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• TITULO DE MEDICO GENERAL Y DE ESPECIALISTA EN MEDICINA INTERNA DE LA PONTIFICIA UNIVERSIDAD JAVERIANA
• ESPECIALISTA EN CARDIOLOGIA DEL INSTITUTO NACIONAL DE CARDIOLOGIA ‘IGNACIO CHÁVEZ’, MEXICO DF (UNAM)
• ESPECIALISTA EN DISEÑO Y EVALUACION DE PROYECTOS Y EN GERENCIA EN SERVICIOS DE SALUD DE LA UNIVERSIDAD DEL
NORTE, BARRANQUILLA
• MAGISTER EN ENSAYOS CLINICOS DE LA UNIVERSIDAD DE SEVILLA, ESPAÑA
• DOCTORANDO EN INVESTIGACION Y DOCENCIA-CEPES MEXICO
• EXPRESIDENTE NACIONAL DE LA SOCIEDAD COLOMBIANA DE CARDIOLOGIA
• DIRECTOR DE LA FUNDACION DEL CARIBE PARA LA INVESTIGACION BIOMEDICA- BIOS (FUNDACION BIOS)
• PROFESOR INVESTIGADOR DE LA UNIVERSIDAD DE LA UNIVERSIDAD SIMON BOLIVAR, BARRANQUILLA
• LIDER GRUPO COLCIENCIAS CATEGORIA A1 CENTRO DE INVESTIGACIONES CARDIODIAGNOSTICO SA/FUNDACION BIOS.
INVESTIGADOR SENIOR COLCIENCIAS
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Conflicto	de	intereses	declarado
Dr. Urina Triana ha recibido por sí mismo
o través de la Fundación Bios , apoyo
financiero para la realización de estudios y
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conferencista de Bayer SA, Johnson and
Johnson, Bristol-Myers Squibb, Frosst
Laboratories, Novartis, Pfizer, Astra
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LO	QUE	VAMOS	A	REVISAR
• ANTECEDENTES	LEGALES
• VISION	ACTUAL	DE	LO	QUE	ESTA	OCURRIENDO	EN	LATINOAMERICA
• REGULACION	INTERNACIONAL
• REGULACION	NACIONAL	EN	COLOMBIA
• EL	FUTURO
©	Copyright	Fundacion	Bios
Introducción
• La historia de la ética de la investigación nos dice que las transgresiones
se han producido no por falta de normas, sino por ignorar la dimensión
interna de la ética.
• Los investigadores médicos se ven sometidos a tentaciones de
autopromoción, asociadas a narcisismo y avaricia, que les puede llevar a
ignorar esta dimensión.
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Principios	de	ética	de	la	investigación
•Conocer los tres (3) principios
fundamentales de la ética de la
investigación
•Enumerar y considerar las
poblaciones vulnerables cuando se
incluyen seres humanos en los
estudios de investigación
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El concepto de CLINICAL EQUIPOISE
La indeterminación clínica, también conocida como
incertidumbre terapéutica, aporta la base ética para la
investigación médica en la que se asignan pacientes a
distintos grupos de tratamiento en un ensayo clínico.
El dilema ético durante un ensayo clínico suele aparecer en
aquellos realizados en humanos, cuando el investigador, o
los investigadores, empiezan a creer que un tratamiento
resulta más beneficioso que otro.
Aunque el investigador crea ciertamente en una hipótesis,
no existe una prueba real que demuestre la existencia de
tal beneficio. Una vez se cuenta con pruebas suficientes, se
suele detener la investigación, ya que la indeterminación
clínica no se cumple.
Este concepto implica que existe una incertidumbre real
sobre si el tratamiento será beneficioso o no. También se
aplica a tratamientos extraoficiales realizados antes o
durante los ensayos clínicos pertinentes.
Freedman, B. (1987) 'Equipoise and the ethics of clinical research'. The New England Journal of Medicine, 317, (3):141-
145.
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Principios	fundamentales	de	la	ética	de	la	investigación	en	seres	
humanos
• La ética de la investigación en seres humanos se apoya en
tres principios básicos que se consideran la base de todas
las reglas o pautas que la regulan. Estos principios son:
• Respeto por las personas
• Beneficencia
• Justicia
• Estos principios se consideran principios universales que
trascienden los límites geográficos, culturales,
económicos, legales y políticos.
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• Los investigadores, las instituciones y, de hecho, la sociedad están
obligados a garantizar que estos principios se cumplan cada vez que se
realiza una investigación con seres humanos.
