SlideShare una empresa de Scribd logo
1 de 8
Descargar para leer sin conexión
Universidad Fermín Toro
Sistema de aprendizaje interactivo a distancia
Escuela de Derecho
Liliana C. Cordero. P
C.I: 15.729.986
Potestad tributaria
Ensayo
Antes de profundizar en el tema es menester dejar en claro el término de
potestad tributaria, que se refiere a la facultad para crear el tributo, con el fin de
recaudar los recursos para que el estado pueda cubrir el gasto público, es decir,
las necesidades del colectivo, en otras palabras es la fuerza que emana de la
propia soberanía del Estado para exigir el cumplimiento de un hecho o norma, en
este caso la obligación tributaria, En nuestra Constitución de la República
Bolivariana de Venezuela en su artículo 133 está establecido que quien tiene la
capacidad para ejercer la potestad tributaria es únicamente el Estado, el cual
igualmente es quien establece las obligaciones pecuniarias a sus contribuyentes,
esto incluye la nación, los estados y los municipios. Esta facultad permite que se
ejecuten los mandatos legales y se ejerza la fuerza coercitiva para el acto de
pagar la deuda tributaria, dicha obligación permite también a esa institución el
poder de crear, modificar o suprimir unilateralmente los tributos y de esta forma
lograr que se cubra el gasto público del país y las necesidades del colectivo tal
como lo mencionamos al inicio del ensayo.
En ese sentido la potestad tributaria se clasifica según su origen, por Potestad
Tributaria Originaria y Potestad Tributaria Derivada o Delegada, siendo la primera
aquella que emana de la de la naturaleza y esencia misma del Estado, y en forma
inmediata y directa de la Constitución de la República, en otras palabras, nace de
la propia Carta magna o fundamental de un estado mientras que la potestad
tributaria derivada; es la facultad de imposición que tiene el ente municipal y
estadal para crear tributos mediante derivación en virtud de una ley que no emana
de forma directa o indirecta de la constitución.
Asimismo y para entender mejor el tema se hace imperativo mencionar las
características de la potestad tributaria hace cumplir una obligación directamente
dirigida a los particulares. Le confiere al Estado la libertad de manejar la deuda
tributaria y su pago. Además satisface las necesidades sociales y del bien
colectivo. Es abstracta, si se ejerce o no la facultad de aplicar los tributos y su
cobro, el poder tributario existe radicado en el Estado aún antes de que se
materialice su ejercicio. Es permanente, o también llamado connatural, por la
existencia del Estado y no desaparece por caducidad, prescripción u otro motivo.
Es irrenunciable, porque el poder de imponer tributos se utiliza para fines del bien
común, como lo es cumplir con las necesidades de la población. Es indelegable, lo
que quiere decir que solo por ley se pueden establecer tributos
En ese orden de ideas la Potestad Tributaria se encuentra limitada por la
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela atendiendo a los principios
de Principio de Legalidad o Reserva Legal, Principio de Capacidad Contributiva,
en ese sentido podemos destacar que las limitaciones de la potestad tributaria
pueden dividirse en dos, por una parte explícitas o directas, las cuales vienen a
ser aquellas derivadas de la propia Constitución y de las leyes que le sirven de
ejecución, y por otra, las limitaciones implícitas o indirectas, las cuales constituyen
los principios constitucionales que regulan la Hacienda pública, aplicables a la
tributación municipal, representadas fundamentalmente en las garantías de
legalidad, no confiscación y proporcionalidad del tributo y la prohibición de
retroactividad de la ley tributaria.
Ahora bien, dejando en claro los aspectos más importantes de la potestad
tributaria se hace necesario discutir el punto de la competencia tributaria la cual es
la facultad que el estado tiene de ejecutar los mandatos legales y obligar a los
contribuyentes a pagar, la misma tiene sus fuentes en la ley, quiere decir que los
principios básicos deben estar en la ley aunque puede presentarse una regulación
reglamentaria de la competencia tributaria aunque eso a su vez lo estable y
reconoce nuestra jurisprudencia venezolana, entonces concluimos que la
competencia tributaria es la capacidad legal de crear estrategias en el Estado para
gestionar y repartir la autoridad en diferentes poderes, en el caso de Venezuela,
en los diferentes poderes públicos. De esta manera puede lograrse que los países
extranjeros inviertan en nuestra economía y se reducen las limitaciones de la
circulación de los niveles impositivos fiscales. Su evolución se debe a la
globalización, esto permite que exista mayor movimiento del capital y mayor flujo
de producción, generando empleos en el país y bienestar económico. Esta se
clasifica: Primero, residual: conforme al principio propio de las federaciones, el
ordinal del producto de lo recaudado por concepto de venta de especies fiscales.
La ejecución, conservación, administración y aprovechamiento de las vías
terrestres estadales. La conservación, administración y aprovechamiento de
carreteras y autopistas nacionales, así como de puertos y aeropuertos de uso
comercial, en coordinación con el Ejecutivo Nacional. Segundo, concurrente, que
son las que aparecen cuando, dentro de una determinada materia, el Estado y la
Comunidad Autónoma convergen en alguna de las funciones que se ejercen en
relación con dicha materia. Tal sucede si el Estado se reserva la facultad de dictar
las reglas básicas dejando a las Comunidades el desarrollo legislativo de la
normativa de base. Tal sucede en materia de ordenación del crédito, banca y
seguros. En definitiva, son las materias en las que la competencia estatal y la
autonómica tienen funciones normativas que no se excluyen entre sí. Ahora bien,
el Estado recibe ingresos por el petróleo, por el cobro de impuestos, por la venta
de bienes producidos por empresas públicas, por utilidades que generan éstas
mismas, por ventas o alquileres de propiedades, por multas impuestas, por
emisión de bonos u obtención de créditos, entre otros. Cuando los ingresos
provienen de impuestos se denominan ingresos tributarios, por el contrario,
cuando provienen de fuentes distintas a los impuestos se denominan ingresos no
tributarios.
Actualmente en nuestro país el sistema impositivo concentra la competencia
