El documento describe los procedimientos de inspección ante y post mortem de animales para mataderos en Colombia. La inspección ante mortem incluye la selección de animales sanos y la identificación de enfermedades. La inspección post mortem examina canales y órganos para garantizar la inocuidad de la carne. El inspector emite un dictamen sobre la aptitud de la carne para el consumo humano.
SELECCIÓN DE LA MUESTRA Y MUESTREO EN INVESTIGACIÓN CUALITATIVA.pdf
Insp. ante post
1. Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos
INVIMA
Ministerio de la Protección Social
República de Colombia
SUBDIRECCIÓN DE ALIMENTOS Y
BEBIDAS ALCOHÓLICAS
INSPECCION
ANTE Y POST MORTEM
2. Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos
INVIMA
Ministerio de la Protección Social
República de Colombia
3. Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos
INVIMA
Ministerio de la Protección Social
República de Colombia
Inspección Ante mortem
Seleccionar animales sanos y descansados.
Identificar y rechazar animales enfermos de carne no apta para
consumo.
Impedir la contaminación de personas y equipos con procesos
infecciosos.
4. Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos
INVIMA
Ministerio de la Protección Social
República de Colombia
Inspección Ante mortem
Identificar animales específicos para la inspección post mortem.
vigilancia de enfermedades de notificación obligatoria
5. Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos
INVIMA
Ministerio de la Protección Social
República de Colombia
Admisión bajo control especial
cuando ingresen animales
sospechosos de enfermedades
contagiosas.
Bovino > 30 meses de edad muerto
en transporte, se tomara muestra para
ENCEFALOPATIA ESPONGIFORME
BOVINA.
Animales sospechoso de haber sido
sometidos a tratamientos con
medicamentos.
6. Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos
INVIMA
Ministerio de la Protección Social
República de Colombia
Admisión bajo control especial
Animales serán ubicados en corrales de observación.
Animal muerto en corrales, sin importar la apariencia será decomisado y
objeto de muestreo para EEB.
Dictamen final sobre sacrificio de un animal estará dado por el inspector
oficial.
7. Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos
INVIMA
Ministerio de la Protección Social
República de Colombia
Requisitos de Inspección
• La forma de permanecer en pie y en movimiento.
• Estado de nutrición.
• Reacción al medio ambiente.
• Estado de piel y mucosas.
• Aparato digestivo: salivación, rumia, consistencia y color de las heces.
• Sistema urogenital.
• Aparato respiratorio.
• Lesiones, tumefacciones o edemas.
• Temperatura corporal de animales sospechosos.
8. Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos
INVIMA
Ministerio de la Protección Social
República de Colombia
En pie y movimiento Estado de nutrición
9. Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos
INVIMA
Ministerio de la Protección Social
República de Colombia
Reacción medio ambiente Estado de piel y mucosas
10. Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos
INVIMA
Ministerio de la Protección Social
República de Colombia
Aparato Digestivo Sistema urogenital
11. Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos
INVIMA
Ministerio de la Protección Social
República de Colombia
Aparato Respiratorio Lesiones
12. Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos
INVIMA
Ministerio de la Protección Social
República de Colombia
Dictamen final
Sacrificio sin restricción
Animal sano sin defectos importantes
y se encuentra descansados
No apto para consumo humano
Se diagnostica una condición que sea
causal de no aceptación para
consumo humano.
13. Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos
INVIMA
Ministerio de la Protección Social
República de Colombia
Dictamen final
Beneficio bajo condiciones especiales
Cuando se sospeche de una
enfermedad que deba ser confirmada
en la inspección Post Mortem.
El faenamiento se realizara en la sala
sanitaria.
En casos confirmados de:
Tuberculosis / reactivos a tuberculina
Brucelosis
Fiebre Aftosa
Leptospirosis
Lesiones nerviosas
Epitelioma del ojo
14. Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos
INVIMA
Ministerio de la Protección Social
República de Colombia
Dictamen final
Beneficio de emergencia
Evitar sufrimiento innecesario.
Afección que no impida el uso
parcial o total para consumo.
Retraso del faenado puede
empeorar su estado.
Canal y vísceras separadas hasta la
inspección post mortem.
Canal se dispondrá en la sala de
retenidas.
15. Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos
INVIMA
Ministerio de la Protección Social
República de Colombia
Los animales decomisados
conservaran la marca que los
identifica.
La autoridad sanitaria controlara
y supervisara las operaciones de
destrucción o desnaturalización .
Inspección Ante mortem - Decomisos
16. Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos
INVIMA
Ministerio de la Protección Social
República de Colombia
Inspección Post mortem
Asegurar que la carne, sangre y
productos cárnicos comestibles sean
inocuos y saludables.
Reducir al mínimo la posible
contaminación biológica, química y
física.
Incluir el examen visual, palpación,
incisión de órganos y tejidos.
17. Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos
INVIMA
Ministerio de la Protección Social
República de Colombia
Inspección Post mortem
Garantizar la identificación de la canal y sus partes durante todo el
proceso.
No se podrán retirar los productos mientras no se hayan inspeccionado o
emitido concepto final.
Canal y sus partes en salas refrigeradas si se requiere de análisis
complementarios para el dictamen.
18. Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos
INVIMA
Ministerio de la Protección Social
República de Colombia
Inspección Post mortem
Las canales que se constituyan en
riesgo para la salud serán aisladas y
separadas del resto de las canales.
Los productos no aptos para
consumo se marcaran en todo su
extensión y serán retirados de la sala
para su destrucción.
19. Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos
INVIMA
Ministerio de la Protección Social
República de Colombia
Dictamen final
APROBADO
Producto apto para consumo humano.
APROBADO CONDICIONADO
Producto aprobado para la
preparación de derivados cárnicos.
20. Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos
INVIMA
Ministerio de la Protección Social
República de Colombia
Dictamen final
DECOMISADO
Producto no apto para consumo.
Sera destinado para incineración o
para uso industrial
RETENIDO
Cuando un órgano o canal presente
alguna anormalidad se retendrá en
un área especifica hasta después de
emitir concepto.