SlideShare una empresa de Scribd logo
1 de 10
UNIVERSIDAD FERMIN TORO
VICE RECTORADO ACADEMICO
FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS Y POLITICAS
ESCUELA DE DERECHO
DERECHO TRIBUTARIO
ESTUDIANTE:
DERWIS LÓPEZ
C.I 20236446
SAIA: “B”
BARQUISIMETO, FEBRERO 2016
POTESTAD TRIBUTARIA
Es la facultad o posibilidad de establecer y regular tributos asas, contribuciones o impuestos. Se
distingue entre potestad tributaria originaria o primaria y potestad tributaria derivada o de segundo grado
ya que la primera solo corresponde al Estado mediante la Ley y la segunda a los estados y municipios. En
nuestra constitución, encontramos establecido que solamente el Estado, tiene la capacidad de ejercer la
potestad tributaria, lo cual quiere decir que el mismo, es el encargado de establecer las obligaciones
pecuniarias a los contribuyentes; según la constitución, la nación, los estados y los municipios son los
entes que están dotados de potestad tributaria, la misma es denominada como la facultad de crear los
tributos, los cuales tienen la finalidad de recaudar recursos para el estado y de esta manera cubrir los
gastos públicos, esto quiere decir, que con la potestad tributaria se busca satisfacer las necesidades de la
colectividad. la doctrina define como potestad tributaria, la facultad que tiene el Estado de crear
unilateralmente tributos, cuyo pago será exigido a las personas sometidas a su competencia tributaria
espacia
CARACTERISTICAS
 Abstracta: porque independiente de que se ejerza o no la facultad de aplicar los tributos y el cobro de los
mismos, el poder tributario existe radicado en el Estado aun antes de que se materialice su ejercicio.
 Permanente: es de forma permanente porque resulta connatural (conforme a la naturaleza de cada ser) a
la existencia del Estado, su poder de gravar a las personas, sin admitir que tal facultad desaparezca por
caducidad, prescripción o cualquier otro motivo.
 Irrenunciable: es de manera irrenunciable, ya que el poder de imponer tributos (el estado) se utiliza para
cumplir con los fines del bien común, es decir, para satisfacer las necesidades de la población. y por
último es; Indelegable; porque nuestra constitución nos dice que, solo por ley se pueden establecer
tributos.
 Es aplicada y administrada por el Poder Ejecutivo.
 Es determinada por el Poder legislativo, ya que este es quien analiza las necesidades planteadas por el
Poder Ciudadano y planifica las maneras de satisfacerla.
 Emana de la norma suprema, en este caso nace de la Constitución Bolivariana de Venezuela. Esta
facultada para imponer contribuciones mediante la ley.
 Regula las funciones de los órganos correspondientes.
 Se dice que tiene igualdad, ya que todas las personas deben participar en las contribuciones para
satisfacer las necesidades publicas.
CLASIFICACION
 Originaria
Se dice que es originaria cuando esta emanada de
la naturaleza y esencia del mismo Estado y de
manera inmediata y directa de la Constitución.
Nace de la propia Carta Fundamental, en la cual
exista la constitución escrita o de los principios
institucionales donde no exista la misma.
 Derivada o delegada
Es la facultad de imposición que tiene el ente bien
sea Municipal o Estadal para crear tributos, por
medio de la derivación, en virtud de una Ley y que
no emana en forma directa e inmediata de la
Constitución, por lo cual se derivan leyes dictadas
por los entes regionales o locales en propiedad de
su propio poder de imposición, por lo cual se dice
que son leyes que tiene objetivo el desarrollo de
los principios Constitucionales.
LIMITACIONES DE LA
POTESTAD TRIBUTARIA
Debe ajustarse a los lineamientos señalados por la Constitución, en cuanto a lo que se refiere a
establecimientos de los tributos como para la actuaciones de las autoridades en la aplicación de la ley
restricción a la que identificamos como el límite a la potestad tributaria del Estado. El establecimiento de
un tributo no solo debe seguir los lineamientos orgánicos de la Constitución, sino que también debe
respetar las garantías, de no ser así el contribuyente podrá promover el juicio del amparo para dejar sin
eficacia un tributo nacido en contra del orden establecido en la Constitución. Es importante mencionar que
existen varios principios constitucionales que limitan como son principio a la legalidad, principio de
capacidad, principio de generalidad , principio de igualdad y principio de no confiscatoriedad.
LA COMPETENCIA
Es la facultad que la ley otorga a los órganos del estado; es decir, es la facultad que el estado tiene de
ejecutar los mandatos legales y obligar a los contribuyentes a pagar. La competencia tributaria tiene sus
fuentes en la ley, quiere decir que los principios básicos deben estar en la ley aunque puede presentarse
una regulación reglamentaria de la competencia tributaria aunque eso a su vez lo estable y reconoce
nuestra jurisprudencia venezolana.
Se clasifican en Residuales y Concurrentes
 Las residuales es el producto de los recaudado por concepto de ventas de especies fiscales, la ejecución,
conservación, administración y aprovechamiento de las vías terrestre estatales. Conviene destacar que en
nuestra Constitución se hace referencia en su artículo 164 numeral 11 lo siguiente ´´ Todo lo que no
corresponda de conformidad con esta Constitución a la competencia nacional o municipal.´´
 Concurrentes son todas aquellas que de acuerdo con la Constitución pueden ser ejercidas por todos los
niveles del poder público pueden ser propias o originarias del poder nacional . Asimismo en la
Constitución se hace referencia en su articulo 164 numerales 1 al 10. ´´ Es competencia exclusiva de los
Estados dictar su Constitución para organizar los poderes públicos de conformidad con los dispuesto en
esta Constitución´´
LOS INGRESOS DE LOS ESTADOS
Los Ingresos Estadales son ingresos de los Estados en su mayoría del situado constitucional, que
es una partida presupuestaria que le otorga el poder ejecutivo nacional. Según la Constitución Bolivariana
de Venezuela son ingresos de los Estados los procedentes de su patrimonio y de la administración de sus
bienes.
Se puede decir que la competencia puede ser residual o concurrente; la competencia residual es
la de los municipios, todo lo que no sea competencia del poder nacional, propiamente dicho, será
competencia de los municipios. Mientras que la competencia concurrente, se trata de las competencias
que el municipio comparte con el poder nacional o estadal, acompañadas por las leyes de base y las
leyes de desarrollo. Además de estas competencias tributarias, la Constitución otorga al Poder Nacional
competencia para intervenir en el ejercicio de las competencias tributarias de Estados y Municipios
LIMITACIONES EXPLICITAS Y
LIMITACIONES IMPLÍCITAS
Limitaciones Explicitas
la constitución y las leyes señalan cuales materias son competencia del poder nacional y estadal, aunque
no están prohibidos a los municipios no pueden ser ejercido por estos.
Limitaciones Implícitas
son aquellas donde la competencia es ejercida exclusivamente por el poder nacional y que son
prohibidas para ser ejercidas por los Estados y Municipios.
EL MUNICIPIO
Constituye la unidad política primaria de la organización nacional de la República, goza de
personalidad jurídica y ejerce sus competencias de manera autónoma, conforme a la CRBV (1999) y la
ley.
La Autonomía Municipal
Es la facultad que tiene el Municipio para elegir sus autoridades, gestionar las materias de su
competencia, crear, recaudar e invertir sus ingresos, dictar el ordenamiento jurídico municipal, así como
organizarse con la finalidad de impulsar el desarrollo social, cultural y económico sustentable de las
comunidades locales, y los fines del Estado.
La Potestad Tributaria Municipal
Es el conjunto de poderes, facultades y atribuciones concedidas por la Constitución a los
municipios para cumplir con la actividad tributaria dentro de su ámbito local, desarrollados sobre la base
de principios tributarios fundamentales.
Limitaciones a la Potestad Tributaria Municipal
Nos referimos a la Potestad como poder, jurisdicción, dominio, mando, facultad, autoridad, imperio
y atribución. Podemos decir que la potestad tributaria es la facultad que tiene el Estado en virtud de su
poder de imperio (mediante una ley), de crear tributos y exigirlo a todas aquellas personas sometidas a su
ámbito espacial.
Los Ingresos Municipales
se estructuran basándose en todos los recursos monetarios que recibe el municipio a través de la
tesorería, por el cobro de los conceptos establecidos en la Ley de Ingresos. Los ingresos se clasifican en
dos grupos: Ingresos ordinarios. Ingresos extraordinarios.
 Los ingresos ordinarios: son los que se perciben en forma constante y regular, estos se conforman
por: Los impuestos, los productos, las participaciones, los derechos, los aprovechamientos.
 Los ingresos extraordinarios: son los que percibe el municipio en forma eventual, cuando por
necesidades imprevistas tiene que buscar recursos adicionales. Los ingresos extraordinarios se integran
por: Los créditos, las contribuciones especiales.
Las Formas de determinación de la Obligación Tributaria Municipal
Consiste en el acto o conjunto de actos emanados de la Administración Tributaria, de los particulares o de
ambos coordinadamente, destinados a establecer en cada caso particular, la configuración del
presupuesto de hecho, la medida de lo imponible y el alcance de la obligación, por la determinación de la
obligación tributaria, el Estado provee la ejecución efectiva de su pretensión.