tributaria en los municipios y sus entes recaudadores, y en los entes nacionales
con competencia tributaria dejando relegados a los Estados en cuanto su
capacidad para crear y recaudar tributos. En términos generales, la competencia
tributaria de los entes municipales debe ser entendida como la realización de la
actividad fiscalizadora y recaudadora de los tributos, según la ley fundamental. La
distinción y al mismo tiempo fusión entre el poder, la potestad y la competencia
que le competen al Estado en su actividad financiera y tributaria, radica en
comprobar la autonomía de los entes locales, contenido de las ordenanzas y
entender que son complementarias para hacer cumplir las facultades del Estado
como autoridad soberana.
En ese orden de ideas los principios tributarios están contenidos tanto en la
CRBV como en leyes especiales. Algunos limitan de manera directa la tributación
municipal, mientras que otros lo hacen de forma indirecta, según veremos a
continuación. Principios tributarios constitucionales que limitan la tributación
municipal. Para comprender mejor el significado de estos principios, los
dividiremos en dos grupos: los que limitan directamente la tributación municipal y
los que la limitan de manera indirecta. Principios constitucionales que limitan de
manera directa la tributación municipal. Estos principios se encuentran
establecidos en el artículo 183 de la CRBV. Entonces, se les denomina también
limitaciones explícitas al ejercicio de la potestad tributaria, tanto de los estados
como de los Municipios. Los Estados y los Municipios no podrán: Crear aduanas ni
impuestos de exportación, de importación o de tránsito sobre bienes nacionales o
extranjeros, o sobre las demás materias rentísticas de la competencia nacional.
Gravar bienes de consumo antes de que entren en circulación dentro de su
territorio. Prohibir el consumo de bienes producidos fuera de su territorio, ni
gravarlos en forma diferente a los producidos en él. En consecuencia, los Estados
y Municipios sólo podrán gravar la agricultura, la cría, la pesca y la actividad
forestal en la oportunidad, forma y medida que lo permita la Ley nacional. Los
principios constitucionales que de manera indirecta limitan la tributación municipal.
Existen principios constitucionales que de manera indirecta limitan la tributación
municipal; son también llamadas limitaciones implícitas que se derivan de los
artículos 316, 317 y 133 de la CRBV. Su acatamiento es obligatorio, tanto por el
Poder Público Nacional, como por los poderes públicos estadal y municipal. Es por
ello, que la LOPPM dispone, en el artículo 163, que en la creación de sus tributos
los Municipios actuarán conforme a lo establecido en los artículos 316 y 317 de la
CRBV.
En conclusión y tomando en consideración lo antes expuesto decimos que La
potestad tributaria es delegada al municipio por un ente originario como lo es el
poder nacional, quien no establece un tributo sino que otorga la potestad al
municipio como ente político-territorial, para la creación, recaudación y
fiscalización de sus tributos. La Ley del Poder Público Municipal, establece
diferencia entre el poder tributario y la potestad tributaria del municipio, ya que el
poder se refiere a la facultad de los poderes públicos de crear tributos. La
Potestad Tributaria Municipal, es la capacidad que posee los niveles del estado
para la creación, recaudación y la administración de los tributos, siempre que esta,
este enmarcada en el ámbito de la ley para la obtención de los mismos.
De esa manera el municipio en su término de autónomo tiene la posibilidad de
gestionar y resolver los asuntos de carácter local que le competen para lo cual
cuenta con la potestad de elegir sus autoridades democráticamente, más en
procesos dirigidos por el poder electoral y su órgano rector para lo cual el
municipio no resulta independiente. Asimismo, la autonomía municipal está
determinada en el artículo 168 constitucional, el cual expresamente enmarca que
la misma no es ilimitada y que mas allá de todo los términos de autonomía e
independencia no deben confundirse, en ese sentido o por el contrario se
encuentra sometida a la Constitución y a las Leyes así como a los principios,
garantías e instancias que las mismas generen en casa sección en función de los
órganos del poder público y el ejecutivo nacional por sobre el municipal; el
Tribunal Supremo de Justicia en sentencia de la Sala Constitucional de fecha 01
de octubre de 2003, No. 1680, ratifica que la autonomía municipal no se ha
diseñado con carácter absoluto sino que por el contrario su carácter es relativo, es
decir, dentro del marco de los principios y limitaciones del ordenamiento nacional
en vigor. La potestad tributaria siendo el poder o facultad para tributar como ya se
mencionó anteriormente es válidamente extensible a cada instancia del poder
público, es así que a nivel municipal también se maneja la posesión de potestad
tributaria o fiscal como solía llamarse, la misma es limitada y se encuentra
totalmente delimitada en razón de las ordenanzas municipales, esta forma jurídica
sublegal que el párrafo antecedente se dispuso es por excelencia la que ejerce la
potestad tributaria pues como prevé el artículo 160 de la norma especial. Esta
legislación estará orientada por los principios de la interdependencia,
coordinación, cooperación, corresponsabilidad y subsidiariedad. Los Estados
descentralizarán y transferirán a los Municipios los servicios y competencias que
gestionen y que éstos estén en capacidad de prestar, así como la administración
de los respectivos recursos, dentro de las áreas de competencias concurrentes
entre ambos niveles del Poder Público. Los mecanismos de transferencia estarán
regulados por el ordenamiento jurídico estadal.
Referencias bibliográficas
 Briceño A. Material informativo: “Los Tributos, su clasificación y Elementos”
Universidad Fermín Toro
 Cabanellas de Torres. G: “Diccionario Jurídico Elemental año 2010
 Consulta web: Fecha y hora: Viernes 26-05-2017, 10:29 am
https://www.google.co.ve/webhp?sourceid=chrome-
instant&ion=1&espv=2&ie=UTF- 8#q=competencia+tributaria+concurrente
 Ley Orgánica del Poder Público Municipal. Asamblea Nacional. República
Bolivariana de Venezuela. Grazia, S. (2000)
 La Tributación Estadal en la Nueva Constitución y el Situado Constitucional.
Conferencia Procuraduría General del Estado Aragua. Maracay

