El documento presenta una empresa de consultoría tecnológica, Leadertecna Ingenieros, describiendo sus servicios de consultoría en I+D+i, su equipo de 20 profesionales especializados y su presencia en diferentes sectores industriales y organismos de investigación. Además, resume los principales programas de financiación a la I+D en la UE y las deducciones fiscales por actividades de I+D+i en España.
5. Leadertecna Ingenieros cuenta con un completo equipo 20
profesionales especializados en ingeniería y consultoría,
altamente cualificados, con gran experiencia en
asesoramiento de proyectos industriales y tecnológicos.
TITULACIONES
•Ingenieros Industriales.
•Ingenieros de Telecomunicaciones.
•Ingenieros Informáticos.
•Ingenieros Químicos.
•Arquitectos Técnicos en Ejecución de Obras.
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EQUIPO - CIFRAS
CONSULTORÍA TECNOLÓGICA
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Agroalimentario
Químico
Biosanitario
Cerámico
Logístico
Construcción
Bienes equipo
Medio ambiente
Tics
Servicios
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PRESENCIA
CONSULTORÍA TECNOLÓGICA
Colaboramos con Centros Tecnológicos (AIDICO, ITC, AIDIMA, AIDO, AIMPLAS, AINIA, AITEX IBV, ITE, ITENE, FEMEVAL…),
Departamentos de Universidades y Organismos Públicos de Investigación. Igualmente, estamos vinculados a Escuelas de Negocio de
reconocido prestigio.
En Leadertecna Ingenieros impartimos frecuentemente jornadas sobre Asesoramiento Tecnológico y Financiación de Actividades de
I+D+i en colaboración con organismos públicos, CDTI, MINECO, CEEI, REDIT, IMPIVA, AYUNTAMIENTOS y distintas asociaciones
públicas y privadas, QUIMACOVA, COLEGIOS DE INGENIEROS, FUNDACIÓN VALENCIAPORT, FUNDACIÓN PUERTO LAS PALMAS,
ASOCIACIONES Y FOROS EMPRESARIALES y entidades certificadoras (EQA, TUV, DNV y SGS).
Formamos parte del equipo de trabajo SPANISH PATENT BOX, impulsado por el Ministerio de Economía y Competitividad, donde se
encuentran representadas las entidades certificadoras acreditadas, las 15 consultoras más relevantes del panorama I+D+i del país y la
Entidad Nacional de Acreditación (ENAC).
9. DEFINICIÓN
Una deducción fiscal es el derecho de una empresa a
deducirse del Impuesto de Sociedades parte de unos
gastos ya contemplados en su cuenta de resultados.
Las deducciones fiscales por actividades de I+D+i
(Investigación, Desarrollo e Innovación Tecnológica)
consisten en la desgravación de un porcentaje de las
inversiones efectuadas por la empresa en proyectos de
I+D+i durante el ejercicio fiscal correspondiente.
PRINCIPALES FUENTES DE FINANCIACIÓN DE
ACTIVIDADES DE I+D+i
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MARCO LEGAL (IMV)
Real Decreto Legislativo 4/2004, En su
artículo 35 se recogen las medidas que
regulan los incentivos fiscales a la I+D+i y
en su artículo 44 se regulan las normas de
aplicación de las mismas.
Real Decreto 1432/2003, relativo al
cumplimiento de los requisitos científicos y
tecnológicos a los efectos de aplicación e
interpretación de la deducción por
actividades de I+D+i.
CONSULTORÍA TECNOLÓGICA
10. Concepto Base de Deducción Deducción Límite Cuota Plazo Aplicación
Investigación y
desarrollo
• Gastos efectuados;
- Hasta media dos años
anteriores.
- Exceso media dos años
anteriores.
25%
42%
25%- 50%* 18 años
• Personal investigador dedicación
exclusiva I+D.
+17%
Innovación
Tecnológica
• Gastos efectuados en el ejercicio.
12%
Límite = 35% cuota (60% si la deducción anual generada > 10% cuota)*
*Temporalmente limitado al 25% y al 50% (hasta EF 2015).
DEDUCCIONES POR I+D E INNOVACIÓN TECNOLÓGICA
PORCENTAJES Y LÍMITES
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PRINCIPALES FUENTES DE FINANCIACIÓN DE
ACTIVIDADES DE I+D+i
CONSULTORÍA TECNOLÓGICA
11. GASTOS DEDUCIBLES
Gastos de personal (Salarios y SS)
Personal en exclusiva dedicado a actividades de I+D
(Bonificaciones a SS. NECESARIO IMV de MINECO, Certificación)
Gastos de colaboraciones externas
Gastos de amortización de activos materiales e intangibles
Gastos de material fungible
PRINCIPALES FUENTES DE FINANCIACIÓN DE
ACTIVIDADES DE I+D+i
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CONSULTORÍA TECNOLÓGICA
12. LEY DE APOYO AL EMPRENDEDOR.
CONDICIONES APLICACIÓN
DEDUCCIONES FISCALES POR I+D+i
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CONSULTORÍA TECNOLÓGICA
SERVICIOS CONSULTORÍA I+D+i
Se aplica con un descuento
del 20 por 100 de su
importe.
La cantidad total devuelta
o aplicada en exceso no
podrá superar 1 millón €
(IT) y de 3 millones €
(I+D+i).
Debe haber transcurrido,
por lo menos, un año
desde la finalización del
período impositivo en que
se generó la deducción.
Se debe destinar un
importe equivalente a la
deducción aplicada o
abonada.
Se debe mantener la
plantilla media adscrita a
actividades de I+D o IT
durante dos años.
La entidad debe obtener
un informe motivado
sobre la calificación de la
actividades de I+D+i o IT.
Esta posibilidad de
aplicación por encima del
límite o de abono, se
podrá aplicar a las
deducciones generadas
en ejercicios fiscales
iniciados a partir del 1 de
enero de 2013
15. LOS INFORMES MOTIVADOS
PROCEDIMIENTO DE OBTENCIÓN
Para que un empresa se pueda aplicar una deducción fiscal por actividades de I+D+i con total garantía y seguridad, es
necesaria la emisión por parte del Ministerio de Ciencia e Innovación de un documento específico para cada proyecto: el
Informe Motivado.
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PRINCIPALES FUENTES DE FINANCIACIÓN DE
ACTIVIDADES DE I+D+i
CONSULTORÍA TECNOLÓGICA
16. 16
EVOLUCIÓN DE LAS SOLICITUDES PRESENTADAS
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PRINCIPALES FUENTES DE FINANCIACIÓN DE
ACTIVIDADES DE I+D+i
CONSULTORÍA TECNOLÓGICA
INFORMES MOTIVADOS
17. TIPO DE EMPRESA SOLICITANTE
PRINCIPALES FUENTES DE FINANCIACIÓN DE
ACTIVIDADES DE I+D+i
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CONSULTORÍA TECNOLÓGICA
INFORMES MOTIVADOS