1. UNIVERSIDAD DE EL SALVADOR
FACULTAD DE MEDICINA
ESCUELA DE TECNOLOGÍA MÉDICA
LICENCIATURA EN ENFERMERÍA
ATENCION INTEGRAL EN SALUD A LA
MUJER Y PLANIFICACION FAMILIAR
MENDEZ DE PAZ, MARILYN NOHEMY
MOLINA GARCIA, MARCELA EMPERATRIZ
PINTO GIRON, CRISIA ANGELICA
MORENO FUENTES, EVELYN ESTER
MÉNDEZ SANCHEZ, RAQUEL ELIZABETH
MENDEZ DE PAZ, JACQUELINE MARISOL
2. Al finalizar los contenidos teóricos los
estudiantes puedan:
Reconocer los diferentes programas de
atención integral a la salud de la mujer y
cual es el manejo en las Unidades
Comunitarias de Salud Familiar.
Definir que es la Planificación Familiar y
como se maneja en las Unidades
Comunitarias de Salud Familiar.
4. Política de salud sexual y
reproductiva
La responsabilidad del Estado y el Ministerio de Salud es
garantizar la protección de los derechos a la salud integral, salud
sexual y reproductiva de las mujeres teniendo como finalidad
mejorar la calidad de vida, la igualdad y equidad en el acceso y
atención en los servicios correspondientes (sin discriminación
alguna y con servicios gratuitos y de buena calidad durante la
etapa de Preconcepcional, prenatal, perinatal y postnatal y en la
prevención de enfermedades de todas las mujeres).
5. Planificación
familiar:
Es la utilización de métodos artificiales o naturales
temporales o definitivos para impedir la fecundación.
Salud sexual
y
reproductiva
Es el estado completo de bienestar físico, mental y social,
incluyendo la capacidad de disfrutar de una vida sexual
satisfactoria sin riesgo y de procrear con libertad de hacerlo
o no y con qué frecuencia y no solo la ausencia de
enfermedades relacionadas con el sistema reproductivo,
sus funciones y procesos.
ATENCION INTEGRAL A LA MUJER EN
PLANIFICACIÓN FAMILIAR
6. Proporcionar a los proveedores de los servicios de salud sexual y
reproductiva los lineamientos técnicos que les permita brindar atenciones
integrales a la población, basadas en avances tecnológicos y científicos
disponibles, con enfoque de derechos y equidad de género.
Proporcionar los lineamientos técnicos indispensables para que los
promotores de salud, brinden servicios de calidad en Planificación Familiar a
nivel comunitario.
Proporcionar al personal que trabaja con Parteras, los lineamientos técnico-
administrativos esenciales para la provisión de servicios de Planificación
Familiar en la atención a nivel comunitario.
Proporcionar a los proveedores de servicio de Planificación familiar de los
establecimientos de primer y segundo nivel los criterios técnicos y
administrativos que les permitan brindar atenciones integrales y de calidad,
considerando el enfoque de género, derechos y de salud sexual y
reproductiva.
7. Métodos
Anticonceptivos
Temporales
Naturales
Basados en el
Calendario
• Metodo del Calendario (ritmo)
• Metodo de los dias fijos o de dias standard
(collar)
Basados en los
sintomas
• Metodo del Moco Cervical (Billins)
• Metodo de la temperatura corporal Basal
• Metodo sitotermico.
• Metodo de retiro voluntario (coito
interrumpido)
De barrera
Fisicos
• Preservativos (masculino-femenino)
• Diafragma*
• Capuchon Cervical*
Quimicos
• Óvulos
• Tabletas
• Espumas
• Cremas
• Jalea
• Película
Hormonales
• Anticonceptivos orales combinados.
• Anticonceptivos inyectables combinados.
• Parche Combinado.
• Anillo Vaginal Combinado.
• Anticonceptivos orales solo de Progestina.
• Anticonceptivos inyectables solo de progestina.
• Anticonceptivos sub dermico solo de progestina.
• DIU de Cobre.
