2. INDICE
1- INTRODUCCION
2- DEFINICION DE CONCEPTOS
3- CAMBIO DE GAUARDIA
4- CONTROL DE TEMPERATURA
5- COMPROVACION DE PEDIDOS
6- RECEPCION DE PEDIDOS
7- DEVOLUCION DE MEDICAMENTOS
8- COLOCACION DE PEDIDO Y CONTROLDE STOCK
9- CADUCIDAD DE ESPECIALIDADES FARMACEUTICAS
10- ENCARGOS
Preparación de encargos
Generacion de encargos
Revision de encargos
Eliminación de encargos
11- REALIZACION DE PEDIDO
12- RECETA MEDICA
13- DISPENSACION
14- FACTURACION DE RECETAS Y ENVIO AL C.O.F
15- CONCLUSION
3. INTRODUCCION
Esta memoria esta basada en la experiencia y en el
aprendizaje que he adquirido en el tiempo que he estado
haciendo las practicas en la “Farmacia 24h de Mª Victoria
García”.
El inicio de las prácticas fue el día 20 de septiembre y
finalizaron el día 16 de diciembre del 2005.
La jornada de prácticas fueron 6 horas diarias, comenzaba a
las 9h y finalizaba a las 15h.
A media mañana y por las tardes de 17h a 22h es cuando hay
mas movimiento de clientela en la farmacia, el resto de horario
es mas llevadero y tranquilo.
Lo que he realizado en la farmacia ha sido:
- Cambio de guardia
- Control de temperatura
- Comprobación y colocación de pedidos
- Recepción de pedidos
- Devolución de medicamentos
- Control de Stock
- Colocación de albaranes
- Preparación de encargos
- Generación de encargos
- Revisión de encargos
- Eliminación de encargos
- Realización de pedidos
- Reposición de medicamentos
- Control de caducidades
- Facturación de recetas
- Venta
- Toma de tensión
- Envasado y etiquetado de Formulas Magistrales
- Generación de test de embarazo
- Y otras tareas en general…
4. DEFINICION DE CONCEPTOS
DISPENSACION
Es el acto profesional de un farmacéutico el cual se pone en
relación un determinado medicamento con el enfermo para el
que esta prescrito considerando las circunstancias clínicas del
paciente como las propias del medicamento.
También se define como el acto en el que el farmacéutico
entrega un medicamento a un paciente informándole y/o
aconsejándole sobre su uso.
PRESCRIPCION
Es el acto por el cual el medico ordena a un determinado
paciente un tratamiento para su enfermedad o dolencia.
MEDICAMENTO
Toda sustancia medicinal utilizada en personas y animales con
propiedades para prevenir, tratar, aliviar o curar
enfermedades.
SUSTANCIAS MEDICINAL
Toda materia de cualquiera que sea su origen (humano,
animal, vegetal o de otro tipo) a la que se atribuye una
actividad apropiada para constituir un medicamento.
ESPECIALIDAD FARMACEUTICA
El medicamento de composición e información definidas, de
forma farmacéutica y dosificación determinada, preparado
para su uso medicinal inmediato, dispuesto y acondicionado
para su dispensación al publico, conforme a que la
administración del estado (Ministerio de Sanidad y Consumo)
otorgue autorización sanitaria e inscriba en el Registro de
Especialidades Farmacéuticas.
5. FORMULA MAGISTRAL
Es el medicamento que el farmacéutico (o bajo su dirección)
prepara para un paciente determinado, con una prescripción
medica con las sustancias medicinales detalladas que conlleva
dicho medicamento, y con la información adecuada para el
paciente. Tienen que ir acompañadas del nombre del
farmacéutico elaborador y de la información adecuada de
identificación, conservación y segura utilización.
PREPARADO OFICINAL
Son los medicamentos elaborados y garantizados por el
farmacéutico (o bajo su dirección) y dispensado en la farmacia,
enumerado y descrito por el Formulario Nacional y están
destinados a la entrega directa del enfermo. Su presentación y
dispensación es obligatoria bajo denominación genérica.
Tienen que ir acompañadas del nombre del farmacéutico
elaborador y de la información adecuada de identificación,
conservación y segura utilización.
6. CAMBIO DE GUARDIA
La guardia es la ficha por la cual las farmacias indican a los
clientes, cuales y cuantas farmacias estarán abiertas en
horario de 24h ese día en esa localidad (incluye la dirección y
horario de apertura y cierre de cada farmacia de guardia).