• Aunque estos principios son universales, la disponibilidad de los
recursos necesarios para garantizarlos no es universal y los
procedimientos que se usan para asegurar que los estudios de
investigación se hagan éticamente pueden no ser óptimos.
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En las últimas décadas se ha visto
un notable incremento por mejorar
la regulación ética de
investigaciones científicas
experimentales y no
experimentales, tanto en países
desarrollados como en aquellos en
vía de desarrollo
http://clinicaltrials.gov/ct2/search/map al	010	de	marzo	de	2017
©	Copyright	Fundacion	Bios
©	Copyright	Fundacion	Bios
Análisis	de	la	regulación	ética	en	las	Américas
1. Encuesta a Organismos Nacionales de
Ciencias y Tecnología (ONCYT) de las
Américas 1999 – 2002
2.Comisiones Nacionales de Bioética,
Comités de Bioética Asistenciales y de
Investigación, existentes en los países
de la Región 1995 – 2001 – 2003
© Copyright Fundacion Bios
CONCLUSIONES	A	LA	ENCUESTA	
ORGANISMOS	NACIONALES	DE	
CIENCIA	Y	TECNOLOGIA
©	Copyright	Fundacion	Bios
Encuesta	a	Organismos	Nacionales	de	Ciencia	y	tecnología	de	
las	Américas
• Existe un déficit serio del control ético en
investigación, por falta de profesionales calificados
para la evaluación de protocolos
o Hay también claras deficiencias respecto de
normativas nacionales que regulen la investigación
en seres humanos
o Aunque tiende a mejorar, sigue habiendo pocos
Comités Nacionales que supervisen el trabajo de los
comités locales y la investigación en general
o Es necesario capacitar urgentemente a
profesionales calificados que conformen Comités de
Evaluación Científica y Bioética
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(en	28	países	revisados)
Comisiones	Nacionales	y	Comités	de	
Bioética	locales
PAISES 1995 2001 2003
COMISIONES NACIONALES DE BIOETICA 5 11 13
COMITES DE BIOETICA ASISTENCIAL 7 19 19
COMITE DE BIOETICA EN INVESTIGACION 9 15 18
NUMERO TOTAL DE 1995 2001 2003
COMITE DE BIOETICA ASISTENCIAL 73 332 784
COMITE DE BIOETICA EN INVESTIGACION 15 176 489
© Copyright Fundacion Bios
Países	de	desarrollo	mayor:
Brasil – Argentina – México – Colombia – Chile – Cuba
– Puerto Rico (*)
Países	de	desarrollo	intermedio:
Perú – República Dominicana – Costa Rica – Venezuela
– Jamaica – Barbados – Trinidad y Tobago – Ecuador –
Panamá – Uruguay – Bolivia
Países	de	desarrollo	incipiente:
Paraguay – Honduras – El Salvador – Guatemala –
Nicaragua – Belice – Otros Caribe inglés y francés
Diagnóstico	Regional	por	países
…	una	aproximación	actual
(*) Combinación indicadores E.E.U.U. y propios © Copyright Fundación Bios
REGULACION	INTERNACIONAL
• ICH	GCP
• REPORTE	BELMONT
• CODIGO	NUREMBERG
• DECLARACION	DE	HELSINKI
• DOCUMENTO	DE	LA	AMERICAS
• CIOMS
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La	Declaración	de	Helsinki
• Reconociendo los defectos del
Código de Nuremberg, la Asociación
Médica Mundial creó la Declaración
de Helsinki en 1964.
• Considerada por muchos como el
primer estándar mundial de
investigación biomédica
• este documento proporciona
protección adicional a personas con
autonomía limitada e insiste que los
médicos e investigadores que
aceptan sus propios pacientes sean
precavidos.
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DECLARACION	DE	
HELSINKI
La Declaración de Helsinki fue
aprobada en 1964 por la
Asamblea Médica Mundial con el
propósito de regular la ética de la
investigación clínica, basándose
en la integridad moral y las
responsabilidades del médico.