• DIU Hormonales
Permanentes
• Esterilización quirúrgica femenina
• Esterilización quirúrgica masculina
8. TEMPORALES.
Naturales
Basados en el Calendario Basados en los sintomas
Metodo del
Calendario
(ritmo)
Metodo de los
dias fijos o
de dias
standard
(collar)
Metodo del Moco
Cervical
(Billins)
Metodo de la
temperatura
corporal Basal
Metodo
sitotermico.
Metodo de retiro
voluntario
(coito
interrumpido)
9. METODO DE LACTANCIA Y
AMENORREA (MELA)
Se basa en la infertilidad natural postparto cuando se cumplan los 3 criterios
siguientes:
•Amenorrea
•Lactancia exclusiva o casi exclusiva.
•Dentro de los primeros 6 meses postparto
Mecanismo de acción: La succión efectuada por el lactante inhibe la producción de
las hormonas que se requieren para la ovulación
Duración del efecto anticonceptivo: los primeros 6 meses después del parto,
siempre y cuando se cumplan los 3 criterios mencionados.
Modo de uso e inicio
•Iniciar la lactancia inmediatamente después del parto
•Amamantar cada vez que el lactante lo pide y sin horario fijo
•Evitar el uso de biberones y chupetes
•No dejar transcurrir largos períodos entre una mamada y otra (no más de 4 horas
durante el día y no más de 6 horas durante la noche)
•No introducir alimentación suplementaria durante los primeros 6 meses
11. Hormonales
COMBINADOS.
Contienen estrógenos y progestina y su vía de administración
puede ser oral, inyectable, transdermico y transvaginal
SOLO DE PROGESTINA.
No contienen estrógeno y su vía de
administración puede ser oral, inyectable, o
subdérmica
Anticonceptiv
os orales
combinados.
Anticonceptivos
inyectables
combinados.
Parche
Combin
ado
Anillo
Vaginal
Combinado.
Anticoncepti
vos orales
solo de
Progestina
Anticonceptiv
os inyectables
solo de
progestina.
Anticonceptiv
os sub
dermico
solo de
progestina
.
13. PERMANENTES
Esterilización quirúrgica femenina Esterilización quirúrgica masculina
Procedimiento quirúrgico en el que las
trompas de Falopio, que transportan el
óvulo desde el ovario hasta el útero, se
bloquean (se atan y se cortan, se
cauterizan o se cierran con un anillo o
grapa).
Procedimiento de cirugía menor que
consiste en la oclusión bilateral de los
conductos deferentes, con el fin de
evitar el paso de los espermatozoides
hacia el semen; por consiguiente, el
semen es eyaculado sin
espermatozoides.
14. Planificación Familiar En Unidades
Comunitarias De Salud Familiar
(UCSF)
DIU( T de cobre)
Métodos de barrera.
Pastillas anticonceptivas.
Inyectables de 1 meses y de 3 meses
Métodos Mas
Utilizados
15. ANTICONCEPCIÓN EN LA
ADOLESCENCIA
10 a los 19 años (no cuentan con la madurez física,
psicológica, emocional, económica y social, no están
preparados para afrontar responsablemente las
consecuencias de las relaciones sexuales)
Primera opción: abstinencia sexual
Se le brinda Atencion (Ginecologo).
Si desea iniciar vida sexual: métodos de barrera física
(preservativo), anticonceptivos hormonales orales o
inyectables combinados.
Adolescentes con hija/o vivo: MELA
16. ANTICONCEPCIÓN EN LA PERI
MENOPAUSIA
Período comprendido desde el periodo fértil de la vida al no fértil.
Mayor de 40 años: se opta por un método permanente.
Mayor de 50 años: si hay amenorrea por 6 meses, suspender
anticonceptivo de barrera. Si la menstruación regresa, reiniciar el método
hormonal y usarlo por 12 meses mas o continuar con método de barrera.
