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GUIA PARA EXPORTAR EN COLOMBIA
La leyMarco de ComercioExterior,LEY07 DE ENERO 16 DE 1.991, establecióloscriteriosgenerales
de política de comercio exterior, algunos de sus objetivos son:
- Impulsar la internacionalización de la economía colombiana para lograr un ritmo creciente y
sostenido de desarrollo.
- Impulsar la modernización y la eficiencia de la producción local, para mejorar su competitividad
internacional y satisfacer adecuadamente las necesidades del consumidor.
- Apoyar y facilitar la iniciativa privada y la gestión de distintos agentes económicos en las
operaciones de comercio exterior.
- Coordinar las políticas en materia de comercio exterior con las políticas arancelaria, cambiaria y
fiscal.
Para el logro de tales objetivos,la Ley Marco creó el Consejo Superior de Comercio exterior, el
Ministerio de Comercio Exterior, el Banco de Comercio Exterior y PROEXPORT. Las entidadesdel
sector se reorganizaron, entre ellas el INSTITUTO COLOMBIANO DE COMERCIO EXTERIOR -
INCOMEX.
Igualmente, se ha profundizado en el proceso de integración económica, ejemplos de ello los
Acuerdos de Complementación Económica con Chile y Argentina; los países miembros de la
ComunidadAndinahanadelantadola armonizacióndel Arancel ExternoComúnacercándose enla
configuración de una Unión Aduanera; el Tratado de Libre Comercioentre Colombia, Venezuela y
México (G-3); el Acuerdo sobre Comercio y Cooperación Económica y Técnica con los países del
CARICOM ( Mercado Común del Caribe ), los Acuerdos de Alcance Parcial con Panamá y Cuba,
además, los avances obtenidos en las negociaciones de un Acuerdo de Libre Comercio entre
Colombia, Venezuela y el Mercado Común Centroamericano y el Acuerdo de Complementación
Económica que se adelantaentre laComunidadAndinayel Mercosur ( Argentina,Brasil,Paraguay
y Uruguay ).
Siendo consciente del papel fundamental que cumplen las exportaciones en el desarrollo de los
objetivos planteados en la Ley Marco de Comercio Exterior, el Gobierno Nacional ha venido
desarrollando medidas que facilitan y simplifican los trámites que los exportadores debenrealizar
ante las diferentes entidades oficiales.
Para simplificartrámites:El registrode las exportacionesante INCOMEX,actualmente esposterior
y en su trámite no participa el exportador.Se unificó en el Documento de Exportación "DEX", el
Registrode Exportación,laModificaciónal Registrode Exportacióny el Manifiestode Exportación.
Porlo tanto,endichodocumentoquedanconsignadaslasoperacionesde:Embarque,registroysus
modificaciones. El INCOMEX unificó los Formularios utilizados para el Registro de Productor
Nacional y de Determinación de Origen.
Igualmente, se actualizaron y simplificaron los procedimientos relacionados con Los Sistemas
Especiales de Importación y Exportación, creándose los programas de repuestos.
Para facilitar operaciones cambiarias:
Se facultóa losintermediariosFinancierospararealizaroperacionescambiarias(Pueden,portanto,
transferir o negociar las divisas sujetas a control, es el caso de las divisas generadas por las
exportaciones). Se han desarrollado una serie de medidas tendientes a estimular la inversión
extranjera.
Igualmente,se confirmaronlos Sistemas Especiales de Importación - Exportación y el CERT, como
instrumentos de primera importancia para la promoción de las exportaciones. En este mismo
sentido, se privatizaron las Zonas Francas.
INCENTIVOS A LAS EXPORTACIONES
Por la importanciaque las exportacionestienenparala actividadeconómicadel país, se ha venido
trabajando especialmente a partir de 1967, en la consolidación de mecanismos que las estimulen,
con el propósitode fortalecerymodernizarel aparato productivo,incrementandoydiversificando
las exportaciones y sus mercados de destino, para con ello aumentar el ingreso de divisas y lograr
un desarrollo equilibrado.
Los incentivos que mencionaremos brevemente a continuación, en combinación con las
preferencias o exenciones arancelarias que conceden en el exterior a nuestros productos, son
elementosque losexportadoresdebenaprovecharparapromoverla ampliacióndel mercadopara
sus productos.
1. INCENTIVOS FISCALES
1.1 Certificado de Reembolso Tributario ( CERT )
Creadopor la Ley 48 de 1983, como un instrumentode apoyoa lasexportacionesysus niveleslos
fijael GobiernoNacional,de acuerdoconlosproductosylascondicionesde losmercadosalosque
se exporten.
El CERT esun título intangible,librementenegociable porel beneficiarioenel mercadosecundario
outilizableparael pagode impuestossobrelaRentay Complementarios,GravámenesArancelarios,
Impuestos sobre las Ventas (IVA) y otros impuestos, dentro de los dos años siguientes a su
expedición.
El CERT se liquida sobre el valor FOB de las exportaciones ordinarias y sobre el valor del agregado
nacional de las exportacionesrealizadasbajolosregímenesde SistemasEspecialesde Importación
- Exportación y de Zonas Francas.
1..2 Impuestos Indirectos
La exportaciónestáexentadelimpuestosobre lasventas(I.V.A.)yde cualquiergravamenmunicipal
o departamental.
2. INCENTIVOS ARANCELARIOS
2.1 Gravámenes a la Exportación
Las exportaciones no tradicionales están exentas de gravámenes arancelarios a la exportación.
2.2 Sistemas Especiales de Importación - Exportación
Los Sistemas Especiales, permiten la introducción al país por parte de personas que tengan el
carácter de empresarios;productores,exportadoresocomercializadores,bajounrégimenespecial,
con exencióntotal oparcial de gravamenarancelarioyde IVA:materiasprimas,insumos,bienesde
capital y repuestos,paraserutilizadosenlaproducciónde bienesprioritariamentedestinadosasu
venta en el exterior.
2.3 Zonas Francas Industriales y Comerciales
Las zonas francas actualmente son de carácter privado y se definen como áreas extraterritoriales
localizadas dentro del país con un régimen aduanero, cambiario y tributario especial, y se
constituyenconel objetode promovere incrementarlasexportaciones,generarempleo,fomentar
la inversión extranjera, estimular la transferencia de tecnología y en términos generales, el
desarrollo económico y social de la región donde se establezcan.
El régimen especial para las zonas francas prevé principalmente:
- Exención del impuesto sobre la renta, proveniente de exportaciones.