Posteriormente, en diversas
ocasiones se han realizado
modificaciones del documento,
con el objetivo de aproximar los
postulados éticos a la nueva
situación de la medicina y la
investigación clínica
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Requisitos	ético-jurídicos	de	un	estudio	clínico	experimental
Según	la	Declaración	de	Helsinki	y	Tokio	de	la	OMS	
se	definen	los	siguientes	requisitos	éticos	de	un	
estudio	clínico	experimental:
• Existencia	de	un	protocolo	de	investigación
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El Código de Nuremberg es un documento principalmente
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El	Código	de	Nuremberg
• Al final de la Segunda Guerra
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que habían hecho experimentos con
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• La decisión del tribunal incluye lo
que actualmente se conoce como
Código de Nuremberg, que es una
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esbozan la experimentación médica
permisible en seres humanos
©	Copyright	Fundacion	Bios
Los diez puntos son:
1.Es absolutamente esencial el consentimiento voluntario del sujeto humano. Esto
significa que la persona implicada debe tener capacidad legal para dar
consentimiento; su situación debe ser tal que pueda ser capaz de ejercer una
elección libre, sin intervención de cualquier elemento de fuerza, fraude, engaño,
coacción u otra forma de constreñimiento o coerción; debe tener suficiente
conocimiento y comprensión de los elementos implicados que le capaciten para
hacer una decisión razonable e ilustrada. Este último elemento requiere que antes
de que el sujeto de experimentación acepte una decisión afirmativa, debe conocer la
naturaleza, duración y fines del experimento, el método y los medios con los que
será realizado; todos los inconvenientes y riesgos que pueden ser esperados
razonablemente y los efectos sobre su salud y persona que pueden posiblemente
originarse de su participación en el experimento. El deber y la responsabilidad para
asegurarse de la calidad del consentimiento residen en cada individuo que inicie,
dirija o esté implicado en el experimento. Es un deber y responsabilidad personales
que no pueden ser delegados impunemente.
2. El experimento debe ser tal que dé resultados provechosos para el beneficio de la
sociedad, no sea obtenible por otros métodos o medios y no debe ser de naturaleza
aleatoria o innecesaria.
3. El experimento debe ser proyectado y basado sobre los resultados de
experimentación animal y de un conocimiento de la historia natural de la enfermedad
o de otro problema bajo estudio, de tal forma que los resultados previos justificarán
la realización del experimento.
©	Copyright	Fundacion	Bios
4. El experimento debe ser realizado de tal forma que se evite todo sufrimiento físico y mental
innecesario y todo daño.
5. No debe realizarse ningún experimento cuando exista una razón a priori que lleve a creer el
que pueda sobrevenir muerte o daño que lleve a una incapacitación, excepto, quizás, en
aquellos experimentos en que los médicos experimentales sirven también como sujetos.
6. El grado de riesgo que ha de ser tomado no debe exceder nunca el determinado por la
importancia humanitaria del problema que ha de ser resuelto con el experimento.
Deben realizarse preparaciones propias y proveerse de facilidades adecuadas para proteger al
sujeto de experimentación contra posibilidades, incluso remotas, de daño, incapacitación o
muerte.
7. El experimento debe ser realizado únicamente por personas científicamente cualificadas
8. Debe exigirse a través de todas las etapas del experimento el mayor grado de experiencia
(pericia) y cuidado en aquellos que realizan o están implicados en dicho experimento.
9. Durante el curso del experimento el sujeto humano debe estar en libertad de interrumpirlo si
ha alcanzado un estado físico o mental en que la continuación del experimento le parezca
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10. Durante el curso del experimento el científico responsable tiene que estar preparado para
terminarlo en cualquier fase, si tiene una razón para creer con toda probabilidad, en el ejercicio
de la buena fe, que se requiere de él una destreza mayor y un juicio cuidadoso de modo que una
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del sujeto de experimentación.7.-
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INFORME	BELMONT
El Informe Belmont fue
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Comisión Nacional para la
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El	Informe	Belmont
• En	1972,	el	público	se	enteró	del	
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Unidos	en	esa	época.	
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• 1974	se	estableció	la	Comisión	
Nacional	para	la	Protección	de	
Sujetos	Humanos	en	la	
Investigación	Biomédica	y	
Conductual	(National Commission
for	the protection of	Human	
Subjects of	Biomedical and	
Behavioral Research).	
• 1978,	la	comisión	presentó	su	
informe	titulado	Informe	Belmont:	
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protección	de	sujetos	humanos	de	
la	investigación.	El	informe	
establece	los	principios	éticos	
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investigación	con	seres	humanos.	