Más contenido relacionado

La actualidad más candente

Fisco nacional
Fisco nacionalFisco nacional
Fisco nacionaldiana5592
 
Derecho financiero y derecho tributario
Derecho financiero y derecho tributarioDerecho financiero y derecho tributario
Derecho financiero y derecho tributariomoraimaromero27
 
Fuentes del derecho financiero
Fuentes  del derecho financieroFuentes  del derecho financiero
Fuentes del derecho financierodeomar34
 
Ensayo de las fuentes del derecho tributario venezolano
Ensayo de las  fuentes del derecho tributario venezolanoEnsayo de las  fuentes del derecho tributario venezolano
Ensayo de las fuentes del derecho tributario venezolanoCarlos10856770
 
Tributos y clasificaciones
Tributos y clasificacionesTributos y clasificaciones
Tributos y clasificacionesjuanli
 
Trabajo sobre formas de extincion de la obligacion tributaria
Trabajo sobre formas de extincion de la obligacion tributariaTrabajo sobre formas de extincion de la obligacion tributaria
Trabajo sobre formas de extincion de la obligacion tributariamarioguzman169
 
PROCEDIMIENTOS TRIBUTARIOS EN VENEZUELA. UNA VISION GENERAL
PROCEDIMIENTOS TRIBUTARIOS EN  VENEZUELA. UNA VISION GENERALPROCEDIMIENTOS TRIBUTARIOS EN  VENEZUELA. UNA VISION GENERAL
PROCEDIMIENTOS TRIBUTARIOS EN VENEZUELA. UNA VISION GENERALGLORIA COBALEDA CANACHE
 
Los tributos en Venezuela.
Los tributos en Venezuela.Los tributos en Venezuela.
Los tributos en Venezuela.Yorkellys
 
Derecho Tributario - La Relación jurídica Tributaria
Derecho Tributario - La Relación jurídica TributariaDerecho Tributario - La Relación jurídica Tributaria
Derecho Tributario - La Relación jurídica TributariaMaria Elena Hernandez
 
Introducción al Derecho Tributario Honduras
Introducción al Derecho Tributario HondurasIntroducción al Derecho Tributario Honduras
Introducción al Derecho Tributario HondurasMarvin Espinal
 
Evolución histórica del Derecho Tributario en Venezuela
Evolución histórica del Derecho Tributario en VenezuelaEvolución histórica del Derecho Tributario en Venezuela
Evolución histórica del Derecho Tributario en Venezuelaluis_yanez03
 
La Hacienda Municipal
La Hacienda MunicipalLa Hacienda Municipal
La Hacienda Municipalgobernar
 
Recurso contencioso tributario
Recurso contencioso tributarioRecurso contencioso tributario
Recurso contencioso tributariowilmarysmendoza
 
Las Contribuciones Especiales en Venezuela
Las Contribuciones Especiales en VenezuelaLas Contribuciones Especiales en Venezuela
Las Contribuciones Especiales en VenezuelaVictor Dominguez
 

La actualidad más candente (20)

Fisco nacional
Fisco nacionalFisco nacional
Fisco nacional
 
Derecho financiero y derecho tributario
Derecho financiero y derecho tributarioDerecho financiero y derecho tributario
Derecho financiero y derecho tributario
 
Fuentes del derecho financiero
Fuentes  del derecho financieroFuentes  del derecho financiero
Fuentes del derecho financiero
 
tipos de tasas en venezuela
tipos de tasas en venezuela tipos de tasas en venezuela
tipos de tasas en venezuela
 
Ensayo de las fuentes del derecho tributario venezolano
Ensayo de las  fuentes del derecho tributario venezolanoEnsayo de las  fuentes del derecho tributario venezolano
Ensayo de las fuentes del derecho tributario venezolano
 
Tributos y clasificaciones
Tributos y clasificacionesTributos y clasificaciones
Tributos y clasificaciones
 
