La tesis doctoral en la Pablo de Olavide: aspectos normativos reseñables desde el punto de vista de la evaluación científica, el acceso abierto y el progreso en la carrera académica
Material correspondiente al curso La tesis doctoral en la Pablo de Olavide: aspectos normativos reseñables desde el punto de vista de la evaluación científica, el acceso abierto y el progreso
en la carrera académica, impartido en febrero de 2021 a estudiantes de doctorado de la UPO como parte del plan de formación de la Biblioteca/CRAI
Calidad de la Investigación y Métodos de Medición en el actual contexto Nacio...
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La tesis doctoral en la Pablo de Olavide: aspectos normativos reseñables desde el punto de vista de la evaluación científica, el acceso abierto y el progreso en la carrera académica
1. La tesis doctoral en la Pablo de Olavide: aspectos
normativos reseñables desde el punto de vista de la
evaluación científica, el acceso abierto y el progreso
en la carrera académica
Ángel M. Delgado
Vázquez @amdelvaz
febrero 2020
Biblioteca/CRAI
Formación de Usuarios
3. 1.La tesis doctoral en la Universidad Pablo de
Olavide.
1.1. Naturaleza y estructura de la tesis
1.2. Tesis por compendio
1.3. Control de calidad de la tesis
1.4. Archivo y difusión de la tesis doctoral
2.La carrera académica en España. Figuras y
sistema de acceso y progreso
2.1. La carrera académica e investigadora en España
2.2. La evaluación de los investigadores: agencias y
criterios
Programa
5. Real Decreto 99/2011, de
28 de enero, por el que se
regulan las enseñanzas
oficiales de doctorado
Normativa aplicable
6. Normativa aplicable
Normativa de Estudios de
Doctorado de la
Universidad Pablo de
Olavide, de Sevilla.
(Aprobada en Consejo de
Gobierno de 11 de abril de
2019 y publicada en el
Boletín Nº 3/2019 del
BUPO de 2 de mayo).
7.
8. Definición
" Artículo 29. La tesis doctoral
1. La tesis doctoral consistirá en un trabajo original de
investigación, inédito o no, elaborado por la persona
candidata en cualquier campo del conocimiento. La
tesis debe capacitar al doctorando o doctoranda para
el trabajo autónomo en el ámbito de la I+D+i"
Normativa de Estudios Oficiales de Doctorado de la
Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla
9. Estructura
“2. La tesis doctoral tendrá, sin perjuicio de las
exigencias características de cada ámbito del
conocimiento, como mínimo los siguientes
contenidos:
a) Una introducción o parte preliminar en la
que se expliquen los objetivos e hipótesis del
Plan de Investigación desarrollado en la tesis.
b) Una explicación de la metodología empleada y
los resultados alcanzados”
Normativa de Estudios Oficiales de Doctorado de la
Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla. Art. 29
10. Estructura
c) Unas conclusiones en las que se resalten
los avances, aportaciones y progresos
científicos que la tesis, en su caso, presente.
d) Asimismo, será necesario que la memoria
de tesis incluya las referencias bibliográficas,
documentales y de otra índole exigidas por cada
campo del saber
e) Un informe de la persona o personas
encargadas de dirigirla, y en caso de que no
pertenezcan a la UPO, deberá avalarse por quien
tutoriza al doctorando.
Normativa de Estudios Oficiales de Doctorado de la
Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla. Art. 29
11. Idioma
3. La tesis podrá ser desarrollada y, en su caso,
defendida, en los idiomas habituales para la
comunicación científica en su campo de
conocimiento científico, técnico o artístico,
debiendo incluir un resumen en español.
Normativa de Estudios Oficiales de Doctorado de la
Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla. Art. 29
13. Tesis por compendio
Artículo 30. Tesis por compendio de publicaciones
1. La tesis doctoral podrá ser un trabajo original
elaborado a partir del conjunto de publicaciones
del doctorando o doctoranda relacionadas en el
plan de investigación de la tesis doctoral y que
consten en el documento de actividades del
doctorando.