Más contenido relacionado

La actualidad más candente

Potestad tributaria ( ensayo)
Potestad tributaria ( ensayo)Potestad tributaria ( ensayo)
Potestad tributaria ( ensayo)Mariangel2912
 
Ensayo sobre la potestad tributaria.
Ensayo sobre la potestad tributaria.Ensayo sobre la potestad tributaria.
Ensayo sobre la potestad tributaria.josemanuel1988
 
Ensayo sobre la Potestad Tributaria. María Fabiana Quiles
Ensayo sobre la Potestad Tributaria. María Fabiana QuilesEnsayo sobre la Potestad Tributaria. María Fabiana Quiles
Ensayo sobre la Potestad Tributaria. María Fabiana Quilesfabianaquileshey
 
Lourys miquilena potestad tributaria
Lourys miquilena potestad tributariaLourys miquilena potestad tributaria
Lourys miquilena potestad tributariaLourys Miquilena
 
Presentación. slideshare derecho ytibutario 30 de junio de 2017
Presentación. slideshare derecho ytibutario 30 de junio de 2017Presentación. slideshare derecho ytibutario 30 de junio de 2017
Presentación. slideshare derecho ytibutario 30 de junio de 2017adriana leon
 
Presentación. slideshare derecho ytibutario 30 de junio de 2017
Presentación. slideshare derecho ytibutario 30 de junio de 2017Presentación. slideshare derecho ytibutario 30 de junio de 2017
Presentación. slideshare derecho ytibutario 30 de junio de 2017adriana leon
 
Ensayo potestad tributaria
Ensayo potestad tributariaEnsayo potestad tributaria
Ensayo potestad tributariaDiyerson Moreno
 
Competencia y potestad tributaria
Competencia y potestad tributariaCompetencia y potestad tributaria
Competencia y potestad tributariajohaabogada
 
Ensayo tributario 17.09.16
Ensayo tributario 17.09.16Ensayo tributario 17.09.16
Ensayo tributario 17.09.16Silvia Polo
 
Potestad tributaria
Potestad tributariaPotestad tributaria
Potestad tributariaMariajeh27
 
Actividad tributaria nacional estadal y municipal bla
Actividad tributaria nacional estadal y municipal blaActividad tributaria nacional estadal y municipal bla
Actividad tributaria nacional estadal y municipal blaCarmen Amaya
 
Potestad tributaria
Potestad tributariaPotestad tributaria
Potestad tributariaMelida Abreu
 
La potestad tributaria
La potestad tributariaLa potestad tributaria
La potestad tributarianelson peraza
 
Potestad tributaria
Potestad tributariaPotestad tributaria
Potestad tributarialeydyag
 
PRINCIPIOS DEL DERECHO TRIBUTARIO
PRINCIPIOS DEL DERECHO TRIBUTARIOPRINCIPIOS DEL DERECHO TRIBUTARIO
PRINCIPIOS DEL DERECHO TRIBUTARIOkardija
 
Belkis aguero tributario
Belkis aguero tributarioBelkis aguero tributario
Belkis aguero tributarioUFT SAIA
 

La actualidad más candente (20)

Potestad tributaria ( ensayo)
Potestad tributaria ( ensayo)Potestad tributaria ( ensayo)
Potestad tributaria ( ensayo)
 
Ensayo sobre la potestad tributaria.
Ensayo sobre la potestad tributaria.Ensayo sobre la potestad tributaria.
Ensayo sobre la potestad tributaria.
 
Ensayo sobre la Potestad Tributaria. María Fabiana Quiles
Ensayo sobre la Potestad Tributaria. María Fabiana QuilesEnsayo sobre la Potestad Tributaria. María Fabiana Quiles
Ensayo sobre la Potestad Tributaria. María Fabiana Quiles
 
Lourys miquilena potestad tributaria
Lourys miquilena potestad tributariaLourys miquilena potestad tributaria
Lourys miquilena potestad tributaria
 
Presentación. slideshare derecho ytibutario 30 de junio de 2017
Presentación. slideshare derecho ytibutario 30 de junio de 2017Presentación. slideshare derecho ytibutario 30 de junio de 2017
Presentación. slideshare derecho ytibutario 30 de junio de 2017
 
Presentación. slideshare derecho ytibutario 30 de junio de 2017
Presentación. slideshare derecho ytibutario 30 de junio de 2017Presentación. slideshare derecho ytibutario 30 de junio de 2017
Presentación. slideshare derecho ytibutario 30 de junio de 2017
 
Actividad 10
Actividad 10Actividad 10
Actividad 10
 
07 - Competencia tributaria
07 - Competencia tributaria07 - Competencia tributaria
07 - Competencia tributaria
 
Ensayo potestad tributaria
Ensayo potestad tributariaEnsayo potestad tributaria
Ensayo potestad tributaria
 
Ensayo
Ensayo Ensayo
Ensayo
 
Competencia y potestad tributaria
Competencia y potestad tributariaCompetencia y potestad tributaria
Competencia y potestad tributaria
 
Ensayo tributario 17.09.16
Ensayo tributario 17.09.16Ensayo tributario 17.09.16
Ensayo tributario 17.09.16
 
Potestad tributaria
Potestad tributariaPotestad tributaria
Potestad tributaria
 
Actividad tributaria nacional estadal y municipal bla
Actividad tributaria nacional estadal y municipal blaActividad tributaria nacional estadal y municipal bla
Actividad tributaria nacional estadal y municipal bla
 
Potestad tributaria
Potestad tributariaPotestad tributaria
Potestad tributaria
 
La potestad tributaria
La potestad tributariaLa potestad tributaria
La potestad tributaria
 
Potestad tributaria
Potestad tributariaPotestad tributaria
Potestad tributaria
 
PRINCIPIOS DEL DERECHO TRIBUTARIO
PRINCIPIOS DEL DERECHO TRIBUTARIOPRINCIPIOS DEL DERECHO TRIBUTARIO
PRINCIPIOS DEL DERECHO TRIBUTARIO
 
Potestad tributaria
Potestad tributariaPotestad tributaria
Potestad tributaria
 
Belkis aguero tributario
Belkis aguero tributarioBelkis aguero tributario
Belkis aguero tributario
 

Similar a 2ensayo tributario

Potestad tributaria.
Potestad tributaria.Potestad tributaria.
Potestad tributaria.josethalvarez
 
Derecho tributario potestad
Derecho tributario potestadDerecho tributario potestad
Derecho tributario potestaddioneila1
 
Derecho tributario potestad
Derecho tributario potestadDerecho tributario potestad
Derecho tributario potestaddioneila1
 
Poder o potestad y competencia tributaria en venezuela
Poder o potestad y competencia tributaria en venezuelaPoder o potestad y competencia tributaria en venezuela
Poder o potestad y competencia tributaria en venezuelaUNIVERSIDAD "FERMÍN TORO
 
