SlideShare una empresa de Scribd logo
1 de 23
SOCIEDADES
MERCANTILES
EQUIPO 1
• LIC. A. ALEJANDRO GARCÍA DUEÑAS 191041
• LIC. GERARDO RAMÍREZ 191091
• LIC. KARLA VILLALPANDO CASTAÑEDA 191148
• LIC. STACEY L. ENRÍQUEZ 19469
• LIC. NANCY LOURDES GARCÍA GUERRERO 191509
• LIC. MARCO ANTONIO RAMÍREZ SOLÍS
• LIC. RUBEN ENRIQUE AGUIRRE DUARTE 015370
SOCIEDADES MERCANTILES
¿Que es?
Las sociedades mercantiles son la personalidad jurídica que se crea para iniciar una
actividad económica con fines de lucro.
Características
• Posee una personalidad jurídica propia, diferente de los socios que la componen. En
consecuencia, su actividad está sujeta a derechos y obligaciones con la Administración.
• Dispone de una sede central de negocios denominada domicilio fiscal. Este es el lugar
respecto al cual se deben responder las obligaciones tributarias. Asimismo, la sociedad podrá
tener sedes adjuntas, por ejemplo, en otros países, llamadas sucursales.
• Se les distingue mediante una denominación o razón social que es, en simple, el nombre
oficial de la empresa.
• Debe ser inscrita en los registros correspondientes mediante escritura pública.
Ventajas Desventajas
•Permiten adaptarse a las necesidades de los socios, ya que
variedad de ellas con el mismo propósito de la obtención de
•Existe posibilidad de limitar la continuidad de las actividades en el caso de
muerte de alguno de los socios (en algunas sociedades)
•Permite la reunión de un capital generalmente mayor al que
podría reunirse individualmente
•Los costos de administración generalmente son más elevados que el de
administrar una empresa a título personal, aunque la contrapartida es la
posibilidad de mejorar las utilidades
•Hay limitación de la responsabilidad de los socios, limitación
no existe si se emprenden negocios individuales
•Hay posibilidad de expandirse sin necesidad de tener que
administrar
•Se pueden lograr ventajas fiscales (Reducción de carga
impositiva, costos de transferencia, etc.)
•Reducción de los costos de producción
•Posibilidad de dividir el patrimonio de una persona: Tener su
propio patrimonio personal e invertir cierto porcentaje que
únicamente responda de los negocios
LAS SOCIEDADES
COLECTIVAS
¿QUÉ ES UNA SOCIEDAD COLECTIVA?
LAS SOCIEDADES COLECTIVAS SON UN TIPO DE SOCIEDADES MERCANTILES CUYO CARÁCTER ES PERSONALISTA; AGRUPAN A SUS SOCIOS BAJO
UNA RAZÓN SOCIAL, Y ÉSTOS ADQUIEREN EL COMPROMISO DE PARTICIPAR DE SUS OBLIGACIONES Y DERECHOS.
¿QUÉ CARACTERÍSTICAS TIENE UNA SOCIEDAD COLECTIVA?
LA RESPONSABILIDAD ADQUIRIDA POR LOS SOCIOS FRENTE A LAS DEUDAS DE LA SOCIEDAD COLECTIVA ES DE CARÁCTER PERSONAL,
SUBSIDIARIO Y SOLIDARIO: CADA UNO SE COMPROMETE A RESPONDER POR LAS DEUDAS DE LA SOCIEDAD COLECTIVA CON SU PROPIO
PATRIMONIO, Y PROPORCIONALMENTE A SU GRADO DE PARTICIPACIÓN.
NO OBSTANTE, LA SOCIEDAD TIENE SU PROPIA AUTONOMÍA PATRIMONIAL, LO QUE QUIERE DECIR QUE TAMBIÉN RESPONDE DE LAS DEUDAS
CON TERCEROS CON SU PROPIO PATRIMONIO.
LA DENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIAL ESTÁ INTEGRADA CON EL NOMBRE DE CADA UNO DE LOS SOCIOS (NO OBLIGATORIAMENTE DE TODOS);
ASÍ, SE AGREGARÍAN LAS SIGLAS “S. C.” O LAS PALABRAS “SOCIEDAD COLECTIVA” A SUS NOMBRES.
LA PERSONA QUE CONSIENTA LA INTEGRACIÓN DE LA RAZÓN SOCIAL JUNTO A SU NOMBRE RESPONDERÁ JURÍDICAMENTE POR LA SOCIEDAD
COLECTIVA, INDEPENDIENTEMENTE DE SI FORMA PARTE DEL CONJUNTO DE SOCIOS O NO.
SOBRE LOS TIPOS DE SOCIOS EN LA SOCIEDAD COLECTIVA, SE DISTINGUEN ENTRE SOCIO CAPITALISTA Y SOCIO INDUSTRIAL, DEPENDIENDO DE
SI LA COLABORACIÓN ES DE ÍNDOLE FINANCIERA (BIENES O CAPITAL), O PURAMENTE DE ACTIVIDAD (TRABAJOS O SERVICIOS).
LOS SOCIOS PARTICIPAN EN IGUALDAD DE CONDICIONES EN LA SOCIEDAD COLECTIVA; NO SE ESTABLECE UN NÚMERO MÁXIMO DE SOCIOS,
PERO TIENEN QUE SER AL MENOS DOS SOCIOS LOS QUE LA CONSTITUYAN. CONTRASTA CON CUÁNTAS PERSONAS SE NECESITAN PARA CREAR
UNA SOCIEDAD ANÓNIMA, QUE ES SOLO UNA.
A LA HORA DE APORTAR EL CAPITAL SOCIAL, NO EXISTE UNA CUANTÍA MÍNIMA; ESTE ACTÚA COMO GARANTÍA FRENTE A TERCEROS Y COMO
FUENTE DE AUTOFINANCIACIÓN (LA SOCIEDAD NO TENDRÍA POR QUÉ DEVOLVER DICHO CAPITAL).
¿Cómo se crea una sociedad colectiva?
• 1. Inscripción de la sociedad, razón social y escritura de constitución en el Registro Mercantil.
• 2. Obtención de NIF societario en la Agencia Tributaria.
• La constitución se hace mediante escritura pública, que ha de incluir:
• • Los datos completos de los socios.
• • La razón social.
• • La identificación de qué socios gestionarán las sociedad y usarán la firma social.
• • El capital que aporte cada socio.
• • La duración de la sociedad (si la hubiera).
• • Las cantidades anuales que se asignen a cada gestor para cubrir sus gastos particulares.
• • Los acuerdos especiales entre los socios (si los hubiera).
• ¿Cómo funciona una sociedad colectiva?
• Todos los socios asumen la condición de gestores de la sociedad colectiva, siempre y cuando la escritura no
concrete una figura gestora. Esta vinculación persiste además del grado de participación del socio.
• Los socios gestores gozan de independencia y autonomía en cuanto a actos de administración social se
(no necesitan la aprobación del resto de socios).
• La fiscalidad de la sociedad colectiva se lleva a cabo mediante el Impuesto de Sociedades, y no a través del
IRPF, y están reguladas por el Código de Comercio.
• ¿Qué ventajas y desventajas tiene una sociedad colectiva?
• Por un lado, la forma de sociedad colectiva permite a los socios reunir
capital, y que todos ostenten derecho a votación; todos participan
directamente de los beneficios.
• Por el contrario, la sociedad colectiva quedaría disuelta en caso de
fallecimiento de alguno de los socios. Por otra parte, una vez constituida,
no es sencillo incorporar o destituir socios.
• La responsabilidad ilimitada de los socios es uno de los puntos más
arriesgados de las sociedades colectivas. Además, el proceso de
financiación mediante ampliación de capital es burocráticamente
SOCIEDAD COMANDITARIA
SIMPLE
Forma jurídica Sociedad Comanditaria Simple
Definición Sociedad de carácter personalista, en la que coexisten socios colectivos que aportan trabajo y, que pueden aportar
o no, capital y socios comanditarios que sólo aportan capital, y que se dedica a la explotación del objeto social en
nombre colectivo. Los socios colectivos tienen responsabilidad ilimitada. Los socios comanditarios tienen la
responsabilidad limitada a su aportación.
Legislación Código de Comercio
Capital Social mínimo No existe legalmente
Número de socios Mínimo dos.
Personalidad Jurídica
Responsabilidad Ilimitada para los socios colectivos
Limitada para los socios comanditarios
Denominación Social Puede ser el nombre de todos los socios colectivos, de alguno de ellos o de uno sólo, añadiendo en estos dos
últimos casos las palabras "y Compañía", y en todos "Sociedad en Comandita" o 'S. en C." o "S. Com.". No pueden
figurar nombres de socios comanditarios.
Constitución Escritura Pública
Registro Mercantil Inscripción obligatoria.
Régimen Fiscal Impuesto de sociedades
Órganos de Administración Sólo socios colectivos gestionan y administran la sociedad.
SOCIEDADES DE
RESPONSABILIDAD
LIMITADA
¿QUÉ ES ?
LA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA ES UNA PERSONA MORAL QUE TIENE
PERSONALIDAD JURÍDICA PROPIA DISTINTA A LA DE SUS SOCIOS, LO QUE QUIERE DECIR
QUE ESTA SOCIEDAD ACTÚA Y SE OBLIGA POR MEDIO DE LOS ÓRGANOS QUE LA
REPRESENTAN, ES DECIR, POR MEDIO DEL ADMINISTRADOR O ADMINISTRADORES
QUIENES PODRÁN REALIZAR TODAS LAS OPERACIONES INHERENTES AL OBJETO SOCIAL
