ACERTIJO DE LA BANDERA OLÍMPICA CON ECUACIONES DE LA CIRCUNFERENCIA. Por JAVI...
Anexo 01 sistema institucional de evaluacion de estudiantes 2016
1. SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACION DE ESTUDIANTES S.I.E.E.
ACUERDO No. XX
POR EL CUAL SE MODIFICA EL ACUERDO No.022 DEL 3 DE DICIEMBRE DE
2009 Y SE ADOPTA EL SISTEMA DE EVALUACIÓN DEL APRENDIZAJE Y
PROMOCION DE ESTUDIANTES DE LOS NIVELES DE EDUCACIÓN BASICA Y
MEDIA TECNICA.
El Consejo Directivo de la Institución Educativa “Atanasio Girardot”, del municipio
de Neiva, Huila en uso de las facultades que le confiere la Constitución Nacional en
su artículo 68, en cuanto a la participación democrática de la comunidad en la
dirección de los establecimientos educativos; la Ley 115 de 1994, Artículos 6,
73,142, y 144; los Decretos 1860 de 1994, relacionado con la autonomía
institucional y el 1290 de 2009 que reglamente la evaluación del aprendizaje y
promoción de los estudiantes de los niveles de educación básica y Media técnica
CONSIDERANDO
Que según lo dispone la Ley 115 de 1994 en su artículo 73, cada Institución
Educativa goza de autonomía para formular, adoptar y poner en práctica su
propio Proyecto Educativo Institucional sin más limitaciones que las definidas
por la Ley y el Decreto 1860 de 1994 en los artículos 14, 15, 16 y su adopción
se debe hacer mediante un proceso de participaciónde todos los estamentos
integrantes de la comunidad educativa.
Que el Artículo 14 del Decreto 1860 de 1994 establece que el Proyecto
Educativo Institucional contemple el Plan de Estudios y los Criterios de
Evaluación del educando como uno de sus componentes.
Que el Ministerio de Educación Nacional, mediante Decreto 1290 del 16 de
abril de 2009, reglamenta la evaluación del aprendizaje y promoción de los
estudiantes de los niveles de educación básica y media.
Que el Consejo Académico promovió el análisis y discusión del Decreto 1290
en la comunidad educativa para la elaboración de la propuesta del Sistema
de evaluación y promoción de los aprendizajes de los estudiantes y lo aprobó
a nivel institucional.
Que según Acta No.08 del 3 de noviembre de 2009 se aprobó y adoptó el
Sistema de Evaluación de los estudiantes.
2. Que de acuerdo a las sugerencias dadas por la Comisión de Gestión de la
Calidad Educativa según visita realizada el 21 de septiembre de 2010, el
Consejo Académico en reunión del 12 de octubre, 28 de octubre y 3 de
noviembre de 2010 como consta en las actas Nos. 05, 06 y 07, estudió,
analizó y modificó el Acuerdo 022 del 3 de diciembre de 2009.
Que en reunión del Consejo Directivo el día 23 de noviembre de 2010, aprobó
las modificaciones al Acuerdo 022 de 2009 según Acta No.007.
Que en reunión del Consejo Directivo el día 05 De Junio de 2013, aprobó las
modificaciones al Acuerdo 07 de 2013 según Acta No.012
ACUERDA
ARTICULO 1. ADOPCIÓN. Adoptar el Sistema Institucional de Evaluación del
aprendizaje y promoción de estudiantes de los niveles de educación básica y media
técnica el cual se incorpora al Proyecto Educativo Institucional.
ARTICULO 2. DEFINICION. La Evaluación es un proceso continuo, dinámico,
cuantitativo, cualitativo y participativo de valoración de aprendizajes y desempeños,
que permite el seguimiento de una formación integral orientada al desarrollo de las
competencias ciudadanas, básicas, laborales generales y específicas de acuerdo al
Modelo Pedagógico Desarrollista Interactivo implementado por la Institución.
