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Declaración de Helsinki
(Asociación Médica Mundial, 1964)
• 6 revisiones (1975, 1983, 1989, 1996, 2000 y
2008)
• Orientada a reforzar la participación voluntaria
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independiente)
• Conjunto de pautas que los investigadores
médicos debieran respetar
Carmen A Cardozo de Martinez Red Bioetica UN 3
Asociación Médica Mundial en 1964, es el
documento internacional fundamental en el
campo de la ética de la investigación biomédica y
ha influido en la legislación y códigos de
conducta internacionales, regionales y
nacionales.
Establece pautas éticas para los médicos
involucrados en investigación biomédica, tanto
clínica como no clínica en seres humanos
Está dividida en tres partes:
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 Principios básicos para toda investigación
médica (Art. 10 – 27).
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1. Principios éticos para orientar al personal de
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2. - 3. Ginebra: “Velar solícitamente y ante todo
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4. El progreso de la medicina se basa en la
investigación (experimentación humana).
5. El bienestar tiene primacía sobre los intereses
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6. El objeto de la investigación médica es mejorar
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30. Al final de la investigación los participantes
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RESUMEN DEL GRUPO…
PRINCIPIOS BÁSICOS
 Respeto por el individuo (Artículo 8)
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tomar decisiones informadas (consentimiento
informado) (Artículos 20, 21 y 22).
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PRINCIPIOS BÁSICOS
 Bienestar del sujeto debe ser siempre precedente
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venir siempre del análisis precedente de las leyes
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PRINCIPIOS BÁSICOS
 Se reconoce que cuando el participante en la
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  • 1. Barrón Jessika Callejas Moises Flores Jannet Guillen Ninosthka Marce Jhakelina
  • 2. Declaración de Helsinki (Asociación Médica Mundial, 1964) • 6 revisiones (1975, 1983, 1989, 1996, 2000 y 2008) • Orientada a reforzar la participación voluntaria y a llenar otros vacíos (evaluación independiente) • Conjunto de pautas que los investigadores médicos debieran respetar
  • 3. Carmen A Cardozo de Martinez Red Bioetica UN 3 Asociación Médica Mundial en 1964, es el documento internacional fundamental en el campo de la ética de la investigación biomédica y ha influido en la legislación y códigos de conducta internacionales, regionales y nacionales. Establece pautas éticas para los médicos involucrados en investigación biomédica, tanto clínica como no clínica en seres humanos
  • 4. Está dividida en tres partes:  Introducción (Art. 1 -9).  Principios básicos para toda investigación médica (Art. 10 – 27).  Principios aplicables cuando la investigación médica se combina con la investigación médica (Art. 28 – 32 (35))
  • 5.
  • 6. 1. Principios éticos para orientar al personal de salud que realiza investigación médica en seres humanos 2. - 3. Ginebra: “Velar solícitamente y ante todo por la salud de mi paciente” y “médico debe actuar solamente en interés del paciente”
  • 7. 4. El progreso de la medicina se basa en la investigación (experimentación humana). 5. El bienestar tiene primacía sobre los intereses de la ciencia y la sociedad
  • 8. 6. El objeto de la investigación médica es mejorar los procedimientos preventivos, Dx y Tx, y comprender la etiología y patogenia de enfermedades. 7. La investigación implica riesgos y costos.
  • 9. 8. Está sujeta a normas éticas para promover el respeto a los seres humanos. Protección especial en poblaciones vulnerables 9. Los investigadores deben conocer los requisitos éticos, legales y jurídicos
  • 10.
  • 11. 10. Deber del médico proteger la vida, salud, intimidad y dignidad humana. 11. Debe tener principios científicos aceptados y apoyados en un profundo conocimiento científico y de laboratorio
  • 12. 12. Atención adecuada a factores que dañen el medio ambiente y el bienestar de animales de experimentación. 13. El proyecto y el método de procedimientos experimentales deben formularse en un protocolo experimental, aprobado y evaluado por un comité de ética independiente (seguimiento)
  • 13. 14. El protocolo debe siempre hacer referencia a las consideraciones éticas correspondientes y a los principios de la Declaración de Helsinki. 15. Debe realizarse siempre SOLO por personal científicamente calificado y supervisado.
  • 14. 16. Debe ser precedido de una cuidadosa comparación de los riesgos y beneficios, 17. El protocolo sigue adelante SOLO si los riesgos pueden ser controlados y se debe suspender en caso de que exista más riesgo que beneficio.
