1. Grooming
El término proviene del inglés "groom" que significa acicalar o cepillar en caso de animales.
el "grooming" es "un nuevo tipo de problema relativo a la seguridad de los menores en Internet,
consistente en acciones deliberadas por parte de un adulto de cara a establecer lazos de amistad con
un niño o niña en Internet, con el objetivo de obtener una satisfacción sexual mediante imágenes
eróticas o pornográficas del menor o incluso como preparación para un encuentro sexual".
Se trata de un problema cada vez más acuciante y que ya ha puesto en guardia tanto a la policía
como a distintas asociaciones. Las principales dificultades para atajarlo y terminar con él son el
anonimato de los delincuentes, la inocencia de los menores y la fácil accesibilidad de internet. Y es
que, a diferencia del ciberacoso, en el "grooming" "el acosador es un adulto y existe una intención
sexual" explican des de la Fundación Alia2, cuyo objetivo es la lucha contra la pornografía infantil
en Internet y el ciberacoso.
En realidad, apuntan desde la fundación, no se trata de nuevos delitos, sino de antiguas formas de
abuso de menores que se han readaptado a los nuevos tiempos y al anonimato de la Red. De hecho,
explican, "a pesar de que estas situaciones comienzan en la red, con frecuencia suelen trascender al
mundo físico, derivando en delitos tales como el tráfico de pornografía infantil o el abuso físico a
menores".
2. Proceso de grooming:
El daño al niño que ocurre en la pornografía infantil y en el gooming tiene una dimensión
inherentemente moral. El acto tiene que ver con la vulnerabilidad en los niños, la cuestión del daño,
la inocencia infantil y la vulnerabilidad de los derechos individuales.1
El grooming es un proceso que comúnmente puede durar semanas o incluso meses, variando el
tiempo según la víctima y que suele pasar por las siguientes fases, de manera más o menos rápida
según diversas circunstancias:
1.El adulto procede a elaborar lazos emocionales (de amistad) con el menor. En algunos casos, a
través de internet pueden simular ser otro niño o niñas
2.El adulto va obteniendo datos personales y de contacto del menor.
3.Utilizando tácticas como la seducción, la provocación, el envío de imágenes de contenido
pornográfico, consigue finalmente que el menor se desnude o realice actos de naturaleza sexual.
4.Entonces se inicia el acoso, chantajeando a la víctima para obtener cada vez más material
pornográfico o tener un encuentro físico con el menor para abusar sexualmente de él.
Como es castigado el grooming:
España
La reforma del código penal que entró en vigor en diciembre de 2010 pretende castigar la captación
de menores con fines sexuales a través de Internet así como considerar agresion sexual (aunque no
haya violencia ni intimidación) aquellos actos que atenten contra la libertad e indemnidad sexual,
cuando la víctima sea menor de edad:15
Artículo 183 bis. «El que a través de internet, del teléfono o de cualquier otra tecnología de la
información y la comunicación contacte con un menor de trece años y proponga concertar un
encuentro con el mismo, a fin de cometer cualquiera de los delitos descritos en los artículos 178 a
183"agresiones y abusos sexuales y 189," prostitución y corrupción con menores e incapaces:
espectáculos exhibicionismo o pornograficos y material pornográfico) "siempre que tal propuesta se
acompañe de actos materiales encaminados al acercamiento, será castigado con la pena de uno a
tres años de prisión o multa de doce a veinticuatro meses, sin perjuicio de las penas
correspondientes a los delitos en su caso cometidos. Las penas se impondrán en su mitad superior
cuando el acercamiento se obtenga mediante coacción, intimidación o engaño».
Reino Unido
En Inglaterra y Gales , las secciones 14 y 15 del Sexual Offences Act de 2003 pena la organización
de encuentros con niños, para uno mismo o terceras personas, con la intención de abusar
sexualmente del menor. El encuentro mismo también está penado.
3. Costa Rica
En Costa Rica , el artículo 167 bis del Código Penal No.4573 de 4 de mayo de 1970, el cual fue
reformado por la ley sobre delitos informáticos No.9135 del mes de abril del año 2013 castiga con
pena de cárcel de uno a tres años a quien, por cualquier medio, establezca comunicaciones de
contenido sexual o erótico, ya sea que incluyan o no imágenes, vídeos, textos o audios, con una
persona menor de quince años o incapaz. A su vez, La misma pena se impondrá a quien suplantando
la identidad de un tercero o mediante el uso de una identidad falsa, por cualquier medio, procure
establecer comunicaciones de contenido sexual o erótico, ya sea que se incluyan o no imágenes,
vídeos, textos o audios, con una persona menor de edad o incapaz. La pena será de dos a cuatro
años cuando el actor procure un encuentro personal en algún lugar físico con una persona menor de
edad incapaz.
Escocia
En Escocia la Protection of Children and Prevention of Sexual Offences Act de 200514 introduce
conceptos similares.
Por lo tanto, se puede cometer un delito incluso sin llegar a realizar el encuentro físico con el menor, e
incluso si el menor no acude a la cita (por ejemplo, si un oficial de policía acude en su lugar)