DE CONFORMIDAD A LO ESTABLECIDO EN EL CONTRATO SOCIAL Y CON ARREGLO A LA
LEY.
SOCIEDADES DE
RESPONSABILIDAD LIMITADA
Características
• No pueden estar representadas por títulos negociables.
• Sólo son cedibles en los casos y con los requisitos que establece la ley.
• Cada socio no tendrá más de una parte social.
• Las partes sociales son indivisibles.
• La amortización de partes sociales sólo está permitida en la medida y forma
que establezca el contrato social.
• La titularidad de las acciones se acredita con la inscripción en el libro especial
de socios que lleva la sociedad.
SOCIEDAD ANÓNIMA
LA DEFINICIÓN DE SOCIEDAD ANÓNIMA (S.A.) ES LA DE UNA SOCIEDAD MERCANTIL
DONDE LOS SOCIOS ADQUIEREN UNA RESPONSABILIDAD LIMITADA AL CAPITAL QUE HAN
APORTADO.
• Sociedad anónima: Qué es, características, requisitos y ventajas
• Una sociedad anónima es una forma jurídico-societaria capitalista
que adoptan con frecuencia las grandes corporaciones. Cada socio
de la S.A. responde únicamente con su porción de capital, el cual se
divide en acciones.
• La forma jurídico-societaria más extendida entre las grandes empresas es
la S.A. (sociedad anónima); es la mejor forma que puede adoptar una
organización que disponga de amplios recursos, y que permite a sus
socios minimizar los riesgos de inversión al dividir su capital en acciones
independientes.
• ¿Qué características tiene una sociedad anónima?
• Capital dividido en acciones
• El capital de la sociedad se divide en acciones: los socios son accionistas de
la empresa, y participan de ella proporcionalmente a la cantidad de
acciones que poseen.
• Dichas acciones pueden ser vendidas libremente en los mercados, siempre
y cuando los accionistas hayan tomado la decisión de hacerlo.
• Órganos obligatorios de una S.A.
• Junta General de Accionistas. En este órgano se reúnen todos los accionistas
para discutir aspectos relevantes del funcionamiento y organización de la
empresa, y en su seno se realizan los nombramientos de cargos y se eligen
a los administradores de la sociedad.
• Administradores de la sociedad. Forman el equipo de gerencia de la
empresa, y son elegidos en la Junta General de Accionistas; son el órgano
que actúa con personalidad jurídica en representación de la sociedad.
• Consejo de vigilancia. No es un órgano obligatorio: los miembros del
consejo de vigilancia cumplen un cometido de supervisión de los
administradores.
SOCIEDAD EN COMANDITA POR
ACCIONES
• La sociedad en comandita por acciones (S en C por A) es un tipo de
sociedad mercantil formada de uno o varios socios comanditados y de uno
o varios socios comanditarios.
Tipos de socios
• En la sociedad en comandita por acciones existen dos tipos de socios:
• Socio comanditado: tiene con exclusividad la administración de la sociedad, así
como su representación legal y además deben responder de todas las obligaciones
que tenga esta. El socio comanditado puede o no aportar capital a la sociedad,
• Socio comanditario: aporta el capital, no participa en la administración de la
sociedad ni tiene la representación legal de la misma. Su responsabilidad se limita al
monto de su aportación en acciones.
CARACTERÍSTICAS DE LA SOCIEDAD
EN COMANDITA POR ACCIONES
•Ley que la regula: como el resto de sociedades mercantiles, como por ejemplo la sociedad de
responsabilidad limitada, la rige la Ley General de Sociedades Mercantiles.
•Se compone de dos clases de socios: los comanditarios y los comanditados.
•Estatutos: se rige por las reglas de la sociedad anónima, salvo excepciones marcada por la ley.
•Necesita de autorización de la Secretaría de Economía para el uso de la razón social o
denominación.
•Reservas: 5% de las utilidades anuales hasta llegar al 20% o quinta parte del capital social fijo.
•Número de socios: debe tener un mínimo de dos socios. No tiene un máximo.
•Las acciones no se pueden ceder si no es mediante acuerdo del 100% de los socios
comanditados y 2/3 de los comanditarios.
•Los órganos sociales y de vigilancia son la asamblea de accionistas, los administradores, que
son representantes de la sociedad, y el comisario
SOCIEDAD COOPERATIVA
xisten tres clases de sociedades cooperativas:
1.De consumo: Son aquéllas cuyos miembros se asocian con el objeto de obtener en común
artículos, bienes o servicios para ellos, sus hogares o sus actividades de producción.
2.De producción: Son aquéllas cuyos miembros se asocian para trabajar en común en la producción
de bienes o servicios, aportando su trabajo personal, físico o intelectual, independientemente del
tipo de producción que realicen.
3.De ahorro y préstamo: Son aquéllas sociedades constituidas y organizadas conforme a la Ley
General de Sociedades Cooperativas que, independientemente del nombre comercial, razón o
denominación social que adopten, tengan por objeto realizar operaciones de ahorro y préstamo con
sus socios, y quienes forman parte del sistema financiero mexicano con el carácter de integrantes del
sector social sin ánimo especulativo.
1. Certificación negativa de denominación
Esta solicitud debe hacerse ante el Registro de Sociedades Cooperativas Sección
Central, quien comprobará que no existe ninguna otra cooperativa con el mismo
nombre o similar y que pueda causar confusión. En la solicitud de pueden
proponer hasta 3 opciones de nombre
2. Asamblea constituyente
Las personas promotoras de la sociedad cooperativa, cada una de ellas con voz y
voto, se reunirán para elegir un presidente y un secretario de la asamblea. Además,
deberán aprobar el acta constitutiva, los estatutos, así como la elección de órganos
sociales
3. Escritura de constitución
El siguiente de los pasos para crear una cooperativa es el de elevar a escritura
pública la constitución de la citada sociedad. Los promotores de la sociedad
cooperativa tienen 2 meses a contar desde la fecha en que se celebró la Asamblea
constituyente para elevar a escritura pública la sociedad ante notario.
SOCIEDAD POR ACCIONES
SIMPLIFICADA
• La sociedad por acciones simplificada también se conoce como S.A.S y
busca dar solución a la problemática referente a los costos notariales,
derechos, etc., a los tiempos de duración de los trámites y a lo que implica
tomar una decisión vital como es conseguir socios para constituir
legalmente una empresa en México.
CARACTERÍSTICAS
• La responsabilidad de los socios o accionistas está limitada al monto de sus
aportaciones.
• No tendrán que apartar utilidades para fondo de reserva.
• Se deberán calificar como micro y pequeña empresa, por lo que los ingresos de este
tipo de entidades en 2020 no podrá rebasar el importe de $5,671,800.02 pesos. Este
tope aumenta cada primero de enero anualmente y se publica en el Diario Oficial de
la Federación cada diciembre.
• Las modificaciones que se realicen en los estatutos se deberán realizar mediante
fedatario público.
• No están sujetas al requisito de escritura pública o de cualquier otra formalidad.
• Pueden transformarse a otro régimen societario en cualquier momento si lo desean.
• Las controversias existentes entre los accionistas deberán resolverse por medio de
mecanismos alternativos como mediación o conciliación en un principio.
• Salvo que los socios pacten otra cosa, las utilidades se distribuyen en proporción a
las acciones de cada socio.
• Se deben establecer obligaciones de transparencia que cumplirán en el Sistema
Electrónico de Publicaciones Empresariales.
• Es importante señalar que el o los accionistas en una sociedad por acciones
simplificada, S.A.S., no podrán tener el control o administración de otras sociedades
mercantiles en México