La guardia se cambia todos los días a primera hora de la
mañana para mantener estos datos actualizados.
Estas fichas las proporciona el Colegio Oficial de Farmacéuticos
a todas las farmacias, dependiendo de la localidad en la que
se encuentre situada.
7. CONTROL DE TEMPERATURA
Hay que llevar un control de temperatura del local y de la
nevera, al haber medicamentos que se alteren por la
temperatura y humedad en que se encuentren.
Hay medicamentos que es obligatoria su inserción en la
nevera ya que se pueden deteriorar o dañar al no ser
mantenidos a cierta temperatura.
La temperatura de la nevera debe estar entre 3º y 8º C para la
conservación de dichos medicamentos, por lo que se debe
controlar la temperatura en un periodo máximo de 24h,
tomando la temperatura actual, máxima y mínima, siendo
anotada acto seguido en el Registro de Control de
Temperatura. En el momento en que la temperatura no este
dentro de este baremo deberá ser comunicado mediante el
registro y añadiendo una explicación apropiada para dicho
desajuste (nevera con avería…etc.).
En cuanto a la temperatura del local también debe estar
controlada entre 20º y 24º C para la conservación de los
demás medicamentos que necesitan estar en un lugar fresco y
seco, para que no haya deterioro de estos.
También se controla cada 24h, tomando la temperatura actual,
la máxima y la mínima.
8. COMPROBACION DE PEDIDOS
Cuando llega el pedido, hay que comprobar que coincide lo
que nos ha llegado, con lo que indica el albaran.
Cada medicamento debe estar en perfectas condiciones y su
caducidad no debe ser inferior a 6 meses, si esto ocurre hay
que hacer la devolución de dicho medicamento.
Cuando estos datos son correctos se procede a la recepción
del pedido.
9. RECEPCION DE PEDIDOS
Cuando se ha comprobado el pedido pasamos a hacer la
recepción, que es comprobar si coincide con lo que en realidad
hemos pedido, y modificar los precios de PVP y precios de
albaran, si hay alguna modificación de precio en el pedido.
En caso de que nos hayan enviado medicamentos que no se
han pedido hay que devolverlos para que nos envíen lo que en
realidad hemos pedido (hay que notificar en la recepción
cuales y cuántos medicamentos hay que devolver).
Después de la recepción hay que separar los encargos y hacer
la devolución de medicamentos.
10. DEVOLUCION DE MEDICAMENTOS
Cuando hay que devolver algún medicamento se coge el
albaran en el cual esta descrito el medicamento a devolver, se
selecciona (subraya) y se pone el motivo por el cual se
devuelve dicho medicamento, (defectuoso, no interesa…)
En la recepción del pedido conviene que se notifique para que
después no haya problema con el stock.
El albaran debe constar de un ejemplar para el proveedor y
otro para el farmacéutico que solo se separan si hay que hacer
alguna devolución.
El ejemplar que corresponde al proveedor, con los
medicamentos a devolver seleccionados se pone en la cubeta
del proveedor que corresponda (farmacen, Cofares…etc.) junto
con el medicamento, para cuando pasen dejando un nuevo
pedido, se lo lleven y no lo abonen en el siguiente pedido.
Nosotros conservamos el albaran para el farmacéutico,
escribiendo por detrás el nombre de los medicamentos
devueltos y su correspondiente motivo, para comprobarlo con
los abonos que nos haga dicho proveedor.
DEVOLUCION DE ESPECIALIDADES FARMACEUTICAS
Las oficinas de farmacia pueden devolver a los laboratorios a
través de los almacenes de distribución las especialidades
farmacéuticas por alguna de las siguientes circunstancias:
- Por haber caducado
- Anulación del registro de una especialidad
- Suspensión temporal de comercialización de alguna
especialidad
- Retirada del mercado de un determinado lote por causa
justificada
11. - Cese de actividades del laboratorio el cual admitirá y
abonará en el plazo de 6 meses las especialidades que
almacenes y farmacias tengan en sus existencias, no antes
de la fecha que indica su validez.
- Laboratorios no podrán suministrar especialidades
farmacéuticas con caducidad inferior a 6 meses
- Las farmacias podrán devolver las especialidades hasta 6
meses después de su caducidad.
