1. NORMAS MEDIOAMBIENTALES
EN EL USO DEL TORNO
TECNOLOGO MAQUINAS Y HERRAMIENTAS
CRISTIAN FERNEY RODRIGUEZ MATAMOROS
UPTC
INFORMATICA BASICA
2. QUE SON LAS NORMAS AMBIENTALES
• el concepto de normativa de carácter ambiental, o normativa
ambiental aplicable, comprende aquellas normas cuyo objetivo es
asegurar la protección del medio ambiente, la preservación de la
naturaleza y la conservación del patrimonio ambiental.
3. OBLIGACIONES COMO GENERADORES DE
RESIDUOS PELIGROSOS
• Los generadores de residuos peligrosos son todos aquellos cuya
actividad produzca residuos o desechos peligrosos. Si la persona es
desconocida será la persona que esté en posesión de los residuos.
El fabricante o importador de un producto o sustancia química con
propiedad peligrosa, serán equiparados a un generador, en cuanto
a la responsabilidad por el manejo de los embalajes y residuos del
producto o sustancia.
4. OBLIGACIONES A LAS CUALES ESTÁN REGIDOS LOS GENERADORES
ESTABLECIDOS POR EL DECRETO 4741 DE 2005
• Garantizar la gestión y manejo integral de los residuos o desechos
peligrosos que se generan.
• • Elaborar un plan de gestión integral de los residuos o desechos
peligrosos que genere tendiente a prevenir la generación y reducción en
la fuente, así como, minimizar la cantidad y peligrosidad de los mismos.
En este plan deberá igualmente documentarse el origen, cantidad,
características de peligrosidad y manejo que se dé a los residuos o
desechos peligrosos. Este plan no requiere ser presentado a la autoridad
ambiental, no obstante lo anterior, deberá estar disponible para cuando
esta realice actividades propias de control y seguimiento ambiental.
• • Identificar las características de peligrosidad de cada uno de los
residuos o desechos peligrosos que genere, sin perjuicio de lo cual la
autoridad ambiental podrá exigir en determinados casos la característica
físico química de los residuos
5. o Garantizar el envasado o empacado, embalado y etiquetado de los residuos o desechos
peligrosos se realice conforme a la normatividad vigente.
o Dar cumplimiento a lo establecido en el Decreto 1609 de 2002 o aquella norma que la
modifique o sustituya, cuando remita residuos o desechos peligrosos para ser transportados.
Igualmente, suministrar al transportista de los residuos o desechos peligrosos las respectivas
Hojas de Seguridad.
o Registrarse ante la autoridad ambiental competente por una sola vez y mantener actualizada
la información de su registro anualmente.
o • Capacitar al personal encargado de la gestión y el manejo de los residuos o desechos
peligrosos en sus instalaciones, con el fin de divulgar el riesgo que estos residuos presentan
para la salud y el ambiente, además, brindar el equipo para el manejo de estos y la
protección personal necesaria para ello.
o Contar con un plan de contingencia actualizado para atender cualquier accidente o
eventualidad que se presente y contar con personal preparado para su implementación.
o Conservar las certificaciones de almacenamiento, aprovechamiento, tratamiento o
disposición final que emitan los respectivos receptores, hasta por un tiempo de cinco años.
o Tomar todas las medidas de carácter preventivo o de control previas al cese, cierre, clausura
o desmantelamiento de su actividad con el fin de evitar cualquier episodio de contaminación
que pueda representar un riesgo a la salud y al ambiente, relacionado con sus residuos o
desechos peligrosos.
6. • • Contratar los servicios de almacenamiento, aprovechamiento, recuperación,
tratamiento y/o disposición final, con instalaciones que cuenten con las licencias,
permisos, autorizaciones o demás instrumentos de manejo y control ambiental a que haya
lugar, de conformidad con la normatividad ambiental vigente.
7. OBLIGACIONES DEL REMITENTE Y/O
PROPIETARIO DE MERCANCÍAS PELIGROSAS
• Todos los remitentes o dueños de las mercancías peligrosas están
obligados por el Decreto 1609 de 2002
1. Diseñar y ejecutar un programa de capacitación y entrenamiento
sobre el manejo de procedimientos operativos normalizados y
prácticas seguras para todo el personal que interviene en las
labores de embalaje, cargue, descargue, almacenamiento,
manipulación, disposición adecuada de residuos,
descontaminación y limpieza.
8. 1. Realizar una evaluación de la dosis de radiación recibida cuando se manipule
material radiactivo por los conductores y personal que esté implicado en su manejo,
este personal debe estar inscrito a un servicio de dosimetría personal licenciado por
la autoridad reguladora en materia nuclear y además tener en cuenta las
disposiciones establecidas por el Ministerio de Trabajo.
2. Elaborar o solicitar al importador, representante o fabricante de la mercancía
peligrosa la Tarjeta de Emergencia en idioma castellano y entregarla al conductor,
de acuerdo con los parámetros establecidos en la Norma Técnica Colombiana NTC
4532.
3. Entregar para el transporte, la carga debidamente embalada y envasada según lo
estipulado en la Norma Técnica Colombiana.
4. Diseñar el Plan de Contingencia para la atención de accidentes durante las
operaciones de transporte de mercancías peligrosas, cuando se realice en vehículos
propios, teniendo en cuenta lo estipulado en la Tarjeta de Emergencia NTC 4532.
5. • Responder porque todas las operaciones de cargue de las mercancías peligrosas se
efectúen según las normas de seguridad previstas, para lo cual dispondrá de los
recursos humanos, técnicos, financieros y de apoyo necesarios para tal fin y diseñar
un plan de contingencia para la atención de accidentes durante las operaciones de
cargue y descargue teniendo en cuenta lo estipulado en la Tarjeta de Emergencia
NTC 4532.
9. Posibles residuos generados en el ámbito
laboral
viruta Residuos de corte y
soldadura
Residuos
químicos
flamables
Reciclables
I. De hierro
II. Acero
III. Aluminio
IV. Bronce
V. Fundición
VI. Teflón
I. Residuos por cote
plasma y oxicorte
II. Colillas de
soldadura
III. Carretes plásticos
IV. boquillas dañadas
I. Grasas
II. Aceites
I. Chatarr
a
II. Cartón
III. Plástico
s