texto argumentativo, ejemplos y ejercicios prácticos
Mediación de la convivencia escolar - Reto 2 - Ruta de Atención Integral para la convivencia escolar
1.
2. Ruta de Atención Integral para la convivencia escolar
Por: Jorge Andrés Jiménez Rodas
Marzo 2021
En este texto describiremos y analizaremos los componentes que estructuran y conforman la
Ruta de Atención Integral en convivencia escolar (RAI). Empecemos diciendo que para el Estado
colombiano la convivencia escolar se hace objeto de intervención a partir de la Ley 1620 de 2013.
Con este instrumento jurídico se sentaron las bases para lo que sería el Sistema Nacional de
Convivencia Escolar, sus integrantes, niveles y responsabilidades. Esta acción surge de la
necesidad, cada vez más sentida, de pensar y actuar la convivencia escolar dentro de un marco
de promoción y formación de ciudadanas y ciudadanos con las competencias necesarias para
afrontar de manera democrática cada uno de los conflictos que se presentan en la vida. En este
sentido, la escuela y los entornos educativos asumen un papel activo en la construcción de
ambientes positivos para la convivencia escolar.
Uno de los principales objetivos que se busca con la
regulación de la convivencia escolar es conseguir alinear
las normativas institucionales bajo la sombra y abrigo de
los mandatos constitucionales. Aquí predomina un
principio y enfoque de derechos que, dentro de una
jerarquía normativa, pone en lugar prioritario el
cumplimiento de los mandatos de la Constitución Política de Colombia. En términos más
concretos, la ley busca regular los mecanismos de convivencia escolar teniendo como norma
prioritaria los derechos consignados en la carta magna. De esta forma se garantiza que las
normativas institucionales, así como los mecanismos de resolución de conflictos, estén
articulados a los principios políticos y ciudadanos del Estado.
Un segundo aspecto que es importante mencionar y que deja en claro el espíritu de la ley, señala
hacia una transformación y transición de enfoque. La convivencia escolar y la mediación son
3. vistas como un escenario y una situación constructiva de ciudadanía y democracia, y no
simplemente como la aplicación rígida de una normativa que se active solo en presencia de
situaciones problemáticas. En su lugar se propone un enfoque constructivo y preventivo, que
aspire a generar un clima de convivencia escolar que ayude, desde la escuela, a superar las
brechas e inequidades que existen en nuestro contexto y generar resultados que favorezcan este
objetivo (véase Tabla 1).
Tabla 1
Resultados esperados de la RAI
Formación de sujetos
activos de derechos
Generar capacidades y competencias ciudadanas en cada
sujeto de la comunidad educativa.
Reconocimiento e
inclusión genuina de la
comunidad educativa
Valorar y tener en cuenta las diversas opiniones y formas de
entender el mundo de los integrantes de la escuela.
Transformación Impactar la cotidianidad de las prácticas al interior de la
escuela.
Mejoramiento del clima
escolar
Buscar que la atmósfera de trabajo y estudio en la escuela
favorezcan el desarrollo de las potencialidades de los
sujetos.
Elaboración propia con base en la Guía pedagógica para la convivencia escolar (Ministerio
de Educación Nacional y miembros del equipo redactor, Parte 1, p. 72).
Con este objetivo en mente es que se propone la creación de la Ruta de Atención Integral en
convivencia escolar (RAI). En ella se busca dar cumplimiento a los objetivos y aspiraciones de la
ley, con base en un enfoque que promueva políticas y acciones que mejoren el clima escolar,
prevengan las situaciones que amenacen o atenten contra los derechos humanos; y, además,
atienda y monitoree la evolución de aquellas situaciones que se puedan llegar a presentar.