Más contenido relacionado

Similar a 1- Sociedades Mercantiles (1).pptx

Trabajo sobre tipos de sociedades en guatemala
Trabajo sobre tipos de sociedades en guatemalaTrabajo sobre tipos de sociedades en guatemala
Trabajo sobre tipos de sociedades en guatemalaleonelurizar147
 
Sociedades en venezuela
Sociedades en venezuelaSociedades en venezuela
Sociedades en venezuelaPaolaCatari
 
SESION 3_GESTION DE EMPRESAS FAMILIARES_26.05.2020.pdf
SESION 3_GESTION DE EMPRESAS FAMILIARES_26.05.2020.pdfSESION 3_GESTION DE EMPRESAS FAMILIARES_26.05.2020.pdf
SESION 3_GESTION DE EMPRESAS FAMILIARES_26.05.2020.pdfFabiolaCaneloAguilar1
 
SOCIEDADES MERCANTILES.pptx
SOCIEDADES MERCANTILES.pptxSOCIEDADES MERCANTILES.pptx
SOCIEDADES MERCANTILES.pptxLuzSanchez377692
 
SOCIEDAD ANONIMA.pptx
SOCIEDAD ANONIMA.pptxSOCIEDAD ANONIMA.pptx
SOCIEDAD ANONIMA.pptxJanetServin1
 
Formas jurídicas y trámites para crear tu empresa 18 julio 2012
Formas jurídicas y trámites para crear tu empresa 18 julio 2012Formas jurídicas y trámites para crear tu empresa 18 julio 2012
Formas jurídicas y trámites para crear tu empresa 18 julio 2012Extremadura Empresarial
 
Diapositivas julio
Diapositivas julioDiapositivas julio
Diapositivas julioDaniel753753
 
Legislación comercial (Sociedades)
Legislación comercial (Sociedades)Legislación comercial (Sociedades)
Legislación comercial (Sociedades)desconectate
 
Formas jurídicas
Formas jurídicasFormas jurídicas
Formas jurídicasRobus77
 
Sociedades mercantiles
Sociedades mercantilesSociedades mercantiles
Sociedades mercantilesJose Chirinos
 
Legislacion de diseño marco juridico empresas
Legislacion de diseño marco juridico empresasLegislacion de diseño marco juridico empresas
Legislacion de diseño marco juridico empresasexpert28
 
-----PRESENTACIÓN SOCIEDAD COLECTIVA.pptx
-----PRESENTACIÓN SOCIEDAD COLECTIVA.pptx-----PRESENTACIÓN SOCIEDAD COLECTIVA.pptx
-----PRESENTACIÓN SOCIEDAD COLECTIVA.pptxsgsstsistemadegestio
 

Similar a 1- Sociedades Mercantiles (1).pptx (20)