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DOCUMENTO	DE	LAS	
AMERICAS
2005
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CIOMS
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Pautas	del	Consejo	de	Organizaciones	Internacionales	de	las	Ciencias	Médicas
(Council	for	International	Organizations	of	Medical	Science,	CIOMS)
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https://www.invima.gov.co/buenas-Practicas-clinicas-invima
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Regulación	en	Colombia
INVIMA
Resolución	N° 2011020764	(Resolución	2010020508	modificada)
Resolución	N° 8430	de	1993
Resolución	N° 3823	de	1997
Resolución	N° 2378	de	2008
RESOLUCIÓN	No.	2010020508	de	2010
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RESOLUCION Nº 2011020764
10 de Junio de 2011
Por la cual se establece el reglamento relativo al contenido y
periodicidad de los reportes de eventos adversos en la fase de
investigación clínica con medicamentos en humanos (Derogó a la
Res 2010020508 del 2010).
• Aplica para el reporte de EA asociados a la seguridad de los
medicamentos en investigación con seres humanos.
•Quienes deben presentar los reportes ante la entidad regulatoria:
Patrocinadores o las Organizaciones de Investigación por Contrato.
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DECRETO Nº 2200
28 de Junio de 2005
Por el cual se reglamenta el servicio farmacéutico y se dictan
otras disposiciones.
•La investigación clínica se encuentra incluida dentro de los
procesos especiales.
•El servicio farmacéutico de alta y mediana complejidad
estará dirigido por el Químico Farmacéutico.
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RESOLUCIÓN Nº 1403
4 de Mayo de 2007
Por la cual se determina el Modelo de Gestión del Servicio
Farmacéutico, se adopta el Manual de Condiciones
Esenciales y Procedimientos y se dictan otras disposiciones.
•Los grados de complejidad del servicio farmacéutico serán
de baja, mediana y alta complejidad.
•Servicio farmacéutico de mediana y alta complejidad:
Además de las actividades y/o procesos del servicio
farmacéutico de baja complejidad, realizará procesos entre
los cuales se encuentra la Investigación Clínica
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RESOLUCIÓN Nº 0444
12 de febrero de 2008
Por la cual se adopta el Instrumento de Verificación de
Cumplimiento de Buenas Prácticas de Elaboración de
preparaciones magistrales.
• Que la Certificación de BPE se aplica a los Establecimientos Farmacéuticos y
Servicios Farmacéuticos de IPS, que:
• Elaboren preparaciones magistrales y que realicen las operaciones de
elaboración
• Reenvase y reempaque de medicamentos, dentro del Sistema de Distribución de
Medicamentos en Dosis Unitaria para pacientes hospitalizados y/o ambulatorios
en casos especiales
• Transformación, preparaciones y mezclas
• Adecuación y ajuste de concentraciones de dosis
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Guía:	Requisitos	para	la	Evaluación	de	Protocolos	de	Investigación
Circular	Externa	- DG-100-00381-10	- INVIMA
Guia	seleccion	del	investigador	principal
PM05-ECT-G3	Guia	Protocolos	de	Investigación
PM05-ECT-G4	Enmiendas
PM05-ECT-G5	Consentimientos	Informados
PM02-IVC-G6	- Guía	para	reporte	de	eventos	adversos
PM05-ECT-G10	Guia	Manual	del	Investigador
PM05-ECT-G7	Guia	para	la	presentación	operativa	y	adm	de	Instituciones	IPS
PM05-ECT-G8	Guia	para	la	evaluación	operativa	y	adm	de	Investigadores
PM05-ECT-G9	Guia	Importación	y	Exportación
PM05-ECT-G12	Guia	Otros	Documentos
F09-PM05-ECT	Formato	de	Presentacion y	Evaluacion Operativa	y	Admin de	Protocolos	de	Investigacion
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• La	Regla	Común requiere:
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investigación
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REGULACION DE LOS COMITES DE ETICA EN INVESTIGACION
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La regulacion en la investigacion clínica de Colombia

