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RENDICIÓN DE CUENTAS 2009 - 2010


La Asamblea Nacional del Ecuador cumple su deber de rendir cuentas ante los mandantes,
respecto del trabajo desarrollado en este primer año de gestión, período en el cual, a más de
haber sentado las bases para la consolidación de la nueva institucionalidad dispuesta en la
Constitución de la República, ha contribuido al mejoramiento de las condiciones de vida del pueblo
ecuatoriano, mediante reformas legales que garantizan una mayor y más equitativa recaudación
tributaria, a la vez que estimulan la inversión productiva.

También, se ha hecho hincapié en el desarrollo de los mecanismos de participación ciudadana
previstos en la nueva Constitución y se ha dado especial énfasis al trabajo del Consejo de
Participación Ciudadana y Control Social, organismo que será el encargado de convocar los
procesos de oposición y méritos para la designación de las más altas autoridades de los entes de
control, del Consejo de la Judicatura, la Fiscalía del Estado, entre otras instancias públicas.

En estos 360 días, la Asamblea ha demostrado la mayor apertura a todos los sectores políticos,
económicos y sociales, con miras a alcanzar los más amplios consensos para que las leyes
cuenten, no solo con la suficiente legitimidad, sino para que las ciudadanas y los ciudadanos se
empoderen de ellas y exijan su pleno cumplimiento.

Además, la Asamblea ha incidido en importantes decisiones que dinamizan el proceso de
integración regional y subregional, como el caso de la aprobación del Tratado Constitutivo de la
Unión de Naciones Suramericanas, Unasur; el tratado para la aplicación del Sistema Único de
Compensación Regional, Sucre; y, el tratado para creación del Banco del Sur, instrumentos que
configuran la nueva arquitectura financiera internacional.

                  22 LEYES APROBADAS EN EL PRIMER AÑO DE TRABAJO

Leyes Económicas:

Ley Reformatoria a la Ley de Régimen Monetario y Banco del Estado.- Elimina la autonomía
del Banco Central del Ecuador y establece una nueva conformación de su Directorio, regula sus
atribuciones; ajusta el sistema de remuneraciones de los funcionarios a las escalas de la SENRES
y transfiere las actividades culturales y sociales a los respectivos ministerios.

Ley para la Equidad Tributaria del Ecuador.- Fortalece la equidad tributaria, la estimulación de
la inversión productiva y evita la salida de capitales. Establecen mecanismos para mejorar la
gestión tributaria, así como la protección del mercado interno para corregir el déficit de la relación
entre exportaciones e importaciones.

Ley del Sistema Nacional de Registro de Datos Públicos.- Garantiza la seguridad jurídica,
organiza, regula, sistematiza e interconecta la información, así como la eficacia y la eficiencia de
su manejo, su publicidad, transparencia, acceso e implementación de nuevas tecnologías.
Asegura la confidencia de los datos de carácter personal tales como: ideología, afiliación política o
sindical, etnia, estado de salud, orientación sexual, religión, condición migratoria y los demás
atinentes a la intimidad personal y en especial aquella información cuyo uso público atente contra
los derechos humanos consagrados en la Constitución e instrumentos internacionales.

Ley para crear el Banco del IESS.- Será el responsable de la administración de los fondos del
IESS, bajo criterios de banca de inversión y con el objetivo de generar empleo y valor agregado,
conforme lo previsto en el Disposición Transitoria Vigésimo Tercera de la Constitución. También
operará como banco de primer piso para atender a los afiliados y jubilados en la concesión de
créditos quirografarios, hipotecarios y prendarios. La aspiración de más de 15 años de conformar
el Banco del Afiliado, tuvo acogida en la propuesta que debatieron los asambleístas, en beneficio
de un millón 400 mil afiliados aproximadamente. (Ley del Banco del Instituto Ecuatoriano de
Seguridad Social).

Ley de Empresas Públicas.- Determina los procedimientos para la constitución de empresas
públicas que deban gestionar los sectores estratégicos, con alcance cantonal, provincial, nacional
e internacional. Además, regula la autonomía económica, financiera, administrativa y de gestión,
con lo cual se generará rentabilidad económica y social en beneficio del país.