Ilicitos tributarios
Ilicitos tributariosIlicitos tributarios
Ilicitos tributarios
 
Trabajo sobre formas de extincion de la obligacion tributaria
Trabajo sobre formas de extincion de la obligacion tributariaTrabajo sobre formas de extincion de la obligacion tributaria
Trabajo sobre formas de extincion de la obligacion tributaria
 
PROCEDIMIENTOS TRIBUTARIOS EN VENEZUELA. UNA VISION GENERAL
PROCEDIMIENTOS TRIBUTARIOS EN  VENEZUELA. UNA VISION GENERALPROCEDIMIENTOS TRIBUTARIOS EN  VENEZUELA. UNA VISION GENERAL
PROCEDIMIENTOS TRIBUTARIOS EN VENEZUELA. UNA VISION GENERAL
 
Los tributos en Venezuela.
Los tributos en Venezuela.Los tributos en Venezuela.
Los tributos en Venezuela.
 
Derecho Tributario - La Relación jurídica Tributaria
Derecho Tributario - La Relación jurídica TributariaDerecho Tributario - La Relación jurídica Tributaria
Derecho Tributario - La Relación jurídica Tributaria
 
Potestad tributaria
Potestad tributariaPotestad tributaria
Potestad tributaria
 
Introducción al Derecho Tributario Honduras
Introducción al Derecho Tributario HondurasIntroducción al Derecho Tributario Honduras
Introducción al Derecho Tributario Honduras
 
Evolución histórica del Derecho Tributario en Venezuela
Evolución histórica del Derecho Tributario en VenezuelaEvolución histórica del Derecho Tributario en Venezuela
Evolución histórica del Derecho Tributario en Venezuela
 
La Hacienda Municipal
La Hacienda MunicipalLa Hacienda Municipal
La Hacienda Municipal
 
Recurso contencioso tributario
Recurso contencioso tributarioRecurso contencioso tributario
Recurso contencioso tributario
 
Las Contribuciones Especiales en Venezuela
Las Contribuciones Especiales en VenezuelaLas Contribuciones Especiales en Venezuela
Las Contribuciones Especiales en Venezuela
 
Hecho imponible
Hecho imponibleHecho imponible
Hecho imponible
 
Derecho tributario
Derecho tributarioDerecho tributario
Derecho tributario
 
La administración publica venezolana
La administración publica venezolanaLa administración publica venezolana
La administración publica venezolana
 

Destacado

Fuentes del derecho tributario y el tributo
Fuentes del derecho tributario y el tributoFuentes del derecho tributario y el tributo
Fuentes del derecho tributario y el tributoKaren Rondon
 
La exacción del Impuesto sobre las Actividades Económicas en el municipio heres
La exacción del Impuesto sobre las Actividades Económicas en el municipio heresLa exacción del Impuesto sobre las Actividades Económicas en el municipio heres
La exacción del Impuesto sobre las Actividades Económicas en el municipio heresDíaz Díaz & Asociados, Abogados
 
La realidad del procedimiento de fiscalización y determinación
La realidad del procedimiento de fiscalización y determinaciónLa realidad del procedimiento de fiscalización y determinación
La realidad del procedimiento de fiscalización y determinaciónDíaz Díaz & Asociados, Abogados
 
10. unidad iii. tema 10.- recursos generales de impugnación. sede administr...
10.  unidad iii. tema 10.- recursos generales  de impugnación. sede administr...10.  unidad iii. tema 10.- recursos generales  de impugnación. sede administr...
10. unidad iii. tema 10.- recursos generales de impugnación. sede administr...Díaz Díaz & Asociados, Abogados
 
18. unidad v. tema 18.- los ilicitos tributarios y las penas
18.  unidad v. tema 18.- los ilicitos tributarios y las penas18.  unidad v. tema 18.- los ilicitos tributarios y las penas
18. unidad v. tema 18.- los ilicitos tributarios y las penasDíaz Díaz & Asociados, Abogados
 
4. unidad i. tema 04.- los tributos, clasificación y su tipología
4.  unidad  i. tema 04.- los tributos, clasificación y su tipología4.  unidad  i. tema 04.- los tributos, clasificación y su tipología
4. unidad i. tema 04.- los tributos, clasificación y su tipologíaDíaz Díaz & Asociados, Abogados
 
LEY SIMPLIFICACIÓN DE TRÁMITES ADMINISTRATIVOS
LEY SIMPLIFICACIÓN DE TRÁMITES ADMINISTRATIVOSLEY SIMPLIFICACIÓN DE TRÁMITES ADMINISTRATIVOS
LEY SIMPLIFICACIÓN DE TRÁMITES ADMINISTRATIVOSJulio César
 
2. unidad i. tema 02.- estudios general de los recursos financieros del estado
2.  unidad i. tema 02.- estudios general de los recursos financieros del estado2.  unidad i. tema 02.- estudios general de los recursos financieros del estado
2. unidad i. tema 02.- estudios general de los recursos financieros del estadoDíaz Díaz & Asociados, Abogados
 
La exclusión de los sujetos pasivos calificados como especiales
La exclusión de los sujetos pasivos calificados como especialesLa exclusión de los sujetos pasivos calificados como especiales
La exclusión de los sujetos pasivos calificados como especialesDíaz Díaz & Asociados, Abogados
 
6. unidad ii. tema 06.- la administración tributaria. estudio general y atr...
6.  unidad ii. tema 06.-  la administración tributaria. estudio general y atr...6.  unidad ii. tema 06.-  la administración tributaria. estudio general y atr...
6. unidad ii. tema 06.- la administración tributaria. estudio general y atr...Díaz Díaz & Asociados, Abogados
 
3. unidad i. tema 03.-el gasto público y el sistema presupuestario
3.  unidad i. tema 03.-el gasto público y el sistema presupuestario3.  unidad i. tema 03.-el gasto público y el sistema presupuestario
3. unidad i. tema 03.-el gasto público y el sistema presupuestarioDíaz Díaz & Asociados, Abogados
 

Destacado (20)

El sistema federal mexicano
El sistema federal mexicanoEl sistema federal mexicano
El sistema federal mexicano
 
Fuentes del derecho tributario y el tributo
Fuentes del derecho tributario y el tributoFuentes del derecho tributario y el tributo
Fuentes del derecho tributario y el tributo
 
La exacción del Impuesto sobre las Actividades Económicas en el municipio heres
La exacción del Impuesto sobre las Actividades Económicas en el municipio heresLa exacción del Impuesto sobre las Actividades Económicas en el municipio heres
La exacción del Impuesto sobre las Actividades Económicas en el municipio heres
 
