CICLOS BIOGEOQUIMICOS en la nutricion vegetal.pptx
Análisis y evaluación del riesgo ambiental para la constitución de la garantía financiera obligatoria
1. ANALISIS
Y
EVALUACIÓN
DEL
RIESGO
AMBIENTAL
PARA
LA
CONSTITUCIÓN
DE
LA
GARANTIA
FINANCIERA
OBLIGATORIA
“ “
2. SMARTREM
ANALISIS
Y
EVALUACIÓN
DEL
RIESGO
AMBIENTAL
PARA
LA
CONSTITUCIÓN
DE
LA
GARANTIA
FINANCIERA
OBLIGATORIA
Riesgo
SOSTENIBLE -‐ Energía
EFICIENTE
-‐ Medioambiente
SEGURO
M-‐
3. Índice de contenidos
1 Presentación – SRS
2 Evolución y situación actual legislación M
3 ¿Cómo afecta la ley a las empresas ANEPMA?
4 Siniestralidad Medioambiental
5 ¿Qué hacer para reducir su impacto?
6 Análisis de Riesgos Medioambientales
7 Soluciones para ANEPMA
8 Contacto y turno de preguntas
5. ¿Quiénes
somos?
SMARTREM SOLUTIONS es una empresa de Consultoría e Ingeniería Especializada en
Riesgos,Energíay Medioambiente.
Todos nuestros proyectos se realizan en línea con las exigencias de Responsabilidad
Social Corporativa.
Los productos y servicios los planteamos
como Soluciones Integrales con una visión
holística de 360º que permitirán el
cumplimiento de objetivos y políticas de RSC.
Nuestra FOLISOFÍA es trabajar día a día para
conseguir un Mundo sostenible, con un
empleo de energía eficiente y con un
Medioambiente Seguro.
6. Objetivos
SMARTREM
SOLUTIONS
RIESGO
Integración
de
la
Gerencia
Integral de
Riesgos
con
la
política
de
RSC de
la
empresa
ENERGÍA
Ingeniería aplicada al
desarrollo de tecnologías
inteligentes para el ahorro y
la eficiencia para el
desarrollo de la Smart City
MEDIOAMBIENTE
Compromiso en la
reducción de los riesgos
medioambientales y de las
emisiones de CO2
9. 9
Ley
de
Responsabilidad
Ambiental
26/2007
Mod.
por
Ley11/2014
Real
Decreto
2090/2008
Mod.
por
RD
183/2015
Orden
Ministerial
1783/2011
Próximas
Ordenes
Ministeriales
• Da
mayor
responsabilidad
a
los
operadores.
• PRIORIZA
la
prevención
de
los
riesgos
ambientales
• Amplia
la
protección
del
Medioambiente
(Aguas
Marinas).
• Elimina
verificación
-‐ Declaración
Responsable
• Desarrollo
de
la
ley
de
responsabilidad
Medioambiental
• Define
operadores
exentos
GF
(Actv.
>incidencia
MA)
• Simplifica
cálculo
GF
(Indice Daño
Medioabiental)
• Establece
el
orden
de
prioridad
y
el
calendario
para
la
aprobación
de
las
órdenes
ministeriales
a
partir
de
las
cuales
será
exigible
la
constitución
de
la
garantía
financiera
obligatoria
•Fijarán
el
plazo
para
la
constitución
de
garantías
financieras
obligatorias
(GFO)
para
los
operadores
que
no
estén
exentos
Evolución y situación actual LRMA
10. La Ley de Responsabilidad Medioambiental 26/2007 (LRM) establece una
responsabilidad objetiva e ilimitada en función del principio “quién contamina,
paga y repara”.
La ley considera los daños provocados a diferentes receptores que son:
• Aguas superficiales, subterráneas y marinas,
• Especies silvestres (flora y fauna) y los hábitats,
• Ribera del mar y de las rías,
• Lecho continental y marino,
• Los suelos.
Sin embargo, no contempla la contaminación directa a la atmósfera, los daños a
las personas, y otras afecciones ya consideradas en normativas sectoriales e
internacionales.