  • 3. PRESENTACION DR.MIGUEL URINA TRIANA • TITULO DE MEDICO GENERAL Y DE ESPECIALISTA EN MEDICINA INTERNA DE LA PONTIFICIA UNIVERSIDAD JAVERIANA • ESPECIALISTA EN CARDIOLOGIA DEL INSTITUTO NACIONAL DE CARDIOLOGIA ‘IGNACIO CHÁVEZ’, MEXICO DF (UNAM) • ESPECIALISTA EN DISEÑO Y EVALUACION DE PROYECTOS Y EN GERENCIA EN SERVICIOS DE SALUD DE LA UNIVERSIDAD DEL NORTE, BARRANQUILLA • MAGISTER EN ENSAYOS CLINICOS DE LA UNIVERSIDAD DE SEVILLA, ESPAÑA • DOCTORANDO EN INVESTIGACION Y DOCENCIA-CEPES MEXICO • EXPRESIDENTE NACIONAL DE LA SOCIEDAD COLOMBIANA DE CARDIOLOGIA • DIRECTOR DE LA FUNDACION DEL CARIBE PARA LA INVESTIGACION BIOMEDICA- BIOS (FUNDACION BIOS) • PROFESOR INVESTIGADOR DE LA UNIVERSIDAD DE LA UNIVERSIDAD SIMON BOLIVAR, BARRANQUILLA • LIDER GRUPO COLCIENCIAS CATEGORIA A1 CENTRO DE INVESTIGACIONES CARDIODIAGNOSTICO SA/FUNDACION BIOS. INVESTIGADOR SENIOR COLCIENCIAS © Copyright Fundacion Bios
  • 4. Conflicto de intereses declarado Dr. Urina Triana ha recibido por sí mismo o través de la Fundación Bios , apoyo financiero para la realización de estudios y honorarios como investigador o conferencista de Bayer SA, Johnson and Johnson, Bristol-Myers Squibb, Frosst Laboratories, Novartis, Pfizer, Astra Zeneca, Procaps, Boehringer Ingelheim y Sanofi-Aventis. © Copyright Fundacion Bios
  • 5. LO QUE VAMOS A REVISAR • ANTECEDENTES LEGALES • VISION ACTUAL DE LO QUE ESTA OCURRIENDO EN LATINOAMERICA • REGULACION INTERNACIONAL • REGULACION NACIONAL EN COLOMBIA • EL FUTURO © Copyright Fundacion Bios
  • 6. Introducción • La historia de la ética de la investigación nos dice que las transgresiones se han producido no por falta de normas, sino por ignorar la dimensión interna de la ética. • Los investigadores médicos se ven sometidos a tentaciones de autopromoción, asociadas a narcisismo y avaricia, que les puede llevar a ignorar esta dimensión. © Copyright Fundacion Bios
  • 7. Principios de ética de la investigación •Conocer los tres (3) principios fundamentales de la ética de la investigación •Enumerar y considerar las poblaciones vulnerables cuando se incluyen seres humanos en los estudios de investigación © Copyright Fundacion Bios
  • 8. El concepto de CLINICAL EQUIPOISE La indeterminación clínica, también conocida como incertidumbre terapéutica, aporta la base ética para la investigación médica en la que se asignan pacientes a distintos grupos de tratamiento en un ensayo clínico. El dilema ético durante un ensayo clínico suele aparecer en aquellos realizados en humanos, cuando el investigador, o los investigadores, empiezan a creer que un tratamiento resulta más beneficioso que otro. Aunque el investigador crea ciertamente en una hipótesis, no existe una prueba real que demuestre la existencia de tal beneficio. Una vez se cuenta con pruebas suficientes, se suele detener la investigación, ya que la indeterminación clínica no se cumple. Este concepto implica que existe una incertidumbre real sobre si el tratamiento será beneficioso o no. También se aplica a tratamientos extraoficiales realizados antes o durante los ensayos clínicos pertinentes. Freedman, B. (1987) 'Equipoise and the ethics of clinical research'. The New England Journal of Medicine, 317, (3):141- 145. © Copyright Fundacion Bios
  • 9. Principios fundamentales de la ética de la investigación en seres humanos • La ética de la investigación en seres humanos se apoya en tres principios básicos que se consideran la base de todas las reglas o pautas que la regulan. Estos principios son: • Respeto por las personas • Beneficencia • Justicia • Estos principios se consideran principios universales que trascienden los límites geográficos, culturales, económicos, legales y políticos. © Copyright Fundacion Bios
  • 10. • Los investigadores, las instituciones y, de hecho, la sociedad están obligados a garantizar que estos principios se cumplan cada vez que se realiza una investigación con seres humanos. • Aunque estos principios son universales, la disponibilidad de los recursos necesarios para garantizarlos no es universal y los procedimientos que se usan para asegurar que los estudios de investigación se hagan éticamente pueden no ser óptimos. © Copyright Fundacion Bios
  • 11. En las últimas décadas se ha visto un notable incremento por mejorar la regulación ética de investigaciones científicas experimentales y no experimentales, tanto en países desarrollados como en aquellos en vía de desarrollo