Leyes Sociales:
Ley Orgánica de Participación Ciudadana.- Propicia, fomenta y garantiza el ejercicio pleno de
los derechos de participación. La normativa tiene aplicación para todas las personas en el ámbito
ecuatoriano y de los que se encuentren en el exterior; las instituciones públicas y las privadas que
manejen fondos públicos o desarrollen actividades de interés público, así como a los colectivos,
comunas, comunidades, pueblos y nacionalidades indígenas, afroecuatorianos y montubios y
demás formas de organización lícita que pueden promover libremente las personas en el Ecuador
y los residentes en el exterior.

Ley de portabilidad del número de teléfono celular.- Posibilitó que, a partir de este 12 de
octubre 2009, los propietarios de teléfonos celulares puedan mantener su número, aún cuando se
cambien de empresa operadora o de red, proceso conocido como la portabilidad numérica. Según
la normativa legal, el usuario de la telefonía móvil en el año podrá cambiarse de operadora en dos
ocasiones sin ningún costo. (Ley Orgánica reformatoria al Mandato 10)

Ley para enfrentar a los ladrones. Las reformas al Código Penal y al Código de Procedimiento
Penal hacen efectiva la lucha contra la delincuencia. Reduce de tres remuneraciones básicas
unificadas al equivalente al 50% de una remuneración el monto para considerar como delito al
robo y al hurto; Sanciona con multa de 14 dólares a veintiocho dólares y prisión de cinco a treinta
días: 1. El hurto, siempre que el valor de las cosas sustraídas no supere el cincuenta por ciento de
una remuneración básica unificada del trabajador en general (USD 120). (Reformas al Código
Penal y al Código de Procedimiento Penal).

Ley para desarrollar la ciudadanía universal.- Con sentido humanitario, esta ley tuvo como
propósito exonerar de todas las multas y otros pagos o gravámenes pendientes a los ciudadanos
de nacionalidad haitiana que se encuentran en el territorio ecuatoriano, siempre que hayan
ingresado hasta al 31 de enero de 2010. La normativa reconoce el derecho al proceso de
reunificación familiar de las y los ciudadanos haitianos, quienes fueron víctimas del violento sismo
que asoló a esa nación el 12 de enero de 2010. (Derogatoria del Art.38 de la Ley de Migración; y,
de exoneración económico tributaria a favor de los ciudadanos de Haití)

Para una educación pública de calidad. Esta ley armoniza la normativa vigente con las
disposiciones de la Constitución de la República, a fin de que el Ministerio de Educación recupere
la rectoría sobre el sistema educativo nacional y establezca políticas públicas que permitan
mejorar la calidad de la educación en el país, sin ningún tipo de injerencia partidista. (Ley
Reformatoria a la Ley de Carrera Docente y Escalafón del Magisterio Nacional)

Ley del Deporte. Fomenta la práctica masiva de la actividad deportiva en todos los niveles, para
lo que dota de las herramientas fundamentales para alcanzar el buen vivir y fomentar el desarrollo
integral de las personas desde el punto de vista de la prevención de enfermedades. Garantiza la
entrega oportuna de los recursos económicos a las organizaciones deportivas como los clubes
especializados formativos, ligas deportivas cantonales, asociaciones y federaciones deportivas
provinciales y de Deporte Paralímpico, dineros que serán distribuidos con criterios de igualdad.
Ley que legaliza tierras en Atucucho – Quito. Beneficia a 17 mil habitantes que por más de 20
años han estado a la espera de la escritura que les acredite como propietarios.

Leyes para la nueva institucionalidad
Ley Orgánica del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social.- Regula la
organización, funcionamiento y atribuciones de este organismo; promueve e incentiva el ejercicio
de los derechos relativos a la participación ciudadana, impulsa y establece los mecanismos de
control social, así como los procedimientos para la designación de las autoridades que le
corresponde, de acuerdo con la Constitución y la ley. Fortalece los principios de coordinación,
complementariedad y trabajo articulado entre los diferentes organismos de la Función de
Transparencia y Control Social, las demás funciones del Estado y el régimen autónomo.