ARTICULO 3. PROPÓSITOS DE LA EVALUACION DEL APRENDIZAJE.
(Decreto 1290, artículo 3)
Son propósitos de la evaluación en el ámbito institucional.
1. Identificar las características personales, intereses, ritmos de desarrollo y estilos
de aprendizaje de los educandos para valorar sus avances: alcance de logros,
competencias y conocimientos.
2. Proporcionar información básica para consolidar y reorientar los procesos
educativos relacionados con el desarrollo integral del educando.
3. Suministrar información que permita crear estrategias pedagógicas para apoyar
a los educandos que presenten dificultades en su desempeño académico.
4. Determinar la promoción y reprobación de los educandos en cada grado de la
educación preescolar, básica primaria, básica secundaria y media técnica.
5. Suministrar información para el mejoramiento permanente Institucional.
3. ARTICULO 4. CARACTERIZACION DE LA EVALUACIÒN DEL APRENDIZAJE.
Se caracteriza por ser:
a. CONTINUA: Se realiza permanentemente, basada en un seguimiento que
permite apreciar el progreso y dificultades que se observan en el proceso de
formación de los estudiantes.
b. INTEGRAL: Tiene en cuenta todos los aspectos y dimensiones cognitivas,
afectivas, psicomotoras del desarrollo del estudiante.
c. FLEXIBLE: Tiene en cuenta los ritmos de desarrollo y/o aprendizajes del
estudiante en sus distintos aspectos de interés, capacidades, dificultades,
limitaciones de tipo afectivo, familiar, nutricional, entorno social, físicas,
discapacidad de cualquier índole, relevantes o diagnosticadas por profesionales.
d. INTERPRETATIVA: Que el estudiante comprenda el significado de los
procesos y los resultados de la evaluación para establecer correctivos que le
permitan el avance en su desarrollo pedagógico de manera normal.
e. PARTICIPATIVA: En la evaluación se involucra al estudiante, al docente, al
padre de familia a otras instancias que aporten al mejoramiento de los procesos
cognitivos y formativos de los estudiantes, mediante los mecanismos establecidos
por la Institución.
f. FORMATIVA: La evaluación en si se constituye en un proceso de
aprendizaje y de formación personal, Mediante el seguimiento que se hace al
progreso del estudiante se valora todo su proceso de aprendizaje según los
lineamientos curriculares, la estrategia o metodología del docente, el material
pedagógico que se utiliza al interior de las clases, las relaciones interpersonales, la
obtención de los logros propuestos, los valores éticos y actitudes para introducir
correcciones y reforzar ciertos aspectos. La evaluación ofrece al estudiante la
oportunidad para aprender del acierto, del error y en general de la experiencia.
g. SISTEMATICA: Se realiza de acuerdo a un plan y criterios establecidos.
h. ORIENTADORA: Del educando en su proceso de enseñanza y del educador
en lo referente a su quehacer pedagógico.
i. ACTIVA: La variedad, la creatividad y su funcionalidad son características
del proceso de evaluación.
ARTICULO 5. ESCALA DE VALORACIÒN. De conformidad con el Decreto 1290
del 16 de abril de 2009 en su Artículo 5, la Institución Educativa aplica la siguiente
escala de valoración institucional de carácter cuantitativo equivalente con la escala
nacional.
Valoración entre 4.6 y 5.0 Equivalente a Desempeño Superior
Valoración entre 4.0 y 4.5 Equivalente a Desempeño Alto
Valoración entre 3.0 y 3.9 Equivalente a Desempeño Básico
Valoración entre 1.0 y 2.9 Equivalente a Desempeño Bajo
4. ARTICULO 6. CRITERIOS DE EVALUACIÒN. Los criterios de evaluación definidos
para cada uno de los desempeños en las diferentes áreas son:
Desempeño Superior:
Descripción. Alcanza un óptimo nivel de desempeño en los estándares, temáticas
y actividades desarrolladas en las áreas. Asume con gran responsabilidad el manual
de convivencia institucional y demuestra un óptimo nivel de desempeño en las
competencias ciudadanas que contribuyen a la creación de un ambiente escolar
saludable, acorde con la filosofía institucional.
