2. NORMA TÈCNICA
Sistema de dispensación de medicamentos en dosis unitarias para
los establecimientos de salud del sector publico (SDMDU)
3. La dispensación de medicamentos es el acto farmacéutico
asociado a la entrega y distribución de los medicamentos en
como respuesta a la prescripción por un profesional autorizado.
También se busca establecer sistemas de dispensación que
garanticen que los medicamentos lleguen al paciente de forma
RAPIDA, EFICAZ Y SEGURA.
A nivel nacional e internacional, la SDMDU, a través del cual el
servicio o departamento de farmacia atiende las necesidades
de medicamentos por las 24 horas para pacientes
hospitalizados, ha demostrado un método seguro, efectivo y
eficiente que permite al farmacéutico su integración al equipo
de salud.
Son lineamientos de la política nacional de medicamentos el
acceso universal a los medicamentos esenciales, la regulación y
la calidad de los mismos, y la promoción de su uso RACIONAL; y
para ello se considera la promoción de las BPD. Mediante R.M
N° 677-2005/MINSA.
Según el D.S N° 023-2005/SA que aprueba el reglamento de
organización y funciones del ministerio de salud, la DIGEMID
“Norma, conduce, promueve, monitorea, vigila, y evalúa los
sistemas de dispensación de medicamentos en dosis unitarias
en los establecimientos de salud a nivel nacional”
INTRODUCCIÓN
4. FINALIDAD
“Promover el acceso así como el uso seguro y racional de los medicamentos y
material médico quirúrgico en el ámbito hospitalario, a través de la apropiada
implementación y/o fortalecimiento del sistema de dispensación de
medicamentos en dosis unitaria (SDMDU) por los departamentos y/o servicios de
farmacia de los establecimientos de salud del sector salud”
5. OBJETIVOS
OBJETIVO ESPECIFICO
Establecer los recursos
mínimos necesarios para el
adecuado funcionamiento del
SDMDU
Proporcionar las herramientas
necesarias para la
implementación y adecuado
funcionamiento del SDMDU
OBJETIVO GENERAL
Establecer los criterios
técnicos para la
organización, gestión,
administración y evaluación
del SDMDU por los
departamentos de los
establecimientos de salud.
6. La presente norma es de aplicación nacional y de
cumplimiento OBLIGATORIO por los
departamentos y/o servicios de farmacia de los
establecimientos del sector salud, con servicios de
hospitalización que cuenten con el SDMDU
AMBITO DE APLICACIÓN
8. DISPOSICIONES GENERALES
SDMDU
2) Prepara la dosis de
medicamentos de manera
individual para cada
paciente hospitalizado.
3) En cantidades exactas y
para un periodo de 24 hrs.
1) El profesional Q.F. realiza
la dispensación a partir del
análisis e interpretación de
la orden
9. BENEFICIOS
Optimiza la distribución y el uso de
medicamentos en el servicio de
hospitalización.
Mejora la calidad de atención al
paciente hospitalizados.
Disminuye errores de prescripción,
dispensación y administración.
Contribuye al control y seguimiento
del tto farmacoterapeutico y permite
identificar problemas relacionados a
su uso y como prevenirlos.
Ahorro de costos en beneficio del
paciente y la institución.
SDMDU : BENEFICIOS
10. SDMDU : BENEFICIOS
BENEFICIOS
Optimiza el control de stocks de medicamentos y
material medico.
Disminuye perdidas por deterioro, vencimiento y
otros.
Integra al profesional Q.F. en la atención al
paciente.
Promueve el cumplimiento de las BPP, BPD,
Seguimiento farmacoterapeutico, BPA y otras.
Promueve la calidad, seguridad y eficacia de los
medicamentos que se comercializan a través de
identificación de productos adulterados o de baja
11. DEFINICIONES OPERATIVAS
DOSIS
UNITARIA
•Cantidad física de un medicamento indicado por el medico como una dosis de tratamiento para un paciente.
•El envase permite una administración segura al paciente a una determinada hora.
MEDICAMENTO
ENVASADO EN
DOSIS
UNITARIA
•contiene la cantidad para una sola dosis y esta identificado en cuanto a composición, dosis, lote y fecha de
vencimiento estando disponible para su administración.