9. unidad iii. tema 9.- la determinación tributaria
9.  unidad iii. tema 9.- la determinación tributaria9.  unidad iii. tema 9.- la determinación tributaria
9. unidad iii. tema 9.- la determinación tributaria
 
7. unidad ii. tema 07.- la relación juridica tributaria
7.  unidad ii. tema 07.-  la relación juridica tributaria7.  unidad ii. tema 07.-  la relación juridica tributaria
7. unidad ii. tema 07.- la relación juridica tributaria
 
La realidad del procedimiento de fiscalización y determinación
La realidad del procedimiento de fiscalización y determinaciónLa realidad del procedimiento de fiscalización y determinación
La realidad del procedimiento de fiscalización y determinación
 
10. unidad iii. tema 10.- recursos generales de impugnación. sede administr...
10.  unidad iii. tema 10.- recursos generales  de impugnación. sede administr...10.  unidad iii. tema 10.- recursos generales  de impugnación. sede administr...
10. unidad iii. tema 10.- recursos generales de impugnación. sede administr...
 
¿Es justa la ley de precios justos?
¿Es justa la ley de precios justos?¿Es justa la ley de precios justos?
¿Es justa la ley de precios justos?
 
11. unidad iii. tema 11.-procedimientos especiales
11.  unidad iii. tema 11.-procedimientos especiales11.  unidad iii. tema 11.-procedimientos especiales
11. unidad iii. tema 11.-procedimientos especiales
 
18. unidad v. tema 18.- los ilicitos tributarios y las penas
18.  unidad v. tema 18.- los ilicitos tributarios y las penas18.  unidad v. tema 18.- los ilicitos tributarios y las penas
18. unidad v. tema 18.- los ilicitos tributarios y las penas
 
4. unidad i. tema 04.- los tributos, clasificación y su tipología
4.  unidad  i. tema 04.- los tributos, clasificación y su tipología4.  unidad  i. tema 04.- los tributos, clasificación y su tipología
4. unidad i. tema 04.- los tributos, clasificación y su tipología
 
LEY SIMPLIFICACIÓN DE TRÁMITES ADMINISTRATIVOS
LEY SIMPLIFICACIÓN DE TRÁMITES ADMINISTRATIVOSLEY SIMPLIFICACIÓN DE TRÁMITES ADMINISTRATIVOS
LEY SIMPLIFICACIÓN DE TRÁMITES ADMINISTRATIVOS
 
Reforma de ISLR 2015
Reforma de ISLR 2015 Reforma de ISLR 2015
Reforma de ISLR 2015
 
5. unidad ii. tema 05.- el derecho tributario
5.  unidad ii. tema 05.-  el derecho tributario5.  unidad ii. tema 05.-  el derecho tributario
5. unidad ii. tema 05.- el derecho tributario
 
2. unidad i. tema 02.- estudios general de los recursos financieros del estado
2.  unidad i. tema 02.- estudios general de los recursos financieros del estado2.  unidad i. tema 02.- estudios general de los recursos financieros del estado
2. unidad i. tema 02.- estudios general de los recursos financieros del estado
 
14. unidad iv. tema 14.- el impuesto al valor agregado
14.  unidad iv. tema 14.- el impuesto al valor agregado14.  unidad iv. tema 14.- el impuesto al valor agregado
14. unidad iv. tema 14.- el impuesto al valor agregado
 
La exclusión de los sujetos pasivos calificados como especiales
La exclusión de los sujetos pasivos calificados como especialesLa exclusión de los sujetos pasivos calificados como especiales
La exclusión de los sujetos pasivos calificados como especiales
 
6. unidad ii. tema 06.- la administración tributaria. estudio general y atr...
6.  unidad ii. tema 06.-  la administración tributaria. estudio general y atr...6.  unidad ii. tema 06.-  la administración tributaria. estudio general y atr...
6. unidad ii. tema 06.- la administración tributaria. estudio general y atr...
 
3. unidad i. tema 03.-el gasto público y el sistema presupuestario
3.  unidad i. tema 03.-el gasto público y el sistema presupuestario3.  unidad i. tema 03.-el gasto público y el sistema presupuestario
3. unidad i. tema 03.-el gasto público y el sistema presupuestario
 
1. unidad i. tema 01.- la actividad financiera
1.  unidad  i. tema 01.-  la actividad financiera1.  unidad  i. tema 01.-  la actividad financiera
1. unidad i. tema 01.- la actividad financiera
 

Similar a Tarea derecho tributario

Potestad tributaria
Potestad tributariaPotestad tributaria
Potestad tributariamadivi1
 
POTESTAD TRIBUTARIA
POTESTAD TRIBUTARIAPOTESTAD TRIBUTARIA
POTESTAD TRIBUTARIAMEDUARDOGIL
 
Ensayo potestad tributaria
Ensayo potestad tributariaEnsayo potestad tributaria
Ensayo potestad tributariajorge silva
 
Potestad tributaria
Potestad tributariaPotestad tributaria
Potestad tributariaJose Marchan
 
Tributaria luis tassoni
Tributaria luis tassoniTributaria luis tassoni
Tributaria luis tassoniluis_tassoni
 
Act ensayo potestad tributaria
Act ensayo potestad tributariaAct ensayo potestad tributaria
Act ensayo potestad tributariamarilynsa
 
La potestad tributaria
La potestad tributariaLa potestad tributaria
La potestad tributariacarlossifonte
 
La potestad tributaria
La potestad tributariaLa potestad tributaria
La potestad tributariacarlossifonte
 
La potestad tributaria
La potestad tributariaLa potestad tributaria
La potestad tributariacarlossifonte
 
Ensayo tributario 17.09.16
Ensayo tributario 17.09.16Ensayo tributario 17.09.16
Ensayo tributario 17.09.16Silvia Polo
 
Ensayo Potestad Tributaria
Ensayo Potestad TributariaEnsayo Potestad Tributaria
Ensayo Potestad Tributarialuz2017
 
La potestad tributaria richard
La potestad tributaria richardLa potestad tributaria richard
La potestad tributaria richardRigotgotopo
 
Potestad tributaria
Potestad tributaria Potestad tributaria
Potestad tributaria Berthaly1
 
Potestad tributari2.docx ensayo
Potestad tributari2.docx ensayoPotestad tributari2.docx ensayo
Potestad tributari2.docx ensayoLiye'k Tortolani
 