Criterios de Evaluación
1. Manifiesta un óptimo desempeño en las competencias ciudadanas, básicas y las
propias del área.
2. Maneja de manera óptima los conceptos aprendidos y los relaciona con
experiencias vividas, adoptando una posición crítica y propositiva.
3. Lidera permanentemente el desarrollo de diferentes actividades de aula y de la
institución.
4. Realiza eficientemente actividades de monitoria, su trabajo en el aula es
constante y enriquece al grupo
5. Presenta con calidad y a tiempo sus trabajos, consultas, tareas y las argumenta
con propiedad.
6. Asume con propiedad el entorno como medio de conocimiento y aprendizaje y lo
conserva con responsabilidad.
7. Demuestra excelentes relaciones interpersonales que favorecen la construcción
de la convivencia cotidiana
8. Demuestra y promueve constantemente el sentido de pertenencia con la
institución
9. Porta siempre con dignidad y decoro los uniformes de la Institución
10. Es ejemplo de responsabilidad, puntualidad y colaboración en todas las
actividades del proceso formativo.
Desempeño Alto:
Descripción: Alcanza un alto nivel de desempeño en los estándares temáticas y
actividades desarrolladas en las áreas. Asume con responsabilidad el manual de
convivencia institucional y demuestra un alto nivel de desempeño en las
competencias ciudadanas que contribuyen a la creación de un ambiente saludable,
acorde con la filosofía institucional.
Criterios de Evaluación:
5. 1. Manifiesta un alto desempeño en las competencias ciudadanas, básicas y las
propias del área.
2. Maneja de manera adecuada los conceptos aprendidos y los relaciona con
experiencias vividas, adoptando una posición crítica y propositiva.
3. Lidera el desarrollo de diferentes actividades de aula y de la institución
4. Realiza actividades de monitoreo, su trabajo en el aula es constante y enriquece
al grupo
5. Presenta a tiempo sus trabajos, consultas, tareas y las argumenta con propiedad
6. Asume el entorno como medio de conocimiento y aprendizaje y lo conserva con
responsabilidad
7. Demuestra buenas relaciones interpersonales que favorecen la construcción de
la convivencia cotidiana
8. Demuestra y promueve el sentido de pertenencia con la institución
9. Porta siempre con dignidad y decoro los uniformes de la institución
10. Demuestra responsabilidad, puntualidad y colaboración en todas las actividades
del proceso formativo.
Desempeño Básico:
Descripción: Alcanza un nivel básico de desempeño en los estándares temáticos
y actividades desarrolladas en las áreas. Conoce el manual de convivencia
institucional y demuestra un nivel aceptable de desempeño en las competencias
ciudadanas que contribuyen a la creación de un ambiente escolar acorde con la
filosofía institucional.
Criterios de Evaluación:
1, Alcanza un desempeño básico en las competencias básicas y las propias del
área.
2. Maneja los conceptos básicos aprendidos y los relaciona con experiencias
vividas.
3. Participa en algunas actividades de aula y de la Institución
4. Realiza su trabajo en el aula con asesoría de los monitores y docentes.
5. Presenta sus trabajos, consultas, tareas.
6. Reconoce algunas veces el entorno como medio de conocimiento y aprendizaje
7. Demuestra relaciones interpersonales básicas que favorecen la construcción de
la convivencia cotidiana.
8.Demuestra el sentido de pertenencia de la institución.
9. Porta con decoro los uniformes de la institución
10.Participa algunas veces de las actividades del proceso formativo,
Desempeño Bajo:
6. Descripción: No alcanza un nivel básico de desempeño en los estándares,
temático y actividades desarrolladas en las áreas. Conoce el manual de convivencia
institucional y demuestra poco interés en el desarrollo de las competencias
ciudadanas que contribuyen a la creación de un ambiente escolar acorde con la
filosofía institucional.