Ley de Seguridad Pública y del Estado.- Regula la seguridad integral del Estado democrático de
derechos y justicia; garantiza el orden público, la convivencia, la paz y el buen vivir, en el marco de
sus derechos y deberes como personas naturales y jurídicas, comunidades, pueblos,
nacionalidades y colectivo, asegurando la defensa nacional, con la prevención de los riesgos y
amenazas de todo orden, mediante un sistema de Seguridad Pública y del Estado.

Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional.- Regula la jurisdicción
constitucional, con el fin de garantizar los derechos reconocidos en la Constitución de la República
y en los instrumentos internacionales de derechos humanos y de la naturaleza. Asegura la eficacia
y supremacía constitucional.

Ley para garantizar la integración pluripartidista del Consejo de Administración Legislativa
(CAL). Implementa mecanismos más expeditos para integrar el Consejo de Administración
Legislativa (CAL), mismo que se caracteriza por ser pluralista, por tanto, cuenta con la
participación de los diversos sectores políticos. Se amplia el plazo para la integración y
designación de autoridades de las Comisiones Especializadas. (Reformatoria a la Ley Orgánica de
la Función Legislativa)

Ley de Protección e Inmunidad de la Comisión de la Verdad.- Garantiza la integridad física y
personal de los miembros de este organismo, creado mediante Decreto Ejecutivo 305 de 18 de
mayo de 2007 para investigar, esclarecer e impedir la impunidad respecto de los hechos violentos
y violatorios de los derechos humanos ocurridos entre 1984 -1999 y otros períodos del régimen
democrático. Establece que sus miembros no serán responsables por las acciones realizadas en
el ejercicio de sus funciones de investigación y gozarán de inmunidad civil y penal exclusivamente
por las conclusiones, recomendaciones, análisis y develamiento de las circunstancias constantes
en su informe final.

Ley de Protección e Inmunidad de la Comisión Encargada de Investigar y Establecer los
Hechos Relacionados con lo Acontecido en Angostura el 1 de marzo de 2008.- A fin de
garantizar la integridad física de los integrantes de esta Comisión, encargada de investigar la
incursión del Ejército colombiano en territorio ecuatoriano, determina que no serán responsables
por las acciones realizadas en el ejercicio de sus funciones de investigación y gozarán de
inmunidad civil y penal, exclusivamente por las conclusiones, recomendaciones, análisis y
develaciones constantes en el informe final.

Ley que elimina los fueros militares y policiales.- Se eliminan los fueros penales Militar y
Policial, en cumplimiento del principio de unidad jurisdiccional establecido en la Constitución. Por
consiguiente, las infracciones en que pudieran incurrir en el ejercicio de las actividades propias de
Fuerzas Armadas y Policía Nacional serán juzgadas por la justicia ordinaria, cumpliendo el
principio que todos somos iguales ante la ley. (Ley Reformatoria al Código Penal para la
Tipificación de los Delitos Cometidos en el Servicio Militar y Policial).

Ley que permite la integración de alcaldes y juntas parroquiales. Permitió la conformación de
los consejos provinciales con la presencia de un prefecto y viceprefecto, a más de representantes
de los alcaldes y de las juntas parroquiales, que cumplen las actividades antes asignadas a los
consejeros, conforme la nueva estructura de los gobiernos provinciales establecida en la
Constitución. (Ley Orgánica Reformatoria de la Ley Orgánica de Régimen Provincial)

Ley para derogar 107 leyes obsoletas y anacrónicas. Elimina del ordenamiento jurídico
ecuatoriano 107 leyes, decretos legislativos, decretos supremos y decretos leyes de emergencia y
otros cuerpos legales por ser inaplicables por su contenido y haber cumplido su plazo y objetivo
para el que fueron dictados. (Ley de Depuración del Ordenamiento Legal)

Ley para derogar 159 decretos leyes.- Suprime de la normativa legal estos decretos que si bien
forman parte del ordenamiento jurídico ecuatoriano, han perdido eficacia y más bien enredan el
sistema legal de nuestro país.

