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Universidad de Concepción
Facultad de Humanidades y Artes
Departamento de Ciencias Históricas y Sociales
Doctrina y Sistemas Políticos.
Del Liberalismo
Integrantes : Fabián Alarcón Anriquez
Claudio Araya Millán
Gabriel Caballero Toro
Edgardo Gaete Grez
Claudio González Röthen.
Ramo : Doctrinas y Sistemas Políticos
Profesor Titular : Jaime Etchepare Jensen
Fecha : 29 de Abril de 2009.
Índice
Introducción . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3
1. Contexto Histórico: De la emancipación Burguesa a los inicios del Liberalismo . .
. . . . . . . . . . . . . . . . . .. . . . . . . . . . . . . . 4
2. Del Liberalismo Político . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 8
3. Fundamentos de la Económica Liberal . . . . . . . . . . . . . . . 16
2
4. La democratización del Liberalismo . . . . . . . . . . . . . . 17
5. El estado Liberal y sus puntos críticos . . . . . . . . . . . . . . 20
Conclusiones . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 25
Bibliografía . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 27
Introducción
Este trabajo busca comprender como el liberalismo influye hasta el día de hoy en
3
la composición y el funcionamiento de los estados actuales. Para hacer nuestra labor
más didáctica hemos querido dividir nuestro trabajo en los puntos principales del
liberalismo que permiten entender el funcionamiento político de los estados liberales
occidentales de hoy, estas temáticas son:
Primero, la contextualización histórico-social del surgimiento del liberalismo y sus
principios, ya que consideramos que el liberalismo nace como respuesta a los modelos
absolutistas que le preceden, que limitaban el desarrollo de las libertades individuales y
el respeto y la defensa de los derechos inalienables del hombre que fueron
redescubiertos por el movimiento intelectual humanista, que se desarrollo paralelamente
en este periodo.
Segundo, establecemos una relación entre los principios generales del liberalismo y los
principios específicos en su plano político, fundamentados estos bajo los
planteamientos teórico filosóficos de tres de los mas importantes pensadores del
liberalismo.
Tercero y sin tratar de alejarnos de la concepción liberal como un sistema, separaremos
la visión de la economía clásica liberal, a modo de tener un acercamiento terminológico
que nos permita entender el porque del desarrollo económico de forma independiente,
con el afán de esclarecer una confusión conceptual de una de las ramas que el
liberalismo incluye y que definen el devenir económico de la población.
Cuarto, analizamos los procesos que llevaron a que el liberalismo adopte a la
democracia representativa, como forma de gobierno. Para esto, partimos de la base de
que democracia y liberalismo no son lo mismo, si no que son una unión basada en la
evolución histórica de estos dos términos, tan importantes políticamente.
4
Y por ultimo, el quinto punto trata de describir las características principales de un
estado liberal que se basa esencialmente en un estado de derecho que promueve
igualdad para todas las personas incluyendo las autoridades para que de esta manera
estén todos gobernados por la ley y no exista privilegio para ningún grupo social,
posteriormente se plasman puntos críticos que existen entre lo que los principios
liberales apuntan para un estado liberal y los vicios en los que posiblemente pueda caer
este pensamiento político. De manera que finalmente logremos comprender a través de
estas temáticas, como las ideas liberales son capaces de influir en la formación de los
estados democráticos actuales.
Contexto histórico: De la emancipación Burguesa a los inicios del Liberalismo.
Para generar un entendimiento y conocimiento de la formación de un ideario
político, debemos situarnos en el contexto histórico en que la reflexión, las ideas y la
maduración de estas van tomando forma hasta decantar en un postulado frente a la
constatación de una realidad y el deseo de cambiarla en un momento de contingencia.
Para comenzar a situarnos en el contexto histórico en que se desarrolla el liberalismo,
debemos comprender el sistema político imperante en aquellos siglos XVII – XVIII y la
constatación de la situación acaecida en aquel entonces.
Para aquellos siglos el régimen político imperante era el absolutismo monárquico, el
cual se constituyo en medio de las violentas luchas que se produjeron en los fines de la
Edad Media y los comienzos de la época moderna como consecuencia de los grandes
trastornos sociales y económicos, de la decadencia y descomposición del régimen
feudal y de los conflictos religiosos. En muchas partes de Europa se sucedieron de
forma casi ininterrumpida las rebeliones y las guerras civiles. Frente a la desintegración
del poder emergió la monarquía absoluta como la mejor y quizás única solución para
5
superar la anarquía y restablecer la paz y la justicia
1
.
La monarquía absoluta se constituyo esencialmente por la concentración de todo el
poder público en manos del monarca. El monarca se constituyo en soberano y ejerció
como tal el poder legislativo, ejecutivo y judicial, - avanzado en nuestro trabajo nos
referiremos como diversos autores, de importancia en la generación del pensamiento
liberal, se referirán a la separación de los poderes del Estado, como Rousseau, Locke y
Montesquieu - , la concentración del poder en manos del monarca excluía a los súbditos
de toda participación directa en la vida pública. La suprema obligación del súbdito
consistía en la obediencia pasiva y en la leal ejecución de las resoluciones
monárquicas. La monarquía absoluta encontró su justificación teórica en la doctrina del
derecho divino de los reyes – el rey como autoridad designada por Dios - que se
desarrollo en oposición contra las teorías que trataban de limitar el poder real y que
otorgaba al pueblo el derecho de resistencia. En esta situación, de carácter de la
ordenanza política, adentrado en la época moderna donde congeniaran nuevas
cosmovisiones con la aparición del humanismo, la ilustración y la reforma protestante,
surgirán una serie de corrientes filosóficas que se opondrán a estos postulados
absolutistas y llevaran a la emancipación de una conjunto de la población, herederos de
los grandes mercaderes y banqueros, a lo que se llamara, por la corriente del
materialismo, como revoluciones burguesas, sin embargo este proceso no solo se
quedara en esta clase incipiente de la sociedad, sino se adentrara en una mayoría
social de no privilegiados, hasta la destrucción del antiguo régimen como lo designaran
los revolucionarios franceses.
Daremos comienzo por lo sucedido en las islas Británicas, y la Revolución de 1688,
llamada por algunos autores como la Gloriosa Revolución. En primer lugar me quiero
1
Krebs, Ricardo, “La Monarquía Absoluta en Europa – El desarrollo del Estado moderno en los siglos xvi, xvii y xviii”,
Editorial Universitaria, 1979 Santiago, Chile. P. 25.
6
referir a la siguiente frase, “quizás seria exagerado hablar de liberalismo en la Inglaterra
de finales del siglo XVII
2
”, es el enunciado expuesto por Corvisier en su Historia
Moderna cuando comienza a referirse a la evolución política de Inglaterra. Inglaterra se
encontraba sumida en las luchas entre el Protestantismo y el Catolicismo, entre el
Derecho Divino y las potestades del Parlamento, en la etapa final del proceso de
restauración, Jacobo II –rey Católico-, se sume en la lucha con el hijo legitimo de Carlos
II - antecesor de Jacobo II- el duque de Monmouth, cabecilla whig que revindica la
corona, lo cual suscita la abolición del habeas corpus y una represión sangrienta
3
. La
situación se agravo cuando Jacobo II anuncia la Declaración de la indulgencia, el cual
sentaba las bases para la libertad de culto. La iglesia anglicana, hasta ahora fiel, y el
clero niegan la lectura de la nueva ordenadaza y siete prelados, incluido el arzobispo de
Canterbury, son llevados ante los tribunales por la acusación de libelo sedicioso. El
nacimiento de un hijo, bautizado en el catolicismo, destruye las esperanzas que los
ingleses habían depositado en la hija de Jacobo II, María, esposa de Guillermo de
Orange, cara del protestantismo, el cual había dirigido muchas guerras en contra del
icono de los reyes católicos, Luis XIV de Francia.
El 30 de Junio de 1688, comienza la conspiración para derrocar a la dinastía Estuarda,
whigs y tories se reúnen para solicitar a Guillermo de Orange la intervención militar en
Inglaterra. El cual aprovechando el descuido Frances, desembarca el 7 de Noviembre.
Abandonado por todos, inclusive por su hija María, Jacobo II consigue huir a Francia,
luego de que Guillermo para no generar un mártir católico lo dejara huir. La constitución
de un nuevo parlamento el 22 de Enero de 1689 genera el Bill of Rights o Declaración
de Derechos, donde se estipulaba el fortalecimiento de ciertos derechos del
parlamentarismo, el aseguramiento de reyes protestantes y las restricciones
monárquicas y absolutistas –afirmación de la Ley por sobre el soberano
4
-
2
Corvisier, André, “Historia Moderna”, Editorial Labor S.A., 1977, Barcelona, España. Página 313.
3
Corvisier, André, Opus cit. P. 317.
4
Corvisier, André, “Historia Moderna”, Editorial Labor S.A., 1977, Barcelona, España. Página 318.
7
El sentido de la gloriosa revolución es puesto de relieve por John Locke, que
publica en 1690 el Tratado del gobierno civil, donde refuta la doctrina del
derecho divino, vuelve a la ideología del contrato original, expresa la
superioridad del poder legislativo sobre el poder ejecutivo, la supremacía de las
leyes naturales sobre las leyes humanas, es decir, el derecho de rebelarse
contra la tiranía. En sus Cartas sobre la tolerancia añade que la religión es un
asunto privado, cuyo ejercicio no compete al Estado, salvo lo que concierne al
catolicismo. La revolución de 1689 significa el triunfo de tendencias y tradiciones
que ya no volverán a ponerse en duda. Las obras de Locke proporcionan el
punto de partida a la ideología liberal del siglo XVIII
5
.
La estocada final se fijo en la Revolución Francesa, donde el absolutismo quedaría
excluido para siempre como forma de gobierno, denominada la caída del antiguo
régimen. La revolución Francesa, fue sin duda la de mayor importancia e influencia. De
todas las revoluciones contemporáneas, la francesa fue la única ecuménica, sus
ejércitos se pusieron en marcha para revolucionar al mundo y sus ideas lo lograron. Fue
como se ha dicho con razón, “el primer gran movimiento de ideas en la cristiandad
occidental que produjo algún efecto real sobre el mundo del Islam”
6
. La generación de
una nueva clase, descendiente de aquellos primitivos comerciantes, la burguesía,
aquella que se extendía por toda Europa germinando la semilla revolucionaria contra los
privilegios de la aristocracia y la estructura rígida de un absolutismo frente a un mundo
cambiante, donde la burguesía poseía cada vez mas ingresos económicos y ahora se
dirigía a la conquista del poder político.
Los problemas financieros de la Francia de Luis XVI iban en aumento. La estructura
5
Corvisier, André, Opus Cit. P. 318.
6
Hobsbawm, Eric, “La era de la Revolución 1789-1848”, Editorial Critica, 1997, Buenos Aires, Argentina. P.63.
8
administrativa y fiscal del reino estaba muy anticuada, aumentada la crisis por las malas
cosechas y el involucramiento de Francia en la guerra de independencia de los Estados
Unidos de Norte América. La victoria sobre Inglaterra se obtuvo gracias a una
bancarrota final, por lo que la revolución norteamericana puede considerarse la causa
directa de la francesa
7
. La crisis gubernamental brindo una oportunidad a la aristocracia
y a los parlaments, pero una vez mas se negaron a pagar sin la contrapartida de un
aumento en sus privilegios. La primera brecha en el frente del absolutismo fue abierta
por una selecta, pero rebelde asamblea de Notables, convocada en 1787 para asentir a
las peticiones del gobierno. La segunda y decisiva fue la desesperada decisión de
convocar los Estados Generales, la vieja asamblea feudal del reino, enterrada desde
1614.
Así pues, la revolución empezó como un intento aristocrático de recuperar los mandos
del Estado, sin embargo las intenciones del Tercer Estado Frances –ni clérigos, ni
nobles- se comenzó a configurar, cuando un conjunto de liberales colocaron en
discusión las formas de votaciones, lo cual agitaban para doblar el numero de
asambleistas y votos del tercer estado, el llamado comité de los treinta, la ruptura se
genera cuando el resto de la asamblea – primer y segundo estado- rechazaron la
propuesta, declarándose el Tercer Estado como Asamblea Nacional.
Tras esto se encontraban la burguesía, sus ideas eran las del liberalismo clásico
formulada por aquellos filósofos y economistas y propagado por la Francmasonería y
otras asociaciones. De modo mas especifico, las peticiones de los burgueses de 1789
están contenidas en la Declaración de los derechos del hombre y del ciudadano.
No me referiré a todo el proceso histórico de la Revolución Francesa, sino más bien
destacar con el propósito de este trabajo, la importancia e influencia de las ideas
7
Hobsbawm, Eric, “La era de la Revolución 1789-1848”, Editorial Critica, 1997, Buenos Aires, Argentina. P. 66.
9
liberales que pregonaron la revolución Francesa. Pero en conjunto, el clásico liberal
burgués de 1789 – y el de 1789 a 1848- no era un demócrata, sino un creyente en el
constitucionalismo, en un Estado secular con libertades civiles y garantías para la
iniciativa privada, gobernado por contribuyentes y propietarios
8
. Era la tesis que el
mismo Hobsbawm postulaba, como las intenciones que se suscrita a este proceso
revolucionario.
8
Hobsbawm, Eric, “La era de la Revolución 1789-1848”, Editorial Critica, 1997, Buenos Aires, Argentina. P. 67.
10
Del Liberalismo Político
Para el entendimiento estructurado del liberalismo a nivel global, en función de
nuestro análisis, que se basa en la formación de los estados liberales democráticos, es
preciso diferenciar este en dos áreas y describir cada una de manera estricta y
metódica. Estas no son necesariamente coincidentes, es decir no resulta preciso estar
asociado a las tres por igual, se puede creer en una y no en las otras o vise versa.
Desglosaremos el liberalismo en mencionadas en dos áreas principales, estas
resultaran ser la política y la economía la cual en la actualidad se plantea por la
generalidad de las interpretaciones sobre el liberalismo como la finalidad máxima de
este.
El liberalismo político tiene como sustrato primordial la preocupación principal del
establecimiento de límites constitucionales al poder, centrando su interés en el “cómo”
se gobierna por sobre la disyuntiva que para estos resulta menos relevante del “quién”
gobierna
9
, en pos de la protección de los derechos y libertades individuales de los
hombres y mujeres.
Podemos describir el plano político del liberalismo como un área de este, sustentada en
tres principios teórico-filosóficos argumentados por algunos de los autores más
importantes de la época del surgimiento de este movimiento liberal durante el siglo
XVIII. Teóricos tales como Locke, Montesquieu y Rousseau entre otros son artífices de
estructuras ideológicas firmes basadas sobre todas las cosas en la teoría del progreso
9
Gallo, Ezequiel. “Notas sobre liberalismo clásico”. Studios públicos. Nº 21, verano 1986.
11
infinito y el vuelco al individualismo de la sociedad.
Para explicar de manera clara el lugar que cada autor y su teoría poseen dentro la
estructura ideológica del liberalismo, es preciso plantear de forma clara sobre la mesa
los principios dentro de los cuales comenzaremos ya de manera definitiva el análisis del
liberalismo político. Estos principios básicos con los cual trabajaremos son los cuatro
descritos por Sebastián Pradier en su articulo publicado hace algunos años atrás sobre
los principios del liberalismo
10
.
Estos cuatro principios son: el de individualidad, el de igualdad, el de universalidad y
por último el principio meliorista. Posteriormente a medida que avancemos en torno a
nuestra descripción de los tres autores citados y sus componentes de fundamentación
para las áreas de liberalismo político iremos ampliando las explicaciones de estos
cuatro principios.