Criterios de Evaluación:
1. No alcanza un desempeño mínimo en las competencias ciudadanas, básicas y
las propias del área.
2. Maneja pocos conceptos básicos y no los relaciona con experiencias vividas.
3. No participa en algunas actividades de aula y de la institución
4. No realiza su trabajo en el aula de clase.
5. No presenta consultas, trabajos, tareas
6. No reconoce el entorno como medio de conocimiento y aprendizaje.
7. Demuestra relaciones interpersonales mínimas para la construcción de la
convivencias cotidiana
8. Demuestra poco sentido de pertenencia con la institución
9. Porta adecuadamente los uniformes de la institución
10. Participa algunas veces de las actividades del proceso formativo.
ARTICULO 7. CRITERIOS DE PROMOCION
EDUCACIÓN BÁSICA:
1. Se promueven todos los estudiantes que hayan obtenido desempeño Superior,
Alto o Básico en todas las áreas.
2. Se promueven con un área reprobada
MEDIA TÉCNICA
1. Aprueban todos los estudiantes que hayan obtenido desempeño Superior, Alto o
Básico en todas las áreas del núcleo común y del área técnica.
2. Se promueven con un área del núcleo común reprobada, y el área técnica
aprobada
Parágrafo 1:
La Institución Educativa ofrece educación Media técnica en: Diseño gráfico,
Registro de operaciones contables, Secretariado general, Sistemas, Atención
integral a la primera infancia y Énfasis en Inglés.
Parágrafo 2: Los estudiantes de grado 11 que hayan obtenido desempeño básico,
alto o superior en todas las áreas, se les hará un reconocimiento especial,
convocándolos a ceremonia de graduación para la entrega de su diploma de
7. bachiller. Los estudiantes que habiéndose promovido, con un área con desempeño
bajo, no serán convocados a ceremonia de graduación y su diploma será entregado
en reunión de padres de familia.
ARTÍCULO 8. CRITERIOS DE REPROBACIÓN
EDUCACIÓN BÁSICA
1. Estudiantes que obtengan desempeño bajo en dos o más áreas.
2. Estudiantes con inasistencia injustificada del 20% a las actividades académicas.
EDUCACIÓN MEDIA TÉCNICA
1. Estudiantes que obtengan desempeño bajo en dos o más áreas del núcleo común
y han aprobado el área técnica
2. Estudiantes con desempeño bajo en el área técnica.
3. Estudiantes con inasistencia injustificada del 20% a las actividades académicas.
Parágrafo 1: Cuando el área técnica la integran dos o más asignaturas, la
valoración estará dada por el promedio ponderado de acuerdo a la intensidad
horaria de las asignaturas que la conforman.
Parágrafo 2: Los estudiantes del Convenio de articulación del SENA en la Media
se regirán por las condiciones que el SENA estipule
ARTICULO 9. PROMOCION ANTICIPADA.
REQUISITOS
Se realizará, dentro del mismo nivel educativo, únicamente al finalizar el
primer periodo académico del año escolar a quien cumpla los siguientes requisitos:
Estudiante que obtenga como promedio una valoración superior y que no
haya obtenido desempeño bajo en ninguna área.
Estudiante que además de tener el promedio exigido sea avalado por la
Comisión de evaluación y Promoción del respectivo grado, teniendo en cuenta su
calidad humana, personal y social, mediante un acta.
Estudiante cuyos padres hayan solicitado la promoción anticipada al Consejo
académico, una vez conocido el aval por la Comisión de evaluación y Promoción.
PROCEDIMIENTO.
El coordinador de cada sede presentará al Consejo académico las solicitudes
de los padres y el acta de la Comisión de Evaluación y Promoción.
El Consejo académico, una vez verificados los requisitos anteriores,
recomendará ante el Consejo Directivo la promoción anticipada al grado siguiente
de los estudiantes relacionados.
8. El Consejo Directivo tomará decisión y la consignará en el acta
correspondiente y si es positiva en el registro escolar. (Artículo 7 del Decreto 1290
de 2009).