Potestad tributaria
Potestad tributariaPotestad tributaria
Potestad tributariaJose Marchan
 
Potestad tributaria
Potestad tributariaPotestad tributaria
Potestad tributariamischelle24
 
Potestad tributari2.docx ensayo
Potestad tributari2.docx ensayoPotestad tributari2.docx ensayo
Potestad tributari2.docx ensayoLiye'k Tortolani
 
Competencia y potestad tributaria
Competencia y potestad tributariaCompetencia y potestad tributaria
Competencia y potestad tributariajohaabogada
 
Ensayo sobre la postestad tributaria alba ocanto
Ensayo sobre la postestad tributaria alba ocantoEnsayo sobre la postestad tributaria alba ocanto
Ensayo sobre la postestad tributaria alba ocantoalba ocanto
 
Ensayo potestad tributaria
Ensayo potestad tributariaEnsayo potestad tributaria
Ensayo potestad tributariajorge silva
 
Ensayo potestad tributaria
Ensayo potestad tributariaEnsayo potestad tributaria
Ensayo potestad tributariaarochalilian
 

Similar a 2ensayo tributario (20)

Ensayo de tributario
Ensayo de tributarioEnsayo de tributario
Ensayo de tributario
 
Potestad tributaria
Potestad tributariaPotestad tributaria
Potestad tributaria
 
Potestad tributaria
Potestad tributariaPotestad tributaria
Potestad tributaria
 
Potestad tributaria.
Potestad tributaria.Potestad tributaria.
Potestad tributaria.
 
Derecho tributario potestad
Derecho tributario potestadDerecho tributario potestad
Derecho tributario potestad
 
Derecho tributario potestad
Derecho tributario potestadDerecho tributario potestad
Derecho tributario potestad
 
Ensayo
Ensayo Ensayo
Ensayo
 
Poder o potestad y competencia tributaria en venezuela
Poder o potestad y competencia tributaria en venezuelaPoder o potestad y competencia tributaria en venezuela
Poder o potestad y competencia tributaria en venezuela
 
Ensayo
Ensayo Ensayo
Ensayo
 
POTESTAD TRIBUTARIA
POTESTAD TRIBUTARIAPOTESTAD TRIBUTARIA
POTESTAD TRIBUTARIA
 
Potestad tributaria
Potestad tributaria Potestad tributaria
Potestad tributaria
 
Potestad tributaria
Potestad tributariaPotestad tributaria
Potestad tributaria
 
potestad tributaria
potestad tributariapotestad tributaria
potestad tributaria
 
Potestad tributaria
Potestad tributariaPotestad tributaria
Potestad tributaria
 
Tributario1
Tributario1Tributario1
Tributario1
 
Potestad tributari2.docx ensayo
Potestad tributari2.docx ensayoPotestad tributari2.docx ensayo
Potestad tributari2.docx ensayo
 
Competencia y potestad tributaria
Competencia y potestad tributariaCompetencia y potestad tributaria
Competencia y potestad tributaria
 
Ensayo sobre la postestad tributaria alba ocanto
Ensayo sobre la postestad tributaria alba ocantoEnsayo sobre la postestad tributaria alba ocanto
Ensayo sobre la postestad tributaria alba ocanto
 
Ensayo potestad tributaria
Ensayo potestad tributariaEnsayo potestad tributaria
Ensayo potestad tributaria
 
Ensayo potestad tributaria
Ensayo potestad tributariaEnsayo potestad tributaria
Ensayo potestad tributaria
 

Más de EN ZR

Mapa slideshare procesal penal
Mapa slideshare procesal penalMapa slideshare procesal penal
Mapa slideshare procesal penalEN ZR
 
Linea de tiempo canonico
Linea de tiempo canonicoLinea de tiempo canonico
Linea de tiempo canonicoEN ZR
 
Principios de la prueba
Principios de la pruebaPrincipios de la prueba
Principios de la pruebaEN ZR
 
Diagrama
DiagramaDiagrama
DiagramaEN ZR
 
Examen de medicina legal laminas
Examen de medicina legal  laminasExamen de medicina legal  laminas
Examen de medicina legal laminasEN ZR
 
Diagrama elianys
Diagrama elianysDiagrama elianys
Diagrama elianysEN ZR
 
Derecho internacional privado
Derecho internacional privadoDerecho internacional privado
Derecho internacional privadoEN ZR
 
Objeto de la prueba
Objeto de la pruebaObjeto de la prueba
Objeto de la pruebaEN ZR
 
Examen procesal penal esquema
Examen procesal penal esquemaExamen procesal penal esquema
Examen procesal penal esquemaEN ZR
 
Educacion ambiental
Educacion ambientalEducacion ambiental
Educacion ambientalEN ZR
 
Slishare trabajo
Slishare trabajoSlishare trabajo
Slishare trabajoEN ZR
 
Slishare familia
Slishare familiaSlishare familia
Slishare familiaEN ZR
 
Objetivos de la gestion del ambiente
Objetivos de la gestion del ambienteObjetivos de la gestion del ambiente
Objetivos de la gestion del ambienteEN ZR
 
Derecho ecológico
Derecho ecológicoDerecho ecológico
Derecho ecológicoEN ZR
 
Esquema tributario
Esquema tributarioEsquema tributario
Esquema tributarioEN ZR
 
Caso practico tributario
Caso practico tributarioCaso practico tributario
Caso practico tributarioEN ZR
 
mapa conceptual tributario
mapa conceptual tributariomapa conceptual tributario
mapa conceptual tributarioEN ZR
 
Mapa conceptual tributario pdf
Mapa conceptual tributario pdfMapa conceptual tributario pdf
Mapa conceptual tributario pdfEN ZR
 
Ensayo tributario pdf
Ensayo tributario pdfEnsayo tributario pdf
Ensayo tributario pdfEN ZR
 
Slishare registral
Slishare registralSlishare registral
Slishare registralEN ZR
 

Más de EN ZR (20)

Mapa slideshare procesal penal
Mapa slideshare procesal penalMapa slideshare procesal penal
Mapa slideshare procesal penal
 
Linea de tiempo canonico
Linea de tiempo canonicoLinea de tiempo canonico
Linea de tiempo canonico
 