•Cuando el acondicionamiento de realiza en el departamento de farmacia y lo supervisa el Q.F. se denomina
reenvasado.
MEDICAMEN
TO PARA
COCHE DE
PARO
•Relación de medicamentos para situaciones de paro cardio-respiratorio, shock anafiláctico p pacientes cn
riesgo de muerte.
•La lista debe estar en el Petitorio de la Institución.
DISPENSA
CION
•Acto profesional farmacéutico que proporciona medicamentos a un paciente y se da como respuesta a la
presentación de una receta.
•En esta acto el Q.F. informa al paciente sobre el uso del medicamento reacciones adv, interacciones y su
conservación.
12. CARROS
DE
MEDICAM
ENTOS EN
D.U.
•Son unidades de transporte con espacios llamados cajetines, que transportan tratamientos individualizados
para 24 horas.
•Tienen compartimentos especiales para soluciones de gran volumen, medicamentos controlados,
fotosensibles, etc. Serán de material lavable y liviano.
HOJA DE
PRESCRIPCI
ON
•Lugar donde se registra el tratamiento farmacológico o no farmacológico del paciente.
•Para el SDMDU el tto corresponde al de 24 horas y se incluye en la H.C.
HOJA DE
SEGUIMIENT
O
FCOTERAPEU
TICO
•Se registran los datos del paciente, como la medicación administrada diariamente.
•Brinda acceso al Q.F. a la información para realizar una terapia farmacológica e identificar PRM.
HOJA DE
DEVOLUCI
ON
•Es un formato donde se registra los medicamentos y material medico devueltos en el dia.
•Se consigna datos del pcte, H.C., descripción. F. F., cantidad y motivo de la devolución.
14. 7.1.
IMPLEMEN-
TACIÓN
1. Forma progresiva un Nº apropiado de salas de
hospitalización contando con los siguientes criterios.
2. Seleccionar las salas donde se implementaran el SDMDU, el
profesional Q.F jefe del servicio, llevara acabo reuniones
explicativas con el personal involucrado, dando a conocer las
ventajas del sistema de dispensación, los formatos a utilizar,
horarios y modalidad del uso de medicamentos y MMQ.
3. El servicio farmacéutico debe contar área especial, equipos,
mobiliarios y materiales para la implementación del SDMDU.
1. ÁREA FÍSICA
Exclusiva para el almacenamiento MDU,
recepción e interpretación y elaboración
de ficha terapéutica, preparación,
recepción, reenvasado(esp. acceso
restringido)
2. MOBILIARIO, EQUIPAMIENTO Y
OTROS RECURSOS
Anaqueles, mesa, carro de coche,
equipos de comp., armario con
seguridad, sist. Inf., y todo para la inst.
3. PERSONAL
Se establece en
función al número de
camas,
15. 7.2.
PRESCRIP
-CIÓN
El profesional prescriptor deberá utilizar indicar la,
Terapéutica del paciente para 24 H. Solicitar MMQ
correspondiente, debe escribirse en original (H.C) y
copia(Farmacia de Dosis Unitaria).
DS Nº 023-2001-SA
estupefacientes y
psicotrópico y otras sujetas
a la fiscalización sanitaria.
RM Nº 1105-2002-SA/DM
procedimientos de
distribución de las recetas.
• Indicaran sus dosis: F.S. pero-orales mcg,
mg, g, liquidas jarabes y susp. g/ml
• Su frecuencia: 6h, 8h, con D, con A, con
C, o con periodo 30’ antes D/A/C o dosis
única.
• Vía de adm: V.O, V.T, I.M, S.C, I.V, V.Oft,
Ótica.
OBSERVACIÓN
16. 7.3.
DISPENSA
-CIÓN
El profesional Q.F es responsable en el
expendio de medicamentos y MMQ con
apoyo de técnico farmacéutico.
Esto inicia cuando Q.F recibe las copias de las hojas de
prescripción de cada paciente de forma diaria y en el
horario establecido .
• Análisis
• Interpretación
• Evaluación
según los
protocolos y
procediendo a su
selección y
preparación
individualizada de
MDU.