Comenzaremos nuestra estructuración del liberalismo político con el planteamiento de
la protección de los derechos y libertades individuales del hombre por parte del poder.
Este planteamiento en función de la relación individuo- comunidad y el poder
gubernativo mismo, esta sobre todo fundamentado bajo el amparo de los escritos de
John Locke en sus “tratados de gobierno” publicados en 1690 con la finalidad de
defender la revolución inglesa a fines del siglo XVII. Hace referencia a los derechos y
libertades que posee el hombre de manera natural por su condición de ser humano y la
debida protección de estos, manteniendo limitaciones que interfieran de manera total
con la toma de atribuciones de parte del poder (gobierno), que pudiesen amenazar de
alguna manera la integridad de estos. Locke a partir de la de la tradición medieval que
10
Pradier Sebastián. “Los cuatro principios del liberalismo”. Revista de filosofía de Costa Rica. Costa rica. Nº 104,
volumen XLI, julio-diciembre 2003. pp. 91-109.
12
llega a partir de algunos autores que de una u otra forma establecieron cierto grado de
influencia sobre su pensamiento sostiene para la realidad inglesa, considerando su
origen y que sus escritos apuntaban a la realidad social de este país, lo siguiente: “El
gobierno – específicamente el rey, pero no en menor medida el propio parlamento y
todos los órganos políticos- es responsable ante el pueblo o la comunidad a los que
rige; su poder esta limitado a la vez por la moral y la tradiciones y convenciones
constitucionales inherentes a la historia del reino”
11
.
Este punto de vista se expone en términos de satisfacción del individuo. Concibiendo la
sociedad como conformada por individuos movidos por el egoísmo que buscan un
estado de armonía protegido de las intensiones del mismo tinte egoísta de los demás
miembros de la sociedad, mediante herramientas derivadas de la sociedad como lo son
el gobierno y el derecho de seguridad de sus condiciones inalienables.
Otro de los planteamientos que Locke
12
desarrolla en sus escritos de finales del XVII es
que los individuos como las instituciones efectúan un trabajo socialmente útil, regulado
por el gobierno para el bien de todos y dentro de la armazón jurídica constituye el grupo
de individuos en una comunidad.
Los conceptos que Locke nos plantea se asocian directamente con el primero de
nuestros principios usados para el entendimiento del liberalismo en primer orden y del
liberalismo político como consecuencia de este. Este tiene que ver con la individualidad
del hombre en la realidad social.
11
Sabine, George. H. Litoarte, “Historia de la teoría política”. S. R. L. 1968. México. pp. 387.
12
El inglés John Locke (1632-1704) mantenía que todo nuestro conocimiento se basa en la experiencia, en lo que nos
pasa; cuando nacemos no tenemos nada en la inteligencia, nuestro cerebro es una hoja en blanco en la que la vida irá
dejando sus marcas. Además, sus ideas también sirvieron para establecer las bases de lo que hoy es la democracia,
puesto que fue de los primeros filósofos en afirmar que la soberanía es del pueblo, y no de dioses o reyes, por lo que
estos debían ser tolerantes. De esto se desprende otra consecuencia: que la revolución contra un gobernante injusto
podía ser, en algunos casos, legítima.
13
El Principio individualista (libertad-individualismo), dice relación con la facultad que
posee todo hombre y mujer de tener una vida propia, cada cual es libre de hacer con
ella lo que prefiera o considere conveniente para esta, siempre supeditado a los
márgenes del mantenimiento intacto de los derechos individuales del otro. Afirma la
primacía moral de la persona frente a exigencias de cualquier colectividad social. El
principio de individualidad mantiene este margen de libertad bajo el concepto de
individuo de la comunidad no como ciudadano de la comunidad, bajo este segundo
precepto el hombre debe someterse a la ley adecuando su comportamiento a las
normas dictadas por esta de manera absoluta
13
.
Como se puede inferir al leer y posteriormente hacer una suerte aplicación de los
planteamientos de Locke, estos al igual que nuestro primer principio nos plantean
semejanzas en el ámbito de la protección de la individualidad en cuanto a derechos y
libertades y la protección debida que se debe hacer de estos a partir de los poderes
gubernativos manteniendo los niveles de libertad bajo condiciones de acción que se
consideran legales. Se establece una relación de obligada tolerancia de la comunidad
hacia el individuo, no permitiéndose que esta pueda tomar partido para imponerse a la
opinión de este (como individuo). Distinta es esta relación si la analizamos ante la
condición de ciudadano, donde el individuo si queda supeditado ante las leyes y
decisiones de la comunidad ciudadana, estado de supeditación que en el caso de no
aceptarla puede significar la segregación y la negación del estado de igualdad.
Este principio de igualdad se aplica a los ciudadanos quienes son los miembros
reconocidos por el poder del gobierno mismo y quienes generan la legitimidad de este
propiamente tal.
13
Sabine, George. Opus cit. pp. 38.
14
El Principio de igualdad (igualdad), es una idea que se aplica en términos jurídicos a los
incluidos en la comunidad mediante la ciudadanía, exceptuando y segregando a todo
aquel que este fuera de esta. Plantea que todo individuo es importante a los ojos del
poder por el hecho de ostentar el estado ciudadano. La ciudadanía como tal actúa como
el factor para la igualdad, ya que esta regulada por la ley, elimina todo tipo de
diferencias, se plantea una igualdad sustantiva. El reconocimiento de estas diferencias
no puede ir mas allá de la constatación por parte del poder de diferencias entre tal o
cual individuo en alguna calidad. Confiere a todos los hombres (ciudadanos), el mismo
status moral, vale decir establece un mismo juicio valorativo dentro de un orden político
o legal para todo hombre por la condición de ser humano.
Lo que se extrae de esta conjunción de ideas y principios es la inexpugnable necesidad
de la existencia de un gobierno protector de un aparato que sirva como medio de
coerción de estas ideas liberales, de cada uno de los derechos y libertades que
proceden inherentes de todo hombre o mujer. Dichos ámbitos de protección se
encuentran definidos de la siguiente manera: “lo que se protegía del control y la
regimentación gubernamental era la libertad de los individuos para participar en una
serie de ámbitos no políticos de interacción como la vida económica, la religión, la
educación y hasta los viajes internacionales”
14
En base a lo anteriormente enunciado con las teorías de Locke y su encajamiento con
el principio de individualidad y su relación reciproca con la igualdad, podemos
establecer dos puntos claves para entender el liberalismo político clásico. El primero
dice relación con la necesidad innegable del ya nombrado gobierno que proteja los
derechos y libertades de los individuos de todo tipo de agresión ilegitima y segundo una
de las ideas más relevantes para la comprensión de posteriores estructuras o
mecanismos utilizadas en función del liberalismo para su aplicación, la de un gobierno
14
Gallo, Ezequiel. Opus Cit. Pp. 14.
15
que mantenga limitado sus poderes solo a la función anteriormente nombrada.
Quedémonos con esta última idea, dando por entendido el primero de los puntos tras su
desarrollo en el primer tópico. El antiguo régimen se caracterizó por la acumulación de
los poderes de gobierno solo en una persona, el rey. El liberalismo es contrario a toda
esta herencia de extrema potestad que ejerce la figura del rey mediante el gobierno, por
tanto los liberales clásicos hablan de la necesaria existencia de un estado mínimo. Este
estado mínimo esta encasillado en la función de la protección de los derechos de los
hombres y la intencionalidad de los liberales es que no salga de este rol. Una
conceptualización de estado mínimo puede ser la siguiente, dada por Robert Nozick en
su libro anarquismo, estado y utopía:
“el estado mínimo nos trata como individuos inviolables que no pueden ser usados
como medios (…), instrumentos o recursos de otros; nos trata como personas con
derechos, nos permite, individualmente o con la compañía que seleccionamos, elegir
nuestra vida, realizar nuestros fines (…), todo esto será posible en la medida que
procuremos la cooperación voluntaria de otros individuos que poseen una dignidad
similar a la nuestra. ¿Cómo puede osar cualquier estado realizar mas que esto?... ¿o
menos?
En base a esta idea liberal del estado mínimo, encasillado en el ejercicio pleno de las
funciones atribuidas mediante el contrato social (posteriormente analizado), otra de
teorías importantes para el colectivo de ideas políticas del liberalismo es la planteada
por Montesquieu y la división de los poderes del estado.
La pregunta entorno a la cual gira esta problemática es ¿Cómo establecer de forma
clara los límites para esta no acumulación del poder por parte del estado (gobierno),
16
para salvaguardar los derechos y libertades individuales de toda persona?
Un posible fundamento teórico- filosófico lo encontramos en el trabajo de Charles M. de
Secondant de Montesquieu
15
, mas conocido por Montesquieu a secas, resulta
importantísimo para el entendimiento de esta delimitación de los poderes del gobierno
de los estados para la preservación de los derechos individuales tanto como
ciudadanos.
La valoración que sus contemporáneos hacen de Montesquieu es que habiendo vivido
este en Inglaterra, hubo de desarrollar de manera extensa y férrea la idea de que las
instituciones británicas resultaban para este país un medio para llegar a la libertad
política, consignando a estas consideraciones de las instituciones algunos símiles con
las instituciones de la antigua Roma a las cuales tilda de responsables principalmente
de la grandeza de esta cultura antigua a la vez que de su decadencia por su posterior
derivación en el despotismo. Su encarnizado desprecio, usando un calificativo sutil para
la extensa gama de estos que se encuentran en las fuentes en relación a como toma
Montesquieu el despotismo, da origen a origen a una idea que permitiera remediar los
malos resultados del absolutismo en Francia. Montesquieu admiro el sistema
institucional inglés y resalto en este la responsabilidad de la libertad política existente,
es debido a esta admiración que el en libro XI del espíritu de las leyes establece como
dogmas del constitucionalismo liberal la separación de los poderes del estado en
judicial, legislativo y ejecutivo. Esta idea en cierto modo no original de Montesquieu,
inspirada sino en el ejemplo de la realidad inglesa tiene fuerte influencia en los periodos
posteriores, la cual se hace notar en la declaración de derechos constitucionales tanto
de Norteamérica como de Francia, tras las revoluciones liberales.
La gran realización de Montesquieu como hemos desarrollado la idea es haber
15
Charles Secondant de Montesquieu (1689-1755), escritor francés. Uno de los principales pensadores de la ilustración.
Su obra mas famosa “El espíritu de la leyes”.
17
convertido la separación de los poderes en una especie de sistema de frenos y
contrapesos jurídicos ente las diversas partes de una constitución
16
. Esta relevancia que
expresa Montesquieu en cuanto al rol de las instituciones de la sociedad corresponde,
se encuentra intrínsecamente enlazadas con el principio meliorista del liberalismo, que
detallaremos a continuación.
El principio meliorista plantea que todas las instituciones, entre ellas las que ejerzan un
poder y todos sus subalternos pueden mejorarse, tanto en su formulación teórica como
en su plasmación práctica. Consiste en la creencia de la corregibilidad y las
posibilidades de mejoramientos de cualquier institución o acuerdo político
17
Podemos con esto ya precisar la forma en que el liberalismo plantea la delimitación de
los poderes de estado en pos de llegar a lo que los liberales clásicos denomina el
estado mínimo, pero ¿Cómo se legitima este poder ante los distintos componente de la
sociedad?, esta es la pregunta que ahora debemos plantearnos para entender de forma
ya mas completa las estructuras ideológicas del sector político planteadas circunscritas
al liberalismo. Para esta explicación fundamentaremos básicamente en el autor del
denominado contrato social, Rousseau
18
.
Su teoría de voluntad general por la cual nos interesaremos para el avance del
desarrollo de nuestra temática sin apartarnos demasiado de la línea y caer en
exageraciones y compendios casi inútiles de información a la cuala no se le da ningún
propósito, esta circunscrita a su obra que denomina “contrato social”. En este contrato
social plantea que la organización del hombreen comunidades, se logra a través de
16
Sabine, George. H. Litoarte, “Historia de la teoría política”. S. R. L. 1968. México. pp. 411.
17
Pradier ,Sebastián, “Los cuatro principios del liberalismo”. Revista de filosofía de Costa Rica. Costa rica. Nº 104,
volumen XLI, julio-diciembre 2003. pp. 91-109.
18
Jean-Jacques Rousseau. 1712-1778. Este escritor, nacido en Ginebra, se mostraba en contra de la sociedad de su
tiempo, porque ponía demasiados límites a las personas, y predicaba una vuelta a la naturaleza: estaba convencido de
que el principio del fin ocurrió el día que un hombre clavó unas cercas en el suelo y dijo: "Esta tierra es mía". Fue un
hombre más de sentimiento que de ideas, pero su fe en la libertad y la igualdad, típicamente ilustrada, le llevó a escribir
obras fundamentales sobre la convivencia de los hombres.
18
acuerdos mediante la renuncia de los individuos a parte de sus derechos en beneficio
de la comunidad, aceptando compromisos que lleven al bien común del colectivo.
Sabine lo argumenta desde la siguiente forma: “Rousseau se basa en el hecho que toda
comunidad de ciudadanos es única y coetánea de sus miembros; estos no la crean ni
tienen derechos contra ella. Es una asociación, no un agregado, una personalidad moral
y colectiva
19
.
Esta idea de contrato social, de establecer ideas colectivas y de declinaciones de
derecho son responsables del surgimiento de las ideas de democracia que
posteriormente van a hacerse participes de los regímenes liberales y que asimilaran de
alguna forma hasta hacerse indistinguibles una de la otra a pesar de no ser de un origen
mutuo.
En síntesis la voluntad general representa un hecho único respecto a una comunidad a
saber; que esta tiene un bien colectivo que no es lo mismo de los intereses privados de
sus miembros. En cierto sentido, vive su propia vida, realiza su propio destino y sufre su
propia suerte
20
. Esta voluntad general es la encargada de la legitimación del poder para
los gobiernos, expresa la voluntad colectiva (en teoría), de la comunidad.
Para hacernos una idea de cómo se ubica dentro de la estructura global del liberalismo
esta teoría de la voluntad general, es preciso enunciar el último de los principios del
liberalismo con los que hemos trabajado, es decir el principio de universalidad o
universalista.
El principio universalista (fraternidad-solidaridad).establece que todas las diferencias
individuales que pudiesen existir entre los hombres y mujeres en asuntos religiosos,
tradiciones etc. pasan a segundo plano al momento de llevarlo al plano de la comunidad
19
Sabine, George. H. Litoarte, “Historia de la teoría política”, S. R. L. 1968. México. pp. 431.
20
Sabine, George, Opus Cit. pp.432
19
donde la religión civil que establece la unidad bajo la unidad moral de la humanidad es
lo más importante. “todos están arraigados a una misma condición sustantiva que
trasciende cualquier concreción de la misma”
21
.
Este estado de igualdad ya mencionado brevemente junto al desarrollo de la teoría de
Locke, igualdad establecida mediante la ciudadanía toma un rol de alto vuelo al
momento de hablar del ejercicio de la voluntad general propuesta por Rousseau. Esta
es la que condiciona a los hombres como iguales ante los ojos del poder (gobierno) y
los considera de esta forma en un mismo status moral
Este punto teórico del liberalismo político nos parece relevante para nuestra
problematización respecto del donde comenzamos a conjugar por lo menos los
aspectos políticos de este y establecemos que estos se sustentan principalmente
algunos principios generales.
Establecimiento de un gobierno encargado de la protección de los derechos y libertades
como principal función de este, reconociendo su principal interés en el “como se
gobierna” y no en “quien gobierna”. Esta idea de estado o gobierno protector da origen
en algunos autores a clasificaciones en la actualidad, tales como estado gendarme, por
su función exclusiva de vigilancia que se cumplan las normas y leyes.