- Exención del impuesto sobre la remesa de utilidades al exterior.
- Los materialesyequiposde construcción,lasmateriasprimase insumos,así como la maquinaria
para plantas manufactureras se pueden importar libres de aranceles.
- Total libertad cambiaria y para la inversión extranjera.
- Procedimientos aduaneros simplificados.
3. INCENTIVOS FINANCIEROS
El gobiernobuscaaportarrecursosde inversiónparafinanciarprogramasde reconversiónindustrial
y de promocióntecnológica,asícomo facilitarprocesosde colocaciónde nuestrosproductosenel
exterior, a través de líneas de crédito que ofrecen las siguientes entidades:
3.1. Banco de Comercio Exterior - BANCOLDEX
El Banco de ComercioExteriortiene comoobjetofundamentallapromociónde lasexportacionesa
través de la financiaciónde las operacionesproductivasycomercialesque conducena la ventade
un producto nacional al exterior. Las líneas de créditoque ofrece el Banco, en dólareso en pesos,
cubrenentre otros:proyectosde asistenciatécnica;operacionesde preembarque ypostembarque
de las exportaciones.
3.2. Banco de la República e Instituto de Fomento Industrial
El Bancode la Repúblicaotorgacréditosal sectorprivadoatravésde losintermediariosfinancieros,
con base en líneas externas contratadas con organismos multilaterales. Estas líneas de crédito
puedenserenpesosoendólares,conosinsegurode riesgocambiarioyestándirigidasapromover
el desarrollo de proyectos de modernización de la industria.
3.3. Leasing Internacional
El leasing se define como un servicio financiero, que busca suplir las necesidades de maquinaria y
equipo de las empresas, por medio del arrendamiento de las mismas. Facilita sus procesos
productivos,puestoque permitealasempresasque tenganproblemasde liquidezoque no quieran
afectar su potencial de crédito, contratar en arrendamiento, con o sin opción de compra, la
maquinaria y el equipo que requieran.
4. INCENTIVOS CAMBIARIOS
El nuevo régimen cambiario establece mecanismos que facilitan las transacciones con el exterior.
De igual manera, se establece en el estatutode inversiones extranjeras un tratamiento igualitario
en relación a la inversión de nacionales residentes.
5. SOCIEDADES DE COMERCIALIZACION INTERNACIONAL
Su objetoprincipal esla promocióny comercializaciónde productosde exportaciónydisponende
los siguientes beneficios.
- Están facultadastanto para fabricar o producirmercancías destinadasal mercadoexterno,como
paracomprarlasal productornacional paraposteriormenteserexportadas,dentrode losseismeses
siguientes.
- Las exportaciones por ellas realizadas tiene derecho al CERT, acordando con el productor su
distribución.
- Se pueden beneficiar de los créditos de Fomento de Bancoldex.
- Pueden comprar bienes en el mercado nacional sin el pago de IVA, siempre y cuando sean
exportados dentro de los seis (6) meses siguientes a la expedicióndel Certificado de Compra al
productor.
- PuedenutilizarlosSistemasEspecialesde Importación - Exportaciónparadesarrollarsu actividad
exportadora.
- Pueden realizar actividades de exportación con las zonas francas.
6. SISTEMAS DE INFORMACIÓN Y PROMOCIÓN DE LAS EXPORTACIONES
Por la importancia para el desarrollo social y económico que tienen las exportaciones, se vienen
implementandoatravésde lasentidadesdel sectordel comercioexterior:Ministeriode Comercio
Exterior,InstitutoColombianode ComercioExterioryProexportColombia,canalesde información
y capacitacióna los usuariosexportadoresocon potencial de exportación.,dirigidaprincipalmente
a los siguientes temas:
Trámites de exportación, estudios de mercado, Oportunidades comerciales, Oferta Exportable de
bienes y servicios, Demanda potencial de los productos exportables,Acuerdos Comerciales, y
Preferencias Arancelarias.
Además, Proexport Colombia ofrece servicios fundamentales para la comercialización de los
productoscolombianos,comoson orientación,asesoríayfinanciaciónde la participaciónenferias
internacionales y misiones comerciales.
También el exportador puede encontrar información en las Cámaras de Comercio Nacionales y
Binacionales.
REGIMENES ADUANEROS DE EXPORTACION
EXPORTACION:Operaciónque supone lasalidalegal de mercancíasde unterritorioaduanerohacia
una Zona Franca Industrial oa otro país, y que produce como contrapartidaun ingresode divisas.
En Colombia se consideran cuatro Regímenes aduaneros: la exportación definitiva, la exportación
temporal para el perfeccionamiento pasivo, la exportación temporal para reimportación en el
mismo estado y el reembarque.
EXPORTACION DEFINITIVA:Esel régimenaduaneroaplicablealasmercancías nacionalesode libre
disposiciónque salenlegalmentedel territorioaduanerocolombianoaunazona francaindustrial o
a otro país, para su uso o consumo definitivo. Las exportaciones definitivas presentan dos
modalidades: con o sin reintegro.
EXPORTACION TEMPORAL PARA EL PERFECCIONAMIENTO PASIVO: Es el régimen aduanero que
permite exportar temporalmente mercancía de libre circulación en el territorio aduanero
colombiano con el propósito de que sean sometidas a transformación, elaboración o reparación,
para importarlas dentro del plazo que se autorice.
EXPORTACION TEMPORALPARA REIMPORTACIONEN ELMISMOESTADO:Esel régimenque permite
la salida transitoria del país de mercancías nacionales con fines diferentes a transformación,
elaboración o reparación, para ser reimportadas dentro del plazo que se autorice.
REEMBARQUE: Es el régimen que permite el embarque de mercancías importadas antes de la
presentación de la declaracióno antes de la expiración del término legal de abandono,siempre y
cuandose reúnanlosrequisitosexigidosparael régimenaduaneroa que ibadestinadalamercancía
Está prohibida la exportación de bienes que formen parte del patrimonio artístico, histórico y
arqueológico de la Nación. Igualmente está prohibida la exportación de drogas o narcóticos y
ejemplares de la fauna y la flora silvestre en vías de extinción.