Parágrafo 1: Atendiendo a las directrices del art. 7 del Decreto 1290 se estimulará
y favorecerá la promoción del estudiante reprobado el año anterior.
Parágrafo 2: las valoraciones obtenidas para lograr la promoción anticipada quedan
consignadas como las correspondientes al grado que cursó en el primer período
académico
Parágrafo 3: Las valoraciones obtenidas en el segundo, tercer y cuarto periodos
académicos serán las que se tienen en cuenta para promediar y obtener la
valoración final del grado al que se promovió anticipadamente el estudiante
ARTÍCULO 10 PROMOCION Y GRADUACION DE BACHILLERES:
Para obtener el título de BACHILLER TECNICO, el estudiante debe ser promovido
según lo contemplado en este Acuerdo institucional, además de cumplir con los
requerimientos exigidos por el Ministerio de Educación Nacional como el Servicio
Social obligatorio (Ley 115 de 1994 y Decreto 1860 de 1994 entre otros)
ARTICULO 11. ESTRATEGIAS DE VALORACIÓN INTEGRAL DE LOS
DESEMPEÑOS DE LOS ESTUDIANTES.
1. Establecer en cada área criterios de logro relacionados con las dimensiones
cognitivas, afectivas, sociales y psicomotoras del estudiante, promover su alcance
en las diferentes actividades institucionales y valorarlas en cada período académico
según la escala institucional.
2. Diálogo constante del docente con el estudiante y el padre de familia como
elemento de reflexión, análisis y complemento para obtener información que
contribuya a justificar la valoración obtenida mediante la observación, las pruebas
escritas y demás trabajos académicos
3 Realización de actividades institucionales especiales ( Días de la mujer , del
Idioma español, del inglés, del Maestro, del Estudiante, de la Tierra, del Agua, de la
ciudad de Neiva, del Huila, de la Institución, izadas de bandera, Olimpiadas de
ciencias, matemáticas e informática, Exposiciones internas y externas de Ciencia y
tecnología, Simulacros de pruebas SABER, Sampedrito, día de la familia, día del
inglés, seminario de etiqueta) donde el estudiante tiene la oportunidad de demostrar
las habilidades que no son parte de la cotidianidad escolares y el docente de
observar y valorar estos desempeños como parte importante de la formación del
estudiante en los respectivos períodos académicos
9. 4. Implementación de metodologías activas y contextuales fundamentadas en la
realidad del país y el mundo que requieren la utilización de consulta de textos e
internet, presentación de trabajos escritos, composición de cuentos, poemas,
ensayos .participación en clase, juegos intramurales e intercolegiados,
campeonatos de lucha y atletismo, servicio social, práctica empresarial etc., que
potencien el desarrollo de las competencias básicas de cada área y las
competencias laborales generales y específicas.
5. Desarrollo participativo y transversal de los proyectos pedagógicos obligatorios
donde el estudiante demuestre el conocimiento, la interacción, el cuidado y respeto
por el mundo físico el mismo para procurar su sostenimiento y preservación como
forma de mejorar las condiciones de su propia vida, la de los demás y el resto de
los seres vivos.
6. Organización e implementación del gobierno escolar como actividad que permite,
respetar los principios democráticos, fomentar el conocimiento del estado
democrático, los deberes cívicos y la participación como soportes básicos de la
ciudadanía activa, lo cual se evidencia y puede ser valorado en la vivencia cotidiana
en el aula, en el descanso y en cualquier actividad intrainstitucional o
interinstitucional.
7. Desarrollar Procesos de autoevaluación, coevaluación y heteroevaluación en
todas las áreas o asignaturas y en la evaluación de convivencia para cada periodo
académico con el propósito de que el estudiante evalúe sus propias acciones,
fortalezca su autoestima, eleve su sentido de responsabilidad, reconozca sus
errores, busque alternativas de superación y determine compromisos que lo
conduzcan a un mejor desempeño integral.