Principios de la prueba
Principios de la pruebaPrincipios de la prueba
Principios de la prueba
 
Diagrama
DiagramaDiagrama
Diagrama
 
Examen de medicina legal laminas
Examen de medicina legal  laminasExamen de medicina legal  laminas
Examen de medicina legal laminas
 
Diagrama elianys
Diagrama elianysDiagrama elianys
Diagrama elianys
 
Derecho internacional privado
Derecho internacional privadoDerecho internacional privado
Derecho internacional privado
 
Objeto de la prueba
Objeto de la pruebaObjeto de la prueba
Objeto de la prueba
 
Examen procesal penal esquema
Examen procesal penal esquemaExamen procesal penal esquema
Examen procesal penal esquema
 
Educacion ambiental
Educacion ambientalEducacion ambiental
Educacion ambiental
 
Slishare trabajo
Slishare trabajoSlishare trabajo
Slishare trabajo
 
Slishare familia
Slishare familiaSlishare familia
Slishare familia
 
Objetivos de la gestion del ambiente
Objetivos de la gestion del ambienteObjetivos de la gestion del ambiente
Objetivos de la gestion del ambiente
 
Derecho ecológico
Derecho ecológicoDerecho ecológico
Derecho ecológico
 
Esquema tributario
Esquema tributarioEsquema tributario
Esquema tributario
 
Caso practico tributario
Caso practico tributarioCaso practico tributario
Caso practico tributario
 
mapa conceptual tributario
mapa conceptual tributariomapa conceptual tributario
mapa conceptual tributario
 
Mapa conceptual tributario pdf
Mapa conceptual tributario pdfMapa conceptual tributario pdf
Mapa conceptual tributario pdf
 
Ensayo tributario pdf
Ensayo tributario pdfEnsayo tributario pdf
Ensayo tributario pdf
 
Slishare registral
Slishare registralSlishare registral
Slishare registral
 

Último

EXPECTATIVAS vs PERSPECTIVA en la vida.
EXPECTATIVAS vs PERSPECTIVA  en la vida.EXPECTATIVAS vs PERSPECTIVA  en la vida.
EXPECTATIVAS vs PERSPECTIVA en la vida.DaluiMonasterio
 
ACERTIJO DE LA BANDERA OLÍMPICA CON ECUACIONES DE LA CIRCUNFERENCIA. Por JAVI...
ACERTIJO DE LA BANDERA OLÍMPICA CON ECUACIONES DE LA CIRCUNFERENCIA. Por JAVI...ACERTIJO DE LA BANDERA OLÍMPICA CON ECUACIONES DE LA CIRCUNFERENCIA. Por JAVI...
ACERTIJO DE LA BANDERA OLÍMPICA CON ECUACIONES DE LA CIRCUNFERENCIA. Por JAVI...JAVIER SOLIS NOYOLA
 
TEMA 13 ESPAÑA EN DEMOCRACIA:DISTINTOS GOBIERNOS
TEMA 13 ESPAÑA EN DEMOCRACIA:DISTINTOS GOBIERNOSTEMA 13 ESPAÑA EN DEMOCRACIA:DISTINTOS GOBIERNOS
TEMA 13 ESPAÑA EN DEMOCRACIA:DISTINTOS GOBIERNOSjlorentemartos
 
SINTAXIS DE LA ORACIÓN SIMPLE 2023-2024.pptx
SINTAXIS DE LA ORACIÓN SIMPLE 2023-2024.pptxSINTAXIS DE LA ORACIÓN SIMPLE 2023-2024.pptx
SINTAXIS DE LA ORACIÓN SIMPLE 2023-2024.pptxlclcarmen
 
Registro Auxiliar - Primaria 2024 (1).pptx
Registro Auxiliar - Primaria  2024 (1).pptxRegistro Auxiliar - Primaria  2024 (1).pptx
Registro Auxiliar - Primaria 2024 (1).pptxFelicitasAsuncionDia
 
SELECCIÓN DE LA MUESTRA Y MUESTREO EN INVESTIGACIÓN CUALITATIVA.pdf
SELECCIÓN DE LA MUESTRA Y MUESTREO EN INVESTIGACIÓN CUALITATIVA.pdfSELECCIÓN DE LA MUESTRA Y MUESTREO EN INVESTIGACIÓN CUALITATIVA.pdf
SELECCIÓN DE LA MUESTRA Y MUESTREO EN INVESTIGACIÓN CUALITATIVA.pdfAngélica Soledad Vega Ramírez
 
programa dia de las madres 10 de mayo para evento
programa dia de las madres 10 de mayo  para eventoprograma dia de las madres 10 de mayo  para evento
programa dia de las madres 10 de mayo para eventoDiegoMtsS
 
Caja de herramientas de inteligencia artificial para la academia y la investi...
Caja de herramientas de inteligencia artificial para la academia y la investi...Caja de herramientas de inteligencia artificial para la academia y la investi...
Caja de herramientas de inteligencia artificial para la academia y la investi...Lourdes Feria
 
NARRACIONES SOBRE LA VIDA DEL GENERAL ELOY ALFARO
NARRACIONES SOBRE LA VIDA DEL GENERAL ELOY ALFARONARRACIONES SOBRE LA VIDA DEL GENERAL ELOY ALFARO
NARRACIONES SOBRE LA VIDA DEL GENERAL ELOY ALFAROJosé Luis Palma
 
DE LAS OLIMPIADAS GRIEGAS A LAS DEL MUNDO MODERNO.ppt
DE LAS OLIMPIADAS GRIEGAS A LAS DEL MUNDO MODERNO.pptDE LAS OLIMPIADAS GRIEGAS A LAS DEL MUNDO MODERNO.ppt
DE LAS OLIMPIADAS GRIEGAS A LAS DEL MUNDO MODERNO.pptELENA GALLARDO PAÚLS
 
Historia y técnica del collage en el arte
Historia y técnica del collage en el arteHistoria y técnica del collage en el arte
Historia y técnica del collage en el arteRaquel Martín Contreras
 
Estrategia de prompts, primeras ideas para su construcción
Estrategia de prompts, primeras ideas para su construcciónEstrategia de prompts, primeras ideas para su construcción
Estrategia de prompts, primeras ideas para su construcciónLourdes Feria
 