REENVASADO EN DOSIS
UNITARIA debe ser realizado
por el Q.F en áreas
destinadas para este proceso,
17. Nombre del medicamento
y concentración Solo se reenvasa un
medicamento a la
vez, estos deben
ser realizados de
acuerdo a las
instrucciones
establecidas
Al terminar el proceso de
reenvasado, se verificara lo sgt:
Es responsabilidad del Q.F
Para el
almacenamiento
de medicamentos
reenvasado BPA
Para la preparación de
medicamentos IV
deberán (mezclas,
dilución, reconstrucción,
remitirse a la NTE
18. 7.4. DISPENSA-
CIÓN DE
MATERIAL M.Q
Profesional prescriptor o la enfermera
son responsables de realizar la solicitud
del M.M.Q; debe tener la firma y Nº de
colegio profesional, M.M.Q.E la
solicitud (especialista Correspondiente.
19. DEVOLUCIÓN DE LOS MEDICAMENTOS O MATERIAL MEDICO QUIRÚRGICO
El personal de enfermería luego de
verificar y registrar con el personal de
farmacia para la devolución, hará
entrega del carro de medición de
dosis unitaria. La cual contienen datos
mínimos.
El químico farmacéutico
responsable de SDMDU, abrirá el
carrito de medición para su
verificación.
20. DEL COCHE DE PARO
Sera custodiado por el personal
de enfermera y supervisado por el
personal de farmacia.
Es establecida por el comité
farmacológico o en su defecto por
comité especialmente designado
por la dirección. Debe contar con
una lista de medicamentos únicos.
Debe ser revisado periódicamente
por farmacia y reposicionando
medicamentos utilizados, las
revisiones deben documentarse.
21. DEL BOTIQUIN DE EMERGENCIA
medicamentos del
botiquín están
destinados a
complementar las
dosis en 24 horas.
La lista de
medicamentos que
integran el botiquín de
emergencia esta
establecido por comité
farmacológico, es una
lista única.
La reposición de
medicamentos es
efectuada por personal
de farmacia, cada vez
que se produzca
consuma parcial.
22. SEGUIMIENTO FARMACOTERAPEUTICO
El seguimiento farmacoterapeutico en el SDMDU es realizado por químico farmacéutico
utilizando lo siguiente
• La terapia farmacológica adecuada
de cada paciente.
• La no duplicación de medicamentos
en terapia.
• La vía de administración apropiada
para cada medicamento.
• Grado de respuesta terapéutica del
paciente así medicamento.
• Evaluación de datos de laboratorio
clínico y farmacocinética.
• Los signos y síntomas para
farmacoterapia.
23. SEGUIMIENTO FARMACOTERAPEUTICO EN SDMDU SE REQUIERE DE LA REVISION DE LA HISTORIA
CLINICA, RECETAS ESPECIALES, REPORTE DE PRUEBA DE LABORATORIO.
SIGUIENTES ACTIVIDADES:
Participación de visita medica.
Identificar el paciente a monitorizar.
Informar a los prescriptores y enfermeras acerca d ellos
cambios resistentes
Coordinar la propuesta de cambios directamente con el
prescriptor. Y documentar.
Examinar su historia clínica.
Examinar resultados de laboratorio.
Revisar la evolución diaria efectuada por el prescriptor.
Revisan de hallazgos del monitorio en la hoja
farmacoterapeutica
24. SI NO EXISTIESE UN NUMERO SUFICIENTE DE PROFESIONALES QUIMICOS FARMACEUTICOS SE DEBE
PRIORIIZAR A LOS SIGUIENTES CRITERIOS.
Pacientes en estado critico.
Paciente en riesgo de infección nosocomial.
Pacientes pediátricos y geriátricos.
Pacientes con poli farmacoterapia.
Paciente de grupos especiales de diagnostico.
Pacientes con estado específicos de enfermedades.
Paciente que reciben medicamentos asociados frecuentemente a RAMs.
25. EVALUACIÓN
Se debe evaluar los costos y efectividad del
Tto. En el sistema tradicional y el SDMDU
implementado.
Para evaluación del SDMDU se utilizara
los indicadores siguientes: