1. Es el medio que permite al pueblo
organizado asumir directamente la
gestión de las políticas y proyectos,
orientados a responder las necesidades y
aspiraciones de las comunidades en la
construcción de una sociedad de equidad
y justicia social.
Base Constitucional y
Legal:
Los Consejos Comunales, es la
base sobre la cual se construye
la democracia participativa y
protagónica que plantea la
Constitución Bolivariana de
Venezuela, y aun cuando dicho
termino: “Consejos
Comunales”, no aparece en la
Carta magna, el artículo 184
por ejemplo, menciona la
posibilidad de a
Descentralización a favor de
grupos vecinales por Estados y
Municipios, en donde
perfectamente encuadra los
Consejos Comunales.
En este contexto, el artículo 33 de la menciona Ley,
menciona que la Unidad de Contraloría Social es la
instancia del consejo comunal para realizar la
evaluación de la gestión comunitaria y la vigilancia
delas actividades, recursos y administración de los
fondos del consejo comunal. Estará integrada por
cinco habitantes de la comunidad, electos o electas,
a través de un proceso de elección popular. Esta
unidad realizará sus funciones sin menoscabo del
control social que ejerza la Asamblea de Ciudadanos
y Ciudadanas y otras organizaciones comunitarias, de
conformidad con el ordenamiento jurídico.
Ciclo del Poder comunal
Las etapas que se llevan a cabo para los proyectos de la
comunidad, se encuentra regulado en el artículo 44 de la
Ley Orgánica de los Consejos Comunales, sobre la cual
establece que el ciclo comunal en el marco de las
actuaciones de los consejos comunales, es un proceso para
hacer efectiva la participación popular y la planificación
participativa que responde a las necesidades comunitarias
y contribuye al desarrollo de las potencialidades y
capacidades de la comunidad. Se concreta como una
expresión del poder popular, a través de la realización de
cinco fases: diagnóstico, plan, presupuesto, ejecución y
contraloría social.
Es una de las formas de
participación ciudadana
en asuntos públicos, y
comprende la supervisión
y fiscalización de las
actividades relevantes
para la comunidad,
desarrolladas por los
Poderes Públicos y
también por los
particulares; e incluso por
los consejos comunales
2. Informe
• Los consejos comunales con modalidades participativas que permiten a la comunidad organizarse y
desenvolverse entre si. Estos están conformados por los mismos vecinos que se plantean organizarlos
para afrontar problemas comunes en lo social, en lo político, en lo económico, entre otros, desarrollando
proyectos de hábitat, complejos agro productivos, industriales, granjas integrales, vialidad, núcleos de
desarrollo endógeno, factorías, plantas procesadoras, viveros, centros recreacionales, El Consejo comunal
es la instancia social que asume el ejercicio real del poder popular. Las etapas que se llevan a cabo para los
proyectos de la comunidad, se encuentra regulado en el artículo 44 de la Ley Orgánica de los Consejos
Comunales, sobre la cual establece que el ciclo comunal en el marco de las actuaciones de los consejos
comunales, es un proceso para hacer efectiva la participación popular y la planificación participativa que
responde a las necesidades comunitarias y contribuye al desarrollo de las potencialidades y capacidades
de la comunidad. Se concreta como una expresión del poder popular, a través de la realización de cinco
fases: diagnóstico, plan, presupuesto, ejecución y contraloría social.
3. El derecho de petición es un antiguo
derecho, en Venezuela se encuentra
regulado en el artículo 51 de la
Constitución de la República
Bolivariana de Venezuela.
Hace referencia a la disposición de
las estructuras administrativas para
que el ciudadano pueda acceder a:
- Mecanismos de Información
- Consulta de archivos
- Presentación de peticiones o
propuestas
Es el uso de
cualquier método, habilidad y estrategia
a través de las cuales los partícipes de
una actividad pueden guiar el logro de
sus objetivos con autonomía en el
manejo de los recursos. Se realiza por
medio del establecimiento de metas,
planificación, programación,
seguimiento de tareas, autoevaluación,
auto intervención y autodesarrollo.
Se refiere o expresa a una
acción propia de la gestión
compartida y externa de las
organizaciones comunitarias y
los funcionarios que financian
o presentan los proyectos
aprobados por un consejo
comunal o se refiere a la
gestión compartida de so
recursos y proyectos
transferidos a una comunidad
y sus organizaciones.
4. Informe
• La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV, 1999) señala que los ciudadanos – sin
exclusión – tienen el derecho de participar libremente en los asuntos públicos, de manera directa o a
través de representación, lo cual se vincula activamente con derechos como el de elevar peticiones y
obtener oportuna respuesta, entre otros.