LEGISLACION
LEGISLACION LEGISLACION
LEGISLACION
 
La empresa mercantil
La empresa mercantilLa empresa mercantil
La empresa mercantil
 
Trabajo sobre tipos de sociedades en guatemala
Trabajo sobre tipos de sociedades en guatemalaTrabajo sobre tipos de sociedades en guatemala
Trabajo sobre tipos de sociedades en guatemala
 
Sociedades en venezuela
Sociedades en venezuelaSociedades en venezuela
Sociedades en venezuela
 
SESION 3_GESTION DE EMPRESAS FAMILIARES_26.05.2020.pdf
SESION 3_GESTION DE EMPRESAS FAMILIARES_26.05.2020.pdfSESION 3_GESTION DE EMPRESAS FAMILIARES_26.05.2020.pdf
SESION 3_GESTION DE EMPRESAS FAMILIARES_26.05.2020.pdf
 
SOCIEDADES MERCANTILES.pptx
SOCIEDADES MERCANTILES.pptxSOCIEDADES MERCANTILES.pptx
SOCIEDADES MERCANTILES.pptx
 
SOCIEDAD ANONIMA.pptx
SOCIEDAD ANONIMA.pptxSOCIEDAD ANONIMA.pptx
SOCIEDAD ANONIMA.pptx
 
Formas jurídicas y trámites para crear tu empresa 18 julio 2012
Formas jurídicas y trámites para crear tu empresa 18 julio 2012Formas jurídicas y trámites para crear tu empresa 18 julio 2012
Formas jurídicas y trámites para crear tu empresa 18 julio 2012
 
La empresa
La empresaLa empresa
La empresa
 
Sociedades y Titulos Valores
Sociedades y Titulos Valores Sociedades y Titulos Valores
Sociedades y Titulos Valores
 
Diapositivas julio
Diapositivas julioDiapositivas julio
Diapositivas julio
 
Constitución de una empresa
Constitución de una empresaConstitución de una empresa
Constitución de una empresa
 
Legislación comercial (Sociedades)
Legislación comercial (Sociedades)Legislación comercial (Sociedades)
Legislación comercial (Sociedades)
 
Trabajo sociedades
Trabajo sociedadesTrabajo sociedades
Trabajo sociedades
 
Formas jurídicas
Formas jurídicasFormas jurídicas
Formas jurídicas
 
Sociedades mercantiles
Sociedades mercantilesSociedades mercantiles
Sociedades mercantiles
 
Sociedad anónima: abierta y cerrada
Sociedad anónima: abierta y cerradaSociedad anónima: abierta y cerrada
Sociedad anónima: abierta y cerrada
 
Sociedades mercantiles
Sociedades mercantilesSociedades mercantiles
Sociedades mercantiles
 
Legislacion de diseño marco juridico empresas
Legislacion de diseño marco juridico empresasLegislacion de diseño marco juridico empresas
Legislacion de diseño marco juridico empresas
 
-----PRESENTACIÓN SOCIEDAD COLECTIVA.pptx
-----PRESENTACIÓN SOCIEDAD COLECTIVA.pptx-----PRESENTACIÓN SOCIEDAD COLECTIVA.pptx
-----PRESENTACIÓN SOCIEDAD COLECTIVA.pptx
 

Último

REGIMEN DISCIPLINARIO ART. 41 DE LA LOSEP.ppt
REGIMEN DISCIPLINARIO ART. 41 DE LA LOSEP.pptREGIMEN DISCIPLINARIO ART. 41 DE LA LOSEP.ppt
REGIMEN DISCIPLINARIO ART. 41 DE LA LOSEP.pptLisbethMontao3
 
Fin de la existencia de la persona física.pptx
Fin de la existencia de la persona física.pptxFin de la existencia de la persona física.pptx
Fin de la existencia de la persona física.pptxcaamiguerra4
 
OBLIGACIONES PARTE (1) Y SUBCLASIFICACION
OBLIGACIONES PARTE (1) Y SUBCLASIFICACIONOBLIGACIONES PARTE (1) Y SUBCLASIFICACION
OBLIGACIONES PARTE (1) Y SUBCLASIFICACIONantuanetrojas17
 
Carta de Bustinduy a las empresas españolas en Israel
Carta de Bustinduy a las empresas españolas en IsraelCarta de Bustinduy a las empresas españolas en Israel
Carta de Bustinduy a las empresas españolas en Israel20minutos
 
PPT 06 CONSTITUCION Y DERECHOS HUMANOS.pptx
PPT 06 CONSTITUCION Y DERECHOS HUMANOS.pptxPPT 06 CONSTITUCION Y DERECHOS HUMANOS.pptx
PPT 06 CONSTITUCION Y DERECHOS HUMANOS.pptxSUHAVICTORIAASENCIOH
 
RESPONSABILIDAD NOTARIAL: civil, penal y disciplinaria
RESPONSABILIDAD NOTARIAL: civil, penal y disciplinariaRESPONSABILIDAD NOTARIAL: civil, penal y disciplinaria
RESPONSABILIDAD NOTARIAL: civil, penal y disciplinariaJaimeMamani32
 
DIAPOSITIVAS DE DERECHO CIVIL DEL CODIGO CIVIL
DIAPOSITIVAS DE DERECHO CIVIL  DEL CODIGO CIVILDIAPOSITIVAS DE DERECHO CIVIL  DEL CODIGO CIVIL
DIAPOSITIVAS DE DERECHO CIVIL DEL CODIGO CIVILRosildaToralvaCamacl1
 
CLASES DE 4 REQUISITOS DE VALIDEZ (1).pptx
CLASES DE 4 REQUISITOS DE VALIDEZ (1).pptxCLASES DE 4 REQUISITOS DE VALIDEZ (1).pptx
CLASES DE 4 REQUISITOS DE VALIDEZ (1).pptxCLAUDIOANDERZENMERCA
 
LEY 27444 (2).ppt informaciion sobre gestion ley
LEY 27444 (2).ppt informaciion sobre gestion leyLEY 27444 (2).ppt informaciion sobre gestion ley
LEY 27444 (2).ppt informaciion sobre gestion ley46058406
 
ACTO JURIDICO Y NEGOCIO JURIDICO EN EL PERU
ACTO JURIDICO Y NEGOCIO JURIDICO EN EL PERUACTO JURIDICO Y NEGOCIO JURIDICO EN EL PERU
ACTO JURIDICO Y NEGOCIO JURIDICO EN EL PERUsilvanaballadares2
 
LA aceptacion de herencia notarial se clasifica en dos tipos de testimonios c...
LA aceptacion de herencia notarial se clasifica en dos tipos de testimonios c...LA aceptacion de herencia notarial se clasifica en dos tipos de testimonios c...
LA aceptacion de herencia notarial se clasifica en dos tipos de testimonios c...olmedorolando67
 