  • 14. Análisis de la regulación ética en las Américas 1. Encuesta a Organismos Nacionales de Ciencias y Tecnología (ONCYT) de las Américas 1999 – 2002 2.Comisiones Nacionales de Bioética, Comités de Bioética Asistenciales y de Investigación, existentes en los países de la Región 1995 – 2001 – 2003 © Copyright Fundacion Bios
  • 16. Encuesta a Organismos Nacionales de Ciencia y tecnología de las Américas • Existe un déficit serio del control ético en investigación, por falta de profesionales calificados para la evaluación de protocolos o Hay también claras deficiencias respecto de normativas nacionales que regulen la investigación en seres humanos o Aunque tiende a mejorar, sigue habiendo pocos Comités Nacionales que supervisen el trabajo de los comités locales y la investigación en general o Es necesario capacitar urgentemente a profesionales calificados que conformen Comités de Evaluación Científica y Bioética © Copyright Fundacion Bios
  • 17. (en 28 países revisados) Comisiones Nacionales y Comités de Bioética locales PAISES 1995 2001 2003 COMISIONES NACIONALES DE BIOETICA 5 11 13 COMITES DE BIOETICA ASISTENCIAL 7 19 19 COMITE DE BIOETICA EN INVESTIGACION 9 15 18 NUMERO TOTAL DE 1995 2001 2003 COMITE DE BIOETICA ASISTENCIAL 73 332 784 COMITE DE BIOETICA EN INVESTIGACION 15 176 489 © Copyright Fundacion Bios
  • 18. Países de desarrollo mayor: Brasil – Argentina – México – Colombia – Chile – Cuba – Puerto Rico (*) Países de desarrollo intermedio: Perú – República Dominicana – Costa Rica – Venezuela – Jamaica – Barbados – Trinidad y Tobago – Ecuador – Panamá – Uruguay – Bolivia Países de desarrollo incipiente: Paraguay – Honduras – El Salvador – Guatemala – Nicaragua – Belice – Otros Caribe inglés y francés Diagnóstico Regional por países … una aproximación actual (*) Combinación indicadores E.E.U.U. y propios © Copyright Fundación Bios
  • 19. REGULACION INTERNACIONAL • ICH GCP • REPORTE BELMONT • CODIGO NUREMBERG • DECLARACION DE HELSINKI • DOCUMENTO DE LA AMERICAS • CIOMS © Copyright Fundacion Bios
  • 20. La Declaración de Helsinki • Reconociendo los defectos del Código de Nuremberg, la Asociación Médica Mundial creó la Declaración de Helsinki en 1964. • Considerada por muchos como el primer estándar mundial de investigación biomédica • este documento proporciona protección adicional a personas con autonomía limitada e insiste que los médicos e investigadores que aceptan sus propios pacientes sean precavidos. © Copyright Fundacion Bios
  • 21. DECLARACION DE HELSINKI La Declaración de Helsinki fue aprobada en 1964 por la Asamblea Médica Mundial con el propósito de regular la ética de la investigación clínica, basándose en la integridad moral y las responsabilidades del médico. Posteriormente, en diversas ocasiones se han realizado modificaciones del documento, con el objetivo de aproximar los postulados éticos a la nueva situación de la medicina y la investigación clínica © Copyright Fundacion Bios
  • 22. Requisitos ético-jurídicos de un estudio clínico experimental Según la Declaración de Helsinki y Tokio de la OMS se definen los siguientes requisitos éticos de un estudio clínico experimental: • Existencia de un protocolo de investigación • Experimentación básica o previa con animales. • Consentimiento informado del sujeto. • Libertad del sujeto para interrumpir el tratamiento. • Adecuado índice de los beneficios previsibles y riesgos • de toxicidad para el sujeto. • Solvencia del investigador. • Prevalencia del interés individual frente al colectivo. • No privar al enfermo de un tratamiento reconocido. • Fidelidad en la publicación de los resultados. El consentimiento informado El consentimiento informado es uno de los principios básicos de la bioética, el principio de autonomía, por el cual el sujeto, una vez informado, debe ser capaz de tomar sus propias decisiones. Además, es un requisito legal en todos los Ensayos Clínicos © Copyright Fundacion Bios
  • 26. CODIGO NUREMBERG El Código de Nuremberg es un documento principalmente centrado en los derechos de los sujetos que participan en una investigación, y establece el consentimiento del sujeto como un elemento esencial en la investigación en humanos © Copyright Fundacion Bios
