Ideas Relevantes Propiedades Intelectuales En La Era Digital
1.
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4. Culturalmente se analiza la función del
derecho de la propiedad intelectual en
nuestros días, en que el auge de la
tecnología digital hace prever muchos
cambios en todos los ámbitos.
La nueva tecnología digital y la propiedad intelectual
entran en conflicto por la perdida de valor de las
definiciones tradicionales de reproducción, distribución y
comunicación, la perdida del control de explotación por
parte del autor y la inseguridad jurídica.
5. Se han creado
tratados como
(OMPI)
Organización
Mundial de
Propiedad
Intelectual con el fin
de asegurar la
permanencia de los
derechos de autor
en el mundo digital.
Hay una vertiente
cultural de
protección de un
interés público que
justifica su
existencia y que no
deberíamos olvidar.
6. Históricamente los derechos de autor se
remontan al siglo XVl con la aparición de
la imprenta, donde la corona concedía
el privilegio de quienes podrían imprimir
la obra en concreto, para lo cual se
obtenía una licencia.
Todos los
beneficios de
la impresión y
comercializac
ión eran para
el imperio.
«Las copias digitales tienen
la misma calidad que el
original y permiten hacer
muchas más sin perder
demasiada calidad»
7. «Con el internet el autor el autor
pierde el control de la explotación de
su obra»
Un peligro en internet es la
inseguridad jurídica en el ámbito del
derecho internacional privado.
8. «El internet es global, no conoce las
fronteras físicas, en cambio las leyes y
tribunales están pensados para un
mundo separado en pequeños ámbitos
territoriales de competencia»
La estructura
del régimen de
excepciones
también chirria
en internet y es
difícil lo que es
publico de lo
que es privado.
El derecho de autor
siempre se ha
fundamentado en un
equilibrio entre proteger
los intereses de los
autores y el interés
público, mediante las
excepciones.
9. «Ahora en los Estados Unidos los
libreros ya se quejan de que
amazon.com vende libros de
segunda mano que todavía están
en las librerías como novedades y
ellos no ven uno real»
El derecho de autor
siempre ha procurado en
contratar aquel frágil
equilibrio entre el fomento
de la creación, la
protección de los intereses
del autor y el fenómeno de
la cultura.
Un mundo donde el
monopolio permite al autor
decidir quien tiene acceso
a su obra es un mundo
pobre.