Según el Artículo 29 de la Ley 1620 de 2013, la RAI:
[…] define los procesos y los protocolos que deberán seguir las entidades e
instituciones que conforman el Sistema Nacional de Convivencia Escolar y Formación
para los Derechos Humanos, la Educación para la Sexualidad y la Prevención y
4. Mitigación de la Violencia Escolar, en todos los casos en que se vea afectada la
convivencia escolar y los derechos humanos, sexuales y reproductivos de los
estudiantes de las instituciones educativas, articulando una oferta de servicio ágil,
integral y complementario (Congreso de la República de Colombia, Capítulo V, art.
29, párr. 1).
Con esta ley se ofrece una estructura de acción básica que deberá ser asumida por cada una de
las personas que están involucradas en la convivencia escolar. Su definición ofrece unos
elementos prescriptivos que anticipan la labor que las instituciones deberán desempeñar, siendo
de las más importantes, el diseño de los protocolos que guíen el actuar en las situaciones en las
que se presente afectación. La RAI está conformada por cuatro componentes principales (véase
Tabla 2), pensados para actuar en fases diferentes y no simplemente cuando ocurra un hecho
fáctico que afecte el clima escolar. Cada uno de estos componentes está especificado en el
artículo 30 de la misma ley.
Tabla 2
Componentes de la Ruta de Atención Integral para la convivencia escolar
Promoción Prevención Atención Seguimiento
Estos cuatro componentes de la RAI se desarrollan a continuación.
1. Promoción
El componente de promoción tiene una cualidad generativa. Se origina en la pregunta sobre las
acciones, herramientas y procesos que deben implementarse con la finalidad de obtener un clima
escolar favorable para una convivencia escolar positiva. En este punto, lo que se pretende es
generar procesos que movilicen la participación de la comunidad educativa en la construcción de
este propósito. Su objeto principal es el cambio de pensamientos y actitudes que puedan ser
5. perjudiciales o que atenten contra los derechos de los miembros de la comunidad educativa e
impidan el desarrollo de sus potencialidades.
Para que este componente de promoción sea efectivo debe cumplir con tres acciones principales:
Movilización de personas y formas de pensar. Cambios actitudinales. Una actitud, por
definición, hace referencia a las predisposiciones aprendidas “A responder de una
manera consistentemente favorable o desfavorable a un objeto dado (objeto físico,
personas, grupos, etc.)” (Ovejero-Bernal, 2007, p. 193). Las actitudes tienen tres
componentes básicos: cognitivo, afectivo y comportamental. En ellas encontramos
formas de pensar prestablecidas o estereotipadas, afectos positivos como la empatía o
negativos como la ira; y comportamientos específicos como la burla, el rechazo, el
diálogo, entre otros. La movilización de personas consiste en generar los cambios
actitudinales que sean más favorables a la convivencia escolar y que están relacionados
con la igualdad de género, los valores democráticos, el pensamiento antirracista, solo
por mencionar algunos.
Formulación de políticas institucionales. Se trata de generar y poner en marcha
acuerdos para la convivencia y el ejercicio de los Derechos Humanos y los Derechos
Sexuales y Reproductivos. La construcción de políticas sienta el compromiso directo de
las instituciones en la promoción de climas y atmósferas escolares positivos. Implica la
participación de toda la comunidad educativa en su construcción y su transversalidad en
cada uno de los procesos que se lleven a cabo en las instituciones.
Desarrollo de iniciativas y proyectos. Consiste en poner en marcha estrategias
puntuales que respondan a las políticas institucionales y promuevan la movilización de
la comunidad escolar. Estos procesos se articulan a planes y proyectos pedagógicos
previos de las instituciones y buscan materializar los cambios actitudinales necesarios
para mejorar el clima escolar.
6. 2. Prevención
La prevención está diseñada para atender de manera anticipada la presencia de cualquier
situación que ponga en riesgo la convivencia escolar o vulnere los derechos de los miembros de
la comunidad educativa. Las acciones de prevención están sustentadas en una lectura crítica de
los contextos escolares, pero también de aquellos geográficos y culturales que puedan
representar un riesgo para la sana convivencia. Su objetivo principal es que la potencialidad de
estos hechos negativos no se convierta en situaciones y formas de relacionamiento sistemáticas
dentro de los ambientes educativos.