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Rendicion cuentas asamblea

  • 1. RENDICIÓN DE CUENTAS 2009 - 2010 La Asamblea Nacional del Ecuador cumple su deber de rendir cuentas ante los mandantes, respecto del trabajo desarrollado en este primer año de gestión, período en el cual, a más de haber sentado las bases para la consolidación de la nueva institucionalidad dispuesta en la Constitución de la República, ha contribuido al mejoramiento de las condiciones de vida del pueblo ecuatoriano, mediante reformas legales que garantizan una mayor y más equitativa recaudación tributaria, a la vez que estimulan la inversión productiva. También, se ha hecho hincapié en el desarrollo de los mecanismos de participación ciudadana previstos en la nueva Constitución y se ha dado especial énfasis al trabajo del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social, organismo que será el encargado de convocar los procesos de oposición y méritos para la designación de las más altas autoridades de los entes de control, del Consejo de la Judicatura, la Fiscalía del Estado, entre otras instancias públicas. En estos 360 días, la Asamblea ha demostrado la mayor apertura a todos los sectores políticos, económicos y sociales, con miras a alcanzar los más amplios consensos para que las leyes cuenten, no solo con la suficiente legitimidad, sino para que las ciudadanas y los ciudadanos se empoderen de ellas y exijan su pleno cumplimiento. Además, la Asamblea ha incidido en importantes decisiones que dinamizan el proceso de integración regional y subregional, como el caso de la aprobación del Tratado Constitutivo de la Unión de Naciones Suramericanas, Unasur; el tratado para la aplicación del Sistema Único de Compensación Regional, Sucre; y, el tratado para creación del Banco del Sur, instrumentos que configuran la nueva arquitectura financiera internacional. 22 LEYES APROBADAS EN EL PRIMER AÑO DE TRABAJO Leyes Económicas: Ley Reformatoria a la Ley de Régimen Monetario y Banco del Estado.- Elimina la autonomía del Banco Central del Ecuador y establece una nueva conformación de su Directorio, regula sus atribuciones; ajusta el sistema de remuneraciones de los funcionarios a las escalas de la SENRES y transfiere las actividades culturales y sociales a los respectivos ministerios. Ley para la Equidad Tributaria del Ecuador.- Fortalece la equidad tributaria, la estimulación de la inversión productiva y evita la salida de capitales. Establecen mecanismos para mejorar la gestión tributaria, así como la protección del mercado interno para corregir el déficit de la relación entre exportaciones e importaciones. Ley del Sistema Nacional de Registro de Datos Públicos.- Garantiza la seguridad jurídica, organiza, regula, sistematiza e interconecta la información, así como la eficacia y la eficiencia de su manejo, su publicidad, transparencia, acceso e implementación de nuevas tecnologías. Asegura la confidencia de los datos de carácter personal tales como: ideología, afiliación política o sindical, etnia, estado de salud, orientación sexual, religión, condición migratoria y los demás atinentes a la intimidad personal y en especial aquella información cuyo uso público atente contra los derechos humanos consagrados en la Constitución e instrumentos internacionales. Ley para crear el Banco del IESS.- Será el responsable de la administración de los fondos del IESS, bajo criterios de banca de inversión y con el objetivo de generar empleo y valor agregado, conforme lo previsto en el Disposición Transitoria Vigésimo Tercera de la Constitución. También operará como banco de primer piso para atender a los afiliados y jubilados en la concesión de