CALENDARIZACION DE MAYO / RESPONSABILIDAD
CALENDARIZACION DE MAYO / RESPONSABILIDADCALENDARIZACION DE MAYO / RESPONSABILIDAD
CALENDARIZACION DE MAYO / RESPONSABILIDADauxsoporte
 
RETO MES DE ABRIL .............................docx
RETO MES DE ABRIL .............................docxRETO MES DE ABRIL .............................docx
RETO MES DE ABRIL .............................docxAna Fernandez
 
cortes de luz abril 2024 en la provincia de tungurahua
cortes de luz abril 2024 en la provincia de tungurahuacortes de luz abril 2024 en la provincia de tungurahua
cortes de luz abril 2024 en la provincia de tungurahuaDANNYISAACCARVAJALGA
 
Manual - ABAS II completo 263 hojas .pdf
Manual - ABAS II completo 263 hojas .pdfManual - ABAS II completo 263 hojas .pdf
Manual - ABAS II completo 263 hojas .pdfMaryRotonda1
 
Lecciones 04 Esc. Sabática. Defendamos la verdad
Lecciones 04 Esc. Sabática. Defendamos la verdadLecciones 04 Esc. Sabática. Defendamos la verdad
Lecciones 04 Esc. Sabática. Defendamos la verdadAlejandrino Halire Ccahuana
 

Último (20)

EXPECTATIVAS vs PERSPECTIVA en la vida.
EXPECTATIVAS vs PERSPECTIVA  en la vida.EXPECTATIVAS vs PERSPECTIVA  en la vida.
EXPECTATIVAS vs PERSPECTIVA en la vida.
 
ACERTIJO DE LA BANDERA OLÍMPICA CON ECUACIONES DE LA CIRCUNFERENCIA. Por JAVI...
ACERTIJO DE LA BANDERA OLÍMPICA CON ECUACIONES DE LA CIRCUNFERENCIA. Por JAVI...ACERTIJO DE LA BANDERA OLÍMPICA CON ECUACIONES DE LA CIRCUNFERENCIA. Por JAVI...
ACERTIJO DE LA BANDERA OLÍMPICA CON ECUACIONES DE LA CIRCUNFERENCIA. Por JAVI...
 
Power Point: "Defendamos la verdad".pptx
Power Point: "Defendamos la verdad".pptxPower Point: "Defendamos la verdad".pptx
Power Point: "Defendamos la verdad".pptx
 
TEMA 13 ESPAÑA EN DEMOCRACIA:DISTINTOS GOBIERNOS
TEMA 13 ESPAÑA EN DEMOCRACIA:DISTINTOS GOBIERNOSTEMA 13 ESPAÑA EN DEMOCRACIA:DISTINTOS GOBIERNOS
TEMA 13 ESPAÑA EN DEMOCRACIA:DISTINTOS GOBIERNOS
 
SINTAXIS DE LA ORACIÓN SIMPLE 2023-2024.pptx
SINTAXIS DE LA ORACIÓN SIMPLE 2023-2024.pptxSINTAXIS DE LA ORACIÓN SIMPLE 2023-2024.pptx
SINTAXIS DE LA ORACIÓN SIMPLE 2023-2024.pptx
 
Registro Auxiliar - Primaria 2024 (1).pptx
Registro Auxiliar - Primaria  2024 (1).pptxRegistro Auxiliar - Primaria  2024 (1).pptx
Registro Auxiliar - Primaria 2024 (1).pptx
 
SELECCIÓN DE LA MUESTRA Y MUESTREO EN INVESTIGACIÓN CUALITATIVA.pdf
SELECCIÓN DE LA MUESTRA Y MUESTREO EN INVESTIGACIÓN CUALITATIVA.pdfSELECCIÓN DE LA MUESTRA Y MUESTREO EN INVESTIGACIÓN CUALITATIVA.pdf
SELECCIÓN DE LA MUESTRA Y MUESTREO EN INVESTIGACIÓN CUALITATIVA.pdf
 
programa dia de las madres 10 de mayo para evento
programa dia de las madres 10 de mayo  para eventoprograma dia de las madres 10 de mayo  para evento
programa dia de las madres 10 de mayo para evento
 
Caja de herramientas de inteligencia artificial para la academia y la investi...
Caja de herramientas de inteligencia artificial para la academia y la investi...Caja de herramientas de inteligencia artificial para la academia y la investi...
Caja de herramientas de inteligencia artificial para la academia y la investi...
 
NARRACIONES SOBRE LA VIDA DEL GENERAL ELOY ALFARO
NARRACIONES SOBRE LA VIDA DEL GENERAL ELOY ALFARONARRACIONES SOBRE LA VIDA DEL GENERAL ELOY ALFARO
NARRACIONES SOBRE LA VIDA DEL GENERAL ELOY ALFARO
 
DE LAS OLIMPIADAS GRIEGAS A LAS DEL MUNDO MODERNO.ppt
DE LAS OLIMPIADAS GRIEGAS A LAS DEL MUNDO MODERNO.pptDE LAS OLIMPIADAS GRIEGAS A LAS DEL MUNDO MODERNO.ppt
DE LAS OLIMPIADAS GRIEGAS A LAS DEL MUNDO MODERNO.ppt
 
Historia y técnica del collage en el arte
Historia y técnica del collage en el arteHistoria y técnica del collage en el arte
Historia y técnica del collage en el arte
 
La Trampa De La Felicidad. Russ-Harris.pdf
La Trampa De La Felicidad. Russ-Harris.pdfLa Trampa De La Felicidad. Russ-Harris.pdf
La Trampa De La Felicidad. Russ-Harris.pdf
 
Estrategia de prompts, primeras ideas para su construcción
Estrategia de prompts, primeras ideas para su construcciónEstrategia de prompts, primeras ideas para su construcción
Estrategia de prompts, primeras ideas para su construcción
 
CALENDARIZACION DE MAYO / RESPONSABILIDAD
CALENDARIZACION DE MAYO / RESPONSABILIDADCALENDARIZACION DE MAYO / RESPONSABILIDAD
CALENDARIZACION DE MAYO / RESPONSABILIDAD
 
RETO MES DE ABRIL .............................docx
RETO MES DE ABRIL .............................docxRETO MES DE ABRIL .............................docx
RETO MES DE ABRIL .............................docx
 