AOC ayuda a controlar algunos sintomas de la perimenopausia
incluyendo los sangrados, proteccion del 50% contra cancer de ovario y de
endometrio, complicaciones de osteoporosis
DIU: apropiados cuando no se tienen menstruaciones demaciado
adundantes y dolorosas.
Metodos naturales no son muy recomendados.
17. LINEAMIENTOS TÉCNICOS PARA LA
PREVENCIÓN Y CONTROL DEL CÁNCER
CÉRVICO UTERINO Y DE MAMA.
PREVENCIÓN Y CONTROL DEL CÁNCER
CÉRVICO UTERINO
PREVENCIÓN Y CONTROL DEL CÁNCER
DE MAMA
18. Es un tumor maligno que se desarrolla en las células del cuello
uterino, con capacidad para invadir los tejidos periféricos sanos y
de alcanzar órganos lejanos e implantarse en ellos. También es
llamado cáncer cervical o carcinoma de cérvix
Existen dos tipos principales de cáncer cérvico uterino: El
carcinoma de células escamosas y el adenocarcinoma.
19. • Para el abordaje de la atención integral al cáncer de cérvix, es importante
considerar los tres niveles de prevención, a fin de causar impacto en la incidencia,
prevalencia y morbimortalidad.
LA PREVENCIÓN PRIMARIA DEL CÁNCER CÉRVICO UTERINO.
• 1. Se recomienda el tamizaje con PAP (citología convencional), a mujeres de 20 a
29 años de edad. En mujeres menores de 20 años, se recomienda la toma de PAP
de acuerdo a la valoración de riesgo individual.
• 2. La prueba de VPH se utiliza para detectar el ADN de los VPH de alto riesgo
oncogénico en las células del cérvix.
• 3. La evaluación visual con ácido acético, consiste en la observación del cuello
uterino a simple vista (sin aumento) después de aplicarle ácido acético, con el fin
de detectar áreas anormales.
20. • PREVENCIÓN SECUNDARIA DEL CÁNCER CÉRVICO UTERINO
• Pruebas de Tamizaje del Cáncer Cérvico Uterino
• EVALUACIÓN VISUAL CON ÁCIDO ACÉTICO
• También es llamada inspección visual directa o cervicoscopía. Este
procedimiento únicamente se utilizará para evaluación visual en mujeres
con VPH positivo, para decidir tratamiento elegible con crioterapia y será
realizado en UCSF, donde exista personal capacitado y seleccionadas para
tal fin, por la región de salud correspondiente
Prueba de tamizaje Edad de la mujer
Citología cervical convencional (PAP o
Papanicolaou)
20 a 29 años
60 o más años.
Prueba del VPH (Virus del Papiloma Humano) 30 a 59 años
21. • DIAGNÓSTICO DE LAS LESIONES PRE CANCEROSAS Y DEL CÁNCER CÉRVICO
UTERINO
El diagnóstico de las lesiones precancerosas y del cáncer cérvico uterino, es por
estudio histopatológico, de biopsias tomadas durante la colposcopía o de cono del
cérvix.
• COLPOSCOPÍA
La colposcopía se debe realizar con un colposcopio que proporciona luz intensa y
aumento de la imagen, para observar el cuello uterino. El diagnóstico presuntivo de
las lesiones pre invasivas o de cáncer de cérvix, se podrá establecer por colposcopía. El
diagnóstico definitivo se debe realizar por estudio histopatológico.
Tipos de biopsias cérvico uterinas que pueden ser tomadas bajo dirección
colposcópica
• Biopsia.
• Legrado endocervical.
• Cono.
22. • TRATAMIENTO DE LAS LESIONES PRECANCEROSAS DEL CÉRVIX
Los métodos de tratamiento pueden ser con destrucción de los tejidos
anormales por medio de calor o frío o escisionales, con extirpación quirúrgica
de las lesiones precancerosas.
El personal de salud para el tratamiento de las lesiones pre cancerosas del
cuello uterino puede realizar: congelación con una sonda fría (crioterapia) o
extirparse con un asa (Cono LEEP).