  • 2. créditos quirografarios, hipotecarios y prendarios. La aspiración de más de 15 años de conformar el Banco del Afiliado, tuvo acogida en la propuesta que debatieron los asambleístas, en beneficio de un millón 400 mil afiliados aproximadamente. (Ley del Banco del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social). Ley de Empresas Públicas.- Determina los procedimientos para la constitución de empresas públicas que deban gestionar los sectores estratégicos, con alcance cantonal, provincial, nacional e internacional. Además, regula la autonomía económica, financiera, administrativa y de gestión, con lo cual se generará rentabilidad económica y social en beneficio del país. Leyes Sociales: Ley Orgánica de Participación Ciudadana.- Propicia, fomenta y garantiza el ejercicio pleno de los derechos de participación. La normativa tiene aplicación para todas las personas en el ámbito ecuatoriano y de los que se encuentren en el exterior; las instituciones públicas y las privadas que manejen fondos públicos o desarrollen actividades de interés público, así como a los colectivos, comunas, comunidades, pueblos y nacionalidades indígenas, afroecuatorianos y montubios y demás formas de organización lícita que pueden promover libremente las personas en el Ecuador y los residentes en el exterior. Ley de portabilidad del número de teléfono celular.- Posibilitó que, a partir de este 12 de octubre 2009, los propietarios de teléfonos celulares puedan mantener su número, aún cuando se cambien de empresa operadora o de red, proceso conocido como la portabilidad numérica. Según la normativa legal, el usuario de la telefonía móvil en el año podrá cambiarse de operadora en dos ocasiones sin ningún costo. (Ley Orgánica reformatoria al Mandato 10) Ley para enfrentar a los ladrones. Las reformas al Código Penal y al Código de Procedimiento Penal hacen efectiva la lucha contra la delincuencia. Reduce de tres remuneraciones básicas unificadas al equivalente al 50% de una remuneración el monto para considerar como delito al robo y al hurto; Sanciona con multa de 14 dólares a veintiocho dólares y prisión de cinco a treinta días: 1. El hurto, siempre que el valor de las cosas sustraídas no supere el cincuenta por ciento de una remuneración básica unificada del trabajador en general (USD 120). (Reformas al Código Penal y al Código de Procedimiento Penal). Ley para desarrollar la ciudadanía universal.- Con sentido humanitario, esta ley tuvo como propósito exonerar de todas las multas y otros pagos o gravámenes pendientes a los ciudadanos de nacionalidad haitiana que se encuentran en el territorio ecuatoriano, siempre que hayan ingresado hasta al 31 de enero de 2010. La normativa reconoce el derecho al proceso de reunificación familiar de las y los ciudadanos haitianos, quienes fueron víctimas del violento sismo que asoló a esa nación el 12 de enero de 2010. (Derogatoria del Art.38 de la Ley de Migración; y, de exoneración económico tributaria a favor de los ciudadanos de Haití) Para una educación pública de calidad. Esta ley armoniza la normativa vigente con las disposiciones de la Constitución de la República, a fin de que el Ministerio de Educación recupere la rectoría sobre el sistema educativo nacional y establezca políticas públicas que permitan mejorar la calidad de la educación en el país, sin ningún tipo de injerencia partidista. (Ley Reformatoria a la Ley de Carrera Docente y Escalafón del Magisterio Nacional) Ley del Deporte. Fomenta la práctica masiva de la actividad deportiva en todos los niveles, para lo que dota de las herramientas fundamentales para alcanzar el buen vivir y fomentar el desarrollo integral de las personas desde el punto de vista de la prevención de enfermedades. Garantiza la entrega oportuna de los recursos económicos a las organizaciones deportivas como los clubes especializados formativos, ligas deportivas cantonales, asociaciones y federaciones deportivas provinciales y de Deporte Paralímpico, dineros que serán distribuidos con criterios de igualdad.
  • 3. Ley que legaliza tierras en Atucucho – Quito. Beneficia a 17 mil habitantes que por más de 20 años han estado a la espera de la escritura que les acredite como propietarios. Leyes para la nueva institucionalidad Ley Orgánica del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social.- Regula la organización, funcionamiento y atribuciones de este organismo; promueve e incentiva el ejercicio de los derechos relativos a la participación ciudadana, impulsa y establece los mecanismos de control social, así como los procedimientos para la designación de las autoridades que le corresponde, de acuerdo con la Constitución y la ley. Fortalece los principios de coordinación, complementariedad y trabajo articulado entre los diferentes organismos de la Función de Transparencia y Control Social, las demás funciones del Estado y el régimen autónomo. Ley de Seguridad Pública y del Estado.