Evolución y situación actual LRMA
11. • Las garantías financieras obligatorias pueden establecerse de forma diferente:
- Una póliza de seguro que se ajuste a la Ley 50/1980, de 8 de octubre, de
Contrato de Seguro, suscrita con una entidad aseguradora autorizada para
operar en España.
- La obtención de un aval, concedido por alguna entidad financiera autorizada a
operar en España.
- La constitución de una reserva técnica mediante la dotación de un fondo «ad
hoc» con materialización en inversiones financieras respaldadas por el sector
público.
• Estar obligado a tener o no tener una póliza de seguro no exime al operador de
su responsabilidad.
Evolución y situación actual LRMA
12. • Todos los operadores contemplados en el ANEXO III de la Ley 26/2007 tenían la
obligación de realizar un ARM y constituir garantías financieras obligatorias en
un plazo que se marcaría por OM. Con la publicación de la OM 1783/2011 quedó
reducido el número de operadores que tienen que realizar un ARM
fundamentalmente a los afectados por la legislación de accidentes graves e IPPC
para poder determinar si necesitan una GFO.
• Los plazos contemplados en el borrador de la orden ministerial del 9 de Abril de
2015 son los siguientes :
–Prioridad 1 à 1 año a partir de la fecha de su publicación.
–Prioridad 2 à 2 años a partir de la fecha de su publicación.
–Prioridad 3 à Por determinar.
Evolución y situación actual LRMA
13. 13
ACTIVIDAD RESPONSABLE ARM G.F. PRIORIDAD
PUBLICACIÓN
ORDEN
OBLIGATORIEDAD**
SEVESO (RD1254/1999
accidentes graves)
SI Obligatorio Obligatoria* 1 Final 2015?
IPPC (L 16/2002) SI Obligatorio Obligatoria* 1 a 3 2016?
Residuos mineros (balsas) SI Obligatorio Obligatoria* 1 Final
2015?
Resto del anexo III LRMA SI Exentos Exentos 3 No
* según RD 183/2015 de 13 de marzo por el que se modifica el RD 2090/2008 y si del ARM resulta que el
riesgo > 300.000 euros o 2M con un SGMA
** según OM 1783/2011
• Tipo de operadores afectados, obligatoriedad actual y prioridades.
Evolución y situación actual LRMA
14. Objetivo
de
la
Ley
14
•Disponer
de
una
cuantificación
del
riesgo
ambiental
de
las
empresas
para
establecer
la
garantía
financiera
obligatoria.
•Que
las
empresas
realicen
análisis
de
riesgos
medioambientales.
Ley
de
responsabilidad
Medioambiental
• Una
propuesta
de
plan
de
acción
que
le
permita
minimizar
los
riesgos
ambientales
de
los
operadores
disminuyendo
los
perjuicios
derivados
al
Medio
Ambiente.
•Garantice
el
cumplimiento
de
la
ley
26/2007,
estableciendo
el
montante
de
la
garantía
financiera.
Análisis
y
evaluación
del
riesgo
ambiental
Evolución y situación actual LRMA
15. • Para cumplir con estos objetivos es preciso alcanzar las metas recogidas en el
esquema de proceso de gestión de riesgos de la norma UNE-ISO 31000.
• Desde Riskia proponemos un planteamiento en fases:
- Fase 0: Estados básicos de planta y entorno.
- Fase I: Análisis semi-cuantitativo de riesgos ambientales.
- Fase II: Cuantificación.
Evolución y situación actual LRMA
16. • OTRAS LEGISLACIONES A TENER EN CUENTA
• Ley 22/2011 de Residuos y suelos contaminados
• Reforma de Código Penal (Julio 2015)
• Delito ecológico (art. 325 C.P.)