Sesión de clase: Defendamos la verdad.pdf
Sesión de clase: Defendamos la verdad.pdfSesión de clase: Defendamos la verdad.pdf
Sesión de clase: Defendamos la verdad.pdf
 
cortes de luz abril 2024 en la provincia de tungurahua
cortes de luz abril 2024 en la provincia de tungurahuacortes de luz abril 2024 en la provincia de tungurahua
cortes de luz abril 2024 en la provincia de tungurahua
 
Manual - ABAS II completo 263 hojas .pdf
Manual - ABAS II completo 263 hojas .pdfManual - ABAS II completo 263 hojas .pdf
Manual - ABAS II completo 263 hojas .pdf
 
Lecciones 04 Esc. Sabática. Defendamos la verdad
Lecciones 04 Esc. Sabática. Defendamos la verdadLecciones 04 Esc. Sabática. Defendamos la verdad
Lecciones 04 Esc. Sabática. Defendamos la verdad
 

2ensayo tributario

  • 1. Universidad Fermín Toro Sistema de aprendizaje interactivo a distancia Escuela de Derecho Liliana C. Cordero. P C.I: 15.729.986
  • 2. Potestad tributaria Ensayo Antes de profundizar en el tema es menester dejar en claro el término de potestad tributaria, que se refiere a la facultad para crear el tributo, con el fin de recaudar los recursos para que el estado pueda cubrir el gasto público, es decir, las necesidades del colectivo, en otras palabras es la fuerza que emana de la propia soberanía del Estado para exigir el cumplimiento de un hecho o norma, en este caso la obligación tributaria, En nuestra Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en su artículo 133 está establecido que quien tiene la capacidad para ejercer la potestad tributaria es únicamente el Estado, el cual igualmente es quien establece las obligaciones pecuniarias a sus contribuyentes, esto incluye la nación, los estados y los municipios. Esta facultad permite que se ejecuten los mandatos legales y se ejerza la fuerza coercitiva para el acto de pagar la deuda tributaria, dicha obligación permite también a esa institución el poder de crear, modificar o suprimir unilateralmente los tributos y de esta forma lograr que se cubra el gasto público del país y las necesidades del colectivo tal como lo mencionamos al inicio del ensayo. En ese sentido la potestad tributaria se clasifica según su origen, por Potestad Tributaria Originaria y Potestad Tributaria Derivada o Delegada, siendo la primera aquella que emana de la de la naturaleza y esencia misma del Estado, y en forma inmediata y directa de la Constitución de la República, en otras palabras, nace de la propia Carta magna o fundamental de un estado mientras que la potestad tributaria derivada; es la facultad de imposición que tiene el ente municipal y estadal para crear tributos mediante derivación en virtud de una ley que no emana de forma directa o indirecta de la constitución. Asimismo y para entender mejor el tema se hace imperativo mencionar las características de la potestad tributaria hace cumplir una obligación directamente dirigida a los particulares. Le confiere al Estado la libertad de manejar la deuda tributaria y su pago. Además satisface las necesidades sociales y del bien
  • 3. colectivo. Es abstracta, si se ejerce o no la facultad de aplicar los tributos y su cobro, el poder tributario existe radicado en el Estado aún antes de que se materialice su ejercicio. Es permanente, o también llamado connatural, por la existencia del Estado y no desaparece por caducidad, prescripción u otro motivo. Es irrenunciable, porque el poder de imponer tributos se utiliza para fines del bien común, como lo es cumplir con las necesidades de la población. Es indelegable, lo que quiere decir que solo por ley se pueden establecer tributos En ese orden de ideas la Potestad Tributaria se encuentra limitada por la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela atendiendo a los principios de Principio de Legalidad o Reserva Legal, Principio de Capacidad Contributiva, en ese sentido podemos destacar que las limitaciones de la potestad tributaria pueden dividirse en dos, por una parte explícitas o directas, las cuales vienen a ser aquellas derivadas de la propia Constitución y de las leyes que le sirven de ejecución, y por otra, las limitaciones implícitas o indirectas, las cuales constituyen los principios constitucionales que regulan la Hacienda pública, aplicables a la tributación municipal, representadas fundamentalmente en las garantías de legalidad, no confiscación y proporcionalidad del tributo y la prohibición de retroactividad de la ley tributaria. Ahora bien, dejando en claro los aspectos más importantes de la potestad tributaria se hace necesario discutir el punto de la competencia tributaria la cual es la facultad que el estado tiene de ejecutar los mandatos legales y obligar a los contribuyentes a pagar, la misma tiene sus fuentes en la ley, quiere decir que los principios básicos deben estar en la ley aunque puede presentarse una regulación reglamentaria de la competencia tributaria aunque eso a su vez lo estable y reconoce nuestra jurisprudencia venezolana, entonces concluimos que la competencia tributaria es la capacidad legal de crear estrategias en el Estado para gestionar y repartir la autoridad en diferentes poderes, en el caso de Venezuela, en los diferentes poderes públicos. De esta manera puede lograrse que los países extranjeros inviertan en nuestra economía y se reducen las limitaciones de la circulación de los niveles impositivos fiscales. Su evolución se debe a la
  • 4. globalización, esto permite que exista mayor movimiento del capital y mayor flujo de producción, generando empleos en el país y bienestar económico. Esta se clasifica: Primero, residual: conforme al principio propio de las federaciones, el ordinal del producto de lo recaudado por concepto de venta de especies fiscales. La ejecución, conservación, administración y aprovechamiento de las vías terrestres estadales. La conservación, administración y aprovechamiento de carreteras y autopistas nacionales, así como de puertos y aeropuertos de uso comercial, en coordinación con el Ejecutivo Nacional. Segundo, concurrente, que son las que aparecen cuando, dentro de una determinada materia, el Estado y la Comunidad Autónoma convergen en alguna de las funciones que se ejercen en relación con dicha materia. Tal sucede si el Estado se reserva la facultad de dictar las reglas básicas dejando a las Comunidades el desarrollo legislativo de la normativa de base. Tal sucede en materia de ordenación del crédito, banca y seguros. En definitiva, son las materias en las que la competencia estatal y la autonómica tienen funciones normativas que no se excluyen entre sí. Ahora bien, el Estado recibe ingresos por el petróleo, por el cobro de impuestos, por la venta de bienes producidos por empresas públicas, por utilidades que generan éstas mismas, por ventas o alquileres de propiedades, por multas impuestas, por emisión de bonos u obtención de créditos, entre otros. Cuando los ingresos provienen de impuestos se denominan ingresos tributarios, por el contrario, cuando provienen de fuentes distintas a los impuestos se denominan ingresos no tributarios. Actualmente en nuestro país el sistema impositivo concentra la competencia tributaria en los municipios y sus entes recaudadores, y en los entes nacionales con competencia tributaria dejando relegados a los Estados en cuanto su capacidad para crear y recaudar tributos. En términos generales, la competencia tributaria de los entes municipales debe ser entendida como la realización de la actividad fiscalizadora y recaudadora de los tributos, según la ley fundamental. La distinción y al mismo tiempo fusión entre el poder, la potestad y la competencia que le competen al Estado en su actividad financiera y tributaria, radica en comprobar la autonomía de los entes locales, contenido de las ordenanzas y