Gobierno con poderes limitados a través de la división de los poderes del estado
planteados por Montesquieu en su obra “el espíritu de las leyes”, haciendo hincapié en
lo importante del funcionamiento de las instituciones para el buen funcionamiento de la
sociedad y el goce de las libertades políticas. La noción de un estado mínimo por parte
de los liberales clásicos, es decir un estado que este supeditado bajo una constitución
21
Pradier Sebastián. “Los cuatro principios del liberalismo”. Revista de filosofía de Costa Rica. Costa rica. Nº 104,
volumen XLI, julio-diciembre 2003. pp. 100.
20
que le limite a infringir los derechos individuales de los hombres y que niegue
absolutamente alguna posibilidad de acrecentar y acumular el poder en función del
despotismo. La idea de estado mínimo se aplica también al área de la economía liberal,
donde el gobierno en la condición de estado mínimo no debería tener mas que una
pequeña participación sino nula en esta actividad, que según principios económicos
liberales se rige por las leyes de flujo de la naturaleza misma. Por último pero no menos
importante se encuentra el establecimiento como fundamento teórico-filosófico del
liberalismo político, la teoría de la voluntad general de los pueblos planteada por
Rousseau en su obra “el contrato social”, estableciendo los intereses colectivos por
sobre los individuales y ejerciendo a través de esta voluntad la legitimidad del poder
encomendado a los representantes de esta del pueblo en el gobierno. Es una suerte de
medio de control al igual que las divisiones de los poderes del estado para manejar las
condiciones en que el gobierno puede accionar sin salir de los límites previamente
establecidos por la opinión general del pueblo que puede dar o quitar su apoyo.
Para concluir con esta descripción de la los principios teóricos y en cierta medida
prácticos del liberalismo clásico debemos hacer alusión a agente propulsor que significó
la teoría de la voluntad general de los pueblos para el desarrollo y la evolución del
liberalismo para la posterior asimilación de los sistemas democráticos como reflejo de la
protección de los derechos y libertades individuales.
La segunda área que analizaremos, es la concepción económica liberal clásica.
El liberalismo se concibe como un sistema filosófico y económico de acción política que
promueve la libertad civil, la limitación de los gobiernos sobre las personas,
oponiéndose al despotismo abogando por las libertades individuales y la formación de
un estado de derecho.
21
No obstante la concepción del liberalismo como un sistema en conjunto, es necesario
hacer una distinción a partir de la premisa de que ambas como tendencias históricas
pueden darse sucesiva o simultáneamente pero no siempre como dos estructuras
homologas. En otras palabras puede haber una economía de mercado junto a una
férrea dictadura política, así como la presencia de una economía mixta y a la vez un
sistema de formas políticas de corte liberal con libertades políticas, derechos humanos,
separación de poderes que son características del liberalismo político. No debemos
concebir al liberalismo económico como una rama separada del político, al contrario
ambos se sustentan en los mismos principios, simplemente el devenir histórico y
razones de interpretación han formulado un relativo divorcio que no es tal en la
concepción teórica. La complejidad del concepto de “liberal” es una de las razones que
nos ayudan a entender esta situación. Ante la necesidad de esta aclaración es que
haremos un acercamiento al liberalismo económico a modo de poder exhibir sus
particularidades y características propias y diversas y su consecuencia social como lo
conciben los estudiosos de la escuela de Chicago “
22
las organizaciones económicas
tienen una doble función en la promoción de una sociedad libre. Por una parte , la
libertad en las organizaciones económicas es en sí una parte de la libertad en términos
generales, así que la libertad económica es un fin en si misma. En segundo lugar, es
también un medio indispensable para la consecución de la libertad política”
Fundamentos de la economía liberal
Para contextualizar el concepto de economía liberal, debemos tener en cuenta
que el inicio de la formación de este concepto comienza a partir de la pugna con el
modo de producción feudal los privilegios y la lucha contra el mercantilismo, el cual
permitía dirigir a los reyes la economía para la obtención de su propio interés, de modo
que surgen escuelas económicas como la de Manchester que ante la falta de
competencia y la arbitrariedad de los precios, sostenidos por medidas coercitivas
22
Friedman, Milton. “Capitalismo y libertad”, Madrid, RIALP, 1966. pp. 21,22.
22
legales, permitían a los productores y propietarios enriquecerse en desmedro de la
población, a modo de que el gobierno controlaba todos los factores implicados en la
labor económica.
El liberalismo económico buscaba no solamente romper el proteccionismo llevado a
cabo por la doctrina mercantilista sino que también parar los excesos de reglamentación
de la producción y la circulación del dinero, en otras palabras atacó a la intervención
estatal, pilar fundamental que aseguraba el saldo positivo en la balanza monetaria
mercantilista.
Esta idea de estado neutro, implicaba que el estado no debía interferir el orden natural
de la sociedad y el mercado, de modo que la apertura al juego de la libre competencia,
oferta y demanda, así como la de los intereses individuales permitiría una marcha
armónica de la labor económica. El estado deja de establecer precios, deja de ser un
agente que modifica las reglas del juego económico y da paso a una actividad que se
vale por si sola y se regula a partir de la propias necesidades de sus involucrados.
Adam Smith nos acerca a ello en su idea de precio del mercado “El precio de mercado
se regula por la cantidad de un artículo llevado al mercado y por la demanda del
mismo
23
.” haciendo una clara alusión a la oferta y demanda, autorregulación natural y la
búsqueda del interés individual. En esto último debemos precisar que la idea de buscar
el interés individual, estaba dirigida a la regulación natural del mercado y con ello la
obtención de precios y salarios justos. Esto se daría porque cada individuo al precisar
obtener sus propios intereses lograría satisfacer sus necesidades económicas, y la
suma de estos intereses individuales servirá al bien publico, de modo de que la
sociedad completa comparta precios justos y acordes a la situación del país.
23
Smith, Adam, “Investigación de la naturaleza y causas de la riqueza de las naciones”, Fondo económico de la
cultura ,Madrid, 1956. Pp. 47-48
23
En otras palabras el sistema de mercado plantea el dejar hacer o el laissez faire “dejar
hacer: cancelar las limitaciones del intervencionismo y abrir el campo a la iniciativa
individual; dejar pasar: abrir las puertas de las naciones, suprimiendo las barreras
aduaneras, de modo que se estimule y active la circulación de la riqueza … se hace
presente el liberalismo económico o teoría de la libertad económica fundada en la libre
iniciativa individual movida por el deseo de lucro; en la libre competencia, regulador de
la producción y los precios, y en el libre juego de las leyes económicas naturales.”
24
La democratización del liberalismo
Como anteriormente señalamos, las crisis políticas de las monarquías absolutas
(desde el siglo XVII y en particular en el siglo XVIII), sumadas a los vuelcos hacia el
humanismo, hicieron que el estudio del hombre fuera el centro de la discusión y el
análisis, tornándose la discusión política a darle limitaciones en el poder para la persona
que ejerza el gobierno. Dicho de mejor forma, la protección del individuo pasó a ser la
base de todas las teorías políticas, demandando al estado absoluto, los derechos de
libertad y propiedad, que son las bases del sistema liberal.
Si pensamos que cada teoría política nace de la visión de la realidad, entenderemos
entonces, que el liberalismo nace en contraposición al poder de los monarcas, es decir,
como una forma de limitar el poder absoluto en manos de una sola persona.
Al observar los estados actuales, podemos encontrar, en su mayoría, estados basados
en las ideas liberales (como el contrato social o la división de los poderes del Estado),
pero también basados en una forma de gobierno democrático representativo.
24
Gilberto Tobón Sanin.”Liberalismo económico y liberalismo político”. Revista Univ. Medellin. N°60
24
Ahora bien, debemos ser claros en que la adopción de las ideas democráticas por parte
de ideas liberales, surgen en las mentes de intelectuales pre revolucionarios francesas
(en particular Rousseau), como la mejor forma de gobierno posible, ya que, en palabras
de Lorenzo Córdova, “la democracia, teóricamente, es la forma de gobierno antagónica
por excelencia de la Monarquía”
25
. De ahí que entendemos, que se adopte la
democracia en la constitución Francesa, no como un movimiento para que el pueblo
gobierne, sino que más bien, la mejor forma de gobierno, que se contrapusiese al
monarca absoluto. Antagónicamente con esto, la Revolución Inglesa (siglo XVII), no se
vinculaba en lo mas mínimo, con la idea de Democracia. En Inglaterra, no encontramos
la idea de democracia, pues no existió entre los intelectuales, un movimiento
antimonárquico, como en Francia, sino que, por el contrario, aún se sentía el apego a la
Monarquía, pero esta vez, tratando de limitarla, para terminar con la concentración del
poder absoluto en una persona (pues corrompía con los derechos de igualdad y
libertad, bases en el liberalismo). Es por esto que se enfatizó en la urgencia de dividir
los poderes del Estado, ideas que podemos ver desarrolladas en las teorías de John
Locke, quien plantea esta solución para desarrollar la libertad individual y la propiedad,
con el fin de que el monarca no pueda abusar de sus súbditos, pero en ningún caso lo
hace, con el fin de destruir esta forma de gobierno.
Podemos señalar con autoridad entonces, que los principios liberales y los democráticos
no tuvieron una misma génesis. De hecho, hay autores, como Norberto Bobbio, o C. B.
Macpherson, que sostienen la idea de que en sus inicios, estos dos términos podemos
considerarlos contrapuestos
26
. Las ideas de igualdad para los liberales, no son las
mismas que las ideas democráticas, pues las primeras vienen a promover la libertad de
las aristocracias de mérito, mientras que las segundas vienen a formar, para los
liberales, el despotismo democrático, que es enemigo del liberalismo, ya que los
25
Córdova, Lorenzo, “Liberalismo, democracia, neoliberalismo e ingobernabilidad” en Revista mexicana de sociología,
México, Vol. 58, núm. 4, 1996, p. 6.
26
Córdova, Lorenzo, Opus. cit. p. 9.
25
grandes pensadores de la época, argumentaban que “el gobierno del pueblo, o de
voluntad mayoritaria, es fatal para la libertad individual y para todos los atractivos de la
vida civilizada”
27
. Pero estas ideas antagónicas, pasan a involucrarse, y el liberalismo
encuentra el uso práctico de la democracia, en dos sucesos que consideramos
relevantes: La revolución de independencia estadounidense y la Revolución francesa.
Un primer reconocimiento de estas dos ideas (la democrática y la liberal), lo
encontramos en la declaración de los derechos básicos del hombre, que estos
nacientes estados redactan en sus constituciones (la francesa en 1791 y la
estadounidense en 1789). Por una parte, los liberales buscan delimitar el gobierno
absolutista, a través de estos derechos que el gobernante debe respetar (base de las
constituciones), por otra parte, la idea de la democracia se basa en el reconocimiento
de estos derechos. Es decir, la democracia encuentra su punto de partida en los
derechos del hombre, que los liberales reconocen y redactan en sus constituciones para
limitar el poder absoluto. No obstante, estas declaraciones no quieren señalar que
liberalismo y democracia sean dos aspectos de una misma cosa, pero también buscan
señalar que esta vinculación de ambas ideas, nunca más se disolvieron, sino que fueron
entrelazándose más a medida que los nacientes estados se desarrollaban.
Es necesario señalar, que el ejercicio de la democracia puede sostenerse en un
ambiente igualitario e impregnado de gran libertad, para los individuos considerados
políticamente activos (ciudadanos activos, es decir, con propiedades). En otras
palabras, el ejercicio de la democracia viene a reforzar la idea de libertad –mediante la
defensa de la igualdad y libertad de los derechos políticos de los ciudadanos- y de
propiedad –ya que las personas consideradas ciudadanas activas son las que tienen
una propiedad- dos de las demandas constantes de los liberales. Es por esto que
27
Córdova, Lorenzo, Opus. cit. p. 8.
26
afirmamos que es el liberalismo el que adoptó la forma de gobierno democrático, y no al
revés.
Señalamos además, que es necesario habituarnos en el contexto histórico donde se
desarrolló este modelo, por lo que debemos comprender que la democracia no era
concebida como lo es ahora (luego de la lucha por el sufragio universal, por ejemplo),
haciendo de esta una forma de gobierno más amplia y popular, sino que fue una
democracia que favoreció los intereses político de las clases burguesas (propietarios),
dándole la legitimidad a personas poderosas e influyentes, reconocidas por el pueblo,
para transformarse en representantes del derecho político de los individuos (igualdad
política). Por esto, la adopción del modelo democrático, no fue como “el gobierno del
pueblo” propiamente tal, sino que fue la democracia representativa la recogida en las
primeras constituciones y difundida en los postulados liberales.
Quiero hacer hincapié en la importancia de entender lo que es la democracia
representativa, recogida por el modelo liberal, ya que es esta forma de gobierno, la
extendida a la mayoría de los estados occidentales. La democracia representativa nace
criticando la forma de gobierno postulada anteriormente por Rousseau, en su “contrato
social”, quien señala que la mejor forma de gobierno es una democracia directa, “según
la cual es el pueblo reunido, es decir, el pueblo en su carácter de soberano, el que toma
las decisiones que le son propias, tales como dotarse de leyes y ejercer el gobierno”
28
,
además, nos plantea que incluso un estado que se basa en la voluntad general,
necesita de pocas leyes para regirse
29
. La idea de democracia participativa, fue criticada
en primera instancia por Montesquieu, y luego, por Kant, ya que consideraban que esta
no era aplicable a los grandes estados que se estaban formando, y además, porque
pensaban que esta forma de gobierno, podría transformarse en una anarquía, lo que
28
Rousseau, Jean-Jacques, "El contrato social", Editorial Ercilla, 1988, Santiago de Chile. p. 88.
29
Rousseau, Jean-Jacques, Opus. cit. p. 97.
27
chocaba absolutamente con las ideas liberales, ya que la libertad de uno, no podía
poner en riesgo la de otros.
Así, la representación se convirtió en la esencia de la democracia, y con esto de los
estados liberales. En Inglaterra, por ejemplo, país que adoptó tardíamente la
democracia en su idea política (por la explicación de que no eran antimonárquicos),
encontramos que el parlamento (Cámara de los Comunes), órgano representativo en su
totalidad, era elegido periódicamente por los ciudadanos activos. Rousseau, defensor
de la participación política directa, nos señala en su contrato social, que el “pueblo
inglés piensa que es libre y se engaña: lo es solamente durante la elección de los
miembros del Parlamento; tan pronto como éstos son elegidos, vuelve a ser esclavo, no
es nada… merece perderla (refiriéndose a el derecho político).”
30
Esta idea
representativa, se funda también en las constituciones francesas y estadounidenses,
por lo visto, no pensando en que esta deteriora la idea principal de democracia
(gobierno del pueblo), y que defiende la libertad en los ciudadanos, pero una libertad
limitada a entregar el derecho político a los representantes, idea política que se
expandió hacia todos los estados nacientes del occidente.
El estado Liberal y sus puntos críticos
El siguiente punto se refiere a la definición de un estado liberal basada
principalmente en la concepción de Norberto Bobbio y el establecimiento de sus puntos
críticos según la visión de Carl Schmitt quien nos demuestra como los ideales
plasmados por la teoría liberal son mera formalidad pues en lo real históricamente ha
operado de manera distinta, una cosa es la idea y otro asunto es analizar como
30
Rousseau, Jean-Jacques, Opus. cit. p. 89.
28
funcionan estas.
Norberto Bobbio señala que “Los derechos del hombre deben ser respetados por el
poder político… solamente su reconocimiento pleno dio origen a la forma de Estado
limitado por excelencia que es el estado Liberal… se suele llamar constitucionalismo a
la teoría y a la práctica de los límites del poder… los derechos fundamentales una vez
reconocidos y protegidos jurídicamente elevan contra el intento y presunción del
detentador del poder soberano de someter a reglamentación cualquier acción que los
individuos o grupos intenten emprender” (estado poder y gobierno).