REGISTRO NACIONAL DE EXPORTADORES
Por medio del Artículo 69 de la Ley 6 del 30 de junio de 1.992, se adicionó el Artículo 507 del
ESTATUTO TRIBUTARIO, conel objeto de crear un REGISTRO ESPECIAL PARA LOS EXPORTADORES:
"Artículo 1º : A partir del 1o. de enero de 1.993, constituirá requisito indispensable para los
exportadores,solicitantesde devolucionesocompensacionesporlossaldosdel impuestosobre las
ventas generados por operaciones efectuadas desde tal fecha, la inscripción en el REGISTRO
NACIONAL DE EXPORTADORES previo a la realización de las operaciones que dan derecho a
devolución".
Por medio de la Resolución 437 del 1o. de abril de 1.993 del INCOMEX se estableció el siguiente
procedimiento para la inscripción:
- Solicitud del formulario de inscripción
Se solicita en las Oficinas Seccionales o Regionales del INCOMEX el formulario denominado
"REGISTRO NACIONAL DE EXPORTADORES".
- Inscripción en el Registro Nacional de Exportadores
Ante la Oficinas mencionadas, se presenta el formulario diligenciado en todas sus partes,
adjuntando:
- Fotocopia autenticada del NIT O C.C, y
- Original del Certificadode ExistenciayRepresentaciónLegal oRegistroMercantil,expedidoporla
Cámara de Comercio del lugar donde se encuentra domiciliada la sede principal de actividades de
la sociedado personanatural,con fechade expediciónnomayora tres mesesala fecha enque se
presente el formulario.
El INCOMEX procede a efectuar la inscripción de conformidad con los requisitos exigidos,
devolviendo al usuario dos copias del registro, una para su archivo y la otra para remitirla a la
Administraciónde Impuestosantesde efectuarlaexportación,conel objetode solicitarluegode la
exportación la devolución del impuesto sobre las ventas.
De acuerdoal Artículo3o.de la Resolución437de 1993, el registrotiene validezporunañocontado
a partir de la fecha de su inscripción.
El Artículo 43o. del Decreto 2076 del 23 de diciembre de 1992 establece que "la renovación del
registro será anual y deberá efectuarse en las fechas que para el efecto señale el Gobierno
Nacional".
PASOS PARA EFECTUAR UNA EXPORTACION
Los trámitesque se mencionanacontinuaciónse siguenentodaexportacióncon la excepción de:
- Las exportaciones sin reintegro
- Las exportaciones temporales, y
- La mercancía que fuera importada en forma temporal o definitiva y que sea reexportada.
Por cuanto estas exportacionesrequierenlaautorizaciónpreviadel INCOMEX,que se da con base
en el cumplimiento de unos requisitos adicionales.
1. Estudio de Mercado y de la Demanda Potencial
La exportación supone inicialmente un estudio del mercado internacional, tanto para la
determinación del precio adecuado, como para el conocimiento de la demanda de nuestros
productos. En este estudio le colaboran al exportador el BANCO DE COMERCIO EXTERIOR -
BANCOLDEX Y PROEXPORT, pues brindan información sobre la demanda internacional,la mejor
manera de posicionar nuestros productos en el exterior y asesoría sobre las posibilidades de
financiación de nuestras exportaciones.
Solo un adecuado estudio de mercado brindará un conocimiento al exportador sobre las
oportunidadesque ofrecenlosmercadosdel exterior.Paraunbuenestudiode mercadose deberá:
- Determinar el alcance y los objetivos del estudio.
- Tener una idea general sobre el comercio internacional del producto, tanto cuantitativa, como
cualitativamente.Para ello deberá realizar una recolección de datos sobre la oferta y demanda
internacional del productoyvalorarlaproducción, la exportación y las importaciones del mismo.
- Identificar y evaluar los posibles demandantes del producto. Así mismo, investigar los usos
alternativos del producto y los requerimientos de producción.
- Identificar los posibles canales de distribución y los eventosferiales a través de los cuales puede
acceder al mercado.
- Estudiar las características específicas de cada mercado, los hábitos y preferencias de los
consumidores, los requisitos comerciales y documentarios exigidos.
- Conocerlasnormase impuestosarancelariosynoarancelariosde lasimportacionesyel comercio
en cada mercado. En este sentido, es importante identificar los acuerdos comerciales que
establecen preferencias o exenciones en la importación al mercado en estudio.
- Comprender los elementos y mecanismos de fijación de los precios internacionales.
Es indispensable para los exportadores conocer exactamente los requisitos sanitarios, normas
técnicas,de marcado,de empaque yembalajeydemásque puedanexigirlaautoridadesdel paísde
destino para la introducción de sus productos, lo que le evitará innumerables problemas y costos
una vez despachados los productos.
La reducción de los costos y la optimización de la calidad, son los elementos fundamentales de la
determinación de la competitividad internacional del producto. Por ello el exportador deberá
evaluarloscostosygastosque mencionaremosacontinuación,paraofrecersusproductosaprecios
realmente competitivosyteniendoencuentalostérminosde cotizacióninternacional( INCOTERMS
).
EXPORTACIONES TEMPORALES
Para las exportaciones temporales el Decreto 2666/84 contempla dos alternativas: para
perfeccionamiento pasivo y para reimportación en el mismo estado.
1. EXPORTACIÓN TEMPORAL PARA PERFECCIONAMIENTO PASIVO
Para este régimen el trámite se inicia con la solicitud de aprobación por parte de INCOMEX de la
importación ( el formulario de Registro de Importación debe acompañarse del contrato de
perfeccionamiento respectivo ) de los productos compensadores o sus equivalentes .
Una vez obtenida la aprobación se podrán iniciar las diligencias para la exportación (siguiendo los
pasos mencionados mas adelante).La exportación temporal para perfeccionamiento pasivo y la
importacióncorrespondiente deberánrealizarse porlamismaAduana,dentrodel plazoautorizado
en el Registro de Importación.
La importación de los productos compensadores causa tributos sobre el valor agregado en el
exterior,el cual esel resultadode restarle al valor del productocompensador(importado) el valor
de la mercancía exportada para su perfeccionamiento.
En el diagramaque encuentraacontinuaciónseenuncianlospasosbásicosde unaExportaciónpara
Perfeccionamiento Pasivo,se aclara que aunque no se mencionan los trámites de vistos buenos u
otros requisitos exigidos en relación al tipo de producto a exportar o importar, estos deben
cumplirse.