8. Elaboración y entrega del Plan de Mejoramiento individual al estudiante con bajo
desempeño académico y al padre de familia, finalizando cada periodo escolar. El
Plan incluye la descripción de las actividades a realizar y la fecha de sustentación y
cuenta con el acompañamiento del profesor .El Plan de mejoramiento debe ser
entregado al estudiante con el boletín de calificaciones del periodo.
ARTICULO 12. ACCIONES DE SEGUIMIENTO PARA EL MEJORAMIENTO DE
LOS DESEMPEÑOSDELOS ESTUDIANTESDURANTEEL AÑO ESCOLAR. Son
acciones de seguimiento para el mejoramiento de los desempeños:
1. Reunión de docentes por área para identificar los estudiantes que tienen mayor
número de áreas con bajo desempeño, en cada período académico, establecer las
causas y ofrecerles en las clases y demás eventos oportunidades de participación.
2. Registro y evidencia de la entrega de los Planes de mejoramiento a estudiantes
y padres de familia según su situación académica, al finalizar cada periodo
académico y el año escolar.
10. 3. Reuniones de las Comisiones de evaluación y promoción al finalizar cada periodo
académico para determinar las actividades de motivación: citación, diálogo,
persuasión o netamente académicas que deben desarrollar los estudiantes,
docentes de cada grado y/o padres de familia para mejorar los desempeños de los
estudiantes. Proponiendo acciones, y/o actividades de mejoramiento
4. Citación a reunión de padres de familia para establecer compromisos de
mejoramiento académico.
5. La Comisión de Evaluación y Promoción respectivamente revisará el
cumplimiento de los compromisos acordados entre la familia y la Institución
Educativa. El incumplimiento de los mismos será motivo de las sanciones a que
haya lugar, según el manual de convivencia.
Parágrafo único: La asistencia a todas las actividades de refuerzo y nivelación
programadas por el docente es de carácter obligatorio e inaplazable, de no
presentarse a esta jornada, los estudiantes y sus padres de familia asumen la
responsabilidad de la no recuperación.
ARTICULO 13. ESTRATEGIAS DE APOYO PARA RESOLVER SITUACIONES
PEDAGÓGICAS PENDIENTE DE LOS ESTUDIANTES.
1. El docente podrá designar, estudiantes con desempeños superiores para obrar
como MONITORES en su área, quienes colaborarán al docente y compañeros en
el desarrollo de su trabajo pedagógico y superación de dificultades académicas.
2. El coordinador realizará charlas de apoyo individual o grupal con los estudiantes
que tienen dificultades académicas, con el fin de lograr el mejoramiento de su
desempeño.
3. El orientador escolar realizará talleres de apoyo individual o grupal con los
estudiantes que tienen dificultades académicas y/o de convivencia, con el fin de
lograr el mejoramiento de su desempeño.
4. El Consejo Académico propondrá procesos y espacios generales, dentro de Los
horarios de cada jornada para que los estudiantes con bajo desempeño tengan la
oportunidad de sustentar sus trabajos de nivelación.
5. El padre de familia deberá presentarse regularmente a la coordinación para
preguntar por el desempeño de su hijo y revisar los compromisos adquiridos.
6. El docente de cada área o asignatura aplicará en cada periodo académico por lo
menos, una prueba tipo SABER, y los buenos resultados se harán efectivos para el
estudiante en la valoración del respectivo periodo
7. La institución realizará dos simulacros de Pruebas SABER al año, el primero en
el mes de mayo y el segundo en el mes de septiembre. Los resultados de dicho
simulacro serán tenidos en cuenta para nivelar estudiantes de desempeño bajo
estimular a otros para que obtengan puntaje alto, etc.
11. 8. Los estudiantes que obtengan puntaje igual o superior a 70 puntos en las pruebas
SABER (3°, 5°, 9° y 11°) serán estimulados según su situación académica.
ARTICULO 14 RESPONSABILIDADES DEL ESTABLECIMIENTO EDUCATIVO.