El liberalismo surge como respuesta contraria a las monarquías absolutas y para esto
tiene un gran interés en mantener el orden y rechaza la violencia para alcanzar los fines
perseguidos, ante esto prefiere defender la autonomía del ciudadano, fomentar los
pactos y dejar que los grupos económicos y sociales se desenvuelvan libremente pues
según este pensamiento en todo lo que intervenga el poder central hay corrupción, se
pervierte. Por esto es que también se aleja la idea de Dios de los asuntos públicos pues
no debe existir ningún grupo de personas con privilegios políticos y sociales, todo parte
de una base de igualdad y esta igualdad es ante la ley pues opuestamente a las
monarquías absolutas en las que gobierna un REX aquí lo que se debe respetar es la
LEX.
Entonces un estado liberal se basa en un estado de Derecho que ofrezca al individuo
una seguridad para no estar sometido al poder arbitrario de las autoridades y este es el
primer lugar donde encontramos un punto crítico de un estado liberal “el estado de
derecho”, pero antes, para entender un estado de derecho es necesario entender el
concepto de “decisión” al cual lo anteceden tres ideas.
29
Normalidad: Es cuando existe plena vigencia del estado de derecho, las
instituciones funcionan de manera normal, existe una paz interna y externa y la
sociedad se desarrolla en orden.
Excepción: Surge ante una eventualidad o contingencia no descrita por el orden
jurídico ante una necesidad extrema en la que peligre la existencia del estado y
exista una disputa por el poder en un contexto de correlación de fuerzas de suma
cero.
Soberanía: Es aquel que termina con el estado de excepción, termina con el
desorden y tiene dos opciones; restaura el orden o crea uno totalmente nuevo.
31
De esta manera tenemos que el concepto de “decisión” realizada por el soberano es
extrajurídico, es un asunto fuera de la legalidad pues el soberano decide por sobre la
ley, “El estado suspende el derecho en virtud del derecho a la propia conservación”. En
palabras de Hobbes “la decisión funda tanto la norma como el orden”, la autoridad
demuestra que crear derecho no necesita tener derecho
32
.
Esto ocurre en los hechos históricos de Revolución Francesa e Independencia de
Estados Unidos por ejemplo donde se desarrolla el liberalismo, entonces luego de este
proceso de establecimiento de la soberanía el legislador (o quienes se hicieron con el
poder) queda sometido a la legalidad que el mismo ha instituido y se coloca el interés
de la seguridad jurídica por sobre la justicia. De esta manera el estado de derecho es la
base de un estado liberal, pues los actos del estado son impersonales, objetivos y
previsibles pues debe actuar dentro de un marco legal que lo limita (esencia del
31
Luis R. Oro Tapia. “Crítica de Carl Schmitt al liberalismo”. Estudios Públicos N°98. 2005. pp . 72 -75.
32
Schmitt, Carl, “Sobre los tres modos de pensar la ciencia jurídica”. 1996. pp. 30 - 31.
30
liberalismo), pero aquí entramos a un problema en el que es difícil que exista una
imparcialidad ante las leyes porque la ley no puede ejecutarse o aplicarse a sí misma,
menos interpretarse, ni definirse, ni sancionarse, no existe una jerarquía de normas sino
que de hombres por lo que tras las leyes sigue operando desde las penumbras la
voluntad humana, de las personas encargadas o designadas para crear las leyes. Una
de las finalidades políticas del estado de derecho es intentar disimular o encubrir las
autenticas relaciones de poder bajo la apariencia de la impersonalidad, objetividad y
neutralidad de las normas.
Esto es explicado de manera sociológica por las teorías de legitimación de poder que
nos presenta Max Weber quien señala que existe “el poder tradicional cuyo motivo de la
obediencia es la sacralidad de la persona del soberano, sacralidad que deriva de lo que
siempre ha sido, no hay razón para cambiarlo” (observable en el Antiguo Régimen) , en
segundo lugar la obediencia deriva de la creencia en la racionalidad del comportamiento
conforme a las leyes, esto es normas generales y abstractas que instituyen una relación
impersonal entre gobernante y gobernado” (Norberto Bobbio, estado, poder y gobierno)
y esta vendría siendo la razón que legitima a un estado de derecho (por ende liberal) y
finalmente el poder carismático que es el que tienen los caudillos para arrastrar masas,
que influye en la democracia de masas (malformación de la representativa) en las que
la política se transforma en consumo, en seguir una idea atractiva que influye en el
segundo punto crítico que Carl Schmith denomina “demoliberalismo” que se explica a
continuación.
Un segundo punto crítico del liberalismo surge cuando lo asociamos a la democracia
como se explicó anteriormente en la “democratización del liberalismo” , Norberto Bobbio
por ejemplo señala que los gobernados reciben su legitimidad de la voluntad de Dios o
la del pueblo, pero esto llega a un consenso cuando se señala que “la voz del pueblo es
la voz de Dios”
33
, el liberalismo se valió de esta democracia para limitar al estado, lo que
33
Bobbio, Norberto. “Estado, gobierno y sociedad. Por una teoría general de la política”. 1998, México, CE. p. 121.
31
Carl Schmitt llama “demoliberalismo” señalando primeramente que el liberalismo busca
terminar con la política de gabinete y los secretos de estado y para esto que mejor
manera que publicitar y transparentar la política a través de la democracia, es el medio
perfecto. El parlamento por ejemplo busca transparentar, fomentar discusiones públicas
y libres en la que cada persona pueda expresar las ideas de quienes representa, esto
trae como consecuencia una publicidad de la vida política.
Sin embargo el liberalismo muy pronto devino en prácticas que negaban dicha
expectativa como las comisiones o coaliciones de partido las que decidían a puertas
cerradas cosas concernientes a los ciudadanos y los parlamentarios no decidían de
manera autónoma, sino que deciden como representantes de los intereses del gran
capital. Esto de cierta manera fue caricaturizando la política, se comenzó a llevar a cabo
la discusión simple e irrisoria para la gente común mientras que la verdadera actividad
política no se desarrollaba en los debates públicos, sino que las decisiones realmente
importantes ya habían sido tomadas previamente en reuniones secretas de jefes de
grupos parlamentarios e incluso de comisiones no parlamentarias. Entonces en un
sistema de este tipo lo que prima es el dominio de los partidos políticos y los intereses
económicos debido a que como se explicó anteriormente en un estado de derecho el
estado no actúa como unidad de decisión sino que tiene una política de consenso en la
que las comisiones parlamentarias formadas por diversos sectores son las que deben
responder, pero siempre terminan eludiendo dar respuestas concluyentes, caen en una
negociación eterna en vez de una discusión, esto debido a que los parlamentarios
pertenecen a los partidos políticos y estos tienen intereses de aumentar o preservar sus
cuotas de poder por lo tanto caen en la negociación, no en la discusión, prevalece la
propaganda para seducir la emotividad del electorado por sobre la argumentación
racional, es por esto que podemos afirmar que la democracia liberal no tiene raíces
ciudadanas reales, solo en la formalidad.
32
Un tercer punto crítico apunta al pacifismo internacionalista que aspira el liberalismo
para desarrollarse, una legalidad internacional similar a la de cada estado con dos
objetivos, primero bloquear el uso de la violencia y segundo generar instancias de
resolución de conflictos internacionales, crear una especie de estado de derecho
internacional, pero en este caso quien dicta las reglas y en beneficio de quien, está
determinado por las relaciones de poder existentes entre los estados y se le imputan las
mismas inconsistencias señaladas anteriormente en el plano interno de los estados de
derecho. Según Carl Schmitt, quien tiene una visión Hobbesiana de la naturaleza
humana, es decir cree en que el hombre es el lobo del hombre, “el estado homogéneo
universal que concibe Fukuyama es imposible” debido a que siempre primarán los
intereses de ciertos estados por sobre otros.
Uno de los principales problemas que posee un estado de derecho es que no se elimina
el uso de la fuerza, pero esta se utiliza de otra manera, de manera disfrazada, pues
antiguamente existían los enemigos políticos o gente que tenía otras posturas, pero tras
el arraigamiento del liberalismo simplemente se cataloga, a quien causa desorden
dentro del orden liberal, de criminal, delincuente, infractor del orden. El liberalismo ha
creado todo un campo semántico, un vocabulario esencialmente pacifista.
El cuarto punto crítico apunta al individualismo que fue explicado anteriormente por su
fuerte influencia en el liberalismo, el problema se encuentra en que todo lo que es
conflicto o algo que pueda alterar el desorden se considera un asunto privado, el
liberalismo según Carl Schmith es “una mixtura de individualismo y relativismo”, su
principio es que no vale la pena sacrificarse por ideales colectivos y que no existen
valores supraindividuales, es decir el estado deja de lado sus intromisiones en todo lo
social porque supuestamente estos conflictos se solucionan en lo privado y el problema
está en que los perjudicados van a ser los que no tienen intromisión en el marco legal
del estado de derecho influenciados por los intereses de una clase, pues según
33
Norberto Bobbio “el estado debe ser considerado meramente instrumental, se le debe
reducir al elemento que lo caracteriza, el poder coactivo, cuyo ejercicio al servicio de los
detentadores del poder económico debería ser el de garantizar el desarrollo autónomo
de la sociedad civil, transformándolo en un verdadero y propio brazo secular de la clase
económicamente dominante (estado, poder y gobierno).
Un último punto crítico del liberalismo es su optimismo antropológico, pues toda teoría
política se basa en una concepción de la naturaleza humana es decir la bondad o
maldad congénita del hombre y el liberalismo entonces, que se basa en un estado de
derecho debe preguntarse de donde es que provienen esas leyes superiores a los
gobernantes y que los condicionan y Norberto Bobbio señala que los antiguos
(refiriéndose a los griegos Platón y Aristóteles) dijeron “Por encima de las leyes de los
gobernantes hay otras leyes que no dependen de la voluntad de los gobernantes, y son
leyes naturales, derivadas de la propia naturaleza del hombre que vive en sociedad”
34
y
su respuesta es que el ser humano es bueno (Rousseau también lo señala), pero esto
no significa que niegue de manera radical el estado pues considera que el estado es “un
mal necesario” y para que no exceda en sus atribuciones crea tres instancias para
controlar al Leviatán (manera en que Hobbes lo llama al estado), primero se autolimita,
es decir divide los poderes, luego su proceder se debe ajustar a la legalidad vigente y
luego las autoridades son sometidas periódicamente a evaluación a través de
elecciones, de esta manera se garantiza la libertad y se remueve aquellos obstáculos
que impiden su desarrollo.
Para Locke por ejemplo, el principal deber del gobierno es el de hacer posible, mediante
el ejercicio del poder coactivo, la observancia de las leyes naturales para el respeto de
las cuales no habría necesidad de algún gobierno si todos los hombres fueran seres
racionales, Locke necesita del consenso para fundar el estado, pero el consenso
34
Bobbio, Norberto. Opus Cit. p.132.
34
mismo, esto es, el acuerdo necesario para salir del estado de naturaleza e instituir el
gobierno civil; es con todo, un acto racional.
Finalmente el liberalismo elude y niega sistemáticamente la política o más bien
podemos decir que la encubre bajo lo jurídico, en palabras de Schmitt “Soberanía del
derecho significa la soberanía de los hombres que imponen las normas jurídicas y se
sirven de ello” es decir la legitimación de un status quo, en este caso establecido por
corrientes liberales que surgieron de una clase burguesa que derrocó el poder de los
monarcas absolutos.
Conclusiones.
En primer lugar debemos dilucidar que la formación de liberalismo surge
de manera contestataria al absolutismo del siglo XVII – XVIII, debido a una rigidez
anticuada, una administración obsoleta y una exclusión política de los sectores
burgueses que se encontraban generando mayor intromisión en los asuntos
35
económicos y políticos. Esta clase en plena consolidación, será quien generara las
principales revoluciones que terminaran por derrocar el antiguo Régimen –como lo
mencionaban los revolucionarios Franceses-.
De mayor importancia se ubica las nuevas corrientes filosóficas y teológicas entradas en
la edad moderna, el humanismo, la ilustración, la reforma protestante, etc., serán el
ideario para generar desde el razonamiento una replica contrapuesta a la
fundamentación teológica de las monarquías europeas de aquellos siglos, la
promulgación de principios como las leyes naturales, la libertad de culto, la separación
de los poderes del Estado, el estado de derecho y las nuevas tendencias en cuanto a la
economía, serán por nombrar algunos ejemplos las nuevas ideas que se esparcirán por
Europa.
El profesor Jaime Etchepare, agrupa los postulados esenciales del Liberalismo de los
siglos XVII – XIX, en ocho puntos donde genera la esencia de estos mismos. Los cuales
se resumen en lo siguiente:
1. Una exaltación, racionalización, del llamado “Derecho Natural”, que se resume
como el conjunto de derechos inherentes a toda persona, antecesores del
Estado.
2. Las relaciones político-sociales, consecuencia de un pacto realizado en algún
momento de la historia, el cual se acuerda renunciar a parte de sus libertades
políticas en beneficio de la sociedad como ente político organizado, el que les
garantizaría un orden para disfrutar en mayor medida de estas libertades.
3. El poder radica esencialmente el la soberanía popular. El liberalismo concibe al
Estado, a la sociedad, como una agrupación de individuos cuya finalidad es
garantizar los derechos de estos.
4. Los problemas que se producen en la convivencia de una sociedad son el
36
resultado del ejercicio de la libertad, de allí que se haga necesaria la existencia
del Estado para solucionar estos problemas, y garantizar el mejor ejercicio de
estas libertades.
5. el liberalismo preconiza la mas amplia libertad en materia religiosa, puesto que
define esta como un acto privada donde el Estado debe mantener su neutralidad
ante este.
6. La ley, la norma, que regirá la convivencia, debe ser la expresión de la soberanía
popular. Es esta expresión de soberanía la que llamaron la “Voluntad General”.
7. Para los liberales el derecho de propiedad es una consecuencia de la libertad
natural, considerándola como un elemento esencial de ella. De allí el énfasis que
se pone en la necesidad de garantizar la propiedad a toda persona, teniendo el
mismo derecho y oportunidad igualitaria de acceso a ella.
8. Para finalizar, el liberalismo se refiere como quizás uno de los postulados
esenciales, el Constitucionalismo, ya que este resume y concretiza todos los
anteriores, al preconizar la existencia de Leyes supremas que reglamenten los
atributos del poder y las garantías de las libertades.
Serán este conjunto de postulados los que se extenderán por toda Europa, encendiendo
los procesos revolucionarios más importantes de estos siglos, hasta llegar a la de mayor
universalidad, como lo es la Revolución Francesa. Inclusive generara su gran incidencia
en la Independencia de los Estados Unidos de Norteamérica, convirtiéndose en los
postulados centrales de estas.
Las consecuencias de esta corriente del pensamiento político y filosófico, se extenderá
por todo lo que hemos construido de historia hasta hoy, surgirán nuevas apreciaciones,
aportes y deformaciones. La evolución de este en su aplicación practica de los Estados
Modernos, llegara inclusive a generarse postulados como el mencionado Neoliberalismo
de Friedman y Keynes a mediados del siglo pasado.
37
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en los siglos xvi, xvii y xviii”, Editorial Universitaria, 1979 Santiago.
Corvisier, André, “Historia Moderna”, Editorial Labor S.A., 1977, Barcelona, España.
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Aires, Argentina.
Gallo, Ezequiel. “Notas sobre liberalismo clásico”. Studies públicos. Nº 21, verano 1986.