- Regula la seguridad integral del Estado democrático de derechos y justicia; garantiza el orden público, la convivencia, la paz y el buen vivir, en el marco de sus derechos y deberes como personas naturales y jurídicas, comunidades, pueblos, nacionalidades y colectivo, asegurando la defensa nacional, con la prevención de los riesgos y amenazas de todo orden, mediante un sistema de Seguridad Pública y del Estado. Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional.- Regula la jurisdicción constitucional, con el fin de garantizar los derechos reconocidos en la Constitución de la República y en los instrumentos internacionales de derechos humanos y de la naturaleza. Asegura la eficacia y supremacía constitucional. Ley para garantizar la integración pluripartidista del Consejo de Administración Legislativa (CAL). Implementa mecanismos más expeditos para integrar el Consejo de Administración Legislativa (CAL), mismo que se caracteriza por ser pluralista, por tanto, cuenta con la participación de los diversos sectores políticos. Se amplia el plazo para la integración y designación de autoridades de las Comisiones Especializadas. (Reformatoria a la Ley Orgánica de la Función Legislativa) Ley de Protección e Inmunidad de la Comisión de la Verdad.- Garantiza la integridad física y personal de los miembros de este organismo, creado mediante Decreto Ejecutivo 305 de 18 de mayo de 2007 para investigar, esclarecer e impedir la impunidad respecto de los hechos violentos y violatorios de los derechos humanos ocurridos entre 1984 -1999 y otros períodos del régimen democrático. Establece que sus miembros no serán responsables por las acciones realizadas en el ejercicio de sus funciones de investigación y gozarán de inmunidad civil y penal exclusivamente por las conclusiones, recomendaciones, análisis y develamiento de las circunstancias constantes en su informe final. Ley de Protección e Inmunidad de la Comisión Encargada de Investigar y Establecer los Hechos Relacionados con lo Acontecido en Angostura el 1 de marzo de 2008.- A fin de garantizar la integridad física de los integrantes de esta Comisión, encargada de investigar la incursión del Ejército colombiano en territorio ecuatoriano, determina que no serán responsables por las acciones realizadas en el ejercicio de sus funciones de investigación y gozarán de inmunidad civil y penal, exclusivamente por las conclusiones, recomendaciones, análisis y develaciones constantes en el informe final. Ley que elimina los fueros militares y policiales.- Se eliminan los fueros penales Militar y Policial, en cumplimiento del principio de unidad jurisdiccional establecido en la Constitución. Por consiguiente, las infracciones en que pudieran incurrir en el ejercicio de las actividades propias de Fuerzas Armadas y Policía Nacional serán juzgadas por la justicia ordinaria, cumpliendo el principio que todos somos iguales ante la ley. (Ley Reformatoria al Código Penal para la
  • 4. Tipificación de los Delitos Cometidos en el Servicio Militar y Policial). Ley que permite la integración de alcaldes y juntas parroquiales. Permitió la conformación de los consejos provinciales con la presencia de un prefecto y viceprefecto, a más de representantes de los alcaldes y de las juntas parroquiales, que cumplen las actividades antes asignadas a los consejeros, conforme la nueva estructura de los gobiernos provinciales establecida en la Constitución. (Ley Orgánica Reformatoria de la Ley Orgánica de Régimen Provincial) Ley para derogar 107 leyes obsoletas y anacrónicas. Elimina del ordenamiento jurídico ecuatoriano 107 leyes, decretos legislativos, decretos supremos y decretos leyes de emergencia y otros cuerpos legales por ser inaplicables por su contenido y haber cumplido su plazo y objetivo para el que fueron dictados. (Ley de Depuración del Ordenamiento Legal) Ley para derogar 159 decretos leyes.- Suprime de la normativa legal estos decretos que si bien forman parte del ordenamiento jurídico ecuatoriano, han perdido eficacia y más bien enredan el sistema legal de nuestro país.