1. Definir, adoptar y divulgar el Sistema institucional de evaluación de estudiantes,
después de su aprobación por el consejo académico.
2 Incorporar en el Proyecto educativo institucional los criterios, procesos y
procedimientos de evaluación, estrategias para la superación de debilidades y
promoción de los estudiantes, definidos por el consejo directivo.
3 Realizar reuniones de docentes y directivos docentes para analizar, diseñar e
implementar estrategias permanentes de evaluación y de apoyo para la superación
de debilidades de los estudiantes y dar recomendaciones a estudiantes, padres de
familia y docentes.
4. Promover y mantener la interlocución con los padres de familia y el estudiante
con el fin de presentar los informes periódicos de evaluación, el plan de actividades
de apoyo para la superación de las debilidades, y acordar los compromisos por parte
de todos los involucrados.
5. Crear comisiones u otras instancias para realizar el seguimiento de los procesos
de evaluación y promoción de los estudiantes si lo considera pertinente.
6. Atender los requerimientos de los padres de familia y de los estudiantes y
programar reuniones con ellos cuando sea necesario.
7. Servir de instancia a través del consejo directivo para decidir sobre reclamaciones
que presenten los estudiantes o sus padres de familia en relación con la evaluación
o promoción
8. Analizar periódicamente los informes de evaluación con el fin de identificar
prácticas escolares que puedan estar afectando el desempeño de los estudiantes,
e introducir las modificaciones que sean necesarias para mejorar.
9. Presentar a las pruebas censales SABER la totalidad de los estudiantes que se
encuentren matriculados en los grados evaluados, y colaborar en los procesos de
inscripción y aplicación de las Pruebas según lo requiera.
ARTICULO 15. CREACIÓN DE LAS COMISIONES DE EVALUACIÓN Y
PROMOCIÓN
El Rector de la Institución, como representante legal de la Institución y miembro del
consejo directivo, convoca a asamblea general de padres de familia por sedes para
elegir los dos representantes por curso, de los cuales y mediante previa
convocatoria, se nombrará a un representante por grado para conformar las
comisiones de evaluación y promoción de estudiantes.
12. Las Comisiones de Evaluación y Promoción se crearán por grado desde el
preescolar al grado once. Cada Comisiónde Evaluación y Promoción está integrada
por:
1. El coordinador, que actúa como delegado del rector (a) quien lo convocará y lo
presidirá
2. Dos docentes que orienten clases en dicho grado
3. Un padre de familia que no sea docente de la Institución.
ARTICULO 16. FUNCIONES DE LAS COMISIONES DE EVALUACIÓN Y
PROMOCIÓN.
1. Analizar el desempeño académico general de los estudiantes del grado
correspondiente.
2. Analizar situaciones relevantes de desempeños bajos, en áreas o grados donde
sea persistente el desempeño bajo, para recomendar a los docentes, estudiantes y
padres de familia estrategias de apoyo para superarlas.
3. Analizar los casos de los estudiantes con desempeño bajo que tengan
discapacidades notorias para su promoción ordinaria, o de estudiantes con otras
dificultades y que requieran consultas o exámenes médicos especiales. En tal caso,
el padre de familia presentará, en un tiempo prudencial fijo, los resultados a la
coordinación y/o a orientación escolar.
4. Decidir sobre reclamaciones que presenten los estudiantes, padres de familia o
profesores, que consideren que se haya violado algún derecho en el proceso de
evaluación y recomendar la designación de un segundo evaluador en casos
excepcionales.
5. Verificar y controlar que la comunidad educativa cumpla con, lo establecido en el
Sistema institucional de evaluación definido en el presente ACUERDO.
6. Demás funciones que determine la institución a través del PEI.
Parágrafo único: Todas las decisiones, observaciones y recomendaciones de las
Comisiones de Evaluación y Promoción se consignarán en actas que servirán para
tomar decisiones acerca de la promoción de estudiantes.