Normativa de Estudios Oficiales de Doctorado de la
Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla. Art. 34
14. Tesis por compendio
2. A los efectos prevenidos en el apartado anterior, el
conjunto de publicaciones deberá estar constituido por una
de las siguientes opciones:
a) Un mínimo de 3 contribuciones científicas reconocidas
como válidas por la Comisión Nacional Evaluadora de la
Actividad Investigadora en el campo de investigación
correspondiente, de las cuales 2 deberán ser artículos
publicados o aceptados en revistas incluidas en la
relación de revistas del ámbito de la especialidad y
referenciadas por el Journal of Citation Reports (SCI y/o
SSCI).
Normativa de Estudios Oficiales de Doctorado de la
Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla. Art. 30
15. Tesis por compendio
2. A los efectos prevenidos en el apartado anterior, el
conjunto de publicaciones deberá estar constituido por una
de las siguientes opciones:
b) Un mínimo de 4 artículos en revistas indexadas con
evaluación ciega por pares en aquellas áreas en las que
por su tradición no sea aplicable el criterio anterior,
utilizando como referencia las bases relacionadas por la
Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad
Investigadora para estos campos científicos.
Normativa de Estudios Oficiales de Doctorado de la
Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla. Art. 30
16. Tesis por compendio
2. A los efectos prevenidos en el apartado anterior, el
conjunto de publicaciones deberá estar constituido por una
de las siguientes opciones:
c) Un libro completo o mínimo de cuatro capítulos de libros,
relacionados con el objeto de la tesis, que hayan sido
publicados en editoriales de reconocido prestigio que
cuenten con sistemas de selección de originales por el
método de evaluación externa o revisión ciega por
pares, pudiendo la Comisión Académica requerir un
informe donde se hagan constar estos aspectos.
Normativa de Estudios Oficiales de Doctorado de la
Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla. Art. 30
17. Tesis por compendio
3. En los artículos el doctorando o doctoranda deberá ser el
primer autor o autora en al menos uno de ellos, pudiendo
ser el segundo autor o autora en el resto. En el caso de que
la aportación sea un libro o capítulos de libro, el doctorando
o doctoranda deberá figurar en el primer lugar de la
autoría. En todo caso, se requerirá autorización expresa
de todas las autoras y autores y la renuncia de las y los
no doctores a presentar los trabajos aquí referidos como
parte de otra tesis doctoral. Las publicaciones deberán
haber sido aceptadas para su publicación o ya publicadas
con posterioridad a la primera matriculación de tutela
académica o durante los seis años anteriores a la fecha del
depósito de la tesis
Normativa de Estudios Oficiales de Doctorado de la
Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla. Art. 30
19. Tesis por compendio
4. La tesis deberá ser un documento con unidad temática
estructurado, como mínimo, por los siguientes puntos:
1º) Introducción en la que se justifique la unidad temática de
la tesis.
2º) Objetivos a alcanzar, indicando en qué publicación o
publicaciones se abordan.
3º) Marco teórico en el que se encuadra el conjunto de
publicaciones.
4º) Las publicaciones aportadas.
5º) Discusión y Conclusiones generales.
6º) Otras aportaciones científicas derivadas directamente de
la tesis doctoral
Normativa de Estudios Oficiales de Doctorado de la
Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla. Art.30
20. Tesis por compendio
5. Así mismo, en el momento del depósito de la tesis, se deberá
adjuntar la siguiente documentación:
a) Informe de la persona(s) que dirige la tesis.
b) Informe de los indicios de calidad de las contribuciones presentadas
y, en su caso, con el factor de impacto y cuartil del Journal Citation
Reports (SCI y/o SSCI) o de las bases de datos de referencia del área
en el que se encuentren las publicaciones presentadas.
c) Copia completa de las publicaciones, ya sean publicadas o
aceptadas para publicación, donde conste el nombre y adscripción
del autor o autora y de todas las personas coautoras, en su caso,
así como la referencia completa de la revista o editorial en la que
los trabajos hayan sido publicados o aceptados para su
publicación, en cuyo caso se aportará justificante de la aceptación
por parte de la editor o editora jefe de la revista o editorial.
