Un grupo de artistas demandó a Cnet y CBS por promover el uso de LimeWire, que facilita la descarga de archivos de forma ilegal. El Tribunal Europeo de Derechos Humanos dictaminó que encarcelar a alguien por violar las leyes de derechos de autor va en contra de los derechos humanos fundamentales. La Fundación Copyleft advirtió a la policía que presentaría cargos si no siguen las instrucciones de la fiscalía en casos relacionados con enlaces de archivos compartidos.
SELECCIÓN DE LA MUESTRA Y MUESTREO EN INVESTIGACIÓN CUALITATIVA.pdf
Casos copyrigth y copyleft
1. TALLER DE LEGISLACION ACTIVIDAD 5
GIOVANNA ALEJANDRA GALVAN ROJAS Página 1
Demandan a Cnet y CBS por delitos de copyright en su distribución de
LimeWire
Un conjunto de artistas de cine y de la industria musical dirigidos por Alki David,
fundador de la cadenaFilmOn, han presentado una demanda masiva a Cnet yCBS
Interactive por distribuir y promocionar la aplicación de LimeWire y similares en
sus servicios de descarga. Además, implican a los propios editores de Cnet de
promover el uso de herramientas P2P y alertar a los usuarios de cómo evitar
el DRM.
Alki David, al que se le había demandado anteriormente por violación de derechos
de autor en FilmOn, ha decidido contraatacar respaldado por varios de grupos de
artistas como los raperos 2 Live Crew, Crucial Conflict o Pretty Ricky.
Según David, la demanda tiene como base acabar con el papel que juegan ambos
medios en los usos ilícitos de las P2P, pidiendo una indemnización por los daños
causados. En el caso de Cnet, se refiere a su servicio Download, el cual
promociona a través de un pago de los usuarios a cambio de la desvara. David lo
explicaba así en la demanda:
Se acusa a CBS y Cnet como principales distribuidores del software LimeWire y
de promover este y otros sistemas P2P con el fin de beneficiares directamente con
las infracciones de derechos de autor a gran escala. Los usuarios de INternet han
descargado más de 220 millones de copias desde sus alojamientos a partir del
2008. Ambos recibieron grandes sumas de dinero procedentes de los proveedores
de P2P a través del pago por descarga y de los anuncios colocados en la pantalla
de descarga.
Sus modelos de negocio son de las P2P y de los sistemas de intercambio de
archivos, con páginas enteras dedicadas a enumerar y clasificar este tipo de
software. Han ignorado, tras la denuncia masiva a LimeWire, los malos usos de
éste a cambio de seguía ingresando.
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GIOVANNA ALEJANDRA GALVAN ROJAS Página 2
Es decir, que lo que tenemos delante es una acusación a un medio tan importante
como Cnet por presuntamente inducir a las descargas ilegales de P2P y por tanto
a las infracciones por derechos de autor.
Parece bastante complicado que estas demandas lleguen a buen puerto, en
primer lugar porque en Cnet Download no se encuentra ningún software ilegal, en
segundo, la acusación sobre la distribución de LimeWire tampoco es ilegal.
LimeWire está acusada en sí por fomentar el uso de las P2P de manera ilícita, no
por el uso de las P2P como tecnología., por lo tanto acusar a un medio de
distribuir un software legal no tiene sentido. Veremos en qué acaba la demanda.
Fuente:
Http://hipertextual.com/archivo/2011/05/filmon-y-varios-artistas-demandan-a-
cnet-por-delitos-de-copyright-en-su-distribucion-de-limewire/
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Encarcelar por delitos de copyright vulnera los Derechos
Humanos
El Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha declarado que el monopolio del
copyright entra en conflicto directo con los Derechos Humanos fundamentales tal y
como están definidos. Esto significa que hoy nadie puede ser encarcelado en
Europa debido a actividades de intercambio de ficheros, incluso cuando infrinjan
leyes de copyright.
Tribunal Europeo concluye que encarcelar por delitos de copyright vulnera los
Derechos Humanos
El Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha declarado que el monopolio del
copyright entra en conflicto directo con los Derechos Humanos fundamentales tal y
como están definidos.