La biopsia en cono frío con bisturí (cono quirúrgico), si bien ya no es el
tratamiento estándar, puede utilizarse cuando existan contraindicaciones o
dificultades técnicas para realizar el cono LEEP.
23. • GENERALIDADES DEL CÁNCER DE MAMA
DEFINICIÓN
• Tumor maligno que se origina en las
células de la mama y que consiste en una
proliferación acelerada e incontrolada de
las células del epitelio glandular. Este
cáncer tiene la capacidad de invadir los
tejidos circundantes y enviar metástasis a
áreas distantes del cuerpo.
CLASIFICACIÓN
• Sistema TNM
El personal de salud debe utilizar el sistema
TNM para la clasificación del cáncer de
mama. Este sistema evalúa el tamaño del
tumor (T), la afectación de los ganglios
linfáticos regionales (N) y la diseminación del
cáncer de mama a otros órganos o metástasis
(M).
24. • PREVENCIÓN SECUNDARIA O DETECCIÓN
TEMPRANA
La prevención secundaria son todas las medidas
destinadas a detectar un cáncer de mama en estadios
tempranos, con el fin de aumentar la tasa de curación
de la enfermedad.
• TRATAMIENTO DEL CÁNCER DE MAMA
El personal de salud debe tomar las decisiones
terapéuticas de los pacientes con cáncer de mama,
basándose en la edad y el estado menopáusico de la
mujer, el estadío clínico de la enfermedad, los factores
pronósticos (grado histológico y nuclear del tumor
primario, los índices de los receptores de estrógeno y
progesterona en el tejido tumoral, el estado del
receptor del factor de crecimiento epidérmico humano
• Actualmente, los métodos terapéuticos que se
emplean para tratar el cáncer de mama son:
1. Cirugía.
2. Quimioterapia.
3. Radioterapia.
4. Hormonoterapia
26. LEY DE PROMOCIÓN, PROTECCIÓN Y
APOYO DE LA LACTANCIA MATERNA
12 de Agosto de 2013 la Asamblea
Legislativa de El Salvador decreta la LEY DE
PROMOCION PROTECCION Y APOYO A LA
LACTANCIA MATERNA
10 de Junio de 2015 se publica en el Diario
Oficial el REGLAMENTO DE LA LEY DE
PROTECCION, PROMOCION Y APOYO A
LA LACTANCIA MATERNA
27. ART. 5 del REGLAMENTO DE LA LEY DE
PROTECCION, PROMOCION Y APOYO A LA
LACTANCIA MATERNA
EL MINSAL ES LA AUTORIDAD COMPETENTE
PARA LA APLICACIÓN DEL REGLAMENTO
DEBIENDO PARA ELLO COORDINAR CON OTRAS
ESTANCIAS PUBLICAS O PRIVADAS EL
DESARROLLO Y EJECUCIÓN DE LAS ACCIONES
DE PROTECCION PROMOCION Y APOYO A LA
LACTANCIA MATERNA
28. ART 6
ATRIBUCIONES DEL MINSAL
Cumplir y hacer cumplir la ley de promoción,
protección y apoyo a la lactancia materna
Emitir o denegar el registro sanitario de los sucedáneos
de la leche materna por medio de la dirección de salud
ambiental todo a corde a los instrumentos técnicos
jurídicos relacionados
Vigilar y monitorear a través de las direcciones regionales
de salud en coordinación con la dirección de salud
ambiental (DISAM) la calidad e inocuidad de los
sucedáneos con acciones sustentadas en el reglamento
Vigilar monitorear y evaluar el cumplimiento de las
disposiciones legales y reglamentarias referidas a la
comercialización publicidad y etiquetado de los
sucedáneos de la leche materna y en su caso de los
alimentos complementarios
29. COMISION NACIONAL DE LACTANCIA
MATERNA (CONALAM):
`
Órgano asesor y de consulta adscrito al MINSAL, lo
apoya y asesora en lo referente a la protección
promoción y apoyo a la lactancia materna.