ARTICULO 17. PERIODICIDAD DE ENTREGA DE INFORMES A LOS PADRES
DE FAMILIA.
En cumplimiento del Art. 11 numerales 4 y 6 del Decreto 1290 la Institución
Educativa establecen:
Entrega de informe por periodo: La evaluación de los estudiantes se hará con
referencia a cuatro periodos académicos en que se divide el año escolar. El padre
de familia recibirá un informe escrito y descriptivo de los desempeños obtenidos por
el estudiante después de finalizado cada periodo académico en reunión
previamente convocada.
13. Entrega de informe final o de promoción: Al finalizar el año escolar, el padre de
familia o acudiente recibe el informe final escrito sobre los desempeños del
estudiante en cada una de las áreas con su correspondiente valoración descriptiva
e integral (desempeños académico, personal y social), según la escala reseñada en
el artículo 5 del presente acuerdo.
Parágrafo: La valoración integral (desempeños académico, personal y social)
obtenida en el plan de mejoramiento será la que se tiene en cuenta para el promedio
final del área.
ARTICULO 18. ESTRUCTURA DE LOS INFORMES DE LOS ESTUDIANTES.
Informes por periodo: se elaboran con el membrete de la Institución y el término
"Informe valorativo del periodo académico” y será firmado por el asesor de grupo.
El boletín informativo no tendrá validez como documento legal, solamente es de
carácter informativo.
CERTIFICADO: el certificado de evaluación contiene la valoración final anual de
cada grado cursado, se entrega a solicitud del interesado, en papel con membrete
de la Institución y será firmado solamente por el Rector del establecimiento.
ARTICULO 19. INSTANCIAS, PROCEDIMIENTOS Y MECANISMOS DE
ATENCIÓN Y RESOLUCION DE RECLAMOS SOBRE EVALUACION Y
PROMOCIÓN.
El padre de familia y/o acudiente legalmente autorizado tiene el derecho de
presentar reclamación dentro de los tres días hábiles siguientes después de
conocida la situación académica del estudiante cuando consideren que no se ha
seguido el debido proceso en la acción valorativa. En tal caso se debe presentar la
reclamación pertinente en forma escrita de conformidad con las siguientes
instancias.
Docente del área y/o asignatura
Asesor de grupo
Coordinador
Consejo Académico
Rector
Consejo Directivo
Recibida la reclamación por la instancia respectiva, esta deberá resolverse dentro
de tres días hábiles siguientes, contados a partir de la fecha de radicación de la
14. solicitud y la responderá por escrito. el coordinador o rector según la instancia hasta
donde llegue.
Se requiere, en todos los casos, que haya una comunicación permanente y
respetuosa entre la institución y la familia del estudiante con el fin de garantizar un
adecuado seguimiento y acompañamiento de la situación presentada.
ARTICULO 20. MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN DE LA COMUNIDAD
EDUCATIVA EN LA CONSTRUCCIÓN DEL SISTEMA INSTITUCIONAL DE
EVALUACIÓN.
En el proceso de construcción y adopción del sistema de evaluación y promoción
institucional se estableció la participación de la comunidad educativa a través de:
1. Lectura y socialización del Decreto 1290 a la Comunidad Educativa
2. Análisis y elaboración de propuestas en comité de área.
3. Elaboración y socialización de la propuesta institucional.
4. Socialización de propuestas en reunión de rectores de Neiva y elaboración de
documento guía.
5. Ajuste y socialización del documento a la comunidad educativa.
6. Aprobación del documento por el Consejo Académico.
7. Adopción del documento por el Consejo Directivo
8. Divulgación del documento final a la comunidad educativa
ARTICULO 21. Adoptar el sistema institucional de evaluación de estudiantes.
ARTICULO 22. El presente Acuerdo rige a partir del a fecha de expedición
COMUNIQUESE Y CUMPLASE
Dado en Neiva a los cinco (05) días del mes de Junio de Dos mil trece
(2013)
JOSE ARIEL ESPITIA CAMARGO
RECTOR