Esto significa que hoy nadie puede ser encarcelado en Europa debido a
actividades de intercambio de ficheros, incluso cuando infrinjan leyes de copyright.
El Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha declarado que el monopolio de los
derechos de autor está en conflicto directo con los derechos humanos
fundamentales, tal como se define en la Unión Europea y en otros lugares.
Esto significa que a partir de hoy, nadie en la UE puede ser condenado por violar
la ley de derechos de autor.
Esto puede tener implicaciones de largo alcance, no solo judicialmente, sino en la
confirmación de que el monopolio de los derechos de autor está en contradicción
con los derechos humanos.
El Tribunal Europeo de Derechos humanos dictó el pasado 10 de enero una
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sentencia histórica y de capital importancia para el complejo debate entre
derechos relacionados con la producción cultural: básicamente los derechos de
acceso a la cultura y libertad de expresión frente a los derechos de autor.
En dicha sentencia, y por unanimidad, los jueces encargados de estudiar el caso
planteado advierten:
el monopolio del copyright entra en conflicto directo con derechos humanos
fundamentales
y, en esa medida, nunca podrá anteponerse a éstos, salvo casos muy justificados:
“Por primera vez en una sentencia sobre el fondo, el Tribunal Europeo de
derechos humanos ha aclarado que una condena basada en derechos de autor
por reproducción ilegal o comunicación pública de material protegido por copyright
puede considerarse como una injerencia en el derecho de libertad de expresión e
información recogido en el artículo 10 de la Convención Europea [de derechos
humanos].
Tal injerencia deberá ajustarse a las tres condiciones consagradas en el párrafo
segundo del artículo 10 de la Convención.
Esto significa que una condena o cualquier otra decisión judicial basada en leyes
de propiedad intelectual, que restrinjan la libertad de expresión de una persona o
de una organización, debe ser pertinentemente justificada acorde con los criterios
de una sociedad democrática, además de ser prescritas por ley y perseguir un
objetivo legítimo”.
La sentencia sólo está disponible en francés, pero varios analistas del entorno
anglosajón ya se han hecho eco de ella.
Con esta sentencia en la mano, los defensores de la cultura libre contamos con
una, otra más, poderosa herramienta para exigir el amparo legal que nos
corresponde como ciudadanos frente a la defensa de los intereses particulares de
la industria de la cultura a la que tan generosamente se pliega la práctica totalidad
de los gobiernos occidentales.
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GIOVANNA ALEJANDRA GALVAN ROJAS Página 5
FUENTE: Slashdot
http://www.forocoches.com/foro/showthread.php?t=3130059
casos copyleft
Copyleft intimida a la Brigada de Investigación Tecnológica
Notificación de la Fundación Copyleft a la Brigada de Investigación Tecnológica
La función constitucional de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado,
conforme el artículo 104 de la Constitución española, consiste en la protección del
libre ejercicio de los derechos y libertades por parte de los ciudadanos, así como
garantizar su seguridad.
La Circular número 1/2006 de la Fiscalía General del Estado, de fecha 5 de mayo
de 2006, "Sobre los delitos contra la propiedad intelectual e industrial tras la
reforma de la ley orgánica 15/2003", establece la diferencia entre "los
intermediarios de la trasmisión de información, el almacenamiento de datos o el
enlace a contenidos proporcionados por los usuarios", disponiendo el criterio
acusatorio que el Estado ha de seguir ante dichos delitos.
En cumplimiento estricto de dicha Circular, la Fiscalía solicitó mediante su escrito
de fecha 12 de abril de 2007 el sobreseimiento, por no constituir delito, de las
actuaciones en el caso Sharemula seguidas ante el Juzgado de Instrucción
número 4 de Madrid, número de Diligencias Previas 1089/06 y cuya defensa ha
sido efectuada por dos patronos de la presente Fundación, los letrados David
Bravo y Javier de la Cueva.
* Ante la actuación habitual de la Brigada de Investigación Tecnológica en los
casos de enlaces a archivos de redes de pares, actuación en la que se aparta
sistemáticamente de la instrucción que la Fiscalía General del Estado tiene
acordada para la acusación pública en dichos supuestos.