  • 27. El Código de Nuremberg • Al final de la Segunda Guerra Mundial, el Tribunal Militar Internacional enjuició a los criminales de guerra nazis, entre los cuales se encontraban médicos nazis que habían hecho experimentos con prisioneros de campos de concentración. • La decisión del tribunal incluye lo que actualmente se conoce como Código de Nuremberg, que es una declaración de 10 puntos que esbozan la experimentación médica permisible en seres humanos © Copyright Fundacion Bios
  • 28. Los diez puntos son: 1.Es absolutamente esencial el consentimiento voluntario del sujeto humano. Esto significa que la persona implicada debe tener capacidad legal para dar consentimiento; su situación debe ser tal que pueda ser capaz de ejercer una elección libre, sin intervención de cualquier elemento de fuerza, fraude, engaño, coacción u otra forma de constreñimiento o coerción; debe tener suficiente conocimiento y comprensión de los elementos implicados que le capaciten para hacer una decisión razonable e ilustrada. Este último elemento requiere que antes de que el sujeto de experimentación acepte una decisión afirmativa, debe conocer la naturaleza, duración y fines del experimento, el método y los medios con los que será realizado; todos los inconvenientes y riesgos que pueden ser esperados razonablemente y los efectos sobre su salud y persona que pueden posiblemente originarse de su participación en el experimento. El deber y la responsabilidad para asegurarse de la calidad del consentimiento residen en cada individuo que inicie, dirija o esté implicado en el experimento. Es un deber y responsabilidad personales que no pueden ser delegados impunemente. 2. El experimento debe ser tal que dé resultados provechosos para el beneficio de la sociedad, no sea obtenible por otros métodos o medios y no debe ser de naturaleza aleatoria o innecesaria. 3. El experimento debe ser proyectado y basado sobre los resultados de experimentación animal y de un conocimiento de la historia natural de la enfermedad o de otro problema bajo estudio, de tal forma que los resultados previos justificarán la realización del experimento. © Copyright Fundacion Bios
  • 29. 4. El experimento debe ser realizado de tal forma que se evite todo sufrimiento físico y mental innecesario y todo daño. 5. No debe realizarse ningún experimento cuando exista una razón a priori que lleve a creer el que pueda sobrevenir muerte o daño que lleve a una incapacitación, excepto, quizás, en aquellos experimentos en que los médicos experimentales sirven también como sujetos. 6. El grado de riesgo que ha de ser tomado no debe exceder nunca el determinado por la importancia humanitaria del problema que ha de ser resuelto con el experimento. Deben realizarse preparaciones propias y proveerse de facilidades adecuadas para proteger al sujeto de experimentación contra posibilidades, incluso remotas, de daño, incapacitación o muerte. 7. El experimento debe ser realizado únicamente por personas científicamente cualificadas 8. Debe exigirse a través de todas las etapas del experimento el mayor grado de experiencia (pericia) y cuidado en aquellos que realizan o están implicados en dicho experimento. 9. Durante el curso del experimento el sujeto humano debe estar en libertad de interrumpirlo si ha alcanzado un estado físico o mental en que la continuación del experimento le parezca imposible. 10. Durante el curso del experimento el científico responsable tiene que estar preparado para terminarlo en cualquier fase, si tiene una razón para creer con toda probabilidad, en el ejercicio de la buena fe, que se requiere de él una destreza mayor y un juicio cuidadoso de modo que una continuación del experimento traerá probablemente como resultado daño, discapacidad o muerte del sujeto de experimentación.7.- © Copyright Fundacion Bios
  • 30. INFORME BELMONT El Informe Belmont fue aceptado en el Congreso de los Estados Unidos y redactado por la Comisión Nacional para la Protección de las Personas objeto de Experimentación Biomédica y de la Conducta en 1979 © Copyright Fundacion Bios
  • 31. El Informe Belmont • En 1972, el público se enteró del estudio de Tuskegee, realizado en el sur de los Estados Unidos entre 1932 y 1972. • En vez de dar tratamiento, se siguió el curso de la sífilis latente en más de 400 hombres enfermos. • El estudio continuó negando tratamiento a los hombres inclusive después que se descubrieron antibióticos en los años 40. • Este estudio fue aún más infame porque todos los participantes eran afroamericanos pobres; es decir, pertenecían a un grupo desfavorecido del sur de los Estados Unidos en esa época. © Copyright Fundacion Bios