1. Radicación en ventanilla del INCOMEX de la fotocopia autenticada de la c.c. o del NIT.
2. Compra y diligenciamiento por parte del usuario del formulario de registro de importación.
3. Radicación en ventanilla del INCOMEX del formulario de registro de importación.
4. Aprobación del registro o licencia de importación por parte del INCOMEX.
5. Diligenciamiento y liquidación de la Garantía de reimportación,por el 30 % del valor FOB de la
exportaciónconbase enla tasa representativadel mercadodel viernesde lasemanaanteriora su
presentación. |
6. El exportador adquiere y diligencia el documento de exportación. Radica el Documento en el
INCOMEX, acompañado de la garantía de reimportación y del registro o licencia de importación,
para que se le autorice la exportación.
7. El exportadorefectúalaexportaciónparasuperfeccionamientoenel exterior,paraellopresenta
el documentode exportaciónenlaDIAN yadjunta:el Documentode identidadoel que acredite su
autorización, el documento de transporte,la factura comercial y en caso de requerirse el registro
sanitario, autorización expresa o inscripciones ante las entidades correspondientes.
El funcionario de la DIAN efectúa la revisión documental y física de la mercancía en caso de
considerarlo conveniente y autoriza el despacho de la mercancía.
El contratista efectúa el perfeccionamiento de acuerdo a lo convenido y despacha la mercancía
hasta puerto colombiano.
La transportadora elabora manifiesto de carga para la verificación de ésta por parte de la
administración de aduanas
8. Se diligenciaDeclaraciónde Importación,labase gravable para liquidarlostributosse obtendrá
de la diferencia entre el valor del producto compensador ( importado ) y el valor de la mercancía
exportada (diferencia a la que se adicionan los gastos de transporte externo y el seguro
correspondiente).Latasa de cambioaplicable para la liquidaciónesla representativadel mercado
que informe la SuperintendenciaBancariapara el últimodía hábil de la semanaanteriora la fecha
de presentación de la Declaración.
9. Se presenta la Declaración de Importación en los bancos autorizados en forma anticipada
(máximodentrode los15 días previosa la llegadade la mercancía ) o una vez llegue lamercancía,
y se cancelan los tributos aduaneros.
10. Se presenta la declaración de importación en los depósitos de aduanas. Los siguientes
documentospodránser requeridosporel inspectorde la DIAN: registroo licenciade importación,
facturacomercial,documentodetransporte,certificadodeorigen,registroopermisosanitarioode
otra índole,listade empaque,poderomandato,la declaraciónde valor.Así mismo,la declaración
de exportación y la garantía de reimportación.
11. El usuario efectúa el levante de la mercancía.
2. EXPORTACIONES TEMPORALES PARA REIMPORTACION EN EL MISMO ESTADO
2. EXPORTACIONES TEMPORALES PARA REIMPORTACION EN EL MISMO ESTADO
Las exportaciones temporales para reimportación en el mismo estado,no requierenel trámite de
registrode importación,ni generanenla reimportaciónel pagode tributosaduaneros, porcuanto
no sufren transformacióno elaboración en el exterior. El procedimientopara estas exportaciones
es el siguiente:
1. Diligenciamiento y liquidación de la garantía de reimportación, por el 30 % del valor FOB de la
exportaciónyconbase enlatasa representativadelmercadodelviernesde lasemanaanteriorasu
presentación.
2. El exportadoradquiereydiligenciaeldocumentode exportaciónenlaadministracióndeaduanas.
Radica el documentoenel INCOMEX, acompañadode la garantía de reimportación,paraque se le
autorice la exportación.
3. El exportadorefectúalaexportaciónpara que la mercancía se exhibaenel exterior,opreste un
servicio, o cualquier otro fin que no modifique su estado; para ello presenta el Documento de
exportaciónenlaadministraciónde laDIAN yadjunta:el documentode identidadoel que acredite
suautorización,el documentode transporte,lafacturacomercialysi se requierenregistrosanitario,
autorización expresa o inscripciones ante las entidades correspondientes.
El funcionario de la DIAN efectúa la revisión documental y física de la mercancía en caso de
considerarlo conveniente y autoriza el despacho de la mercancía
Una vezla mercancía cumple lafunciónparala cual fue exportada,se despachalamercancía hasta
puerto colombiano.
La transportadora elabora Manifiesto de carga para la verificación de ésta por parte de la
Administración de Aduanas
4. Se diligencia Declaración de Importación, sin liquidar tributos aduaneros
5. Se presenta la Declaración de Importación en los bancos autorizados en forma anticipada
(máximodentrode los15 días previosa la llegadade la mercancía ) o una vez llegue lamercancía,
y se cancelan los tributos aduaneros.
6. Se presenta la Declaración de Importación en los depósitos de Aduanas. Los siguientes
documentospodránserrequeridosporel inspectorde laDIAN:Documentode transporte,podero
mandato, la Declaración de Exportación y la garantía de reimportación.
7. El usuario efectúa el levante de la mercancía.
En lasexportacionestemporalesse debe tenerencuentalasconsideracionesque acontinuaciónse
enuncian:
1. Tanto en la garantía, como en la casilla 39 del DEX (Descripción de la Mercancía), debe hacerse
clara indicacióndel objetode la exportación(Porejemplo:Exhibiciónenuna FeriaInternacional)y
del tiempo de permanencia en el exterior.
Para lareimportaciónenel mismoestadose estableció,pormediodel Artículo37del Decreto1909
de 1.992, que la declaración de importación deberá presentarse dentro del año siguiente a la
exportación de la mercancía, salvo que se autorice un plazo mayor por la DIAN.
Para la reimportación por perfeccionamiento pasivo, el plazo corresponderá al requerido en el
exterior acordado por el exportador para la transformación o elaboración.
2. Unavezse realice lareimportación,elexportadordebesolicitarlaCANCELACIONDELA GARANTIA
DE REIMPORTACION.
Para lacancelación,el exportadorradicacopiasde laDeclaraciónde Reimportaciónyde laGarantía
en la Oficina Regional o Seccional del INCOMEX, junto a un oficio de solicitud de cancelación.
3. En el evento que se efectuara la venta de los bienes exportados Temporalmente para
reimportaciónenel mismoestadoenel exterior,el exportadormodificael régimenylamodalidad
indicadosenladeclaraciónde exportación,dentrode losplazosestipuladosenlagarantía( teniendo
en cuenta el cumplimiento de las obligaciones cambiarias conforme a la Resolución 21/93 ), a
definitivaconreintegro.Entonces,procedearecibirel pago de la exportaciónya efectuarla venta
de las divisas.