La autogestión se refiere o expresa a una acción de la propia gestión o gestión interna de las organizaciones
comunitarias a partir de recursos propios de las comunidades ysus organizaciones
La cogestión es una práctica en la cual los empleados tienen un papel fundamental en la dirección y gestión de
la empresa. La palabra es una traducción literal del alemán Mitbestimmung y los derechos generados en una
cogestión difieren según el contexto legal. Las primeras leyes sobre cogestión aparecieron en Alemania en el
sector del carbón y el acero. Desde 1974, una ley obliga a que toda empresa de más de 500 empleados tenga
representación de los trabajadores en los órganos de dirección.
5. Es
una asociación autónoma de pe
rsonas que se han unido
voluntariamente para formar
una organización democrática
cuya administración y gestión
debe llevarse a cabo de la forma
que acuerden los socios,
generalmente en el contexto de
la economía de mercado o
la economía mixta, aunque las
experiencias cooperativas se
han dado también como parte
complementaria de la economía
planificada Su intención es
hacer frente a las necesidades y
aspiraciones económicas,
sociales y culturales comunes a
todos los socios mediante una
empresa.
Fundamento Constitucional y Legal.
En la República Bolivariana de Venezuela a partir de la entrada en
Vigencia la Ley Especial constitución de Asociaciones Cooperativas el
18 de septiembre de 2001, se multiplicó hasta la actualidad de una
manera histórica la conformación de empresas cooperativas, muchas
de ellas han sido creadas sin un conocimiento especifico acerca de las
bases legales que lo regulan, ya que el objetivo principal que ha
motivado para su creación han sido primordialmente:
a. El Incentivo Fiscal. (la exención de impuestos)
b. El Otorgamiento de créditos.
c. La Obtención de Contratos otorgados con preferencias a las
cooperativas.
Las Cooperativas en todas sus formas
•Cooperativa de trabajo
asociado o cooperativa
de producción de bienes
y servicios
•Cooperativa de
Producción Industrial:
•Cooperativas lácteas
•Cooperativas de
carpinterías
•Cooperativa de
producción agrícola
•Cooperativa de
Producción Pesquera
•Cooperativa de
Producción de Servicios
•Cooperativas de Ahorro
y
•Las Cooperativas de
Consumo
•Las Cooperativas
Mixtas
6. Informe
La diversidad de necesidades y aspiraciones (trabajo, consumo, comercialización conjunta, enseñanza, crédito, etc.) de los socios,
que conforman el objeto social o actividad corporativizada de estas empresas, define una tipología muy variada de cooperativas.
Es una asociación autónoma de personas que se han unido voluntariamente para formar una organización democrática
cuya administración y gestión debe llevarse a cabo de la forma que acuerden los socios, generalmente en el contexto de
la economía de mercado o la economía mixta, aunque las experiencias cooperativas se han dado también como parte
complementaria de la economía planificada Su intención es hacer frente a las necesidades y aspiraciones económicas, sociales y
culturales comunes a todos los socios mediante una empresa.
• Hay diferentes tipos de cooperativas:
• Cooperativa de trabajo asociado o cooperativa de producción.
• Cooperativas sociales también consideradas como una forma de cooperativas de trabajo.
• Cooperativa de ahorro y crédito
• Cooperativa de consumidores y usuarios
• Cooperativa agraria
• Cooperativa de servicios: Cooperativa de viviendas: formadas para la consecución de hogares.
• Cooperativa de transporte: es un grupo de conductores o choferes, pilotos que deciden trabajar directamente en forma
organizada y conjunta para prestar un servicio eficiente a la comunidad, a través del transporte de personas o cargas.
• Cooperativa de turismo: cuyo objetivo es realizar turismo, o promoverlo en una zona determinada.
• Cooperativa de artistas: organizaciones de músicos, poetas, escritores, actores, etc.
• Cooperativa de artesanos: cooperan para la distribución y venta de sus trabajos.
• Cooperativa de enseñanza: destinadas a brindar servicios educativos a los socios, sus hijos y/o la comunidad.
• Cooperativa escolar: las cooperativas escolares son sociedades de alumnos administradas por ellos mismos con el concurso
de los maestros con vistas a actividades comunes. Inspirados en un ideal de progreso humano basado en la educación moral
de la sociedad de los pequeños cooperadores por medio de la sociedad y el trabajo de sus miembros.
• Cooperativa de comercio
• Cooperativa de suministros
• Cooperativa farmacéutica
• cooperativa de servicios públicos: prestan algún servicio útil y necesaria para la comunidad, como son la de agua y
saneamiento, taxi, teléfonos, recolección de basura, etc.
• Cooperativa mixta: son las que combinan a diferentes tipos de cooperativas.