Ensayo Potestad Tributaria
Ensayo Potestad TributariaEnsayo Potestad Tributaria
Ensayo Potestad Tributariamariaveronica00
 

Similar a Tarea derecho tributario (20)

Potestad tributaria
Potestad tributariaPotestad tributaria
Potestad tributaria
 
POTESTAD TRIBUTARIA
POTESTAD TRIBUTARIAPOTESTAD TRIBUTARIA
POTESTAD TRIBUTARIA
 
Ensayo potestad tributaria
Ensayo potestad tributariaEnsayo potestad tributaria
Ensayo potestad tributaria
 
Potestad tributaria
Potestad tributariaPotestad tributaria
Potestad tributaria
 
Tributaria luis tassoni
Tributaria luis tassoniTributaria luis tassoni
Tributaria luis tassoni
 
Act ensayo potestad tributaria
Act ensayo potestad tributariaAct ensayo potestad tributaria
Act ensayo potestad tributaria
 
La potestad tributaria
La potestad tributariaLa potestad tributaria
La potestad tributaria
 
La potestad tributaria
La potestad tributariaLa potestad tributaria
La potestad tributaria
 
La potestad tributaria
La potestad tributariaLa potestad tributaria
La potestad tributaria
 
Ensayo tributario 17.09.16
Ensayo tributario 17.09.16Ensayo tributario 17.09.16
Ensayo tributario 17.09.16
 
Ensayo Potestad Tributaria
Ensayo Potestad TributariaEnsayo Potestad Tributaria
Ensayo Potestad Tributaria
 
La potestad tributaria richard
La potestad tributaria richardLa potestad tributaria richard
La potestad tributaria richard
 
Potestad tributaria
Potestad tributaria Potestad tributaria
Potestad tributaria
 
Ensayo de tributario
Ensayo de tributarioEnsayo de tributario
Ensayo de tributario
 
Potestad tributaria
Potestad tributariaPotestad tributaria
Potestad tributaria
 
Potestad tributari2.docx ensayo
Potestad tributari2.docx ensayoPotestad tributari2.docx ensayo
Potestad tributari2.docx ensayo
 
Potestad tributaria UFT
Potestad tributaria UFTPotestad tributaria UFT
Potestad tributaria UFT
 
Potestad Tributaria
Potestad TributariaPotestad Tributaria
Potestad Tributaria
 
POTESTAD TRIBUTARIA
POTESTAD TRIBUTARIAPOTESTAD TRIBUTARIA
POTESTAD TRIBUTARIA
 
Ensayo Potestad Tributaria
Ensayo Potestad TributariaEnsayo Potestad Tributaria
Ensayo Potestad Tributaria
 

Más de Derwis Lopez 'WiWi

Clasificacion de los contratos
Clasificacion de los contratosClasificacion de los contratos
Clasificacion de los contratosDerwis Lopez 'WiWi
 
Derecho tributario fuentes del derecho tributario y el tributo
Derecho tributario fuentes del derecho tributario y el tributoDerecho tributario fuentes del derecho tributario y el tributo
Derecho tributario fuentes del derecho tributario y el tributoDerwis Lopez 'WiWi
 
Derecho financiero y derecho tributario
Derecho financiero y derecho tributarioDerecho financiero y derecho tributario
Derecho financiero y derecho tributarioDerwis Lopez 'WiWi
 

Más de Derwis Lopez 'WiWi (6)

Ilicitos tributarios
Ilicitos tributariosIlicitos tributarios
Ilicitos tributarios
 
Participacion ciudadana
Participacion ciudadanaParticipacion ciudadana
Participacion ciudadana
 
Clasificacion de los contratos
Clasificacion de los contratosClasificacion de los contratos
Clasificacion de los contratos
 
Derecho tributario fuentes del derecho tributario y el tributo
Derecho tributario fuentes del derecho tributario y el tributoDerecho tributario fuentes del derecho tributario y el tributo
Derecho tributario fuentes del derecho tributario y el tributo
 
Derecho financiero y derecho tributario
Derecho financiero y derecho tributarioDerecho financiero y derecho tributario
Derecho financiero y derecho tributario
 
Esquema
EsquemaEsquema
Esquema
 

Último

OCTAVO SEGUNDO PERIODO. EMPRENDIEMIENTO VS
OCTAVO SEGUNDO PERIODO. EMPRENDIEMIENTO VSOCTAVO SEGUNDO PERIODO. EMPRENDIEMIENTO VS
OCTAVO SEGUNDO PERIODO. EMPRENDIEMIENTO VSYadi Campos
 
Infografía EE con pie del 2023 (3)-1.pdf
Infografía EE con pie del 2023 (3)-1.pdfInfografía EE con pie del 2023 (3)-1.pdf
Infografía EE con pie del 2023 (3)-1.pdfAlfaresbilingual
 
Concepto y definición de tipos de Datos Abstractos en c++.pptx
Concepto y definición de tipos de Datos Abstractos en c++.pptxConcepto y definición de tipos de Datos Abstractos en c++.pptx
Concepto y definición de tipos de Datos Abstractos en c++.pptxFernando Solis
 
Feliz Día de la Madre - 5 de Mayo, 2024.pdf
Feliz Día de la Madre - 5 de Mayo, 2024.pdfFeliz Día de la Madre - 5 de Mayo, 2024.pdf
Feliz Día de la Madre - 5 de Mayo, 2024.pdfMercedes Gonzalez
 
🦄💫4° SEM32 WORD PLANEACIÓN PROYECTOS DARUKEL 23-24.docx
🦄💫4° SEM32 WORD PLANEACIÓN PROYECTOS DARUKEL 23-24.docx🦄💫4° SEM32 WORD PLANEACIÓN PROYECTOS DARUKEL 23-24.docx
🦄💫4° SEM32 WORD PLANEACIÓN PROYECTOS DARUKEL 23-24.docxEliaHernndez7
 
2 REGLAMENTO RM 0912-2024 DE MODALIDADES DE GRADUACIÓN_.pptx
2 REGLAMENTO RM 0912-2024 DE MODALIDADES DE GRADUACIÓN_.pptx2 REGLAMENTO RM 0912-2024 DE MODALIDADES DE GRADUACIÓN_.pptx
2 REGLAMENTO RM 0912-2024 DE MODALIDADES DE GRADUACIÓN_.pptxRigoTito
 
SELECCIÓN DE LA MUESTRA Y MUESTREO EN INVESTIGACIÓN CUALITATIVA.pdf
SELECCIÓN DE LA MUESTRA Y MUESTREO EN INVESTIGACIÓN CUALITATIVA.pdfSELECCIÓN DE LA MUESTRA Y MUESTREO EN INVESTIGACIÓN CUALITATIVA.pdf
SELECCIÓN DE LA MUESTRA Y MUESTREO EN INVESTIGACIÓN CUALITATIVA.pdfAngélica Soledad Vega Ramírez
 