Por su naturaleza, la prevención es un ejercicio activo y sistemático. Se articula con los procesos
de la promoción y los potencia, al articular los ideales y situaciones esperadas con las
contingencias que existan en la cotidianidad. Es decir, permite unir los objetivos de las políticas
institucionales con las situaciones que se presentan y que, potencialmente, pueden bloquear su
consecución. Los procesos que se deben desarrollar en este componente son:
Identificación de factores de riesgo y protección. Toda acción preventiva está
fundamentada en una lectura crítica de las situaciones y los contextos, y debe responder
a las dinámicas propias de los escenarios en los cuales se despliega. En esta medida se
deben reconocer cuáles son aquellos factores de riesgo que amenazan con afectar de
forma negativa el clima escolar. Al mismo tiempo, este ejercicio de lectura y diagnóstico
ha de ir acompañado de una toma de conciencia sobre los comportamientos, situaciones
y actitudes presentes que puedan representar factores de protección o que sean
favorables a la convivencia escolar.
La identificación de factores de riesgo y protección debe hacerse desde una perspectiva
multisistémica y compleja. En otras palabras, no se debe ceñir solo a lo que está dentro
de los límites de la propia institución, sino que obliga a considerar las relaciones y
contingencias de otros sistemas como la familia, el barrio, entre otros. De esta forma,
aspectos como la violencia intrafamiliar, la presencia de bandas delincuenciales o las
7. dinámicas sociales negativas necesitan ser consideradas dentro del diagnóstico como
potenciales riesgos para la convivencia escolar.
Construcción de estrategias pedagógicas. La identificación de los factores de riesgo y
protección debe ir acompañada del diseño de acciones pedagógicas que ofrezcan
posibilidades y alternativas a los elementos que potencialmente puedan afectar el clima
de convivencia escolar. Dichas estrategias y acciones han de abrazar el conjunto de
principios de participación, diversidad y democracia contenido en la Ley 1620 de 2013 y
que involucra el enfoque de la RAI.
Las estrategias pedagógicas se articularán con los proyectos educativos e institucionales
y con las políticas promovidas en el componente de promoción. Adicionalmente,
deberán estructurarse bajo perspectivas pedagógicas que promuevan la construcción
de competencias ciudadanas que sirvan como factores de protección para los miembros
de la comunidad educativa.
Comunicación y manejo de la información. Con la intención de fortalecer la convivencia
escolar como un compromiso que abarque a todos los protagonistas de los contextos
educativos, y reconociendo que la ruta es en sí misma una medida de protección, se
deben establecer estrategias de comunicación y manejo de la información que pongan
en conocimiento de toda la comunidad educativa las acciones y retos para la convivencia
escolar.
3. Atención
Al margen de las acciones de promoción y prevención que se pongan en marcha, eventualmente
se presentarán situaciones que afecten la convivencia escolar o atenten contra los derechos de
los miembros de la comunidad educativa. Cuando esto ocurra, se deberán atender esos casos
siguiendo los principios pedagógicos, sin limitarse a la aplicación de una normativa específica. Al
hacer referencia a la atención se está apelando a una respuesta oportuna de los casos que se
8. presenten y a la activación de protocolos diferenciados para cada situación. En consecuencia, las
comunidades educativas tendrán la obligación de diseñar y poner en marcha protocolos que
respondan de manera integral a cada una de las situaciones que acontezcan.
La Ley 1620 de 2013 establece una tipología de situaciones para ser tenidas en cuenta en el
componente de atención (véase Tabla 3). Lo anterior, implica que a la hora de poner en marcha
este componente se deben tener en cuenta tres procesos centrales: reconocimiento,
identificación y activación. Cada uno de estos momentos se entiende desde una perspectiva
integral y pedagógica, es decir, busca promover y generar alternativas de resolución de los
conflictos y oportunidades de restauración. Estos momentos no se limitan a la sanción normativa,
ya que el enfoque a aplicar es participativo, pedagógico y democrático.
