1. Seguimiento, recuperación, renegociación
y castigo
Estas etapas del Proceso de Crédito son la consecuencia de una buena o mala
evaluación del crédito prestado. Debido a esto existen normas internacionales a
las cuales los bancos deben ceñirse y llevar un estricto control dado que afectan
directamente las provisiones y registros de este tipo de activos en los Estados
Financieros de los bancos.
La SBIF comenzó a exigir la aplicación de criterios contables internacionales en
materia de instrumentos financieros, reconociendo así los principales efectos
patrimoniales por efecto de Provisiones por Riesgo de Crédito, adoptando las
normas IFRS (Normas Internacionales de Información Financiera)
¿Que son las provisiones por riesgo de crédito?
ƒSegún pérdidas esperadas y no por deterioro incurrido, lo que en el
escenario actual puede ser visto como una fortaleza para la banca
local.
ƒ
2. FACTORES QUE DETERMINAN EL RIESGO CREDITICIO EN
LAS INSTITUCIONES FINANCIERAS
• Un aspecto de extraordinaria importancia en la gestión de los riesgos
crediticios, es el relativo al análisis y revisión del riesgo, así como la
clasificación de los clientes.
La calidad de la cartera de los préstamos es el riesgo crediticio, que
depende básicamente de dos grupos de factores:
Factores internos: que dependen directamente de la administración
propia y/o capacidad de los ejecutivos de cada empresa.
Factores externos: que no dependen de la administración, tales como
inflación, depreciaciones no previstas de la moneda local, desastres
climáticos, etc. aquí aparece como importante el estado de los
equilibrios básicos macroeconómicos que comprometan la capacidad de
pago de los prestatarios.
3. FACTORES INTERNOS
1-Volumen de créditos: a mayor volumen de créditos, mayores serán las pérdidas
por los mismos.
2-Políticas de créditos: cuanto más agresiva es la política crediticia, mayor es el
riesgo crediticio.
3-Mezcla de créditos: cuanta más concentración crediticia existe por empresas o
sectores, mayor es el riesgo que se está asumiendo. Por ello se ha determinado
que solamente el 20% del patrimonio de una institución financiera puede
prestarse a un grupo económico o persona natural o jurídica, con el fin de
precautelar la salud de los bancos y entidades financieras.
4-Concentración geográfica: económica, por número de deudores, por grupos
económicos y por grupo accionario: por ello no hay duda que cualquier tipo de
concentración de cartera aumenta el riesgo de una institución financiera.
4. APROBACION DE LOS CREDITOS
• CAPÍTULO 12-3
LÍMITES INDIVIDUALES DE CRÉDITO Y GARANTÍAS DEL ARTÍCULO
84 N° 1 DE LA LEY GENERAL DE BANCOS
Los limites de endeudamiento que un banco puede otorgar a un cliente persona natural o jurídica,
se aplica exclusivamente al deudor, encuadrándose en la norma general explicada en el capitulo
indicado, sin perjuicio que el mayor margen que se puede encausar este respaldado por alguna
garantía o de créditos que la misma ley autoriza un mayor limite.
• CAPÍTULO 12-4
LÍMITES DE CRÉDITOS OTORGADO A PERSONAS RELACIONADAS
ARTÍCULO 84 Nº 2 DE LA LEY GENERAL DE BANCOS
PERSONAS RELACIONADAS CON LA PROPIEDAD O
GESTIÓN DE UN BANCO.
Cuando un cliente posee una participación directa, indirecta o a través de terceros, en
la propiedad de la institución o simplemente participa en la gestión de la entidad.
5. ALERTA TEMPRANA (SOBREGIROS Y PROTESTOS)
Este es un indicador claro que nuestro cliente se
encuentra con algún grado de dificultad de solvencia
financiera.
Comienza con sobregiros reiterados, luego protestos y
luego la mora de algún producto de crédito.
Por lo tanto para evitar que nuestro cliente caiga en
insolvencia es importante tomar las medidas
correspondientes.
Se aplica sistema de clasificación de riesgo automática
tanto al cliente como a sus productos crediticios vigentes
para efectuar un buen control de provisiones de ese
cliente.
6. • Créditos morosos, corresponde a operaciones de créditos que no fueron cancelados en su fecha
de vencimiento. Mora a partir del día 1 de impago.
• Cartera vencida, corresponde operaciones de créditos con mas de 90 días de mora.
• Cartera castigada, corresponde a créditos con mas de 180 días de mora.
Estos créditos van cambiando de clasificación según corresponde a los periodos que se encuentran.
Nueva normativa se encuentra disponible en
CIRCULAR
Bancos N° 3.584
Santiago, 22 de junio de 2015
COMPENDIO DE NORMAS CONTABLES. Capítulo B-1.
Provisiones por riesgo de crédito.
8. Medición de los riesgos
Los bancos deben mantener permanentemente
evaluada la totalidad de su cartera de colocaciones y créditos
contingentes a fin de constituir oportunamente las provisiones
necesarias y suficientes para cubrir las perdidas esperadas,
asociadas a las características de sus deudores y sus créditos.
La evaluación individual de los deudores es necesaria cuando se
trate de empresas que por su tamaño, complejidad o nivel de
exposición con la entidad, se requiera conocerlas y analizarlas en
detalle.
Como es natural, el análisis de los deudores debe centrarse en su
calidad crediticia, dada por la capacidad y disposición para cumplir
con sus obligaciones, mediante información suficiente y confiable,
debiendo analizarse también sus créditos en lo que se refiere a
garantías, plazos, tasas de interés, moneda, reajustabilidad, etc.