1. DERECHO LABORAL COLECTIVO CONCEPTO CONTENIDO APLICACIOìN Y DIFERENCIAS (1)...
1. DERECHO LABORAL COLECTIVO CONCEPTO CONTENIDO APLICACIOìN Y DIFERENCIAS (1)...1. DERECHO LABORAL COLECTIVO CONCEPTO CONTENIDO APLICACIOìN Y DIFERENCIAS (1)...
1. DERECHO LABORAL COLECTIVO CONCEPTO CONTENIDO APLICACIOìN Y DIFERENCIAS (1)...LUISMANUELCHARRISTOR
 
EL ESTADO Y SUS ELEMENTOS. CONCEPTO DE ESTADO Y DESCRIPCION DE SUS ELEMENTOS
EL ESTADO Y SUS ELEMENTOS. CONCEPTO DE ESTADO Y DESCRIPCION DE SUS ELEMENTOSEL ESTADO Y SUS ELEMENTOS. CONCEPTO DE ESTADO Y DESCRIPCION DE SUS ELEMENTOS
EL ESTADO Y SUS ELEMENTOS. CONCEPTO DE ESTADO Y DESCRIPCION DE SUS ELEMENTOSssuserc68fc9
 
Que Es El Desarrollo Sostenible En Guatemala
Que Es El Desarrollo Sostenible En GuatemalaQue Es El Desarrollo Sostenible En Guatemala
Que Es El Desarrollo Sostenible En Guatemalamarielaalvarado2310
 
El comercio y auxiliares comerciantes.pptx
El comercio y auxiliares comerciantes.pptxEl comercio y auxiliares comerciantes.pptx
El comercio y auxiliares comerciantes.pptxjuandaniel378434
 
318347050-Suspension-del-Contrato-de-Trabajo.ppt
318347050-Suspension-del-Contrato-de-Trabajo.ppt318347050-Suspension-del-Contrato-de-Trabajo.ppt
318347050-Suspension-del-Contrato-de-Trabajo.pptdincellterrerojhonso
 
BIOETICA.pptx código deontológico responsabilidad
BIOETICA.pptx código deontológico responsabilidadBIOETICA.pptx código deontológico responsabilidad
BIOETICA.pptx código deontológico responsabilidadraymaris1914
 
Acusación-JIP xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx...
Acusación-JIP xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx...Acusación-JIP xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx...
Acusación-JIP xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx...CarlosAlbertoPonceBr
 
Imputación Fiscal a Raúl Uría por el caso tráfico ilícito de armas
Imputación Fiscal a Raúl Uría por el caso tráfico ilícito de armasImputación Fiscal a Raúl Uría por el caso tráfico ilícito de armas
Imputación Fiscal a Raúl Uría por el caso tráfico ilícito de armasLuis Fernando Cantoral Benavides
 
2.1.2 (DECISIONES ETICAS EN LA INVESTIGACION CIENTIFICA).pptx
2.1.2 (DECISIONES ETICAS EN LA INVESTIGACION CIENTIFICA).pptx2.1.2 (DECISIONES ETICAS EN LA INVESTIGACION CIENTIFICA).pptx
2.1.2 (DECISIONES ETICAS EN LA INVESTIGACION CIENTIFICA).pptxLeoHernandezMuoz
 

Último (20)

REGIMEN DISCIPLINARIO ART. 41 DE LA LOSEP.ppt
REGIMEN DISCIPLINARIO ART. 41 DE LA LOSEP.pptREGIMEN DISCIPLINARIO ART. 41 DE LA LOSEP.ppt
REGIMEN DISCIPLINARIO ART. 41 DE LA LOSEP.ppt
 
Fin de la existencia de la persona física.pptx
Fin de la existencia de la persona física.pptxFin de la existencia de la persona física.pptx
Fin de la existencia de la persona física.pptx
 
OBLIGACIONES PARTE (1) Y SUBCLASIFICACION
OBLIGACIONES PARTE (1) Y SUBCLASIFICACIONOBLIGACIONES PARTE (1) Y SUBCLASIFICACION
OBLIGACIONES PARTE (1) Y SUBCLASIFICACION
 
Carta de Bustinduy a las empresas españolas en Israel
Carta de Bustinduy a las empresas españolas en IsraelCarta de Bustinduy a las empresas españolas en Israel
Carta de Bustinduy a las empresas españolas en Israel
 
PPT 06 CONSTITUCION Y DERECHOS HUMANOS.pptx
PPT 06 CONSTITUCION Y DERECHOS HUMANOS.pptxPPT 06 CONSTITUCION Y DERECHOS HUMANOS.pptx
PPT 06 CONSTITUCION Y DERECHOS HUMANOS.pptx
 
RESPONSABILIDAD NOTARIAL: civil, penal y disciplinaria
RESPONSABILIDAD NOTARIAL: civil, penal y disciplinariaRESPONSABILIDAD NOTARIAL: civil, penal y disciplinaria
RESPONSABILIDAD NOTARIAL: civil, penal y disciplinaria
 
DIAPOSITIVAS DE DERECHO CIVIL DEL CODIGO CIVIL
DIAPOSITIVAS DE DERECHO CIVIL  DEL CODIGO CIVILDIAPOSITIVAS DE DERECHO CIVIL  DEL CODIGO CIVIL
DIAPOSITIVAS DE DERECHO CIVIL DEL CODIGO CIVIL
 
CLASES DE 4 REQUISITOS DE VALIDEZ (1).pptx
CLASES DE 4 REQUISITOS DE VALIDEZ (1).pptxCLASES DE 4 REQUISITOS DE VALIDEZ (1).pptx
CLASES DE 4 REQUISITOS DE VALIDEZ (1).pptx
 
LEY 27444 (2).ppt informaciion sobre gestion ley
LEY 27444 (2).ppt informaciion sobre gestion leyLEY 27444 (2).ppt informaciion sobre gestion ley
LEY 27444 (2).ppt informaciion sobre gestion ley
 
ACTO JURIDICO Y NEGOCIO JURIDICO EN EL PERU
ACTO JURIDICO Y NEGOCIO JURIDICO EN EL PERUACTO JURIDICO Y NEGOCIO JURIDICO EN EL PERU
ACTO JURIDICO Y NEGOCIO JURIDICO EN EL PERU
 
LA aceptacion de herencia notarial se clasifica en dos tipos de testimonios c...
LA aceptacion de herencia notarial se clasifica en dos tipos de testimonios c...LA aceptacion de herencia notarial se clasifica en dos tipos de testimonios c...
LA aceptacion de herencia notarial se clasifica en dos tipos de testimonios c...
 