PLAN DE REFUERZO ESCOLAR primaria (1).docx
PLAN DE REFUERZO ESCOLAR primaria (1).docxPLAN DE REFUERZO ESCOLAR primaria (1).docx
PLAN DE REFUERZO ESCOLAR primaria (1).docxlupitavic
 
BIOMETANO SÍ, PERO NO ASÍ. LA NUEVA BURBUJA ENERGÉTICA
BIOMETANO SÍ, PERO NO ASÍ. LA NUEVA BURBUJA ENERGÉTICABIOMETANO SÍ, PERO NO ASÍ. LA NUEVA BURBUJA ENERGÉTICA
BIOMETANO SÍ, PERO NO ASÍ. LA NUEVA BURBUJA ENERGÉTICAÁngel Encinas
 
INSTRUCCION PREPARATORIA DE TIRO .pptx
INSTRUCCION PREPARATORIA DE TIRO   .pptxINSTRUCCION PREPARATORIA DE TIRO   .pptx
INSTRUCCION PREPARATORIA DE TIRO .pptxdeimerhdz21
 
Abril 2024 - Maestra Jardinera Ediba.pdf
Abril 2024 -  Maestra Jardinera Ediba.pdfAbril 2024 -  Maestra Jardinera Ediba.pdf
Abril 2024 - Maestra Jardinera Ediba.pdfValeriaCorrea29
 
Caja de herramientas de inteligencia artificial para la academia y la investi...
Caja de herramientas de inteligencia artificial para la academia y la investi...Caja de herramientas de inteligencia artificial para la academia y la investi...
Caja de herramientas de inteligencia artificial para la academia y la investi...Lourdes Feria
 
ACRÓNIMO DE PARÍS PARA SU OLIMPIADA 2024. Por JAVIER SOLIS NOYOLA
ACRÓNIMO DE PARÍS PARA SU OLIMPIADA 2024. Por JAVIER SOLIS NOYOLAACRÓNIMO DE PARÍS PARA SU OLIMPIADA 2024. Por JAVIER SOLIS NOYOLA
ACRÓNIMO DE PARÍS PARA SU OLIMPIADA 2024. Por JAVIER SOLIS NOYOLAJAVIER SOLIS NOYOLA
 
AFICHE EL MANIERISMO HISTORIA DE LA ARQUITECTURA II
AFICHE EL MANIERISMO HISTORIA DE LA ARQUITECTURA IIAFICHE EL MANIERISMO HISTORIA DE LA ARQUITECTURA II
AFICHE EL MANIERISMO HISTORIA DE LA ARQUITECTURA IIIsauraImbrondone
 
5.- Doerr-Mide-lo-que-importa-DESARROLLO PERSONAL
5.- Doerr-Mide-lo-que-importa-DESARROLLO PERSONAL5.- Doerr-Mide-lo-que-importa-DESARROLLO PERSONAL
5.- Doerr-Mide-lo-que-importa-DESARROLLO PERSONALMiNeyi1
 
FORTI-MAYO 2024.pdf.CIENCIA,EDUCACION,CULTURA
FORTI-MAYO 2024.pdf.CIENCIA,EDUCACION,CULTURAFORTI-MAYO 2024.pdf.CIENCIA,EDUCACION,CULTURA
FORTI-MAYO 2024.pdf.CIENCIA,EDUCACION,CULTURAEl Fortí
 
PIAR v 015. 2024 Plan Individual de ajustes razonables
PIAR v 015. 2024 Plan Individual de ajustes razonablesPIAR v 015. 2024 Plan Individual de ajustes razonables
PIAR v 015. 2024 Plan Individual de ajustes razonablesYanirisBarcelDelaHoz
 

Último (20)

OCTAVO SEGUNDO PERIODO. EMPRENDIEMIENTO VS
OCTAVO SEGUNDO PERIODO. EMPRENDIEMIENTO VSOCTAVO SEGUNDO PERIODO. EMPRENDIEMIENTO VS
OCTAVO SEGUNDO PERIODO. EMPRENDIEMIENTO VS
 
Infografía EE con pie del 2023 (3)-1.pdf
Infografía EE con pie del 2023 (3)-1.pdfInfografía EE con pie del 2023 (3)-1.pdf
Infografía EE con pie del 2023 (3)-1.pdf
 
Power Point: Fe contra todo pronóstico.pptx
Power Point: Fe contra todo pronóstico.pptxPower Point: Fe contra todo pronóstico.pptx
Power Point: Fe contra todo pronóstico.pptx
 
Unidad 3 | Metodología de la Investigación
Unidad 3 | Metodología de la InvestigaciónUnidad 3 | Metodología de la Investigación
Unidad 3 | Metodología de la Investigación
 
Concepto y definición de tipos de Datos Abstractos en c++.pptx
Concepto y definición de tipos de Datos Abstractos en c++.pptxConcepto y definición de tipos de Datos Abstractos en c++.pptx
Concepto y definición de tipos de Datos Abstractos en c++.pptx
 
Feliz Día de la Madre - 5 de Mayo, 2024.pdf
Feliz Día de la Madre - 5 de Mayo, 2024.pdfFeliz Día de la Madre - 5 de Mayo, 2024.pdf
Feliz Día de la Madre - 5 de Mayo, 2024.pdf
 
🦄💫4° SEM32 WORD PLANEACIÓN PROYECTOS DARUKEL 23-24.docx
🦄💫4° SEM32 WORD PLANEACIÓN PROYECTOS DARUKEL 23-24.docx🦄💫4° SEM32 WORD PLANEACIÓN PROYECTOS DARUKEL 23-24.docx
🦄💫4° SEM32 WORD PLANEACIÓN PROYECTOS DARUKEL 23-24.docx
 
2 REGLAMENTO RM 0912-2024 DE MODALIDADES DE GRADUACIÓN_.pptx
2 REGLAMENTO RM 0912-2024 DE MODALIDADES DE GRADUACIÓN_.pptx2 REGLAMENTO RM 0912-2024 DE MODALIDADES DE GRADUACIÓN_.pptx
2 REGLAMENTO RM 0912-2024 DE MODALIDADES DE GRADUACIÓN_.pptx
 
