48.862
Jueves, 25 de julio de 2013
DIARIO OFICIAL
Contenido de la decisión.
Transitorio
económicas que impone la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia por
el incumplimiento de las disposiciones en materia migratoria
Sujetos de sanción económica.
Criterios de valoración.
vigentes.
ahora no consiste en no presentarse sino en no informar en forma escrita o electrónica del
cambio”.
Infracciones graves.
Causales y cuantía hasta quince (15) salarios mínimos legales mensuales
vigentes.
Criterios de graduación.
Atenuantes o Agravantes.
a) Omitir por parte de las personas naturales o jurídicas que presten servicio de hospedaje
o campamento en cualquier modalidad, la obligación de incorporar diariamente el registro
establecido por la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia, llevarlo de mane-
Evaluación del Riesgo.
Temporalidad.
blecimientos que presten el servicio de hospedaje o campamento en cualquier modalidad,
c) Negarse u obstaculizar el ejercicio del control migratorio o el suministro de información
a la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia, sobre el registro de extranjeros,
el servicio de hospedaje o campamento en cualquier modalidad, establecida en el artículo
d) No efectuar la inscripción en el registro de establecimientos dedicados al servicio de
hospedaje en el sistema que para tal efecto establezca la autoridad migratoria, conforme al
Eximentes de responsabilidad.
e) Omitir o no informar oportunamente a la Unidad Administrativa Especial Migración
Colombia, sobre el ingreso y salida de extranjeros hospedados en inmuebles particulares,
37. Edición 48.862
Jueves, 25 de julio de 2013
37
DIARIO OFICIAL
opera también frente a Organizaciones Gubernamentales. Para todas las personas jurídiposteriores al retiro del extranjero y siempre que dichas personas jurídicas admitan a un
Modelo matemático.
“Esta conducta incluye, entre otras, el permitir el desembarque de pasajeros en una escala
Indexación
deber de informar por escrito o por los medios electrónicos establecidos por Migración
o acto público cultural o deportivo.
gar por el empleador o contratante dentro de los treinta (30) días calendario siguientes a
la terminación del vínculo o la cancelación o terminación de la visa o la deportación o la
expulsión.
Ajuste de los valores.
Vigencia
ca de la negativa por parte del extranjero de hacer uso de los gastos de regreso al país de
origen o al último lugar de residencia del extranjero contratado o vinculado, así como de su
d) Omitir por parte de instituciones prestadoras de servicios de salud, el registro de urgencias y hospitalizaciones de extranjeros, o llevarlo de manera incompleta o adulterarlo,
Ian Sergio Bueno Aguirre.
(C. F.).
Cálculo de las sanciones.
Monto de la sanción y ejecutoria de los actos administrativos
Agencia Colombiana para la Reintegración de Personas
y Grupos Alzados en Armas
RESOLUCIONES
RESOLUCIÓN NÚMERO 0754 DE 2013
por la cual se reglamentan requisitos, características, condiciones y obligaciones para el
a la sociedad civil dirigida a la población desmovilizada; procedimiento de suspensión,
pérdida de los mismos y culminación del proceso de reintegración.
38. 38
Edición 48.862
Jueves, 25 de julio de 2013
DIARIO OFICIAL
Ingreso al Proceso de Reintegración
por la cual se dictan disposiciones
de justicia transicional que garanticen verdad, justicia y reparación a las víctimas de
desmovilizados de grupos organizados al margen de la ley
Ingreso al Proceso de Reintegración.
Por la
cual se reglamentan requisitos, características, condiciones y obligaciones para el acceso
reintegración a la sociedad civil dirigida a la población desmovilizada; procedimiento de
suspensión y pérdida de los mismos y culminación del proceso de reintegración
“por la cual se establecen
disposiciones para la implementación de las estrategias de servicio social; prevención
temprana de reclutamiento y utilización de niños, niñas, adolescentes y jóvenes y reinte“La Agencia Colombiana para la Reintegración de Personas y Grupos Alzados
en Armas de conformidad con el marco legal vigente promoverá, coordinará, desarrollará, implementará y ejecutará estrategias de servicio social; prevención temprana
de reclutamiento y utilización de niños, niñas, adolescentes y jóvenes y reintegración
por la cual se expide el Código de Procedimiento Adminis-
por el cual se dictan normas para suprimir o
reformar regulaciones, procedimientos, y trámites innecesarios existentes en la administración pública
39. Edición 48.862
Jueves, 25 de julio de 2013
Ruta de Reintegración
Ruta de Reintegración.
a) Enfoque Especial.
b) Enfoque Condicional.
DIARIO OFICIAL
39
40. 40
DIARIO OFICIAL
Edición 48.862
Jueves, 25 de julio de 2013
incapacidades médicas.
Desembolso por razones de salida del país autorizada por el Gobierno Nacional.
Eventos extraordinarios.
Acceso al Apoyo Económico a la Reintegración.
Desembolsos del Apoyo Económico a la Reintegración.
Casos excepcionales para el Desembolso del Apoyo Económico a la Reintegración.
amenazas contra la integridad física o la vida de la persona en proceso de reintegración
o su grupo familiar.
41. Edición 48.862
Jueves, 25 de julio de 2013
41
DIARIO OFICIAL
Estímulo Económico para la Educación Superior en el Nivel Profesional.