1. DERECHO LABORAL COLECTIVO CONCEPTO CONTENIDO APLICACIOìN Y DIFERENCIAS (1)...
1. DERECHO LABORAL COLECTIVO CONCEPTO CONTENIDO APLICACIOìN Y DIFERENCIAS (1)...1. DERECHO LABORAL COLECTIVO CONCEPTO CONTENIDO APLICACIOìN Y DIFERENCIAS (1)...
1. DERECHO LABORAL COLECTIVO CONCEPTO CONTENIDO APLICACIOìN Y DIFERENCIAS (1)...
 
EL ESTADO Y SUS ELEMENTOS. CONCEPTO DE ESTADO Y DESCRIPCION DE SUS ELEMENTOS
EL ESTADO Y SUS ELEMENTOS. CONCEPTO DE ESTADO Y DESCRIPCION DE SUS ELEMENTOSEL ESTADO Y SUS ELEMENTOS. CONCEPTO DE ESTADO Y DESCRIPCION DE SUS ELEMENTOS
EL ESTADO Y SUS ELEMENTOS. CONCEPTO DE ESTADO Y DESCRIPCION DE SUS ELEMENTOS
 
Que Es El Desarrollo Sostenible En Guatemala
Que Es El Desarrollo Sostenible En GuatemalaQue Es El Desarrollo Sostenible En Guatemala
Que Es El Desarrollo Sostenible En Guatemala
 
El comercio y auxiliares comerciantes.pptx
El comercio y auxiliares comerciantes.pptxEl comercio y auxiliares comerciantes.pptx
El comercio y auxiliares comerciantes.pptx
 
318347050-Suspension-del-Contrato-de-Trabajo.ppt
318347050-Suspension-del-Contrato-de-Trabajo.ppt318347050-Suspension-del-Contrato-de-Trabajo.ppt
318347050-Suspension-del-Contrato-de-Trabajo.ppt
 
BIOETICA.pptx código deontológico responsabilidad
BIOETICA.pptx código deontológico responsabilidadBIOETICA.pptx código deontológico responsabilidad
BIOETICA.pptx código deontológico responsabilidad
 
Acusación-JIP xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx...
Acusación-JIP xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx...Acusación-JIP xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx...
Acusación-JIP xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx...
 
Imputación Fiscal a Raúl Uría por el caso tráfico ilícito de armas
Imputación Fiscal a Raúl Uría por el caso tráfico ilícito de armasImputación Fiscal a Raúl Uría por el caso tráfico ilícito de armas
Imputación Fiscal a Raúl Uría por el caso tráfico ilícito de armas
 
2.1.2 (DECISIONES ETICAS EN LA INVESTIGACION CIENTIFICA).pptx
2.1.2 (DECISIONES ETICAS EN LA INVESTIGACION CIENTIFICA).pptx2.1.2 (DECISIONES ETICAS EN LA INVESTIGACION CIENTIFICA).pptx
2.1.2 (DECISIONES ETICAS EN LA INVESTIGACION CIENTIFICA).pptx
 