  • 15. 18. SOLO si el objetivo de la investigación es > que riesgo y costo para el individuo (> voluntarios sanos). 19. SOLO si la población en estudio se beneficiará con los resultados.
  • 16. 20. Los participantes deben ser voluntarios e informados. 21. Proteger su integridad, intimidad y confidencialidad
  • 17. 22. Brindar información adecuada y completa de la investigación. Puede retirarse en cualquier momento sin represalias. 23. En caso de relación participante investigador el consentimiento informado debe ser realizado por un médico que no participe en la investigación.
  • 18. 24. Participantes legalmente incapaces, inhábiles física o mentalmente o < edad, se debe obtener el consentimiento informado del representante legal. 25. Si el participante es incompetente por la ley (<edad) y es capaz de dar su asentimiento a participar o no de la investigación se debe documentar
  • 19. 26. Si no se puede obtener con anterioridad el consentimiento informado en estos participantes se debe elaborar un protocolo experimental para consideración del comité evaluador 27. Los autores y editores tiene obligaciones éticas. Se deben mantener con exactitud los datos para publicarlos
  • 20.
  • 21. 28. Sólo se combina investigación y atención médica si se justifica la prevención, diagnóstico o terapéutica, aplicando normas adicionales. 29. Los beneficios, riesgos, costos y eficacia de todo procedimiento nuevo deben evaluarse comparando con mejores métodos preventivos, diagnósticos y terapéuticos. No excluye uso de placebo (solo si no se cuenta con terapéutica y si no implica riesgos o daños irreversible).
  • 22. 30. Al final de la investigación los participantes deben tener la certeza de contar con los mejores métodos probados por el estudio. 31. El médico debe informar cabalmente todos los aspectos de la atención relacionada con la investigación.
  • 23. 32. Si la atención probada en ineficaz, a través del consentimiento informado se pueden usar procedimientos nuevos o no comprobados
  • 25. PRINCIPIOS BÁSICOS  Respeto por el individuo (Artículo 8)  Derecho a la autodeterminación y el derecho a tomar decisiones informadas (consentimiento informado) (Artículos 20, 21 y 22).  Deber del investigador es solamente hacia el paciente (Artículos 2, 3 y 10) o el voluntario (Artículos 16 y 18), y mientras exista necesidad de llevar a cabo una investigación (Artículo 6).
  • 26. PRINCIPIOS BÁSICOS  Bienestar del sujeto debe ser siempre precedente sobre los intereses de la ciencia o de la sociedad (Artículo 5), y las consideraciones éticas deben venir siempre del análisis precedente de las leyes y regulaciones (Artículo 9).  El reconocimiento de la creciente vulnerabilidad de los individuos y los grupos necesita especial vigilancia (Artículo 8).
  • 27. PRINCIPIOS BÁSICOS  Se reconoce que cuando el participante en la investigación es incompetente, física o mentalmente incapaz de consentir, o es un menor (Artículos 23 y 24) entonces el permiso debe darlo un sustituto que vele por el mejor interés del individuo. En este caso su consentimiento es muy importante (Artículo 25).
  • 28. Mazzanti M. Declaración de Helsinki, principios y valores bioéticos en juego en la investigación médica con seres humanos. Rev. Colom Bioet. 2011; 1(6): 125-44
  • 29. Mazzanti M. Declaración de Helsinki, principios y valores bioéticos en juego en la investigación médica con seres humanos. Rev. Colom Bioet. 2011; 1(6): 125-44
  • 30. MODIFICACIONES (SEÚL - 2008)  2. Aunque la declaración está destinada principalmente a los médicos, la AMM insta a otros participantes en la investigación médica enseres humanos a adoptar estos principios.  19. Todo ensayo clínico debe ser inscrito en una base de datos disponible al público antes de aceptar a la primera persona.
  • 31. MODIFICACIONES (SEÚL - 2008)  25. Para la investigación médica en que se utilice material o datos humanos identificables el médico debe pedir normalmente el consentimiento para la recolección, análisis, almacenamiento y reutilización. Podrá haber situaciones en las que será imposible o impracticable obtener el conocimiento o podría ser una amenaza para su validez. En esta situación la investigación solo puede ser realizada después de ser considerada y aprobada por un comité de ética de investigación.