  • 5. entender que son complementarias para hacer cumplir las facultades del Estado como autoridad soberana. En ese orden de ideas los principios tributarios están contenidos tanto en la CRBV como en leyes especiales. Algunos limitan de manera directa la tributación municipal, mientras que otros lo hacen de forma indirecta, según veremos a continuación. Principios tributarios constitucionales que limitan la tributación municipal. Para comprender mejor el significado de estos principios, los dividiremos en dos grupos: los que limitan directamente la tributación municipal y los que la limitan de manera indirecta. Principios constitucionales que limitan de manera directa la tributación municipal. Estos principios se encuentran establecidos en el artículo 183 de la CRBV. Entonces, se les denomina también limitaciones explícitas al ejercicio de la potestad tributaria, tanto de los estados como de los Municipios. Los Estados y los Municipios no podrán: Crear aduanas ni impuestos de exportación, de importación o de tránsito sobre bienes nacionales o extranjeros, o sobre las demás materias rentísticas de la competencia nacional. Gravar bienes de consumo antes de que entren en circulación dentro de su territorio. Prohibir el consumo de bienes producidos fuera de su territorio, ni gravarlos en forma diferente a los producidos en él. En consecuencia, los Estados y Municipios sólo podrán gravar la agricultura, la cría, la pesca y la actividad forestal en la oportunidad, forma y medida que lo permita la Ley nacional. Los principios constitucionales que de manera indirecta limitan la tributación municipal. Existen principios constitucionales que de manera indirecta limitan la tributación municipal; son también llamadas limitaciones implícitas que se derivan de los artículos 316, 317 y 133 de la CRBV. Su acatamiento es obligatorio, tanto por el Poder Público Nacional, como por los poderes públicos estadal y municipal. Es por ello, que la LOPPM dispone, en el artículo 163, que en la creación de sus tributos los Municipios actuarán conforme a lo establecido en los artículos 316 y 317 de la CRBV. En conclusión y tomando en consideración lo antes expuesto decimos que La potestad tributaria es delegada al municipio por un ente originario como lo es el
  • 6. poder nacional, quien no establece un tributo sino que otorga la potestad al municipio como ente político-territorial, para la creación, recaudación y fiscalización de sus tributos. La Ley del Poder Público Municipal, establece diferencia entre el poder tributario y la potestad tributaria del municipio, ya que el poder se refiere a la facultad de los poderes públicos de crear tributos. La Potestad Tributaria Municipal, es la capacidad que posee los niveles del estado para la creación, recaudación y la administración de los tributos, siempre que esta, este enmarcada en el ámbito de la ley para la obtención de los mismos. De esa manera el municipio en su término de autónomo tiene la posibilidad de gestionar y resolver los asuntos de carácter local que le competen para lo cual cuenta con la potestad de elegir sus autoridades democráticamente, más en procesos dirigidos por el poder electoral y su órgano rector para lo cual el municipio no resulta independiente. Asimismo, la autonomía municipal está determinada en el artículo 168 constitucional, el cual expresamente enmarca que la misma no es ilimitada y que mas allá de todo los términos de autonomía e independencia no deben confundirse, en ese sentido o por el contrario se encuentra sometida a la Constitución y a las Leyes así como a los principios, garantías e instancias que las mismas generen en casa sección en función de los órganos del poder público y el ejecutivo nacional por sobre el municipal; el Tribunal Supremo de Justicia en sentencia de la Sala Constitucional de fecha 01 de octubre de 2003, No. 1680, ratifica que la autonomía municipal no se ha diseñado con carácter absoluto sino que por el contrario su carácter es relativo, es decir, dentro del marco de los principios y limitaciones del ordenamiento nacional en vigor. La potestad tributaria siendo el poder o facultad para tributar como ya se mencionó anteriormente es válidamente extensible a cada instancia del poder público, es así que a nivel municipal también se maneja la posesión de potestad tributaria o fiscal como solía llamarse, la misma es limitada y se encuentra totalmente delimitada en razón de las ordenanzas municipales, esta forma jurídica sublegal que el párrafo antecedente se dispuso es por excelencia la que ejerce la potestad tributaria pues como prevé el artículo 160 de la norma especial. Esta legislación estará orientada por los principios de la interdependencia,
  • 7. coordinación, cooperación, corresponsabilidad y subsidiariedad. Los Estados descentralizarán y transferirán a los Municipios los servicios y competencias que gestionen y que éstos estén en capacidad de prestar, así como la administración de los respectivos recursos, dentro de las áreas de competencias concurrentes entre ambos niveles del Poder Público. Los mecanismos de transferencia estarán regulados por el ordenamiento jurídico estadal.
  • 8. Referencias bibliográficas  Briceño A. Material informativo: “Los Tributos, su clasificación y Elementos” Universidad Fermín Toro  Cabanellas de Torres. G: “Diccionario Jurídico Elemental año 2010  Consulta web: Fecha y hora: Viernes 26-05-2017, 10:29 am https://www.google.co.ve/webhp?sourceid=chrome- instant&ion=1&espv=2&ie=UTF- 8#q=competencia+tributaria+concurrente  Ley Orgánica del Poder Público Municipal. Asamblea Nacional. República Bolivariana de Venezuela. Grazia, S. (2000)  La Tributación Estadal en la Nueva Constitución y el Situado Constitucional. Conferencia Procuraduría General del Estado Aragua. Maracay