1- Sociedades Mercantiles (1).pptx

  • 1. SOCIEDADES MERCANTILES EQUIPO 1 • LIC. A. ALEJANDRO GARCÍA DUEÑAS 191041 • LIC. GERARDO RAMÍREZ 191091 • LIC. KARLA VILLALPANDO CASTAÑEDA 191148 • LIC. STACEY L. ENRÍQUEZ 19469 • LIC. NANCY LOURDES GARCÍA GUERRERO 191509 • LIC. MARCO ANTONIO RAMÍREZ SOLÍS • LIC. RUBEN ENRIQUE AGUIRRE DUARTE 015370
  • 2. SOCIEDADES MERCANTILES ¿Que es? Las sociedades mercantiles son la personalidad jurídica que se crea para iniciar una actividad económica con fines de lucro. Características • Posee una personalidad jurídica propia, diferente de los socios que la componen. En consecuencia, su actividad está sujeta a derechos y obligaciones con la Administración. • Dispone de una sede central de negocios denominada domicilio fiscal. Este es el lugar respecto al cual se deben responder las obligaciones tributarias. Asimismo, la sociedad podrá tener sedes adjuntas, por ejemplo, en otros países, llamadas sucursales. • Se les distingue mediante una denominación o razón social que es, en simple, el nombre oficial de la empresa. • Debe ser inscrita en los registros correspondientes mediante escritura pública.
  • 3. Ventajas Desventajas •Permiten adaptarse a las necesidades de los socios, ya que variedad de ellas con el mismo propósito de la obtención de •Existe posibilidad de limitar la continuidad de las actividades en el caso de muerte de alguno de los socios (en algunas sociedades) •Permite la reunión de un capital generalmente mayor al que podría reunirse individualmente •Los costos de administración generalmente son más elevados que el de administrar una empresa a título personal, aunque la contrapartida es la posibilidad de mejorar las utilidades •Hay limitación de la responsabilidad de los socios, limitación no existe si se emprenden negocios individuales •Hay posibilidad de expandirse sin necesidad de tener que administrar •Se pueden lograr ventajas fiscales (Reducción de carga impositiva, costos de transferencia, etc.) •Reducción de los costos de producción •Posibilidad de dividir el patrimonio de una persona: Tener su propio patrimonio personal e invertir cierto porcentaje que únicamente responda de los negocios
  • 4. LAS SOCIEDADES COLECTIVAS ¿QUÉ ES UNA SOCIEDAD COLECTIVA? LAS SOCIEDADES COLECTIVAS SON UN TIPO DE SOCIEDADES MERCANTILES CUYO CARÁCTER ES PERSONALISTA; AGRUPAN A SUS SOCIOS BAJO UNA RAZÓN SOCIAL, Y ÉSTOS ADQUIEREN EL COMPROMISO DE PARTICIPAR DE SUS OBLIGACIONES Y DERECHOS. ¿QUÉ CARACTERÍSTICAS TIENE UNA SOCIEDAD COLECTIVA? LA RESPONSABILIDAD ADQUIRIDA POR LOS SOCIOS FRENTE A LAS DEUDAS DE LA SOCIEDAD COLECTIVA ES DE CARÁCTER PERSONAL, SUBSIDIARIO Y SOLIDARIO: CADA UNO SE COMPROMETE A RESPONDER POR LAS DEUDAS DE LA SOCIEDAD COLECTIVA CON SU PROPIO PATRIMONIO, Y PROPORCIONALMENTE A SU GRADO DE PARTICIPACIÓN. NO OBSTANTE, LA SOCIEDAD TIENE SU PROPIA AUTONOMÍA PATRIMONIAL, LO QUE QUIERE DECIR QUE TAMBIÉN RESPONDE DE LAS DEUDAS CON TERCEROS CON SU PROPIO PATRIMONIO. LA DENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIAL ESTÁ INTEGRADA CON EL NOMBRE DE CADA UNO DE LOS SOCIOS (NO OBLIGATORIAMENTE DE TODOS); ASÍ, SE AGREGARÍAN LAS SIGLAS “S. C.” O LAS PALABRAS “SOCIEDAD COLECTIVA” A SUS NOMBRES. LA PERSONA QUE CONSIENTA LA INTEGRACIÓN DE LA RAZÓN SOCIAL JUNTO A SU NOMBRE RESPONDERÁ JURÍDICAMENTE POR LA SOCIEDAD COLECTIVA, INDEPENDIENTEMENTE DE SI FORMA PARTE DEL CONJUNTO DE SOCIOS O NO. SOBRE LOS TIPOS DE SOCIOS EN LA SOCIEDAD COLECTIVA, SE DISTINGUEN ENTRE SOCIO CAPITALISTA Y SOCIO INDUSTRIAL, DEPENDIENDO DE SI LA COLABORACIÓN ES DE ÍNDOLE FINANCIERA (BIENES O CAPITAL), O PURAMENTE DE ACTIVIDAD (TRABAJOS O SERVICIOS). LOS SOCIOS PARTICIPAN EN IGUALDAD DE CONDICIONES EN LA SOCIEDAD COLECTIVA; NO SE ESTABLECE UN NÚMERO MÁXIMO DE SOCIOS, PERO TIENEN QUE SER AL MENOS DOS SOCIOS LOS QUE LA CONSTITUYAN. CONTRASTA CON CUÁNTAS PERSONAS SE NECESITAN PARA CREAR UNA SOCIEDAD ANÓNIMA, QUE ES SOLO UNA. A LA HORA DE APORTAR EL CAPITAL SOCIAL, NO EXISTE UNA CUANTÍA MÍNIMA; ESTE ACTÚA COMO GARANTÍA FRENTE A TERCEROS Y COMO FUENTE DE AUTOFINANCIACIÓN (LA SOCIEDAD NO TENDRÍA POR QUÉ DEVOLVER DICHO CAPITAL).
  • 5. ¿Cómo se crea una sociedad colectiva? • 1. Inscripción de la sociedad, razón social y escritura de constitución en el Registro Mercantil. • 2. Obtención de NIF societario en la Agencia Tributaria. • La constitución se hace mediante escritura pública, que ha de incluir: • • Los datos completos de los socios. • • La razón social. • • La identificación de qué socios gestionarán las sociedad y usarán la firma social. • • El capital que aporte cada socio. • • La duración de la sociedad (si la hubiera). • • Las cantidades anuales que se asignen a cada gestor para cubrir sus gastos particulares. • • Los acuerdos especiales entre los socios (si los hubiera). • ¿Cómo funciona una sociedad colectiva? • Todos los socios asumen la condición de gestores de la sociedad colectiva, siempre y cuando la escritura no concrete una figura gestora. Esta vinculación persiste además del grado de participación del socio. • Los socios gestores gozan de independencia y autonomía en cuanto a actos de administración social se (no necesitan la aprobación del resto de socios). • La fiscalidad de la sociedad colectiva se lleva a cabo mediante el Impuesto de Sociedades, y no a través del IRPF, y están reguladas por el Código de Comercio.
  • 6. • ¿Qué ventajas y desventajas tiene una sociedad colectiva? • Por un lado, la forma de sociedad colectiva permite a los socios reunir capital, y que todos ostenten derecho a votación; todos participan directamente de los beneficios. • Por el contrario, la sociedad colectiva quedaría disuelta en caso de fallecimiento de alguno de los socios. Por otra parte, una vez constituida, no es sencillo incorporar o destituir socios. • La responsabilidad ilimitada de los socios es uno de los puntos más arriesgados de las sociedades colectivas. Además, el proceso de financiación mediante ampliación de capital es burocráticamente
  • 7. SOCIEDAD COMANDITARIA SIMPLE Forma jurídica Sociedad Comanditaria Simple Definición Sociedad de carácter personalista, en la que coexisten socios colectivos que aportan trabajo y, que pueden aportar o no, capital y socios comanditarios que sólo aportan capital, y que se dedica a la explotación del objeto social en nombre colectivo. Los socios colectivos tienen responsabilidad ilimitada. Los socios comanditarios tienen la responsabilidad limitada a su aportación. Legislación Código de Comercio Capital Social mínimo No existe legalmente Número de socios Mínimo dos. Personalidad Jurídica Responsabilidad Ilimitada para los socios colectivos Limitada para los socios comanditarios Denominación Social Puede ser el nombre de todos los socios colectivos, de alguno de ellos o de uno sólo, añadiendo en estos dos últimos casos las palabras "y Compañía", y en todos "Sociedad en Comandita" o 'S. en C." o "S. Com.". No pueden figurar nombres de socios comanditarios. Constitución Escritura Pública Registro Mercantil Inscripción obligatoria. Régimen Fiscal Impuesto de sociedades Órganos de Administración Sólo socios colectivos gestionan y administran la sociedad.
  • 8. SOCIEDADES DE RESPONSABILIDAD LIMITADA ¿QUÉ ES ? LA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA ES UNA PERSONA MORAL QUE TIENE PERSONALIDAD JURÍDICA PROPIA DISTINTA A LA DE SUS SOCIOS, LO QUE QUIERE DECIR QUE ESTA SOCIEDAD ACTÚA Y SE OBLIGA POR MEDIO DE LOS ÓRGANOS QUE LA REPRESENTAN, ES DECIR, POR MEDIO DEL ADMINISTRADOR O ADMINISTRADORES QUIENES PODRÁN REALIZAR TODAS LAS OPERACIONES INHERENTES AL OBJETO SOCIAL DE CONFORMIDAD A LO ESTABLECIDO EN EL CONTRATO SOCIAL Y CON ARREGLO A LA LEY.