“Será castigado con las penas de prisión de dos a cinco años, multa de ocho a veinticuatro
meses e inhabilitación especial para profesión u oficio por tiempo de uno a tres años el que,
contraviniendo las leyes u otras disposiciones de carácter general protectoras del medio ambiente,
provoque o realice directa o indirectamente) emisiones, vertidos, radiaciones, extracciones o
excavaciones, aterramientos, ruidos, vibraciones, inyecciones o depósitos, en la atmósfera, el
suelo, el subsuelo o las aguas terrestres, subterráneas o marítimas, incluido el alta mar, con
incidencia incluso en los espacios transfronterizos, así como las captaciones de aguas que
puedan perjudicar gravemente el equilibrio de los sistemas naturales. Si el riesgo de grave
perjuicio fuese para la salud de las personas, la pena de prisión se impondrá en su mitad
superior.”
Evolución y situación actual LRMA
17. • Reforma de Código Penal (Julio 2015) sigue…
• Responsabilidad penal de las personas jurídicas (327 del C.P.)
• El delito relativo a la gestión de residuos (328 C.P.)
Serán castigados con la pena de prisión de uno a dos años los que en la
recogida, el transporte, la valorización, la eliminación o el aprovechamiento de
residuos, incluida la omisión de los deberes de vigilancia sobre tales
procedimientos, pongan en grave peligro la vida, integridad o la salud de
las personas, o la calidad del aire, del suelo o de las aguas, o a animales o
plantas.
Artículo 340.
Si el culpable de cualquiera de los hechos tipificados en este Título hubiera procedido
voluntariamente a reparar el daño causado, los Jueces y Tribunales le impondrán la pena
inferior en grado a las respectivamente previstas.
Evolución y situación actual LRMA
19. 3. ¿Cómo puede afectar la legislación
ambiental a las Empresas Públicas de
Medioambiente?
20. ¿Cómo afecta a las empresas de Anepma?
De acuerdo con el nuevo RD 183/2015, salvo el tratamiento de residuos, el resto
de actividades quedaría exenta de la obligación de constituir garantías financieras y de
realizar un análisis de riesgos, ya que por lo general no son IPPC.
En el caso del tratamiento o gestión de residuos urbanos (NO PELIGROSOS), hay
empresas de ANEPMA que seguro estarán obligadas, al tener instalaciones IPPC
como:
•Plantas de incineración (>3 tn/h)
•Plantas de eliminación >50 tn/día
•Plantas de valorización > 75 tn/día
•Vertederos >10 tn/día o de más de 25.000 tn
22. 22
Todos
estamos
expuestos
a
un
accidente
MA
v Noticias sobre episodios de contaminación ambiental
• Instalaciones de reciclado de residuos
Importantefuego en las
instalacionesde RMD en
Ardoncino
(20/07/2015)
Ejemplos de siniestralidad
23. Detectan en Pinto un vertedero ilegal con acumulación de neumáticos y vertidos.
(13/03/2015)
Ejemplos de siniestralidad
25. GERENCIA INTEGRAL DE RIESGOS MEDIOAMBIENTALES
Medidas Preventivas (Gestión integral del RIESGO)
•Análisis de Gerencia de Riesgos Ambientales.
•Elaboración de proyectos de minoración del Riesgo
•Asesoramiento en Transferencia del riesgo con la mejor propuesta aseguradora o
financiera.
•Tramitación de Garantías financieras con la administración pública.
•Soporte técnico y material en caso de amenaza inminente de daño.
Medidas Correctivas (Gestión Integral del SINIESTRO)
•Intervención urgente para minimizar el daño en caso de siniestro.
•Evaluación de los daños.
•Determinación del estado Básico anterior al daño.
•Elaboración del proyecto de Reparación.
•Seguimiento de los trabajos e informe final para la administración.
¿qué podemos hacer para reducir el impacto?
27. El alcance de los servicios propuestos en las fases de la colaboración, con el fin de lograr el
objetivo señalado,queda definidoen este apartado.
Los servicios propuestos correspondena las fases tres fases mencionadasanteriormente:
- Determinación delestado básicodelentorno (Fase 0 a).
- Determinación delestado básicode las instalaciones(Fase 0 b).
- Análisis semi-cuantitativo de riesgos ambientales y establecimiento del escenario de
referencia (Fase I).
- Calculo y cuantificacióndelmontante delescenario dereferencia (Fase II).