Normativa de Estudios Oficiales de Doctorado de la
Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla. Art. 30
22. Control de calidad de las tesis doctorales
Artículo 31. Control de calidad de las tesis doctorales
El Comité de Dirección de las Escuelas de Doctorado establecerá,
para cada uno de los programas de doctorado criterios de calidad
mínimos para que una tesis doctoral pueda iniciar el trámite de
evaluación y defensa. Con carácter general, y respetando los modos de
operar en las distintas ramas del saber, se exigirá que, durante el proceso
de elaboración de la tesis doctoral, el doctorando/a haya generado
un mínimo de una aportación acreditada de acuerdo con los criterios
establecidos por la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad
Investigadora, en la que el doctorando/a figure como primer autor o
autora
Normativa de Estudios Oficiales de Doctorado de la
Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla. Art. 31
23. La CNEAI y las publicaciones
Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora
Dependiente de la ANECA (Agencia Nacional para la
Evaluación de la Calidad y Acreditación)
Evalúa la actividad de los investigadores del sector público
(universidades y CSIC) cada 6 años
Basándose en una selección de publicaciones de esos años
(5)
24. La CNEAI y las publicaciones
Sujetas a criterios de calidad
Los criterios viene referidos a los medios de publicación:
revistas, editoriales…
Nunca a las propias publicaciones
Journal Level Metrics
Básicamente impacto medido a partir de indicadores
basados en citas: Factor de Impacto (JCR) y productos
similares
25. La CNEAI y las publicaciones
Cada año hay una nueva convocatoria
Y se revisan los criterios
Hay 11 campos de evaluación principales
26. La CNEAI y las publicaciones
Campo 1. Matemáticas y Física; Campo 2. Química;
Campo 3. Biología Celular y Molecular; Campo 4.
Ciencias Biomédicas; Campo 5. Ciencias de la
Naturaleza; Subcampo 6.1 Tecnologías Mecánicas y de la
Producción; Subcampo 6.2 Ingenierías de la
Comunicación, Computación y Electrónica
Se valorarán preferentemente los artículos publicados en revistas de
reconocida valía, aceptándose como tales las que ocupen posiciones
relevantes dentro del listado correspondiente a su categoría científica en
el «Journal Citation Reports (JCR), Science Edition». El JCR de referencia
para la evaluación será el del año de publicación del artículo. Para
artículos publicados en el año de la convocatoria será el último JCR
publicado.
27. La CNEAI y las publicaciones
Subcampo 6.3 Arquitectura, Ingeniería Civil, Construcción
y Urbanismo
3. Entre las aportaciones se valorarán preferentemente:
a) Los artículos publicados en revistas de reconocida valía, aceptándose
como tales las incluidas en los listados por ámbitos científicos
del «Journal Citation Reports (Social Sciences Edition)» y «Journal
Citation Reports (Science Edition)» de la «Web of Science».
28. La CNEAI y las publicaciones
Subcampo 6.3 Arquitectura, Ingeniería Civil,
Construcción y Urbanismo
Los artículos publicados en revistas de calidad reconocida, aceptándose
como tales las que ocupen posiciones relevantes en los listados por
ámbitos científicos en el «Journal Citation Reports (JCR), Science Edition
o Social Sciences Edition» así como en los listados de «Scimago Journal
Rank (SJR)»
En las áreas de Ingeniería podrían tenerse en cuenta también, pero no
necesariamente con la misma valoración, los artículos publicados en
revistas recogidas en bases de datos internacionales de Ingeniería.
29. La CNEAI y las publicaciones
Subcampo 6.3 Arquitectura, Ingeniería Civil,
Construcción y Urbanismo
En las áreas de Arquitectura se tendrán en cuenta también los artículos
publicados en revistas recogidas en bases de datos internacionales como
«Arts and Humanities Citation Index de Web of Science». También se
considerarán artículos publicados en revistas incluidas en bases de datos
de la especialidad, como Avery Index to Architectural Periodical, o Riba
Online Catalogue.