12. COLOCACION DE PEDIDO Y CONTROL DE STOCK
Al hacer la recepción del pedido se genera una lista de los
medicamentos que han llegado, con el stock actual, el máximo
y el mínimo, con esta lista pasamos a la colocación del pedido,
que se realiza por formas farmacéuticas y orden alfabético.
Por cada medicamento que vallamos a colocar tenemos que
verificar que el stock actual de la lista coincida con el stock
real. Si esto varia hay que hacerlo constar en la lista poniendo
la cantidad real que hay.
Al colocar todo el pedido se procede a hacer el control de stock
que se realiza si hay variaciones con el stock actual, que para
ello nos vamos a guiar según la lista que hemos comprobado.
Si en la lista no hay ninguna variación de stock, esta se
desecha, pero si por el contrario hay variaciones se tendrá que
modificar el stock y la lista deberá ser archivada en el Registro
de Control de Stock.
13. CADUCIDAD DE ESPECIALIDADES FARMACEUTICAS
Todos los meses hay que hacer un control de las caducidades.
La fecha de caducidad señala el final del plazo se valides para
cada lote, la fecha de caducidad máxima es de 5 años y
llevaran la inscripción con la fecha en la que se cumplen esos
5 años, pero no el símbolo de caducidad.
Aquellos que caduquen antes de los 5 años deberán llevar la
inscripción “caducidad: mes y año” tanto en la etiqueta del
envase como en el cartonaje. Y en el ángulo superior derecho
del envase llevara el símbolo __.
Todos los lotes deberán consignar claramente impreso, en un
lugar visible del envase exterior la palabra LOTE seguida de la
letra correspondiente al año en que se fabrico, y el número de
lote.
14. ENCARGOS
PREPARACION DE ENCARGOS
Cuando en el pedido ha llegado algún encargo hay que
prepararlo para cuando el cliente lo vaya a recoger.
Hay distintas formas de prepararlos según:
- Receta sin aportación (pensionistas, síndrome toxico)
- Receta con aportación (activos, muface, isfas,…etc.)
- Sin receta (siempre con aportación)
Receta sin aportación: cuando llega dicho medicamento, se
corta el cupón y se pasa como una venta normal, luego se
envuelve dicho medicamento, poniéndose luego el nombre, la
fecha y sin aportación.
Receta con aportación: cuando llega el medicamento, tenemos
que mirar si el cliente tiene cuenta con nosotros y si no la
tiene hay que generarla, cuando ya la tenemos pasamos dicho
medicamento con el Tipo de Aportación para saber cuanto nos
tiene que abonar y a la hora de cerrar la venta tenemos que
pulsar ctrl.+F (fiar) y luego la cerramos. Se envuelve,
colocamos el nombre, la cantidad a abonar y la fecha.
Sin receta: cuando llega el medicamento o producto se le pone
para identificarlo el ticket de resguardo de encargo con el
nombre de quien le ha encargado juntándolo con una goma o
celo al producto.
Cada encargo se pondrá en su respectivo lugar (con
aportación, sin aportación…) además a todos hay que ponerle
la letra del primer apellido en grande para poder organizarlos
alfabéticamente.
15. GENERACION DE ENCARGOS
Cuando el cliente quiere algún producto, que en ese momento
no tenemos, lo que se hace es generar el encargo de dicho
producto para que en el siguiente pedido lo traigan.
Hay que tomar una serie de datos a la hora de generarlo, que
irán impresos en el resguardo de encargo:
- Nombre del cliente
- Si trae receta o no
- La fecha de encargo
Hay medicamentos y/o productos que se pueden comprar sin
receta, y otros que solo se pueden dar con receta, hay que
diferenciar que tipo de receta es para así aplicarle el
descuento correspondiente.
- Receta sin aportación
- Receta con aportación
- Sin receta.
REVISION DE ENCARGOS
Periódicamente hay que revisar los encargos, por si algún
cliente no ha recogido su encargo, nosotros alcancemos a
devolverlo al proveedor para que nos abonen el importe de
dicho producto o medicamento (hay un máximo de 15 días
para hacer la devolución de los medicamentos).
ELIMINACION DE ENCARGOS
Cuando en el pedido llega algún encargo, debemos borrar
dicho encargo para que no se vuelva a pedir.
16. REALIZACION DE PEDIDO
Hay 3 tipos de pedido:
- Pedido Directo: es cuando el encargado de compra hace un
pedido directamente al laboratorio.
