2. CODIGO DE ETICA Y DE CONDUCTA
Declaración de principios y directrices
que definen la actuación y
comportamiento de los servidores
públicos del Instituto:
Sin obstaculizar el libre
ejercicio de los
derechos,
manifestación de ideas
y libertad de expresión
Acuerdo AP 06-11/2022
fecha 08 de Junio de 2022
De
Conducta
Normas
Éticas
3. CODIGO DE ETICA Y DE CONDUCTA
1. Fortalecer la vocación de servicio del personal, mediante
los principios, valores y reglas de conducta que deben
observar en su entorno laboral.
2. Establecer los principios y directrices que deben regir la
conducta ética del personal del Instituto.
3. Erradicar todo tipo de prácticas viciosas que demeriten
la actuación del personal que están regidos por los
valores de la transparencia, el ejercicio del derecho de
acceso a la información y la protección de datos
personales.
4. Estimular el principio de dignidad de la persona.
5. Dignificar el desarrollo profesional del personal del
Instituto.
Objetivos:
4. CODIGO DE ETICA Y DE CONDUCTA
Artículo 5. El Instituto fomentará una cultura de prevención de
prácticas de corrupción, con el propósito de generar certidumbre en la
sociedad respecto de la objetividad e imparcialidad de sus servidores.
Apertura Informativa
Máxima Publicidad
Imagen de
Respeto
Profesionalismo
5. CODIGO DE ETICA Y DE CONDUCTA
PRINCIPIOS
De observancia general en el desempeño
de las funciones:
Honradez
Lealtad
Calidad
Legalidad Igualdad
Imparcialidad Eficiencia Eficacia
Rendición
de Cuentas
Transparencia Profesionalismo Integridad
Objetividad Disciplina
6. CODIGO DE ETICA Y DE CONDUCTA
Valores
Que el personal del Instituto debe
anteponer en el desempeño de su
empleo, cargo, comisión o funciones:
Respeto a los derechos
humanos
No Discriminación
Austeridad
Interés
Público
Honestidad Igualdad de Género
Cooperación Liderazgo Responsabilidad Tolerancia
Vocación de Servicio
7. REGLAS DE CONDUCTA
a) Conocimiento y aplicación de las leyes y normas.
Compromiso: Me comprometo a respetar y hacer cumplir la
Constitución, así como las leyes, reglamentos y
normatividad aplicables, particularmente la
correspondiente a las funciones que desempeño. En
aquellos casos no contemplados por la Ley o que exista
espacio para la interpretación, debo conducirme con
criterios de ética, transparencia, rendición de cuentas e
integridad, atendiendo a los valores inscritos en el Código.
Artículo 9. Las reglas de conducta determinan y describen
situaciones concretas que deben observar las y los servidores
públicos del Instituto en su actuación, de acuerdo a sus
actividades para afianzar el compromiso de respeto por las leyes.
8. REGLAS DE CONDUCTA
b) Ejercicio del cargo público.
Compromiso: Es mi obligación abstenerme de utilizar mi
empleo, cargo o comisión para obtener beneficios
personales o de tipo económico, privilegios, favores
sexuales o de cualquier otra índole, con el propósito de
beneficiar o perjudicar a terceros, ya que de lo contrario
estaría afectando la confianza de la sociedad en el Instituto
y en sus servidoras y servidores públicos.
c) Uso y asignación de recursos.
Compromiso: Los bienes, instalaciones, recursos humanos y
financieros del Instituto deben ser utilizados únicamente
para cumplir lo que la Ley me encomienda, adoptando el
criterio de racionalidad y austeridad.
9. REGLAS DE CONDUCTA
d) Uso transparente y responsable de la información.
Compromiso: Ofreceré a la sociedad los mecanismos
adecuados para el acceso libre y transparente a la
información que genera el Instituto, siempre que ésta no se
encuentre clasificada como reservada o confidencial por
razones legales, en cumplimiento de la Ley.
e) Conflicto de intereses.
Compromiso: Evitaré encontrarme en situaciones en las que
mis intereses personales puedan entrar en conflicto con los
intereses del Instituto o de terceros, ya que cualquier
situación en la que exista la posibilidad de obtener un
beneficio económico o de cualquier tipo que sea ajeno a los
que me corresponden por mi empleo, cargo o comisión,
representa potencialmente un conflicto de intereses.
10. REGLAS DE CONDUCTA
f) Toma de decisiones.
Compromiso: Todas las decisiones que tome como personal del
Instituto, sin importar mi empleo, cargo o comisión deben estar
apegadas a la Ley y a los valores contenidos en este Código.
g) Relaciones entre servidoras y servidores públicos del
Instituto.
Compromiso: Debo conducirme con dignidad y respeto hacia mi
persona y hacia todas mis compañeras y compañeros de trabajo,
promoviendo el trato amable y cordial con independencia de
género, discapacidad, edad, religión, lugar de nacimiento, nivel
jerárquico, condición social, condición de salud, preferencias
sexuales, estado civil o cualquier otra cuestión que atente contra
la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los
derechos y libertades de las personas
11. REGLAS DE CONDUCTA
h) Relación con la sociedad.
Compromiso: Debo ofrecer a la sociedad en general un trato
justo, cordial y equitativo, orientado siempre por un espíritu
de servicio.
i) Salud, higiene, seguridad y mejoramiento ecológico.
Compromiso: Debo desarrollar acciones de protección al
medio ambiente, así como cuidar y evitar poner en riesgo
mi salud, mi seguridad y la de mis compañeras y
compañeros.
12. COMITE DE ETICA DEL IINSTITUTO
Funciones
Difusión del
Código
Atención de quejas o
denuncias
• Presidente: Secretario
Ejecutivo
• Secretario: Director (a)
Jurídico
• Coordinador: Jefe (a) de la
Unidad Administrativa
• Dos Vocales: Jefe (a) de
Finanzas y Director (a) de
Difusión y Capacitación
• Titular de la Dirección del
Órgano Interno de Control
Sensibilización
INTEGRANTES
Órgano Interno de Control
Fomentar el
respeto
Prevención de
conflictos de
interés
Propiciar la
integridad
13. SANCIONES
Artículo 14. La inobservancia a lo previsto en el presente Código y a
una recomendación del Comité de Ética será sancionado conforme
a lo establecido en la Ley de Responsabilidades Administrativas del
Estado de Tamaulipas.