Acceso al Estímulo Económico para la Educación Superior. Para acceder
Capital Semilla.
Requisitos para el Acceso al Estímulo Económico para Planes de Negocio.
Espacios de Reconciliación
Participación en Espacios de Reconciliación.
Servicio social.
Acciones de servicio social
Condiciones y requisitos para acceder a las acciones de servicio social.
42. 42
Edición 48.862
Jueves, 25 de julio de 2013
DIARIO OFICIAL
Campo de aplicación.
Principios orientadores.
Competencia
Terminación del Proceso de Reintegración
Terminación del Proceso de Reintegración.
Infracciones y sanciones
Infracciones gravísimas.
Formalización de la Terminación del Proceso de Reintegración.
Monitoreo de las Personas desmovilizadas
Monitoreo
Infracciones Graves.
Monitoreo con posterioridad a la terminación del proceso de reintegración
por la modalidad de culminación.
Asesoría institucional para las personas desmovilizadas que terminaron el
proceso de reintegración por la modalidad de culminación.
Clases de Sanciones.
Generalidades
Objeto.
Procedimiento
Trámite del Procedimiento.
43. Edición 48.862
Jueves, 25 de julio de 2013
43
DIARIO OFICIAL
Investigación preliminar.
Formalización de la suspensión o pérdida por causales sobrevinientes
Competencia
Formulación de cargos.
el Coordinador del Centro de
Derogatorias
en el Diario
Vigencia
ia
Descargos y aportación de pruebas.
Alejandro Éder Garcés.
(C. F.).
Período probatorio.
ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS
Instituto Nacional de Salud
RESOLUCIONES
Alegatos de conclusión.
RESOLUCIÓN NÚMERO 0456 DE 2013
por la cual se efectúa la cesión de créditos a favor de la Central de Inversiones S. A.
Decisión.
Recursos.
Oportunidad y trámite de los recursos de reposición y apelación.
Integración normativa.
Causales
Constituye causal
Cl
Constituye causal para
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Jueves, 25 de julio de 2013
45
DIARIO OFICIAL
Sexto.
Séptimo.
Octavo.
Fernando Pío de la Hoz Restrepo.
Diario
ia del presente
Instituto Colombiano de Bienestar Familiar
Regional Bogotá - Grupo Jurídico
RESOLUCIONES
RESOLUCIÓN NÚMERO 1620 DE 2013
Edgard Ricardo Lombo Bastidas.
por la cual se aprueba la reforma de estatutos a la entidad sin ánimo de lucro denominada
Asociación Cristiana de Jóvenes de Bogotá y Cundinamarca (ACJ YMCA).
Instituto Colombiano Agropecuario
RESOLUCIONES
,
RESOLUCIÓN NÚMERO 003330 DE 2013
(julio 22)
Primero.
minación en el territorio nacional de la enfermedad conocida como Moko del plátano y
banano, ocasionada por la bacteria Ralstonia solanacearum.
Segundo.
Tercero.
Ralstonia solanacearum
Cuarto.
Quinto.
46. 46
Edición 48.862
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DIARIO OFICIAL
Prohibiciones
Objeto
Ralstonia solanacearum
mbito de aplicación
Ralstonia solanacearum,
Sanciones
Vigencia
Teresita Beltrán Ospina.
(C. F.).
V
A R I O S
Consejo Nacional Electoral
RESOLUCIONES
RESOLUCIÓN NÚMERO 1587 DE 2013
por este mecanismo para la toma de sus decisiones o escogencia de sus candidatos en el
Cuarentenas
Obligaciones
“Los Partidos y Movimientos Políticos se organizarán democráticamente y tendrán
como principios rectores la transparencia, objetividad, moralidad, la equidad de género, y
el deber de presentar y divulgar sus programas políticos.
Para la toma de sus decisiones o la escogencia de sus candidatos propios o por coalición, podrán celebrar consultas populares o internas o interpartidistas que coincidan o no
con las elecciones a Corporaciones Públicas, de acuerdo con lo previsto en sus Estatutos
“Las consultas de los partidos y movimientos que opten por este mecanismo recibirán
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Jueves, 25 de julio de 2013
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DIARIO OFICIAL
Activo
N° Matrícula
Valor avalúo
Aprobar la actualización de valoración
Ordenar
Notifíquese
Nora Tapia Montoya.
Pablo Guillermo Gil de la Hoz.
(C. F.)
Ignacio Argüello Andrade.
Interbolsa S. A. SCB en Liquidación
Servilima SAS
RESOLUCIONES
AVISOS
RESOLUCIÓN NÚMERO 0015 DE 2013
por medio de la cual se actualiza la valoración de activos, de la Sociedad
Comisionista de Bolsa InterBolsa S. A. en Liquidación.
Primer aviso.
AVISOS
JUDICIALES
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DIARIO OFICIAL
,
2
,
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2
,
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4
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,
22
Diario
Tiempo, El Espectador, El Nuevo Siglo o La República
,
,
El
ia , al
,
Concepción Venegas Avilán.
,
Instituto Nacional de Salud
,
,
,
Consejo Nacional Electoral
,
El Mundo o El Tiempo
Betty del S. Zapata López.
,
C
O N T E N I D O
,
El
IMPRENTA NACIONAL DE COLOMBIA - 2013