SELECCIÓN DE LA MUESTRA Y MUESTREO EN INVESTIGACIÓN CUALITATIVA.pdf
SELECCIÓN DE LA MUESTRA Y MUESTREO EN INVESTIGACIÓN CUALITATIVA.pdfSELECCIÓN DE LA MUESTRA Y MUESTREO EN INVESTIGACIÓN CUALITATIVA.pdf
SELECCIÓN DE LA MUESTRA Y MUESTREO EN INVESTIGACIÓN CUALITATIVA.pdf
 
PLAN DE REFUERZO ESCOLAR primaria (1).docx
PLAN DE REFUERZO ESCOLAR primaria (1).docxPLAN DE REFUERZO ESCOLAR primaria (1).docx
PLAN DE REFUERZO ESCOLAR primaria (1).docx
 
BIOMETANO SÍ, PERO NO ASÍ. LA NUEVA BURBUJA ENERGÉTICA
BIOMETANO SÍ, PERO NO ASÍ. LA NUEVA BURBUJA ENERGÉTICABIOMETANO SÍ, PERO NO ASÍ. LA NUEVA BURBUJA ENERGÉTICA
BIOMETANO SÍ, PERO NO ASÍ. LA NUEVA BURBUJA ENERGÉTICA
 
INSTRUCCION PREPARATORIA DE TIRO .pptx
INSTRUCCION PREPARATORIA DE TIRO   .pptxINSTRUCCION PREPARATORIA DE TIRO   .pptx
INSTRUCCION PREPARATORIA DE TIRO .pptx
 
Abril 2024 - Maestra Jardinera Ediba.pdf
Abril 2024 -  Maestra Jardinera Ediba.pdfAbril 2024 -  Maestra Jardinera Ediba.pdf
Abril 2024 - Maestra Jardinera Ediba.pdf
 
Sesión de clase: Fe contra todo pronóstico
Sesión de clase: Fe contra todo pronósticoSesión de clase: Fe contra todo pronóstico
Sesión de clase: Fe contra todo pronóstico
 
Caja de herramientas de inteligencia artificial para la academia y la investi...
Caja de herramientas de inteligencia artificial para la academia y la investi...Caja de herramientas de inteligencia artificial para la academia y la investi...
Caja de herramientas de inteligencia artificial para la academia y la investi...
 
ACRÓNIMO DE PARÍS PARA SU OLIMPIADA 2024. Por JAVIER SOLIS NOYOLA
ACRÓNIMO DE PARÍS PARA SU OLIMPIADA 2024. Por JAVIER SOLIS NOYOLAACRÓNIMO DE PARÍS PARA SU OLIMPIADA 2024. Por JAVIER SOLIS NOYOLA
ACRÓNIMO DE PARÍS PARA SU OLIMPIADA 2024. Por JAVIER SOLIS NOYOLA
 
AFICHE EL MANIERISMO HISTORIA DE LA ARQUITECTURA II
AFICHE EL MANIERISMO HISTORIA DE LA ARQUITECTURA IIAFICHE EL MANIERISMO HISTORIA DE LA ARQUITECTURA II
AFICHE EL MANIERISMO HISTORIA DE LA ARQUITECTURA II
 
5.- Doerr-Mide-lo-que-importa-DESARROLLO PERSONAL
5.- Doerr-Mide-lo-que-importa-DESARROLLO PERSONAL5.- Doerr-Mide-lo-que-importa-DESARROLLO PERSONAL
5.- Doerr-Mide-lo-que-importa-DESARROLLO PERSONAL
 
FORTI-MAYO 2024.pdf.CIENCIA,EDUCACION,CULTURA
FORTI-MAYO 2024.pdf.CIENCIA,EDUCACION,CULTURAFORTI-MAYO 2024.pdf.CIENCIA,EDUCACION,CULTURA
FORTI-MAYO 2024.pdf.CIENCIA,EDUCACION,CULTURA
 
PIAR v 015. 2024 Plan Individual de ajustes razonables
PIAR v 015. 2024 Plan Individual de ajustes razonablesPIAR v 015. 2024 Plan Individual de ajustes razonables
PIAR v 015. 2024 Plan Individual de ajustes razonables
 