38
Pradier Sebastián. “Los cuatro principios del liberalismo”. Revista de filosofía de Costa
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  • 2. Integrantes : Fabián Alarcón Anriquez Claudio Araya Millán Gabriel Caballero Toro Edgardo Gaete Grez Claudio González Röthen. Ramo : Doctrinas y Sistemas Políticos Profesor Titular : Jaime Etchepare Jensen Fecha : 29 de Abril de 2009. Índice Introducción . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3 1. Contexto Histórico: De la emancipación Burguesa a los inicios del Liberalismo . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .. . . . . . . . . . . . . . 4 2. Del Liberalismo Político . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 8 3. Fundamentos de la Económica Liberal . . . . . . . . . . . . . . . 16 2
  • 3. 4. La democratización del Liberalismo . . . . . . . . . . . . . . 17 5. El estado Liberal y sus puntos críticos . . . . . . . . . . . . . . 20 Conclusiones . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 25 Bibliografía . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 27 Introducción Este trabajo busca comprender como el liberalismo influye hasta el día de hoy en 3
  • 4. la composición y el funcionamiento de los estados actuales. Para hacer nuestra labor más didáctica hemos querido dividir nuestro trabajo en los puntos principales del liberalismo que permiten entender el funcionamiento político de los estados liberales occidentales de hoy, estas temáticas son: Primero, la contextualización histórico-social del surgimiento del liberalismo y sus principios, ya que consideramos que el liberalismo nace como respuesta a los modelos absolutistas que le preceden, que limitaban el desarrollo de las libertades individuales y el respeto y la defensa de los derechos inalienables del hombre que fueron redescubiertos por el movimiento intelectual humanista, que se desarrollo paralelamente en este periodo. Segundo, establecemos una relación entre los principios generales del liberalismo y los principios específicos en su plano político, fundamentados estos bajo los planteamientos teórico filosóficos de tres de los mas importantes pensadores del liberalismo. Tercero y sin tratar de alejarnos de la concepción liberal como un sistema, separaremos la visión de la economía clásica liberal, a modo de tener un acercamiento terminológico que nos permita entender el porque del desarrollo económico de forma independiente, con el afán de esclarecer una confusión conceptual de una de las ramas que el liberalismo incluye y que definen el devenir económico de la población. Cuarto, analizamos los procesos que llevaron a que el liberalismo adopte a la democracia representativa, como forma de gobierno. Para esto, partimos de la base de que democracia y liberalismo no son lo mismo, si no que son una unión basada en la evolución histórica de estos dos términos, tan importantes políticamente. 4
  • 5. Y por ultimo, el quinto punto trata de describir las características principales de un estado liberal que se basa esencialmente en un estado de derecho que promueve igualdad para todas las personas incluyendo las autoridades para que de esta manera estén todos gobernados por la ley y no exista privilegio para ningún grupo social, posteriormente se plasman puntos críticos que existen entre lo que los principios liberales apuntan para un estado liberal y los vicios en los que posiblemente pueda caer este pensamiento político. De manera que finalmente logremos comprender a través de estas temáticas, como las ideas liberales son capaces de influir en la formación de los estados democráticos actuales. Contexto histórico: De la emancipación Burguesa a los inicios del Liberalismo. Para generar un entendimiento y conocimiento de la formación de un ideario político, debemos situarnos en el contexto histórico en que la reflexión, las ideas y la maduración de estas van tomando forma hasta decantar en un postulado frente a la constatación de una realidad y el deseo de cambiarla en un momento de contingencia. Para comenzar a situarnos en el contexto histórico en que se desarrolla el liberalismo, debemos comprender el sistema político imperante en aquellos siglos XVII – XVIII y la constatación de la situación acaecida en aquel entonces. Para aquellos siglos el régimen político imperante era el absolutismo monárquico, el cual se constituyo en medio de las violentas luchas que se produjeron en los fines de la Edad Media y los comienzos de la época moderna como consecuencia de los grandes trastornos sociales y económicos, de la decadencia y descomposición del régimen feudal y de los conflictos religiosos. En muchas partes de Europa se sucedieron de forma casi ininterrumpida las rebeliones y las guerras civiles. Frente a la desintegración del poder emergió la monarquía absoluta como la mejor y quizás única solución para 5
  • 6. superar la anarquía y restablecer la paz y la justicia 1 . La monarquía absoluta se constituyo esencialmente por la concentración de todo el poder público en manos del monarca. El monarca se constituyo en soberano y ejerció como tal el poder legislativo, ejecutivo y judicial, - avanzado en nuestro trabajo nos referiremos como diversos autores, de importancia en la generación del pensamiento liberal, se referirán a la separación de los poderes del Estado, como Rousseau, Locke y Montesquieu - , la concentración del poder en manos del monarca excluía a los súbditos de toda participación directa en la vida pública. La suprema obligación del súbdito consistía en la obediencia pasiva y en la leal ejecución de las resoluciones monárquicas. La monarquía absoluta encontró su justificación teórica en la doctrina del derecho divino de los reyes – el rey como autoridad designada por Dios - que se desarrollo en oposición contra las teorías que trataban de limitar el poder real y que otorgaba al pueblo el derecho de resistencia. En esta situación, de carácter de la ordenanza política, adentrado en la época moderna donde congeniaran nuevas cosmovisiones con la aparición del humanismo, la ilustración y la reforma protestante, surgirán una serie de corrientes filosóficas que se opondrán a estos postulados absolutistas y llevaran a la emancipación de una conjunto de la población, herederos de los grandes mercaderes y banqueros, a lo que se llamara, por la corriente del materialismo, como revoluciones burguesas, sin embargo este proceso no solo se quedara en esta clase incipiente de la sociedad, sino se adentrara en una mayoría social de no privilegiados, hasta la destrucción del antiguo régimen como lo designaran los revolucionarios franceses. Daremos comienzo por lo sucedido en las islas Británicas, y la Revolución de 1688, llamada por algunos autores como la Gloriosa Revolución. En primer lugar me quiero 1 Krebs, Ricardo, “La Monarquía Absoluta en Europa – El desarrollo del Estado moderno en los siglos xvi, xvii y xviii”, Editorial Universitaria, 1979 Santiago, Chile. P. 25. 6
  • 7. referir a la siguiente frase, “quizás seria exagerado hablar de liberalismo en la Inglaterra de finales del siglo XVII 2 ”, es el enunciado expuesto por Corvisier en su Historia Moderna cuando comienza a referirse a la evolución política de Inglaterra. Inglaterra se encontraba sumida en las luchas entre el Protestantismo y el Catolicismo, entre el Derecho Divino y las potestades del Parlamento, en la etapa final del proceso de restauración, Jacobo II –rey Católico-, se sume en la lucha con el hijo legitimo de Carlos II - antecesor de Jacobo II- el duque de Monmouth, cabecilla whig que revindica la corona, lo cual suscita la abolición del habeas corpus y una represión sangrienta 3 . La situación se agravo cuando Jacobo II anuncia la Declaración de la indulgencia, el cual sentaba las bases para la libertad de culto. La iglesia anglicana, hasta ahora fiel, y el clero niegan la lectura de la nueva ordenadaza y siete prelados, incluido el arzobispo de Canterbury, son llevados ante los tribunales por la acusación de libelo sedicioso. El nacimiento de un hijo, bautizado en el catolicismo, destruye las esperanzas que los ingleses habían depositado en la hija de Jacobo II, María, esposa de Guillermo de Orange, cara del protestantismo, el cual había dirigido muchas guerras en contra del icono de los reyes católicos, Luis XIV de Francia. El 30 de Junio de 1688, comienza la conspiración para derrocar a la dinastía Estuarda, whigs y tories se reúnen para solicitar a Guillermo de Orange la intervención militar en Inglaterra. El cual aprovechando el descuido Frances, desembarca el 7 de Noviembre. Abandonado por todos, inclusive por su hija María, Jacobo II consigue huir a Francia, luego de que Guillermo para no generar un mártir católico lo dejara huir. La constitución de un nuevo parlamento el 22 de Enero de 1689 genera el Bill of Rights o Declaración de Derechos, donde se estipulaba el fortalecimiento de ciertos derechos del parlamentarismo, el aseguramiento de reyes protestantes y las restricciones monárquicas y absolutistas –afirmación de la Ley por sobre el soberano 4 - 2 Corvisier, André, “Historia Moderna”, Editorial Labor S.A., 1977, Barcelona, España. Página 313. 3 Corvisier, André, Opus cit. P. 317. 4 Corvisier, André, “Historia Moderna”, Editorial Labor S.A., 1977, Barcelona, España. Página 318. 7
  • 8. El sentido de la gloriosa revolución es puesto de relieve por John Locke, que publica en 1690 el Tratado del gobierno civil, donde refuta la doctrina del derecho divino, vuelve a la ideología del contrato original, expresa la superioridad del poder legislativo sobre el poder ejecutivo, la supremacía de las leyes naturales sobre las leyes humanas, es decir, el derecho de rebelarse contra la tiranía. En sus Cartas sobre la tolerancia añade que la religión es un asunto privado, cuyo ejercicio no compete al Estado, salvo lo que concierne al catolicismo. La revolución de 1689 significa el triunfo de tendencias y tradiciones que ya no volverán a ponerse en duda. Las obras de Locke proporcionan el punto de partida a la ideología liberal del siglo XVIII 5 . La estocada final se fijo en la Revolución Francesa, donde el absolutismo quedaría excluido para siempre como forma de gobierno, denominada la caída del antiguo régimen. La revolución Francesa, fue sin duda la de mayor importancia e influencia. De todas las revoluciones contemporáneas, la francesa fue la única ecuménica, sus ejércitos se pusieron en marcha para revolucionar al mundo y sus ideas lo lograron. Fue como se ha dicho con razón, “el primer gran movimiento de ideas en la cristiandad occidental que produjo algún efecto real sobre el mundo del Islam” 6 . La generación de una nueva clase, descendiente de aquellos primitivos comerciantes, la burguesía, aquella que se extendía por toda Europa germinando la semilla revolucionaria contra los privilegios de la aristocracia y la estructura rígida de un absolutismo frente a un mundo cambiante, donde la burguesía poseía cada vez mas ingresos económicos y ahora se dirigía a la conquista del poder político. Los problemas financieros de la Francia de Luis XVI iban en aumento. La estructura 5 Corvisier, André, Opus Cit. P. 318. 6 Hobsbawm, Eric, “La era de la Revolución 1789-1848”, Editorial Critica, 1997, Buenos Aires, Argentina. P.63. 8
  • 9. administrativa y fiscal del reino estaba muy anticuada, aumentada la crisis por las malas cosechas y el involucramiento de Francia en la guerra de independencia de los Estados Unidos de Norte América. La victoria sobre Inglaterra se obtuvo gracias a una bancarrota final, por lo que la revolución norteamericana puede considerarse la causa directa de la francesa 7 . La crisis gubernamental brindo una oportunidad a la aristocracia y a los parlaments, pero una vez mas se negaron a pagar sin la contrapartida de un aumento en sus privilegios. La primera brecha en el frente del absolutismo fue abierta por una selecta, pero rebelde asamblea de Notables, convocada en 1787 para asentir a las peticiones del gobierno. La segunda y decisiva fue la desesperada decisión de convocar los Estados Generales, la vieja asamblea feudal del reino, enterrada desde 1614. Así pues, la revolución empezó como un intento aristocrático de recuperar los mandos del Estado, sin embargo las intenciones del Tercer Estado Frances –ni clérigos, ni nobles- se comenzó a configurar, cuando un conjunto de liberales colocaron en discusión las formas de votaciones, lo cual agitaban para doblar el numero de asambleistas y votos del tercer estado, el llamado comité de los treinta, la ruptura se genera cuando el resto de la asamblea – primer y segundo estado- rechazaron la propuesta, declarándose el Tercer Estado como Asamblea Nacional. Tras esto se encontraban la burguesía, sus ideas eran las del liberalismo clásico formulada por aquellos filósofos y economistas y propagado por la Francmasonería y otras asociaciones. De modo mas especifico, las peticiones de los burgueses de 1789 están contenidas en la Declaración de los derechos del hombre y del ciudadano. No me referiré a todo el proceso histórico de la Revolución Francesa, sino más bien destacar con el propósito de este trabajo, la importancia e influencia de las ideas 7 Hobsbawm, Eric, “La era de la Revolución 1789-1848”, Editorial Critica, 1997, Buenos Aires, Argentina. P. 66. 9
  • 10. liberales que pregonaron la revolución Francesa. Pero en conjunto, el clásico liberal burgués de 1789 – y el de 1789 a 1848- no era un demócrata, sino un creyente en el constitucionalismo, en un Estado secular con libertades civiles y garantías para la iniciativa privada, gobernado por contribuyentes y propietarios 8 . Era la tesis que el mismo Hobsbawm postulaba, como las intenciones que se suscrita a este proceso revolucionario. 8 Hobsbawm, Eric, “La era de la Revolución 1789-1848”, Editorial Critica, 1997, Buenos Aires, Argentina. P. 67. 10
  • 11. Del Liberalismo Político Para el entendimiento estructurado del liberalismo a nivel global, en función de nuestro análisis, que se basa en la formación de los estados liberales democráticos, es preciso diferenciar este en dos áreas y describir cada una de manera estricta y metódica. Estas no son necesariamente coincidentes, es decir no resulta preciso estar asociado a las tres por igual, se puede creer en una y no en las otras o vise versa. Desglosaremos el liberalismo en mencionadas en dos áreas principales, estas resultaran ser la política y la economía la cual en la actualidad se plantea por la generalidad de las interpretaciones sobre el liberalismo como la finalidad máxima de este. El liberalismo político tiene como sustrato primordial la preocupación principal del establecimiento de límites constitucionales al poder, centrando su interés en el “cómo” se gobierna por sobre la disyuntiva que para estos resulta menos relevante del “quién” gobierna 9 , en pos de la protección de los derechos y libertades individuales de los hombres y mujeres. Podemos describir el plano político del liberalismo como un área de este, sustentada en tres principios teórico-filosóficos argumentados por algunos de los autores más importantes de la época del surgimiento de este movimiento liberal durante el siglo XVIII. Teóricos tales como Locke, Montesquieu y Rousseau entre otros son artífices de estructuras ideológicas firmes basadas sobre todas las cosas en la teoría del progreso 9 Gallo, Ezequiel. “Notas sobre liberalismo clásico”. Studios públicos. Nº 21, verano 1986. 11
  • 12. infinito y el vuelco al individualismo de la sociedad. Para explicar de manera clara el lugar que cada autor y su teoría poseen dentro la estructura ideológica del liberalismo, es preciso plantear de forma clara sobre la mesa los principios dentro de los cuales comenzaremos ya de manera definitiva el análisis del liberalismo político. Estos principios básicos con los cual trabajaremos son los cuatro descritos por Sebastián Pradier en su articulo publicado hace algunos años atrás sobre los principios del liberalismo 10 . Estos cuatro principios son: el de individualidad, el de igualdad, el de universalidad y por último el principio meliorista. Posteriormente a medida que avancemos en torno a nuestra descripción de los tres autores citados y sus componentes de fundamentación para las áreas de liberalismo político iremos ampliando las explicaciones de estos cuatro principios. Comenzaremos nuestra estructuración del liberalismo político con el planteamiento de la protección de los derechos y libertades individuales del hombre por parte del poder. Este planteamiento en función de la relación individuo- comunidad y el poder gubernativo mismo, esta sobre todo fundamentado bajo el amparo de los escritos de John Locke en sus “tratados de gobierno” publicados en 1690 con la finalidad de defender la revolución inglesa a fines del siglo XVII. Hace referencia a los derechos y libertades que posee el hombre de manera natural por su condición de ser humano y la debida protección de estos, manteniendo limitaciones que interfieran de manera total con la toma de atribuciones de parte del poder (gobierno), que pudiesen amenazar de alguna manera la integridad de estos. Locke a partir de la de la tradición medieval que 10 Pradier Sebastián. “Los cuatro principios del liberalismo”. Revista de filosofía de Costa Rica. Costa rica. Nº 104, volumen XLI, julio-diciembre 2003. pp. 91-109. 12