- Pedido Automático: es cuando se hace a través de un
programa informático, para los almacenes mayoristas de
distribución. EJ: Farmacen, Cofares…
- Pedido Telefónico: es cuando se hace un pedido llamando
directamente al almacén distribuidor.
El pedido automático es el que mas se realiza en la farmacia, y
a la hora de hacer el pedido, hay que verificar si esta bien o si
falta algún producto para agregar o si por lo contrario haya
que borrar alguno para que no nos llegue.
17. RECETA MÉDICA
Se entiende por receta médica el documento normalizado
mediante el cual, los médicos legalmente capacitados,
prescriben la medicación al paciente para su dispensación en
la farmacia.
OBLIGATORIEDAD DE DISPENSACION
Los medicamentos llevan en el envase la leyenda “con receta
médica” o “sin receta medica”. Con receta medica llevaran
para su identificación el símbolo O.
Las recetas irán en diferente color dependiendo al colectivo al
que vayan destinadas (activos, pensionistas…)y en el ángulo
superior izquierdo se hará constar la denominación de la
Entidad u Organismo que emite la receta (SNS, MUFACE, ISFAS,
MUGEJU…).
TIPOS DE RECETAS
Pueden ser de diferentes Organismos: SNS, MUFACE, ISFAS,
MUGEJU…
La distribución de las recetas de la Seguridad Social le
corresponde al Ministerio de Sanidad y Consumo.
Los medicamentos que cubre la Seguridad Social llevan en el
cupón precinto las siglas A.S.S.S
MUFACE, ISFAS, MUGEJU… deben controlar la impresión,
distribución y entrega de sus respectivas recetas medicas.
18. RECETAS DEL SNS
Según la clase de especialidad farmacéutica prescrita se
pueden distinguir entre los siguientes tipos de recetas:
Receta Ordinaria
Receta para TLD
Receta para especialidades farmacéuticas con
condiciones especiales de prescripción (Psicotropos,
Estupefacientes)
Recetas para especialidades farmacéuticas con
condiciones restringidas de prescripción y/o dispensación
reservada a medios especiales:
Medicamentos para tratamiento en el medio
hospitalario
Medicamentos para procesos que deban ser
diagnosticados en el medio hospitalario
Medicamentos de Especial Control Medico
19. RECETA ORDINARIA
Las recetas médicas del SNS constan de 2 partes:
o Cuerpo de la receta: destinado al farmacéutico
o Volante de instrucciones: destinado al paciente
Ambos serán separables y fácilmente diferenciales.
Todos los datos deben estar escritos con claridad y si hubiera
enmiendas o tachaduras deberán ser salvadas con una nueva
fiema del medico.
El plazo de validez de las recetas será de 10 días naturales a
partir de la fecha de prescripción.
El plazo de validez para las recetas con visado de inspección,
será los 10 días siguientes a la fecha estipulada en el sello de
inspección.
Datos a consignar en ambas partes por el medico:
Nombre y apellidos del medico
Población y direccion donde ejerza
Colegio profesional, nº de colegiado y especialidad que
ejerza
Lugar, fecha, firma y rubrica
Nombre y apellidos del paciente, año de nacimiento y nº
de identificación a la S.S.
Nombre del medicamento (Denominación Genérica o
Comercial)
Forma farmacéutica, vía de administración
Nº de envases prescritos (como máximo 4)
Duración del tratamiento y posología
En el cuerpo de la receta se anotaran las advertencias al
farmacéutico que el medico vea oportunas y en el volante de
instrucciones las advertencias dirigidas al paciente.
20. RECETA TLD (TRATAMIENTO DE LARGA DURACION)
Son dirigidas a tratamientos que por su naturaleza necesitan
ser más prolongados.
Las recetas TLD constan de cuatro cuerpos y un volante de
instrucciones.
Solo se podrán prescribir 4 envases por receta, es decir, un
envase por cada cuerpo de la receta, excepto en insulinas, en
viales multidosis y somatotropinas en viales de 4UI donde se
podrán prescribir un máximo de 16 viales, es decir 4 viales por
cada cuerpo de la receta.
El medico deberá cumplimentar en el primer cuerpo (original)
los datos obligatorios (vistos en receta ordinaria)
Nº de dispensaciones, intervalo de tiempo entre las mismas,
duración del tratamiento (no superior a 90 días) auto
calcándose en los restantes cuerpos y el volante. El medico
firmará cada uno de los cuerpos de la receta.