Tarea derecho tributario

  • 1. UNIVERSIDAD FERMIN TORO VICE RECTORADO ACADEMICO FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS Y POLITICAS ESCUELA DE DERECHO DERECHO TRIBUTARIO ESTUDIANTE: DERWIS LÓPEZ C.I 20236446 SAIA: “B” BARQUISIMETO, FEBRERO 2016
  • 2. POTESTAD TRIBUTARIA Es la facultad o posibilidad de establecer y regular tributos asas, contribuciones o impuestos. Se distingue entre potestad tributaria originaria o primaria y potestad tributaria derivada o de segundo grado ya que la primera solo corresponde al Estado mediante la Ley y la segunda a los estados y municipios. En nuestra constitución, encontramos establecido que solamente el Estado, tiene la capacidad de ejercer la potestad tributaria, lo cual quiere decir que el mismo, es el encargado de establecer las obligaciones pecuniarias a los contribuyentes; según la constitución, la nación, los estados y los municipios son los entes que están dotados de potestad tributaria, la misma es denominada como la facultad de crear los tributos, los cuales tienen la finalidad de recaudar recursos para el estado y de esta manera cubrir los gastos públicos, esto quiere decir, que con la potestad tributaria se busca satisfacer las necesidades de la colectividad. la doctrina define como potestad tributaria, la facultad que tiene el Estado de crear unilateralmente tributos, cuyo pago será exigido a las personas sometidas a su competencia tributaria espacia
  • 3. CARACTERISTICAS  Abstracta: porque independiente de que se ejerza o no la facultad de aplicar los tributos y el cobro de los mismos, el poder tributario existe radicado en el Estado aun antes de que se materialice su ejercicio.  Permanente: es de forma permanente porque resulta connatural (conforme a la naturaleza de cada ser) a la existencia del Estado, su poder de gravar a las personas, sin admitir que tal facultad desaparezca por caducidad, prescripción o cualquier otro motivo.  Irrenunciable: es de manera irrenunciable, ya que el poder de imponer tributos (el estado) se utiliza para cumplir con los fines del bien común, es decir, para satisfacer las necesidades de la población. y por último es; Indelegable; porque nuestra constitución nos dice que, solo por ley se pueden establecer tributos.  Es aplicada y administrada por el Poder Ejecutivo.  Es determinada por el Poder legislativo, ya que este es quien analiza las necesidades planteadas por el Poder Ciudadano y planifica las maneras de satisfacerla.  Emana de la norma suprema, en este caso nace de la Constitución Bolivariana de Venezuela. Esta facultada para imponer contribuciones mediante la ley.  Regula las funciones de los órganos correspondientes.  Se dice que tiene igualdad, ya que todas las personas deben participar en las contribuciones para satisfacer las necesidades publicas.
  • 4. CLASIFICACION  Originaria Se dice que es originaria cuando esta emanada de la naturaleza y esencia del mismo Estado y de manera inmediata y directa de la Constitución. Nace de la propia Carta Fundamental, en la cual exista la constitución escrita o de los principios institucionales donde no exista la misma.  Derivada o delegada Es la facultad de imposición que tiene el ente bien sea Municipal o Estadal para crear tributos, por medio de la derivación, en virtud de una Ley y que no emana en forma directa e inmediata de la Constitución, por lo cual se derivan leyes dictadas por los entes regionales o locales en propiedad de su propio poder de imposición, por lo cual se dice que son leyes que tiene objetivo el desarrollo de los principios Constitucionales.
  • 5. LIMITACIONES DE LA POTESTAD TRIBUTARIA Debe ajustarse a los lineamientos señalados por la Constitución, en cuanto a lo que se refiere a establecimientos de los tributos como para la actuaciones de las autoridades en la aplicación de la ley restricción a la que identificamos como el límite a la potestad tributaria del Estado. El establecimiento de un tributo no solo debe seguir los lineamientos orgánicos de la Constitución, sino que también debe respetar las garantías, de no ser así el contribuyente podrá promover el juicio del amparo para dejar sin eficacia un tributo nacido en contra del orden establecido en la Constitución. Es importante mencionar que existen varios principios constitucionales que limitan como son principio a la legalidad, principio de capacidad, principio de generalidad , principio de igualdad y principio de no confiscatoriedad.
  • 6. LA COMPETENCIA Es la facultad que la ley otorga a los órganos del estado; es decir, es la facultad que el estado tiene de ejecutar los mandatos legales y obligar a los contribuyentes a pagar. La competencia tributaria tiene sus fuentes en la ley, quiere decir que los principios básicos deben estar en la ley aunque puede presentarse una regulación reglamentaria de la competencia tributaria aunque eso a su vez lo estable y reconoce nuestra jurisprudencia venezolana. Se clasifican en Residuales y Concurrentes  Las residuales es el producto de los recaudado por concepto de ventas de especies fiscales, la ejecución, conservación, administración y aprovechamiento de las vías terrestre estatales. Conviene destacar que en nuestra Constitución se hace referencia en su artículo 164 numeral 11 lo siguiente ´´ Todo lo que no corresponda de conformidad con esta Constitución a la competencia nacional o municipal.´´  Concurrentes son todas aquellas que de acuerdo con la Constitución pueden ser ejercidas por todos los niveles del poder público pueden ser propias o originarias del poder nacional . Asimismo en la Constitución se hace referencia en su articulo 164 numerales 1 al 10. ´´ Es competencia exclusiva de los Estados dictar su Constitución para organizar los poderes públicos de conformidad con los dispuesto en esta Constitución´´
  • 7. LOS INGRESOS DE LOS ESTADOS Los Ingresos Estadales son ingresos de los Estados en su mayoría del situado constitucional, que es una partida presupuestaria que le otorga el poder ejecutivo nacional. Según la Constitución Bolivariana de Venezuela son ingresos de los Estados los procedentes de su patrimonio y de la administración de sus bienes. Se puede decir que la competencia puede ser residual o concurrente; la competencia residual es la de los municipios, todo lo que no sea competencia del poder nacional, propiamente dicho, será competencia de los municipios. Mientras que la competencia concurrente, se trata de las competencias que el municipio comparte con el poder nacional o estadal, acompañadas por las leyes de base y las leyes de desarrollo. Además de estas competencias tributarias, la Constitución otorga al Poder Nacional competencia para intervenir en el ejercicio de las competencias tributarias de Estados y Municipios
  • 8. LIMITACIONES EXPLICITAS Y LIMITACIONES IMPLÍCITAS Limitaciones Explicitas la constitución y las leyes señalan cuales materias son competencia del poder nacional y estadal, aunque no están prohibidos a los municipios no pueden ser ejercido por estos. Limitaciones Implícitas son aquellas donde la competencia es ejercida exclusivamente por el poder nacional y que son prohibidas para ser ejercidas por los Estados y Municipios.
  • 9. EL MUNICIPIO Constituye la unidad política primaria de la organización nacional de la República, goza de personalidad jurídica y ejerce sus competencias de manera autónoma, conforme a la CRBV (1999) y la ley. La Autonomía Municipal Es la facultad que tiene el Municipio para elegir sus autoridades, gestionar las materias de su competencia, crear, recaudar e invertir sus ingresos, dictar el ordenamiento jurídico municipal, así como organizarse con la finalidad de impulsar el desarrollo social, cultural y económico sustentable de las comunidades locales, y los fines del Estado. La Potestad Tributaria Municipal Es el conjunto de poderes, facultades y atribuciones concedidas por la Constitución a los municipios para cumplir con la actividad tributaria dentro de su ámbito local, desarrollados sobre la base de principios tributarios fundamentales. Limitaciones a la Potestad Tributaria Municipal Nos referimos a la Potestad como poder, jurisdicción, dominio, mando, facultad, autoridad, imperio y atribución. Podemos decir que la potestad tributaria es la facultad que tiene el Estado en virtud de su poder de imperio (mediante una ley), de crear tributos y exigirlo a todas aquellas personas sometidas a su ámbito espacial.
  • 10. Los Ingresos Municipales se estructuran basándose en todos los recursos monetarios que recibe el municipio a través de la tesorería, por el cobro de los conceptos establecidos en la Ley de Ingresos. Los ingresos se clasifican en dos grupos: Ingresos ordinarios. Ingresos extraordinarios.  Los ingresos ordinarios: son los que se perciben en forma constante y regular, estos se conforman por: Los impuestos, los productos, las participaciones, los derechos, los aprovechamientos.  Los ingresos extraordinarios: son los que percibe el municipio en forma eventual, cuando por necesidades imprevistas tiene que buscar recursos adicionales. Los ingresos extraordinarios se integran por: Los créditos, las contribuciones especiales. Las Formas de determinación de la Obligación Tributaria Municipal Consiste en el acto o conjunto de actos emanados de la Administración Tributaria, de los particulares o de ambos coordinadamente, destinados a establecer en cada caso particular, la configuración del presupuesto de hecho, la medida de lo imponible y el alcance de la obligación, por la determinación de la obligación tributaria, el Estado provee la ejecución efectiva de su pretensión.