Este material fue preparado por la Oficina de Apoyo y Facilitación al Usuario del Instituto
Colombiano de Comercio Exterior, principalmente con base en las siguientes normas:
- Decreto2666 de octubre 26 de 1.984. - Decreto1144 del 31 de mayo de 1.990. - Resolución3492
del 24 de agosto de 1.990 de la DIAN. - CircularesPostalesSOE 29/90, 40/90 y 15/91 del INCOMEX.
- Resolución 21 de septiembre 2 de 1.993 de la J.D.B.R.

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  • 1. GUIA PARA EXPORTAR EN COLOMBIA La leyMarco de ComercioExterior,LEY07 DE ENERO 16 DE 1.991, establecióloscriteriosgenerales de política de comercio exterior, algunos de sus objetivos son: - Impulsar la internacionalización de la economía colombiana para lograr un ritmo creciente y sostenido de desarrollo. - Impulsar la modernización y la eficiencia de la producción local, para mejorar su competitividad internacional y satisfacer adecuadamente las necesidades del consumidor. - Apoyar y facilitar la iniciativa privada y la gestión de distintos agentes económicos en las operaciones de comercio exterior. - Coordinar las políticas en materia de comercio exterior con las políticas arancelaria, cambiaria y fiscal. Para el logro de tales objetivos,la Ley Marco creó el Consejo Superior de Comercio exterior, el Ministerio de Comercio Exterior, el Banco de Comercio Exterior y PROEXPORT. Las entidadesdel sector se reorganizaron, entre ellas el INSTITUTO COLOMBIANO DE COMERCIO EXTERIOR - INCOMEX. Igualmente, se ha profundizado en el proceso de integración económica, ejemplos de ello los Acuerdos de Complementación Económica con Chile y Argentina; los países miembros de la ComunidadAndinahanadelantadola armonizacióndel Arancel ExternoComúnacercándose enla configuración de una Unión Aduanera; el Tratado de Libre Comercioentre Colombia, Venezuela y México (G-3); el Acuerdo sobre Comercio y Cooperación Económica y Técnica con los países del CARICOM ( Mercado Común del Caribe ), los Acuerdos de Alcance Parcial con Panamá y Cuba, además, los avances obtenidos en las negociaciones de un Acuerdo de Libre Comercio entre Colombia, Venezuela y el Mercado Común Centroamericano y el Acuerdo de Complementación Económica que se adelantaentre laComunidadAndinayel Mercosur ( Argentina,Brasil,Paraguay y Uruguay ). Siendo consciente del papel fundamental que cumplen las exportaciones en el desarrollo de los objetivos planteados en la Ley Marco de Comercio Exterior, el Gobierno Nacional ha venido desarrollando medidas que facilitan y simplifican los trámites que los exportadores debenrealizar ante las diferentes entidades oficiales. Para simplificartrámites:El registrode las exportacionesante INCOMEX,actualmente esposterior y en su trámite no participa el exportador.Se unificó en el Documento de Exportación "DEX", el Registrode Exportación,laModificaciónal Registrode Exportacióny el Manifiestode Exportación. Porlo tanto,endichodocumentoquedanconsignadaslasoperacionesde:Embarque,registroysus modificaciones. El INCOMEX unificó los Formularios utilizados para el Registro de Productor Nacional y de Determinación de Origen. Igualmente, se actualizaron y simplificaron los procedimientos relacionados con Los Sistemas Especiales de Importación y Exportación, creándose los programas de repuestos. Para facilitar operaciones cambiarias:
  • 2. Se facultóa losintermediariosFinancierospararealizaroperacionescambiarias(Pueden,portanto, transferir o negociar las divisas sujetas a control, es el caso de las divisas generadas por las exportaciones). Se han desarrollado una serie de medidas tendientes a estimular la inversión extranjera. Igualmente,se confirmaronlos Sistemas Especiales de Importación - Exportación y el CERT, como instrumentos de primera importancia para la promoción de las exportaciones. En este mismo sentido, se privatizaron las Zonas Francas. INCENTIVOS A LAS EXPORTACIONES Por la importanciaque las exportacionestienenparala actividadeconómicadel país, se ha venido trabajando especialmente a partir de 1967, en la consolidación de mecanismos que las estimulen, con el propósitode fortalecerymodernizarel aparato productivo,incrementandoydiversificando las exportaciones y sus mercados de destino, para con ello aumentar el ingreso de divisas y lograr un desarrollo equilibrado. Los incentivos que mencionaremos brevemente a continuación, en combinación con las preferencias o exenciones arancelarias que conceden en el exterior a nuestros productos, son elementosque losexportadoresdebenaprovecharparapromoverla ampliacióndel mercadopara sus productos. 1. INCENTIVOS FISCALES 1.1 Certificado de Reembolso Tributario ( CERT ) Creadopor la Ley 48 de 1983, como un instrumentode apoyoa lasexportacionesysus niveleslos fijael GobiernoNacional,de acuerdoconlosproductosylascondicionesde losmercadosalosque se exporten. El CERT esun título intangible,librementenegociable porel beneficiarioenel mercadosecundario outilizableparael pagode impuestossobrelaRentay Complementarios,GravámenesArancelarios, Impuestos sobre las Ventas (IVA) y otros impuestos, dentro de los dos años siguientes a su expedición. El CERT se liquida sobre el valor FOB de las exportaciones ordinarias y sobre el valor del agregado nacional de las exportacionesrealizadasbajolosregímenesde SistemasEspecialesde Importación - Exportación y de Zonas Francas. 1..2 Impuestos Indirectos La exportaciónestáexentadelimpuestosobre lasventas(I.V.A.)yde cualquiergravamenmunicipal o departamental. 2. INCENTIVOS ARANCELARIOS 2.1 Gravámenes a la Exportación Las exportaciones no tradicionales están exentas de gravámenes arancelarios a la exportación. 2.2 Sistemas Especiales de Importación - Exportación