La duración total de este tipo de recetas no superará los 3
meses.
Para la 1ª dispensación el plazo de validez se computara desde
la fecha de prescripción, las siguientes dispensaciones tendrán
un plazo de validez de 10 días igualmente a partir de la fecha
prevista para cada dispensación o 5 días antes de la fecha.
En estos tratamientos el farmacéutico sellara, fechará y
firmará el cuerpo de la receta dispensado que quedara en su
poder uniendo a la receta 1ª dispensación el cupón precinto de
la especialidad dispensada sellando en el recuadro provisto al
efecto en el reverso de los cuerpos de receta correspondiente
a la 2ª, 3ª, y 4ª dispensación poniendo la fecha en que se ha
efectuado la 1ª dispensación, devolviéndole esto al paciente.
Cada uno de los cuerpos es independiente uno del otro por lo
que pueden ser dispensados y facturados por la misma o
distinta farmacia.
Para que un medicamento pueda ser dispensado con una
receta de TLD es obligatorio que el cupón precinto de dicho
medicamento lleve las siglas “TLD”.
21. RECETA PARA ESPECIALIDADES FARMACEUTICAS CON
CONDICIONES ESPECIALES DE PRESCRIPCION
Estas recetas van dirigidas a aquellos medicamentos que
contienen sustancias estupefacientes o psicotrópicas que
utilizadas de forma anormal provocan toxicodependencias o
pueden ser adquiridos para uso ilegal.
Dispensación de Psicotropos
Todas las sustancias psicotrópicas están incluidas en las listas
I, II, III y IV del anexo1 del convenio de Viena.
No existe receta para estos medicamentos, se utilizan las
recetas ordinarias, apuntando a la hora de su dispensación el
DNI y el nombre del que recoge el medicamento y del paciente
en el reverso de esta.
Las especialidades psicotrópicas del anexo1 (lista I son
prohibidas) las listas II, III y IV llevan en el cartonaje el símbolo
O la dispensación es con receta y solo se dispensara un
ejemplar por receta, es obligatoria su anotación en el libro
recetario.
Las especialidades psicotrópicas del anexo2 llevan en el
cartonaje el símbolo O, la dispensación es con receta, y se
anotan en el libro recetario aquellas que determine la AEM
(Agencia Española del Medicamento).
Se sancionaran las faltas por no llevar los libros, partes, vales
y demás documentos oficiales para estas sustancias.
22. Dispensación de Estupefacientes
Los estupefacientes tienen que llevar receta ordinaria y receta
oficial de estupefacientes.
La receta oficial debe ir con todos los datos consignados
además de otros menos que no aparecen en la receta
ordinaria como: teléfono del medico, DNI del paciente,
previsión de si la dispensación va a ser única o reiterada, sello
de la entidad distribuidora del talonario… estas recetas son
distribuidas al medico en talones de 30 recetas. Son blancas,
la copia es verde y las dos hojas se quedan en la farmacia. La
validez de la receta es de 10 días desde la fecha de
prescripción.
No se pueden dispensar p.a estupefacientes en estado puro
sino como especialidad o formula magistral.
El farmacéutico deberá anotar al dorso de la receta ordinaria el
DNI de la persona que lo retira, sellando y fechando la receta
ordinaria dispensada la cual quedara en su poder. También
deberá anotar al dorso de la receta oficial de estupefacientes
la dirección y localidad en donde vive el paciente.
Posteriormente se anotara en el libro recetario y en el libro de
control de estupefacientes las salidas, entradas y existencias
de los mismos.
El número de envases será de 4 por receta ordinaria sin
superar la medicación para 30 días.
La farmacia dispone de un talonario para pedirlos a los
almacenes de distribución.
Trimestralmente las farmacias harán entrega de las recetas
ordinarias dispensadas durante el trimestre anterior mediante
los impresos pertinentes para ello en la Consejería de Sanidad.
Además semestralmente se entregarán partes de
estupefacientes con los movimientos que haya habido durante
todo el semestre anterior aunque no se hayan dispensado
estupefacientes.