• La determinación de los estados básicos es el paso previo necesario al desarrollo del
análisis de riesgos ambientales, ya que permite identificar las particularidades de las
instalacionesobjeto de estudio y los receptorespotencialmenteafectados.
• Acontinuación de las Fases 0 y I, se podrá realizar la fase II, en las condiciones que en su
momento se establezcan.
Análisis de Riesgos Medioambientales
28. Estudio
básico
del
entorno
(receptores)
Estudio
básico
de
planta
(fuentes
y
vías
de
migración)
Cuantificación
de
los
daños
Monetización
(M.O.R.A)
Toma
de
decisión
para
minimizar
los
riesgos
detectados
(gestión)
Imagen
completa
(evaluación)
PREVENCIÓN
Cálculo
de
los
costes
de
reparación
y
de
la
GF
Análisis
semi-‐cuantitativo
(escenarios)
Fase
0Fase
IFase
II
Análisis de Riesgos Medioambientales
29. vANALÍSIS SIMPLIFICADO (ASRM)
• Herramienta simplificada de gestión del riesgo medioambiental.
• La realización de este estudio es muy recomendable para los operadores que no
tiene la obligatoriedad de establecer una garantía financiera obligatoria pero son
responsables de los daños causados al medioambiente.
• La información obtenida es la siguiente:
•Conocer sus obligaciones legales en relación con la normativa sobre
responsabilidad ambiental.
•Conocer su nivel de riesgo.
•Tomar decisiones adecuadas de gestión.
•Justificar diligencia frente a posibles imputaciones por delitos ambientales.
•Recomendación del montante cara a su aseguramiento / mejora condiciones
de suscripción.
Análisis de Riesgos Medioambientales
30. Estudio
jurídico
sobre
las
obligaciones
del
operador
Identificación
de
los
principales
escenarios
Identificación
de
receptores
Recomendaciones
de
gestión,
incl.
cuantía
a
asegurar
PREVENCIÓN
v ANAÍSIS SIMPLIFICADO (ASRM)
Análisis de Riesgos Medioambientales
32. • Existe
un
acuerdo
de
colaboración
entre
ANEMPMA
y
Smart
REM,
por
el
que
facilitaremos
gran
parte
de
las
necesidades
de
asesoramiento
y
servicios
a
los
miembros
de
la
asociación
tanto
en
medidas
preventivas
como
en
caso
de
siniestro.
• Para
realizar
los
Análisis
de
Riesgos
Ambientales
de
la
mejor
manera
posible
más
que
recomendable
realizar
un
análisis
a
nivel
sectorial
para
optimizar
recursos
y
costes
• Para
empezar
a
trabajar
sobre
los
Análisis
de
Riesgos
Ambientales
sólo
necesitamos
que
los
miembros
de
Anepma nos
devuelvan
un
sencillo
cuestionario
cumplimentado.
Soluciones Propuestas a través de ANEPMA
33.
34.
35. • Tras el estudio de los operadores que componen la asociación y el grado homogeneidad
entre ellos, se podrá plantear la opción de hacer una herramienta de análisis sectorial o
por el contrario plantear diversos estudios individualizados.
• En el caso de los análisis particularizados, dependiendo de las preguntas a la que se haya
respondido afirmativamente el alcance del análisis de riesgos será uno u otro.
Soluciones Propuestas a través de ANEPMA
37. NUESTROS
OBJETIVOS
Aportar
una
SOLUCIÓN
INTEGRAL
a
los
RIESGOS
MEDIOAMBIENTALES,
poniendo
en
marcha
todas
las
acciones
que
sean
necesarias.
Dichas
acciones
supondrán
una
correcta
GERENCIA
INTEGRAL
DE
RIESGOS,
que
permita
REDUCIR
las
amenazas
y
TRANSFORMAR
los
RIESGOS en
OPORTUNIDADES
Aportar
a
corto
y
medio
plazo
un
INCREMENTO
DEL
VALOR
AÑADIDO
y
que
la
empresa
pueda
eliminar,
minorar
o
transferir
sus
riesgos
suponiendo
en
numerosas
ocasiones
una
reducción
de
costes.
Programa
Gira
360°