  • 3. Los Sistemas Especiales, permiten la introducción al país por parte de personas que tengan el carácter de empresarios;productores,exportadoresocomercializadores,bajounrégimenespecial, con exencióntotal oparcial de gravamenarancelarioyde IVA:materiasprimas,insumos,bienesde capital y repuestos,paraserutilizadosenlaproducciónde bienesprioritariamentedestinadosasu venta en el exterior. 2.3 Zonas Francas Industriales y Comerciales Las zonas francas actualmente son de carácter privado y se definen como áreas extraterritoriales localizadas dentro del país con un régimen aduanero, cambiario y tributario especial, y se constituyenconel objetode promovere incrementarlasexportaciones,generarempleo,fomentar la inversión extranjera, estimular la transferencia de tecnología y en términos generales, el desarrollo económico y social de la región donde se establezcan. El régimen especial para las zonas francas prevé principalmente: - Exención del impuesto sobre la renta, proveniente de exportaciones. - Exención del impuesto sobre la remesa de utilidades al exterior. - Los materialesyequiposde construcción,lasmateriasprimase insumos,así como la maquinaria para plantas manufactureras se pueden importar libres de aranceles. - Total libertad cambiaria y para la inversión extranjera. - Procedimientos aduaneros simplificados. 3. INCENTIVOS FINANCIEROS El gobiernobuscaaportarrecursosde inversiónparafinanciarprogramasde reconversiónindustrial y de promocióntecnológica,asícomo facilitarprocesosde colocaciónde nuestrosproductosenel exterior, a través de líneas de crédito que ofrecen las siguientes entidades: 3.1. Banco de Comercio Exterior - BANCOLDEX El Banco de ComercioExteriortiene comoobjetofundamentallapromociónde lasexportacionesa través de la financiaciónde las operacionesproductivasycomercialesque conducena la ventade un producto nacional al exterior. Las líneas de créditoque ofrece el Banco, en dólareso en pesos, cubrenentre otros:proyectosde asistenciatécnica;operacionesde preembarque ypostembarque de las exportaciones. 3.2. Banco de la República e Instituto de Fomento Industrial El Bancode la Repúblicaotorgacréditosal sectorprivadoatravésde losintermediariosfinancieros, con base en líneas externas contratadas con organismos multilaterales. Estas líneas de crédito puedenserenpesosoendólares,conosinsegurode riesgocambiarioyestándirigidasapromover el desarrollo de proyectos de modernización de la industria. 3.3. Leasing Internacional El leasing se define como un servicio financiero, que busca suplir las necesidades de maquinaria y equipo de las empresas, por medio del arrendamiento de las mismas. Facilita sus procesos
  • 4. productivos,puestoque permitealasempresasque tenganproblemasde liquidezoque no quieran afectar su potencial de crédito, contratar en arrendamiento, con o sin opción de compra, la maquinaria y el equipo que requieran. 4. INCENTIVOS CAMBIARIOS El nuevo régimen cambiario establece mecanismos que facilitan las transacciones con el exterior. De igual manera, se establece en el estatutode inversiones extranjeras un tratamiento igualitario en relación a la inversión de nacionales residentes. 5. SOCIEDADES DE COMERCIALIZACION INTERNACIONAL Su objetoprincipal esla promocióny comercializaciónde productosde exportaciónydisponende los siguientes beneficios. - Están facultadastanto para fabricar o producirmercancías destinadasal mercadoexterno,como paracomprarlasal productornacional paraposteriormenteserexportadas,dentrode losseismeses siguientes. - Las exportaciones por ellas realizadas tiene derecho al CERT, acordando con el productor su distribución. - Se pueden beneficiar de los créditos de Fomento de Bancoldex. - Pueden comprar bienes en el mercado nacional sin el pago de IVA, siempre y cuando sean exportados dentro de los seis (6) meses siguientes a la expedicióndel Certificado de Compra al productor. - PuedenutilizarlosSistemasEspecialesde Importación - Exportaciónparadesarrollarsu actividad exportadora. - Pueden realizar actividades de exportación con las zonas francas. 6. SISTEMAS DE INFORMACIÓN Y PROMOCIÓN DE LAS EXPORTACIONES Por la importancia para el desarrollo social y económico que tienen las exportaciones, se vienen implementandoatravésde lasentidadesdel sectordel comercioexterior:Ministeriode Comercio Exterior,InstitutoColombianode ComercioExterioryProexportColombia,canalesde información y capacitacióna los usuariosexportadoresocon potencial de exportación.,dirigidaprincipalmente a los siguientes temas: Trámites de exportación, estudios de mercado, Oportunidades comerciales, Oferta Exportable de bienes y servicios, Demanda potencial de los productos exportables,Acuerdos Comerciales, y Preferencias Arancelarias. Además, Proexport Colombia ofrece servicios fundamentales para la comercialización de los productoscolombianos,comoson orientación,asesoríayfinanciaciónde la participaciónenferias internacionales y misiones comerciales. También el exportador puede encontrar información en las Cámaras de Comercio Nacionales y Binacionales.
  • 5. REGIMENES ADUANEROS DE EXPORTACION EXPORTACION:Operaciónque supone lasalidalegal de mercancíasde unterritorioaduanerohacia una Zona Franca Industrial oa otro país, y que produce como contrapartidaun ingresode divisas. En Colombia se consideran cuatro Regímenes aduaneros: la exportación definitiva, la exportación temporal para el perfeccionamiento pasivo, la exportación temporal para reimportación en el mismo estado y el reembarque. EXPORTACION DEFINITIVA:Esel régimenaduaneroaplicablealasmercancías nacionalesode libre disposiciónque salenlegalmentedel territorioaduanerocolombianoaunazona francaindustrial o a otro país, para su uso o consumo definitivo. Las exportaciones definitivas presentan dos modalidades: con o sin reintegro. EXPORTACION TEMPORAL PARA EL PERFECCIONAMIENTO PASIVO: Es el régimen aduanero que permite exportar temporalmente mercancía de libre circulación en el territorio aduanero colombiano con el propósito de que sean sometidas a transformación, elaboración o reparación, para importarlas dentro del plazo que se autorice. EXPORTACION TEMPORALPARA REIMPORTACIONEN ELMISMOESTADO:Esel régimenque permite la salida transitoria del país de mercancías nacionales con fines diferentes a transformación, elaboración o reparación, para ser reimportadas dentro del plazo que se autorice. REEMBARQUE: Es el régimen que permite el embarque de mercancías importadas antes de la presentación de la declaracióno antes de la expiración del término legal de abandono,siempre y cuandose reúnanlosrequisitosexigidosparael régimenaduaneroa que ibadestinadalamercancía Está prohibida la exportación de bienes que formen parte del patrimonio artístico, histórico