Reconocimiento. Consiste en la verificación del hecho que requiere atención, teniendo
en cuenta la situación, las partes involucradas y los hechos que la ocasionaron. En esta
actividad se presupone la existencia de mecanismos e instrumentos institucionales que
permitan una comprobación oportuna de las situaciones que afecten la convivencia
escolar.
Identificación. Una vez reconocido el caso se pasa a la identificación, que consiste en
una caracterización de la situación, según el tipo al que pertenezca y sus características
(ver Tabla 3). Acorde a esta identificación se tomarán las acciones específicas para
brindar solución a la situación, protección a las personas afectadas y se desplegarán las
acciones sancionatorias y de reparación a las que haya lugar.
Activación. Luego de tipificarse el caso, lo que corresponde es la activación de los
protocolos de atención que den solución a las situaciones que se presenten. Este paso
debe estar sustentado en un ejercicio previo de la comunidad educativa relacionado con
el diseño e institucionalización de estos protocolos y con la activación del comité
institucional de convivencia escolar.
9. Tabla 3
Tipos de situaciones según la Ley 1620 del 2013 y el Decreto 1965 de 2013
Tipo I “Corresponden a este tipo los conflictos manejados
inadecuadamente y aquellas situaciones esporádicas que inciden
negativamente en el clima escolar, y que en ningún caso generan
daños al cuerpo o a la salud física o mental” (Presidencia de la
República de Colombia y Ministerio de Educación Nacional, Decreto
1965 de 2013, art. 40, num. 1).
Tipo II Corresponden a este tipo las situaciones de agresión escolar,
acoso escolar (bullying) y ciberacoso (ciberbullying), que no
revistan las características de la comisión de un delito y que
cumplan con cualquiera de las siguientes características:
a. Que se presenten de manera repetida o sistemática.
b. Que causen daños al cuerpo o a la salud (física o mental)
sin generar incapacidad alguna para cualquiera de los
involucrados (Presidencia de la República de Colombia
y Ministerio de Educación Nacional, Decreto 1965 de
2013, art. 40, num. 2).
Tipo III Corresponden a este tipo las situaciones de agresión escolar
que sean constitutivas de presuntos delitos contra la libertad,
integridad y formación sexual, referidos en el Título IV del
Libro 11 de la Ley 599 de 2000, o cuando constituyen
cualquier otro delito establecido en la ley penal colombiana
vigente (Presidencia de la República de Colombia y Ministerio
de Educación Nacional, Decreto 1965 de 2013, art. 40, num.
3).
10. 4. Seguimiento
El seguimiento abarca todas las acciones implementadas para obtener información sobre la
aplicación de la RAI en los componentes de promoción, prevención y atención. En términos más
concretos, el seguimiento es un proceso de evaluación y retroalimentación sobre la ruta y su
aplicación dentro de los diferentes contextos educativos y escolares. Es una herramienta que
busca detectar fisuras en la atención y generar la información necesaria para emprender las
acciones correctivas. Este componente requiere de una labor analítica en tres niveles:
Verificación. Comprueba que se realicen cada una de las actividades de los
componentes, así que, implica verificar la existencia de acciones en los momentos de
promoción, prevención y atención; y la aplicación efectiva de estas.
Monitoreo. En este nivel se promueve la introducción de datos y el registro de cada una
de las acciones que se realizan en los componentes previos.
Retroalimentación. Con la verificación y el monitoreo se obtiene la información
necesaria para completar el análisis de seguimiento, proponer soluciones a los
problemas o plantear alternativas a las acciones.