  • 9. SOCIEDADES DE RESPONSABILIDAD LIMITADA Características • No pueden estar representadas por títulos negociables. • Sólo son cedibles en los casos y con los requisitos que establece la ley. • Cada socio no tendrá más de una parte social. • Las partes sociales son indivisibles. • La amortización de partes sociales sólo está permitida en la medida y forma que establezca el contrato social. • La titularidad de las acciones se acredita con la inscripción en el libro especial de socios que lleva la sociedad.
  • 10. SOCIEDAD ANÓNIMA LA DEFINICIÓN DE SOCIEDAD ANÓNIMA (S.A.) ES LA DE UNA SOCIEDAD MERCANTIL DONDE LOS SOCIOS ADQUIEREN UNA RESPONSABILIDAD LIMITADA AL CAPITAL QUE HAN APORTADO.
  • 11. • Sociedad anónima: Qué es, características, requisitos y ventajas • Una sociedad anónima es una forma jurídico-societaria capitalista que adoptan con frecuencia las grandes corporaciones. Cada socio de la S.A. responde únicamente con su porción de capital, el cual se divide en acciones.
  • 12. • La forma jurídico-societaria más extendida entre las grandes empresas es la S.A. (sociedad anónima); es la mejor forma que puede adoptar una organización que disponga de amplios recursos, y que permite a sus socios minimizar los riesgos de inversión al dividir su capital en acciones independientes.
  • 13. • ¿Qué características tiene una sociedad anónima? • Capital dividido en acciones • El capital de la sociedad se divide en acciones: los socios son accionistas de la empresa, y participan de ella proporcionalmente a la cantidad de acciones que poseen. • Dichas acciones pueden ser vendidas libremente en los mercados, siempre y cuando los accionistas hayan tomado la decisión de hacerlo.
  • 14. • Órganos obligatorios de una S.A. • Junta General de Accionistas. En este órgano se reúnen todos los accionistas para discutir aspectos relevantes del funcionamiento y organización de la empresa, y en su seno se realizan los nombramientos de cargos y se eligen a los administradores de la sociedad. • Administradores de la sociedad. Forman el equipo de gerencia de la empresa, y son elegidos en la Junta General de Accionistas; son el órgano que actúa con personalidad jurídica en representación de la sociedad. • Consejo de vigilancia. No es un órgano obligatorio: los miembros del consejo de vigilancia cumplen un cometido de supervisión de los administradores.
  • 15. SOCIEDAD EN COMANDITA POR ACCIONES • La sociedad en comandita por acciones (S en C por A) es un tipo de sociedad mercantil formada de uno o varios socios comanditados y de uno o varios socios comanditarios.
  • 16. Tipos de socios • En la sociedad en comandita por acciones existen dos tipos de socios: • Socio comanditado: tiene con exclusividad la administración de la sociedad, así como su representación legal y además deben responder de todas las obligaciones que tenga esta. El socio comanditado puede o no aportar capital a la sociedad, • Socio comanditario: aporta el capital, no participa en la administración de la sociedad ni tiene la representación legal de la misma. Su responsabilidad se limita al monto de su aportación en acciones.
  • 17. CARACTERÍSTICAS DE LA SOCIEDAD EN COMANDITA POR ACCIONES •Ley que la regula: como el resto de sociedades mercantiles, como por ejemplo la sociedad de responsabilidad limitada, la rige la Ley General de Sociedades Mercantiles. •Se compone de dos clases de socios: los comanditarios y los comanditados. •Estatutos: se rige por las reglas de la sociedad anónima, salvo excepciones marcada por la ley. •Necesita de autorización de la Secretaría de Economía para el uso de la razón social o denominación. •Reservas: 5% de las utilidades anuales hasta llegar al 20% o quinta parte del capital social fijo. •Número de socios: debe tener un mínimo de dos socios. No tiene un máximo. •Las acciones no se pueden ceder si no es mediante acuerdo del 100% de los socios comanditados y 2/3 de los comanditarios. •Los órganos sociales y de vigilancia son la asamblea de accionistas, los administradores, que son representantes de la sociedad, y el comisario
  • 18. SOCIEDAD COOPERATIVA xisten tres clases de sociedades cooperativas: 1.De consumo: Son aquéllas cuyos miembros se asocian con el objeto de obtener en común artículos, bienes o servicios para ellos, sus hogares o sus actividades de producción. 2.De producción: Son aquéllas cuyos miembros se asocian para trabajar en común en la producción de bienes o servicios, aportando su trabajo personal, físico o intelectual, independientemente del tipo de producción que realicen. 3.De ahorro y préstamo: Son aquéllas sociedades constituidas y organizadas conforme a la Ley General de Sociedades Cooperativas que, independientemente del nombre comercial, razón o denominación social que adopten, tengan por objeto realizar operaciones de ahorro y préstamo con sus socios, y quienes forman parte del sistema financiero mexicano con el carácter de integrantes del sector social sin ánimo especulativo.
  • 19.
  • 20. 1. Certificación negativa de denominación Esta solicitud debe hacerse ante el Registro de Sociedades Cooperativas Sección Central, quien comprobará que no existe ninguna otra cooperativa con el mismo nombre o similar y que pueda causar confusión. En la solicitud de pueden proponer hasta 3 opciones de nombre 2. Asamblea constituyente Las personas promotoras de la sociedad cooperativa, cada una de ellas con voz y voto, se reunirán para elegir un presidente y un secretario de la asamblea. Además, deberán aprobar el acta constitutiva, los estatutos, así como la elección de órganos sociales 3. Escritura de constitución El siguiente de los pasos para crear una cooperativa es el de elevar a escritura pública la constitución de la citada sociedad. Los promotores de la sociedad cooperativa tienen 2 meses a contar desde la fecha en que se celebró la Asamblea constituyente para elevar a escritura pública la sociedad ante notario.
  • 21. SOCIEDAD POR ACCIONES SIMPLIFICADA • La sociedad por acciones simplificada también se conoce como S.A.S y busca dar solución a la problemática referente a los costos notariales, derechos, etc., a los tiempos de duración de los trámites y a lo que implica tomar una decisión vital como es conseguir socios para constituir legalmente una empresa en México.
  • 22. CARACTERÍSTICAS • La responsabilidad de los socios o accionistas está limitada al monto de sus aportaciones. • No tendrán que apartar utilidades para fondo de reserva. • Se deberán calificar como micro y pequeña empresa, por lo que los ingresos de este tipo de entidades en 2020 no podrá rebasar el importe de $5,671,800.02 pesos. Este tope aumenta cada primero de enero anualmente y se publica en el Diario Oficial de la Federación cada diciembre. • Las modificaciones que se realicen en los estatutos se deberán realizar mediante fedatario público. • No están sujetas al requisito de escritura pública o de cualquier otra formalidad. • Pueden transformarse a otro régimen societario en cualquier momento si lo desean.
  • 23. • Las controversias existentes entre los accionistas deberán resolverse por medio de mecanismos alternativos como mediación o conciliación en un principio. • Salvo que los socios pacten otra cosa, las utilidades se distribuyen en proporción a las acciones de cada socio. • Se deben establecer obligaciones de transparencia que cumplirán en el Sistema Electrónico de Publicaciones Empresariales. • Es importante señalar que el o los accionistas en una sociedad por acciones simplificada, S.A.S., no podrán tener el control o administración de otras sociedades mercantiles en México