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* Habida cuenta, asimismo, que la Brigada de Investigación Tecnológica en los
casos de enlaces sigue la postura procesal de la acusación particular
representante de la industria calificando jurídicamente los hechos objeto de
investigación como delito contra la propiedad intelectual, en contra de la postura
de la Fiscalía, como así consta en su Informe de las actuaciones del caso
Sharemula.
La FUNDACIÓN COPYLEFT notifica a la Brigada de Investigación Tecnológica y
demás integrantes de las Fuerzas y cuerpos del Estado que investiguen este tipo
de delitos, que interpondrá las acciones legales siguientes en el caso de
producirse los supuestos que se enumeran:
* En el supuesto en que el funcionario policial se aparte de lo dispuesto en la
Circular número 1/2006 de la Fiscalía General del Estado, que señala cómo el
Estado ha de ejercer el ius puniendi, La Fundación Copyleft procederá mediante
querella por el delito de prevaricación y, en su caso, cohecho.
* En el supuesto en que, además, apartándose de lo dispuesto en la Circular, se
proceda a la detención del ciudadano, la querella se interpondrá también por
detención ilegal.
* Lo anterior se hará efectivo desde el conocimiento por la Fundación Copyleft de
cualquier investigación en curso, en cualquier estado procesal, sobre hechos de
igual naturaleza que los ocurridos en el caso Sharemula y a partir de esta fecha.
Reiteramos que las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado han de
someterse al Ministerio Fiscal, estar al servicio de los ciudadanos y no de grupos
empresariales, y dedicar sus esfuerzos y recursos a los delitos reprochables que
se cometen en la Red, no destinando los escasos recursos públicos a satisfacer
intereses privados.
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Manifestamos nuestro respeto absoluto a la Ley, a las resoluciones judiciales y a
las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, deseando que la imagen de
dichas instituciones no pueda verse manchada por funcionarios individuales de
conductas reprochables jurídicamente.
La presente notificación se realiza públicamente vía Internet, sin perjuicio de su
formalización por escrito mediante correo certificado.
En Barcelona, Madrid, Las Palmas de Gran Canaria y Sevilla, a veintidós de
octubre de dos mil siete.
Fuente: El Pais
Copyleft
http://bandaancha.eu/foros/copyleft-intimida-brigada-investigacion-1444049
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GIOVANNA ALEJANDRA GALVAN ROJAS Página 8
Violación de una licencia copyleft
El 11 de noviembre David Bravo publica en Espacio Filmica la denuncia de la
periodista Mercè Molist sobre el plagio de uno de sus artículos con licencia
Copyleft en varios medios de comunicación. Unos días después el debate es
rescatado y aparece en varios blogs, como en Diariodeunjabalí y en Acción.
En su defensa, Molist narra la secuencia de los hechos y cómo su artículo
conservó la cita a la fuente original y la licencia asociada hasta llegar a una
agencia de noticias: Servimedia. A partir de ahí, el texto fue reutilizado y publicado
por El Mundo y ABC.
Este caso resulta de gran interés puesto que expone una violación de derechos de
autor protegidos por una licencia Copyleft (para más información, se puede ver
este artículo de Jabalí) y las consideraciones de su autora sobre si seguir adelante
o no en la persecución legal de este delito.
Al mismo tiempo, sirve como ejemplo del mal uso de las redacciones en la
utilización de informaciones de agencia que suelen copiar sin apenas elaboración
periodística. Fue un error de la agencia Servimedia el no citar la autoría del
artículo, aunque citara su referencia en la Asociación de Internautas donde sí se
mantenía la autoría y la licencia, pero también lo fue de los redactores de los
periódicos al no seguir tampoco esa mínima pista que se aportaba.
Para una aproximación más teórico-histórica a estas cuestiones se recomienda el
último libro de Gonzalo Abril, Cortar y Pegar: la fragmentación visual en los
orígenes del texto informativo.
FUENTE:
http://tiscar.com/2004/11/24/violacisn_de_una_licencia_copyleft/