y arqueológico de la Nación. Igualmente está prohibida la exportación de drogas o narcóticos y ejemplares de la fauna y la flora silvestre en vías de extinción. REGISTRO NACIONAL DE EXPORTADORES Por medio del Artículo 69 de la Ley 6 del 30 de junio de 1.992, se adicionó el Artículo 507 del ESTATUTO TRIBUTARIO, conel objeto de crear un REGISTRO ESPECIAL PARA LOS EXPORTADORES: "Artículo 1º : A partir del 1o. de enero de 1.993, constituirá requisito indispensable para los exportadores,solicitantesde devolucionesocompensacionesporlossaldosdel impuestosobre las ventas generados por operaciones efectuadas desde tal fecha, la inscripción en el REGISTRO NACIONAL DE EXPORTADORES previo a la realización de las operaciones que dan derecho a devolución". Por medio de la Resolución 437 del 1o. de abril de 1.993 del INCOMEX se estableció el siguiente procedimiento para la inscripción: - Solicitud del formulario de inscripción Se solicita en las Oficinas Seccionales o Regionales del INCOMEX el formulario denominado "REGISTRO NACIONAL DE EXPORTADORES". - Inscripción en el Registro Nacional de Exportadores
  • 6. Ante la Oficinas mencionadas, se presenta el formulario diligenciado en todas sus partes, adjuntando: - Fotocopia autenticada del NIT O C.C, y - Original del Certificadode ExistenciayRepresentaciónLegal oRegistroMercantil,expedidoporla Cámara de Comercio del lugar donde se encuentra domiciliada la sede principal de actividades de la sociedado personanatural,con fechade expediciónnomayora tres mesesala fecha enque se presente el formulario. El INCOMEX procede a efectuar la inscripción de conformidad con los requisitos exigidos, devolviendo al usuario dos copias del registro, una para su archivo y la otra para remitirla a la Administraciónde Impuestosantesde efectuarlaexportación,conel objetode solicitarluegode la exportación la devolución del impuesto sobre las ventas. De acuerdoal Artículo3o.de la Resolución437de 1993, el registrotiene validezporunañocontado a partir de la fecha de su inscripción. El Artículo 43o. del Decreto 2076 del 23 de diciembre de 1992 establece que "la renovación del registro será anual y deberá efectuarse en las fechas que para el efecto señale el Gobierno Nacional". PASOS PARA EFECTUAR UNA EXPORTACION Los trámitesque se mencionanacontinuaciónse siguenentodaexportacióncon la excepción de: - Las exportaciones sin reintegro - Las exportaciones temporales, y - La mercancía que fuera importada en forma temporal o definitiva y que sea reexportada. Por cuanto estas exportacionesrequierenlaautorizaciónpreviadel INCOMEX,que se da con base en el cumplimiento de unos requisitos adicionales. 1. Estudio de Mercado y de la Demanda Potencial La exportación supone inicialmente un estudio del mercado internacional, tanto para la determinación del precio adecuado, como para el conocimiento de la demanda de nuestros productos. En este estudio le colaboran al exportador el BANCO DE COMERCIO EXTERIOR - BANCOLDEX Y PROEXPORT, pues brindan información sobre la demanda internacional,la mejor manera de posicionar nuestros productos en el exterior y asesoría sobre las posibilidades de financiación de nuestras exportaciones. Solo un adecuado estudio de mercado brindará un conocimiento al exportador sobre las oportunidadesque ofrecenlosmercadosdel exterior.Paraunbuenestudiode mercadose deberá: - Determinar el alcance y los objetivos del estudio.
  • 7. - Tener una idea general sobre el comercio internacional del producto, tanto cuantitativa, como cualitativamente.Para ello deberá realizar una recolección de datos sobre la oferta y demanda internacional del productoyvalorarlaproducción, la exportación y las importaciones del mismo. - Identificar y evaluar los posibles demandantes del producto. Así mismo, investigar los usos alternativos del producto y los requerimientos de producción. - Identificar los posibles canales de distribución y los eventosferiales a través de los cuales puede acceder al mercado. - Estudiar las características específicas de cada mercado, los hábitos y preferencias de los consumidores, los requisitos comerciales y documentarios exigidos. - Conocerlasnormase impuestosarancelariosynoarancelariosde lasimportacionesyel comercio en cada mercado. En este sentido, es importante identificar los acuerdos comerciales que establecen preferencias o exenciones en la importación al mercado en estudio. - Comprender los elementos y mecanismos de fijación de los precios internacionales. Es indispensable para los exportadores conocer exactamente los requisitos sanitarios, normas técnicas,de marcado,de empaque yembalajeydemásque puedanexigirlaautoridadesdel paísde destino para la introducción de sus productos, lo que le evitará innumerables problemas y costos una vez despachados los productos. La reducción de los costos y la optimización de la calidad, son los elementos fundamentales de la determinación de la competitividad internacional del producto. Por ello el exportador deberá evaluarloscostosygastosque mencionaremosacontinuación,paraofrecersusproductosaprecios realmente competitivosyteniendoencuentalostérminosde cotizacióninternacional( INCOTERMS ). EXPORTACIONES TEMPORALES Para las exportaciones temporales el Decreto 2666/84 contempla dos alternativas: para perfeccionamiento pasivo y para reimportación en el mismo estado. 1. EXPORTACIÓN TEMPORAL PARA PERFECCIONAMIENTO PASIVO Para este régimen el trámite se inicia con la solicitud de aprobación por parte de INCOMEX de la importación ( el formulario de Registro de Importación debe acompañarse del contrato de perfeccionamiento respectivo ) de los productos compensadores o sus equivalentes . Una vez obtenida la aprobación se podrán iniciar las diligencias para la exportación (siguiendo los pasos mencionados mas adelante).La exportación temporal para perfeccionamiento pasivo y la importacióncorrespondiente deberánrealizarse porlamismaAduana,dentrodel plazoautorizado en el Registro de Importación. La importación de los productos compensadores causa tributos sobre el valor agregado en el exterior,el cual esel resultadode restarle al valor del productocompensador(importado) el valor de la mercancía exportada para su perfeccionamiento.