  • 13. llega a partir de algunos autores que de una u otra forma establecieron cierto grado de influencia sobre su pensamiento sostiene para la realidad inglesa, considerando su origen y que sus escritos apuntaban a la realidad social de este país, lo siguiente: “El gobierno – específicamente el rey, pero no en menor medida el propio parlamento y todos los órganos políticos- es responsable ante el pueblo o la comunidad a los que rige; su poder esta limitado a la vez por la moral y la tradiciones y convenciones constitucionales inherentes a la historia del reino” 11 . Este punto de vista se expone en términos de satisfacción del individuo. Concibiendo la sociedad como conformada por individuos movidos por el egoísmo que buscan un estado de armonía protegido de las intensiones del mismo tinte egoísta de los demás miembros de la sociedad, mediante herramientas derivadas de la sociedad como lo son el gobierno y el derecho de seguridad de sus condiciones inalienables. Otro de los planteamientos que Locke 12 desarrolla en sus escritos de finales del XVII es que los individuos como las instituciones efectúan un trabajo socialmente útil, regulado por el gobierno para el bien de todos y dentro de la armazón jurídica constituye el grupo de individuos en una comunidad. Los conceptos que Locke nos plantea se asocian directamente con el primero de nuestros principios usados para el entendimiento del liberalismo en primer orden y del liberalismo político como consecuencia de este. Este tiene que ver con la individualidad del hombre en la realidad social. 11 Sabine, George. H. Litoarte, “Historia de la teoría política”. S. R. L. 1968. México. pp. 387. 12 El inglés John Locke (1632-1704) mantenía que todo nuestro conocimiento se basa en la experiencia, en lo que nos pasa; cuando nacemos no tenemos nada en la inteligencia, nuestro cerebro es una hoja en blanco en la que la vida irá dejando sus marcas. Además, sus ideas también sirvieron para establecer las bases de lo que hoy es la democracia, puesto que fue de los primeros filósofos en afirmar que la soberanía es del pueblo, y no de dioses o reyes, por lo que estos debían ser tolerantes. De esto se desprende otra consecuencia: que la revolución contra un gobernante injusto podía ser, en algunos casos, legítima. 13
  • 14. El Principio individualista (libertad-individualismo), dice relación con la facultad que posee todo hombre y mujer de tener una vida propia, cada cual es libre de hacer con ella lo que prefiera o considere conveniente para esta, siempre supeditado a los márgenes del mantenimiento intacto de los derechos individuales del otro. Afirma la primacía moral de la persona frente a exigencias de cualquier colectividad social. El principio de individualidad mantiene este margen de libertad bajo el concepto de individuo de la comunidad no como ciudadano de la comunidad, bajo este segundo precepto el hombre debe someterse a la ley adecuando su comportamiento a las normas dictadas por esta de manera absoluta 13 . Como se puede inferir al leer y posteriormente hacer una suerte aplicación de los planteamientos de Locke, estos al igual que nuestro primer principio nos plantean semejanzas en el ámbito de la protección de la individualidad en cuanto a derechos y libertades y la protección debida que se debe hacer de estos a partir de los poderes gubernativos manteniendo los niveles de libertad bajo condiciones de acción que se consideran legales. Se establece una relación de obligada tolerancia de la comunidad hacia el individuo, no permitiéndose que esta pueda tomar partido para imponerse a la opinión de este (como individuo). Distinta es esta relación si la analizamos ante la condición de ciudadano, donde el individuo si queda supeditado ante las leyes y decisiones de la comunidad ciudadana, estado de supeditación que en el caso de no aceptarla puede significar la segregación y la negación del estado de igualdad. Este principio de igualdad se aplica a los ciudadanos quienes son los miembros reconocidos por el poder del gobierno mismo y quienes generan la legitimidad de este propiamente tal. 13 Sabine, George. Opus cit. pp. 38. 14
  • 15. El Principio de igualdad (igualdad), es una idea que se aplica en términos jurídicos a los incluidos en la comunidad mediante la ciudadanía, exceptuando y segregando a todo aquel que este fuera de esta. Plantea que todo individuo es importante a los ojos del poder por el hecho de ostentar el estado ciudadano. La ciudadanía como tal actúa como el factor para la igualdad, ya que esta regulada por la ley, elimina todo tipo de diferencias, se plantea una igualdad sustantiva. El reconocimiento de estas diferencias no puede ir mas allá de la constatación por parte del poder de diferencias entre tal o cual individuo en alguna calidad. Confiere a todos los hombres (ciudadanos), el mismo status moral, vale decir establece un mismo juicio valorativo dentro de un orden político o legal para todo hombre por la condición de ser humano. Lo que se extrae de esta conjunción de ideas y principios es la inexpugnable necesidad de la existencia de un gobierno protector de un aparato que sirva como medio de coerción de estas ideas liberales, de cada uno de los derechos y libertades que proceden inherentes de todo hombre o mujer. Dichos ámbitos de protección se encuentran definidos de la siguiente manera: “lo que se protegía del control y la regimentación gubernamental era la libertad de los individuos para participar en una serie de ámbitos no políticos de interacción como la vida económica, la religión, la educación y hasta los viajes internacionales” 14 En base a lo anteriormente enunciado con las teorías de Locke y su encajamiento con el principio de individualidad y su relación reciproca con la igualdad, podemos establecer dos puntos claves para entender el liberalismo político clásico. El primero dice relación con la necesidad innegable del ya nombrado gobierno que proteja los derechos y libertades de los individuos de todo tipo de agresión ilegitima y segundo una de las ideas más relevantes para la comprensión de posteriores estructuras o mecanismos utilizadas en función del liberalismo para su aplicación, la de un gobierno 14 Gallo, Ezequiel. Opus Cit. Pp. 14. 15
  • 16. que mantenga limitado sus poderes solo a la función anteriormente nombrada. Quedémonos con esta última idea, dando por entendido el primero de los puntos tras su desarrollo en el primer tópico. El antiguo régimen se caracterizó por la acumulación de los poderes de gobierno solo en una persona, el rey. El liberalismo es contrario a toda esta herencia de extrema potestad que ejerce la figura del rey mediante el gobierno, por tanto los liberales clásicos hablan de la necesaria existencia de un estado mínimo. Este estado mínimo esta encasillado en la función de la protección de los derechos de los hombres y la intencionalidad de los liberales es que no salga de este rol. Una conceptualización de estado mínimo puede ser la siguiente, dada por Robert Nozick en su libro anarquismo, estado y utopía: “el estado mínimo nos trata como individuos inviolables que no pueden ser usados como medios (…), instrumentos o recursos de otros; nos trata como personas con derechos, nos permite, individualmente o con la compañía que seleccionamos, elegir nuestra vida, realizar nuestros fines (…), todo esto será posible en la medida que procuremos la cooperación voluntaria de otros individuos que poseen una dignidad similar a la nuestra. ¿Cómo puede osar cualquier estado realizar mas que esto?... ¿o menos? En base a esta idea liberal del estado mínimo, encasillado en el ejercicio pleno de las funciones atribuidas mediante el contrato social (posteriormente analizado), otra de teorías importantes para el colectivo de ideas políticas del liberalismo es la planteada por Montesquieu y la división de los poderes del estado. La pregunta entorno a la cual gira esta problemática es ¿Cómo establecer de forma clara los límites para esta no acumulación del poder por parte del estado (gobierno), 16
  • 17. para salvaguardar los derechos y libertades individuales de toda persona? Un posible fundamento teórico- filosófico lo encontramos en el trabajo de Charles M. de Secondant de Montesquieu 15 , mas conocido por Montesquieu a secas, resulta importantísimo para el entendimiento de esta delimitación de los poderes del gobierno de los estados para la preservación de los derechos individuales tanto como ciudadanos. La valoración que sus contemporáneos hacen de Montesquieu es que habiendo vivido este en Inglaterra, hubo de desarrollar de manera extensa y férrea la idea de que las instituciones británicas resultaban para este país un medio para llegar a la libertad política, consignando a estas consideraciones de las instituciones algunos símiles con las instituciones de la antigua Roma a las cuales tilda de responsables principalmente de la grandeza de esta cultura antigua a la vez que de su decadencia por su posterior derivación en el despotismo. Su encarnizado desprecio, usando un calificativo sutil para la extensa gama de estos que se encuentran en las fuentes en relación a como toma Montesquieu el despotismo, da origen a origen a una idea que permitiera remediar los malos resultados del absolutismo en Francia. Montesquieu admiro el sistema institucional inglés y resalto en este la responsabilidad de la libertad política existente, es debido a esta admiración que el en libro XI del espíritu de las leyes establece como dogmas del constitucionalismo liberal la separación de los poderes del estado en judicial, legislativo y ejecutivo. Esta idea en cierto modo no original de Montesquieu, inspirada sino en el ejemplo de la realidad inglesa tiene fuerte influencia en los periodos posteriores, la cual se hace notar en la declaración de derechos constitucionales tanto de Norteamérica como de Francia, tras las revoluciones liberales. La gran realización de Montesquieu como hemos desarrollado la idea es haber 15 Charles Secondant de Montesquieu (1689-1755), escritor francés. Uno de los principales pensadores de la ilustración. Su obra mas famosa “El espíritu de la leyes”. 17
  • 18. convertido la separación de los poderes en una especie de sistema de frenos y contrapesos jurídicos ente las diversas partes de una constitución 16 . Esta relevancia que expresa Montesquieu en cuanto al rol de las instituciones de la sociedad corresponde, se encuentra intrínsecamente enlazadas con el principio meliorista del liberalismo, que detallaremos a continuación. El principio meliorista plantea que todas las instituciones, entre ellas las que ejerzan un poder y todos sus subalternos pueden mejorarse, tanto en su formulación teórica como en su plasmación práctica. Consiste en la creencia de la corregibilidad y las posibilidades de mejoramientos de cualquier institución o acuerdo político 17 Podemos con esto ya precisar la forma en que el liberalismo plantea la delimitación de los poderes de estado en pos de llegar a lo que los liberales clásicos denomina el estado mínimo, pero ¿Cómo se legitima este poder ante los distintos componente de la sociedad?, esta es la pregunta que ahora debemos plantearnos para entender de forma ya mas completa las estructuras ideológicas del sector político planteadas circunscritas al liberalismo. Para esta explicación fundamentaremos básicamente en el autor del denominado contrato social, Rousseau 18 . Su teoría de voluntad general por la cual nos interesaremos para el avance del desarrollo de nuestra temática sin apartarnos demasiado de la línea y caer en exageraciones y compendios casi inútiles de información a la cuala no se le da ningún propósito, esta circunscrita a su obra que denomina “contrato social”. En este contrato social plantea que la organización del hombreen comunidades, se logra a través de 16 Sabine, George. H. Litoarte, “Historia de la teoría política”. S. R. L. 1968. México. pp. 411. 17 Pradier ,Sebastián, “Los cuatro principios del liberalismo”. Revista de filosofía de Costa Rica. Costa rica. Nº 104, volumen XLI, julio-diciembre 2003. pp. 91-109. 18 Jean-Jacques Rousseau. 1712-1778. Este escritor, nacido en Ginebra, se mostraba en contra de la sociedad de su tiempo, porque ponía demasiados límites a las personas, y predicaba una vuelta a la naturaleza: estaba convencido de que el principio del fin ocurrió el día que un hombre clavó unas cercas en el suelo y dijo: "Esta tierra es mía". Fue un hombre más de sentimiento que de ideas, pero su fe en la libertad y la igualdad, típicamente ilustrada, le llevó a escribir obras fundamentales sobre la convivencia de los hombres. 18
  • 19. acuerdos mediante la renuncia de los individuos a parte de sus derechos en beneficio de la comunidad, aceptando compromisos que lleven al bien común del colectivo. Sabine lo argumenta desde la siguiente forma: “Rousseau se basa en el hecho que toda comunidad de ciudadanos es única y coetánea de sus miembros; estos no la crean ni tienen derechos contra ella. Es una asociación, no un agregado, una personalidad moral y colectiva 19 . Esta idea de contrato social, de establecer ideas colectivas y de declinaciones de derecho son responsables del surgimiento de las ideas de democracia que posteriormente van a hacerse participes de los regímenes liberales y que asimilaran de alguna forma hasta hacerse indistinguibles una de la otra a pesar de no ser de un origen mutuo. En síntesis la voluntad general representa un hecho único respecto a una comunidad a saber; que esta tiene un bien colectivo que no es lo mismo de los intereses privados de sus miembros. En cierto sentido, vive su propia vida, realiza su propio destino y sufre su propia suerte 20 . Esta voluntad general es la encargada de la legitimación del poder para los gobiernos, expresa la voluntad colectiva (en teoría), de la comunidad. Para hacernos una idea de cómo se ubica dentro de la estructura global del liberalismo esta teoría de la voluntad general, es preciso enunciar el último de los principios del liberalismo con los que hemos trabajado, es decir el principio de universalidad o universalista. El principio universalista (fraternidad-solidaridad).establece que todas las diferencias individuales que pudiesen existir entre los hombres y mujeres en asuntos religiosos, tradiciones etc. pasan a segundo plano al momento de llevarlo al plano de la comunidad 19 Sabine, George. H. Litoarte, “Historia de la teoría política”, S. R. L. 1968. México. pp. 431. 20 Sabine, George, Opus Cit. pp.432 19
  • 20. donde la religión civil que establece la unidad bajo la unidad moral de la humanidad es lo más importante. “todos están arraigados a una misma condición sustantiva que trasciende cualquier concreción de la misma” 21 . Este estado de igualdad ya mencionado brevemente junto al desarrollo de la teoría de Locke, igualdad establecida mediante la ciudadanía toma un rol de alto vuelo al momento de hablar del ejercicio de la voluntad general propuesta por Rousseau. Esta es la que condiciona a los hombres como iguales ante los ojos del poder (gobierno) y los considera de esta forma en un mismo status moral Este punto teórico del liberalismo político nos parece relevante para nuestra problematización respecto del donde comenzamos a conjugar por lo menos los aspectos políticos de este y establecemos que estos se sustentan principalmente algunos principios generales. Establecimiento de un gobierno encargado de la protección de los derechos y libertades como principal función de este, reconociendo su principal interés en el “como se gobierna” y no en “quien gobierna”. Esta idea de estado o gobierno protector da origen en algunos autores a clasificaciones en la actualidad, tales como estado gendarme, por su función exclusiva de vigilancia que se cumplan las normas y leyes. Gobierno con poderes limitados a través de la división de los poderes del estado planteados por Montesquieu en su obra “el espíritu de las leyes”, haciendo hincapié en lo importante del funcionamiento de las instituciones para el buen funcionamiento de la sociedad y el goce de las libertades políticas. La noción de un estado mínimo por parte de los liberales clásicos, es decir un estado que este supeditado bajo una constitución 21 Pradier Sebastián. “Los cuatro principios del liberalismo”. Revista de filosofía de Costa Rica. Costa rica. Nº 104, volumen XLI, julio-diciembre 2003. pp. 100. 20