30. La CNEAI y las publicaciones
Subcampo 7.1 Ciencias Sociales, Políticas, del
Comportamiento y de Estudios de Género; Subcampo 7.2
Ciencias de la Educación
3. Entre las aportaciones se valorarán preferentemente:
a) Los artículos publicados en revistas de reconocida valía,
aceptándose como tales las incluidas en los listados por ámbitos
científicos del «Journal Citation Reports (JCR), Social Sciences Edition y
Science Edition)».
b) Asimismo (sin que necesariamente se valoren por igual), se valoran
los artículos publicados en revistas situadas en posiciones relevantes de
los listados de «Scimago Journal Rank (SJR)».
31. La CNEAI y las publicaciones
Subcampo 7.1 Ciencias Sociales, Políticas, del
Comportamiento y de Estudios de Género; Subcampo 7.2
Ciencias de la Educación
3. Entre las aportaciones se valorarán preferentemente:
c) Se podrán valorar también, pero nunca del mismo modo, revistas
cuya inclusión en bases de datos especializadas constituya, a juicio del
comité asesor, un claro indicio de calidad (por ejemplo, el ranking de
revistas científicas con sellos de calidad Fundación Española para la
Ciencia y la Tecnología-FECYT). En todo caso, la mera indización o
indexación de una publicación en una base de datos sin que incluya
índices de gradación no es en sí misma un indicio de calidad).
32. La CNEAI y las publicaciones
Campo 8. Ciencias Económicas y Empresariales
3. Entre las aportaciones se valorarán preferentemente:
a) Los artículos publicados en revistas de reconocida valía,
aceptándose como tales las que ocupen posiciones relevantes en los
listados por ámbitos científicos en el «Journal Citation Reports (JCR),
Social Sciences Edition y Science Edition». El JCR de referencia para la
evaluación será el año de publicación del artículo. Para artículos
publicados en el año de la convocatoria será el último JCR publicado.
b) Sin que necesariamente se valoren por igual, los artículos
publicados en revistas situadas en posiciones muy relevantes de los
listados de «Scimago Journal Rank (SJR)».
33. La CNEAI y las publicaciones
Campo 10. Historia, Geografía y Artes
En la valoración de los artículos se atenderá al contenido y a la relevancia
científica del medio de difusión en el que se hayan publicado. La
inclusión de las revistas en bases de datos internacionales se considerará
una referencia de calidad, específicamente las indexadas en el «Journal
Citation Reports (JCR), Social Sciences Edition y Science Edition» o las
que ocupen posiciones relevantes en «Scimago Journal Rank (SJR)».
34. La CNEAI y las publicaciones
Campo 11. Filosofía, Filología y Lingüística
En cuanto a artículos publicados, para la consideración de la calidad de
las revistas en donde éstos aparezcan se tendrá en cuenta su clasificación
en bases de datos de referencia del área específica en que estén
recogidas, que deberá ser al menos de nivel medio. Para ello se
considerará la información ofrecida en «Ulrich´s web», «CAPES», «ERIH
Plus (European Reference Index for the Humanities and Social
Sciences)», «MIAR (Matriz de Información para el Análisis de
Revistas)», «CARHUS» y el ranking de revistas científicas españolas con
sellos de calidad FECYT.
35. La CNEAI y las publicaciones
Campo 11. Filosofía, Filología y Lingüística
Asimismo se tendrá en cuenta como referencia de calidad la inclusión en
bases de datos internacionales como «Arts and Humanities Citation
Index o Emerging Sources Citation Index de la Web of Science»,
«Journal Citation Reports (JCR), Social Sciences Edition», y Scimago
Journal Rank (SJR). No se tendrán en cuenta las publicaciones de cuyo
comité de redacción forme parte el autor. En todo caso, habrá de cumplir
los requisitos señalados en el apéndice de esta Resolución para ser
consideradas de impacto.