  • 8. En el diagramaque encuentraacontinuaciónseenuncianlospasosbásicosde unaExportaciónpara Perfeccionamiento Pasivo,se aclara que aunque no se mencionan los trámites de vistos buenos u otros requisitos exigidos en relación al tipo de producto a exportar o importar, estos deben cumplirse. 1. Radicación en ventanilla del INCOMEX de la fotocopia autenticada de la c.c. o del NIT. 2. Compra y diligenciamiento por parte del usuario del formulario de registro de importación. 3. Radicación en ventanilla del INCOMEX del formulario de registro de importación. 4. Aprobación del registro o licencia de importación por parte del INCOMEX. 5. Diligenciamiento y liquidación de la Garantía de reimportación,por el 30 % del valor FOB de la exportaciónconbase enla tasa representativadel mercadodel viernesde lasemanaanteriora su presentación. | 6. El exportador adquiere y diligencia el documento de exportación. Radica el Documento en el INCOMEX, acompañado de la garantía de reimportación y del registro o licencia de importación, para que se le autorice la exportación. 7. El exportadorefectúalaexportaciónparasuperfeccionamientoenel exterior,paraellopresenta el documentode exportaciónenlaDIAN yadjunta:el Documentode identidadoel que acredite su autorización, el documento de transporte,la factura comercial y en caso de requerirse el registro sanitario, autorización expresa o inscripciones ante las entidades correspondientes. El funcionario de la DIAN efectúa la revisión documental y física de la mercancía en caso de considerarlo conveniente y autoriza el despacho de la mercancía. El contratista efectúa el perfeccionamiento de acuerdo a lo convenido y despacha la mercancía hasta puerto colombiano. La transportadora elabora manifiesto de carga para la verificación de ésta por parte de la administración de aduanas 8. Se diligenciaDeclaraciónde Importación,labase gravable para liquidarlostributosse obtendrá de la diferencia entre el valor del producto compensador ( importado ) y el valor de la mercancía exportada (diferencia a la que se adicionan los gastos de transporte externo y el seguro correspondiente).Latasa de cambioaplicable para la liquidaciónesla representativadel mercado que informe la SuperintendenciaBancariapara el últimodía hábil de la semanaanteriora la fecha de presentación de la Declaración. 9. Se presenta la Declaración de Importación en los bancos autorizados en forma anticipada (máximodentrode los15 días previosa la llegadade la mercancía ) o una vez llegue lamercancía, y se cancelan los tributos aduaneros. 10. Se presenta la declaración de importación en los depósitos de aduanas. Los siguientes documentospodránser requeridosporel inspectorde la DIAN: registroo licenciade importación, facturacomercial,documentodetransporte,certificadodeorigen,registroopermisosanitarioode
  • 9. otra índole,listade empaque,poderomandato,la declaraciónde valor.Así mismo,la declaración de exportación y la garantía de reimportación. 11. El usuario efectúa el levante de la mercancía. 2. EXPORTACIONES TEMPORALES PARA REIMPORTACION EN EL MISMO ESTADO 2. EXPORTACIONES TEMPORALES PARA REIMPORTACION EN EL MISMO ESTADO Las exportaciones temporales para reimportación en el mismo estado,no requierenel trámite de registrode importación,ni generanenla reimportaciónel pagode tributosaduaneros, porcuanto no sufren transformacióno elaboración en el exterior. El procedimientopara estas exportaciones es el siguiente: 1. Diligenciamiento y liquidación de la garantía de reimportación, por el 30 % del valor FOB de la exportaciónyconbase enlatasa representativadelmercadodelviernesde lasemanaanteriorasu presentación. 2. El exportadoradquiereydiligenciaeldocumentode exportaciónenlaadministracióndeaduanas. Radica el documentoenel INCOMEX, acompañadode la garantía de reimportación,paraque se le autorice la exportación. 3. El exportadorefectúalaexportaciónpara que la mercancía se exhibaenel exterior,opreste un servicio, o cualquier otro fin que no modifique su estado; para ello presenta el Documento de exportaciónenlaadministraciónde laDIAN yadjunta:el documentode identidadoel que acredite suautorización,el documentode transporte,lafacturacomercialysi se requierenregistrosanitario, autorización expresa o inscripciones ante las entidades correspondientes. El funcionario de la DIAN efectúa la revisión documental y física de la mercancía en caso de considerarlo conveniente y autoriza el despacho de la mercancía Una vezla mercancía cumple lafunciónparala cual fue exportada,se despachalamercancía hasta puerto colombiano. La transportadora elabora Manifiesto de carga para la verificación de ésta por parte de la Administración de Aduanas 4. Se diligencia Declaración de Importación, sin liquidar tributos aduaneros 5. Se presenta la Declaración de Importación en los bancos autorizados en forma anticipada (máximodentrode los15 días previosa la llegadade la mercancía ) o una vez llegue lamercancía, y se cancelan los tributos aduaneros. 6. Se presenta la Declaración de Importación en los depósitos de Aduanas. Los siguientes documentospodránserrequeridosporel inspectorde laDIAN:Documentode transporte,podero mandato, la Declaración de Exportación y la garantía de reimportación. 7. El usuario efectúa el levante de la mercancía. En lasexportacionestemporalesse debe tenerencuentalasconsideracionesque acontinuaciónse enuncian:
  • 10. 1. Tanto en la garantía, como en la casilla 39 del DEX (Descripción de la Mercancía), debe hacerse clara indicacióndel objetode la exportación(Porejemplo:Exhibiciónenuna FeriaInternacional)y del tiempo de permanencia en el exterior. Para lareimportaciónenel mismoestadose estableció,pormediodel Artículo37del Decreto1909 de 1.992, que la declaración de importación deberá presentarse dentro del año siguiente a la exportación de la mercancía, salvo que se autorice un plazo mayor por la DIAN. Para la reimportación por perfeccionamiento pasivo, el plazo corresponderá al requerido en el exterior acordado por el exportador para la transformación o elaboración. 2. Unavezse realice lareimportación,elexportadordebesolicitarlaCANCELACIONDELA GARANTIA DE REIMPORTACION. Para lacancelación,el exportadorradicacopiasde laDeclaraciónde Reimportaciónyde laGarantía en la Oficina Regional o Seccional del INCOMEX, junto a un oficio de solicitud de cancelación. 3. En el evento que se efectuara la venta de los bienes exportados Temporalmente para reimportaciónenel mismoestadoenel exterior,el exportadormodificael régimenylamodalidad indicadosenladeclaraciónde exportación,dentrode losplazosestipuladosenlagarantía( teniendo en cuenta el cumplimiento de las obligaciones cambiarias conforme a la Resolución 21/93 ), a definitivaconreintegro.Entonces,procedearecibirel pago de la exportaciónya efectuarla venta de las divisas. Este material fue preparado por la Oficina de Apoyo y Facilitación al Usuario del Instituto Colombiano de Comercio Exterior, principalmente con base en las siguientes normas: - Decreto2666 de octubre 26 de 1.984. - Decreto1144 del 31 de mayo de 1.990. - Resolución3492 del 24 de agosto de 1.990 de la DIAN. - CircularesPostalesSOE 29/90, 40/90 y 15/91 del INCOMEX. - Resolución 21 de septiembre 2 de 1.993 de la J.D.B.R.