  • 21. que le limite a infringir los derechos individuales de los hombres y que niegue absolutamente alguna posibilidad de acrecentar y acumular el poder en función del despotismo. La idea de estado mínimo se aplica también al área de la economía liberal, donde el gobierno en la condición de estado mínimo no debería tener mas que una pequeña participación sino nula en esta actividad, que según principios económicos liberales se rige por las leyes de flujo de la naturaleza misma. Por último pero no menos importante se encuentra el establecimiento como fundamento teórico-filosófico del liberalismo político, la teoría de la voluntad general de los pueblos planteada por Rousseau en su obra “el contrato social”, estableciendo los intereses colectivos por sobre los individuales y ejerciendo a través de esta voluntad la legitimidad del poder encomendado a los representantes de esta del pueblo en el gobierno. Es una suerte de medio de control al igual que las divisiones de los poderes del estado para manejar las condiciones en que el gobierno puede accionar sin salir de los límites previamente establecidos por la opinión general del pueblo que puede dar o quitar su apoyo. Para concluir con esta descripción de la los principios teóricos y en cierta medida prácticos del liberalismo clásico debemos hacer alusión a agente propulsor que significó la teoría de la voluntad general de los pueblos para el desarrollo y la evolución del liberalismo para la posterior asimilación de los sistemas democráticos como reflejo de la protección de los derechos y libertades individuales. La segunda área que analizaremos, es la concepción económica liberal clásica. El liberalismo se concibe como un sistema filosófico y económico de acción política que promueve la libertad civil, la limitación de los gobiernos sobre las personas, oponiéndose al despotismo abogando por las libertades individuales y la formación de un estado de derecho. 21
  • 22. No obstante la concepción del liberalismo como un sistema en conjunto, es necesario hacer una distinción a partir de la premisa de que ambas como tendencias históricas pueden darse sucesiva o simultáneamente pero no siempre como dos estructuras homologas. En otras palabras puede haber una economía de mercado junto a una férrea dictadura política, así como la presencia de una economía mixta y a la vez un sistema de formas políticas de corte liberal con libertades políticas, derechos humanos, separación de poderes que son características del liberalismo político. No debemos concebir al liberalismo económico como una rama separada del político, al contrario ambos se sustentan en los mismos principios, simplemente el devenir histórico y razones de interpretación han formulado un relativo divorcio que no es tal en la concepción teórica. La complejidad del concepto de “liberal” es una de las razones que nos ayudan a entender esta situación. Ante la necesidad de esta aclaración es que haremos un acercamiento al liberalismo económico a modo de poder exhibir sus particularidades y características propias y diversas y su consecuencia social como lo conciben los estudiosos de la escuela de Chicago “ 22 las organizaciones económicas tienen una doble función en la promoción de una sociedad libre. Por una parte , la libertad en las organizaciones económicas es en sí una parte de la libertad en términos generales, así que la libertad económica es un fin en si misma. En segundo lugar, es también un medio indispensable para la consecución de la libertad política” Fundamentos de la economía liberal Para contextualizar el concepto de economía liberal, debemos tener en cuenta que el inicio de la formación de este concepto comienza a partir de la pugna con el modo de producción feudal los privilegios y la lucha contra el mercantilismo, el cual permitía dirigir a los reyes la economía para la obtención de su propio interés, de modo que surgen escuelas económicas como la de Manchester que ante la falta de competencia y la arbitrariedad de los precios, sostenidos por medidas coercitivas 22 Friedman, Milton. “Capitalismo y libertad”, Madrid, RIALP, 1966. pp. 21,22. 22
  • 23. legales, permitían a los productores y propietarios enriquecerse en desmedro de la población, a modo de que el gobierno controlaba todos los factores implicados en la labor económica. El liberalismo económico buscaba no solamente romper el proteccionismo llevado a cabo por la doctrina mercantilista sino que también parar los excesos de reglamentación de la producción y la circulación del dinero, en otras palabras atacó a la intervención estatal, pilar fundamental que aseguraba el saldo positivo en la balanza monetaria mercantilista. Esta idea de estado neutro, implicaba que el estado no debía interferir el orden natural de la sociedad y el mercado, de modo que la apertura al juego de la libre competencia, oferta y demanda, así como la de los intereses individuales permitiría una marcha armónica de la labor económica. El estado deja de establecer precios, deja de ser un agente que modifica las reglas del juego económico y da paso a una actividad que se vale por si sola y se regula a partir de la propias necesidades de sus involucrados. Adam Smith nos acerca a ello en su idea de precio del mercado “El precio de mercado se regula por la cantidad de un artículo llevado al mercado y por la demanda del mismo 23 .” haciendo una clara alusión a la oferta y demanda, autorregulación natural y la búsqueda del interés individual. En esto último debemos precisar que la idea de buscar el interés individual, estaba dirigida a la regulación natural del mercado y con ello la obtención de precios y salarios justos. Esto se daría porque cada individuo al precisar obtener sus propios intereses lograría satisfacer sus necesidades económicas, y la suma de estos intereses individuales servirá al bien publico, de modo de que la sociedad completa comparta precios justos y acordes a la situación del país. 23 Smith, Adam, “Investigación de la naturaleza y causas de la riqueza de las naciones”, Fondo económico de la cultura ,Madrid, 1956. Pp. 47-48 23
  • 24. En otras palabras el sistema de mercado plantea el dejar hacer o el laissez faire “dejar hacer: cancelar las limitaciones del intervencionismo y abrir el campo a la iniciativa individual; dejar pasar: abrir las puertas de las naciones, suprimiendo las barreras aduaneras, de modo que se estimule y active la circulación de la riqueza … se hace presente el liberalismo económico o teoría de la libertad económica fundada en la libre iniciativa individual movida por el deseo de lucro; en la libre competencia, regulador de la producción y los precios, y en el libre juego de las leyes económicas naturales.” 24 La democratización del liberalismo Como anteriormente señalamos, las crisis políticas de las monarquías absolutas (desde el siglo XVII y en particular en el siglo XVIII), sumadas a los vuelcos hacia el humanismo, hicieron que el estudio del hombre fuera el centro de la discusión y el análisis, tornándose la discusión política a darle limitaciones en el poder para la persona que ejerza el gobierno. Dicho de mejor forma, la protección del individuo pasó a ser la base de todas las teorías políticas, demandando al estado absoluto, los derechos de libertad y propiedad, que son las bases del sistema liberal. Si pensamos que cada teoría política nace de la visión de la realidad, entenderemos entonces, que el liberalismo nace en contraposición al poder de los monarcas, es decir, como una forma de limitar el poder absoluto en manos de una sola persona. Al observar los estados actuales, podemos encontrar, en su mayoría, estados basados en las ideas liberales (como el contrato social o la división de los poderes del Estado), pero también basados en una forma de gobierno democrático representativo. 24 Gilberto Tobón Sanin.”Liberalismo económico y liberalismo político”. Revista Univ. Medellin. N°60 24
  • 25. Ahora bien, debemos ser claros en que la adopción de las ideas democráticas por parte de ideas liberales, surgen en las mentes de intelectuales pre revolucionarios francesas (en particular Rousseau), como la mejor forma de gobierno posible, ya que, en palabras de Lorenzo Córdova, “la democracia, teóricamente, es la forma de gobierno antagónica por excelencia de la Monarquía” 25 . De ahí que entendemos, que se adopte la democracia en la constitución Francesa, no como un movimiento para que el pueblo gobierne, sino que más bien, la mejor forma de gobierno, que se contrapusiese al monarca absoluto. Antagónicamente con esto, la Revolución Inglesa (siglo XVII), no se vinculaba en lo mas mínimo, con la idea de Democracia. En Inglaterra, no encontramos la idea de democracia, pues no existió entre los intelectuales, un movimiento antimonárquico, como en Francia, sino que, por el contrario, aún se sentía el apego a la Monarquía, pero esta vez, tratando de limitarla, para terminar con la concentración del poder absoluto en una persona (pues corrompía con los derechos de igualdad y libertad, bases en el liberalismo). Es por esto que se enfatizó en la urgencia de dividir los poderes del Estado, ideas que podemos ver desarrolladas en las teorías de John Locke, quien plantea esta solución para desarrollar la libertad individual y la propiedad, con el fin de que el monarca no pueda abusar de sus súbditos, pero en ningún caso lo hace, con el fin de destruir esta forma de gobierno. Podemos señalar con autoridad entonces, que los principios liberales y los democráticos no tuvieron una misma génesis. De hecho, hay autores, como Norberto Bobbio, o C. B. Macpherson, que sostienen la idea de que en sus inicios, estos dos términos podemos considerarlos contrapuestos 26 . Las ideas de igualdad para los liberales, no son las mismas que las ideas democráticas, pues las primeras vienen a promover la libertad de las aristocracias de mérito, mientras que las segundas vienen a formar, para los liberales, el despotismo democrático, que es enemigo del liberalismo, ya que los 25 Córdova, Lorenzo, “Liberalismo, democracia, neoliberalismo e ingobernabilidad” en Revista mexicana de sociología, México, Vol. 58, núm. 4, 1996, p. 6. 26 Córdova, Lorenzo, Opus. cit. p. 9. 25
  • 26. grandes pensadores de la época, argumentaban que “el gobierno del pueblo, o de voluntad mayoritaria, es fatal para la libertad individual y para todos los atractivos de la vida civilizada” 27 . Pero estas ideas antagónicas, pasan a involucrarse, y el liberalismo encuentra el uso práctico de la democracia, en dos sucesos que consideramos relevantes: La revolución de independencia estadounidense y la Revolución francesa. Un primer reconocimiento de estas dos ideas (la democrática y la liberal), lo encontramos en la declaración de los derechos básicos del hombre, que estos nacientes estados redactan en sus constituciones (la francesa en 1791 y la estadounidense en 1789). Por una parte, los liberales buscan delimitar el gobierno absolutista, a través de estos derechos que el gobernante debe respetar (base de las constituciones), por otra parte, la idea de la democracia se basa en el reconocimiento de estos derechos. Es decir, la democracia encuentra su punto de partida en los derechos del hombre, que los liberales reconocen y redactan en sus constituciones para limitar el poder absoluto. No obstante, estas declaraciones no quieren señalar que liberalismo y democracia sean dos aspectos de una misma cosa, pero también buscan señalar que esta vinculación de ambas ideas, nunca más se disolvieron, sino que fueron entrelazándose más a medida que los nacientes estados se desarrollaban. Es necesario señalar, que el ejercicio de la democracia puede sostenerse en un ambiente igualitario e impregnado de gran libertad, para los individuos considerados políticamente activos (ciudadanos activos, es decir, con propiedades). En otras palabras, el ejercicio de la democracia viene a reforzar la idea de libertad –mediante la defensa de la igualdad y libertad de los derechos políticos de los ciudadanos- y de propiedad –ya que las personas consideradas ciudadanas activas son las que tienen una propiedad- dos de las demandas constantes de los liberales. Es por esto que 27 Córdova, Lorenzo, Opus. cit. p. 8. 26
  • 27. afirmamos que es el liberalismo el que adoptó la forma de gobierno democrático, y no al revés. Señalamos además, que es necesario habituarnos en el contexto histórico donde se desarrolló este modelo, por lo que debemos comprender que la democracia no era concebida como lo es ahora (luego de la lucha por el sufragio universal, por ejemplo), haciendo de esta una forma de gobierno más amplia y popular, sino que fue una democracia que favoreció los intereses político de las clases burguesas (propietarios), dándole la legitimidad a personas poderosas e influyentes, reconocidas por el pueblo, para transformarse en representantes del derecho político de los individuos (igualdad política). Por esto, la adopción del modelo democrático, no fue como “el gobierno del pueblo” propiamente tal, sino que fue la democracia representativa la recogida en las primeras constituciones y difundida en los postulados liberales. Quiero hacer hincapié en la importancia de entender lo que es la democracia representativa, recogida por el modelo liberal, ya que es esta forma de gobierno, la extendida a la mayoría de los estados occidentales. La democracia representativa nace criticando la forma de gobierno postulada anteriormente por Rousseau, en su “contrato social”, quien señala que la mejor forma de gobierno es una democracia directa, “según la cual es el pueblo reunido, es decir, el pueblo en su carácter de soberano, el que toma las decisiones que le son propias, tales como dotarse de leyes y ejercer el gobierno” 28 , además, nos plantea que incluso un estado que se basa en la voluntad general, necesita de pocas leyes para regirse 29 . La idea de democracia participativa, fue criticada en primera instancia por Montesquieu, y luego, por Kant, ya que consideraban que esta no era aplicable a los grandes estados que se estaban formando, y además, porque pensaban que esta forma de gobierno, podría transformarse en una anarquía, lo que 28 Rousseau, Jean-Jacques, "El contrato social", Editorial Ercilla, 1988, Santiago de Chile. p. 88. 29 Rousseau, Jean-Jacques, Opus. cit. p. 97. 27
  • 28. chocaba absolutamente con las ideas liberales, ya que la libertad de uno, no podía poner en riesgo la de otros. Así, la representación se convirtió en la esencia de la democracia, y con esto de los estados liberales. En Inglaterra, por ejemplo, país que adoptó tardíamente la democracia en su idea política (por la explicación de que no eran antimonárquicos), encontramos que el parlamento (Cámara de los Comunes), órgano representativo en su totalidad, era elegido periódicamente por los ciudadanos activos. Rousseau, defensor de la participación política directa, nos señala en su contrato social, que el “pueblo inglés piensa que es libre y se engaña: lo es solamente durante la elección de los miembros del Parlamento; tan pronto como éstos son elegidos, vuelve a ser esclavo, no es nada… merece perderla (refiriéndose a el derecho político).” 30 Esta idea representativa, se funda también en las constituciones francesas y estadounidenses, por lo visto, no pensando en que esta deteriora la idea principal de democracia (gobierno del pueblo), y que defiende la libertad en los ciudadanos, pero una libertad limitada a entregar el derecho político a los representantes, idea política que se expandió hacia todos los estados nacientes del occidente. El estado Liberal y sus puntos críticos El siguiente punto se refiere a la definición de un estado liberal basada principalmente en la concepción de Norberto Bobbio y el establecimiento de sus puntos críticos según la visión de Carl Schmitt quien nos demuestra como los ideales plasmados por la teoría liberal son mera formalidad pues en lo real históricamente ha operado de manera distinta, una cosa es la idea y otro asunto es analizar como 30 Rousseau, Jean-Jacques, Opus. cit. p. 89. 28
  • 29. funcionan estas. Norberto Bobbio señala que “Los derechos del hombre deben ser respetados por el poder político… solamente su reconocimiento pleno dio origen a la forma de Estado limitado por excelencia que es el estado Liberal… se suele llamar constitucionalismo a la teoría y a la práctica de los límites del poder… los derechos fundamentales una vez reconocidos y protegidos jurídicamente elevan contra el intento y presunción del detentador del poder soberano de someter a reglamentación cualquier acción que los individuos o grupos intenten emprender” (estado poder y gobierno). El liberalismo surge como respuesta contraria a las monarquías absolutas y para esto tiene un gran interés en mantener el orden y rechaza la violencia para alcanzar los fines perseguidos, ante esto prefiere defender la autonomía del ciudadano, fomentar los pactos y dejar que los grupos económicos y sociales se desenvuelvan libremente pues según este pensamiento en todo lo que intervenga el poder central hay corrupción, se pervierte. Por esto es que también se aleja la idea de Dios de los asuntos públicos pues no debe existir ningún grupo de personas con privilegios políticos y sociales, todo parte de una base de igualdad y esta igualdad es ante la ley pues opuestamente a las monarquías absolutas en las que gobierna un REX aquí lo que se debe respetar es la LEX. Entonces un estado liberal se basa en un estado de Derecho que ofrezca al individuo una seguridad para no estar sometido al poder arbitrario de las autoridades y este es el primer lugar donde encontramos un punto crítico de un estado liberal “el estado de derecho”, pero antes, para entender un estado de derecho es necesario entender el concepto de “decisión” al cual lo anteceden tres ideas. 29