El símbolo de los estupefacientes es O, en la lista II del anexo1
encontramos unas sustancias que forman parte de las
especialidades y llevan el símbolo O de receta medica pero
que al utilizarlas en formulas magistrales necesitan de receta
oficial de estupefacientes y posterior contabilidad en el Libro
23. de Control de Estupefacientes y para su pedido a los
almacenes existen unos vales especiales de sustancias
estupefacientes. EJ: codeína, etilmorfina…
El farmacéutico debe llevar contabilidad de las sustancias
farmacéuticas que contengan sustancias psicotrópicas del
anexo1 (lista I prohibidas) y de las sustancias estupefacientes
de las listas I y II utilizados en las formulas magistrales.
El Libro de Control de Estupefacientes se obtiene a través del
COF y consta de:
Certificación del servicio de ordenación farmacéutica
Índice de folios donde se anotan los estupefacientes
contabilizados en el libro
Folios encabezados por el nombre de la especialidad o
producto estupefaciente donde se anotaran las entradas
(adquiridas con los vales especiales de estupefacientes),
salidas (ventas a pacientes, devueltos por caducidad,
robos…) y existencias que quedan en cada momento.
Seis ultimas paginas para revistas de inspección
RECETA OFICIAL DE ESTUPEFACIENTES
RECETAS PARA ESPECIALIDADES FARMACEUTICAS CON
CONDICIONES RESTRINGIDAS Y/O DISPENSACION RESERVADA A
MEDIOS ESPECIALES
24. Medicamentos para tratamiento en el medio hospitalario
Estos medicamentos llevan el cartonaje la sigla H, son
prescritos por un medico del servicio hospitalario y las
farmacias solo pueden suministrarlos a los hospitales pero no
al publico.
Medicamentos para procesos que deban ser
diagnosticados en el medio hospitalario
Estos medicamentos llevan en el cartonaje las siglas DH
(Especialidades de Diagnostico Hospitalario) y el símbolo es
__ los prescriben médicos del servicio hospitalario pero se
dispensan en las farmacias. Llevan cupón precinto
diferenciado, y requieren de Visado de Inspección Médica.
25. Especialidades de Especial Control Medico
Algunos medicamentos son de gran eficacia para sus
indicaciones pero pueden originar efectos adversos muy
graves si no son utilizados en condiciones muy estrictas y
como los utilizan enfermos ambulatorio obliga a adoptar
especiales cautelas. EJ: viagra, senical…
Las medidas especiales a tomar son:
Seguimiento de los tratamientos
Información cuidadosa a los pacientes
Obligación de notificar efectos adversos producidos
Declaración de las dispensaciones producidas
Llevan las siglas ECM en el cartonaje y en el prospecto
“Especialidad Farmacéutica sujeta a Especial Control
Medico”
Para su prescripción se harán todas la pruebas necesarias
para prevenir los posibles efectos adversos
Los médicos tienen que llevar para cada paciente una
ficha de seguimiento
Solo prescribir ese medicamento
Los médicos están obligados a comunicar a la AEM
efectos adversos detectados
Para su dispensación se necesita receta medica con visado de
inspección por lo que el cupón precinto de estos
medicamentos es un cupón diferenciado y llevan las siglas
ECM.
Serán anotados en el libro recetario, no admiten sustituciones
y el farmacéutico enviara mensualmente una Declaración de
estos medicamentos a la Dirección General de Sanidad.
26. MEDICAMENTOS DE ESPECIAL CONTROL MEDICO
Y para terminar diariamente se revisaran todas las recetas,
procediendo a su sellado, fechado y firma completando
aquellos datos que puedan ser consignados en la farmacia.
Al revisar las recetas se apartaran las de psicotrópos,
estupefacientes, ECM, Formulas magistrales para proceder a
su anotación en el libro recetario. Además tendremos que
anotar las de estupefacientes en el libro de control de los
mismos.
Periódicamente se agruparan las recetas según las distintas
especialidades.
27. DISPENSACION
Comprobación de la correcta cumplimentación de las
recetas, según concierto vigente
Porcentaje de cobro que se ha de aplicar a cada receta
según los distintos Seguros y según el tipo de receta.
MUFACE MUGEJU ISFAS SNS TIPO PRODUCTO
30% 30% 30% 40% Especialidades con cupón precinto
10%máximo
2.64
10%máximo
2.64
10%máximo
2.64
1 0% máximo . .