38. Mención internacional
Artículo 38. Mención internacional en el título de doctor o doctora
a) Que, durante el periodo de formación necesario para la obtención del
título de doctor o doctora, el doctorando o doctoranda haya realizado
una estancia mínima de 3 meses fuera de España en una institución de
enseñanza superior o centro de investigación de prestigio, cursando
estudios o realizando trabajos de investigación relacionados con la tesis
doctoral.
Normativa de Estudios Oficiales de Doctorado de la
Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla. Art.41
40. Archivo y difusión de la tesis doctoral
Artículo 41. Archivo y difusión de la tesis doctoral
1. La UPO, a través del Servicio de Biblioteca, se ocupará del archivo de la
tesis en formato electrónico abierto en su repositorio institucional,
respetando, en su caso, los derechos de propiedad de terceros.
Asimismo, se remitirá un ejemplar de la tesis en formato electrónico y la
información complementaria al Ministerio con competencias en
doctorado.
Normativa de Estudios Oficiales de Doctorado de la
Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla. Art.41
43. La importancia
de un buen
currículum
Researcher career path in
Spain at a glance! (5th
edition)
https://www.fecyt.es/es/pu
blicacion/researcher-
career-path-spain-glance-
5th-edition
44. Researcher career path in Spain at a glance! (5th edition)
https://www.fecyt.es/es/publicacion/researcher-career-
path-spain-glance-5th-edition
45. Researcher career path in Spain at a glance! (5th edition)
https://www.fecyt.es/es/publicacion/researcher-career-
path-spain-glance-5th-edition
46. Researcher career path in Spain at a glance! (5th edition)
https://www.fecyt.es/es/publicacion/researcher-career-
path-spain-glance-5th-edition
47. Researcher career path in Spain at a glance! (5th edition)
https://www.fecyt.es/es/publicacion/researcher-career-
path-spain-glance-5th-edition
48. Researcher career path in Spain at a glance! (5th edition)
https://www.fecyt.es/es/publicacion/researcher-career-
path-spain-glance-5th-edition
49. Researcher career path in Spain at a glance! (5th edition)
https://www.fecyt.es/es/publicacion/researcher-career-
path-spain-glance-5th-edition
50. La carrera investigadora en la universidad
http://portalvirtualempleo.us.es/tienes-lo-que-hace-falta-para-ser-profesor-de-universidad/
54. La ANECA y tu currículum
Agencia
Nacional
para
la
Evaluación
de
la
Calidad
y
la
Acreditación
(2007).
Programa
de
evaluación
de
profesorado
para
la
contratación.
Principios
y
orientaciones
para
la
aplicación
de
los
criterios
de
evaluación
(en
línea).
Disponible
en
http://www.aneca.es/Programas-de-
evaluacion/PEP
56. La ANECA y tu currículum
Agencia Nacional para la Evaluación de la Calidad y la Acreditación (2007). Programa de evaluación de
profesorado para la contratación. Principios y orientaciones para la aplicación de los criterios de
evaluación (en línea). Disponible en http://www.aneca.es/Programas-de-evaluacion/PEP
57. La ANECA y tu currículum
Agencia Nacional para la Evaluación de la Calidad y la Acreditación (2007). Programa de evaluación de
profesorado para la contratación. Principios y orientaciones para la aplicación de los criterios de
evaluación (en línea). Disponible en http://www.aneca.es/Programas-de-evaluacion/PEP
58. La ANECA y tu currículum
Agencia Nacional para la Evaluación de la Calidad y la Acreditación (2007). Programa de evaluación de
profesorado para la contratación. Principios y orientaciones para la aplicación de los criterios de
evaluación (en línea). Disponible en http://www.aneca.es/Programas-de-evaluacion/PEP
59. Algunas lecturas recomendadas
Científico en España. Guía de supervivencia de
Científico en España. Aguilar, 2019
Ramón y Cajal, Santiago. Reglas y consejos
sobre investigación científica : (los tónicos de la
voluntad). Madrid, Consejo Superior de
Investigaciones Científicas, 2005