Con el proceso de seguimiento se busca activar de forma permanente la RAI. Sin este
componente se corre el riesgo de que las acciones se limiten a ser meramente nominativas y que
su acción no sea efectiva. Para cumplir con el seguimiento es necesario garantizar además las
siguientes acciones:
Grupos de trabajo. Tienen como base el Comité Escolar de Convivencia, pero no se
limitan solo a este. En determinadas ocasiones, y con el objetivo de movilizar y dar
mayor participación a la comunidad educativa, se pueden conformar otros grupos con
estudiantes, profesores y directivas que apoyen las acciones de seguimiento.
11. Elementos generales. Para la aplicación y activación de toda la ruta se deben establecer
unos elementos centrales que garanticen su funcionamiento. Estos a su vez se articulan
al proceso de seguimiento y permiten trazar una ruta para la evaluación y
retroalimentación de las acciones (ver Figura 1).
Figura 1. Elementos generales del seguimiento (con base en el Ministerio de Educación Nacional
de Colombia y miembros del equipo redactor, s.f., p. 122).
Construcción de indicadores. Los indicadores son proposiciones objetivas que permiten
evaluar de forma cuantitativa y cualitativa el cumplimiento y ejecución de las acciones.
Estos deben construirse previamente de manera colectiva, realista y apuntar al
cumplimiento de los objetivos generales de la RAI.
Consideraciones finales
La RAI ofrece una estructura general para orientar las acciones que promuevan un clima escolar
positivo y atiendan de forma eficaz las situaciones problemáticas que se puedan presentar. Como
estructura, aporta unos elementos centrales que se alimentan y complementan con la
particularidad de cada contexto y situación educativa. De esta forma, se garantizan unos mínimos
de acción y unos principios básicos; no obstante, los proyectos, políticas y acciones que se
implementen deben surgir de un ejercicio de diálogo deliberativo entre todas las partes que
conforman la comunidad educativa. Los contenidos, metodologías y acciones descritos en los
componentes de promoción, prevención, atención y seguimiento, responderán a las
Establecer
criterios y definir
las personas
encargadas.
Diseñar
protocolos de
evaluación y
seguimiento.
Reportar y
registrar los casos
presentados y las
acciones
implementadas.
Evaluar el impacto
de las acciones.
Proponer nuevas
estrategias o
acciones de
mejora.
12. particularidades culturales de cada una de las instituciones, sin perder de vista que cualquier
acción estará regida por los principios democráticos de libertad, igualdad y justicia.
Referencias
Congreso de la República de Colombia. (2013). Ley 1620 del 15 de marzo de 2013. Por la cual se
crea el Sistema Nacional de Convivencia Escolar y Formación para el Ejercicio de los
Derechos Humanos, la Educación para la Sexualidad y la Prevención y Mitigación de la
Violencia Escolar. Diario Oficial N.° 48.733.
http://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/ley_1620_2013.html
Ministerio de Educación Nacional de Colombia y miembros del equipo redactor. (s.f.). Guías
pedagógicas para la convivencia escolar Ley 1620 de 2013 - Decreto 1965 de 2013. Guía N.°
49 [PDF]. Bogotá, Colombia: Ministerio de Educación Nacional de Colombia. Recuperado
de http://redes.colombiaaprende.edu.co/ntg/men/pdf/Guia%20No.%2049.pdf
Presidencia de la República de Colombia y Ministerio de Educación Nacional. (2013). Decreto
1965 de 11 de septiembre de 2013 [PDF]. Por el cual se reglamenta la Ley 1620 de 2013,
que crea el Sistema Nacional de Convivencia Escolar y Formación para el Ejercicio de los
Derechos Humanos, la Educación para la Sexualidad y la Prevención y Mitigación de la
Violencia Escolar. Recuperado de https://www.mineducacion.gov.co/1621/articles-
328630_archivo_pdf_Decreto_1965.pdf
Ovejero-Bernal, A. (2007). Las relaciones humanas. Psicología social teórica y aplicada. Madrid,
España: Editorial Biblioteca Nueva.