"2.64
Igual al anterior + cicero
30% (*) 30% 30% 40% E.C.M con visado
30% (*) 30% 30% 40% D.H sin cicero
D.H con cicero10%máximo
2.64 (*)
10%máximo
2.64
10%máximo
2.64
10%máximo 2.64
30% (*) 30% 30% 40% Vacunas antialérgicas con visado * 1
30% (*) 30% 30% 40% Vacunas bacterianas
0 0 0 0 Dietoterápicos con cupón precinto *2
30% 30% 30% 40% Fórmulas magistrales y productos
galénicos
30% (*) 30% 30% 40% Absorbentes para incontinencia de orina
30% 30% 30% 40% Efectos y accesorios con cupón precinto
10%máximo
2.64
10%máximo
2.64
10%máximo
2.64
10%máximo 2.64 Efectos y accesorios + cicero *3
30% (*) 30% 30% 40% Vacunas antihepatitis con cupón
precinto diferenciado
(*) = Necesitan visado de inspección
*1 = Llevan visado de inspección, contienen los siguientes
alérgenos. Ácaros, polvo, pólenes, hongos, epitelios y
mezclas de antígeno compatibles
*2 = Incluyen en las Prestaciones Sanitarias del S.N.S
alimentos dietéticos para usos médicos especiales y
nutrición enteral domiciliaria
*3 = Aquellos efectos y accesorios de aportación reducida
son: aparatos de inhalación, sondas, bolsas recogida de
orina, colectores de pene y accesorios, bolsas de
colestomía, ilestomía y urostomía, accesorios de ostomía,
apositos de ostomía....
28. Además de los productos anteriores existen otros como:
Síndrome tóxico: Llevan un sello que lo indica, son exentos
de aportación tanto para MUFACE. MUGEJU. ISFAS y SNS
Productos con cicero y cupón precinto diferenciado que
llevan la sigla E. necesitan visado siempre que sean para
personas mayores de 75 años. Para MUFACE, MUGEJU, ISFAS
y SNS se paga el 10% con un máximo de 2.64 €
Productos de campaña sanitaria, necesitan visado, la
farmacia pone el cicero y son de aportación reducida, se
paga el 10% con un máximo de 2.64€
Recetas de la Once, los pensionistas no pagan nada y los
activos pagan el 40%
29. FACTURACIÓN Y ENVIÓ AL COF
La facturación de recetas por parte de las oficinas de farmacia se
hace mensualmente, enviando todas las recetas dispensadas a lo
largo del mes según una serie de normas que vamos a exponer a
continuación:
• Cupones precintos unidos a las recetas con cinta adhesiva
transparente
• Los lotes de receta se recogerán con clip o con goma elástica
(25 unidades)
• Las farmacias disponen de un calendario que entrega el COF
con las fechas de entrega de las recetas
• Las recetas se entregan de la siguiente forma y en las
siguientes fechas.
o Del día 10 al penúltimo de mes (exceptuando el 20) se
pueden entregar cajas completas de 1000 recetas,
pudiéndose entregar juntas activos y pensionistas. El día 20
se entregan todas las que haya en paquetes de 25 sin llegar
a 1000, si hubiera 1000 se dejarían para los días que se
pudieran entregar de 1000. Este día se entregarían las
recetas de:
ENTREGA DE RECETAS DEL DIA 20 DE CADA MES
30. ENTREGA DE REDETAS ULTIMO DIA DE MES
La empresa encargada de la facturación
proporcionará a las farmacias los impresos
necesarios para la entrega de recetas, es decir,
COFM.
TIPOS DE COMPROBANTES
Comprobantes de entrega de especialidades de Insalud
tienen una matriz derecha cuyo cuerpo principal se mete
dentro de la caja y la matriz firmada por el receptor de las
recetas queda en poder del farmacéutico como
justificante de entrega.
Resto de recetas (TLD, MUFACE, ISFAS, fórmulas, vacunas...)
van reseñadas en el comprobante mensual ya que
corresponden a la entrega única que se realiza a fin de mes.
Cada una de estas Entidades lleva su correspondiente
impreso parcial el cuál se colocará en el interior de las bolsas
de plástico junto con las recetas correspondientes.
31. CONCLUSION
Esta experiencia fue muy importante para mí ya que me otorgo
los conocimientos necesarios para desarrollar mi trabajo en
técnicos en farmacia, además los compañeros con los que me
toco pasar gran parte de tiempo en la farmacia fueron muy
agradables y no dudaron en explicarme cualquier duda que
tuviera.
La verdad tuve suerte, y conté con el apoyo y paciencia de todo el
personal de farmacia.