30. Integración de CONALAM
Art.9.- La Comisión estará integrada por un
representante propietario y un suplente de las
siguientes instituciones:
a) El titular del Ministerio de Salud, o su
delegado quien lo presidirá.
b)El titular del Ministerio de Trabajo y
Previsión Social o su delegado.
c)El titular del Ministerio de Educación o su
delegado
31. d)El titular del Instituto Salvadoreño del
Seguro Social o su delegado
e)El titular del Instituto de Desarrollo de
la Mujer o su delegado
f)El titular del Consejo Nacional de la
Niñez y Adolescencia, o su delegado
g)Un delegado de la Facultad de
Medicina de la Universidad de El
Salvador
32. h)Un delegado de las universidades privadas
que tengan facultad de medicina
i)Un delegado del Colegio Médico de El
Salvador
j)Un delegado de la empresa privada
k)Un representante del Centro de Apoyo de
Lactancia Materna.
33. DEFINICIONES
Bancos de leche humana: centros
especializados responsables de la
recolección, promoción, protección y apoyo a
la lactancia materna, y de la ejecución de
actividades de procesamiento y controles de
calidad, para su posterior distribución bajo
prescripción médica.
34. Lactante: es todo niño o niña hasta la edad
de veinticuatro meses cumplidos.
Lactancia materna exclusiva: alimentación
del lactante a base de leche materna, sin
incluir ningún otro alimento o líquido. La
lactancia materna exclusiva debe iniciarse
desde el nacimiento hasta que el niño cumpla
los seis meses de edad.
35. Promoción de la lactancia materna: acciones
utilizadas para comunicar e informar sobre
las ventajas y bondades de dicha práctica.
Sucedáneos de la leche materna: todo
alimento comercializado o de otro modo
presentado como sustitutivo parcial o total de
la leche materna, sea o no adecuado para
ese fin.
36. LINEAMIENTOS TECNICOS PARA LA
IMPLEMENTACION DE LOS BANCOS DE
LECHE HUMANA
Art.20.- Los bancos de
leche humana son los
encargados de
recolectar, analizar,
pasteurizar y ejecutar los
procesos de
conservación,
clasificación, control de
calidad y distribución de
leche materna para el
lactante imposibilitado
de recibir lactancia
directa de su madre.
37. AUTORIDAD RESPONSABLE
Art.21.- Corresponde al Ministerio,
asegurar la aplicación y
cumplimiento de los bancos de
leche humana
BASE LEGAL.
Código de salud.
Art. 41.- Corresponde al Ministerio:
Numeral 4: “Organizar,
reglamentar y coordinar el
funcionamiento y las atribuciones
de todos los servicios técnicos y
administrativos de sus
dependencias”.
38. REGLAMENTO INTERNO DEL ÓRGANO
EJECUTIVO.
Art. 42.- Compete al Ministerio de Salud:
Numeral 2: “Dictar las Normas y técnicas en
materia de salud y ordenar las medidas y
disposiciones que sean necesarias para
resguardar la salud de la población”.
39. LEY DE PROTECCIÓN INTEGRAL DE LA
NIÑEZ Y ADOLESCENCIA (LEPINA).
Art. 25.- Corresponde al Estado a través del
Sistema Nacional de Salud. Lit. D:
"Promocionar y fomentar la lactancia materna
exclusiva, al menos en los primeros seis
meses de vida, en los centros públicos y
privados de salud".
40. Art. 28.- Derecho a la lactancia materna.
Es obligación del Estado, el padre, la madre, los
representantes, los responsables, los empleadores, así
como las organizaciones privadas de salud:
a) Informar e informarse de las ventajas de la lactancia
materna, así como de los efectos de su sustitución por
sucedáneos de la leche materna.
b) Proporcionar a los lactantes una nutrición segura,
controlada y suficiente promoviendo la lactancia natural,
utilizando de manera informada y adecuada los
sucedáneos de la leche materna.
c) Proveer en la medida de lo posible de leche materna al
lactante al menos hasta los seis meses de edad.