  • 32. • 1974 se estableció la Comisión Nacional para la Protección de Sujetos Humanos en la Investigación Biomédica y Conductual (National Commission for the protection of Human Subjects of Biomedical and Behavioral Research). • 1978, la comisión presentó su informe titulado Informe Belmont: Principios éticos y pautas para la protección de sujetos humanos de la investigación. El informe establece los principios éticos fundamentales subyacentes a la realización aceptable de la investigación con seres humanos. © Copyright Fundacion Bios
  • 37. Regulación en Colombia INVIMA Resolución N° 2011020764 (Resolución 2010020508 modificada) Resolución N° 8430 de 1993 Resolución N° 3823 de 1997 Resolución N° 2378 de 2008 RESOLUCIÓN No. 2010020508 de 2010 © Copyright Fundacion Bios
  • 41. RESOLUCION Nº 2011020764 10 de Junio de 2011 Por la cual se establece el reglamento relativo al contenido y periodicidad de los reportes de eventos adversos en la fase de investigación clínica con medicamentos en humanos (Derogó a la Res 2010020508 del 2010). • Aplica para el reporte de EA asociados a la seguridad de los medicamentos en investigación con seres humanos. •Quienes deben presentar los reportes ante la entidad regulatoria: Patrocinadores o las Organizaciones de Investigación por Contrato. © Copyright Fundacion Bios
  • 42. DECRETO Nº 2200 28 de Junio de 2005 Por el cual se reglamenta el servicio farmacéutico y se dictan otras disposiciones. •La investigación clínica se encuentra incluida dentro de los procesos especiales. •El servicio farmacéutico de alta y mediana complejidad estará dirigido por el Químico Farmacéutico. © Copyright Fundacion Bios
  • 43. RESOLUCIÓN Nº 1403 4 de Mayo de 2007 Por la cual se determina el Modelo de Gestión del Servicio Farmacéutico, se adopta el Manual de Condiciones Esenciales y Procedimientos y se dictan otras disposiciones. •Los grados de complejidad del servicio farmacéutico serán de baja, mediana y alta complejidad. •Servicio farmacéutico de mediana y alta complejidad: Además de las actividades y/o procesos del servicio farmacéutico de baja complejidad, realizará procesos entre los cuales se encuentra la Investigación Clínica © Copyright Fundacion Bios
  • 44. RESOLUCIÓN Nº 0444 12 de febrero de 2008 Por la cual se adopta el Instrumento de Verificación de Cumplimiento de Buenas Prácticas de Elaboración de preparaciones magistrales. • Que la Certificación de BPE se aplica a los Establecimientos Farmacéuticos y Servicios Farmacéuticos de IPS, que: • Elaboren preparaciones magistrales y que realicen las operaciones de elaboración • Reenvase y reempaque de medicamentos, dentro del Sistema de Distribución de Medicamentos en Dosis Unitaria para pacientes hospitalizados y/o ambulatorios en casos especiales • Transformación, preparaciones y mezclas • Adecuación y ajuste de concentraciones de dosis © Copyright Fundacion Bios
  • 46. Guía: Requisitos para la Evaluación de Protocolos de Investigación Circular Externa - DG-100-00381-10 - INVIMA Guia seleccion del investigador principal PM05-ECT-G3 Guia Protocolos de Investigación PM05-ECT-G4 Enmiendas PM05-ECT-G5 Consentimientos Informados PM02-IVC-G6 - Guía para reporte de eventos adversos PM05-ECT-G10 Guia Manual del Investigador PM05-ECT-G7 Guia para la presentación operativa y adm de Instituciones IPS PM05-ECT-G8 Guia para la evaluación operativa y adm de Investigadores PM05-ECT-G9 Guia Importación y Exportación PM05-ECT-G12 Guia Otros Documentos F09-PM05-ECT Formato de Presentacion y Evaluacion Operativa y Admin de Protocolos de Investigacion © Copyright Fundacion Bios
  • 47. • La Regla Común requiere: • Aprobación previa del comité de ética • Consentimiento informado y documentación por escrito • Reclutamiento equitativo de los participantes en la investigación • Protección especial para los grupos vulnerables • Revisión continua de la investigación aprobada © Copyright Fundacion Bios
  • 48. EL FUTURO REGULACION DE LOS COMITES DE ETICA EN INVESTIGACION VISITAS DE INSPECCION CUALIFICACION DE INVESTIGADORES Y SUB INVESTIGADORES CUALIFICACION DEL PERSONAL TECNICO © Copyright Fundacion Bios