  • 30. Normalidad: Es cuando existe plena vigencia del estado de derecho, las instituciones funcionan de manera normal, existe una paz interna y externa y la sociedad se desarrolla en orden. Excepción: Surge ante una eventualidad o contingencia no descrita por el orden jurídico ante una necesidad extrema en la que peligre la existencia del estado y exista una disputa por el poder en un contexto de correlación de fuerzas de suma cero. Soberanía: Es aquel que termina con el estado de excepción, termina con el desorden y tiene dos opciones; restaura el orden o crea uno totalmente nuevo. 31 De esta manera tenemos que el concepto de “decisión” realizada por el soberano es extrajurídico, es un asunto fuera de la legalidad pues el soberano decide por sobre la ley, “El estado suspende el derecho en virtud del derecho a la propia conservación”. En palabras de Hobbes “la decisión funda tanto la norma como el orden”, la autoridad demuestra que crear derecho no necesita tener derecho 32 . Esto ocurre en los hechos históricos de Revolución Francesa e Independencia de Estados Unidos por ejemplo donde se desarrolla el liberalismo, entonces luego de este proceso de establecimiento de la soberanía el legislador (o quienes se hicieron con el poder) queda sometido a la legalidad que el mismo ha instituido y se coloca el interés de la seguridad jurídica por sobre la justicia. De esta manera el estado de derecho es la base de un estado liberal, pues los actos del estado son impersonales, objetivos y previsibles pues debe actuar dentro de un marco legal que lo limita (esencia del 31 Luis R. Oro Tapia. “Crítica de Carl Schmitt al liberalismo”. Estudios Públicos N°98. 2005. pp . 72 -75. 32 Schmitt, Carl, “Sobre los tres modos de pensar la ciencia jurídica”. 1996. pp. 30 - 31. 30
  • 31. liberalismo), pero aquí entramos a un problema en el que es difícil que exista una imparcialidad ante las leyes porque la ley no puede ejecutarse o aplicarse a sí misma, menos interpretarse, ni definirse, ni sancionarse, no existe una jerarquía de normas sino que de hombres por lo que tras las leyes sigue operando desde las penumbras la voluntad humana, de las personas encargadas o designadas para crear las leyes. Una de las finalidades políticas del estado de derecho es intentar disimular o encubrir las autenticas relaciones de poder bajo la apariencia de la impersonalidad, objetividad y neutralidad de las normas. Esto es explicado de manera sociológica por las teorías de legitimación de poder que nos presenta Max Weber quien señala que existe “el poder tradicional cuyo motivo de la obediencia es la sacralidad de la persona del soberano, sacralidad que deriva de lo que siempre ha sido, no hay razón para cambiarlo” (observable en el Antiguo Régimen) , en segundo lugar la obediencia deriva de la creencia en la racionalidad del comportamiento conforme a las leyes, esto es normas generales y abstractas que instituyen una relación impersonal entre gobernante y gobernado” (Norberto Bobbio, estado, poder y gobierno) y esta vendría siendo la razón que legitima a un estado de derecho (por ende liberal) y finalmente el poder carismático que es el que tienen los caudillos para arrastrar masas, que influye en la democracia de masas (malformación de la representativa) en las que la política se transforma en consumo, en seguir una idea atractiva que influye en el segundo punto crítico que Carl Schmith denomina “demoliberalismo” que se explica a continuación. Un segundo punto crítico del liberalismo surge cuando lo asociamos a la democracia como se explicó anteriormente en la “democratización del liberalismo” , Norberto Bobbio por ejemplo señala que los gobernados reciben su legitimidad de la voluntad de Dios o la del pueblo, pero esto llega a un consenso cuando se señala que “la voz del pueblo es la voz de Dios” 33 , el liberalismo se valió de esta democracia para limitar al estado, lo que 33 Bobbio, Norberto. “Estado, gobierno y sociedad. Por una teoría general de la política”. 1998, México, CE. p. 121. 31
  • 32. Carl Schmitt llama “demoliberalismo” señalando primeramente que el liberalismo busca terminar con la política de gabinete y los secretos de estado y para esto que mejor manera que publicitar y transparentar la política a través de la democracia, es el medio perfecto. El parlamento por ejemplo busca transparentar, fomentar discusiones públicas y libres en la que cada persona pueda expresar las ideas de quienes representa, esto trae como consecuencia una publicidad de la vida política. Sin embargo el liberalismo muy pronto devino en prácticas que negaban dicha expectativa como las comisiones o coaliciones de partido las que decidían a puertas cerradas cosas concernientes a los ciudadanos y los parlamentarios no decidían de manera autónoma, sino que deciden como representantes de los intereses del gran capital. Esto de cierta manera fue caricaturizando la política, se comenzó a llevar a cabo la discusión simple e irrisoria para la gente común mientras que la verdadera actividad política no se desarrollaba en los debates públicos, sino que las decisiones realmente importantes ya habían sido tomadas previamente en reuniones secretas de jefes de grupos parlamentarios e incluso de comisiones no parlamentarias. Entonces en un sistema de este tipo lo que prima es el dominio de los partidos políticos y los intereses económicos debido a que como se explicó anteriormente en un estado de derecho el estado no actúa como unidad de decisión sino que tiene una política de consenso en la que las comisiones parlamentarias formadas por diversos sectores son las que deben responder, pero siempre terminan eludiendo dar respuestas concluyentes, caen en una negociación eterna en vez de una discusión, esto debido a que los parlamentarios pertenecen a los partidos políticos y estos tienen intereses de aumentar o preservar sus cuotas de poder por lo tanto caen en la negociación, no en la discusión, prevalece la propaganda para seducir la emotividad del electorado por sobre la argumentación racional, es por esto que podemos afirmar que la democracia liberal no tiene raíces ciudadanas reales, solo en la formalidad. 32
  • 33. Un tercer punto crítico apunta al pacifismo internacionalista que aspira el liberalismo para desarrollarse, una legalidad internacional similar a la de cada estado con dos objetivos, primero bloquear el uso de la violencia y segundo generar instancias de resolución de conflictos internacionales, crear una especie de estado de derecho internacional, pero en este caso quien dicta las reglas y en beneficio de quien, está determinado por las relaciones de poder existentes entre los estados y se le imputan las mismas inconsistencias señaladas anteriormente en el plano interno de los estados de derecho. Según Carl Schmitt, quien tiene una visión Hobbesiana de la naturaleza humana, es decir cree en que el hombre es el lobo del hombre, “el estado homogéneo universal que concibe Fukuyama es imposible” debido a que siempre primarán los intereses de ciertos estados por sobre otros. Uno de los principales problemas que posee un estado de derecho es que no se elimina el uso de la fuerza, pero esta se utiliza de otra manera, de manera disfrazada, pues antiguamente existían los enemigos políticos o gente que tenía otras posturas, pero tras el arraigamiento del liberalismo simplemente se cataloga, a quien causa desorden dentro del orden liberal, de criminal, delincuente, infractor del orden. El liberalismo ha creado todo un campo semántico, un vocabulario esencialmente pacifista. El cuarto punto crítico apunta al individualismo que fue explicado anteriormente por su fuerte influencia en el liberalismo, el problema se encuentra en que todo lo que es conflicto o algo que pueda alterar el desorden se considera un asunto privado, el liberalismo según Carl Schmith es “una mixtura de individualismo y relativismo”, su principio es que no vale la pena sacrificarse por ideales colectivos y que no existen valores supraindividuales, es decir el estado deja de lado sus intromisiones en todo lo social porque supuestamente estos conflictos se solucionan en lo privado y el problema está en que los perjudicados van a ser los que no tienen intromisión en el marco legal del estado de derecho influenciados por los intereses de una clase, pues según 33
  • 34. Norberto Bobbio “el estado debe ser considerado meramente instrumental, se le debe reducir al elemento que lo caracteriza, el poder coactivo, cuyo ejercicio al servicio de los detentadores del poder económico debería ser el de garantizar el desarrollo autónomo de la sociedad civil, transformándolo en un verdadero y propio brazo secular de la clase económicamente dominante (estado, poder y gobierno). Un último punto crítico del liberalismo es su optimismo antropológico, pues toda teoría política se basa en una concepción de la naturaleza humana es decir la bondad o maldad congénita del hombre y el liberalismo entonces, que se basa en un estado de derecho debe preguntarse de donde es que provienen esas leyes superiores a los gobernantes y que los condicionan y Norberto Bobbio señala que los antiguos (refiriéndose a los griegos Platón y Aristóteles) dijeron “Por encima de las leyes de los gobernantes hay otras leyes que no dependen de la voluntad de los gobernantes, y son leyes naturales, derivadas de la propia naturaleza del hombre que vive en sociedad” 34 y su respuesta es que el ser humano es bueno (Rousseau también lo señala), pero esto no significa que niegue de manera radical el estado pues considera que el estado es “un mal necesario” y para que no exceda en sus atribuciones crea tres instancias para controlar al Leviatán (manera en que Hobbes lo llama al estado), primero se autolimita, es decir divide los poderes, luego su proceder se debe ajustar a la legalidad vigente y luego las autoridades son sometidas periódicamente a evaluación a través de elecciones, de esta manera se garantiza la libertad y se remueve aquellos obstáculos que impiden su desarrollo. Para Locke por ejemplo, el principal deber del gobierno es el de hacer posible, mediante el ejercicio del poder coactivo, la observancia de las leyes naturales para el respeto de las cuales no habría necesidad de algún gobierno si todos los hombres fueran seres racionales, Locke necesita del consenso para fundar el estado, pero el consenso 34 Bobbio, Norberto. Opus Cit. p.132. 34
  • 35. mismo, esto es, el acuerdo necesario para salir del estado de naturaleza e instituir el gobierno civil; es con todo, un acto racional. Finalmente el liberalismo elude y niega sistemáticamente la política o más bien podemos decir que la encubre bajo lo jurídico, en palabras de Schmitt “Soberanía del derecho significa la soberanía de los hombres que imponen las normas jurídicas y se sirven de ello” es decir la legitimación de un status quo, en este caso establecido por corrientes liberales que surgieron de una clase burguesa que derrocó el poder de los monarcas absolutos. Conclusiones. En primer lugar debemos dilucidar que la formación de liberalismo surge de manera contestataria al absolutismo del siglo XVII – XVIII, debido a una rigidez anticuada, una administración obsoleta y una exclusión política de los sectores burgueses que se encontraban generando mayor intromisión en los asuntos 35
  • 36. económicos y políticos. Esta clase en plena consolidación, será quien generara las principales revoluciones que terminaran por derrocar el antiguo Régimen –como lo mencionaban los revolucionarios Franceses-. De mayor importancia se ubica las nuevas corrientes filosóficas y teológicas entradas en la edad moderna, el humanismo, la ilustración, la reforma protestante, etc., serán el ideario para generar desde el razonamiento una replica contrapuesta a la fundamentación teológica de las monarquías europeas de aquellos siglos, la promulgación de principios como las leyes naturales, la libertad de culto, la separación de los poderes del Estado, el estado de derecho y las nuevas tendencias en cuanto a la economía, serán por nombrar algunos ejemplos las nuevas ideas que se esparcirán por Europa. El profesor Jaime Etchepare, agrupa los postulados esenciales del Liberalismo de los siglos XVII – XIX, en ocho puntos donde genera la esencia de estos mismos. Los cuales se resumen en lo siguiente: 1. Una exaltación, racionalización, del llamado “Derecho Natural”, que se resume como el conjunto de derechos inherentes a toda persona, antecesores del Estado. 2. Las relaciones político-sociales, consecuencia de un pacto realizado en algún momento de la historia, el cual se acuerda renunciar a parte de sus libertades políticas en beneficio de la sociedad como ente político organizado, el que les garantizaría un orden para disfrutar en mayor medida de estas libertades. 3. El poder radica esencialmente el la soberanía popular. El liberalismo concibe al Estado, a la sociedad, como una agrupación de individuos cuya finalidad es garantizar los derechos de estos. 4. Los problemas que se producen en la convivencia de una sociedad son el 36
  • 37. resultado del ejercicio de la libertad, de allí que se haga necesaria la existencia del Estado para solucionar estos problemas, y garantizar el mejor ejercicio de estas libertades. 5. el liberalismo preconiza la mas amplia libertad en materia religiosa, puesto que define esta como un acto privada donde el Estado debe mantener su neutralidad ante este. 6. La ley, la norma, que regirá la convivencia, debe ser la expresión de la soberanía popular. Es esta expresión de soberanía la que llamaron la “Voluntad General”. 7. Para los liberales el derecho de propiedad es una consecuencia de la libertad natural, considerándola como un elemento esencial de ella. De allí el énfasis que se pone en la necesidad de garantizar la propiedad a toda persona, teniendo el mismo derecho y oportunidad igualitaria de acceso a ella. 8. Para finalizar, el liberalismo se refiere como quizás uno de los postulados esenciales, el Constitucionalismo, ya que este resume y concretiza todos los anteriores, al preconizar la existencia de Leyes supremas que reglamenten los atributos del poder y las garantías de las libertades. Serán este conjunto de postulados los que se extenderán por toda Europa, encendiendo los procesos revolucionarios más importantes de estos siglos, hasta llegar a la de mayor universalidad, como lo es la Revolución Francesa. Inclusive generara su gran incidencia en la Independencia de los Estados Unidos de Norteamérica, convirtiéndose en los postulados centrales de estas. Las consecuencias de esta corriente del pensamiento político y filosófico, se extenderá por todo lo que hemos construido de historia hasta hoy, surgirán nuevas apreciaciones, aportes y deformaciones. La evolución de este en su aplicación practica de los Estados Modernos, llegara inclusive a generarse postulados como el mencionado Neoliberalismo de Friedman y Keynes a mediados del siglo pasado. 37
  • 38. Bibliografía. Krebs, Ricardo, “La Monarquía Absoluta en Europa – El desarrollo del Estado moderno en los siglos xvi, xvii y xviii”, Editorial Universitaria, 1979 Santiago. Corvisier, André, “Historia Moderna”, Editorial Labor S.A., 1977, Barcelona, España. Hobsbawm, Eric, “La era de la Revolución 1789-1848”, Editorial Critica, 1997, Buenos Aires, Argentina. Gallo, Ezequiel. “Notas sobre liberalismo clásico”. Studies públicos. Nº 21, verano 1986. 38
  • 39. Pradier Sebastián. “Los cuatro principios del liberalismo”. Revista de filosofía de Costa Rica. Costa rica. Nº 104, volumen XLI, julio-diciembre 2003. Sabine, George. H. Litoarte, “Historia de la teoría política”. S. R. L. 1968. México. Friedman, Milton. “Capitalismo y libertad”, Madrid, RIALP, 1966. Smith, Adam, “Investigación de la naturaleza y causas de la riqueza de las naciones”, Fondo económico de la cultura , Madrid, 1956. Gilberto Tobón Sanin.”Liberalismo económico y liberalismo político”. Revista Univ. Medellín. Nº 60. Córdova, Lorenzo, “Liberalismo, democracia, neoliberalismo e ingobernabilidad” en Revista mexicana de sociología, México, Vol. 58, núm. 4, 1996. Rousseau, Jean-Jacques, "El contrato social", Editorial Ercilla, 1988, Santiago de Chile. Luis R. Oro Tapia. “Crítica de Carl Schmitt al liberalismo”. Estudios Públicos N°98. 2005. Schmitt, Carl, “Sobre los tres modos de pensar la ciencia jurídica”. 1996. Bobbio, Norberto. “Estado, gobierno y sociedad. Por una teoría general de la política”. 1998, México, CE. 39