41. CONFORMACIÓN DE LA RED DE BANCOS DE
LECHE HUMANA.
Los Bancos de Leche Humana
establecidos a nivel nacional conforman la
Red de Bancos de Leche Humana, el
personal de los mismos establecerá la
coordinación necesaria bajo la
conducción del Nivel Superior para
compartir conocimientos, experiencias y
lineamientos que permitan el accionar
uniforme de los bancos.
42. COORDINACIÓN CON EL PRIMER NIVEL DE
ATENCIÓN.
• El personal de los Bancos de
Leche Humana, debe establecer
coordinación con las Unidades
Comunitarias de Salud Familiar, en
adelante UCSF y los comités
multidisciplinarios de apoyo a la
lactancia materna y alimentación
complementaria a Nivel Local, para
el desarrollo de los procesos
relacionados con el Banco, entre
otros la promoción de la donación
de leche humana y el seguimiento
de los niños y niñas que recibieron
leche humana pasteurizada.
45. ATENCIÓN INTEGRAL EN SALUD A LA
MUJER EN EL PERIODO
PRECONCEPCIONAL, PARTO Y
PUERPERIO
46. El Código de Salud
• el artículo 48 del Código de Salud
impone como obligación ineludible
del Estado, promover, proteger y
recuperar la salud de la madre y del
niño por todos los medios que están
a su alcance, debiendo prestar
atención preventiva y curativa a la
madre, en el embarazo, parto o
puerperio, y al niño desde su
concepción, hasta el fin de su edad
escolar.
47. Política nacional de salud
• en el Romano II Atención a la
Salud y la Enfermedad,
Estrategia 8: Prestaciones de
la Red de Servicios, se
establece que se proveerá a
toda la población a través de
la red pública de servicios,
prestaciones en salud, de
forma integral y universal, lo
cual abarca la atención de la
madre durante el embarazo,
parto o puerperio.
48. •Guía Técnica para el Sistema de vigilancia de
la salud materno perinatal
proporcionar a los proveedores de los servicios de salud,
una herramienta que permita ejecutar acciones
orientadas a identificar, recolectar, procesar, analizar y
divulgar de manera sistemática y activa la información
relacionada con la vigilancia de la salud materna y
perinatal de manera que se disponga con información
para impulsar la elaboración e implantación de planes de
mejora, a efecto de disminuir la morbilidad severa y la
mortalidad materna.
objetivo
49. Aspectos a tomar en cuenta en la
guía de vigilancia de la salud
materno perinatal
Causa básica
de defunción
Defunción
Materna
Defunción
materna
tardía
Defunción
por causas
obstétricas
directas
Defunción
por causas
obstétricas
indirectas
Defunción
por causas
no
relacionadas Defunción
de
mujeres
de 10 a 54
años
Tasa de
mortalidad
materna
Morbilidad
obstétrica
severa
50. CLASIFICACIÓN DE LA MUERTE MATERNA
• Muerte Materna por
causas No
relacionadas
Muerte Materna por
causas Directas
Muerte Materna
por causas
Indirectas
51. El sistema de vigilancia activa de la salud materna perinatal se aplica
en casos que ocurren en la comunidad, como a nivel de los
establecimientos de salud y su implantación se abordará en dos
etapas:
ANÁLISIS
EPIDEMIOLÓGICO
IMPLANTACIÓN DEL PLAN DE
MEJORA.
A partir de los hallazgos
en el análisis de los
casos de morbilidad
extrema o muerte
materna, se elaborara
un plan de mejora.
Inicia ante la muerte de una mujer entre 10
a 54 años registradas en las alcaldías.
En esta etapa además de la condición de
muerte se confirma la existencia de
embarazo e involucra las siguientes cuatro
fases:
a. La Búsqueda Activa de los casos:
b. Procesamiento, análisis y divulgación de
las muertes de mujeres de 10 a 54 años:
c. Ampliación de la información:
d. Notificación a las instancias
correspondientes
52. PLAN ESTRATÉGICO NACIONAL PARA LA REDUCCIÓN DE LA
MORTALIDAD MATERNA PERINATAL Y NEONATAL 2011 – 2014.
