3. 2.5 La obligación legal de llevar contabilidad
Y quién nos
obliga a llevar
contabilidad?
4. Artículo 76. Los contribuyentes que obtengan
ingresos de los señalados en este Título,
además de las obligaciones establecidas en
otros artículos de esta Ley, tendrán las
siguientes:
I. Llevar la contabilidad de conformidad con
el Código Fiscal de la Federación, su
Reglamento y el Reglamento de esta Ley, y
efectuar los registros en la misma
II. Expedir los comprobantes fiscales por las
actividades que realicen
5. Artículo 30. Las
personas obligadas a
llevar contabilidad
deberán conservarla a
disposición de las
autoridades fiscales de
conformidad con la
fracción III del artículo
28 de este Código.