Establecer las líneas estratégicas que deberán cumplir las dependencias del
Ministerio de Salud en sus diferentes niveles de gestión, prestación, las
instituciones del sector salud y otras instancias gubernamentales y no
gubernamentales para reducir la mortalidad materna, perinatal y neonatal en El
Salvador.
Objetivos
Contar con un instrumento de referencia que permita lograr el involucramiento
de otras instituciones y organizaciones cooperantes tanto dentro como fuera
del sector salud, a fin de crear alianzas sostenibles que aseguren la
disminución acelerada de la mortalidad materna, perinatal y neonatal en el
país desde el abordaje de sus determinantes sociales, avanzando hacia
políticas públicas sectoriales en materia de la SSR, así como la orientación de
la cooperación nacional e internacional.
53. El presente Plan es de aplicación nacional y de estricto
cumplimiento tanto a nivel central del Ministerio de Salud, así
como en los diferentes niveles de atención de la Red Integral e
Integrada de Servicios de Salud (RIISS), deberá ser aplicado por
todas las instituciones públicas del sector salud.
AMBITO DE APLICACION
54. El presente plan se inscribe en un
conjunto de estrategias globales
Promoción de la
salud
Atención
Primaria de
Salud Integral
(APSI)
Abogacía
Mejora
continua de
la calidad de
atención
Principios
rectores y
enfoques
Equidad.
Honestidad.
Ética.
Respeto
Responsa
bilidad.
Humaniz
ación
Compro
miso
Confidencialidad.
55. LINEAMIENTOS TÉCNICOS PARA LA ATENCIÓN DE LA MUJER EN
EL PERÍODO PRECONCEPCIONAL, PARTO, PUERPERIO Y AL
RECIÉN NACIDO
• Estandarizar en las instituciones del Sistema Nacional de Salud
para la oferta de servicios a brindar durante la etapa
preconcepcional, el embarazo, parto y puerperio y atención
del recién nacido.
• Fortalecer el funcionamiento en redes integrales e integradas
de servicios de salud (RIISS) en el tema de la atención a la
mujer.
• Incorporar el cuidado preconcepcional para detectar, tratar o
controlar riesgos que contribuyan a mejorar la salud de la
mujer y su futuro hijo.
58. LINEAMIENTOS TECNICOS OPERATIVOS PARA LA
ESTRATEGIA PLAN DE PARTO
• han sido elaborados con el propósito de proporcionar a
los proveedores de servicios de salud de las Redes
Integradas e Integrales de Servicios de Salud (RIISS), la
información necesaria para promover y ejecutar, paso a
paso, la Estrategia de Plan de Parto con la mujer
embarazada, su familia y la comunidad, generando en
ellos la responsabilidad de la preparación anticipada de
los insumos necesarios para el parto hospitalario y la
búsqueda de atención en salud oportuna, ante cualquier
signo de complicación en la mujer embarazada,
puérpera y su recién nacido.
59. LINEAMIENTOS TECNICOS OPERATIVOS PARA LA
ESTRATEGIA PLAN DE PARTO
• Proporcionar a los proveedores de servicios de
salud una herramienta técnica que facilite
operativizar con la embarazada, familia y
comunidad la Estrategia Plan de Parto en las
RIISS, a fin de facilitar el acceso a la atención
institucional de la mujer y su recién nacido,
mediante el traslado oportuno ante una
emergencia obstétrica o perinatal.
60. ESTRATEGIA PLAN DE PARTO
• Contribuir a la disminución de la morbimortalidad
materna y perinatal, en los espacios geopoblacionales
donde se desarrolle la Estrategia, en el marco de la
atención primaria en salud integral.
• Fomentar en la mujer embarazada y su grupo familiar
una cultura de preparar con anticipación los recursos
necesarios, así como la toma de decisiones para la
búsqueda oportuna de la atención durante el embarazo,
parto, puerperio y la atención del recién nacido.